ACTA N.º 67-2021

 

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diez de agosto de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Hugo Ernesto Picado León y Zetty María Bou Valverde.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.

A) Solicitud de ampliación de horario de atención de público. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0507-2021 del 6 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Muy respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal, los oficios DEL-0248-2021 –sustituir– y DEL-0249-2021 –sustituir–, ambos del 03 de agosto del año en curso, suscritos por el señor Oscar Fernando Mena Carvajal, Oficial Mayor del Departamento Electoral, mediante los cuales solicita valorar la ampliación de horario de atención de público, de cara a la celebración de las próximas Elecciones Nacionales 2022, conforme el siguiente detalle:

 

Motivo

Fechas

Horario

Cierre del Padrón Nacional Electoral

Del 20 de setiembre al 05 de octubre de 2021

De 7:00 a.m. a 5:00 p.m.

Celebración de Elecciones Nacionales 2022

Del 24 de enero al 05 de febrero de 2022

De 7:00 a.m. a 5:00 p.m.

06 de febrero de 2022

De 6:00 a.m. a 6:00 p.m.

 

Esta Dirección General, con todo respeto, solicita al Superior la aprobación del horario sugerido por el señor Oficial Mayor Electoral, con el propósito de garantizar el acceso a la ciudadanía a su derecho al voto, facilitando las gestiones de obtención de cédulas de identidad y traslados electorales.

Cabe mencionar que en caso de aprobarse lo solicitado y en aras de racionalizar el gasto de jornada extraordinaria, en la medida que resulte posible, se procederá con la implementación de horarios escalonados para las personas funcionarias requeridas.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Proceda el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas con la divulgación respectiva. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud para dejar sin efecto nombramientos interinos. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0863-2021 del 4 de agosto de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio RH-1377-2021 SUSTITUIR de fecha 27 de julio de los corrientes, este departamento sometió a consideración del Superior varias ternas para efectuar nombramientos interinos en plazas de Técnico/a Electoral de la clase Técnico Funcional 2 -SU- y otros de plazas de Oficinista 1 de la clase Asistente Administrativo 1 -SU-, destacados en el Departamento de Programas Electorales, la mayoría de los cuales fueron aprobados con rige a partir del martes 3 de agosto de 2021, mediante acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 64-2021, celebrada el 29 de julio de 2021 por el Tribunal Supremo de Elecciones de misma data.

No obstante, mediante correos electrónicos recibidos en este despacho, las siguientes personas propuestas: Gerardo Esteban Fernández Sánchez en el puesto n º 377990, María de los Ángeles Guido Sanabria en el puesto n º 377890, Oscar Eduardo Solís Porras en el puesto n º 377922, Shanell del Socorro Martínez Benavidez en el puesto n º 377899, Jenny León Quirós en el puesto n º 377896, Karen Mora Romero en el puesto n º 377902, Daniel Nuñez Avendaño en el puesto n º 377906 y José Olegario Sáenz Rojas en el puesto n º 377918 solicitaron dejar sin efecto dichos nombramientos por los diferentes motivos expuestos.

En virtud de lo anterior, y si el Tribunal no tiene objeción, se solicita dejar sin efecto la aprobación de tales nombramientos interinos.".

Se dispone: Dejar sin efecto los referidos nombramientos, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

B) Recargo de funciones de la jefatura del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1767-2021 del 6 de agosto de julio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del recargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Patricia Chacón Jiménez

Eduardo González Paniagua

Del 16 al 30 de agosto de 2021

Recargo de funciones

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Consulta sobre nombramiento en la Oficina de Seguridad Integral. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1458-2021 del 6 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer la Magistratura Electoral, se somete a consideración el caso del señor Franklin Mauricio Madriz Espinoza, quien fue nombrado en la sesión ordinaria n.º 40-2021, celebrada el 13 de mayo de 2021, comunicado en oficio STSE-1011-2021 de misma data, en un puesto de Oficial de Seguridad y Vigilancia, perteneciente a la clase de Auxiliar Operativo 2, en la Oficina de Seguridad Integral, para realizar sustituciones por vacaciones, a partir del 17 de mayo del año en curso y hasta el 31 de diciembre del 2021, como resultado de una terna contenida en el memorial SI-035-2021 de fecha 21 de abril de 2021, suscrito por el señor Richard Poveda Solórzano, Jefe de Seguridad Integral.

[…]

Al igual que en el caso del señor Baules Gómez, el señor Madriz Espinoza fue despido [sic] con causa. En el Ministerio de Seguridad Pública, según se constató también con el señor Carlos Rojas Vásquez, Jefe, Departamento Control y Documentación de dicho ministerio y emisor de la certificación indicada párrafos atrás, quien igualmente manifiesta vía telefónica que le resultó aplicable lo establecido en el Estatuto del Servicio Civil y la Ley General de Policía - Ley 7410-, en materia de puestos policiales, cuyo despido por causa se realiza a partir del 16 de noviembre del 2019 y por ende, se encuentra inhabilitado para ejercer cargos públicos en el ente ministerial de cita.

Expuesto lo anterior, podría pensarse entonces que, en tesis de principio, al señor Madriz Espinoza le resulta aplicable lo que concluyó el Departamento Legal en su informe n° DL-311-2021 del 30 de julio de 2021. Es por ello que este departamento somete a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones este otro caso en particular y, salvo superior criterio, si se estima conveniente aplicar por analogía lo dispuesto por el Superior en sesión ordinaria n.º 65-2021, celebrada el 3 de agosto de 2021, o bien que sea trasladado al Departamento Legal para su respectivo estudio y con ello, de ser necesario, se tomen las decisiones que el caso amerita.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de veinticuatro horas, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

D) Encargo de funciones de la señora Jefa del Archivo del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0508-2021 del 6 de agosto de 2021, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 9 de agosto de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, respetuosamente, someto a consideración de la señora magistrada y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

 

Titular

 

Sustituta

 

Periodo

 

Motivo

 

Tipo

 

Oficio 

Archivo del Registro Civil

Laura

Quesada

Ramírez

Carolina

Phillips

Guardado

8 días, a partir del 11 de agosto de 2021 

 

Disfrute de vacaciones del titular

Encargo por avocación

RH-1460-2021

 

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

E) Encargos de funciones de los señores Contralor e Inspectora Electoral. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1777-2021 del 9 de agosto de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación de los encargos de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituye

Período

Tipo

Contraloría de Servicios  

Max Solórzano Alvarado

Farid Ovares Soto

Del 10 al 13 de agosto de 2021

Encargo de funciones

Del 30 al 31 de agosto de 2021

Inspección Electoral

Mary Anne Mannix Arnold

Kathia Villalobos Molina

Del 10 al 18 de agosto de 2021

Encargo de funciones

 

Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar los encargos de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

F) Sustitución por vacaciones del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. El señor Magistrado Esquivel Faerron, solicita verbalmente se le conceda el disfrute de vacaciones del 18 al 27 de agosto de 2021, ambos días inclusive.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita; previo sorteo de rigor, para sustituirlo se designa al señor Magistrado suplente Luis Diego Brenes Villalobos. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Estudio administrativo para transformación de puesto. De la señora Karla Duarte Azofeifa, Profesional Asistente en Derecho 2 de la Secretaría General de este Tribunal, se conoce oficio n.° CDIR-0312-2021 del 3 de agosto de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 37-2021, celebrada el 3 de agosto de 2021 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del Tribunal Supremo de Elecciones –quien preside– en representación del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1785-2021 del 26 de julio de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite estudio administrativo para transformar el puesto n.° 101899 y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente recomienda:

"6. Recomendaciones de la Dirección Ejecutiva

11.1 Que se transforme el puesto n.°101899, de manera que pase de su clasificación actual como Oficinista 1, perteneciente a la clase Asistente Administrativo / a 1, al cargo Asistente en Servicios Archivísticos, ubicándose  en la clase Asistente Funcional 2, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos, y a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-01; para esto, la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos, deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que se remita a la Dirección General de Presupuesto Nacional, a efecto de que a esta modificación se le dé contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 15 de setiembre de 2021.

11.2 Que la Jefatura del Archivo Central proceda con la valoración y actualización del Manual de Procedimientos y la Ficha de la Unidad Administrativa, a fin de que se realicen los ajustes de los nuevos elementos que deriven del presente estudio, para su respectiva aprobación.

11.3 Que el Departamento de Recursos Humanos, a través del Área de Gestión de Empleo, así como la Jefatura del Archivo Central, tomen en consideración para efectos de nombramiento una vez el puesto sea transformado lo expuesto en el criterio técnico emitido en la recomendación 8.3. la cual versa sobre lo siguiente:

Se previene a la administración que, la persona que se vaya a desempeñar en el puesto 101899, una vez transformado, deberá cumplir con los requisitos que estipula el Manual Descriptivo de Clases de Puestos, o en su defecto lo señalado al final del apartado 6 que se puntualizó de la siguiente manera "(…) formación académica comprobada con el Bachiller en Educación Media (estudios secundarios). Dos años de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto.", así como ejecutar las tareas que se han indicado se endosarán al cargo y por las cuales se está modificando su clasificación. Siendo así, se tiene que a la luz del artículo 7° del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se definan los mecanismos por las cuales se llevará a cabo el nombramiento en propiedad de la plaza vacante, mientras esto ocurre es prudente mantener interinamente en este cargo a la señora Nereyda Auxiliadora Campos Amador quien cumple con los requisitos para el puesto que se pretende transformar.

11.4 Que el Departamento de Recursos Humanos proceda con los ajustes pertinentes en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos.

11.5 Que la Dirección Ejecutiva, tome nota para los efectos de la actualización de la Relación de Puestos.

11.6 Que el Departamento de Recursos Humanos en un periodo de un año, proceda a brindar seguimiento ocupacional al puesto transformado.".

Se dispone: Elevar al Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0502-2021 del 5 de agosto de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Elevo a conocimiento del Tribunal, el oficio CSR-0485-2021 del 4 de agosto de los corrientes, suscrito por el señor Kattya Somarribas Salgado, Jefa a. i. del Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, en el cual solicita autorización para firmar certificaciones a la siguiente funcionaria:

• Jennifer Dayana Salazar González, cédula n.° 111730063.

Por lo anterior y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, muy respetuosamente solicito conceder la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a la referida funcionaria para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrese la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre presunto incumplimiento de lo acordado en la sesión ordinaria n.° 24-2019, respecto de la asignación de recurso al Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. De la señora Andrea Fauaz Hirsch, Jefa del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, se conoce oficio n.° DCRP-079-2021 del 13 de julio de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere al presunto incumplimiento de lo acordado en la sesión ordinaria n.° 24-2019, respecto de la asignación de recurso a ese departamento, según enumera.

De los señores Franklin Mora González, Director Ejecutivo y Héctor Fernández Masís, se conoce conjuntamente oficio n.° DE-1865-2021 del 6 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En relación a lo solicitado mediante oficio n.° STSE-1720-2021 del 29 de julio de 2021, en el que se traslada adjunto –para su atención– el oficio n.° DCRP-079-2021 del 13 de julio de 2021, en el cual la señora Andrea Fauaz Hirsch, Jefa del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas (DCRP) se sirve exponer –de nueva cuenta– una serie de argumentaciones en torno a lo informado por los suscritos mediante oficio n.° DE-1471-2021 del 23 de junio de los corrientes, con respecto al supuesto incumplimiento de lo acordado por el Superior en sesión ordinaria n.° 24-2019 del 26 de febrero de 2019, nos permitimos indicar lo siguiente.

Mediante el citado oficio, la Dirección Ejecutiva y la Dirección General del Registro Electoral atendieron en fondo y forma lo solicitado por el Tribunal mediante oficio n.° STSE-1243-2021 del 8 de junio de los corrientes, detallando de manera amplia y acuciosa los esfuerzos realizados a nivel institucional, para fortalecer el equipo de trabajo del Departamento en cuestión, siendo que al analizar lo indicado en el oficio remitido el pasado 13 de julio por la señora Fauaz, no se encuentran argumentos que demeriten lo ya informado al Superior y, del cual, el Tribunal en pleno dispuso tener por rendido el informe; hágase del conocimiento de la señora Jefa del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. ACUERDO FIRME.

Por lo anterior, los suscritos mantienen su posición con respecto a lo informado días atrás, reiterando la necesidad de que el DCRP incorpore oportunamente dentro de su Planificación Operativa Anual –de acuerdo al ciclo de formulación de POA– el recurso humano que requiera, con miras al reforzamiento de las labores con ocasión de los procesos electorales, esto para que sea analizado por las instancias respectivas, a la luz de las políticas presupuestarias definidas cada año, tanto por el Superior como por el ente Hacendario.".

Se dispone: Tomar nota de lo informado; hágase del conocimiento de la señora Fauaz Hirsch. ACUERDO FIRME.

B) Corrección respecto de Informe sobre estudio administrativo para el traslado y transformación de puestos en el Registro Civil. Del señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1880-2021 del 9 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos administrativos correspondientes y en relación con lo dispuesto por el Superior en acuerdo adoptado en sesión ordinaria n. º 66-2021, celebrada el 5 de agosto de 2021, según oficio STSE-1757-2021 de igual fecha, como motivo del informe rendido por esta Dirección Ejecutiva en oficio DE-1809-2021 del 29 de julio de 2021, es necesario informar que la recomendación 8.2 del referido informe, debe leerse correctamente como sigue:

8.2 Que se apruebe la transformación los puestos números 56358, 95550 con clase actual de Asistente Administrativo 1 y el puesto 45691 con clase actual de Asistente Funcional 2, a la clase Profesional en Gestión 2, puesto Coordinador/a Encargado/a de Unidad de Calificación. Asimismo, la plaza 45666 con clase actual de Asistente Administrativo 1, a la clase Profesional Ejecutor 3, puesto Profesional Jurídico de Servicios Regionales, a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-01.”.

De lo anterior, deberán tomar nota la Secretaría General del TSE, Direcciones General del Registro Civil y Ejecutiva, Departamento de Coordinación de Servicios Regionales y de Recursos Humanos, así como las Secciones de Inscripciones, Actos Jurídicos y Opciones y Naturalizaciones, a efectos de las acciones subsecuentes al acuerdo aquí mencionado.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por realizada la corrección, conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Informe sobre solicitud de plantear una consulta de constitucionalidad respecto del proyecto de Ley Marco de Empleo Público. Del señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-318-2021 del 5 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, en atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en el artículo quinto de la sesión n.° 61-2021 del 20 de julio de 2021, rinde informe relativo a la solicitud de plantear una consulta de constitucionalidad respecto del proyecto de Ley de Marco de Empleo Público y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"IV. Conclusión.

Conforme lo expuesto, si bien, desde la perspectiva procesal es factible la presentación de una consulta de constitucionalidad respecto de los alcances de varias disposiciones contenidas en el proyecto de ley n.º 21.336 “Ley Marco de Empleo Público” al considerar que estas podrían vulnerar las competencias constitucionalmente atribuidas al Tribunal Supremo de Elecciones; este Departamento concluye que, a partir de lo resuelto por la Sala Constitucional  en sentencia n.º 17098-2021 del 31 de julio de 2021 en que emitió su criterio sobre aspectos que en su oportunidad el propio Tribunal Supremo de Elecciones, al atender varias consultas institucionales sobre dicha iniciativa legislativa, advirtió podrían generar eventuales roces de constitucionalidad, la solicitud de realizar una consulta de constitucionalidad ante esa Sala y en los términos propuestos, podría carecer de interés actual, de ahí que podría estimarse innecesaria su presentación.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se hará del conocimiento de los señores Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE) y otros, en atención a su oficio n.° 007-AS-2021 del 14 de julio de 2021. ACUERDO FIRME.

B) Consulta legislativa del texto sustitutivo del proyecto de “Ley para tutelar la objeción de conciencia e ideario”, expediente número 22.006. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CG-017-2021 del 5 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración, y en virtud de la moción 41-25 aprobada, se solicita el criterio de esa institución en relación con el texto sustitutivo aprobado del proyecto 22.006 “LEY PARA TUTELAR LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA E IDEARIO”, el cual se anexa.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.

La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única vez, la cual vencerá el próximo 30 de agosto.".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 13 de agosto de 2021- pase al señor Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 10:15 horas del 12 de agosto de 2021. Tomen nota el referido servidor y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 17 de agosto de 2021. ACUERDO FIRME.

C) Consulta legislativa del proyecto de “Fortalecimiento de la participación ciudadana en los procesos de revocatoria de mandato municipal por medio de la reforma de los artículos 19, 163, 169 del Código Municipal, Ley n.° 7794 del 30 de abril de 1998 y del artículo 12, inciso p) del Código Electoral, Ley nº 8765 del 19 de agosto de 2009”, expediente número 21.736. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CPEM-015-2021 del 9 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, se solicita el criterio de esa institución en relación con el proyecto “FORTALECIMIENTO DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS PROCESOS DE REVOCATORIA DE MANDATO MUNICIPAL POR MEDIO DE LA REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 19, 163, 169 DEL CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.° 7794 DEL 30 DE ABRIL DE 1998 Y DEL ARTÍCULO 12, INCISO P) DEL CÓDIGO ELECTORAL, LEY Nº 8765 DEL 19 DE AGOSTO DE 2009”, expediente 21.736 el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.  La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única vez, que vencerá el próximo 31 de agosto.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 13 de agosto de 2021- pase al señor Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 12 de agosto de 2021. Tomen nota el referido servidor y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 19 de agosto de 2021. ACUERDO FIRME.

D) Consulta legislativa del proyecto de “Modificación del artículo 14 Código Municipal, Ley n.º 7794, de 30 de abril de 1998, Ley para regular la reelección en las alcaldías municipales”, expediente número 22.025. De la señora Erika Ugalde Camacho, Jefa de Área de Comisiones Legislativas III del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CPEM-017-2021 del 9 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo y en virtud del informe de consulta obligatoria del Departamento de Servicios Técnicos, se solicita el criterio de esa institución en relación con el proyecto “MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 14 CÓDIGO MUNICIPAL, LEY N.º 7794, DE 30 DE ABRIL DE 1998, LEY PARA REGULAR LA REELECCIÓN EN LAS ALCALDÍAS MUNICIPALES”, expediente 22.025 el cual se adjunta.

Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar el criterio de forma digital.  La Comisión ha dispuesto que en caso de requerirlo se le otorgará una prórroga de 8 días hábiles adicionales por una única vez, que vencerá el próximo 31 de agosto.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 13 de agosto de 2021- pase al señor Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 10:45 horas del 12 de agosto de 2021. Tomen nota el referido servidor y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 19 de agosto de 2021. ACUERDO FIRME.

E) Consulta legislativa del proyecto “Refórmese el artículo 148 de la Ley n.° 8765 Código Electoral, de 2 de setiembre de 2009 y sus reformas, para brindar mayor transparencia y acceso a la información en el proceso electoral”, expediente número 22.414. Del señor Edel Reales Noboa, Director del Departamento de Secretaria del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-DSDI-OFI-0084-2021 del 9 de agosto de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con las disposiciones del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta el texto de la redacción final sobre el EXPEDIENTE LEGISLATIVO N.º 22.414 REFÓRMESE EL ARTÍCULO 148 DE LA LEY N.°8765 CÓDIGO ELECTORAL, DE 2 DE SETIEMBRE DE 2009 Y SUS REFORMAS, PARA BRINDAR MAYOR TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN EN EL PROCESO ELECTORAL, que se adjunta.

De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o el ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 13 de agosto de 2021- pase al señor Andrei Cambronero Torres, Letrado del TSE. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 12 de agosto de 2021. Tomen nota el referido servidor y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 19 de agosto de 2021. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde