ACTA N.º
27-2024
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y veintinueve minutos del siete de marzo de dos mil veinticuatro, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde, del señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y de la señora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.
B) Se incorporan al orden del día los siguientes asuntos:
• Consulta de nombramiento interino en el Departamento de Programas Electorales.
• Consulta de nombramientos en propiedad en distintas unidades administrativas.
• Solicitud de modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos.
C) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 26-2024.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de desafiliación a la asociación solidarista con la autorización de trasladar los fondos por conceptos de cesantía y aporte patronal a otra institución. De la señora Karen Monge Olivares, funcionaria de este Tribunal, se conoce nota del 4 de marzo de 2024, mediante la cual solicita la desafiliación a la asociación solidarista con la autorización de trasladar los fondos por conceptos de cesantía y aporte patronal a otra institución, según detalla.
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse dentro del plazo de diez días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “En este caso, ella en lo que están solicitando es desafiliarse y que, el aporte patronal, se pase a otra institución, que no dice cuál es, ni siquiera dice que sea otra institución, ¿sería conveniente recabar, además del criterio de Legal, de una vez el criterio de la asociación solidarista?”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Podríamos ver si resultaría procedente o no, dependiendo lo que dice el Departamento Legal, podríamos pasarlo luego a la asociación solidarista.”
Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Pasarlo como una segunda etapa.”
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Que se pronuncie sobre los dos aspectos.”
B) Renuncia del funcionario Anthony Chambers Rivas del Departamento de Programas Electorales. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0491-2024 del 28 de febrero de 2024, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por el funcionario Anthony Chambers Rivas, destacado en el Programa de Asesores Electorales, Departamento de Programas Electorales, con la cual solicita se tenga por presentada su renuncia al cargo que ostenta, por los motivos que se sirve exponer.
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del funcionario Chambers Rivas, a quien se le agradecen los servicios prestados; lo anterior, en los términos indicados por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de licencia sin goce de salario del funcionario Néstor Morales Rodríguez de la Oficina Regional de Cartago. De la señora Hirlanny Ortiz Campos, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0490-2024 del 28 de febrero de 2024, mediante el cual remite a consideración nota suscrita por el funcionario Néstor Morales Rodríguez, destacado en la Oficina Regional de Cartago, con la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario, según las razones y condiciones que expone.
Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario, conforme a lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
D) Consulta de resolución de traslado de plaza a la Secretaría General del TSE. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resolución n.° 0016-STSE-2024 de las a las diez horas del cinco de marzo de dos mil veinticuatro, mediante la cual literalmente manifiesta:
"El suscrito Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de nuestra Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su reglamento y considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo el traslado definitivo de la plaza n.° 353737, de la clase de Auxiliar Operativo 1, Misceláneo 1, ocupada por el señor Jonathan Romero Camacho de la Sección de Servicios Generales a la Secretaría General del TSE, a partir del 16 de marzo de 2024.
Consúltese al Superior.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
E) Consulta de nombramientos en propiedad en distintas unidades administrativas. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0309-2024 del 7 de febrero de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en los artículos 36 del reglamento a nuestra la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y los artículos 13 y 14 de la Ley Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones, artículo 37 inciso a), y segundo párrafo, inciso a.i.) del artículo 36 del reglamento de la Ley Marco de Empleo Público y lo indicado en los oficios n.° RH-0257-2024 y RH-0258-2024 del Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobación de los siguientes nombramientos en propiedad, a partir del 16 de febrero de 2024:
1.- De la señora Viviana Alfaro Vargas, en la plaza número 86303, como Profesional Funcional 1, Coordinadora de Gestión de Estrategia Tecnológica en la Dirección General de Estrategia Tecnológica.
2.- Del señor Tommy Aguilar Peralta, en la plaza número 76369, como Profesional en Gestión 2, Coordinador de Estudios y Gestión de Proyectos en la Oficina de Proyectos Tecnológicos.
3.- Del señor Mario Pereira Granados, en la plaza número 45463, como Ejecutivo Electoral 2, Jefe del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones (DTIC).
4.- Del señor Marco Froilán Fonseca Matamoros, en la plaza número 76479, como Profesional en Ejecutor 3, Administrador de Proyectos en la Oficina de Proyectos Tecnológicos.
5.- Del señor José Jardino Díaz Salazar, en la plaza número 382422, como Profesional Asistente 2, Profesional Asistente en Servicios Informáticos en la Sección de Servicio al Cliente TI.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Mi propuesta sería, simplemente, en vez de decir que proceda a la brevedad posible, que proceda en el plazo de tres meses a realizar lo ordenado por el Tribunal, si lo dejamos a la brevedad posible, no va a salir.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Yo en la misma línea, pero quisiera agregar otro asunto. Esa es la plaza que ocupaba en propiedad la ingeniera Patricia Chacón. Doña Patricia, precisamente este artículo del año 2021, ese acuerdo, el que se consigna en ese artículo, en esa sesión, se toma a raíz del retiro de doña Patricia por razones de pensión. Quiere decir que pasó el 22, el 23, ya vamos para el tercer año, sin que se haya llamado a concurso esta plaza, que es una plaza fundamental para la Dirección General de Estrategia Tecnológica. A mí me preocupa muchísimo que nosotros tengamos que estar en un concurso, de esta plaza que coordina cuatro áreas fundamentales de la DGET, de cara ya al proceso electoral de 2026. Entonces yo coincido con doña Mary Anne, lo hemos conversado en ocasiones anteriores todos, en el sentido de que hay que poner un plazo, porque eso tiene que estar resuelto este año. Digamos: “proceda a la brevedad posible el Departamento de Recursos Humanos con lo dispuesto.” ¿Cuánto puede tardar el Departamento en elaborar un cartel y convocar a concurso? ¿3 meses?”
Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Yo propongo tres meses.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Creo que sí, por ahí con los nuevos procedimientos de selección de personal que establece la Ley de empleo público, sí podría llevarse creo unos tres meses.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Porque lo que estamos diciéndole es el tiempo en que tiene que armar la base del concurso y convocar al concurso.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Convocar y adjudicar el concurso.”
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “No. Estamos hablando de la elaboración de las bases del concurso y sería un concurso que se ordenó sacar antes de la entrada en vigencia de la ley. Entonces yo creo que lo que regiría para este concurso es lo que ya Recursos Humanos conoce. No es que tenga que inventar el nuevo procedimiento. Entonces yo pondría un término de dos meses para efecto de que elaboren la etapa inicial del concurso.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Claro y que su publique y que se convoque.”
Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Y que se convoque. Y, a partir de ahí, pues ellos sepan que, de acuerdo con lo que ha manifestado nuestra Presidenta, tenemos que tener eso adjudicado, ahí sí, a la brevedad posible, antes de que concluya el año.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Sí, claro, es que ya hay etapas del proceso electoral de 2026, en donde la DGET, la Dirección General de Estrategia Tecnológica, está interviniendo, con varios programas, etcétera. De hecho, ya están abocados a una serie de herramientas tecnológicas para el 2026 y la jefatura de ese departamento tiene cuatro de las áreas más estratégicas de esa Dirección, a su cargo, en ellas Infraestructura, etcétera. ¿Dos meses les parece entonces?”
Se dispone: En tanto este Tribunal, en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 104-2021, dispuso la realización de un concurso para llenar la plaza indicada en el punto 3 del oficio que se conoce, no ha lugar a la propuesta de nombramiento. Proceda, dentro del plazo de dos meses, el Departamento de Recursos Humanos, con lo dispuesto por este Tribunal. En cuanto a las propuestas de los puntos 1, 2, 4 y 5, nombrar conforme se propone en cada caso, a partir del 16 de marzo de 2024. ACUERDO FIRME.
F) Consulta de nombramiento interino en el Departamento de Programas Electorales. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0579-2024 del 6 de marzo de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y su reglamento, así como el reglamento a la Ley Marco de Empleo Público y lo indicado en el oficio n.° RH-0564-2024 del Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobación del nombramiento interino de la señora María Antonieta Navarro Brenes, en la plaza número 353575, como Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 en el Departamento de Programas Electorales, a partir del 16 de marzo y hasta el 15 de setiembre de 2024.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
G) Consulta de nombramientos en propiedad en distintas unidades administrativas. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0578-2024 del 6 de marzo de 2024, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento a lo dispuesto en los reglamentos a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y a la Ley Marco de Empleo Público y lo indicado en el oficio n.° RH-0563-2024 del Departamento de Recursos Humanos, nos permitimos proponer la aprobación de los nombramientos en propiedad de quienes ocupan el primer lugar de las respectivas ternas, como Oficinista 1, Clase Asistente Administrativo 1:
1.- De la plaza número 45652, en el Departamento Civil, a partir del 18 de marzo de 2024.
Alejandra Vanessa Quirós
Rodríguez |
Samuel
Vindas Chaverri |
Estefanía
de los Ángeles Vindas Salguera |
2.- De la plaza número 353690, en la Sección de Archivo, a partir del 16 de marzo de 2024.
Samuel
Vindas Chaverri |
Estefanía
de los Ángeles Vindas Salguera |
Carolina
de los Ángeles Zamora Villalobos |
3.- De la plaza número 382359, en el Departamento de Proveeduría a partir del 16 de marzo 2024.
Estefanía
de los Ángeles Vindas Salguera |
Carolina
de los Ángeles Zamora Villalobos |
Ana
Gabriela Meneses Gómez |
4.- De la plaza número 382368, en el Departamento de Registro de Partidos Políticos, a partir del 16 de marzo de 2024.
Carolina
de los Ángeles Zamora Villalobos |
Ana
Gabriela Meneses Gómez |
Kathia
Alejandra Arley Solano |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
H) Solicitud de modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0584-2024 del 7 de marzo de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Secretaría General, atendiendo a lo acordado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 4-2023, celebrada el 12 de enero de 2023 y mediante oficio n.° STSE-0500-2024, hizo de conocimiento de los personeros de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) y del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), copia del oficio DE-0518-2024 del 27 de febrero de 2024, suscrito por la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, en el que se proponen modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos.
Siendo que en el plazo otorgado a los personeros sindicales no se recibieron observaciones a lo indicado por la señora Mora Navarro, se somete la modificación referida a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, para lo que a bien tenga disponer.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar las modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos que indica la Dirección Ejecutiva en el oficio n.° DE-0518-2024. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Solicitud para la ampliación de horario después de la Semana Santa de 2024. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0211-2024 del 05 de marzo de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En virtud de lo manifestado por el señor Oscar Fernando Mena Carvajal, Oficial Mayor del Departamento Electoral, mediante oficio n.° DEL-082-2024 del 04 de marzo de 2024, muy respetuosamente me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones la solicitud de autorización para la ampliación de horario del servicio de solicitud y entrega de cédulas de identidad, que se detalla a continuación:
Motivo |
Fechas |
Horario |
Reinicio de
labores del TSE, después del disfrute general de vacaciones y feriados
correspondientes a la Semana Santa 2024, comunicado mediante circular
STSE-0021-2024 |
Del lunes
1° al viernes 05 de abril de 2024 |
De 7:00
a.m. a 5:00 p.m. |
Dicha ampliación se solicita tanto para la sede central, como para las 32 oficinas regionales.
Lo anterior, con el propósito de mejorar la accesibilidad del servicio que se brinda a la ciudadanía para la obtención de su documento de identidad, teniendo en cuenta que, habitualmente durante las fechas señaladas, se genera un incremento en la afluencia de público.
Finalmente, en caso de aprobarse lo solicitado, se sugiere que el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas proceda a comunicar dicha ampliación de horario a la ciudadanía, por los medios que estime pertinentes.".
Se dispone: Autorizar la ampliación del horario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Perdón, vuelvo atrás un momentito nada más. En el acuerdo de la propuesta que está haciendo don Luis Bolaños, es hasta las 7:00 de la noche, si no me equivoco.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “De 7 a 5 de la tarde.”
Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “De 7 de la mañana. Ah perdón, perdón, sí, porque yo me quedé con esa duda que era demasiado.”
Interviene la señora Magistrada Mannix Arnold: “Aquí sí tenía un pequeño comentario. Recuerdan que hace unos pocos días, cuando se reunieron unos funcionarios con nosotros indicaron que se estaban generando problemas, que se decía que el horario era hasta las tres de la tarde, pero seguía entrando gente, entonces les estaba poniendo mucha presión. Ya se había tomado alguna decisión al respecto que entiendo se comunicó a la persona encargada. Sin embargo, en este caso, yo sugeriría que a través de la Secretaría se le hiciera un atento recordatorio tanto a don Óscar, como a Seguridad, sobre la forma de gestionar el ingreso de personas y sobre la expectativa de que quienes ingresen después de cierta hora, no la van a recibir ese día, sino hasta el día siguiente. Como recordatorio, porque ya esto se había definido, pero como se va a venir una avalancha de gente, como todos los años después de Semana Santa.”
Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Con mucho gusto, claro.”
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Resolución que declara sin lugar recurso de amparo contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resolución n.° 2024005598 de las nueve horas veinte minutos del uno de marzo de dos mil veinticuatro, mediante la cual se declara sin lugar recurso de amparo interpuesto por la señora Johana Marcela Venegas Valverde, contra este Tribunal.
Se dispone: Hágase del conocimiento de los departamentos Legal y de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS ELECTORALES.
A) Respuesta a la consulta legislativa del proyecto de “Adición de un nuevo párrafo al artículo 148 del Código de Trabajo. Ley para el respeto de los días feriados y la regulación de puentes festivos con el objetivo de fomentar el turismo.”, expediente n.° 23.964. De la señora Nancy Patricia Vílchez Obando, Jefa de Área de Comisiones Legislativas V de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° AL-CPETUR-0499-2024 del 28 de febrero de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente Especial de Turismo, en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el proyecto de Ley Expediente N.º 23964 “ADICIÓN DE UN NUEVO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 148 DEL CÓDIGO DE TRABAJO, LEY N°2 DEL 27 DE AGOSTO DE 1943 Y SUS REFORMAS. LEY PARA EL RESPETO DE LOS DÍAS FERIADOS Y LA REGULACIÓN DE PUENTES FESTIVOS CON EL OBJETIVO DE FOMENTAR EL TURISMO”, el cual se adjunta.
De conformidad con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles que vence el 12 de marzo de 2024 y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. […]".
Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
I. Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
II. Objeto del proyecto.
Puntualmente esta ley tiene por objeto, adicionar un párrafo cuarto al artículo 148 del Código de Trabajo, Ley n.° 2 del 27 de agosto de 1943, para que mediante la adición de días “puente” entre feriados y fines de semana se pueda promover la reactivación económica y el fomento de la actividad turística nacional. Esta reforma además pretende normalizar la situación de los días feriados desde las necesidades manifestadas por organizaciones, instituciones y por la población, que ha encontrado en los “puentes festivos” o “fines de semana largos” una oportunidad para contar con mayor tiempo para el disfrute con sus familias, el mejoramiento de la calidad de vida y la salud mental a través de viajes o de un simple descanso en sus casas.
III. Sobre el proyecto.
Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
IV. Conclusión.
Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.
A las diez horas y cincuenta y siete minutos terminó la sesión.
Eugenia
María Zamora Chavarría |
|
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Zetty
María Bou Valverde |
Luis
Diego Brenes Villalobos |
Mary
Anne Mannix Arnold |