ACTA N.º 107-2024

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta y ocho minutos del veintidós de octubre de dos mil veinticuatro, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y de la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se tiene por leído y aprobado el orden del día de la presente sesión ordinaria.

B) Se tiene por leída y aprobada la minuta de la sesión ordinaria n.° 106-2024.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Opciones y Naturalizaciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0778-2024 del 15 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de lo expuesto en el oficio RH-2510-2024 y de conformidad con lo establecido en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, respetuosamente, someto a consideración de las señoras Magistradas y del señor Magistrado del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

UNIDAD ADMINISTRATIVA

PUESTO

TITULAR

SUSTITUYE

PERIODO Y MOTIVO

Sección de

Opciones y

Naturalizaciones

Jefatura

Germán Rojas Flores

Paola Arguedas Castellón

01 [sic] de noviembre de 2024 / vacaciones.

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Trámites de Carrera Profesional. De la señora Kattya Varela Gómez, en su condición de Secretaria Técnica de la Comisión de Carrera Profesional, se conoce oficio n.° CCP-004-2024 del 15 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito hacer de su conocimiento lo resuelto por esta comisión, en sesión 01 y 02-2024 celebradas el 09 y 10 de octubre de 2024, con la finalidad de que el Tribunal se sirva resolver lo que estime pertinente de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

ACTA N. 01 y 02-2024

 

#

NOMBRE

MODALIDAD

1.

Ronny Villalta Jiménez 

Ajuste

2.

Rolando Sequeira Víctor

Incorporación".

 

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones en el Archivo del TSE. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2164-2024 del 15 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y con sustento en el análisis efectuado por el Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio RH-2509-2024, por considerarse oportuno para un mejor servicio público, me permito proponer el encargo de funciones de la señora Adriana Mena Aguilar, Jefa del Archivo del TSE, en la señora Kattia Zamora Guzmán, Jefa del Archivo Central, los días 24 y 25 de octubre de 2024.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

D) Gestiones para el informe final de gestión del señor Jose Manuel Marín Castro. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2477-2024 del 14 de octubre de 2024, mediante el cual se refiere a las gestiones para el informe final de gestión del señor José Manuel Marín Castro, tras el rompimiento de su relación laboral en la que se desempeñaba como Jefe de la Oficina Regional en San Carlos.

Se dispone: Hacer del conocimiento de la señora Varela Gómez que este Tribunal, en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 106-2024, concedió una prórroga para la presentación del informe final de gestión al señor Marín Castro. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud de encargo de funciones del señor Director General del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0791-2024 del 18 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud del disfrute de 03 días de vacaciones por parte del suscrito, del 06 al 08 de noviembre del año en curso, inclusive; respetuosamente solicito gestionar lo que corresponda a efecto de que, durante este periodo, se encarguen mis funciones en la señora Carolina Phillips Guardado, Oficial Mayor del Departamento Civil.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Vicepresidente Esquivel Faerron.

F) Solicitud de vacaciones del señor Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron. El señor Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron, solicita se le conceda el disfrute de vacaciones del lunes 28 de octubre al lunes 4 de noviembre de 2024.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Vicepresidente Esquivel Faerron.

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “Vamos a proceder a hacer el sorteo que, en este caso, es el número 552. El Magistrado que vamos a sustituir es don Max. Procedemos a hacerlo en el sistema y, de la lista de Magistrados suplentes que pueden participar, quien me dijo que no se va a encontrar en el país, es doña Luz Retana Chinchilla. Entonces a doña Luz la vamos a excluir, indicando los motivos que vamos a poner ahora en la justificación. Vamos a incluir a don Luis Diego Brenes Villalobos, a doña Mary Anne Mannix Arnold, a don Hugo Ernesto Picado León, a don Héctor Enrique Fernández Masís y a doña Wendy de los Ángeles González Araya, para que puedan participar de este sorteo. En las observaciones, estaríamos indicando que es sustitución del Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron, por el disfrute de vacaciones, a partir del lunes 28 de octubre y hasta el lunes 4 de noviembre de 2024. No participa en el sorteo, la señora Magistrada suplente Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, ya que para ese lapso se encontrará fuera del país. Iniciaríamos con el sorteo.

Para este sorteo resulta ganador el señor don Héctor Enrique Fernández Masís.”.

 Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “¿Qué número de sorteo es?”

Interviene el señor Secretario General Chinchilla Mora: “El 552.”

G) Sustitución por vacaciones del señor Magistrado Vicepresidente Esquivel Faerron. Se dispone: Para sustituir al señor Magistrado Vicepresidente Max Alberto Esquivel Faerron, durante su ausencia por vacaciones -autorizadas en esta misma sesión- del lunes 28 de octubre al lunes 4 de noviembre de 2024, previo sorteo de rigor -el número 552-, se designa al señor Magistrado suplente Héctor Enrique Fernández Masís. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe de avance del I semestre del año 2024 del Plan Táctico del PEI 2019-2025. De la señora Laura Brenes Ramírez, Profesional en Derecho 2 de la Secretaría General del TSE, se conoce oficio n.° CDIR-0276-2024 del 15 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 44-2024, celebrada el 15 de octubre de 2024 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones -quien preside-; Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General del Registro Civil, Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, Hugo Ernesto Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica e Iván Mora Barahona, Secretario General de la Dirección de Estrategia y Gestión Político- Institucional, que dice:

«De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-2468-2024 del 8 de octubre de 2024, mediante el cual remite el informe del avance del I semestre del año 2024, relativo al estado de avance [sic] de las líneas de acción que conforman el plan táctico del PEI vigente, para lo cual, solicita la aprobación de las recomendaciones incluidas en el último apartado del citado informe, particularmente la que concierne al punto n.° 5, según expone.

Se dispone: 1- Tener por rendido el informe, el cual se acoge. 2.- Hágase de conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Justificación de sustituciones en sesión del Consejo de Directores. De la señora Laura Brenes Ramírez, Profesional en Derecho 2 de la Secretaría General del TSE, se conocen oficios n.° CDIR-0277-2024 y n.° CDIR-0278-2024 del 15 de octubre de 2024, mediante los cuales comunica lo acordado por el Consejo de Directores, respecto a las ausencias de los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil y Gustavo Román Jacobo, Director General de Estrategia y Gestión Político-Institucional, a la sesión ordinaria n.º 44-2024, celebrada el 15 de octubre de 2024, teniendo por justificadas dichas ausencias.

Se dispone: Tener por justificadas las referidas ausencias. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0788-2024 del 17 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, respetuosamente elevo a conocimiento de las señoras Magistradas y del señor Magistrado del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de autorización para firmar certificaciones del Departamento de Civil que detallo a continuación:

 

 NOMBRE

CÉDULA

OFICINA

OFICIO DE LA

JEFATURA

Jairo Alberto Herrera Barrantes

114180435

Regional de Alajuela

CSR-0908-2024

Katterin Saborío Cordero

207410669

William Morera Cordero

115032024

Regional de Cañas

 

Con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, muy respetuosamente solicito conceder la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria y funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Requerimiento de información del funcionario Jeffrey Salazar Montero. Del señor Jeffrey Salazar Montero, funcionario del Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, se conoce nota del 16 de octubre de 2024, mediante la cual solicita respuestas a las consultas realizadas en relación con el nombramiento de plazas en la Dirección General de Registro Civil.

Se dispone: Para su atención, dentro del plazo de tres días hábiles, pase al señor Director General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

B) Prórroga del plazo establecido para el cumplimiento de la asesoría AS-AI-002-2023. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2527-2024 del 16 de octubre de 2024, mediante el cual solicita una prórroga extraordinaria hasta el 28 de febrero de 2025, para atender lo requerido en el oficio AI-288-2024, según las razones que expone.

Se dispone: De previo a resolver, rinda criterio la Auditoría Interna al respecto. ACUERDO FIRME.

C) Estudios especiales de Auditoría Interna. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-447-2024 del 17 de octubre de 2024, mediante el cual remite los estudios especiales IES-007-2024, IES-008-2024 e IES-009-2024.

Se dispone: A fin de que se proceda con el inicio de las investigaciones administrativas que correspondan, pase a la Inspección Electoral. Tome nota la Secretaría General de este Tribunal, así como el Archivo del TSE, del carácter confidencial de los documentos que se conocen, para su debido resguardo. ACUERDO FIRME.

D) Estudio Administrativo de Salud Ocupacional. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce nuevamente oficio n.° DE-1310-2024 del 4 de junio de 2024, mediante el cual remite el “Estudio Administrativo de Salud Ocupacional” y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:

"1. Conclusiones

1.1.     En el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.°  118-2023 el Superior dispuso trasladar a la Dirección Ejecutiva el informe presentado por el equipo interdisciplinario n.° 7 y el oficio n.° CEP/07-0013-2023 a fin de determinar si se debe modificar la estructura actual y cuál sería la ubicación de la gestión de Salud Ocupacional que resulte de mayor conveniencia y oportunidad para la Administración de conformidad con el artículo 13 de la Ley Marco de Empleo Público.

1.2.     En el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 53-2024 el Superior dispuso tener por rendido y acoger el criterio de la Auditoría Interna con respecto a las recomendaciones emanadas del informe especial n.° IES-001-2024-B.

1.3.     Es criterio de la Auditoría Interna mantener la recomendación 4.1 de su informe especial IES-001-2024-B en lo que se refiere a que, la Dirección Ejecutiva realice las gestiones respectivas para la reubicación de Prevención y Salud Laboral, dentro de la estructura organizacional dependiendo directamente del Tribunal como máximo jerarca.

1.4.     El Artículo 13 de la Ley Marco de Empleo Público (Ley 10159) establece obligaciones en materia de salud ocupacional para las entidades públicas. Estas obligaciones tienen como objetivo proteger la salud y la seguridad de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones. De igual manera el artículo 13 de la citada ley establece que la instancia de salud ocupacional en cada entidad pública dependerá administrativamente de manera directa del jerarca de la entidad.

1.5.     El Departamento Legal en un informe conjunto con la Dirección Ejecutiva y el Departamento de Recursos Humanos determinó que la ubicación del Área de Prevención y Salud Laboral es una decisión administrativa que obedece a razones técnicas y que las decisiones que se tomen, en última instancia, deben ser de conocimiento del jerarca Tribunal, indistintamente de la ubicación de la respectiva unidad dentro del organigrama institucional.

1.6.     En dictamen de la Procuraduría General de la República n.° C-244-2010 del 6 de diciembre de 2010 se determina la definición de los conceptos de Jerarca Supremo y Jerarca Ejecutivo siendo que la Ley Marco de Empleo Público adolece el concepto de Jerarca en todo su articulado.

1.7.     En criterio técnico n.° AL-CSO-22 del 22 de setiembre de 2009, emitido por el Área Legal del Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud deja ver que existe una excepción a la tesis de principio de que las oficinas de salud ocupacional deben depender del Ministro del Ramo en el Sector Público centralizado, sucediendo cuando exista una delegación de competencias mediante una resolución debidamente fundamentada, pudiendo delegar la competencia en una figura de rango inferior según lo señala el artículo 89 de la Ley General de la Administración Pública mencionando entre otras figuras la del Director General Administrativo, que para el caso del TSE correspondería al Director/a Ejecutivo/a.

1.8.     El diagrama de relaciones arrojó como resultado, entre otras cosas que, la unificación de los diferentes actores que participan de las labores relacionadas con Salud Ocupacional resultaría en un aprovechamiento de recursos y esfuerzos, logrando con ello fortalecer la gestión organizacional y facilitando con ello la aplicación del artículo 13 de la Ley Marco de Empleo Público. Evidencia también en la aplicación de este instrumento que en general interactúan la Comisión Institucional de Gestión Ambiental, Área de Prevención y Salud Laboral, el Comité Central de Emergencia y Servicios Médicos.

1.9.     El diagrama de Ishikawa, dentro de las variables analizadas arrojó propuestas para la centralización e integración de funciones atinentes a Salud Ocupacional, la integración de competencias en Salud Ocupacional en una sola unidad administrativa y su ubicación en un nivel estratégico de la institución.

1.10.  El mapa de calor arrojó que de las once dependencias valoradas como posibles alternativas para ubicar la gestión de Salud Ocupacional Institucional, la Dirección Ejecutiva obtuvo la mayor ponderación seguida por el Departamento de Recursos Humanos, además determina el grupo interdisciplinario n.° 7 que por los criterios analizados la Dirección Ejecutiva dispone de las condiciones más adecuadas para asumir la conducción de la gestión de salud ocupacional en el TSE.

1.11.  En las consultas realizadas a cuatro instituciones públicas se observa que ubican la materia relacionada con salud ocupacional a nivel de consejo, departamento, área o sección, todas adscritas a una dirección técnico-administrativa, donde no se encuentran en línea directa al jerarca institucional.

1.12.  El análisis realizado por el equipo interdisciplinario lleva a plantear la ubicación orgánica de Salud Ocupacional no dependiendo directamente del jerarca, sino más bien dentro de la estructura de la Dirección Ejecutiva o del Departamento de Recursos Humanos.

1.13.  La Auditoría Interna, no comparte el resultado arrojado  a partir de la aplicación por parte del Equipo Interdisciplinario n.° 7, de las herramientas denominadas “mapa de calor” y “análisis FODA” donde se estableció que la ubicación ideal para PRESAL es esa Dirección o el Departamento de Recursos Humanos; posición que está dejando de lado lo que expresamente manda la Ley Marco de Empleo Público en su artículo 13.

1.14.  El grupo interdisciplinario n.° 7 plantea dos propuestas para la integración de las funciones atendidas por el Área de Prevención y Salud Laboral, Servicios Médicos, Comité Central de Emergencias y Gestión Ambiental propiamente en la estructura de la Dirección Ejecutiva o del Departamento de Recursos Humanos.

1.15.  Dentro de las fortalezas identificadas en el análisis FODA realizado por el equipo interdisciplinario n.° 7 con respecto a la ubicación de la gestión de Salud Ocupacional dentro de la estructura de la Dirección Ejecutiva se encuentra que esa dirección origina relaciones directas y constantes con la presidencia y miembros del Tribunal, mientras que para el Departamento de Recursos Humanos determinó como debilidad que este departamento depende administrativamente de la Dirección Ejecutiva por lo que jerárquicamente no responde de manera directa a la Magistratura.

1.16.  Realizado el análisis de lo expuesto por el grupo interdisciplinario n.° 7 y lo señalado por la Auditoría Interna en su informe especial n.° IES-001-2024-B la Dirección Ejecutiva considera de mayor conveniencia y oportunidad para la Administración la integración de las funciones realizadas por Salud Laboral, Servicios Médicos, Comité Central de Emergencias y Gestión ambiental en una sola unidad administrativa ubicada a un nivel estratégico fuera de la estructura del Departamento de Recursos Humanos.

8.          Recomendaciones

Con base en los argumentos y conclusiones expuestos, esta Dirección recomienda acoger, si así lo tiene a bien el Superior, lo siguiente:

8.1.     Aprobar la integración de las funciones atendidas por el Área de Prevención y Salud Laboral, Servicios Médicos, Comité Central de Emergencias y Gestión Ambiental en una sola unidad administrativa denominada “Salud y Seguridad Laboral” tal y como se muestra a continuación:

Salud y seguridad laboral

8.2.     Debido a la integración de esta nueva unidad, aprobar el eventual traslado de las plazas que se muestran en los cuadros 4 y 5 del presente informe, acción que será realizada por la Dirección Ejecutiva dentro de las acciones conexas a efectuar.

8.3.     Siendo que la Dirección Ejecutiva llegó a la conclusión de que resulta de mayor conveniencia y oportunidad para la Administración la ubicación de esa nueva unidad administrativa fuera de la estructura del Departamento de Recursos Humanos y que según el análisis del equipo interdisciplinario n.° 7 se determina que, la Dirección Ejecutiva es la dependencia institucional que dispone de las condiciones más adecuadas para asumir la conducción de la gestión de salud ocupacional en el TSE, en tanto, tal y como se determinó, esa función sea delegada por el Superior; pero por otra parte la Auditoría Interna en su recomendación 4.1 del informe especial n.° IES-001-2024-B señala que debe considerarse dentro de la estructura organizacional dependiendo directamente del Tribunal como máximo jerarca, criterio acogido por el Superior en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 53-2024, se plantea la necesidad de que sea ese cuerpo colegiado el que decida dentro de las siguientes dos propuestas que se muestran a continuación:

Propuesta 1: La integración de esta nueva unidad administrativa propiamente como una dependencia del Tribunal Supremo de Elecciones tal y como se muestra a continuación:

TSE

 

Lo que implicaría que su jefatura administrativa recaería en el Secretario/a General del TSE, conlleva la creación de una estructura independiente con su respectiva jefatura, la asignación de recursos presupuestarios, físicos y de recurso humano para su óptimo funcionamiento, muchos de los cuales deberán ser provistos en la inmediatez por la misma Secretaría General del TSE, dentro de los que se encuentran el puesto a ser transformado para asumir la citada jefatura, el espacio físico e insumos de índole tecnológico y mobiliario, entre otros. Además, debido a que la integración de la Gestión Ambiental dentro de la nueva unidad administrativa no implica el traslado del recurso humano que actualmente asume esas funciones, la Secretaría General del TSE deberá asignar esas tareas a personas funcionarias que actualmente se encuentran dentro de su nómina.

Propuesta 2: La integración de esta nueva unidad administrativa propiamente en la estructura de la Dirección Ejecutiva tal y como se muestra de seguido:

Dirección Ejecutiva

La integración de la nueva unidad administrativa dentro de la estructura de la Dirección Ejecutiva implicaría que el Tribunal delegue la función de Salud Ocupacional a esa dirección. La jefatura inmediata correspondería al Director/a Ejecutivo/a, integrándose a la estructura ya existente, donde esa dirección proveería de los recursos necesarios para su óptimo funcionamiento tales como el espacio físico, insumos de índole tecnológico y mueblería, así como del recurso humano a transformar para asumir la función de encargado/a de esa nueva unidad administrativa. En cuanto a la Gestión Ambiental la misma ya es atendida por la Dirección Ejecutiva por lo que no implicaría ajustes mayores.

8.4 Que el Superior, una vez tomada la decisión, comunique lo correspondiente a la Dirección Ejecutiva para que esta proceda con el trámite de rigor, con respecto a acciones conexas para consolidar a la nueva unidad administrativa que se plantea, mencionadas en cuerpo del presente informe, así como de aquellas que deriven de la dinámica administrativa, de lo cual esta Dirección Ejecutiva deberá informar al Superior para su conocimiento.".

Se dispone: En adición al acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 104-2024, celebrada el 15 de octubre de 2024, se tiene por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. En cuanto a la recomendación 8.3, se reitera lo dispuesto en el acuerdo de cita, en el sentido de que este Pleno aprobó la propuesta 2 en virtud de las razones que ahí se enumeraron. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Solicitud de permiso para atención de asuntos sindicales. De la señora Fanny Sequeira Mata, Secretaria General de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum, se conoce oficio n.° CTRN 359-2024 del 18 de octubre de 2024, mediante el cual literalmente manifiesta: 

"La Confederación de Trabadores [sic] Rerum Novarum CTRN les saluda y a la vez solicita respetuosamente, se le brinde el permiso respectivo al compañero Julio Cesar [sic] Arroyo López, Suplente N°3 de nuestro Comité Ejecutivo, para que participe en la sesión ordinaria de nuestro Comité Ejecutivo convocada para el jueves 24 de octubre, tal es el caso de la convocatoria adjunta.".

Se dispone: Autorizar la participación del señor Arroyo López. Tome nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos, así como la inmediata del señor Arroyo López. ACUERDO FIRME.

A las once horas y un minuto terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde