ACTA N.º
64-2024
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y veintitrés minutos del trece de junio de dos mil veinticuatro, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y de la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.
B) Se incorporan al orden del día los siguientes asuntos:
• Informe de la situación presentada con el nombramiento interino de una persona que no cumplía con el requisito académico para el puesto.
• Solicitud de encargo de funciones de la señora Directora General de Estrategia Tecnológica.
• Consulta de nombramiento en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas.
• Informe del resultado negativo del periodo de prueba de una persona funcionaria.
C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 63-2024.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.
A) Informe de participación en la Misión de Observación Electoral en la de Ciudad de México. Del señor Hugo Picado León, Magistrado suplente del TSE y Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.° IFED-229-2024 del 11 de junio de 2024, mediante el cual rinde informe relativo a su participación en la misión de observación electoral de las elecciones generales celebradas en Cuidad de México, el 2 de junio de 2024.
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
B) Informe de participación en la Misión de Observación Electoral de las Elecciones Primarias en Puerto Rico. De la señora Mary Anne Mannix Arnold, Magistrada suplente de este Tribunal, se conoce memorial del 11 de junio de 2024, mediante el cual rinde informe relativo a su participación en la Misión de Observación de las Elecciones primarias que se celebraron el 2 de junio de 2024 en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Consulta de nombramientos a plazo fijo de Servicios Especiales. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1277-2024 del 7 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento a lo dispuesto en los reglamentos a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y a la Ley Marco de Empleo Público y lo indicado en el oficio n.° RH-1435-2024 del Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobación de los siguientes nombramientos a plazo fijo de las siguientes personas, todas como Técnico Funcional 2 -SU-, Técnico/a Electoral en el Departamento de Programas Electorales:
1.- De la señora Astrid Acuña Novoa, en la plaza número 378098, a partir del 1.° de julio al 15 de setiembre de 2024.
2.- De la señora Guadalupe Camareno Vega, en la plaza número 377940, a partir del 1.° de julio al 30 de setiembre de 2024.
3.- De la señora Laura Meneses Fonseca, en la plaza número 377879, a partir del 1.° de julio al 30 de setiembre de 2024.
4.- De la señora Karla Hernández Monge, en la plaza número 377945, a partir del 1.° de julio al 30 de setiembre de 2024.
5.- Del señor José Alejandro Monge Bejarano, en la plaza número 377882, a partir del 1.° de julio al 30 de setiembre de 2024.
6.- De la señora Evelyn Mora Elizondo, en la plaza número 377901, a partir del 1.° de julio al 15 de agosto de 2024.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
B) Consulta de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-1273-2024 del 7 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento a lo dispuesto en Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y a la Ley Marco de Empleo Público y sus respectivos reglamentos, así como lo indicado en el oficio n.° RH-1392-2024 del Departamento de Recursos Humanos, nos permitimos proponer la aprobación de los siguientes nombramientos interinos:
1.- De la señora Karla María Espinoza Martén, en la plaza número 45811, como Asistente Funcional 3, Asistente en Servicios de Identificación en la Sección de Documentos de Identidad, del 16 de junio al 30 de junio de 2024.
2.- Del señor Ronny Villalta Jiménez, en la plaza número 353508, como Profesional Ejecutor 3, Profesional en Contabilidad en el Departamento de Contaduría, del 16 de junio al 15 de setiembre de 2024.
3.- De la señora María Fernanda Carazo García, en la plaza número 357806, como Profesional Ejecutor 3, Profesional en Contabilidad en el Departamento de Contaduría, del 16 de junio al 30 de setiembre de 2024.
4.- De la señora Jennifer Astúa Barahona, en la plaza número 95552, como Asistente Funcional 2, Asistente en Servicios al Usuario en la Sección de Actos Jurídicos, del 16 de junio al 15 de diciembre de 2024.
5.- Del señor Jorge Bermúdez Pérez, en la plaza número 45946, como Asistente Administrativo 2, Oficinista 2 en el Archivo del TSE, del 16 de junio al 15 de diciembre de 2024.
6.- Del señor Erick Zamora Carranza, en la plaza número 45722, como Asistente Funcional 2, Asistente en Resoluciones Registrales Civiles 1 en la Sección de Actos Jurídicos, del 16 de junio al 23 de setiembre de 2024, o por todo lo que se prorrogue la incapacidad de la persona que origina la cadena.
7.- Del señor José Alberto Wonsover Miranda, en la plaza número 382341, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 en la Dirección Ejecutiva, del 16 de junio al 30 de diciembre de 2024 o hasta que se incorpore la propietaria del puesto.
En el caso de la señora Carazo García, línea 3, y del señor Wonsover Miranda, línea 7, la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso que su propietario regrese al puesto, o que se conforme el registro de elegibles para dicho cargo según los sistemas de selección dispuestos por la Ley Marco de Empleo Público
En el caso del señor Villalta Jiménez, línea 2, la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso que sea ocupado en propiedad conforme los mecanismos establecidos en la Ley Marco de Empleo Público, posterior a su proceso de transformación
En el caso de la señora Astúa Barahona, línea 4, el nombramiento se mantendrá por el plazo de la incapacidad, no obstante, la designación podrá finalizar antes del plazo indicado, en el caso que se conforme el registro de elegibles para dicho cargo, según los sistemas de selección en la Ley Marco de Empleo Público y su reglamento.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Tengo una duda. En este caso no se indica, salvo en un caso, a partir de cuándo y hasta dónde y luego, en la parte de la propuesta de, serían eventuales prórrogas y no nuevas prórrogas.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Sí, yo lo iba a quitar del acta anterior, igual lo dejé. Pero sí, no son nuevas.
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “La otra inquietud es porque en unos casos se indica de qué fecha a qué fecha en esto y en los otros no. O no se pone en ninguno y se hace conforme se solicita.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Si ustedes gustan lo puedo leer conforme está en el documento.”
Se dispone: Nombrar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Encargos de funciones de las señoras jefas del Departamento de Programas Electorales y del Archivo Central. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1255-2024 del 10 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer lo siguiente:
1- El encargo de funciones de la señora Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, en el señor Jeffrey Solano Gómez, Profesional en Administración Electoral 2, en esa misma dependencia, el día 18 de junio de 2024.
2- El encargo de funciones de la señora Kathia Zamora Guzmán, Jefa del Archivo Central, en la señora Adriana Mena Aguilar, Jefa del Archivo del TSE, del 28 de junio al 3 de julio de 2024.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
D) Consulta de nombramiento interino en el Departamento de Recursos Humanos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1282-2024 del 10 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE y RC y su reglamento, así como lo expuesto en el oficio RH-1431-2023 del 6 de junio de 2024 del Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobación del nombramiento interino de la señora Annia Rodríguez Villegas, en la plaza número 349932, como Profesional en Gestión 1, Encargada de Área Administrativa en el Departamento de Recursos Humanos, del 16 de junio al 15 de setiembre de 2024.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
E) Recargo de funciones del señor Jefe del Departamento Legal. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1281-2024 del 11 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer el recargo de funciones del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe del Departamento Legal, en el señor Vinicio Mora Mora, Subjefe en esa misma dependencia, del 24 de junio al 9 de julio de 2024.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
F) Informe de la situación presentada con el nombramiento interino de una persona que no cumplía con el requisito académico para el puesto. Informe del resultado negativo del periodo de prueba de una persona funcionaria. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conocen oficios n.° RH-1468-2024 del 11 de junio de 2024 y n.° RH-1475-2024 del 12 de junio de 2024, mediante los cuales se refiere, respectivamente, a la situación presentada con el nombramiento interino de una persona que no cumplía con el requisito académico para el puesto y al resultado negativo del periodo de prueba de una persona funcionaria, según las razones que expone en cada caso.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día ambos oficios. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse dentro del plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría.
G) Vacaciones de la señora Magistrada Presidenta Eugenia María Zamora Chavarría.
La señora Magistrada Presidenta Eugenia María Zamora Chavarría, solicita se le conceda el disfrute de vacaciones a partir del 27 de junio de 2024 y hasta el 19 de julio de 2024.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría.
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Yo insisto que no tiene que salir, simplemente abstenerse.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Vamos a realizar el sorteo. Estamos ante el sorteo número 543, vamos a sustituir a doña Eugenia Zamora Chavarría, quien ha solicitado vacaciones del 27 de junio al 19 de julio de este año. Participarían en este sorteo doña Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, don Luis Diego Brenes Villalobos, doña Mary Anne Mannix Arnold, don Hugo Ernesto Picado León y doña Wendy de los Ángeles González Araya. No participa don Héctor Fernández Masís, por encontrarse incapacitado. Entonces vamos a hacer primero la exclusión de don Héctor y, como justificación, indicaríamos que se encuentra incapacitado. Registramos la exclusión, como la podemos ver ahí en pantalla, y los demás señoras y señores Magistrados suplentes los procesamos para que puedan ser partícipes de este sorteo. Ya se encuentran incluidos dentro del sorteo e iniciamos el mismo.
Para este sorteo, la Magistrada ganadora es doña Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.”
H) Sustitución por vacaciones de la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría. Se dispone: Para sustituir a la señora Magistrada Presidenta Eugenia María Zamora Chavarría, durante su ausencia por las vacaciones autorizadas en esta misma sesión a partir del 27 de junio de 2024 y hasta el 19 de julio de 2024, previo sorteo de rigor -el número 543- se designa a la señora Magistrada Luz de los Ángeles Retana Chinchilla. ACUERDO FIRME.
I) Solicitud de encargo de funciones de la señora Directora General de Estrategia Tecnológica. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1309-2024 del 12 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer el encargo de funciones de la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, en la señora Viviana Alfaro Vargas, Jefa a. i. de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, el día 17 de junio de 2024.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo conforme se propone. ACUERDO FIRME.
J) Consulta de nombramiento en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1312-2024 del 12 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en el reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE y RC, así como lo expuesto en el oficio RH-1439-2023 del 10 de junio de 2024 del Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobación del nombramiento en propiedad del señor Luis Diego Achoy Padilla, en la plaza número 361433, como Profesional Asistente en Comunicación 2 en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, a partir del 16 de junio de 2024.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS ELECTORALES.
A) Respuesta a consulta legislativa del proyecto “Reforma al inciso e) del artículo 2 de la Ley General de Contratación Pública”, expediente legislativo n.º 24.215. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPASOC-0574-2024 del 4 de junio de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, en virtud de moción aprobada, dispuso consultar el criterio del Expediente N.º 24.215, “REFORMA AL INCISO E) DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, LEY 9986, DE VEINTISIETE DE MAYO DE 2021”, cuyo texto me permito copiar de forma adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 17 de junio y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital […].".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente esta ley tiene por objeto modificar la redacción del inciso e) del artículo 2 de la Ley General de Contratación Pública, para mantener fuera del alcance de esta ley a los contratos administrativos suscritos con sujetos de derecho internacional público.
III. Sobre el proyecto.
Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
IV. Conclusión.
Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.
A las diez horas y cincuenta y seis minutos terminó la sesión.
Eugenia
María Zamora Chavarría |
|
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
María Bou Valverde |