ACTA N.º 90-2021

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiuno de octubre de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado León.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.

A) Solicitud de convenio interinstitucional para atender y reforzar las necesidades de transporte del proceso electoral 2022. De los señores Franklin Mora González, Director Ejecutivo y Esteban Durán Hernández, Jefe de la Sección de Servicios Generales, se conoce oficio n.° SG-447-2021 del 18 de octubre de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El pasado 11 de octubre, la señora Roxana Cordero Arce, Jefa de la Unidad de Servicios Generales de la Dirección General de Servicio Civil, planteó ante la Unidad de Transportes de esta Sección mediante correo electrónico, el ofrecimiento de suscribir un convenio con el Tribunal Supremo de Elecciones para poner a disposición tres conductores con sus respectivos vehículos.

En virtud de lo anterior, y considerando que para estos comicios, la citada Unidad de la Sección de Servicios Generales, asumió las funciones que anteriormente recaían en el Programa de Transporte Electoral, se hace relevante fortalecer la cantidad de personal y la flotilla institucional, de manera que cuenten en todo momento con los recursos necesarios para cumplir las tareas asignadas y cualquier imprevisto, por lo que se hace beneficioso tomar en cuenta el ofrecimiento transmitido por la señora Cordero Arce.

De acuerdo a lo expuesto, se solicita muy respetuosamente elevar a conocimiento del Superior; para que, salvo superior criterio, se autorice al Departamento Legal a dar inicio con la confección del convenio citado, para lo cual la Unidad de Transportes de la Sección de Servicios Generales proveerá los insumos y trabajará en la coordinación oportuna, revisión y formalización del mismo, según el siguiente detalle:

Oficina

Convenio

Objetivo

Fecha límite para su firma

Unidad de Transporte [sic], Sección de Servicios Generales

Dirección General de Servicio Civil

 

Dotar al TSE de 3 vehículos y su respectivo conductor para atender necesidades del proceso electoral 2022

15 de noviembre del 2021.".

 

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de autorización para gestionar contratación utilizando el artículo 304 del Código Electoral. De los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.° DPE-493-2021 del 18 de octubre de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"De cara a las elecciones nacionales que se llevarán a cabo el domingo 6 de febrero de 2022, la Dirección General del Registro Electoral en conjunto con el Departamento de Programas Electorales ha venido trabajando en la definición de los requerimientos para contratar los servicios de distribución y recolección del material electoral.           

Como parte de las gestiones desarrolladas a la fecha, se realizó una consulta de mercado, en donde se puso en conocimiento de las empresas interesadas las especificaciones técnicas ligadas a esta contratación; las cuáles en la práctica resultan ser complejas, pues deben considerar aspectos de lucro cesante, plazos de entrega y materialización de actividades que conllevan flexibilidad y eventuales cambios de último momento, así como, una coordinación simultánea con diversos agentes electorales entre los que se destacan, los programas de Empaque, Asesores Electorales, Transporte Electoral, Fuerza Pública, Guardacostas, Vigilancia Aérea y las Juntas Cantonales. De este proceso consultivo tres empresas presentaron ofertas formales y al menos cuatro indicaron tener interés de participar en una eventual contratación, aspecto a destacar puesto que históricamente, por lo general sólo participan dos o tres empresas. 

En punto a ello, esta contratación también tiene la particularidad de que trabaja con proyecciones de junteo, aspecto que obliga a definir las estimaciones sobre la cantidad de tulas y el peso respectivo antes del cierre del padrón (varían de elección a elección), esto para cada una de las 23 líneas que se contratan; de no realizarse lo anterior la adjudicación que se realice podría no corresponder con las necesidades reales de la Administración.

Al respecto, es importante indicar que resulta oportuno ampararnos a la rigurosidad de un proceso concursal, aunque dentro del marco de la excepción de procedimientos ordinarios de contratación administrativa, a fin de contar con el servicio para distribuir y recolectar el material y la documentación electorales para la votación de febrero 2022. Cabe señalar que, un proceso de contratación como el que se pretende, además de la celeridad que aporta, proporciona total transparencia al proceso.

En virtud de lo anterior, y conocedores de que: tres empresas presentaron costos de manera preliminar, la cantidad de líneas que conforman esta contratación, su complejidad logística y el tiempo reducido con el que se cuenta derivado de la necesidad de tener que trabajar con un junteo proyectado que emplee cifras recientes, le solicito su valiosa colaboración con el objeto de elevar este oficio a conocimiento de las Señoras y Señores magistrados, a efectos de que; salvo mejor criterio del Superior, la adquisición de los mencionados servicios, se realice bajo la figura de una contratación directa concursada, utilizando la excepción contemplada en el artículo 304, párrafo tercero del Código Electoral, con el propósito de poder contar con los servicios para el cumplimiento de los fines, objetivos y metas planteadas por el TSE.".

Se dispone: Con fundamento en las consideraciones expuestas por los señores Fernández Masís y Peraza Retana, autorizar la contratación referida al amparo de lo dispuesto en el artículo 304 del Código Electoral, sin emitir criterio respecto de los eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contratación. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Encargo de funciones de la señora Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2431-2021 del 15 de octubre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Instituto de Formación y Estudios en Democracia

 

Ileana Cristina Aguilar Olivares

Rodrigo Abdel Brenes Prendas

Del 21 al 25 de octubre de 2021

Encargo de funciones

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

B) Encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Infraestructura Tecnológica. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2431-2021 del 15 de octubre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Sección de Infraestructura Tecnológica

Mario Pereira Granados

Adrián David Cascante Rojas

Del 18 al

25 de noviembre de 2021.

Encargo de funciones

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Renuncia de la funcionaria Maureen Orozco Salazar del Departamento de Programas Electorales. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1945-2021 del 15 de octubre de 2021, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 19 de octubre de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remite nota de fecha 14 de octubre de 2021, recibida en este departamento el mismo día al ser las 12:05 horas, mediante la cual la señora Mauren [sic] Orozco Salazar, presenta su renuncia al cargo que ostenta a la fecha, por los motivos que se sirve exponer. La funcionaria de cita ocupa interinamente el puesto número 377908 de Técnico/a Electoral, clase Técnico Funcional 2 -SU-, destacado en el Programa de Asesores Electorales, y labora para la institución desde el 3 de agosto de 2021.Según se desprende de la misiva, la citada funcionaria desea que la separación del cargo antes indicado, se haga efectiva a partir del 14 de octubre-misma fecha en que se presenta la renuncia-, siendo este su último día laboral.

Para la fecha prevista de su cese de funciones, acumula cerca de dos meses y medio laborados para la institución, por ende, se encuentra aún en periodo de prueba, lapso de tiempo en que cualquiera de las partes, puede ponerle fin al contrato de trabajo sin previo aviso y sin responsabilidad de ningún tipo, según lo establece el artículo 27 del Reglamento a Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE y Registro Civil.

Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia a partir de la fecha solicitada por la señora Orozco Salazar. Sin embargo, es menester indicar, que dada la fecha de la renuncia y la fecha de pago de la I quincena del mes del mes de octubre de 2021, se solicita que el Departamento de Contaduría gestione lo pertinente, a fin de recuperar las eventuales sumas giradas de más en que se hayan incurrido.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Orozco Salazar, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. Proceda en consecuencia la Contaduría institucional. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Colaboración del Instituto de Formación y Estudios en Democracia en el proyecto de “observación escolar electoral”. Del señor Roberto Cuéllar M., Representante en Costa Rica de la Organización de Estados Iberoamericanos, se conoce oficio n.° REF.OEI_CR 105_102021 del 18 de octubre de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Es muy grato saludar al H. TSE y, en representación de la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) rogar su consideración a la gestión y preparación del proyecto de “observación escolar electoral” previsto para elecciones generales del 6 de febrero 2022, organizado por MEP y esta oficina nacional, tal como lo propusimos y ejecutamos a las elecciones municipales de febrero 2020 en algunos distritos electorales y educativos del centro y occidente del país. 

En coordinación con la Dirección de Vida Estudiantil del Ministerio de Educación Pública (DVE-MEP) preparamos la propuesta que encontrarán a continuación, con el fin de plantear un programa cívico basado en la ética cívica y educativa al ejercicio de observación de las elecciones con estudiantes de secundaria y miembros de gobiernos estudiantiles. Para la puesta en acción de las comisiones estudiantiles necesariamente se tiene en cuenta, en primer lugar, el protocolo sanitario del TSE/Ministerio de Salud, el uso de materiales para la observación, el programa del día de las elecciones, el esquema de valoración, la capacitación acerca del sentido y fin de la misión educativa y el presupuesto asignado.  

Desde el MEP y la OEI, por medio de este ejercicio de derechos, mostramos a la juventud escolar la dimensión educativa que tienen los procesos electorales en la protección y mejoramiento de la democracia. Lo hacemos a partir de la perspectiva del estudio y análisis pedagógico de la cultura democrática aprovechando la jornada eleccionaria en sus propias escuelas que se convierten en centros de votación el 6 de febrero, día de las elecciones. 

“La educación es la clave para fortalecer las instituciones públicas” según la Carta Democrática Interamericana, pero hay que comenzar desde la edad inicial a practicar la mirada crítica, el diálogo razonable y el valor de la participación estudiantil como lo establece la política nacional “La Persona: centro del proceso educativo y sujeto transformador de la sociedad” (MEP/CSE, diciembre 2017). 

Al mirar el trato que le dan los partidos políticos y electores al voto en las aulas, se intensifica la visión crítica y refuerzan la relación directa con la política nacional y provincial entre jóvenes de 13 y 17 años. La democracia – y la sagrada votación - necesitan del interés juvenil para renovar la felicidad que ha sido y es el objetivo final de la democracia nacional. El futuro de la auténtica gobernabilidad requiere que la ciudadanía tienda puente entre el “saber sobre la democracia” y el “hacer la democracia” para que, efectivamente se practique el “saber hacer” la democracia desde la edad escolar. Lo ideal es que coincidan tales procesos vinculantes a la legitimidad democrática. 

Previo al ejercicio de la observación de escolares previsto a febrero 2022, proponemos organizar el proceso de capacitación y valioso acompañamiento del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) antes, durante y en posterior proceso de sistematización de experiencias.

Finalmente me permito informar al H. TSE por cuanto es oportuno mencionar que la OEI ya ha sido acreditada como observadora electoral en Costa Rica para las elecciones municipales de 2020; y entre 2014 y 2018 en El Salvador, República Dominicana y Uruguay, con el fin de promover los derechos humanos y los valores democráticos, sobre todo entre estudiantes de secundaria, aprovechando la acción pública de los órganos electorales. El ejercicio práctico/educativo no es técnico, sino de “observación escolar” de la votación en acción que complementa la formación cívica. 

El problema de la deseducación actual no es solo un desafío escolar, sino de responsabilidad social. Esta es una extraordinaria oportunidad para forjar conciencia educativa en valores para la vida en democracia en igual medida que conciencia medioambiental o de justicia social para el bienestar y futuro de la democracia en Costa Rica, ejemplar en Iberoamérica. La relación entre la democracia y la educación es sagrada y hay que preservarla. MEP y OEI hacen que no se ponga en riesgo, mucho menos en peligro […].".

Se dispone: Agradecer al estimable señor Roberto Cuéllar M. la propuesta que plantea. Para su atención pase a la señora Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED). ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Solicitud de prórroga para atender consulta legislativa del proyecto de “Modificación de varios artículos de la Ley de donación y trasplante de órganos y tejidos humanos, Ley n.° 9222 del 13 de marzo de 2014 y reforma del artículo 384 ter del Código Penal, Ley n.° 4573, de 4 de mayo de 1970”, expediente número 22.481. De los señores Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce oficio n.° DC-2112-2021 del 21 de octubre de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Nos referimos al oficio N° STSE-2386-2021 del 12 de octubre del año en curso, mediante el cual se comunica lo acordado por el Tribunal en la sesión ordinaria n°. 87-2021, celebrada ese mismo día, en el sentido de que los suscritos propongamos un proyecto de respuesta respecto a lo requerido por la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, mediante oficio n.° AL-CPAS-0586-2021 del 12 de octubre de 2021, quien solicitó el criterio del Tribunal Supremo de Elecciones respecto al proyecto de Ley, expediente n.° 22.481, “MODIFICACIÓN DE VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS HUMANOS, LEY N° 9222 DEL 13 DE MARZO DE 2014 Y REFORMA DEL ARTÍCULO 384 TER DEL CÓDIGO PENAL, LEY N°4573, DE 4 DE MAYO DE 1970”

Sobre el particular, y para efectos de realizar un análisis pormenorizado del citado proyecto a la luz de la naturaleza constitucional de estos organismos electorales, respetuosamente sugerimos al Superior que se solicite a la Comisión una prórroga de ocho días hábiles para rendir el criterio requerido.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Conforme a lo expuesto, solicitar por intermedio de la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de Comisiones Legislativas II del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, una prórroga de ocho días hábiles adicionales para rendir el criterio requerido. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TSE.

A) Solicitud de información. Del señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-061-2021 del 20 de octubre de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual reitera solicitud de información requerida en oficio n.° STSE-053-2021.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su atención inmediata, pase al señor Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado León