ACTA N.º 25-2022
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las doce horas del ocho de marzo de dos mil veintidós, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado León y Zetty María Bou Valverde.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.
A) Solicitud de trámite de excepción para compra. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-329-2022 del 2 de marzo de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En el desarrollo de la logística del pasado proceso electoral y ante la presentación del “Proyecto de reforma del Reglamento de fiscalización de los procesos electivos y consultivos” el Tribunal dispuso que a los fiscales generales y fiscales de junta receptora de votos se les identificara con un brazal con código QR impreso, con la finalidad que ante alguna consulta se posibilitara la verificación del estatus mediante la lectura del código. Con base en esa disposición, el Departamento de Programas Electorales, a través del Programa de Asesores Electorales incluyó esta metodología con el propósito de que ese mismo alcance cubriera a los distintos agentes electorales involucrados en el proceso, a saber, auxiliares electorales, encargados de centro de votación, integrantes de juntas receptoras de votos, encargados Covid-19, entre otros.
Para atender esta necesidad con motivo de la elección nacional, la Administración Electoral debió realizar un movimiento presupuestario mediante transferencia de recursos, por cuanto el requerimiento se aprobó el año pasado y por lo tanto no fue posible su inclusión oportuna dentro de la planificación respectiva. Igual situación se presenta para la segunda ronda presidencial, es decir, no se cuenta con el disponible presupuestario en la subpartida por donde se imputa este objeto gasto, razón por la cual y ante la solicitud del Departamento de Programas Electorales, se requiere llevar a cabo la adquisición de estos brazales con los recursos del Fondo General de Elecciones y a causa del poco tiempo que se dispone para efectuar el trámite y del problema de parametrización de los sistemas SICOP y SIGAF para afectar la subpartida 90202 (donde se encuentran los recursos del citado fondo), no es posible realizar el trámite de compra mediante la plataforma de compras públicas (SICOP), por lo que se necesita gestionar de forma excepcional a través del mecanismo de compra por el Fondo General de Elecciones, cuyo trámite es similar al de la caja chica.
Para lo anterior, el citado departamento llevó a cabo un sondeo de mercado determinándose que se podría llegar a requerir la suma de ¢751.563,00 de acuerdo con las cotizaciones recibidas por posibles proveedores y que esta Dirección recomienda se puede redondear a ¢752.000,00.
Con base en lo anterior y en lo dispuesto en el artículo tercero del Reglamento para la aplicación del artículo 25 del Código Electoral, le solicito elevar a conocimiento de las señoras y los señores magistrados, para que, salvo criterio en contrario, se sirvan aprobar esta adquisición mediante el mecanismo señalado.".
Se dispone: Con fundamento en las consideraciones expuestas por el señor Fernández Masís, autorizar conforme se solicita, sin emitir criterio respecto de los eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contratación. ACUERDO FIRME.
B) Variaciones en la ubicación de centros de votación en Colombia y Francia. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-355-2022 del 7 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio PVCE-021-2022 de fecha 1° de marzo del año en curso, las señoras Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales y Fernanda Sequeira Rojas, encargada del Programa Voto Costarricense en el Extranjero, pusieron en conocimiento de esta Dirección las recomendaciones planteadas por los Ministros Consejeros y Cónsules de Colombia y Francia, señor Manuel Núñez Lizano y la señora Ana Elena Pinto Lizano, respectivamente, para variar la ubicación de los centros de votación que se utilizaron, en sus respectivos países, el pasado 6 de febrero, de cara a la segunda votación, por las razones que a continuación se exponen.
1. Variación de centro de votación en el consulado de Costa Rica en Colombia:
En el caso de Colombia se utilizó el Hotel W Bogotá, sin embargo, por la flexibilización de las medidas sanitarias por COVID-19, el Cónsul recomienda no volver a alquilar el salón de ese hotel, sino alquilar un espacio del edificio en el que se ubican las instalaciones del consulado de Costa Rica en esa nación, pues saldría menos oneroso.
2. Variación de centro de votación en el consulado de Costa Rica en Francia:
Según se indica, para las elecciones del 6 de febrero se utilizó las instalaciones del local Enclos Rey, sin embargo por razones ajenas al consulado, para la segunda votación no será posible utilizarlas nuevamente; por lo que la Cónsul propone instalar la junta receptora de votos en la sede de la Embajada y Consulado de Costa Rica en Francia, toda vez que para ese momento se va a estar en primavera y al haberse flexibilizado las medidas sanitarias por COVID-19 en ese país, es posible que los electores puedan esperar su turno para emitir el sufragio en las afueras de esas instalaciones.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección considera pertinente que se apruebe lo recomendado, siempre y cuando los consulados de Costa Rica en Colombia y Francia tomen las acciones necesarias comuniquen [sic] de forma oportuna y por los medios idóneos a los costarricenses empadronados en estos sobre el cambio de los centros de votación; por lo que le solicito elevo lo anterior a conocimiento y aprobación del Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por aprobadas las variaciones referidas. Proceda la propia Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos en coordinación con los consulados de Costa Rica en Colombia y Francia a informar a los electores inscritos, asimismo a cursar las comunicaciones correspondientes a los partidos políticos que participan en la segunda ronda electoral. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Informe sobre alcances del dictamen de Procuraduría General de la República relativo a integrantes del colectivo étnico afrodescendiente en Costa Rica. Del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-061-2022 del 21 de febrero de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 6-2022, celebrada el 20 de enero de 2022, rinde informe relativo a los alcances del dictamen de la Procuraduría General de la República, producto de la consulta formulada por estos organismos electorales, respecto de la integración del colectivo étnico afrodescendiente en Costa Rica y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:
"Ahora bien, siendo que en el TSE se debe aplicar la Ley n.° 10.001 en lo relativo a destinar un 7% de las plazas vacantes a la población afrodescendiente, este departamento recomienda que en adelante, para los procesos de selección de personal el Departamento de Recursos Humanos, utilice formularios en los cuales se incluyan consultas relativas a la autopercepción y la auto pertenencia de las personas que se postulen o aspiren a obtener un puesto en el TSE, de manera tal que las personas afrodescendientes puedan ser identificados por el citado departamento y considerados para el cumplimiento del 7% mencionado.
No obstante lo anterior, se aclara que los puestos podrán ser ocupados por personas afrodescendientes, siempre que estas cumplan con los requisitos establecidos para estos cargos y que en aquellos casos en que se nombren a personas no afrodescendientes en esas plazas, se deberá documentar, de forma fehaciente, que en el respectivo proceso de reclutamiento y selección se divulgó este porcentaje y que no hubo participación de las personas afrodescendientes o que las participantes no cumplieron con los requisitos exigidos para el puesto.
Adicionalmente se establece que, el Departamento de Recursos Humanos en virtud de ser la instancia encargada de llevar a cabo los procesos de reclutamiento y concursos a nivel institucional, deberá indicar en estos procesos la reserva del porcentaje de plazas, además de elaborar los registros necesarios que permitan documentar aquellos casos en que se presenten situaciones en las que se nombren a personas no afrodescendientes en los puestos reservados. Es importante indicar que esta medida deberá ser aplicada en el TSE por un plazo de diez años, contado a partir de la entrada en vigencia de la citada ley.
Finalmente, este departamento recomienda al Tribunal encargar al grupo de trabajo previamente establecido para atender este asunto, la definición de los formularios, las preguntas y los otros elementos que sean necesarios para la operatividad de la Ley n.° 10.001, cuyos resultados sean elevados a su conocimiento y aprobación.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de la funcionaria Yendry Calderón Alfaro para regresar a su puesto en propiedad en el Departamento de Coordinación de Servicios Regionales. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0344-2022 del 1.° de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 109-2021, celebrada el 16 de diciembre de 2021 por el Tribunal Supremo de Elecciones y comunicado mediante oficio STSE-3078-2021 de igual fecha, el superior aprobó, entre otros movimientos, el ascenso interino del señora Yendry Calderón Alfaro en el puesto n° 45900, de la clase Asistente Funcional 3, destacada en el Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, para sustituir la incapacidad de la propietaria, sin embargo, mediante nota personal –de fecha 28 de febrero del 2022– la funcionaria Calderón solicita regresar a su puesto en propiedad, n° 95549 de la clase Asistente Funcional 2, ubicado en la Sección de Archivo.
Ahora bien, en caso de que el Superior autorice el regreso de la funcionaria de cita al puesto n.° 95549, esta petición genera los siguientes movimientos de personal:
# |
Nombre |
Puesto Actual |
Ubicación |
Puesto donde regresa |
Ubicación |
1 |
Jorge Rodriguez Acuña |
95549 |
Sección de Archivo |
353690 |
Sección de Archivo |
2 |
Kimberly Paola Zuñiga Campos |
353690 |
Sección de Archivo |
- |
Finiquito |
En virtud de ello, se hace saber que, dada la fecha de ingreso a estos organismos electorales de la señora Zuñiga Campos, el pasado 16 de diciembre del 2021, le resulta aplicable lo que al respecto establece el artículo 28, inciso a del Código de Trabajo, que expresa “En el contrato por tiempo indefinido cada una de las partes puede ponerle término, sin justa causa, dando aviso previo a la otra, de acuerdo con las siguientes reglas: “ (…) a) Después de un trabajo continuo no menor de tres meses ni mayor de seis, con un mínimo de una semana de anticipación”. Así las cosas, con el fin de cumplir con el tiempo necesario para el eventual finiquito de la funcionaria en cuestión, se sugiere, salvo superior criterio, que el regreso al puesto anterior de la señora Calderón Alfaro, sea a partir del 16 de marzo del 2022.".
Se dispone: Aprobar, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
C) Consulta de nombramientos en propiedad en la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y en la Proveeduría Institucional. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0574-2022 del 24 de febrero de 2022, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo expuesto en los oficios que se dirá, nos permitimos proponer los siguientes nombramientos en propiedad, según se indica:
Funcionario |
Agustín Mata Quesada |
Puesto al que se propone ascender |
361357, Profesional
Asistente 2, Profesional Asistente en Derecho 2, Dirección General del
Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos |
Clases entre la actual y la propuesta |
4 |
Fecha de rige propuesta |
16 de
marzo de 2022 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-0275-2022
del 21 de febrero de 2022 |
Oficio de la jefatura |
DRPP-0062-2022
del 26 de enero de 2022 |
Funcionario |
Michael
Calvo Barrios |
Puesto
al que se propone ascender |
353721,
Profesional Asistente 1, Profesional Asistente en Administración 1,
Proveeduría |
Clases
entre la actual y la propuesta |
5 |
Fecha de
rige propuesta |
16 de marzo de 2022 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-0295-2022 del 23 de febrero de 2022 |
Oficio
de la jefatura |
PROV-0059-2022 del 21 de febrero de 2022 |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Ascender conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
D) Consulta de resolución de ascenso en propiedad en la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.° 0012-STSE-2022 de las once horas del veinticuatro de febrero de dos mil veintidós, mediante la cual literalmente manifiestan:
"Los suscritos Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones y Director General del Registro Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, así como lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos en su oficio n.° RH-0275-2022 del 21 de febrero de 2022, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, disponemos efectuar el siguiente ascenso en propiedad:
Nombre del funcionario |
Oficina |
Clase |
Puesto |
Número de puesto |
Fecha de rige |
Félix Artavia Segura |
Dirección
General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos |
Profesional
Asistente 1 |
Profesional
Asistente en Derecho 1 |
368352 |
16
de marzo de 2022 |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
E) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De la señora Melissa Bagnarello Chaves, Prosecretaria General a. i. de este Tribunal y el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0642-2022 del 3 de marzo de 2022, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos en oficio n° RH-0360-2022 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
NOMBRE DEL SERVIDOR |
OFICINA
/ DEPARTAMENTO |
NÚMERO
Y CLASE DEL
PUESTO |
1. Cindy Natalia Víquez Trejos |
Sección de Inscripciones |
45854, Asistente Funcional 2 |
2. Ronald Fabián Barrantes Villalobos |
Sección de Ingeniería y Arquitectura |
349942, Profesional Asistente 1 |
3. Paul Alejandro Araya Hernández |
Sección de Actos Jurídicos |
86326, Asistente Funcional 3 |
4. Adriana Solís Vega |
Departamento de Coordinación de Servicios
Regionales |
45902, Profesional Asistente 1 |
5. Gregory Adriel Madriz Madrigal |
Departamento de Coordinación de Servicios
Regionales |
45874, Técnico Funcional 2 |
6. Yamileidy Estrada Sánchez |
Sección de Documentos de Identidad |
45696, Asistente Funcional 3 |
7. Evelyn Melissa Hidalgo Orozco |
Oficina de Seguridad Integral |
353559, Auxiliar Operativo 2 |
8. Joselyn Vallejo Ramírez |
Sección de Archivo |
97757, Asistente Funcional 2 |
9. Ana Karolina Delgado Arburola |
Sección de Archivo |
45529, Asistente Funcional 2 |
10. María Niguetthe Zavaleta González |
Contraloría Electoral |
353686, Asistente Administrativo 1 |
11. Esther Ofelia Murillo Zamora |
Secretaría General del Tribunal |
45644, Profesional Ejecutor 3 |
12. Diana Maria García Soto |
Sección de Archivo |
97577, Asistente Funcional 2 |
13. Luis Enrique Macías Alvarenga |
Sección de Archivo |
72868, Asistente Funcional 2 |
14. Joshua Solano Castro |
Contraloría Electoral |
361432, Asistente Administrativo 2 |
15. Marcela Céspedes Solano |
Contraloría Electoral |
86301, Asistente Administrativo 1 |
16. Sofía Calvo Uribe |
Sección de Documentos de Identidad |
45774, Asistente Funcional 3 |
17. Brayner Alban Chacón Madrigal |
Contraloría Electoral |
45775, Asistente Administrativo 1 |
18. Randall Darcin Dowson |
Sección de Cédulas |
72875, Asistente Funcional 1 |
19. Karent Maria Mojica Álvarez |
Sección de Cédulas |
45717, Asistente Administrativo 2 |
20. Adriana Pacheco Madrigal |
Secretaría General del Tribunal |
45420, Ejecutivo Funcional 1 |
21. María Amelia Gutiérrez Espinoza |
Secretaría General del Tribunal |
368529, Ejecutivo Funcional 1 |
22. Miguel Ángel Guadamuz Briceño |
Oficina Regional de Liberia |
46101, Profesional en Gestión 2 |
23. Denzel Rodríguez Miranda |
Oficina Regional de Santa Cruz |
45914, Profesional en Gestión 1 |
24. Minor Antonio Solano Chacón |
Sección de Servicios Generales |
45950, Auxiliar Operativo 2 |
25. Rita Gamboa Masis |
Sección de Documentos de Identidad |
76390, Asistente Funcional 3 |
26. Samuel Vindas Chaverri |
Sección de Archivo |
97661, Asistente Administrativo 1 |
27. Marlon Araya Durán |
Sección de Ingeniería y Arquitectura |
45450, Asistente Funcional 1 |
28. Henry Rafael Valerio Santamaría |
Oficina de Seguridad Integral |
45574, Auxiliar Operativo 2 |
29. Ronny Alexander Jiménez Padilla |
Departamento Legal |
45478, Ejecutivo Electoral 1 |
30. Lucrecia Mora Marín |
Departamento de Proveeduría |
45445, Profesional Funcional 1 |
31. Yendri Patricia González Salazar |
Departamento de Proveeduría |
93960, Profesional en Gestión 1 |
32. Orlando Gabriel Campos Centeno |
Sección de Análisis |
45801, Técnico Funcional 2 |
33. Juan Pablo Salguero López |
Inspección Electoral |
45743, Profesional Funcional 2 |
34. Arlyn Marcela Barquero Rojas |
Inspección Electoral |
86298, Profesional Ejecutor 3 |
35. Felix Andrés Artavia Segura |
Dirección General del Registro Civil |
97464, Profesional Asistente 1 |
36. Wendy Vanessa Serrano Castillo |
Departamento de Registro de Partidos Políticos |
368688, Técnico Funcional 2 |
37. Katherine Espinoza Alvarado |
Dirección General del Registro Electoral |
370755, Técnico Funcional 2 |
38. Randall Alfonso Marín Badilla |
Inspección Electoral |
93956, Profesional Funcional 2 |
39. Laura Sequeira Cortés |
Inspección Electoral |
104976, Profesional Ejecutor 3 |
40. Mariela Valverde Solano |
Secretaría General del Tribunal |
93970, Profesional en Gestión 2 |
41. José Manuel Mesén Morales |
Sección de Infraestructura |
45482, Técnico Funcional 1 |
42. Diego Armando Álvarez Jiménez |
Oficina Regional de San Ramón |
45645, Asistente Funcional 3 |
43. Alexandra Mejía Rodríguez |
Oficina Regional de San Ramón |
76407, Asistente Funcional 3 |
44. William Fabricio Ruiz Muñoz |
Oficina Regional de Pérez Zeledón |
45622, Asistente Funcional 3 |
45. Jonathan Chinchilla Chaves |
Oficina Regional de San Carlos |
46154, Asistente Funcional 3 |
46. Cristhian Morera Corrales |
Oficina Regional de Coto Brus |
45903, Asistente Funcional 3 |
47. Noelia Morales Varela |
Oficina Regional de Cartago |
45456, Asistente Funcional 2 |
48. Álvaro Leiva Sánchez |
Sección de Cédulas |
55695, Asistente Administrativo 2 |
49. Carmen Adalie Brown Salazar |
Departamento Electoral |
101922, Asistente Administrativo 1 |
50. Ligia Jiménez Picado Del 16-03-2022 al 15-06-2022 |
Sección de Análisis |
76671, Asistente Funcional 2 |
51. Marco Vinicio Campos Gamboa Del 16-03-2022 al 31-08-2022 |
Sección de Inscripciones |
45596, Asistente Administrativo 2 |
52. Sonia Cristina Ramos Mora Del 16-03-2022 al 15-10-2022 |
Oficina Regional de San Ramón |
46152, Técnico Funcional 2 |
53. Daniela Jiménez Quesada Del 16-03-2022 al 15-05-2022 |
Sección de Cedulas |
353731, Asistente Administrativo 1 |
En el caso de quienes se anotan en las líneas 1 a 26 sería a partir del 16 de marzo de 2022, para quienes se incluyen en las líneas 27 a 49 a partir del 1° de abril de 2022 y por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero. Para los casos indicados en las líneas de la 50 a la 53 se solicita prorrogar según se indica para cada caso.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
F) Consulta de ascenso en propiedad en la Sección de Inscripciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0168-2022 del 4 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento, asimismo lo expuesto en el oficio que se dirá, elevo a conocimiento de las señoras magistrada [sic] y los señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la aprobación del ascenso en propiedad que se detalla a continuación:
SECCION DE INSCRIPCIONES |
|
Funcionaria |
Wendy
Geovanna Bonilla Díaz |
Puesto
en el que se propone nombrar |
76468, Asistente Funcional 2, Asistente en Servicios
al Usuario/a |
Clases
entre la actual y la propuesta |
2 |
Fecha
de rige propuesta |
1° de abril del 2022 |
Oficio
del Departamento de Recursos Humanos |
RH-0349-2022 del 02
de marzo de 2022 |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
G) Nombramientos interinos en la Sección de Padrón Electoral. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0169-2022 del 4 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención al oficio RH-0355-2022 del Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
NÚMERO DE OFICIO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERIODO
DEL NOMBRAMIENTO |
1.- Sección de Padrón Electoral |
45839, Profesional Asistente 1 |
PE-041-2022 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en
virtud del ascenso interino de su propietario. |
Heriberto Delgado Madrigal, 16-MAR al 15-MAYO del 2022 o hasta que regrese
su propietario, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora
para la institución desde el 16 de junio del 2009 y actualmente se desempeña
en propiedad en un puesto de la clase Asistente Funcional 3 en la misma
Sección, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar a Profesional Asistente 1. |
2.- Sección de Padrón Electoral |
45846, Asistente Funcional 3 |
PE-041-2022 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en
virtud del movimiento anterior. |
Alfonso Jesús Castellón Soto, 16-MAR al 15-MAYO del 2022 o hasta que regrese
su propietario, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora
para la institución desde el 1° de junio del 2017 y actualmente se desempeña
interinamente en un puesto de una clase idéntica en la Oficina Regional de
Grecia, por lo que se trata de un traslado. |
Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.
A) Comunicación de partidos políticos inactivos. De la señora Marta Castillo Víquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DRPP-0154-2022 del 2 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Me permito hacer de su conocimiento las fechas en que fueron publicadas en el diario oficial La Gaceta, las siguientes inactivaciones de partidos políticos a escala cantonal, según lo dispuesto en el artículo veintiuno bis del Reglamento para la Conformación y Renovación de las Estructuras Partidarias y Fiscalización de Asambleas.
Partido Político |
Resolución |
Publicación en Gaceta |
Organización
Social Activa |
DGRE-0034-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Parrita
Independiente |
DGRE-0035-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Progreso Comunal Desamparadeño |
DGRE-0036-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Soberano
|
DGRE-0037-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Solidaridad
|
DGRE-0038-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Tarrazú
Primero |
DGRE-0039-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Unión
Palmareña |
DGRE-0040-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Unión
Poaseña |
DGRE-0041-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Limón
Independiente |
DGRE-0042-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40 |
Puriscaleños
de Corazón |
DGRE-0043-DRPP-2022
|
01-03-2022.
N°40". |
Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Solicitud para deshabilitar firmas de personas funcionarias. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0164-2022 del 3 de marzo de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo expuesto el día de hoy por el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor del Departamento Civil, a través del oficio DC-0137-2022, para lo que bien estimen disponer las señoras Magistradas y señores Magistrados, muy respetuosamente me permito someter a su consideración, solicitud para que se cancelen las autorizaciones concedidas para firmar certificaciones expedidas por el Registro Civil, a las personas que se detallarán:
Funcionario |
Cédula |
Carlos Enrique Valle Cortés |
1-0679-0182 |
Wendy Arias Chacón |
3-0388-0002 |
Annia Lorena Rodríguez Villegas |
4-0156-0535 |
Arelis Hidalgo Alcazar |
1-1116-0162 |
Argerie Andrea Rodríguez Montero |
1-1003-0782 |
Cindy Jeannette Mena Morales |
1-1102-0486 |
Franklin Murillo Chinchilla |
1-0546-0868 |
Rodrigo Jiménez Ortega |
1-0716-0238 |
Ronald Alberto Céspedes Naranjo |
1-0941-0592 |
Sirey Dayan Rojas Rodríguez |
6-0399-077 ". |
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Publíquese en el Diario Oficial. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación a Misión Virtual en el Proceso de Revocación de Mandato Presidencial en México. Del señor José Thompson, Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, se conoce oficio n.° CA-038-22 del 3 de marzo de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Como es de su conocimiento el próximo 10 de abril se va a realizar en México el Proceso de Revocación de Mandato del Presidente de la República. En este sentido, el Instituto Nacional Electoral (INE) invita a las autoridades de los Organismos Electorales integrantes de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) a formar parte de una misión de observación virtual.
La Coordinación de Relaciones Internacionales del INE nos indica que en México existe un procedimiento específico para que los extranjeros se acrediten y puedan acompañar la elección aunque la misión sea virtual.
Las personas integrantes de la misión deben remitir la siguiente documentación:
• El formato de solicitud de acreditación, que está disponible en https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/126859/CGex202202-04-ap-4-Solicitud.pdf, firmado, preferentemente de manera autógrafa
• Copia de las páginas principales de su pasaporte
• Fotografía nítida y reciente.
La documentación debe remitirse a la dirección electrónica […] a más tardar el miércoles 30 de marzo.
Desde el IIDH/CAPEL, en nuestra condición de Secretarìa [sic] Ejecutiva de la UNIORE, les agradecemos su atención a esta invitación y les hacemos llegar nuestras muestras de consideración y estima.".
Se dispone: Para su atención, pase a las direcciones generales del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y del Instituto de Formación y Estudios en Democracia. Tome nota el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. ACUERDO FIRME.
A las trece horas terminó la sesión.
Eugenia
María Zamora Chavarría |
|
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |
Hugo
Ernesto Picado León |
Zetty
María Bou Valverde |