ACTA N.º 24-2021

 

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del dieciséis de marzo de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Magistrados Max Alberto Esquivel Faerron –quien preside–, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Hugo Ernesto Picado León, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.

 

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.

A) Interpretación del artículo 152 del Código Electoral. De los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.° DGRE-110-2021 del 26 de febrero de 2021, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de marzo de 2021, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Como es de su conocimiento, el Departamento de Programas Electorales conjuntamente con la Sección de Padrón Electoral, se encargan de llevar a cabo la logística para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 152 del Código Electoral (CE):

“Seis meses antes de una elección, el Registro Civil preparará las listas provisionales de electores. A la brevedad posible, deberá enviarlas a la autoridad de policía de cada distrito administrativo. Las autoridades municipales y de policía estarán obligadas a colaborar para colocarlas, de inmediato, en lugares visibles donde permanecerán exhibidas para consulta pública durante cuatro meses; también, será responsabilidad de estas autoridades custodiarlas./ El Registro Civil pondrá a disposición de los partidos políticos una copia del padrón actualizado, por el medio técnico que aporten para reproducirlo, cuando la solicite alguna persona de su comité ejecutivo superior o representante./ Todo lo anterior sin perjuicio de utilizar otros mecanismos que garanticen su publicidad”

No obstante lo anterior, en atención a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 42227-MP-S emitido por el Ministerio de Salud Pública, vigente a partir del 16 de marzo de 2020, en el cual : “Se declara estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19”, esta Dirección estima pertinente valorar la posibilidad de prescindir, para este proceso electoral, de la impresión y distribución de las listas provisionales de electores en medio físico y que su difusión se realice únicamente a través de la página web, comunicándolo oportunamente a la ciudadanía por medio de las redes sociales institucionales y en medios de comunicación masiva.

Ello con el fin de evitar la propagación de esa enfermedad, por cuanto la publicación física de las listas, eventualmente podría implicar concentración de personas, así como, la manipulación de las hojas durante el proceso de consulta del lugar donde se encuentran empadronadas, listas que tradicionalmente se han puesto a disposición de la ciudadanía en las municipalidades y delegaciones policiales. 

Al respecto, considérese que en los últimos procesos electorales las listas provisionales también se han publicado digitalmente en el sitio web del Tribunal.

De aprobarse lo recomendado los ₡7.000.000,00 destinados para impresión y distribución de estas listas de electores, podrían utilizarse en la adquisición de otros bienes y servicios necesarios para atender aspectos de bioseguridad de los comicios en el contexto de la pandemia.

En virtud de lo anterior, respetuosamente le solicitamos elevar a conocimiento de las señoras y señores Magistrados, la siguiente recomendación:

Que para las Elecciones Nacionales del año 2022, excepcionalmente a lo dispuesto en el artículo 152 del Código Electoral, las listas provisionales de electores se publiquen digitalmente en la página web institucional, bajo las premisas de seguridad y confiabilidad que caracterizan a este Tribunal y que el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas se encargue de difundir esta iniciativa a conocimiento de la ciudadanía y partidos políticos.".

Se dispone: Pase a estudio individual de las señoras y señores Magistrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Informe sobre solicitud de regreso a puesto de la funcionaria Magdiela Núñez Díaz. Del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-112-2021 del 12 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe, según lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en la sesión ordinaria n.° 21-2021, celebrada el 9 de marzo de 2021, relativo a la solicitud de la funcionaria Magdiela Núñez Díaz para regresar al puesto en propiedad y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"4.- Conclusión.

Es viable jurídicamente que una persona funcionaria del Tribunal que haya sido designada en propiedad y se encuentre aún transcurriendo el período de prueba, pueda solicitar su regreso a su ocupación anterior. Igual situación podría presentarse en caso de que no cumpla satisfactoriamente el período de prueba.

Asimismo, de existir una cadena de nombramientos en razón de lo indicado en el párrafo anterior, se entiende que las personas funcionarias que la conforman, estarían devolviéndose a sus ocupaciones anteriores.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge; en consecuencia, acoger la solicitud de regresar a su puesto en propiedad formulado por la funcionaria Magdiela Núñez Díaz y siendo que, en esta misma sesión, se dispuso el nombramiento en propiedad del señor Maikol Andrés Jiménez Arguedas en el Departamento de Programas Electorales, mantener incólumes los demás nombramientos consecuencia del regreso de la señora Núñez Díaz. ACUERDO FIRME.

B) Aclaración sobre ubicación de puesto en nombramiento en propiedad. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0460-2021 del 12 de marzo de 2021, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 15 de marzo de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión ordinaria n.º 18-2021, celebrada el 25 de febrero de 2021 y comunicado mediante oficio STSE-0466-2021, la Magistratura Electoral dispuso el nombramiento en propiedad del funcionario Andrés Rafael Madrigal Trejos en el puesto N°. 45621 de Oficinista 1, clase Asistente Administrativo 1 y destacado, en principio, en la Sección de Inscripciones. Sin embargo, revisado el historial del puesto en mención, se detecta que en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 41-2020, celebrada el 28 de abril de 2020 -oficio STSE-0765-2020 de misma data- el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso trasladar el citado cargo al Departamento de Programas Electorales. En virtud de lo anterior, se aclara que el nombramiento del señor Madrigal Trejos es en esta última dependencia y no en la Sección de Inscripciones tal y como fue consignado anteriormente.".

Se dispone: Tener por realizada la aclaración. ACUERDO FIRME.

C) Nombramientos en propiedad en la Dirección Ejecutiva y el Departamento de Programas Electorales. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-0563-2021 del 10 de marzo de 2021, mediante el cual literalmente manifiestan:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos en oficio n.° RH-0442-2021 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 36 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de los nombramientos en propiedad que se detalla a continuación:

Funcionario

José Guillermo Alfaro Guzmán

Puesto al que se propone ascender

368816,

Profesional Asistente 1,

Profesional Asistente en Administración 1 de la Dirección Ejecutiva

Clases entre la actual y la propuesta

4

Fecha de rige propuesta

16 de marzo de 2021

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0442-2021 del 9 de marzo de 2021

Oficio de la jefatura

DE-0500-2021 SUSTITUIR del 8 de marzo de 2021


Funcionario

Geiner Gerardo Quirós Mena

Puesto al que se propone ascender

371986,

Técnico Funcional 2,

Técnico en Gestión de la Dirección Ejecutiva

Clases entre la actual y la propuesta

5

Fecha de rige propuesta

16 de marzo de 2021

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0442-2021 del 9 de marzo de 2021

Oficio de la jefatura

DE-0500-2021 SUSTITUIR del 8 de marzo de 2021; DPE-100-2021

 

Funcionario

José María Cascante Zúñiga

Puesto al que se propone ascender

97863,

Asistente Funcional 1,

Asistente en Servicios Administrativos 1 de la Dirección Ejecutiva

Clases entre la actual y la propuesta

1

Fecha de rige propuesta

16 de marzo de 2021

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0442-2021 del 9 de marzo de 2021

Oficio de la jefatura

DE-0500-2021 SUSTITUIR del 8 de marzo de 2021

 

Funcionaria

Lidia Avendaño Castro

Puesto al que se propone ascender

361381,

Técnico Funcional 2,

Técnico en Gestión del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos

Clases entre la actual y la propuesta

5

Fecha de rige propuesta

16 de marzo de 2021

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-0442-2021 del 9 de marzo de 2021

Oficio de la jefatura

DFPP-165-2021 del 5 de marzo de 2021

 

Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone en cada caso. ACUERDO FIRME.

D) Nombramiento en propiedad en el Departamento de Programas Electorales. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resolución n.° 0021-STSE-2021 de las doce horas del once de marzo de dos mil veintiuno, mediante la cual literalmente manifiesta:

"El suscrito Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de nuestra Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 34 de su respectivo reglamento, así como lo indicado por el Departamento de Recursos Humanos en su oficio n.° RH-0442-2021 del 9 de marzo de 2021, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, dispongo efectuar el siguiente ascenso en propiedad:

 

 

Nombre del funcionario

Oficina

Clase

Puesto

Número de puesto

Fecha de rige

Maikol Andrés Jiménez Arguedas

Departamento de Programas Electorales

Técnico Funcional 2

Asistente Electoral

370864

16 de marzo de 2021

 

Consúltese al Superior.".

Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.

E) Traslado temporal de plazas entre la Secretaría General del TSE y la Sección de Opciones y Naturalizaciones. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° 0023-STSE-2021 de las catorce horas del doce de marzo de dos mil veintiuno, mediante la cual literalmente manifiestan:

"Los suscritos Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones y Director General del Registro Civil, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, considerándolo oportuno para un mejor servicio público, disponemos efectuar los siguientes traslados temporales de plazas, por el plazo de tres meses, considerándolo oportuno para un mejor servicio público:

 

Oficina de origen

Oficina a la que se traslada

Clase/Puesto

Número

de

Puesto

Funcionario

Fecha de rige

Secretaría General del TSE

Sección de Opciones y Naturalizaciones

Secretaria

2/ Asistente Funcional 3

101896

Anabelle Herrera Rodríguez

16 de marzo de 2021

Sección de Opciones y Naturalizaciones

Secretaría General del TSE

Secretaria

 1/ Asistente Funcional 2

45686

María Auxiliadora Calvo Serrano

16 de marzo de 2021

 

Consúltese.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Inclusión de proyecto en portafolio de proyectos PETI-2020-2024. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-081-2021 del 9 de marzo de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 13-2021, celebrada el 9 de marzo de 2021 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Ileana Cristina Aguilar Olivares, Directora General a.i [sic] del Instituto de Formación y Estudios en Democracia; y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«De la señora Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, se conoce el oficio n° DGET-078-2021 de fecha 3 de marzo de 2021, recibido el día siguiente en la Coordinación de este Consejo, cuyo asunto es “Nuevo proyecto del portafolio de proyectos PETI-2020-2024” y que expresamente señala:

“La Dirección General de Estrategia Tecnológica, recibe Solicitud de atención de nuevo requerimiento de TI, firmada por el Lic. Gustavo Román Jacobo, Asesor de la Gestión Político Institucional del Tribunal; mediante la cual plantea el requerimiento de una herramienta de visualización y análisis de datos públicos que permita al TSE monitorear lo que está ocurriendo en redes sociales para tener insumos concretos y prácticos, para la toma de decisiones a nivel de comunicación política institucional.

Es relevante indicar que este nuevo proyecto cuyo código correspondería al PETI-P14, no ocasionará impacto en la priorización de los proyectos del portafolio de proyecto vigente; dado que el equipo de trabajo estaría conformado por los funcionarios que fueron capacitados por la institución, en el tema de ciencia de datos.

En espera de que el Consejo de Directores avale la incorporación del nuevo proyecto al portafolio de proyectos, el mismo se vincularía al eje táctico PETI “Innovar en la prestación de servicios, a través de la búsqueda consciente y deliberada de oportunidades”, en apoyo al PEI en sus tres ejes, de conformidad con el PETI 2020-2024 aprobado por el Tribunal en sesión ordinaria N° 83-2020, artículo tercero.”

Se dispone: 1. Aprobar. 2. Elévese a consideración del Superior la incorporación planteada por la DGET del nuevo proyecto al PETI, con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.».".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.

A) Informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y nuevas personas electoras de febrero 2021. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0184-2021 del 11 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual remite informe de la sumaria del Padrón Nacional Electoral y de nuevas personas electoras correspondiente a febrero de 2021.

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.

Nota separada del Magistrado Brenes Villalobos: Según lo he manifestado en otras oportunidades, principalmente en los informes de labores rendidos ante la Corte Suprema de Justicia, me resulta de especial preocupación la importante cantidad de electores que no ejercen efectivamente su derecho al voto en la primera elección en la que tienen la posibilidad de hacerlo.

En repaso de las cifras de las últimas 5 elecciones, las personas jóvenes que se entiende han quedado excluidas del padrón electoral por la inexistencia de una inscripción automática representan: 26.768 en 2010, 26.033 en 2014, 32.200 en 2016 y 25.099 en 2018. Los comicios municipales del 2020 ratificaron la anterior tendencia, al dejar un total de 30.394 jóvenes fuera del padrón electoral.

Ante lo preocupante de estas cifras, todas referidas a eventuales primeros electores, estimo que la competencia interpretativa de este Tribunal Supremo de Elecciones, en cumplimiento de los principios que para el ejercicio del sufragio regula el artículo 95 constitucional, en concreto el inciso 2) de ese articulado que dispone la obligación del Estado de inscribir, de oficio, a los ciudadanos en el Registro Civil y de proveerles de cédula de identidad para ejercer el sufragio, obliga a repasar lo actuado para incluso, mediante interpretación de oficio, favorecer esa inscripción automática de electores primerizos en el padrón electoral. Considero que, vía reglamentaria, el TSE puede fijar, para aquellos casos donde no se solicite la cédula antes de la fecha de cierre del padrón, que el domicilio electoral de los nuevos electores, así como la fotografía correspondiente, sea la consignada en la Tarjeta de Identidad de Menores (TIM).

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Departamento Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0192-2021 del 12 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Por labores propias de esta Dirección General, el suscrito respetuosamente solicita a las señoras magistradas y señores magistrados, la autorización para firmar certificaciones del Departamento Civil, a los siguientes servidores:

Nombre

Cédula

Puesto

Jason Eduardo Contreras Moxi

5-0363-0552

Asistente en información a las personas usuarias

Nelson Eduardo Mora Badilla

1-0909-0848

Asistente en información a las personas usuarias.".

 

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los referidos funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Comunicación del acuerdo tomado por la Corte Plena respecto de la reelección de los señores Magistrados suplentes Luis Diego Brenes Villalobos y Mary Anne Mannix Arnold. De la señora Silvia Navarro Romanini, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, se conoce oficio n.° SP-40-2021 del 9 de marzo de 2021, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el mismo día, mediante el cual transcribe el acuerdo de la Corte Plena adoptado en la sesión 8-2021 celebrada el 22 de febrero de 2021, en el que se acordó reelegir por un nuevo período a los señores Mary Anne Mannix Arnold y Luis Diego Brenes Villalobos, como Magistrados suplentes del Tribunal Supremo de Elecciones, con rige a partir del 7 de mayo del 2021 y hasta el 6 de mayo del 2027.

Se dispone: Agradecer a la estimable señora Navarro Romanini la atenta comunicación que cursa. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.

 

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron

 

 

 

 

Luz de los Ángeles Retana Chinchilla

 

 

 

 

Hugo Ernesto Picado León

 

 

 

 

 

Zetty María Bou Valverde

 

 

 

 

 

Luis Diego Brenes Villalobos