ACTA N.º 116-2022

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas del trece de diciembre de dos mil veintidós, con asistencia de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde. Asiste también el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA Y DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el orden del día de la presente sesión ordinaria, así como el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Consulta de otorgamiento de licencia sin goce de salario del señor Dannie Bolton Patterson. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3324-2022 del 7 de diciembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se eleva para su consideración nota suscrita por el señor Dannie Bolton Patterson, en la cual plantea una reconsideración a la solicitud de licencia remitida conocimiento del Superior mediante oficio RH-2342-2022 de fecha 29 de agosto 2022, aprobada en sesión ordinaria n.° 084-2022 de fecha 1° de setiembre de 2022, comunicado en oficio STSE-1923-2022 de igual data; en el cual se le ratificó una licencia sin goce salarial por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre 2022 y el 22 de diciembre del año en curso, basado en los documentos aportados por el petente, en los cuales consta que según los registros y el Sistema de Nombramientos del Ministerio de Educación Pública, posee un nombramiento interino como Profesor de Enseñanza Técnico Profesional en las especialidades de Contabilidad y Contabilidad y Auditoría, con 40 horas semanales en el C.T.P José Albertatazzi [sic], Sección Diurna y Nocturna de la Regional de Desamparados hasta el próximo 22 de diciembre del corriente.

Según la normativa supletoria utilizada para tales efectos, es omisa en cuanto a los parámetros a aplicar para este caso particular -licencias  hibridas-, es decir una combinación de licencia personal y laboral, pues por un lado, siempre empleando el artículo 33 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, específicamente inciso c, punto 1), que establece que se pueden conceder licencias hasta Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución (lo subrayado no corresponde al original)., bajo la cual podría también aprobarse la licencia pretendida, no obstante, si es nombrado por todo el periodo lectivo 2023, transcendería el plazo máximo que establece tal numeral -un año- salvo que el Superior, lo considere como un caso muy calificado, y por otra lado, también según esa misma normativa supletoria, inciso c) punto 6, se indica que “No podrán concederse licencias continuas argumentando motivos iguales o diferentes, hasta después de haber transcurrido por lo menos seis meses del reintegro del servidor al trabajo, excepto casos muy calificados a juicio del Ministro o máximo jerarca de la institución sin que se perjudiquen los fines de la administración”, lo que limitaría al señor Bolton Patterson a solicitar una nueva licencia -permiso para laborar en otra institución del gobierno-, dado que no habría transcurrido el periodo establecido -6 meses- para solicitar una posible prórroga, si se le llega a concretar el nombramiento del periodo lectivo 2023.

Ahora bien, con relación a la nota que nos ocupa, el señor Bolton Petterson solicita reconsiderar el acuerdo de la sesión ordinaria n.° 84-2022, esto con el fin de que el petente pueda extender su licencia sin goce de salario para completar los seis meses solicitados en un principio, es decir, del 5 de setiembre de 2022 al 5 de marzo de 2023, en el sentido de que según indica él mismo, existen altas probabilidades de que se le extienda el nombramiento de marras para el próximo año, que de concretarse la nueva prórroga podría gestionarse con base en el mismo artículo 33 supracitado, pero referenciando el inciso c, punto 5, que a la letra se lee así “Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos públicos. El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original. [sic], por cuanto estaría laborando en otra entidad del gobierno -Ministerio de Educación-, entendiéndose el Estado como patrono único.

Expuesto lo anterior, se somete a conocimiento del Superior, para que se realicen las evaluaciones del caso, o salvo Superior criterio, sea sometido a valoración del Departamento Legal, pues como se indicó líneas atrás, la normativa supletoria utilizada para estos casos, es omisa en cuanto a cómo manejar licencias hibridas, como es el caso de la que nos ocupa.".

Se dispone: De previo a resolver, para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Encargo de funciones de la jefatura del Departamento Legal. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2737-2022 del 9 de diciembre de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer el siguiente encargo de las funciones del señor Jefe del Departamento Legal, Ronny Alexander Jiménez Padilla, en el señor Vinicio Mora Mora, Subjefe de ese mismo Departamento, del 13 al 23 de diciembre de 2022.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia sin goce de salario del funcionario Sergio Villalobos Villalobos. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3344-2022 del 8 de diciembre de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se eleva para su consideración, nota suscrita por el señor Sergio Villalobos Villalobos, destacado en la Sección de Ingeniería y Arquitectura, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses, dados los motivos que se sirve exponer, contados a partir del 2 de enero de 2023. El señor Villalobos Villalobos ingreso a laborar para la institución, a partir del 04 de enero de 2015, de manera interrumpida en plazas de servicios especiales, siendo que a partir del 6 de abril de 2021, es nombrado en propiedad en el puesto número 97520, de Auxiliar en Mantenimiento 1, de la clase Asistente Administrativo 1.

Con respecto a la solicitud que nos ocupa, el funcionario en cuestión, durante su trayectoria laboral no ha solicitado una licencia como la que ahora pretende, misma que pudiera encontrar su asidero, de forma supletoria, en lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta, para este tipo de licencia, lo siguiente: “1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” (lo subrayado no corresponde al original). De aprobarse la presente solicitud, conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, el señor Villalobos Villalobos debería previamente disfrutar las vacaciones ordinarias y proporcionales a las que tiene derecho, de conformidad con el siguiente detalle:

Días

Periodo

Tipo

5

2021-2022

Ordinarias

12

2022-2023

Proporcionales

 

Expuesto lo anterior, bien puede aprobarse el disfrute de las vacaciones (17 días) del 16 de diciembre 2022 al 10 de enero 2023, siendo que el permiso sin goce salarial sería efectivo a partir del 11 enero de 2023 y hasta el 11 de julio del mismo año.

 Finalmente, puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno del señor Tito José Alvarado Contreras, Jefe de la Sección de Ingeniería y Arquitectura y de la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva.

Expuesto lo anterior, salvo superior criterio, bien puede aprobarse el permiso sin goce salarial pretendido y por el lapso que el funcionario de cita requiere.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar la licencia sin goce de salario, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

D) Encargo de funciones de la señora Directora Ejecutiva. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2748-2022 del 12 de diciembre de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer el encargo de las funciones de la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, en el señor Jefferson Vargas Salas, Secretario General de esa misma Dirección, del 2 al 10 de enero de 2023.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud del señor German Rojas Flores para regresar a su puesto en propiedad como Jefe de Sección de Opciones y Naturalizaciones. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3252-2022 del 25 de noviembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 108-2020, celebrada el 5 de noviembre de 2020 por el Tribunal Supremo de Elecciones, comunicado mediante oficio STSE-2170-2020 de la misma fecha, el superior aprobó, el ascenso interino del señor German Alberto Rojas Flores en el puesto n.° 45586 de la clase Ejecutivo Funcional 1, como Jefe de Seccion de Actos Jurídicos, sin embargo, mediante oficio ACJ-0504-2022 –de fecha 23 de noviembre del 2022– el funcionario Rojas Flores solicita regresar a su puesto en propiedad, n° 45538 de la clase Ejecutivo Funcional 1 como Jefe de Sección de Opciones y Naturalizaciones, a partir del 1° de enero del 2023.

Ahora bien, en caso de que el Superior autorice el regreso del funcionario de cita al puesto n.° 45538, esta petición genera los siguientes movimientos de personal:

#

Nombre

Puesto Actual

Ubicación

Puesto donde regresa

Ubicación

1

Betzi Melissa Díaz Bermudez

45586

Sección de Opciones y Naturalizaciones

45548

Sección de Inscripciones

2

Nidia Rebeca Martínez Peraza

45548

Sección de Inscripciones

45688

Sección de Opciones y Naturalizaciones

3

Karla Mendoza Quirós

45688

Sección de Opciones y Naturalizaciones

76410

Oficina Regional de Liberia (vacante)

 

En razón de lo anterior y tomando en cuenta que el puesto del último eslabón de la cadena se encuentra vacante, este Departamento no ve inconveniente, salvo criterio superior, que dicho regreso sea efectivo a partir del 1° de enero del 2023.".

Se dispone: Autorizar el regreso del funcionario Rojas Flores de conformidad con lo recomendado por el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

F) Recargo de funciones de la jefatura del Centro de Documentación del IFED y modificación del encargo de la jefatura del Departamento de Programas Electorales. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2752-2022 del 13 de diciembre de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer lo siguiente:

1- El recargo de funciones de la señora Jefa del Centro de Documentación del IFED, en la señora Sonia Mayela Miranda González, Profesional Asistente en Bibliotecología, a partir de la firmeza del acuerdo y hasta el 23 de diciembre de 2022.

2- Modificación del encargo de las funciones ya acordado de la señora Jefa del Departamento de Programas Electorales, en el señor Jeffrey Solano Gómez, Profesional en Administración Electoral 2 de la clase Profesional en Gestión 2 de ese mismo Departamento, del día 15 de diciembre por el día 14 de diciembre.

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone para ambos casos. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de gestión de pago según sentencia judicial. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-513-2022 del 2 de diciembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, según lo ordenado en el artículo sexto de la sesión ordinaria n.º 111-2022, celebrada el 24 de noviembre de 2022, rinde informe relativo a lo resuelto por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, bajo el número de expediente 12-166-1027-CA, en sentencia n.°490-2022 del 23 de setiembre de 2022, en cuyo por tanto se condena al Estado al pago de costas personales en recurso de casación y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomienda:

"IV. Recomendaciones.

Conforme lo expuesto, este despacho recomienda al Superior, autorizar las siguientes actuaciones:

a) Ordenar a la Contaduría Institucional el pago ¢500.000,00 (quinientos mil colones exactos) por concepto de liquidación de costas personales del recurso de casación a favor de la Contraloría General de la República establecido en la sentencia n° 490-2022 de las 14:30 horas del 23 de setiembre de 2022, dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, en la cuenta del expediente n.° 120001661027-6 del Banco de Costa Rica.

 b) Que la Contaduría institucional comunique a la Procuraduría General de la República sobre el pago efectuado, al tiempo que remita la documentación que se considere pertinente para atender lo requerido.".

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Recordarán que recibimos esta notificación por parte del Tribunal, se acordó en ese momento pasarlo al Departamento Legal y esta es, como ustedes ya vieron, en los documentos antecedentes, la recomendación del Departamento Legal del Tribunal.”

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen. Hágase del conocimiento de la señora Daniela Díaz Benach, Abogada de la Procuraduría General de la República. ACUERDO FIRME.

B) Autoevaluación 2022. De la señora Sandra Mora Navarro, Directora Ejecutiva, se conoce oficio n.° DE-3867-2022 del 6 de diciembre de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como parte de las responsabilidades de la Unidad de Control Interno, se encuentra coordinar y brindar asesoramiento para la ejecución del Proceso de Autoevaluación Institucional, a efecto de que en los diferentes ámbitos de la institución, la persona Titular Subordinada (Jefatura) de manera conjunto con su equipo de trabajo, realice una calificación del grado de cumplimiento de la Normativa de Control Interno, así como la definición de propuestas de mejora o acciones correctivas cuando corresponda, a efectos de fortalecer con ello el Sistema de Control Interno. 

En virtud de lo anterior y en atención a lo que dispone la Ley General de Control Interno n.°. 8292, Artículo 17 inciso c) que dice: “Que la administración activa realice, por lo menos una vez al año, las autoevaluaciones que conduzcan al perfeccionamiento del sistema de control interno del cual es responsable.” De igual forma, la norma 6.3.2 del componente de Seguimiento establece “El jerarca y los titulares subordinados, según sus competencias, deben disponer la realización, por lo menos una vez al año, de una autoevaluación del SCI, que permita identificar oportunidad de mejora del sistema, así como detectar cualquier desvío que aleje a la institución del cumplimiento de sus objetivos.”, solicito la autorización para aplicar la Guía de Autoevaluación 2021 a todas las unidades administrativas del Tribunal Supremo de Elecciones.

Para los efectos establecidos, se continuará con el proceso definido que consiste en: a) una Unidad Coordinadora (por medio de la Unidad de Control Interno de la Dirección Ejecutiva) que lidera la ejecución de todas las acciones requeridas; b) un Equipo Gerencial integrado por las jefaturas de la Institución, las que deben participar activamente en el proceso, y c) la Auditoría Interna que hace su proceso en forma independiente, pero siguiendo los lineamientos institucionales.

La Autoevaluación del 2022, como ha sido usual, se utilizará una herramienta en Excel, con un nuevo formato, pero manteniéndose la esencia y conceptos de la anterior. Lo que nos permite comparar los avances que se han tenido durante los últimos años. Además, nos sirve para integrar los resultados obtenidos para el Informe de Índice de Gestión Institucional que realiza la Contraloría General de la República como parte del Informe de Labores que presenta el Gobierno en mayo de cada año; razón por la cual se eleva a criterio del Superior la petición de la señora Elizabeth Quirós Meza, Coordinadora de Control Interno para que se realice el diagnóstico del estado actual del Sistema de Control Interno (SCI), por lo que se evaluará el componente Valoración de Riesgos. 

De ser aprobada la petición, se solicita que se establezca el plazo para la presentación de la Autoevaluación 2022 por parte de todas las jefaturas con fecha límite el 23 de diciembre de 2022.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. La misma Dirección Ejecutiva comunicará lo pertinente a las unidades administrativas institucionales. ACUERDO FIRME.

C) Informe de Sondeos de Opinión en Oficinas Regionales del 2022. Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.° CS-279-2022 del 7 de diciembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Conforme con las atribuciones establecidas en el artículo tercero del Reglamento de esta Contraloría de Servicios y a lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N°. 9158, este despacho adjunta para lo que a bien estime el Superior, el informe del sondeo de opinión de Oficinas Regionales 2022, en el cual se evaluó la percepción de los usuarios respecto a la prestación del servicio, en las áreas de servicio de las oficinas centrales [sic] del Tribunal Supremo de Elecciones.

De acuerdo con los resultados obtenidos, es grato indicar que el Índice Global de Satisfacción logrado para este año, alcanzó los 9, 80 puntos [sic] de un máximo de 10 puntos, lo cual evidencia la muy buena percepción que poseen nuestros usuarios respecto del servicio que ofrece cada una de esas oficinas regionales, dado el esmero y la eficiencia que los compañeros brindan día a día en su labor, sin detrimento de posibles acciones de mejora que pudieran implementarse.

Conforme dicho índice, los resultados obtenidos en cada una de las oficinas regionales evaluadas fueron los siguientes:

 

Oficina Regional

IGS

Oficina Regional

IGS

Alajuela

9,54

Orotina

9,77

Atenas

9,98

Osa

9,75

Buenos Aires

9,92

Pérez Zeledón

9,77

Cañas

9,73

Pococí

9,97

Cartago

9,78

Puntarenas

9,81

Corredores

N.D.  (*)

Puriscal

9,95

Coto Brus

N.D.  (*)

Quepos

9,71

Golfito

N.D.  (*)

San Carlos

9,58

Grecia

9,51

San Ramón

9,71

Guatuso

9,98

Santa Cruz

9,56

Heredia

9,97

Sarapiquí

9,89

Jicaral

9,98

Siquirres

9,82

Liberia

9,78

Talamanca

9,94

Limón

9,70

Tarrazú

10,00

Los Chiles

9,88

Turrialba

9,90

Nicoya

9,82

Upala

9,90

                       (*) Nota:  Las oficinas regionales de Corredores, Golfito y Coto Brus no fueron evaluadas por las condiciones de clima y programación de las giras.

 

Dado los resultados obtenidos y a las valoraciones realzadas por esta Contraloría de Servicios, en el informe se plantean las siguientes recomendaciones para lo que a bien tenga disponer el Superior:

1) Enviar atenta felicitación al personal de las oficinas regionales por los muy buenos y en algunos casos excelentes resultados obtenidos en el presente sondeo de opinión, lo cual demuestra la capacidad y esmero con que se prestan los servicios en cada una de ellas para con las personas usuarias.

2) Que la Dirección General del Registro Civil en conjunto con las secciones de Actos Juridicos, Opciones y Naturalizaciones y Coordinación de Servicios Regionales [sic], valoren la efectividad de la medida relacionada al proceso de comunicación de las Oficinas Regionales a la hora de requerir información de un trámite, mediante la adopción de nuevas herramientas de acceso a la información o de respuesta ágil y oportuna a las mismas, teniendo en consideración que muchas de esas consultas son para evacuar dudas de la persona usuaria que se encuentra al momento en la ventanilla de atención, donde se requiere una respuesta inmediata, todo lo anterior considerando la complejidad de la consulta planteada.  

3) Que las unidades Ingeniería y Arquitectura [sic] en conjunto con la Oficina de Comunicación Organizacional y la Coordinación de Servicios Regionales [sic] realicen las acciones pertinentes a fin de que para el próximo año se inicie un proceso de mejoras y/o sustitución en la rotulación externa de las oficinas regionales.

4) Que el Departamento Legal en coordinación con la Dirección General del Registro Civil determinen la procedencia legal de que conforme lo establecido en el artículo 282 del Código Fiscal indicado,  la institución a nivel general (oficinas centrales y regionales)  pueda expedir las certificaciones de hechos vitales y civiles sin la presentación previa de las especies fiscales, cuya modalidad actualmente se aplica en oficinas centrales —expedición por excepción— considerando la problemática existente e indicada en las oficinas regionales.".

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Creo que corresponde, sin perjuicio de si estamos de acuerdo, doña Zetty, don Max, resaltar que está calificación es excelente, es extraordinaria. Como sabemos, es un sondeo de opinión de oficinas regionales que don Max Solórzano lleva a cabo todos los años, que siempre ha resultado con notas muy altas, pero ésta, en particular, es altísima. Creo que eso debe ser también una gran alegría, un gran reconocimiento, para las treinta y dos oficinas regionales del país”.

Interviene la señora Magistrada Bou Valverde: “Tal vez podríamos aprovechar que el jueves que viene hay reunión de jefaturas, dentro de lo que sea haya programado, hacerles una mención de eso. Creo que sería importante, aparte de lo que pueda llegar por escrito, es una buena ocasión para felicitarles”.

Interviene la señora Magistrada Presidenta Zamora Chavarría: “Tal vez don Luis, coordinar con don Max Solórzano, podríamos pasarle la palabra a él, para que haga un pequeño resumen, me parece excelente”.

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen; hágase del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

D) Comunicación sobre recomendaciones contenidas en informe de control interno relativo a los procesos de gestión de la Unidad de Transportes del Tribunal Supremo de Elecciones (primer entregable). Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-417-2022 del 9 de diciembre de 2022, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 12 de diciembre de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio n.° AI-407-2022 del 02 de diciembre de 2022, se comunicó el informe de control interno n.° ICI-009-2022, relativo a los procesos de gestión de la Unidad de Transportes del tribunal [sic] Supremo de Elecciones (primer entregable), siendo conocido por ese estimable Órgano Colegiado en sesión ordinaria n.° 114-2022, celebrada el 06 de diciembre de 2022 y comunicada con oficio n.° STSE-2715-2022 de esa misma fecha, disponiendo “…1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de quince días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva…”.

Sobre el particular, le agradeceré tomar nota de la anulación de las recomendaciones 4.6 y 4.7 del citado informe, pues se encuentran contenidas en las recomendaciones 4.1 y 4.2, respectivamente y disponer lo procedente.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para lo que corresponda, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud para la atención de informe de advertencia de la Auditoría Interna. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2750-2022 del 12 de diciembre de 2022, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Siendo que el Tribunal Supremo de Elecciones, en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 114-2022, dispuso pasar a la Dirección Ejecutiva, para su estudio e informe, el informe de Advertencia relativa al estado de cumplimiento de las recomendaciones y acciones de mejora emitidos por la Auditoría Interna, pendientes de implementación –oficio n.° AI-406-2022 de la Auditoría Interna– y en tanto dicho informe requiere de la participación de varias de las direcciones generales institucionales, con recomendaciones pendientes de aplicar, el suscrito se sirve recomendar que se amplíe lo acordado para que cada una de esas direcciones generales informen a este Tribunal al respecto, sobre esas recomendaciones pendientes que les corresponden, de acuerdo con el anexo del mismo informe.

Dichas recomendaciones deberán atenderse oportunamente, de conformidad con lo indicado en la Ley General de Control Interno y el Reglamento para el seguimiento de las recomendaciones y acciones de mejora de emitidas en los informes de Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.-  Aprobar conforme lo propone el señor Secretario General. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Gestión para atención de consultas ante el Departamento Electoral. Del señor Jeffrey Salazar Montero, funcionario de la Sección de Análisis, se conoce memorial del 8 de diciembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual realiza una serie de consultas.

Se dispone: Para su estudio e informe, pase a la Dirección General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de autorización de licencia sindical. De la señora Cindy Vega Figueroa, Secretaria General Adjunta del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-056-2022 del 8 de diciembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Solicito su colaboración con el propósito de conceder una licencia sindical a la señora Yoryina Andrea Coto Rivel, para atender asuntos propios de su labor sindical, el próximo 14 de diciembre de 2022, todo ello en el marco de la disposición prevista en el artículo 61 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, Decreto n.° 3-1996 y sus reformas.

Ruego que, de ser aprobada la solicitud, se informe lo correspondiente a la jefatura del Archivo del Registro Civil, oficina en la que se encuentra destacada la referida representante sindical.

No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposición de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposición el correo electrónico del sindicato: sindicatoempleadostse@gmail.com.".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tomen nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos y la inmediata de la funcionaria indicada. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de autorización de licencia sindical. De las señoras Ilenia Linoa Ortiz Ceciliano y Arling Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria General Adjunta, respectivamente, del Sindicato Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-033-2022 del 12 de diciembre de 2022, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Con el fin de atender asuntos sindicales de interés para esta organización y en concordancia con el artículo 61 del Reglamento Autónomo de Servicios se solicita permiso sindical para los días que van del miércoles 14 al viernes 16 del mes en curso, durante toda la jornada laboral, para la señora Ana Julia Madriz Flores, Secretaria de Organización.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme se solicita. Tomen nota la jefatura del Departamento de Recursos Humanos y la inmediata de la señora Madriz Flores. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Comunicación de la designación de representante del Instituto Costarricense de Electricidad ante el Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Luis Diego Abarca Fernández, Gerente de Telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), se conoce oficio n.° 6000-2260-2022 del 7 de diciembre de 2022, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Sirva la presente para saludarle respetuosamente y a la vez comunicarle que a raíz de que la señora Clemencia Barrantes Rivera se acogió a su pensión, se procede a formalizar el nombramiento del señor Alfonso Mora Núñez como representante del ICE ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

El señor Mora se encuentra en la mejor disposición de atender los requerimientos del TSE. […]

Reiteramos nuestro compromiso de trabajar de forma conjunta para apoyar el proceso electoral con los servicios de infocomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad y las soluciones que mejor se adapten a las necesidades del TSE.".

Se dispone: Agradecer al señor Abarca Fernández lo informado. Hágase del conocimiento de las direcciones generales institucionales para lo que corresponda. ACUERDO FIRME.

A las once horas y dieciséis minutos terminó la sesión.

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde