ACTA N.º 26-2022

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diez de marzo de dos mil veintidós, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado León y Zetty María Bou Valverde.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0655-2022 del 7 de marzo de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos en su oficio n.° RH-0385-2022 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de lo siguiente:

1.- Del nombramiento interino que se detalla a continuación:

 

 

OFICINA /

DEPARTAMENTO

NÚMERO Y

CLASE

DEL PUESTO

NÚMERO DE OFICIO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO

1.- Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos

361389,

Técnico

Funcional 2

DFPP-189-2022

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria.

Luis Diego Morales Zamora,

16-MAR al 15-AGO de 2022, o hasta que

regrese su propietaria, lo que ocurra primero.  El candidato que se propone labora para la institución desde el 16 de julio del 2014 y actualmente se desempeña en propiedad en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2.

 

 

2.- Del nombramiento interino cuya terna se propone, sugiriendo nombrar al primer lugar de la misma:

 

N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO / OFICINA

90223

Mónica Quesada Vega

Profesional Ejecutor 3

Administrador /a de Base de

Datos

Sección de

Infraestructura

Tecnológica (O-ITI-

056-2022) 

Harold Zamora Escorcia

Alexander Chávez López 

Fecha de rige: 16-MAR al 31-DIC del 2022 o hasta que regrese su anterior ocupante, o hasta que se gestione el trámite respectivo para nombrar un nuevo propietario lo que ocurra primero. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. Este nombramiento se da por lo comunicado mediante oficio RH-1973-2021 sobre la consulta de interés y disponibilidad para el puesto de Administrador/a de Bases de Datos donde participaron dos personas funcionarias que no cumplían con los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para dicho cargo.

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone en el punto 1, así como aprobar el nombramiento de quien figura en el primer lugar de la referida terna, conforme se sugiere en el punto 2, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

B) Consulta de resolución de traslados temporales en la Dirección General del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-0078-2022 de las quince horas y treinta y seis minutos del siete de marzo de dos mil veintidós, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De común acuerdo entre las señoras Betzi Melissa Díaz Bermúdez y Karen Patricia Bonilla Sánchez, y los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Germán Alberto Rojas Flores y Luis Gonzalo Carranza Fonseca, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo a efectuar, por un plazo de seis meses prorrogables, los siguientes traslados temporales:

Funcionarios

Oficina de origen

Oficina de destino

Clase

Puesto

Número de puesto

Fecha

Karen Patricia Bonilla Sánchez

Sección de Actos Jurídicos

Sección de Opciones y Naturalizaciones

Profesional Ejecutor 3

Profesional en Expedientes Registrales Civiles

45662

A partir de la firmeza del acuerdo que así lo autorice

Luis Gonzalo Carranza Fonseca

Sección de Opciones y Naturalizaciones

Sección de Actos Jurídicos

Profesional Ejecutor 3

Profesional en Expedientes Registrales Civiles

370685

 

Consúltese al Superior.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones del señor Director General del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0178-2022 del 9 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En virtud de las vacaciones solicitadas por el suscrito al Departamento de Recursos Humanos, me permito proponer la aprobación del encargo de mis funciones, el cual detallo a continuación:

UNIDAD ADMINISTRATIVA

SUSTITUTO

PERIODO

Dirección General del Registro Civil

Luis Guillermo Chinchilla Mora

4 días, a partir del 14 de marzo de 2022

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0172-2022 del 7 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento de las señoras Magistradas y los señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, el oficio ARC-027-2022 de hoy, suscrito por la señora Laura Quesada Ramírez, Jefa de la Sección de Archivo del Registro Civil, mediante el cual solicita autorización para firmar certificaciones a la siguiente persona funcionaria:

• Ana Karolina Delgado Arburola, cédula 1-1117-0514.

Por lo anterior y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, muy respetuosamente solicito conceder la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Carta de entendimiento n.° 5 entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Fundación Omar Dengo. De la señora Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y el señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° IFED-057-2022 del 7 de marzo de 2021 [sic], recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Con base en las cláusulas segunda y tercera del “Convenio Marco de Cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Fundación Omar Dengo”, resulta necesario la suscripción de acuerdos específicos para desarrollar acciones conjuntas dirigidas a promover una ciudadanía activa y valores cívicos y democráticos, a través de programas de formación apoyados en el uso de tecnologías digitales.

Por tal motivo, en nuestra condición de directora de la unidad de coordinación y jefe a.i. del Departamento Legal, respectivamente, sometemos a consideración la propuesta para la formulación de la Carta de Entendimiento n.° 5 con la Fundación Omar Dengo, cuyo objetivo general es:

“…desarrollar un nuevo curso virtual denominado “Procesos Electorales en Costa Rica” y actualizar los cursos “Mujeres en Ruta: hacia una incidencia local, Vivir la democracia y Vos Elegís””.

Para cumplir el objetivo citado, el TSE estaría comprometido a erogar veintiún millones de colones (¢21.000.000,00) para el financiamiento de los cursos, en tres tractos. El contenido económico para 2022 está disponible en la subpartida 60402, coletilla 212, del subprograma presupuestario 850-02, según lo previsto en la línea 4 del objetivo 12 del POA 2022 por un monto de siete millones de colones (¢7.000.000,00). El segundo tracto se pagaría en el año 2023, para lo cual se incluyó en la línea 4, objetivo 15, del POA 2023 del IFED un monto de siete millones de colones (¢7.000.000,00); el pago del tracto final se gestionará a través del POA 2024 de esta Dirección General.

En virtud de lo citado, le solicitamos elevar a conocimiento del Tribunal esta propuesta, la cual cuenta con el aval de la oficina jurídica de la FOD, de esta Dirección y del Departamento Legal del TSE, para que –de aprobarlo- quede habilitada la señora Magistrada Presidenta para su firma.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

B) Ley Marco de Empleo Público. Se dispone: Ante la sanción del Poder Ejecutivo de la Ley Marco de Empleo Público, procedan los señores Franklin Mora González, Director Ejecutivo, Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal y Andrei Cambronero Torres, Letrado de este Tribunal, en el plazo de diez días hábiles, a informar conjuntamente sobre sus implicaciones. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Medidas sanitarias para la atención de la pandemia por Covid-19 en el segundo trimestre del 2022. De la señora Ivannia Romero Vindas, Profesional en Derecho 1 de la Secretaría General de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0059-2022 del 8 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 12-2022, celebrada el 8 de marzo de 2022 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Se dispone: Mantener para el segundo trimestre de 2022, las medidas hasta ahora adoptadas para la atención de la pandemia por Covid-19, salvo aquellos casos excepcionales a discreción del Director respectivo. Elévese a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Adición a la primera modificación al presupuesto institucional de marzo 2022. De la señora Karla Duarte Azofeifa, Profesional Asistente en Derecho 2 de la Secretaría General de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0068-2022 del 9 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo único de la sesión extraordinaria n.º 13-2022, celebrada el 9 de marzo de 2022 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside–; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0691-2022 del 9 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite adición a la primera modificación al presupuesto institucional de marzo 2022.

Se dispone: Elevar a consideración del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Consulta legislativa del proyecto de “Ley para regular la publicidad para las inauguraciones de obra pública”, expediente número 22.462. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° CG-092-2022 del 2 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, y en virtud de la moción aprobada en sesión 28, se le solicita el criterio en relación con el proyecto 22.462 “LEY PARA REGULAR LA PUBLICIDAD PARA LAS INAUGURACIONES DE OBRA PÚBLICA”, el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital. La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales, por una única vez, la cual vencerá el próximo 24 de marzo []".

Se dispone: Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:

I. Consideraciones preliminares.      

El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.

Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de esta Autoridad Electoral, evacuar las consultas que la Asamblea Legislativa realice al amparo de esa norma de orden constitucional.

A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Órgano Constitucional ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos  electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Pleno, a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.

II. Objeto del proyecto.

Puntualmente este proyecto tiene por objeto regular los aspectos mínimos respecto a la publicidad e inauguraciones de obra pública para dar transparencia y evitar su utilización para fines electorales.

III. Sobre el proyecto.

Se somete en consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley tramitado en expediente legislativo número 22.462 cuyo objetivo es la aprobación de la “LEY PARA REGULAR LA PUBLICIDAD PARA LAS INAUGURACIONES DE OBRA PÚBLICA”.

Del examen de la propuesta legislativa consultada, no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en modo alguno actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a estos organismos electorales y sobre la cual este Tribunal deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.

Este Tribunal considera oportuno recordar que el artículo 142 del Código Electoral tiene, además de las que se enlistan en el proyecto en consulta, una prohibición para las instituciones públicas de no divulgar obra pública, en medios de comunicación y a través de pauta publicitaria, durante el periodo de campaña electoral. Esa restricción, según lo entiende este Pleno, no se ve afectada de forma alguna con esta iniciativa.

IV. Conclusión.

Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.  ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del proyecto de ley “Pagar 2: Ley para coadyuvar en el pago del servicio de la deuda y de transparencia en la información de los superávit [sic] de las instituciones públicas.”, expediente número 22.755. De la señora Flor Sánchez Rodríguez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VI del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° HAC-0859-2021-2022 del 9 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la señora Presidenta de la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Hacendarios, diputada Ana Lucía Delgado Orozco, se les remite la consulta obligatoria del Expediente N.° 22.755, “PAGAR 2: LEY PARA COADYUVAR EN EL PAGO DEL SERVICIO DE LA DEUDA Y DE TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN DE LOS SUPERÁVIT [sic] DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS”, el cual le adjunto.

Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. […]".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 16 de marzo de 2022- pase a los señores Franklin Mora González, Director Ejecutivo y Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 15 de marzo de 2022. Tomen nota los referidos servidores y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 21 de marzo de 2022. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde