ACTA N.º 19-2021
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del dos de marzo de dos mil veintiuno, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Hugo Ernesto Picado León.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2022.
A) Solicitud de autorización para gestionar contratación utilizando el artículo 304 del Código Electoral. De los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Alejandra Peraza Retana, Jefa del Departamento de Programas Electorales, se conoce oficio n.° DPE-078-2021 del 23 de febrero de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De cara a las elecciones nacionales que se llevarán a cabo el domingo 6 de febrero de 2022, la Dirección General del Registro Electoral en conjunto con el Departamento de Programas Electorales ha venido trabajando en la definición de los requerimientos para contratar el servicio de impresión de papeletas.
Como parte de las gestiones realizadas, se llevó a cabo una consulta de mercado en la cual se consultó a un total de doce empresas acerca de su interés en brindar, eventualmente, el citado servicio. De las entidades contactadas, únicamente Litografía e Imprenta LIL, RR Donnelley, Grupo Productive Business Solutions (PBS) y Grupo La Nación indicaron y mantuvieron su interés de participar en este proceso. (Ver anexo).
Al respecto, considérese que con el fin de evitar fluctuaciones de precio entre la cotización presentada por las empresas interesadas durante la consulta de mercado y la oferta final –con base en la cual en pasados procesos electivos se realizaba la recomendación de adjudicación al TSE–, se considera oportuno ampararnos a la rigurosidad de un proceso concursal, aunque dentro del marco de la excepción de procedimientos ordinarios de contratación administrativa, a fin de contar con el servicio que permita producir las papeletas necesarias para la votación de febrero 2022. Cabe señalar que, con un proceso de contratación como el que se pretende, ya probado con motivo de las elecciones 2018 y 2020, además de la celeridad que aporta, sin duda alguna proporciona una total transparencia al proceso de contratación administrativa.
En virtud de lo anterior, respetuosamente le solicito elevar lo anterior a conocimiento de las señoras y señores magistrados, a efectos de que, salvo mejor criterio del Superior, la contratación del servicio de impresión de papeletas 2022 se realice bajo la figura de una contratación directa concursada, utilizando la excepción contemplada en el artículo 304, párrafo tercero del Código Electoral, a los efectos de poder establecer la oferta más ventajosa para el cumplimiento de los fines, objetivos y metas planteadas por el TSE.".
Se dispone: Con fundamento en las consideraciones expuestas por los señores Fernández Masís y Peraza Retana, autorizar la contratación referida al amparo de lo dispuesto en el artículo 304 del Código Electoral, sin emitir criterio respecto de los eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contratación. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Informe de labores como Director General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia. Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, para entonces Director General a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce memorial del 25 de febrero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciban un saludo cordial. Aunque el nombramiento como Director General del IFED se concretó únicamente por tres semanas, quiero agradecer la confianza depositada en mí para con tan honroso nombramiento. Como es de su conocimiento, la votación correspondiente a mi reelección como magistrado suplente en la Corte Suprema de Justicia me obliga a finalizar prematuramente las labores en esta Dirección.
En el transcurso de estos días se formalizaron reuniones con todas las áreas de trabajo del IFED, en todas se gestionó lo propio a efectos de continuar con las labores que se vienen ejecutando.
Globalmente señalo que el trabajo por objetivos (teletrabajo) está siendo particularmente exitoso en el Instituto, y aunque en mi caso particular, por las obligaciones como jefatura, opté por trabajo presencial permanente, estimo que debe seguirse esta modalidad virtual en la mayoría de los casos.
Sin ánimo de repasar todas las áreas, únicamente me permito mencionar el especial énfasis en la puesta en escena del Museo de la Democracia, cuya preinauguración ya está programada para el 24 de marzo próximo. Igualmente, en todo el IFED ha quedado clara la especial necesidad de asumir como reto temático la alfabetización digital en este proceso electoral. En lo segundo, ya existe una propuesta curricular preliminar para un curso de ciudadanía digital democrática, y ya se han dado reuniones e intercambios con el Departamento de Comunicación y la Asesoría de la Gestión Política Institucional. De cara a esta apuesta, así como la propia del debate presidencial, me parece que debe existir toda la sinergia y colaboración mutua entre los respectivos encargados. La interacción debe ser permanente y fluida.
Como espacio que estimo de especial importancia a desarrollar, se está gestionando lo propio a efectos de que el IFED pueda tener su propia plataforma digital para la elaboración de cursos en línea. Actualmente existe una dependencia importante en colaboradores externos, por ejemplo, la Fundación Omar Dengo, que estimo importante debe reformularse.
En el Consejo de Directores, aunque mi participación se limitó a tres sesiones, sí dejé la inquietud planteada respecto de formular en la web institucional un buscador e identificador de agentes electorales. La idea es replicar el buscador recientemente instalado para controlar el vencimiento de la cédula, de manera que de una forma sencilla, solo digitando el número de cédula de una persona, pueda verificarse la identidad de cualquier agente electoral, sea este fiscal o auxiliar electoral, por ejemplo. Un buscador de esa misma naturaleza se propone también para la consulta individualizada de todos los costarricenses que realicen aportes económicos a los partidos políticos.
Siempre en el seno de ese Consejo, dejé la preocupación sobre los nuevos electores que no se registran de previo al cierre del padrón, con el ánimo de revisar las políticas de cedulación, el control cruzado de información entre cédulas y la TIM, y la necesidad de una fuerte campaña institucional al efecto.
Aproveché por igual estos días para la remisión de un artículo a la Revista de Derecho Electoral, actualmente en revisión de par ciego.
Finalmente, indico al Tribunal, si a bien lo tiene, mi anuencia y disponibilidad para seguir participando en las reuniones virtuales que autoridades electorales sostienen con IDEA Internacional en el foro que periódicamente analiza las elecciones en tiempos de pandemia.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.
B) Encargo de funciones del señor Director Ejecutivo y recargo de la jefatura de la Sección de Ingeniería y Arquitectura. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0480-2021 del 26 de febrero de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del recargo y encargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad
Administrativa |
Titular |
Sustituye |
Período |
Tipo |
Sección de Ingeniería y Arquitectura |
Tito José Alvarado Contreras |
Karla Villalta Medina |
Del 8 al 19 de marzo de 2021 |
Recargo de funciones |
Dirección Ejecutiva |
Franklin Mora González |
Sandra Mora Navarro |
Los días 4, 5 y 10 de marzo de
2021 |
Encargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el recargo y encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de modificaciones a distintos nombramientos interinos. Del señor Erick Adrián Guzman Vargas, Secretario General del TSE, se conoce oficio n.° STSE-0483-2021 del 1.° de marzo de 2021, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos, solicito aprobar lo siguiente:
1.- Modificar la fecha de rige del nombramiento aprobado por el Tribunal Supremo de Elecciones, comunicado mediante oficio STSE-0467-2021 del pasado 25 de febrero de 2021, de la señora Marcela Brenes Román en un puesto de Secretaria 1, ubicado en Servicios Médicos, para que sea efectivo a partir del 16 de marzo de 2021, fecha en la que quedaría vacante la plaza.
2.- Aplicar el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios, a favor de las funcionarias Daniela Cortés Ureña, con base al puesto n°. 368560 de Asistente Administrativo 1; Andrea Rojas Ureña con respecto al puesto n°. 45794 de Asistente Funcional 2 y Susan de los Ángeles Fuentes Gutiérrez, con respecto al puesto n.° 97462 de Asistente Administrativo 1, según lo solicitado mediante oficio RH-0295-2021.
3.- Dejar sin efecto el traslado interino que se aprobó de la señora Kattia Fonseca Arias, mediante oficio n.° STSE-0457-2021, en un puesto de la clase Profesional Ejecutor 3 en la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, a partir del 1° de marzo, según lo solicitado por la funcionaria, en virtud de las razones que se sirve exponer y que se mantenga su designación actual en la Inspección Electoral.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita en cada caso. ACUERDO FIRME.
D) Encargo de funciones de la jefatura de la Sección de Cédulas. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0162-2021 del 2 de marzo de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, respetuosamente, someto a consideración de la señora magistrada y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituto |
Periodo |
Motivo |
Tipo |
Oficio |
Solicitudes Cedulares |
Néstor Cordero López |
Carlos Arguedas Rojas |
A partir de la firmeza del acuerdo así lo autorice, hasta
el 5 de marzo de 2021. |
Disfrute de vacaciones del titular del 1° al 5 de marzo de 2021 |
Encargo |
RH-0387-2021 |
Con base en lo anterior, esta Dirección avala la recomendación para que el señor Arguedas Rojas sustituya al señor Cordero López en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Sustitución de miembros de la Comisión de Salud Ocupacional. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-061-2021 del 23 de febrero de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 11-2021, celebrada el 23 de febrero de 2021 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Franklin Mora González, Director Ejecutivo; Luis Diego Brenes Villalobos, Director General a.i del Instituto de Formación y Estudios en Democracia; y Xenia Guerrero Arias, Directora General de Estrategia Tecnológica, que dice:
«De los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil y Franklin Mora González, Director Ejecutivo, se conocen los oficios n° DGRC-0137-2021 del día 18 de febrero de 2021 y DE-0403-2021 de fecha 19 de febrero del mismo año, respectivamente, ambos recibidos los días 18 y 19 del mismo mes y año en la cuenta oficial de la Coordinación de este Consejo, mediante los cuales se propone como miembros de la Comisión de Salud Ocupacional a las señoras María Olga Torres Ortiz, jefa de la Oficina Regional de Cartago y Marlene Ramírez Méndez, quien labora para la Dirección Ejecutiva, en el Área de Planificación Institucional (API), lo anterior, en sustitución de la señora Kattya Somarribas Salgado y del señor William Henry Guzmán Vargas, representantes de dicha Comisión en Sede Regional y Central, respectivamente.
Se dispone: Elevar al Superior la recomendación de nombrar por la parte patronal a los siguientes integrantes de las comisiones de Salud Ocupacional de la siguiente manera:
Comisiones por centro de trabajo |
Representantes patronales |
Sede Central |
Marlene
Ramírez Méndez |
Oficina
Regional de Cartago |
María
Olga Torres Ortiz |
ACUERDO
FIRME.»".
Se dispone: Nombrar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Consulta de fecha de realización de la reunión extraordinaria de UNIORE. Del señor José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH-CAPEL), se conoce oficio n.° CA-055-21 del 24 de febrero de 2020 (sic), recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Como es de su conocimiento, la cláusula cuarta del Acta Constitutiva de la UNIORE establece que “El Órgano Superior de la Unión es la Conferencia Interamericana de Organismos Electorales, constituida por los representantes de cada uno ellos. Se reunirá en forma ordinaria cada dos años en la fecha y lugar que cada Conferencia disponga para la siguiente…”.
En este sentido, en la XIV Conferencia de la UNIORE, celebrada en el año 2018 en México, se acordó “Aceptar el gentil ofrecimiento del Tribunal Superior Electoral y de la Junta Central Electoral de República Dominicana para que este país sea sede de la XIV Conferencia de la Unión Interamericana de Organismos Electorales que se celebrará en el año 2020” (Acuerdo 15). De conformidad con lo anterior, en el año 2020 se debió llevar a cabo la XV Conferencia, no obstante, la crisis sanitaria ha hecho imposible tener las condiciones para reunir a los organismos electorales miembros de UNIORE debido a, entre otros aspectos, dificultades logísticas, restricciones de viajes y protocolos sanitarios.
La Junta Central Electoral (JCE) y el Tribunal Superior Electoral (TSE) de República Dominicana, Organismos Electorales que van a asumir la presidencia y serán los anfitriones de la XV Conferencia Ordinaria, tienen previsto realizarla durante el segundo semestre del presente año de manera presencial, siempre y cuando las condiciones sanitarias lo permitan.
Sin embargo, el Instituto Electoral de México (INE), Organismo Electoral que ostenta la copresidencia de UNIORE, ha propuesto al Comité de Coordinación y Seguimiento, hacer el traspaso de esta presidencia en una reunión extraordinaria virtual, de manera excepcional y por una única vez, de forma anticipada a la realización de la Conferencia Ordinaria.
Debido a lo anterior y con instrucciones del Comité de Coordinación y Seguimiento de UNIORE, la Secretaría Ejecutiva se permite hacer la consulta preliminar sobre la fecha para realizar esta actividad virtual, para la cual se ha propuesto el día viernes 26 de marzo próximo.
Es de nuestro interés conocer, a la brevedad posible, la factibilidad del Organismo Electoral que usted representa de participar en esta fecha, por lo que le agradeceremos su pronta respuesta […]
La Secretaría Ejecutiva se encuentra a su disposición para cualquier consulta relacionada con la organización de esta actividad.".
Se dispone: Indicar al señor Thompson que este Tribunal no tiene objeción a la fecha indicada. ACUERDO FIRME.
B) Invitación para participar de las Elecciones Generales en la República del Perú. Del señor Jorge Luis Salas Arenas, Presidente del Jurado Nacional de Elecciones de la República de Perú, se conoce oficio n.° 95-2021-P/JNE del 25 de febrero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de dirigirme a usted, para expresarle el cordial saludo institucional del Jurado Nacional de Elecciones de la República de Perú con ocasión de llevarse a cabo el proceso de “Elecciones Generales 2021” el domingo 11 de abril del año en curso en nuestro país.
Al respecto, me complace invitarlo a participar, en calidad de observador electoral internacional, a este acontecimiento democrático de carácter nacional, considerando que su presencia será importante como integrante de la Misión de Observación Electoral de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), de la cual es miembro la institución que usted preside. Su participación será fundamental para corroborar la transparencia, honestidad y eficiencia que vienen presentando los organismos electorales en el proceso electoral.
El Jurado Nacional de Elecciones, de manera especial, estará cubriendo los gastos que genere su participación o de quien usted designe en su representación, en lo que respecta a boletos aéreos internacionales, alojamiento, alimentación y traslados internos desde el miércoles 07 hasta el lunes 12 de abril de 2021. Por tal motivo agradeceré a usted se sirva confirmar su participación a más tardar el día 03 de marzo del presente año.
Para confirmar su aceptación a la presente invitación y para cualquier consulta o comunicación, mucho agradecemos comunicarse con la Directora de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de nuestra institución, Mg. María Antonieta Delgado Menéndez vía correo electrónico […]
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarle los sentimientos de mi más alta consideración y estima.".
Se dispone: Agradecer al señor Salas Arenas la cordial invitación que cursa, la cual lamentablemente se declina por recomendaciones médicas. ACUERDO FIRME.
C) Invitación a reunión extraordinaria virtual del Protocolo de Tikal. Del señor José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH-CAPEL), se conoce oficio n.° CA-075-21 del 26 de febrero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Como es de su conocimiento el Tribunal Electoral de Panamá que ostenta actualmente la Presidencia del Protocolo de Tikal, han propuesto realizar una reunión extraordinaria virtual de la Asociación, con el objetivo de intercambiar experiencias regionales en torno a la implementación de medidas para abordar la crisis sanitaria, en el marco de las funciones de los organismos electorales.
Luego de realizar la consulta de fechas y obtener una respuesta positiva de parte de la mayoría de los miembros, a la Secretaría Ejecutiva le complace extenderle la invitación a participar en la reunión virtual que se realizará durante 2 días en el mismo horario, a saber, el 17 y 18 de marzo del presente año, por medio de la plataforma Zoom, según se muestra a continuación:
• Centroamérica: (09:00-11:00 horas)
• Caribe: (11:00-13:00 horas)
• Panamá: (10:00 -12:00 horas)
El tema central de la reunión es “Retos del nuevo escenario internacional ocasionado por la crisis sanitaria, en el desarrollo de los procesos electorales en América Central y el Caribe”. Cada organismo electoral deberá preparar una exposición donde señale los aspectos más importantes de su experiencia, tomando en cuenta los términos de referencia adjuntos a esta nota.
Todos los organismos electorales asistirán los dos días de la reunión, para lo cual designarán un máximo de 3 participantes que les representarán en ambas sesiones (17 y 18 de marzo) y deberán enviar los nombres a la Secretaría Ejecutiva a más tardar el jueves 10 de marzo. La invitación a la reunión virtual de Zoom se enviará el día lunes 15 de marzo a todos los asistentes confirmados.
Para el IIDH-CAPEL en su condición de Secretaría Ejecutiva del Protocolo de Tikal es un gusto contribuir con la construcción de espacios de intercambio e identificación de futura cooperación entre los miembros, esperamos contar con su participación.".
Se dispone: Agradecer al señor Thompson la cordial invitación formulada, la cual será atendida por el señor Hugo Ernesto Picado León, Magistrado, y el señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.
D) Misión de Observación Electoral de las Elecciones de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales en Bolivia. Del señor Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.° SFD/DECO/071 del 1.° de marzo de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de informarle que la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (SG/OEA) se encuentra organizando una Misión de Observación Electoral (MOE/OEA) en Bolivia, en el marco de las Elecciones de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales que se celebrarán el 7 de marzo de 2021.
En este sentido, y con ánimo de continuar la estrecha relación colaborativa entre su institución y la Organización de los Estados Americanos, deseamos extender una invitación al señor Ronald Chacón, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, para participar en calidad de Especialista de Financiamiento Político, durante el período comprendido entre el 3 y el 8 de marzo del año en curso.
Debido a la emergencia sanitaria global, en esta oportunidad no se requerirá que el señor Chacón se traslade a Bolivia. A través de plataformas virtuales, los especialistas de la Misión tendrán oportunidad de dialogar con los principales actores de la elección desde su país origen y analizar integralmente los aspectos técnicos del proceso de manera remota.
Solicitamos respetuosamente se autorice al Señor Chacón a integrar esta Misión de Observación Electoral. Para confirmar su participación o en caso de tener alguna pregunta al respecto, por favor comuníquese con Gerardo Sánchez, Subjefe de la Misión […] quien estará atento a responder cualquier consulta.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- En el marco de cooperación horizontal entre organismos electorales, autorizar la participación del señor Ronald Chacón Badilla, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Solicitud de prórroga del convenio interinstitucional con el Ministerio de Justicia y Paz. De la señora Patricia Chacón Jiménez, Jefa del Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, se conoce oficio n.° DTIC-059-2021 del 11 de febrero de 2021, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención al Convenio Interinstitucional para la Utilización del Servicio de la Plataforma de Servicios Institucional (PSI), suscrito entre el Ministerio de Justicia y Paz y nuestra Institución, se remite digitalmente el oficio Nº MJP-DM-070-2021, del 10 de febrero del año en curso, suscrito por la señora Fiorella Salazar Rojas, en su condición de Ministra de esa entidad, en respuesta al oficio Nº DTIC-033-2021, concerniente a la confirmación de interés para la primera prórroga del convenio de cita, según lo establecido en la cláusula décimo primera del mismo, que permita mantener el servicio de conexión de referencia.".
Se dispone: Manifestar la anuencia de este Tribunal para que opere la respectiva prórroga. Pase al Departamento Legal para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
B) Comunicación respecto de la celebración de asambleas distritales del Partido Liberación Nacional. Del señor Gustavo Viales Villegas, Secretario General del Partido Liberación Nacional, se conoce oficio n.° SGGV-13 del 25 de febrero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención al oficio enviado el día de hoy, me permito manifestar en calidad de Secretario General del Partido Liberación Nacional, que la solicitud de criterio enviada al Tribunal Supremo de Elecciones, sobre el oficio MS-DM-1822-2021, de fecha 24 de febrero 2021 y suscrito por el Dr. Daniel Salas, Ministro de Salud, a través del cual se expone el criterio del Ministerio de Salud sobre la celebración de nuestro proceso electoral interno de renovación de estructuras a celebrarse a partir del 6 de junio del año en curso, está fue aprobado por el Comité Ejecutivo Superior Nacional, en la sesión N° 4-2021. Acuerdo único, celebrada el día de hoy.
Que textualmente indica:
“Artículo Único
Visto el oficio MS-DM-1822-2021, de fecha 24 de febrero 2021 y suscrito por el Dr. Daniel Salas, Ministro de Salud, a través del cual se expone el criterio del Ministerio de Salud sobre la celebración de nuestro proceso electoral interno de renovación de estructuras a celebrarse a partir del 6 de junio del año en curso.
Acuerdo 1
Enviar una solicitud de criterio al Tribunal Supremo de Elecciones, sobre el oficio MSDM-1822-2021 suscrito por el señor Ministro de Salud, Dr. Daniel Salas, así como solicitar una audiencia dada la incertidumbre que dicha situación ha generado y poder ampliar la preocupación sobre el tema. Notifíquese al señor Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones. Sr. Luis Antonio Sobrado, a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y al Departamento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones. Acuerdo Firme.
Agradezco su atención a la presente, así como toda la colaboración que nos pueda brindar en lo planteado.".
De la señora Carmen Geannina Dinarte Romero, Ministra de la Presidencia, se conoce conjuntamente oficio n.° DM-0244-2020 del 25 de febrero de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de saludarle con ocasión de manifestar que, previa conversación y coordinación con el Ministro de Salud el Señor Daniel Salas, nos ponemos a disposición del Tribunal Supremo de Elecciones para generar un espacio de acercamiento técnico con las autoridades de salud, a fin de aportar en la ruta de construcción y trabajo que el TSE realiza de cara a la preparación y ejecución del proceso electoral en el país. Este ofrecimiento se da en un marco de absoluto respeto de la potestad constitucional y las competencias dadas al TSE en todo lo relativo a materia electoral y como parte de la configuración institucional que ha permitido la existencia de cimientos democráticos sólidos. Adicionalmente, se presenta el ofrecimiento como parte de la comprensión de los retos que suponen los efectos continuados de la pandemia COVID-19 en nuestro país y los esfuerzos sanitarios que deben realizarse para mantener bajos niveles de contagio, evitar que se sobrepase la capacidad del sistema de salud y salvar vidas, y avanzar en la cobertura de la campaña nacional de vacunación que está en curso.".
Se dispone: Pasen ambos documentos a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, en adición a lo acordado en el artículo sétimo de la sesión ordinaria n.° 18-2021. ACUERDO FIRME.
C) Comunicación respecto de la celebración de asambleas distritales del Partido Liberación Nacional. De los señores Kattia Rivera Soto, Gustavo Alonso Viales Villegas y Paulina Ramírez Portuguez, Presidenta, Secretario General y Tesorera, respectivamente, del Comité Ejecutivo del Partido Liberación Nacional, se conoce copia del oficio n.° CEPLN-2 del 1.° de marzo de 2021, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal y dirigido al señor Daniel Salas Peraza, Ministro de Salud, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con el respeto acostumbrado, solicitamos se aclare y adicione el oficio MS-DM-1822-2021, esperando que por lo delicado de la materia y las consecuencias gravosas e incapacitantes que cualquier posposición o dilación irrogaría al libre ejercicio de la democracia interna del Partido Liberación Nacional (PLN), y potencialmente, a las elecciones en general, se nos brinde respuesta concreta y completa.
Acudimos a su despacho en representación de un partido que surgió a la vida política defendiendo no solo la sacralidad del sufragio, sino la democracia como único sistema de organización política reconocido y garantizado constitucionalmente.
Con este fundamento histórico, solicitamos la aclaración de los alcances de ese oficio en que usted “considera esta (sic) actividad electoral durante el segundo semestre del 2021 como un potencial y serio propulsor de la pandemia”, y específicamente si se refiere a la actividad en sí misma o a las condiciones en que se realice ésta.
A nuestra preocupación por la confusa expresión anterior se agregan dos frases con las que cierra su oficio: “sería muy poco prudente e incluso temerario por parte de los actores involucrados, proceder con la actividad electoral en las dimensiones previstas en las “distritales” razón por la cual consideramos que las mismas no se deben ejecutar”. Estas categóricas expresiones nos preocupan tras su afirmación de que están “conscientes de que esto afecta los mecanismos usuales del sufragio para la elección de candidatos presidenciales”.
No obstante esta “consciencia”, no pondera su oficio las severas y graves implicaciones desde el punto de vista electoral.
El Partido Liberación Nacional reconoce su deber de proteger en la mayor medida posible la salud y la vida de todas las personas, acoge la importancia de adoptar las medidas de contención que hoy los costarricenses hemos incorporado como resultado de un entrenamiento ciudadano intensivo que, en todo caso, tampoco es obstáculo para los recordatorios puntuales y oportunos de los protocolos que deben seguirse en actividades concurridas.
En consecuencia, no puede entenderse que nuestras actividades soslayen la posibilidad de proteger la salud de las personas, al mismo tiempo que la salud de la democracia.
Hubiese sido lo razonable que su oficio fuese un recordatorio oportuno y constructivo, pero en ausencia de una ponderación adecuada de la situación preferimos suponer que se trata de una confusión que ahora tendrá oportunidad de aclarar.
De tal suerte que, obligados a someter su criterio al juicio de razonabilidad constitucional que sirve de parámetro habilitante a todo acto administrativo, e incluso, estando claros en que lo dispuesto por un ministro es revisable ante su superior en grado e incluso recurrible ante la jurisdicción competente -en este caso el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) en razón de su competencia exclusiva constitucionalmente-, solicitamos que se aclare y adicione su opinión hasta confirmar lo que todos esperamos: que el proceso electoral debe celebrarse sin interrupción ni medidas irrazonables que hagan nugatorio el derecho a la participación política.
Sin perjuicio de nuestro propósito de adoptar los protocolos sanitarios en todas las actividades del Partido, acataremos también las disposiciones del Tribunal Supremo de Elecciones en cuanto a su competencia exclusiva en materia electoral.
Por consiguiente, dado nuestros derechos y propósitos es inaceptable que se califique de “temerario”, o siquiera “poco prudente”, “proceder con la actividad electoral”.
Con fundamento en lo anterior, reiteramos la solicitud para que se aclare y adicione su oficio en el sentido de si conforme al calendario que nos ha sido aprobado por el TSE y los Estatutos de los que tomó nota el Registro Electoral en resolución DGRE-0007-DRPP-2021, aun cumpliendo los protocolos establecidos en todos los recintos e incluso prescindiendo de los tradicionales “toldos” y “guías”, entre otras medidas plausibles que no resultan esenciales al rito electoral, está su ministerio y el gobierno de la República pretendiendo suspender el proceso electoral en ciernes, siendo que cualquier atraso en el calendario afectaría inevitablemente la campaña electoral y las elecciones nacionales como un todo orgánico. Esto, no solo ha de preocupar al resto de partidos políticos, sino a toda la ciudadanía, e incluso, al propio gobierno.
Invocamos como fundamento de nuestra instancia, los artículos 11 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, en relación con el 158 del Código Procesal Civil, los numerales 11, 98 y 102 constitucionales, los ordinales 15, 16, 23, 27, 29 y 30 de la Declaración Americana sobre Derechos Humanos y los artículos 1 al 6, siguientes y concordantes, de la Carta Democrática Interamericana, instrumento internacional, este último, que abre su articulado con una prescripción que invocamos como corolario de la presente solicitud: “Artículo 1.- Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla”, y “Artículo 2.- El ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del estado de derecho y los regímenes constitucionales”. La misma carta dispone de manera coincidente con la idiosincrasia democrática de los costarricenses, el siguiente texto: “Artículo 3.- Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos”.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Pase a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, en adición a lo acordado en el artículo sétimo de la sesión ordinaria n.° 18-2021. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis
Antonio Sobrado González |
|
Eugenia
María Zamora Chavarría |
Max
Alberto Esquivel Faerron |
Luz
de los Ángeles Retana Chinchilla |
Hugo
Ernesto Picado León |