ACTA N.º 53-2021
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintidós de junio de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado León.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Encargo de funciones del señor Director General del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0392-2021 del 15 de junio de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En virtud del disfrute de 2 días vacaciones por parte del suscrito, a partir del 28 de junio del año en curso, muy respetuosamente someto a consideración del Tribunal, la presente solicitud de que, en mi ausencia se encarguen las funciones de esta Dirección General al señor Luis Guillermo Chinchilla Mora.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Nombramientos en propiedad en la Sección de Cédulas y la Oficina de Seguridad Integral. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-1320-2021 del 16 de junio de 2021, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Dado que existe al efecto registros de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.° RH-1038-2021 del Departamento de Recursos Humanos –el cual prohijamos–, nos permitimos someter a su consideración las siguientes ternas, de las cuales proponemos nombrar en propiedad, a partir del 1.° de julio de 2021, a quienes figuran en el primer lugar de cada una de ellas:
Terna 1.- Sirlene Víquez
Valverde 2.-
Gabriela Arias Calderón |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
45794,
Secretaria 1, clase Asistente Funcional 2 , Sección de Cédulas |
Terna 1.- Minor Solano
Camacho |
|
Puesto
en el que se propone nombrar |
99734,
Oficial de Seguridad y Vigilancia, clase Auxiliar Operativo 2, Oficina de
Seguridad Integral. |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.
C) Encargos de funciones de las jefaturas de las secciones de Solicitudes Cedulares y Cédulas. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0393-2021 del 16 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en el Reglamento a la ley [sic] de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, respetuosamente, someto a consideración del Tribunal, las solicitudes de los siguientes encargos de funciones que se detallan a continuación:
UNIDAD ADMINISTRATIVA |
TITULAR |
SUSTITUTO |
PERIODO |
MOTIVO |
TIPO |
OFICIO RH |
Solicitudes Cedulares |
Néstor Cordero López |
Carlos Arguedas Rojas |
5 días a partir del 21 de junio de 2021 |
Disfrute de vacaciones del titular |
Encargo |
1051-2021 |
Cédulas |
Jesús Martín Barboza Retana |
Ana Cecilia Zamora Solís |
6 días, a partir del 5 de julio de 2021 |
Disfrute de vacaciones del titular |
Encargo |
1049-2021 |
Con base en lo anterior, esta Dirección avala las respectivas sustituciones, si a bien lo tiene el Superior.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario. Del señor Mario Matarrita Arroyo, Letrado de este Tribunal, se conoce correo electrónico recibido el 18 de junio de 2021 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Después de enviarles mi más atento saludo, me permito dirigirme a ustedes con el propósito de solicitar al Superior una extensión en la licencia sin goce de salario que actualmente disfruto por un plazo adicional de 7 meses, esto de conformidad con el artículo 10 inciso b) del Reglamento de Facilidades de Capacitación para los Funcionarios del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil.
A propósito de esa solicitud, me permito recordarles que, por acuerdo de la sesión ordinaria n.º 81-2020, del 18 de agosto de 2020, los señores y señora Magistrados autorizaron al suscrito una licencia sin goce de salario por el plazo de 12 meses a fin de continuar la formación doctoral por la que el propio Superior me concedió, inicialmente y por sesiones ordinarias n.º 82-2017 y 57-2018, un permiso con goce de salario por 2 años.
El plazo de la última licencia concedida -sin goce de salario, se reitera- concluirá el próximo 27 de setiembre del año en curso.
Ahora bien, en virtud de la estructura del plan académico que curso y el abordaje del objeto de mi investigación, personalmente considero que la autorización de la comentada licencia redundaría en beneficio de mi proyecto doctoral pues, al permitirme permanecer en Barcelona un tiempo adicional, facilitaría la correcta y más célere conclusión de ese trabajo.
Sobre la base de lo anterior, me permito recordar algunos puntos relevantes:
1) Que el cronograma de investigación que adjunto en este mensaje fue debidamente aprobado por las autoridades universitarias de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona y que, según consta en él, mi investigación habrá de concluir durante el primer semestre del año 2022. Esa planeación es definitiva, no ha variado y no he debido presentar cronogramas adicionales.
2) Que me asiste una imposibilidad material para aportar un informe anual de las calificaciones obtenidas en mi programa doctoral, esto en razón de que en esa formación no debo cursar asignatura alguna de la que se derive una calificación (en el sentido formal del término). En ese tanto, la conclusión de mis estudios se materializará con la defensa pública de mi investigación doctoral, evento que tendrá lugar antes de concluir el primer semestre del año próximo.
En todo caso, y como prueba de lo señalado, les adjunto copia digital de mi expediente académico, en el que podrá comprobarse que el suscrito únicamente ha debido cumplir con una tutela de tesis doctoral (pues la del año en curso aún se mantiene en desarrollo).
3) Que en cuanto a la modalidad de doctorado en Derecho en la que actualmente me encuentro matriculado, la citada copia digital de mi expediente académico señala, literalmente, los datos correspondientes al programa doctoral. Entre ellos destaca el régimen de permanencia, en el que se indica que mi programa académico es a "tiempo completo". Como prueba adicional de esa cuestión, me permito adjuntar una carta de mi tutor de tesis, Prof. Dr. Alejandro Saiz Arnaiz, en la que confirma tal información.
4) Finalmente, en relación con el nivel de avance de mi investigación doctoral frente a la programación del cronograma, me permito incluir una misiva del citado Prof. Dr. Saiz Arnaiz en la que da cuenta del nivel de desarrollo y la sintonía actual con el cronograma que establecimos en conjunto. De ello no solo se desprende que mi avance es satisfactorio sino que, además, es plausible apuntar a los primeros meses del año 2022 como fecha de culminación de mi investigación.
Es por tal razón que solicito al Tribunal, si a bien lo tiene, otorgarme los 7 meses adicionales de licencia sin goce de salario. Este plazo lo he fijado en conjunto con el Dr. Saiz Arnaiz teniendo en cuenta, como aspecto esencial, mi necesaria reincorporación al TSE.
Quedo a sus órdenes para cualquier otro asunto que resulte de importancia para la resolución de la solicitud planteada por mi persona.".
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días, pase a los Departamentos Legal y de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
E) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-1335-2021 del 17 de junio de 2021, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de lo siguiente:
1.- De los nombramientos interinos que se detalla a continuación:
OFICINA
/ DEPARTAMENTO |
NÚMERO
Y CLASE DEL
PUESTO |
NÚMERO
DE OFICIO |
CONDICIÓN
DE LA PLAZA |
CANDIDATO
(A) Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO |
Dirección
General del Registro Civil |
97464, Profesional Asistente 1 |
DGRC-0334-2021 SUSTITUIR |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su
propietaria. |
Felix Andrés Artavia Segura, 1°-JUL al 30-SET de 2021 o hasta que regrese su propietaria
o su anterior ocupante, lo que ocurra primero. El candidato que se propone
labora para la institución desde el 1° de octubre de 2009, actualmente
desempeña en propiedad un puesto de la clase Técnico Funcional 2 en la
Dirección General de Registro Electoral, por lo que se encuentra en línea
directa de ascenso. |
Servicios
Generales |
349936, Auxiliar Operativo 1 |
SG-117-2021 |
Plaza de
cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso de su propietaria. |
Allan Brenes De La
Peña, 1°-JUL al 15-SET de 2021 o hasta
que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. El candidato que se
propone labora para la institución desde el 16 de noviembre del 2020, desempeña interinamente una plaza de Auxiliar Operativo 1
en la misma Sección por lo que se trata de un traslado. |
Sección de
Ingeniería y Arquitectura |
378475, Técnico Funcional 1 -SU- |
IA-402-2021 |
Plaza
de servicios especiales |
Luis Fernando Chacón
Camacho, 1-JUL al 31-DIC de 2021. El
candidato que se propone labora para la institución desde el 1° de abril de
2019 y actualmente se desempeña interinamente en una plaza de Técnico
Funcional 1 –SU– en la misma Sección, por lo que se trata de un traslado. Es menester indicar que este Departamento realizó consulta
de interés y disponibilidad para el puesto de Técnico en Mantenimiento
Electoral, de la clase Técnico Funcional 1 –SU–, cuyo resultado fue comunicado mediante oficio
RH-0594-2021. Producto de ello, se
evidenció únicamente un oferente, el cual manifestó no estar interesado en el
nombramiento propuesto. |
Sección de
Servicios Generales |
353551, Auxiliar Operativo 2 |
SG-0256-2021 |
Plaza
de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su
propietaria. |
William Andrés Arce
Guerrero, 1-JUL al 31-DIC de 2021 o hasta que regrese su propietaria,
lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora para la institución
desde el 1° de febrero del 2021 en un puesto interino de la clase Asistente
Funcional 2 –SU-por lo que se trata de un descenso, a lo cual el funcionario
demuestra estar de acuerdo mediante nota adjunta. Es menester indicar que este Departamento realizó consulta
de interés y disponibilidad para el puesto de Conductor 1, clase Auxiliar
Operativo 2, cuyo resultado fue comunicado mediante oficio RH-0907-2021, en
el cual se evidenciaron tres oferentes internos, de los cuales, quien se
encuentra nombrado en una plaza de cargos fijos, manifestó no tener interés en
este nombramiento mediante correo electrónico. |
Secretaría
General del TSE |
377870, Asistente Funcional 2 -SU- |
STSE-1283-2021 |
Plaza
de servicios especiales vacante en virtud del movimiento anterior. |
Andrés Zamora
Chavarría, 1-JUL al 31-DIC de 2021. El candidato que se propone no labora para
la institución, pero si lo ha hecho en ocasiones anteriores. |
2.- De los nombramientos interinos cuyas ternas se proponen, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas:
N° PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
378476 (Plaza de
servicios especiales) |
Yency Corrales Montero
|
Técnico Funcional 1 –SU- |
Técnico /A en Mantenimiento Electoral |
Sección de Ingeniería y Arquitectura (IA-0403-2021) |
Luis Quesada Valverde |
||||
Byron Joel Villalobos
Sánchez |
||||
Fecha de rige: 1-JUL al 31-DIC de 2021 o hasta que regrese su anterior ocupante, lo
que ocurra primero. La jefatura respectiva recomienda nombrar a quien ocupa
el primer lugar de la terna. Es menester indicar que este Departamento
realizó consulta de interés y disponibilidad para el puesto de Técnico en
Mantenimiento Electoral, de la clase Técnico Funcional 1 - SU -, cuyo
resultado fue comunicado mediante oficio RH-0594-2021. Producto de ello, se evidenció únicamente
un oferente, el cual manifestó no estar interesado en el nombramiento
propuesto. |
N° PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
45576 |
Jafet Abner Maltez Calderón |
|
Oficial de seguridad y vigilancia |
Oficina de Seguridad Integral O-SI-044-2021 |
Emanuel Francisco MC Keown Aguilar |
||||
Vanderlyn Rojas Rojas |
||||
Fecha de rige: 1-JUL de 2021 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el
artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete
el trámite respectivo para nombrar un nuevo propietario. La jefatura respectiva recomienda nombrar a quien ocupa el primer
lugar de la terna. Este nombramiento se da por lo comunicado mediante oficio
RH-0608-2021 sobre la consulta de interés y disponibilidad para ocupar el
puesto de Oficial de Seguridad y Vigilancia, donde se determinó la
inexistencia de personas funcionarias en la institución que cumplan con los
requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para
dicho cargo. |
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone en el punto 1, así como aprobar el nombramiento de quienes figuran en el primer lugar de las referidas ternas, conforme se sugiere en el punto 2, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
F) Renuncia del funcionario Tony Santamaría Monge de la Dirección Ejecutiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1066-2021 del 17 de junio de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remiten notas de fechas 15 y 17 de junio de 2021, recibidas en este departamento, mediante las cuales presenta renuncia el señor Tony Santamaría Monge a su cargo, por los motivos que se sirve exponer. El funcionario de cita ocupa el puesto número 357867 de Conserje, clase Conserje Electoral, destacado en la Dirección Ejecutiva y labora para la institución desde el 1 de setiembre de 2015. Según se desprende de las misivas, el citado funcionario desea que la separación del cargo antes indicado, se haga efectiva a partir del 1º de julio de los corrientes, siendo su último día laboral el 30 de junio de 2021.
Con respecto a la aplicación del artículo 28 del Código de Trabajo, sobre el preaviso de ley, el cual, por la permanencia del funcionario de cita en estos organismos electorales, debería considerar un mes previo a su salida, este sería innecesario ya que, mediante oficio DE-1426-2021, de hoy 17 de junio, suscrito por el señor Franklin Mora González, Director Ejecutivo, manifiesta que “…la salida del servidor no ocasionaría ningún perjuicio en la continuidad y servicio que presta esta Dirección; toda vez que, se han adoptado las medidas necesaria [sic] y se procederá a la brevedad a la sustitución del colaborador.”
Así las cosas, salvo superior criterio, bien la Magistratura Electoral puede aprobar la renuncia a partir de la fecha solicitada por el señor Santamaría Monge. En cuanto a las vacaciones proporcionales pendientes de disfrute, deberá solicitar su pago por escrito, así como cualquier otro rubro que se le adeude, para la cual cuenta con un año a partir del momento en que solicitó fuera separado de su cargo, a fin de proceder como en Derecho corresponde.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia del señor Santamaría Monge, conforme lo propone el Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
G) Recargo de funciones de la jefatura de la Sección de Servicios Generales. De la señora Mariana Gómez Bolaños, Prosecretaria General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1337-2021 del 18 de junio de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del recargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad
Administrativa |
Titular |
Sustituye |
Período |
Tipo |
Sección de Servicios Generales |
Esteban Durán Hernández |
Dessiree González Zamora |
Del 16 al 30 de julio de 2021 |
Recargo de funciones |
Quedo atenta a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
H) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1068-2021 del 17 de junio de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, se remite oficio DGET-205-2021 de fecha 16 de junio del año en curso, al cual se adjunta el memorial ISTI-039-2020 (sic) y nota suscrita por la señora Yorleny Garbanzo Quirós, mediante la cual, la funcionaria en cuestión, solicita una prórroga de la licencia sin goce de salario que le fuera otorgada, la cual alcanzó el plazo previamente aprobado el pasado 15 de junio.
Efectivamente, en sesión ordinaria n° 110-2020 del 12 de noviembre 2020, oficio número STSE-2217-2020 de igual data, el Superior le concedió a la funcionaria Garbanzo Quirós, quien ocupa un cargo de Profesional en Tecnologías de Información 2 -clase Profesional Ejecutor 3-, destacada en la Sección de Ingeniería de Software, una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses, contados a partir del 16 de noviembre de 2020. Por tal motivo, presenta ahora una nueva solicitud a fin de que se le extienda, por un lapso idéntico -seis meses-, ese permiso sin goce de salario, dados los motivos que se sirve exponer.
En caso de aprobarse dicha gestión, la prórroga del permiso sin goce salarial, en tesis de principio, sería del 16 de junio al 15 de diciembre de 2021, por ende, la solicitud podría ampararse, si a bien lo tiene la Magistratura Electoral, en lo que al efecto dispone el artículo 33-c-1 del Reglamento al Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse hasta por “c. (…) un mes podrán concederse mediante resolución interna firmada por el Ministro, Viceministro, o el máximo jerarca de la institución respectiva, mientras que las licencias mayores de un mes podrán concederse con apego estricto a las disposiciones siguientes: // 1) Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” (la negrilla no forma parte del original).
Es importante indicar que la gestión no cuenta con el aval de la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, ni con el visto bueno de quienes tienen a cargo a la funcionaria Yorleny Garbanzo Quirós, a saber, señora Patricia Chacón Jiménez, jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones y señor Juan Carlos Corrales Umaña, jefe de la Sección de Ingeniería de Software, dados los motivos visibles en los memoriales DGET-205-2021 e ISTI-039-2020 (sic), respectivamente, los cuales se adjuntan.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de tres días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
I) Nombramiento de la Presidencia y Vicepresidencia del Tribunal Supremo de Elecciones. Se dispone: El artículo 20 del Código Electoral literalmente establece:
“El Tribunal nombrará de su seno, y en forma conjunta, un presidente y un vicepresidente, por un período de tres años, y podrán ser reelegidos (…)”.
Toda vez que las respectivas designaciones vencen el próximo 2 de setiembre y atendiendo a lo ordenado por dicha norma, se acuerda por unanimidad reelegir como Presidente y Vicepresidenta de este Tribunal, respectivamente, al señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González y a la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, por un período de tres años a partir del 3 de setiembre de 2021.
En el razonamiento de sus votos, los magistrados Esquivel Faerron, Retana Chinchilla y Picado León manifiestan:
El liderazgo provisto por los magistrados Sobrado González y Zamora Chavarría en el período que concluye, permitió al organismo electoral llevar a cabo, con todo éxito, las elecciones municipales de 2020, así como enfrentar el inédito contexto de la pandemia causada por el Covid-19. Ambos han dirigido sus acciones a partir de la responsabilidad, la integridad, la diligencia y el buen juicio que la institución demanda.
En particular, desde su presidencia el Magistrado Sobrado González ha promovido una política de compromiso con la institucionalidad democrática y con los valores cívicos. Su constante empeño por la eficiencia, la transparencia y la modernización se manifiestan en la administración electoral, el registro civil y la formación en democracia. Prueba de ello son los avances en digitalización de servicios que incluyen, entre otros, la inscripción de candidaturas, la acreditación de fiscales, el matrimonio digital o las certificaciones digitales, así como en el impulso de estrategias de alfabetización digital para la vida en democracia. Además, se ha empeñado en la constante revisión de reglamentos, trámites y prácticas administrativas a fin de asegurar que la justicia electoral cuente con la fortaleza necesaria para atender las nuevas exigencias sociales.
Por su parte, la Magistrada Zamora Chavarría, en su función de Vicepresidenta, ha cumplido a cabalidad su obligación de sustituir al Presidente en sus ausencias temporales, siempre de manera prudente, reflexiva, coherente y comprometida con los valores del TSE.
Comuníquese a los Poderes de la República, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la República, a la Defensoría de los Habitantes, a los partidos políticos, al Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos y a las jefaturas de estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Atención de audiencia sobre modificación al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De las señoras Arlene Castro Jiménez e Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretaria General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-13-2021 del 15 de junio de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual atiende la audiencia conferida para referirse a la descripción de puesto de Analista Administrativo en Contratación, mediante el cual literalmente señalan:
"1. Respecto a los ítems, Naturaleza del Trabajo, Tareas y Condiciones Organizacionales y Ambientales, no se tienen observaciones, [sic]
2. En relación con los items [sic], requisitos y capacitación, hemos de indicar que en conversaciones con el señor Carlos Murillo Montoya, anterior Director Ejecutivo de estos organismos, se concluyó que era razonable la inclusión de la carrera de Derecho, incorporándola, como parte de los requisitos del citado perfil. Ello en razón de que, a pesar de que la capacitación es preferible, esta incluye un cuadro normativo que se enmarcan en el conocimiento que debe tener la carrera de cita, entre otros: Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública [sic] Ley de Administración Financiera y de Presupuestos Públicos [sic] Ley de Contratación Administrativa y su reglamento [sic] Ley de Control Interno [sic] Ley General de Administración Pública, por lo que, luego de abundantes consultas a los Colegios Profesionales de interés, se acordó en común acuerdo la inserción de dicha carrera profesional, [sic]
3. Cabe agregar que, esta organización comparte lo señalado por el señor Vinicio Mora Mora, Subjefe del Departamento Legal, en relación con las recomendaciones del oficio n.° DL-448-2020 del 21 de setiembre de 2020, conocidas por la Magistratura en la sesión n°94-2020 del veinticuatro de setiembre de dos mil veinte, en el cual indicó, “… de manera que no necesariamente se establezca determinada profesión para su ejercicio, sino que posibilite que el puesto pueda ser ocupado por profesionales de carreras afines a la naturaleza y funciones de este.” (lo resaltado no es del original).".
Se dispone: 1.-Tener por atendida la audiencia conferida por parte de la UNEC, no así por parte del SETSE. 2.- Aprobar, conforme lo propuso la Dirección Ejecutiva, el perfil del puesto de Analista Administrativo en Contratación, con la inclusión de la carrera de Derecho como parte de los requisitos académicos. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis
Antonio Sobrado González |
|
Eugenia
María Zamora Chavarría |
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |
Hugo
Ernesto Picado León |