ACTA N.º 43-2024

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y doce minutos del veintitrés de abril de dos mil veinticuatro, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde, del señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y de la señora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se incorpora al orden del día el siguiente asunto:

   Invitación a Misión de Observación Electoral, en ocasión de las Elecciones Generales de Panamá.

   Consulta legislativa del proyecto de “Ley para fortalecer el acceso, la equidad y el control del financiamiento de los partidos políticos”, expediente N.° 23.883.

   Informe de Labores 2023 de la Corte Suprema de Justicia.

C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 42-2024.

ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.

A) Informe de participación en misiones de observación electoral de avanzada de las próximas elecciones en México 2024. De la señora Ileana Aguilar Olivares, Secretaria Académica a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.° IFED-089-2024 del 17 de abril de 2024, mediante el cual rinde informe relativo a su participación en las dos misiones de avanzada para observación integral del proceso electoral 2024, celebradas del 26 al 29 de febrero y del 8 al 12 de abril en la Ciudad de México, de cara a las elecciones que tendrán lugar en ese país el próximo 2 de junio de 2024.

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Farreon.

A) Vacaciones del señor Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron. El señor Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron, solicita se le conceda el disfrute de vacaciones los días 13 y 14 de mayo de 2024.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Y yo aquí voy a secundar lo que ha dicho doña Zetty en varias ocasiones, por la índole de este tipo de asunto, no es necesario que se salga del salón, es suficiente con que uno se abstenga de votar, se que son cuestiones de forma, pero bueno, simplemente para apoyar la gestión de doña Zetty en ese sentido para las próximas…”

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Para el siguiente asunto, señora Presidenta, le solicito poder suspender la sesión para preparar el sistema para la sustitución del señor Magistrado”.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “Vamos a suspender la sesión para esos efectos, a las diez horas y cuarenta y un minuto, de manera para preparar el otro sistema y luego retomamos entonces la grabación ordinaria”.

Al ser las diez horas y cuarenta y siete minutos y ya instalado el sistema, procedemos entonces a hacer el sorteo, para ver que Magistrado o Magistrada va a sustituir a don Max Esquivel.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Para esta ocasión tenemos el sorteo número 531, por tratarse de una sustitución que abarca en el período posterior al 4 de mayo, es cuando ya el Tribunal se integra de tres Magistrados propietarios, el sorteo lo vamos a hacer tal como sería en el mes de mayo. Estarían presentes los Magistrados a sustituir doña Eugenia, don Max y doña Zetty y los Magistrados Suplentes ya sabemos quiénes están conformando.

Vamos a sustituir al señor Magistrado Esquivel Faerron, procedemos a aplicarlo en el sistema y en este caso particular se van a excluir como Magistrados Suplentes, al señor Hugo Ernesto Picado León quien se encontraría integrando el Tribunal para ese período, vamos a proceder a excluir a la señora Magistrada Mannix Arnold, por encontrarse en ese período de sustitución en vacaciones, la excluiríamos también.

Ya excluidos los Magistrados Picado León y la señora Mannix Arnold, pues nos quedarían entonces para participar en este sorteo doña Luz de los Angeles Retana Chinchilla y don Luis Diego Brenes Villalobos, don Enrique Fernández Masis y Wendy de los Ángeles González Araya, a ellos los vamos a procesar para que queden incluidos dentro de este sorteo.

Ya se encuentran incluidos y se encuentran las observaciones que les acaba de indicar, vamos a proceder entonces con el sorteo.

En este sorteo sale ganador el señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos”.

Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “No hay manera que se deshagan de don Luis Diego”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Vamos a proceder a cerrar el proceso de sorteo, si ustedes me lo permiten, y lo que haríamos es finalizar la grabación del sorteo”.

Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Del 15 al 20 de mayo es?”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Y doña Eugenia si gusta podemos indicar como quedó el resultado del sorteo.Todavía estamos grabando.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “Entonces para el acuerdo se propone el siguiente texto “para sustituir al señora Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron, durante su ausencia tiene vacaciones los días 13 y 14 de mayo y su participación en la actividad de aprobado en el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria 42-2024 del 15 al 20 de mayo de 2024, previo sorteo de rigor, el número 531, se designa al Magistrado don Luis Diego Brenes Villalobos.

De acuerdo.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “Nada más aclarar si bien no ha presentado la Magistrada Mannix Arnold la solicitud formal de vacaciones de previo a este sorteo nos informó las fechas en las que se estará solicitando, razón por la cual, se excluyó, a pesar de que todavía no está el acuerdo, pero nos esta informado en esta fecha”.

De acuerdo.

Interviene el señor Magistrado Brenes Villalobos: “De acuerdo y de mi parte confirmar el llamado para esos días”.

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “En acotamiento de lo que dispone la normativa”

B) Sustitución por vacaciones del señor Magistrado Vicepresidente Esquivel Faerron. Se dispone: Para sustituir al señor Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron, durante su ausencia (vacaciones autorizadas en esta misma sesión los días 13 y 14 de mayo de 2024 y su participación en la actividad aprobada en el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 42-2024, del 15 al 20 de mayo de 2024), previo sorteo de rigor -el número 531-, se designa al señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia sin goce de salario de Francisco Mora Ruiz. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0992-2024 del 12 de abril de 2024, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por el funcionario Francisco Mora Ruiz, destacado en el Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, con la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario, según las razones y condiciones que expone.

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Encargo de funciones en el Archivo del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0325-2024 del 17 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de lo expuesto en el oficio RH-1014-2024 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a consideración de las señoras Magistradas y señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

UNIDAD ADMINISTRATIVA

PUESTO

TITULAR

SUSTITUYE

PERIODO Y MOTIVO

Archivo del Registro Civil

Jefatura

Laura Quesada Ramírez

Adriana Mena Aguilar

Del 29 abril al 03 de mayo de 2024 / vacaciones.

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

E) Recargo de funciones en la Contraloría Electoral. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0872-2024 del 18 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y con sustento en el análisis efectuado por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio RH-1007-2024, por considerarse oportuno para un mejor servicio público, me permito proponer el recargo de funciones del señor Erick Guzmán Vargas, Contralor Electoral a. i., en la señora Melissa Bagnarello Chaves, Prosecretaria General a. i. de la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones, del 25 de abril al 10 de mayo de 2024.".

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME

F) Adenda del ascenso interino en la Dirección Ejecutiva. De la señora Kattya Varela Gómez, Subjefatura del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1015-2024 del 17 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio RH-0977-2024 del pasado 09 de abril este departamento elevó a la Secretaría General del Tribunal, el oficio DE-0813-2024-Sustituir, suscrito por el Licda. Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, a través del cual solicitaba el ascenso interino de la señora Ingrid Mayela Ramírez Quesada, a la plaza de cargos fijos número 371986 de la clase Técnico /a Funcional 2 –, la cual se encontraba vacante a partir del 13 de abril de 2024 en esa dependencia.

Sin embargo, en lo referente a la remuneración a percibir por un error material en dicho memorial se consignó que correspondía aplicarle el segundo párrafo, inciso a.i) del artículo 36 del Reglamento a la Ley Marco de Empleo Público, siendo lo correcto, el artículo 36 inciso a.ii) que literalmente indica: “En caso que el salario global del nuevo puesto sea inferior al salario compuesto que le correspondería, la persona será remunerada en el nuevo puesto con el salario compuesto”, en concordancia con el artículo 37 inciso d), en virtud de que la candidata propuesta antes de entrar en vigor el nuevo régimen de Salario Global, devengaba un salario en esquema compuesto mayor al que corresponde a la clasificación de su puesto en el esquema de salario global, por lo tanto, le corresponde percibir un salario compuesto constituido por el monto nominal del salario base, el monto de anualidades y el incentivo denominado Responsabilidad por el Ejercicio de la Función Electoral (REFE) de las clases propuestas, todo de conformidad con lo que al respecto dicta la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley N.º 9635).

Así entonces, se somete a consideración de la Magistratura Electoral, aplicar la aclaración respectiva, a la luz de lo que establece la normativa vigente.".

Se dispone: Aprobar la corrección, respecto a la aplicación del artículo 36 inciso a.ii) del Reglamento a la Ley Marco de Empleo Público, tal como lo indica el oficio que se conoce.  ACUERDO FIRME.

G) Memorial sobre reclasificación de puesto y nombramiento en propiedad. De la señora Adriana Madrigal Piedra, funcionaria de este Tribunal, se conoce nota del 18 de abril de 2024, mediante la cual manifiesta una serie de inconformidades con respecto a su situación laboral, según expone.

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse dentro del plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento de Recursos Humanos.  ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Tengo, nada más una duda, a mi me parece prudente que la Dirección Ejecutiva esté enterada de este tipo de situaciones, podríamos hacerlo de dos maneras, una es mandándole copia ahora o hacerlo cuando ya nos rinda el informe de Recursos Humanos”.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “Yo sugiero esperar a que venga el informe del Departamento de Recursos Humanos”.

Interviene el señor Magistrado Esquivel Faerron: “Sí, más oportuno y tal vez no hace falta ya hacerlo de otra forma.”

Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Lo digo sobre todo porque creo que esto en línea con lo que habíamos conversado en otra ocasión corresponde a la Dirección y no al Tribunal, tomar posición al respecto.

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Si, tiene un poco de relación con lo que yo había manifestado en el sentido de que, en las últimas semanas hemos visto correos remitidos por funcionarios a nuestros correos con copia a otro montón de instancias del Tribunal, donde piden una resolución o piden una revisión o lo que sea, entonces yo creo, que sin perjuicio a estar abiertos los correos, se puedan recibir, pero sí creo prudente o conveniente que podamos hacer una aclaración, que tal vez se puede hacer a través de Recursos Humanos o la instancia que según corresponda, en el sentido de que se deben canalizar por las instancias correspondientes porque eventualmente el Tribunal tendría que conocer en alzada si alguno de los  órganos inferiores resuelve de manera desfavorable para poderlo hacer, todo eso sin perjuicio de que el Tribunal pueda valorar desde una perspectiva de jerarca si hay aspectos que ponen en evidencia estas situaciones particulares, que pueda haber un problema mayor digamos, no mayor, si no un problema de funcionamiento que tengamos que revisar, pero creo que es importante porque tal vez se les crea una falsa expectativa a los funcionarios y funcionarias de que ya con enviarlo al Tribunal puedan tener una resolución o que el Tribunal pueda incidir sobre los órganos que tenga, lo cual es totalmente improcedente, entonces sí creo, no sé cómo canalizarlo, pero que lo valoremos para efectos de poder hacer, incluso hay unos que han dicho, ya lo mande hace más de 10 días y ustedes no me han respondido, verdad, creo que puede haber una cierta confusión en ese sentido”.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “Yo entiendo, digamos, lo que está tratando la Magistrada Bou y pospuesto que tiene toda la razón jurídica aparte de sentido común también, sin embargo en mi caso, tanto lo que llega como a mi persona y lo que nos llega colectivamente a veces a todos Magistrados que están en ejercicio, también a los Magistrados Suplentes, a veces a la Secretaría, con copia a Secretaría, o Recursos Humanos o diferentes unidades, como decía doña Zetty, yo lo que hago es que siempre lo remito al Secretario General, que es un poco como hemos procedía siempre, y le pido a don Luis siempre que indague cual es la situación que está pasando a efectos de canalizarlo por las vías correspondientes. Si me parece bien aclararle a la gente para que no se cree esas falsas expectativas, pero me preocupa que se tome como un cierre. Podríamos ensayar como un borrador para circularlo, sugeriría hablar con comunicación al respecto también y cómo hacerlo bien, para que la gente no se cree esas faltas expectativas pero que también no se cierre la vía, pero si claro, que no es, nosotros hemos tenido además de los escritos que nos remiten colectivos, una cantidad enorme de solicitudes de audiencia,  si pareciera como atender los asuntos que la gente plantea, sin que se brinque los mecanismos y los procedimientos de ley, y el reglamento”.

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Yo creo que a pesar de que se ha hecho cierta explicación a raíz de la implementación de la Ley Marco, creo, tal ves no ha quedado lo suficientemente claro algunos otros aspectos que tienen que ver con la creación e implementación de los concursos, pero sí creo que es importante, yo por ejemplo cuando me llega y  veo que ha llegado con copia a todos yo ni siquiera respondo, en el sentido de que esta canalizando presidencia y todo eso, puede ser que los funcionarios y funcionarias consideren que uno no les está dando respuesta, pero es que creo que no podemos tampoco saturar el correo por ejemplo de Secretaría si nos llega a todos mandar a Secretaría o lo que sea, lo correcto es eso que está haciendo doña Eugenia como Presidenta, canalizándolo,  pero sí creo que dentro de esa parte, que yo creo que es tan importante, que es la comunicación interna, va por la explicación de ciertas cosas, entonces que tal vez lo consideremos y veamos cual es la mejor forma de hacerlo y en el sentido de que también los funcionarios entiendan que la canalización es lo más expedito para esos efectos que ellos puedan tener. Sobre todo, eso es lo que me ha venido preocupando cuando yo veo la parte y aparte de eso, si uno los lee, en ciertas mediada esta contaminando la eventual resolución que después haya que tomar, si creo que nada más lo tengamos ahí presente y como lo comunicamos adecuadamente”.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “Si perfecto”

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Elección del Coordinador del Consejo de Directores. De la señora Glenda Victoria Moreno Murillo, Profesional en Derecho 1 del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0108-2024 del 17 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 15-2024, celebrada el 17 de abril de 2024 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Hugo Ernesto Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia; Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica y Gustavo Román Jacobo, Director General de Estrategia y Gestión Político-Institucional que dice:

«Se dispone: Siendo que el artículo 3 del Reglamento del Consejo de Directores del Tribunal Supremo de Elecciones (Decreto n.° 03-2023 del 16 de mayo de 2023) prescribe que este Consejo será presidido por una Coordinadora o un Coordinador; cargo que debe ser renovado anualmente, con posibilidad de reelección y ante el cercano vencimiento del nombramiento en dicho cargo que ocupa el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de estos organismos electorales, según lo dispuesto por este colegiado en sesión ordinaria n.º 20-2023 celebrada el 2 de mayo de 2023, este Consejo acuerda por unanimidad, la reelección del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora como coordinador de este Órgano Colegiado por el plazo de un año, a partir del 20 de mayo de 2024. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Tomar nota de lo informado por ese Consejo sobre el nombramiento del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, como coordinador del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “De a cuerdísimo, pues aprovechar la ocasión para felicitarlo, porque eso quiere decir, que si los compañeros y compañeras lo reeligen se está bien la labor, mucha suerte, porque sabemos que es una coordinación muy difícil son 7 directores y temas muy diversos, los años, la experiencia, el conocimiento suyo, comprueba una vez la importancia de ese rol”:

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Muchas gracias, aquí estamos a la orden para eso”.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL.

A) Informe de la sumaria del PNE y nuevas personas electoras marzo 2024. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0323-2024 del 17 de abril de 2024, mediante el cual remite el informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondiente al mes de marzo de 2024.

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular.  ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe relativo a las manifestaciones e inquietudes expresadas por la funcionaria María Niguetthe González. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal y la señora Kattya Varela Gómez, Subjefa del Departamento Recursos Humanos, se conoce oficio n.° DL-136-2024 del 12 de abril de 2024, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 34-2024, celebrada el 21 de marzo de 2024, rinden informe relativo a las manifestaciones e inquietudes expresadas por la funcionaria María Niguetthe Zavaleta González.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento de la señora Zavaleta González y de la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “En el igual sentido, yo incluiría que esto se le traslade a la Dirección Ejecutiva” “Hágase de conocimiento de la señora Zavaleta González y de la Dirección Ejecutiva”

Y no se si por ser un asunto manejo personal y una situación particular, pongamos que se comunique a la Dirección Ejecutiva con el protocolo de confidencialidad.

Interviene la señora Magistrada Zamora Chavarría: “No había nada confidencial, verdad”.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “No, continuamos”.

B) Atención oficio n. ° STSE-2520-2023, criterio del estudio ICI-06-2020. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-140-2024 del 18 de abril de 2024, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión n.° 95-2023, celebrada el 12 de octubre de 2023, rinde criterio sobre lo indicado por la Dirección Ejecutiva, en oficio n.° DE-2690-2023 del 9 de octubre de 2023.

Se dispone: Tener por rendido el criterio de la Auditoría Interna. Hágase del conocimiento de la señora Directora Ejecutiva para lo que corresponda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación a Misión de Observación Electoral, en ocasión de las Elecciones Generales de Panamá. Del señor Héctor Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-521-2024 del 22 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Reciba un saludo cordial de mi parte. Con el fin de que se sirva elevar a conocimiento y consideración de las señoras y los señores magistrados, me permito exponer lo siguiente:

Mediante correo electrónico dirigido al señor Sergio Donato Calderon [sic], Delegado Jefe Nacional Cuerpo Nacional de Delegados recibido el día 17 de abril de 2024, la señora Jennie Ivett Quintero Avila [sic], personera del Tribunal Electoral de Panamá, a instancia del señor Magistrado Presidente Alfredo Juncá Wendehake, extendió cordial invitación para que tres representantes del CND, incluyendo a señor Donato, participen como observadores internacionales en las elecciones generales que se celebraran en ese país el próximo 5 de mayo. Cabe mencionar que en dicha invitación se especifica que los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el Tribunal Electoral de Panamá.

En virtud de lo anterior, el señor Donato Calderón solicita que las otras dos personas que lo acompañen sean la señora Delegada de este Tribunal, Digna Milena Montero Rodríguez, así como la señora Eridasny Johanna Vargas Hernández, funcionaria profesional de la Oficina del Cuerpo Nacional de Delegados, en cuyo caso se requeriría la respectiva autorización para su participación; sin embargo, importa mencionar que la ausencia de la funcionaria durante el tiempo que requiere a visita, no afectaría el normal desarrollo de las labores a cargo del CND.

Esta Dirección prohija [sic] la propuesta del señor Donato Calderón para la participación de la funcionaria Vargas Hernández en la invitación de referencia, que según lo indicado por el organismo anfitrión el viaje sería del día 2 al 7 de mayo, por lo que le ruego someter lo anterior a conocimiento y aprobación de las señoras y señores magistrados.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a la señora Quintero Ávila y al señor Juncá Wendehake la cordial invitación que cursan. Para atenderla, se autoriza la participación del señor Donato Calderón, y de las señoras Montero Rodríguez y Vargas Hernández conforme se solicita.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombres completos de los funcionarios

Cargos que desempeñan

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Sergio Donato Calderón

 

Digna Milena Montero Rodríguez

 

Eridasny Johanna Vargas Hernández

 

Jefe Nacional del Cuerpo Nacional de Delegados

 

Delegada del TSE

 

Funcionaria Profesional de la Oficina del Cuerpo Nacional de Delegados

República de Panamá

Del 2 al 7 de mayo de 2024

Observadores internacionales en las elecciones generales de Panamá

Ninguno.

 

Ninguno.

 

 

ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Informe labores 2023 de la Corte Suprema de Justicia. Del señor Roger Mata Brenes, Director del Despacho de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, se conoce oficio n.° DP-172-2024 del 17 de abril de 2024, mediante el cual, a solicitud del señor Orlando Aguirre Gómez, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, remite un ejemplar correspondiente al Informe de Labores 2023, presentado el 22 de marzo de 2024, en la Sesión Solemne de Corte Plena.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a los señores Aguirre Gómez, Presidente de la Corte Suprema de Justicia y Mata Brenes, Director del Despacho de la Presidencia, por la publicación que comparten. 3.- Remítase la referida publicación que se adjunta al Centro de Documentación y al Archivo de este Tribunal, según corresponda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Respuesta a consulta legislativa del proyecto de “Interpretación auténtica de los artículos 66 y 77 de la Ley General de Contratación Pública, ley no. 9986 del 27 de mayo de 2021 y sus reformas.”, Expediente N. ° 24.100. De la señora Daniela Agüero Bermúdez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPJUR-1794-2024 del 10 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, en virtud del Informe del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto realizar consulta obligatoria a su representada sobre sobre el Texto Base del Proyecto N° 24.100: “INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DE LOS ARTÍCULOS 66 Y 77 DE LA LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, LEY NO. 9986 DE 27 DE MAYO DE 2021 Y SUS REFORMAS.”, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vencen el 24 de abril de 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. […].".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

I. Consideraciones preliminares.                                               

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos  electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente esta ley tiene por objeto realizar una interpretación auténtica de los artículos 67 y 77 de la Ley General de Contratación Pública (Ley n°. 9986 del 27 de mayo de 2021), numerales en los que se regula lo concerniente al procedimiento especial para la compra o arrendamiento de bienes por parte de la Administración contratante y las regulaciones a cumplir cuando se utilice la modalidad de contratación del arrendamiento financiero, respectivamente.

III. Sobre el proyecto.

Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

IV. Conclusión.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.

 B) Consulta legislativa del proyecto de ley “Creación del Cantón XVII, provincia de Alajuela, Ojo de Agua”, Expediente N. ° 24.153. De la señora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPGOB-0639-2024 del 18 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Gobierno y Administración, en virtud de la moción aprobada en la sesión 50, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de ley, expediente N.° 24.153 “CREACIÓN DEL CANTÓN XVII, PROVINCIA DE ALAJUELA, OJO DE AGUA”, el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 02 de mayo y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. […].".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 29 de abril de 2024– pase al señor Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 25 de abril de 2024. Tome nota el referido funcionario y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 02 de mayo de 2024. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de ley “Ley para fortalecer el acceso, la equidad y el control del financiamiento de los partidos políticos, Expediente N. ° 23.883. De la señora Cinthya Díaz Briceño, Jefa de Área de Comisiones Legislativas IV de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CE23949-0143-2024 del 22 de abril de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La COMISIÓN ESPECIAL DE REFORMAS AL SISTEMA POLÍTICO Y ELECTORAL DEL ESTADO, QUE TIENE POR OBJETO ESTUDIAR, ANALIZAR, PROPONER Y DICTAMINAR PROYECTOS DE LEY RELACIONADOS A LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL, AL SISTEMA POLÍTICO Y ELECTORAL COSTARRICENSE, ASÍ COMO LAS QUE CONSIDERE OPORTUNAS. N.º 23949, en virtud de la moción aprobada en la sesión N.º 8, ha dispuesto solicitarles criterio sobre el proyecto de ley “LEY PARA FORTALECER EL ACCESO, LA EQUIDAD Y EL CONTROL DEL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS”, expediente N.º 23883.

De conformidad con lo que se establece en el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vencen el 06 de mayo de 2024 y, de ser posible, enviar la información en forma digital. […].".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 29 de abril de 2024– pase a los señores Andrei Cambronero Torres, Jefe del Despacho de la Presidencia del TSE y Ronald Chacón Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 25 de abril de 2024. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 6 de mayo de 2024. ACUERDO FIRME.

A las once horas y treinta y ocho minutos terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos

 

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold