ACTA N.º 2-2024

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y veinte minutos del cuatro de enero de dos mil veinticuatro, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, de la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde, del señor Magistrado Luis Diego Brenes Villalobos y de la señora Magistrada Mary Anne Mannix Arnold. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Buenos días a todos y todas. Nada más que estaba viendo la fecha, 4 de enero, estamos hoy exactamente a un mes de las elecciones municipales. Si bien a veces las sesiones en asuntos administrativos son más pequeñas, es muy grande lo que tenemos por fuera de sesión, pues atendiendo todos los programas del cronograma electoral.”

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 1-2024.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Vacaciones y encargo de funciones del señor Contralor Electoral a. i. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Contralor Electoral a. i., se conoce oficio n.° CE-001-2024 del 2 de enero de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de mi ausencia programada del 10 al 12 de enero de 2024 - ambos días inclusive - y para los efectos consiguientes, agradezco elevar a consideración del Tribunal mi solicitud para que durante dicho lapso se encarguen mis funciones a la señora Melissa Bagnarello Chaves, Prosecretaria General a. i. del TSE.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe relativo a condiciones de trabajo de la Sección de Documentos de Identidad. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0929-2023 del 21 de diciembre de 2023, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 101-2023, celebrada el 2 de noviembre de 2023, rinde informe relativo a las condiciones de trabajo de la Sección de Documentos de Identidad.

Se dispone: De previo a resolver, emita criterio la Dirección Ejecutiva, en el plazo de cinco días hábiles. ACUERDO FIRME.

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Yo quería señalar, en relación con este punto, que realmente el Tribunal ha ido haciendo un esfuerzo para ir mejorando las condiciones de trabajo de diferentes dependencias, tanto lo que son las oficinas regionales como las dependencias internas y, en el caso particular de la de la Sección de Cédulas, pues ellos, aunque tienen espacio físico, tenían un malestar en relación con el calor que ahí hace y el tema también del ruido que les dificulta. Entonces creo que este es un avance en ese sentido y vamos a estar pendientes de que efectivamente esta contratación, lo que se deba realizar, efectivamente salga cuanto antes.”

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS ELECTORALES.

A) Propuesta de agenda para actividades, rutas y opciones de obsequios para la misión de observación electoral para las Elecciones Municipales 2024. De las señoras Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, y María Fernanda Sequeira Rojas, Encargada del Programa de Atención a Observadores Internacionales, se conoce oficio n.° POI-003-2023 del 22 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Para valoración superior, me permito adjuntar la propuesta de agenda para las actividades y rutas de la misión oficial de observación electoral para las Elecciones Municipales 2024.

Con respecto a las rutas, se contemplan seis propuestas de observación las cuales se desarrollarían con vehículos oficiales dispuestos para el día de las elecciones, cada una de ellas contempla visitas a centros de votación (CV) en donde se va a aplicar el plan piloto de Papeleta Única Electrónica, al ser una novedad para este proceso electoral. Además, se disminuyó la cantidad de lugares a visitar, en comparación con el proceso electoral pasado (2022), de 8 a 6 centros por ruta, siendo que, en esa oportunidad en la mayoría de los casos no se contó con el tiempo suficiente para cubrir los CV planificados […]".

Se dispone: Autorizar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

B) Integración de Juntas Receptoras de Votos para las Elecciones Municipales de 2024. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-1243-2023 del 22 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 36 y 41 del Código Electoral, procedo a elevarle en formato digital la nómina de integración de las Juntas Receptoras de Votos, remitida a esta Dirección por la señora Silvia Marín Mendoza, Encargado del programa electoral de Asesores Electorales, mediante oficio n. o PAE-386-2023 del 22 de diciembre de 2023. 

Del análisis de dicho reporte, se tiene que los partidos Acción Cantonal Siquirres Independiente, Acción Ciudadana, Alianza Por Sarchí, Aquí Costa Rica Manda, Auténtico Limonense, Auténtico Santacrucense, Auténtico Sarapiqueño, Avance Isidreño, Bienestar Rafeleño, Coalición Unión Belemita, Curridabat Siglo XXI, Del Sol, En Común, Frente Amplio, Gente Pro-Curri, Justicia Social Costarricense, La Esperanza Desamparadeña, La Gran Nicoya, Liberación Nacional, Liberal Progresista, Movimiento Avance Santo Domingo, Nueva Generación, Nueva Liberia, Nueva República, Organización Social Activa, Palmares Primero, Progreser, Progreso Social Democrático, Pueblo Soberano, Recuperando Valores, Republicano Social Cristiano, Somos, Somos Moravia, Único Abangareño, Unidad Social Cristiana, Unidos Podemos y Unión Griega, propusieron integrantes a las Juntas Receptoras de Votos (JRV), quedando la integración de la siguiente forma:

Integración de las Juntas Receptoras de Votos 

 

Juntas con representación de tres o más partidos políticos

1.397

Juntas con representación de dos partidos políticos

1.554

Juntas con representación de un partido político

2.596

Juntas sin representación de partidos políticos

922

Total

6.469

 

Tal y como se desprende de lo anterior, resulta importante señalar que en los casos en que no se alcanzó integrar con el mínimos de miembros partidarios establecido por el ordenamiento jurídico se procederá, se procederá [sic] conforme lo establece el artículo 41 del Código Electoral y el inciso e) del artículo 20 del Reglamento para el Ejercicio del Sufragio en las Elecciones Municipales del 4 de febrero de 2024; en el caso de aquellas juntas que no cuentan con representación partidaria se integrarán hasta con 3 auxiliares electorales, en cumplimento de la normativa antes indicada.

Por lo expuesto, respetuosamente le solicito se tenga por presentada la integración del proceso de elecciones municipales 2024 para su respectiva comunicación, haciendo la anotación de que en los casos que no se alcanzó la representación de al menos 3 partidos políticos, se integrarán con los auxiliares electorales necesarios para tener tres personas en cada junta receptora de votos, además de los casos de excepción de las zonas indígenas y hogares de larga estancia, que se completarán de ser necesario con funcionarios del TSE.

Finalmente, respetuosamente me permito recomendar de tenerlo a bien por parte del Superior, se orden [sic] la publicación de la integración en la página web del TSE.  

Así las cosas, respetuosamente le solicito elevar lo anterior a conocimiento y aprobación del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: Aprobar conforme lo propone el señor Fernández Masís. ACUERDO FIRME.

C) Autorizaciones varias de traslados de centros de votación para las Elecciones Municipales de 2024. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, se conocen oficios n.° DGRE-1227-2023, DGRE-1223-2023, DGRE-1231-2023, DGRE-1232-2023, DGRE-1226-2023, DGRE-1241-2023 y DGRE-1244-2023 del 21 de diciembre de 2023, mediante los cuales solicitan autorización para trasladar los centros de votación en los siguientes distritos: La Colonia, Westfalia, Estanquillo, Barranca, Sánchez, Coyolito de Abangares o La Peña y Santa Teresita, según corresponde, por los motivos que expone en cada caso.

Se dispone: Autorizar los traslados de centros de votación conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

D) Recordatorio del Cronograma Electoral de las Elecciones Municipales 2024. Se dispone: Hágase del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, de los partidos políticos, de las Direcciones institucionales, del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas –a este último para su difusión– el siguiente recordatorio de las fechas más relevantes para el mes de febrero de 2024, según el Cronograma Electoral de las Elecciones Municipales de 2024:

FEBRERO 2024

DOMINGO 4

PRIMER DOMINGO DE FEBRERO: Votación ante las juntas receptoras para elegir los cargos de alcaldías, vicealcaldías, regidurías, sindicaturas, concejalías de distrito, intendencias, viceintendencias y concejalías municipales de distrito (artículos 169, 171 y 172 de la Constitución Política; 12, 14 y 54 del Código Municipal; artículo 6 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito y 201 y 202 del Código Electoral). ACUERDO FIRME.

Salen del salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos y la señora Magistrada Mannix Arnold.

E) Solicitud de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para que se autorice la adquisición del seguro para resguardar la integridad de dispositivos tecnológicos. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-1179-2023 del 13 de diciembre de 2023, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con las condiciones establecidas en la contratación No. 2023LD-000103-0012300001 “Servicio de Impresión de Votos, Elecciones Municipales 2024, con Consorcio Comitia/Msa/Pbs, el pasado 4 de diciembre se hizo efectiva la recepción a conformidad de las 50 máquinas o dispositivos electrónicos que se utilizarán en labores de capacitación, así como los insumos correspondientes. Teniendo en cuenta que dichos equipos serán utilizados para capacitar a los diferentes agentes electorales dentro y fuera de las instalaciones del Tribunal Supremo de Elecciones, éstos se trasladarán a los cantones donde se implementará el proyecto para sensibilización a la población y se ubicarán en diferentes zonas de alto tránsito, los cuales serán a su vez utilizados el día de la elección.

En atención a lo expuesto, resulta necesario e indispensable la adquisición de un seguro para resguardar la integridad de los citados dispositivos tecnológicos, debido a los riesgos a los que puedan verse sometidos durante el tiempo que serán utilizados por el Tribunal Supremo de Elecciones. Cabe mencionar que la contratación del seguro no fue posible incluirla dentro de la planificación del presupuesto 2024, toda vez que para cotizar una póliza de seguro se requiere contar con una serie de información específica del bien a asegurar, tiempo a cubrir y costo de cada bien, de forma que las empresas aseguradoras tengan los datos necesarios para poder realizar sus estimaciones y establecer las condiciones del seguro a ofrecer, información de la cual se carecía durante la etapa de planificación y presupuestación, por lo que esta Administración no logró contar con el dato económico y las características definitivas del hardware ofrecido en el servicio concursado, por lo que no se pudo prever una asignación presupuestaria para efectos de la póliza de seguros a requerir. Así las cosas, una vez adjudicada la contratación del servicio en cuestión, se pudo contar con la información suficiente para realizar el sondeo de mercado respectivo y valorar una cobertura total a los equipos, es decir, que ampare todos los riesgos de daño o pérdida a los que se verían expuestos los bienes asegurados y que comprenda todos los riesgos de colisión y/o vuelco del automóvil en que se transporten, inicialmente para 53 equipos que serán utilizados para capacitación y demostración y a partir del mes de enero los restantes 600 equipos que serán utilizados en las Juntas Receptoras de Votos.

Del sondeo realizado, únicamente la empresa Popular Seguros brindó la cotización solicitada, que se resume de la siguiente manera:

Popular Seguros 

Cantidad de equipos

Periodo

Costo total de los equipos por asegurar

Prima anual a pagar

Costo por unidad por periodo

53 

11/12/2023 al 28/02/20242 

$132.500 

$3.617,87 más iva

$68,26 más iva

600 

25/01/2024 al 28/02/2024 

$1.500.000 

$40.297,23 más iva

$67,16 más iva.

 

Si bien se consultó al Instituto Nacional de Seguros y a la Aseguradora del Istmo ADISA, no se obtuvo respuesta de la primera y la segunda indicó mediante nota de fecha 7 de diciembre de 2023, que no le resulta de interés participar, por lo que el sondeo de mercado arroja una única empresa interesada y posibilitada en brindar el servicio del seguro requerido para los equipos. Resulta importante tener presente que la contratación de un seguro, en los términos precitados, genera un beneficio institucional al solventar riesgos respecto a una multitud de situaciones adversas que pueden ocurrir en la manipulación de los equipos, especialmente por ser la primera vez que serán utilizados por los diversos agentes electorales, evitando que estos funcionarios o el Tribunal Supremo de Elecciones deban indemnizar el total del costo de los equipos ante la ocurrencia de algún daño.

Con base en lo anterior y considerando los motivos expuestos respecto a la imposibilidad de incluir de recursos en el presupuesto 2024 y la naturaleza urgente del objeto a contratar, este despacho considera procedente tramitar la contratación del seguro para lo equipos que se estarían utilizando en el proyecto de referencia con cargo al Fondo General de Elecciones; nótese que en el caso que nos ocupa se cumplen los presupuestos normativos establecidos en el numeral 25 del Código Electoral, los cuales fueron además dimensionados por la Magistratura Electoral en la resolución N. ° 10005-E8-2023 de fecha 04 de diciembre de 2023: “(…) El FGE permite atender, de dos formas distintas, situaciones imprevistas y urgentes. Esas modalidades de uso del fondo son: 1) Para suplementar partidas existentes. 2) Para adquirir bienes y servicios de manera expedita.” (Lo subrayado no pertenece al original). Consideramos que estamos ante una situación imprevista y urgente al no haber podido incluir los recursos en la planificación y programación presupuestaria respectiva y siendo que la contratación resulta indispensable y urgente para la institución, debido a  los plazos en los que se necesita el objeto de interés y el riesgo involucrado en su tenencia, así como la evidente imposibilidad de realizar un traslado de recursos presupuestarios para suplementar partidas existentes.

Así las cosas, con todo respeto solicito se sirva elevar a consideración de las señoras y señores magistrados la presente solicitud para que se autorice la utilización de los recursos disponibles en el Fondo General de Elecciones, los cuales deberán ejecutarse directamente de la subpartida 9.02.02 con la transferencia del monto a la Tesorería Nacional para que se pague contra la cuenta de caja única del TSE ello para la adquisición de la referida póliza de seguros por un monto de ¢27.000.000,00 (monto ajustado considerando un posible incremento).".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita, en el entendido que los procedimientos de contratación indicados, incluyendo la determinación de los eventuales oferentes, monto adjudicado, plazo de cobertura de los equipos a asegurar y adjudicatarios, serán de exclusiva responsabilidad de las instancias gestionantes. ACUERDO FIRME.

Reingresan al salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos y la señora Magistrada Mannix Arnold.

A las once horas y seis minutos terminó la sesión.

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos

 

 

 

 

Mary Anne Mannix Arnold