ACTA N.º 51-2022

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiséis de mayo de dos mil veintidós, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado León y Zetty María Bou Valverde.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Flor Leiva Montero del Departamento de Proveeduría. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1303-2022 del 23 de mayo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se eleva para su consideración, nota suscrita por la señora Flor Leiva Montero, cédula de identidad 304400051, destacada en Proveeduría, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses, dados los motivos que se sirve exponer, contados a partir del 1° de julio de los corrientes. La señora Leiva Montero labora para la institución desde el 2 de octubre del 2009, actualmente ocupa el puesto número 45448, de Profesional en Gestión Administrativa, de la clase Profesional Ejecutor 2, en esa oficina.

Con respecto a la solicitud que nos ocupa, la funcionaria en cuestión, durante su trayectoria laboral no ha solicitado una licencia como la que ahora pretende, misma que pudiera encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” (lo subrayado no corresponde al original). De aprobarse la presente solicitud, conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, la señora Leiva Montero debería previamente disfrutar las vacaciones ordinarias y proporcionales a las que tiene derecho, de conformidad con el siguiente detalle:

Días

Periodo

Tipo

8,5

2020-2021

Ordinarias

19,5

2021-2022

Proporcionales

 

Expuesto lo anterior, previo a las indagaciones que se estimen pertinentes, bien puede aprobarse el disfrute de las vacaciones proporcionales (28 días) del 24 de mayo al 30 de junio del año en curso, siendo que el permiso sin goce salarial sería efectivo del 1° de julio del 2022 [sic].

Finalmente, puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno de los señores Allan Herrera Herrera, Proveedor institucional, y Franklin Mora González, Director Ejecutivo, respectivamente. Expuesto lo anterior, salvo superior criterio, bien puede aprobarse el permiso sin goce salarial pretendido y por el lapso que la funcionaria de cita requiere.".

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de licencia sin goce de salario del funcionario Jorge Eduardo Mora Flores de la Auditoría Interna. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1305-2022 del 23 de mayo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se eleva para su consideración, nota suscrita por el señor Jorge Eduardo Mora Flores, cédula de identidad 111330372, destacado en Auditoría Interna, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses, dados los motivos que se sirve exponer, contados a partir 20 de julio de los corrientes. El señor Mora Flores labora para la institución desde el 16 de julio de 2009, actualmente ocupa el puesto número 370730, de Auditor Asistente, de la clase Profesional Ejecutor 3, en esa oficina.

Con respecto a la solicitud que nos ocupa, el funcionario en cuestión, durante su trayectoria laboral no ha solicitado una licencia como la que ahora pretende, misma que pudiera encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” (lo subrayado no corresponde al original). De aprobarse la presente solicitud, conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, el señor Mora Flores debería previamente disfrutar las vacaciones ordinarias y proporcionales a las que tiene derecho, de conformidad con el siguiente detalle:

 

Días

Periodo

Tipo

11

2020-2021

Ordinarias

21

2021-2022

Proporcionales

 

Expuesto lo anterior, previo a las indagaciones que se estimen pertinentes, bien puede aprobarse el disfrute de las vacaciones ordinarias y proporcionales (32 días) del 06 de junio al 19 de julio del año en curso, siendo que el permiso sin goce salarial sería efectivo del 20 de julio del año en curso [sic].

Finalmente, puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno de la señora Nidia Aguilar Acuña, Auditora Interna a.i. Expuesto lo anterior, salvo superior criterio y previo a las indagaciones que se estimen pertinentes, bien puede aprobarse el permiso sin goce salarial pretendido y por el lapso que el funcionario de cita requiere.".

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

C) Encargos de funciones de las jefaturas de las secciones de Servicio al Cliente de TI y de Infraestructura Tecnológica. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1235-2022 del 24 de mayo de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación de los encargos de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Sección de Servicio al Cliente de TI

Ana Yansy Gutiérrez Francis

Andrés Balmaceda Arias

A partir de la firmeza del acuerdo y hasta el 3 de junio de 2022

Encargo de funciones

Sección de Infraestructura Tecnológica

Mario Pereira Granados

Wilfred Mejía Villalobos

Del 6 al 10 de junio de 2022

Encargo de funciones

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria de actualización al Padrón Nacional Electoral del mes de abril de 2022. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-171-2022 del 23 de mayo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio de oficio n.° PE-084-2022, el señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría los archivos con el resumen de las actualizaciones al Padrón Nacional Electoral, correspondiente al mes de abril de 2022, según el siguiente detalle:

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL

TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL ANTERIOR

3.564.069

TOTAL INCLUSIONES

6.045

TOTAL EXCLUSIONES

2.038                          

VARIACIÓN NETA

4.007

PADRÓN NACIONAL ELECTORAL DEL MES

3.568.076

ELECTORES EN EL EXTRANJERO

53.382

TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS

3.514.694

 

Dichas cifras, en atención al desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto, se cotejaron con los datos del SINCE, los generados por las Secciones de Análisis y Control y de Padrón Electoral, así como con los informes diarios extraídos del SICI sobre la producción diaria del centro de impresión de la Sección de Cédulas [sic].

Además, esa información se corroboró con lo dispuesto en el oficio n.° DGRC-0327-2022, suscrito por el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, el cual fue conocido por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 49-2022, celebrada el 19 de mayo de 2022, cuya verificación resultó satisfactoria.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Informe para incorporar puesto al régimen de dedicación exclusiva. De la señora Karla Duarte Azofeifa, Profesional Asistente en Derecho 2 de la Secretaría General de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0156-2022 del 24 de mayo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 26-2022, celebrada el 24 de mayo de 2022 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«De los señores Sandra Mora Navarro, Secretaria General de la Dirección Ejecutiva, Kattya Marcela Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos y Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DE-1375-2022 del 17 de mayo de 2022, recibido en la Coordinación de este Consejo el 20 de mayo de 2022, mediante el cual rinden informe en el que se concluye la conveniencia institucional de someter el puesto n.° 76360, Profesional Especializado de la Dirección Ejecutiva (clase Profesional Funcional 1) ubicado en la Dirección Ejecutiva, al régimen de dedicación exclusiva.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones se acogen. Elévese a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. Díctese la resolución correspondiente. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde