ACTA N.º 4-2020


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del dieciséis de enero de dos mil veinte, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Informe sobre consulta respecto de la responsabilidad disciplinaria de las jefaturas en el trámite de control de asistencia. Del señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo Elecciones, se conoce oficio n.° SETSE-003-2020 del 10 de enero de 2020, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual atiende la audiencia conferida en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 120-2019 del 19 de diciembre de 2019, en relación con la reforma a los artículos 17 bis, 20, 23 y adición de los artículos 22 bis y 22 ter del Reglamento Autónomo  de Servicios del TSE, con el fin de establecer la responsabilidad disciplinaria de las jefaturas en el trámite de control de asistencia.

De los señores Claudio Cordero Aguilar e Ilenia Linoa Ortiz Ceciliano, Secretario General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, se conoce conjuntamente oficio n.° UNEC-002-2020 del 13 de enero de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual solicitan se conceda una prórroga del plazo por otro tanto para atender la audiencia referida.

Se dispone: Otorgar la prórroga solicitada por la UNEC y reservar el conocimiento de las observaciones planteadas por el SETSE para ser conocidas una vez contestada la audiencia por parte de la primera. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Resolución que declara sin lugar acción de inconstitucionalidad contra el artículo 288 del Código Electoral y otros. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce resolución n.° 2019008678 de las doce horas y quince minutos del quince de mayo de dos mil diecinueve, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de enero de 2020, mediante la cual se declara sin lugar acción de inconstitucionalidad contra el artículo 288 del Código Electoral y actuaciones e interpretaciones jurídicas que sirvieron de sustento a resolución de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos.

Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de los señores Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor del Departamento Civil, así como de la Unidad de Letrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Sustitución por vacaciones del señor Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González. El señor Magistrado Presidente Sobrado González, solicita verbalmente se le conceda el disfrute de vacaciones durante los días 1.° al 3 de abril de 2020, ambos días inclusive.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado suplente Hugo Ernesto Picado León. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2020.

A) Autorización para utilización de locales como centros de votación. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-63-2020 del 14 de enero de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-040-2020 de fecha 11 de enero de 2020, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección la nota suscrita por el señor Saúl Gerardo Cárdenas Vásquez, presidente de la junta cantonal del cantón de Nicoya de la provincia de Guanacaste, mediante la cual solicita la aprobación del uso del salón comunal Maquenco para instalar la junta receptora de votos n.° 4244 correspondiente al distrito electoral de Maquenco.

Cabe destacar que en elecciones anteriores ya se ha utilizado este salón comunal como centro de votación, para lo cual se cuenta con la anuencia del secretario de la Asociación de Desarrollo Integral de Maquenco, señor José Elías Jirón Caravaca, para utilizar sus instalaciones en las elecciones del 2 de febrero del año en curso.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la utilización del salón comunal Maquenco como centro de votación, por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a la Contraloría Electoral, así como a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web de este organismo electoral.".

Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce conjuntamente oficio n.° DGRE-65-2020 del 14 de enero de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-041-2020 de fecha 11 de enero de 2020, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección la nota suscrita por el señor Saúl Gerardo Cárdenas Vásquez, presidente de la junta cantonal del cantón de Nicoya de la provincia de Guanacaste, mediante la cual solicita la aprobación de la iglesia católica de Matina para instalar la junta receptora de votos n.° 4198 del distrito electoral de Matina.

Cabe destacar que en las elecciones anteriores ya se ha utilizado esta iglesia católica como centro de votación, para lo cual se cuenta con la anuencia de la encargada del Comité de la Iglesia de Matina y el cura parroco [sic], señora Leida Cruz Moreno y Elmer Garcia [sic], respectivamente, para utilizar sus instalaciones en las elecciones del 2 de febrero del año en curso-

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la utilización de la iglesia católica de Matina como centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a la Contraloría Electoral, así como a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web de este organismo electoral.".

Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce conjuntamente oficio n.° DGRE-60-2020 del 14 de enero de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-039-2020 de fecha 11 de enero de 2020, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección nota suscrita por el señor Saúl Gerardo Cárdenas Vásquez, presidente de la junta cantonal de Nicoya de la provincia de Guanacaste, mediante la que solicita la aprobación del uso del salón comunal Puerto Humo para instalar la junta receptora de votos n.° 4209 del distrito electoral de Puerto Humo.

Cabe destacar que desde las elecciones pasadas se ha utilizado este salón comunal como centro de votación, para lo cual se cuenta con la anuencia del presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Puerto Humo, señor Douglas Carrera Matarrita, para utilizar sus instalaciones en las próximas elecciones.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse el uso del salón comunal Puerto Humo como centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a la Contraloría Electoral, así como a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita en cada caso. ACUERDO FIRME.

B) Autorización para traslado de juntas receptoras. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-61-2020 del 14 de enero de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio PAE-035-2019 de fecha 10 de enero de 2020, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección, nota suscrita por el señor Juan Carlos Cordero Oviedo, presidente de la junta cantonal del cantón Central de la provincia de San José, solicitando trasladar las  juntas receptoras de votos que se instalarían en el salón comunal Luna Park a la Dirección General de Educación Vial, albergando en su totalidad de la junta n.° 327 a la n.°332. Cabe mencionar que en elecciones anteriores las juntas se repartían entre la Dirección General de Educación Vial y el salón comunal Luna Park.

Sobre el particular, cabe indicar que se cuenta con la autorización del Licenciado Brian Francisco Valverde Arias, sub jefe del Departamento Administrativo de la Dirección General de Educación Vial, para que se utilicen las aulas de esa Dirección.

Con base en lo expuesto, esta Dirección procedió a verificar mediante el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) lo siguiente:

1.-  De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que las instalaciones de la Dirección General de Educación Vial y el salón comunal Luna Park, se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.

2.- Que la distancia existente entre la Dirección General de Educación Vial al salón comunal Luna Park es de aproximadamente 100 metros.

Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito elevar lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que este organismo electoral autorice lo siguiente:

1.- Trasladar las juntas receptoras de votos n.° 327 a la n.°332 ubicadas en la Dirección General de Educación Vial y el salón comunal Luna Park a la Dirección General de Educación Vial, que se encuentran en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de San José.

2.- Que se establezca a la Dirección General de Educación Vial como el centro de votación asignado al distrito electoral Paso Ancho Norte, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 101011024.

En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda al programa electoral de Asesores Electorales, al Sistema de Información 1020 y, al Cuerpo Nacional de Delegados, a la Contraloría Electoral, así como a todos los partidos políticos que participan en este proceso, asimismo que se actualice la información en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

C) Designación de la Jefatura y Subjefatura de la Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos. Del señor Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.° SFD/DECO-025/2020 del 15 de enero de 2020, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me dirijo a usted en relación a la Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos (MOE/OEA) para las próximas Elecciones Municipales a celebrarse el 2 de febrero de 2020 en Costa Rica.

Sobre el particular, me es grato comunicarle que el Secretario General de la OEA, Señor Luis Almagro, ha designado como Jefe de Misión al Señor Juan Carlos Galindo Vácha, Ex Registrador Nacional del Estado Civil de Colombia durante el periodo 2015 a 2019.

El Señor Juan Carlos Galindo Vácha es abogado egresado de la Pontificia Universidad Javieriana y cuenta con maestría en Derecho y Economía de Seguros de la Universidad Católica de Lovaina (Bélgica). Fue Magistrado de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y Procurador Delegado del Consejo de Estado. Fue Registrador Nacional del Estado Civil provisional en el 2007 y desarrolló el programa de Control Fiscal Electoral para la Contraloría General de la República en el 2011.

Igualmente, tengo a bien informarle que el Sr. Daniel Tovar, funcionario del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la OEA, será quien lo acompañe como Subjefe de Misión.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para expresarle el testimonio de mi más alta estima y distinguida consideración.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor De Icaza la cordial comunicación que cursa y hacer de su conocimiento, así como del de los estimables señores Galindo Vácha y Tovar, que estos organismos electorales dispensarán todas las facilidades que requieran para el cabal cumplimiento de su objetivo. Tomen nota para lo de sus cargos la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y los Departamentos de Comunicaciones y Relaciones Públicas y Legal. ACUERDO FIRME.

D) Invitación a la Misión de Observación de las Elecciones Municipales 2020. Del señor José Thompson J., Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, se conoce oficio n.° CA 049-20 del 13 de enero de 2020, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El IIDH/CAPEL, en su condición de Secretaría Ejecutiva de la Unión Interamericana de Organismos Electorales y del Protocolo de Tikal, en la mejor disposición de colaborar con el Organismo Electoral que usted preside en el marco de las Elecciones Municipales de Costa Rica, a celebrarse el próximo 2 de febrero de 2020, nos permitimos respetuosamente sugerir la invitación a la Misión de Observación Internacional al Sr. Walter Vélez Martínez, Contralor Electoral de Puerto Rico por que como es de su conocimiento, en el marco de la XXXIII Conferencia de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe, que tuvo lugar en año 2019 en la Ciudad de Panamá, se adoptó el acuerdo sobre el ingreso de la Oficina del Contralor Electoral de Puerto Rico.

“Admitir la Oficina del Contralor Electoral de Puerto Rico como miembro del Protocolo de Tikal y brindarle a este organismo la más cordial bienvenida en la persona de su Contralor Electoral, el señor Walter Vélez Martínez”. Acuerdo No.16, XXXIII Conferencia [sic]

Asimismo, sugerir la invitación al Sr. Felipe Fuentes Barrera, Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México. Lo anterior, tomando en cuenta que la Junta Central Electoral de República Dominicana no podrá asistir y quedan esos espacios de participación.

Agradeciéndole de antemano por su atención, le hago llegar mis mejores saludos.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Manifestar al estimable señor Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos que este Tribunal no encuentra inconveniente para girar invitación al también estimable señor Vélez Martínez para que participe de la Misión de Observación de las Elecciones Municipales 2020, lo que se ordena hacer. En lo que respecta al señor Fuentes Barrera, informarle que el señor Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México ha sido invitado oportunamente por estos organismos con ese mismo fin. Por último, manifestar al señor Thompson que, de acuerdo con las pautas ya establecidas al efecto, solo es posible reconocer los gastos de traslado internacional y de alimentación a los funcionarios que resulten ser miembros del Protocolo de Tikal. Tome nota el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. ACUERDO FIRME.

E) Autorización para Delegados Electorales del Tribunal Electoral de la República de Panamá. Del señor Sergio Donato Calderón, Jefe Nacional del Cuerpo Nacional de Delegados, se conoce oficio n.° CND-053-2020 del 16 de enero de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Por este medio me permito saludarle y a la vez transmitirle la atenta solicitud formulada por el Ingeniero Fausto Fernández, presidente de los Delegados Electorales del Tribunal Electoral de la República de Panamá, en el sentido de mostrarse interesados en participar en las próximas elecciones municipales a celebrarse el domingo 02 de febrero de 2020 y a título de observadores internacionales.

El grupo de Delegados está integrado por once personas, encabezadas por el Ing. Fernández, todas las cuales asumirían todos los costos de traslado y estadía en el país. Se plantea como una posibilidad la participación de ellos en las actividades académicas y en los recorridos de observación, todo lo cual se valorará previamente a ese día.

A nombre del Cuerpo Nacional de Delegados del Tribunal Supremo de Elecciones, se ve con sumo agrado la presencia de nuestros colegas, lo cual nos permite, además, fortalecer los lazos de cooperación y amistad fraternal que nos unen.

Esperando el beneplácito del Tribunal que dignamente usted preside, de usted quedo, cordialmente.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar conforme se solicita. Tome nota para lo de su cargo el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Publicas. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Luz de los Ángeles Retana Chinchilla





Luis Diego Brenes Villalobos