ACTA N.º 10-2020
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del cuatro de febrero de dos mil veinte, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y solemne inmediatas anteriores.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.
A) Comunicado de vacaciones y disponibilidad para ejercicio de magistratura. Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado de este Tribunal, se conoce memorial del 30 de enero de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciban un saludo cordial. Mediante la presente me permito comunicarles que, en mi calidad de Secretario Académico del IFED, se me han aprobado vacaciones del 4 de mayo del 2020 y hasta el 31 de julio del 2020. La justificación de los días tomados obedece a dos razones: 1) haber superado el límite de dos periodos de disfrute de vacaciones; y, 2) futuro reconocimiento de días de licencia por nacimiento de mi hija.
Al respecto, y en tanto la solicitud de vacaciones lo es respecto de mi plaza como Secretario Académico, aclaro que en mi condición de Magistrado Suplente del Tribunal Supremo de Elecciones me mantengo en disponibilidad y atento a las designaciones que, incluso durante ese periodo de vacaciones, deba asumir. De esta suerte, solicito se mantenga mi nombre para los sorteos de sustituciones que eventualmente se presenten, incluyendo las tareas que además deba ejercer como integrante de la Sección Especializada o en tribunales ad hoc, o bien respecto de cualquier otra representación que del Tribunal se estime necesaria. En caso de concretarse futuras designaciones como Magistrado Propietario, consecuentemente se suspenderían las vacaciones por los días del respectivo nombramiento.".
Se dispone: Tomar nota, como al efecto lo hará la Secretaría General de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Brenes Villalobos.
B) Renuncia de la funcionaria Migde Reyes Pérez del Departamento de Programas Electorales. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0273-2020 del 30 de enero de 2020, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, se remite nota sin número de fecha 27 de enero de 2020, suscrita por la funcionaria Migde Reyes Pérez, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo por los motivos que se sirve exponer. Dicha funcionaria ocupa un puesto de Asistente Administrativo 1, clase Asistente Administrativo 1 -SU-, destacada en el Departamento de Programas Electorales, labora para la institución desde el 24 de enero de 2020 y solicita que la separación de su cargo sea efectiva a partir del día 27 de enero de 2020, siendo este su último día laboral.
Cabe destacar que en oficio STSE-0134-2020 de fecha 23 de enero de 2020, el Superior aprobó el nombramiento de la señora Reyes Pérez por el periodo comprendido entre el 24 de enero y el 15 de abril de 2020 (línea 17).
Con respecto a la aplicación del artículo 28 del Código de Trabajo sobre el preaviso de ley, el mismo sería innecesario ya que mediante oficio DPE-0040-2020 del 29 de enero de 2020, suscrito por la Licda. Alejandra Peraza Retana, jefa del Departamento de Programas Electorales, manifiesta que: “Con respecto a la renuncia de la funcionaria Migde Reyes Pérez quien ocupaba la plaza 378088 de clase Asistente Administrativo 1, bajo modalidad de salario único y presentada el día 27 de enero de 2020, me permito comunicar que dicha renuncia no representa ningún perjuicio a la Administración y cabe indicar que a la brevedad se procederá a sustituirle.”
Así las cosas, salvo superior criterio, bien puede aprobarse la renuncia a partir de la fecha solicitada por la señora Reyes Pérez.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Reyes Pérez. ACUERDO FIRME.
C) Consulta de resolución de traslado temporal de plaza. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta resolución n.° 0013-STSE-2020 de las trece horas y treinta minutos del treinta de enero de dos mil veinte, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El suscrito Secretario General del Tribunal Supremo de Elecciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 15 y 16 de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y 37 de su respectivo reglamento, dispongo efectuar el traslado temporal de plaza, a partir del primero de febrero de 2020 y por el plazo de un mes, considerándolo oportuno para un mejor servicio público:
Oficina a la que se traslada |
Clase |
Puesto |
Número de puesto |
Funcionario |
Secretaría General del TSE |
Asistente Funcional 2 |
Digitador |
370771 |
José Fabián Castro Brenes |
Consúltese al Superior.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
D) Encargo y recargo de funciones del señor Contralor de Servicios. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0223-2020 del 3 de febrero de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo y recargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituye |
Período |
Tipo |
Contraloría de Servicios |
Max Solórzano Alvarado |
Farid Ovares Soto |
17 de febrero de 2020 |
Encargo de funciones |
Del 24 de febrero al 6 de marzo |
Recargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar el encargo y recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Informe semestral sobre las disposiciones e instrucciones giradas en los informes emitidos por la Contraloría General de la República y sentencias dictadas en sede judicial. Del señor Héctor Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-029-2020 del 28 de enero de 2020, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 31 de enero de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 07-2020, celebrada el 28 de enero de 2020 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos –quien preside–; Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a.i. del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Secretario General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, que dice:
«Del señor Luis Sáenz Venegas, Coordinador Unidad de Control Interno, se conoce oficio DE-0246-2020 del 23 de enero de 2020, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite informe semestral sobre las disposiciones e instrucciones giradas en los informes emitidos por la Contraloría General de la República y sentencias dictadas en Sede Judicial, durante el segundo semestre del 2019.
Se dispone: 1.- Tener por rendido el informe. 2.- Hágase de conocimiento del Superior. ACUERDO FIRME.».".
Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.
A) Acta n.° 95 de la Comisión de Asuntos Culturales. Solicitud de nombramiento de nuevos miembros de la Comisión. Del señor Gustavo Fitoria Mora, de la Comisión de Asuntos Culturales, se conoce oficio n.° CAC-02-2020 del 29 de enero de 2020, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión Ordinaria N° 028-2009, celebrada el diecisiete de marzo del citado año y comunicado mediante Circular STSE-0015-2009, de misma fecha; le adjunto el acta número 95-2019, correspondiente a la última sesión de la Comisión de Asuntos Culturales realizada el pasado jueves 23 de los corrientes.
Asimismo, por su digno medio hacemos de conocimiento del Superior lo acordado en el artículo quinto, lo que a la letra señala:
ARTÍCULO QUINTO. – Producto de la salida del señor José Francisco Rodríguez Siles, esta Comisión se plantea la conveniencia de integrar nuevos miembros y para lo cual se sugieren algunos nombres.
Se acuerda: Aprobar la incorporación de la señora Katherine Boulak Vargas y del señor Javier Castro Lee, quienes han manifestado su anuencia y deseo de colaborar con esta Comisión.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe respecto de la donación de dos motocicletas. Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0243-2020 del 22 de enero de 2020, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 24 de enero de 2020, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio DL-0316-2019, recibido en este despacho el 13 de junio pasado, el Departamento Legal remite el proyecto de acuerdo de donación de dos motocicletas marca Suzuki propiedad del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), documento que es firmado por el señor Milton Moreno quien ostenta la representación legal de la organización.
Ante dicho ofrecimiento, este despacho procedió de conformidad con lo dispuesto en el “Reglamento de Administración de Bienes Muebles del Tribunal Supremo de Elecciones” –en lo sucesivo el reglamento interno-, en lo concerniente al alta de bienes muebles a título de donación.
Por consiguiente, de acuerdo con los requisitos previstos en el artículo 23 del referido cuerpo legal, me permito manifestar lo siguiente.
1. Sobre la conveniencia de recibir los bienes sugeridos en donación.
Lo primero que debemos indicar, es que las dos motocicletas desde el año 2015 fueron otorgadas a esta institución en calidad de préstamo como parte del “Convenio Marco de Cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y el Alto Comisionado de las Naciones Unidad para los Refugiados”, suscrito el 11 de febrero de 2013, para fortalecer acciones o mecanismos que ayuden a la atención de personas que se encuentren en riesgo de apátrida dentro del territorio nacional.
En virtud de que ha sido la Dirección General del Registro Civil la que ha realizado un trabajo en conjunto con el ACNUR en proyectos considerados con fines humanitarios, se le consultó a ese despacho por medio del oficio n.° DE-1702-2019 sobre la conveniencia de la donación de los bienes, recibiendo respuesta del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a.i., en oficio n.° DGRC-0607-2019 en el cual manifiesta en lo que interesa concluyó lo siguiente: (…) esta Dirección General considera que, ante la necesidad imperante de continuar fortaleciendo las iniciativas tendientes a ampliar la cobertura y accesibilidad de los servicios registrales, con un enfoque de priorización para personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, es de suma importancia para la institución concretar la adquisición de las 2 motocicletas (…)
Manifestó el señor Chinchilla Mora, que contar con las dos motocicletas en forma permanente a través de la donación, resulta de vital importancia para seguir fortaleciendo proyectos que ha venido desarrollando la Institución como: “Chiriticos”, “Frontera Norte”, “Regionalización en Oficinas Regionales” y “Puntos Fijos en Servicios Regionalizados”, así como el modelo de atención diferenciada para la prevención de la apátrida en zonas indígenas y fronterizas que se estableció en el año 2018; los cuales obedecen a las acciones adoptadas por el Registro Civil en aras de la protección a los derechos humanos de las personas y continuar apoyando los esfuerzos que la comunidad internacional ha venido ejerciendo con el propósito de lograr una reducción de personas apátridas en el mundo.
2. Capacidad jurídica de ACNUR para donar.
Por memorial n. ° DE-3153-2019, se requirió al Departamento Legal, determinar la capacidad del donante. En atención a lo requerido mediante oficio n. ° DL-694-2019 del pasado 1° de noviembre, el referido departamento se pronunció con respecto a lo solicitado, determinando en su análisis que, (…) el representante para Costa Rica, de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) es el funcionario que goza de capacidad para donar las motocicletas, condición que ha de ser acreditada de manera formal, mediante la documentación correspondiente y que debe constar en el trámite (…).
Consta en documento n.° DP-IP-2172-2019 suscrito por la señora Paula María Coto Ramírez, Jefa del Departamento de Inmunidades y Privilegios de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que el señor Milton Alfonso Moreno cuenta desde el 6 de diciembre de 2018, con las acreditaciones oficiales ante el Gobierno de Costa Rica como representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), por consiguiente con la capacidad jurídica para donar.
3. Estimación económica.
La estimación económica fue solicitada a la Proveeduría institucional en oficio n. ° DE-1758-2019. Seguidamente, en memorial n.° PROV-0578-2019, el señor Allan Herrera Herrera, Proveedor, remitió el avalúo administrativo n.° Av. Adm. C-084-2019 (Exp. ATC-SVAT-PAVA-5964-2019) de las dos motocicletas, realizado el pasado 10 de diciembre por la oficina de Administración Tributaria de Cartago del Ministerio de Hacienda.
VEHÍCULO |
MODELO |
ESTILO |
CHASIS # |
VALOR |
Motocicleta n.° 1 |
2015 |
DR200 |
SH42A-134010 |
¢1.590.000.00 |
Motocicleta n.° 2 |
2015 |
DR200 |
SH42A-134011 |
¢1.590.000.00 |
4. Escritura Pública.
Por referirse a bienes inscribibles se debe proceder de acuerdo con lo estipulado en el inciso h) del artículo 23 del Reglamento de Administración de Bienes Muebles, que dispone:
“h) En cado (SIC) de requerirse escritura pública para inscribir un bien mueble, el Secretario del Tribunal remitirá el expediente administrativo levantado al efecto, a la Notaría del Estado, a fin de que se proceda de conformidad.”
5. Sobre los incisos f), g) del artículo 23 del Reglamento de Administración de Bienes Muebles.
Dichos apartados prescriben lo siguiente:
f) En el caso de obras de arte, se deberá cumplir previamente el procedimiento establecido en el Reglamento de Adquisición de Obras de Arte por parte de Instituciones Estatales, N° 29479-C del 17 de mayo del 2001 y sus reformas, u otra relacionada.
g) En caso de donación internacional y una vez aceptada, la Proveeduría deberá gestionar la exoneración de tributos, ante el ente respectivo.
De la lectura de dichos artículos no son de aplicación a esta donación por no referirse a obras de arte y no corresponde a una donación internacional.
6. Recomendación.
Habida cuenta, satisfechos los requisitos previstos en el citado artículo 23 esta Dirección Ejecutiva recomienda al Tribunal que se suscriba el “Acuerdo en el traslado de propiedad de recursos de el [sic] ACNUR”, en el que se indica que se traslada la propiedad de los bienes; asimismo, que se realicen los trámites respectivos ante la Notaría del Estado para que los bienes pasen a integrar formalmente el patrimonio institucional; toda vez que, desde el año 2015 se dispone de las motocicletas en calidad de préstamo las cuales han permitido ofrecer una mayor accesibilidad a los servicios registrales en zonas vulnerables.
Por su intermedio, me permito elevar este asunto a conocimiento de las señoras y señores Magistrados.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Tome nota para lo de su cargo el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Acciones pendientes derivadas del estudio administrativo integral MRC-5 (A) “Estudio Administrativo Integral de las 32 Oficinas Regionales”. Del señor Carlos Alberto Murillo Montoya, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0317-2020 del 30 de enero de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a parte de las recomendaciones del informe Técnico MRC-5(A) Estudio Administrativo Integral de las 32 Oficinas Regionales del TSE- Mejoras en el Registro Civil 2da Etapa y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomienda:
"Realizadas las gestiones que se han descrito, las que contemplan la posición técnica del Departamento de Recursos Humanos, procede plantear al Superior las siguientes recomendaciones, las que cabe señalar, contribuirán con la consolidación de la estructura ocupacional de las 32 Oficinas Regionales, específicamente de la Oficina Regional de Pococí en un tema de imperativa atención, como lo es el de la gestión documental.
4 Recomendaciones
4.1 Aprobar la transformación del puesto 97655 como Asistente en Gestión Documental y Apoyo Logístico, en la clase Asistente Funcional 2, con rige a partir del 16 de febrero del 2020. El Departamento de Recursos Humanos y la Secretaría General del TSE prepararán el proyecto de resolución correspondiente, a efectos de que se remita a la Dirección General de Presupuesto Nacional para que se le brinde contenido económico, con base en la coletilla presupuestaria 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” con cargo al subprograma presupuestario 850-01 “Tribunal Supremo de Elecciones”.
4.2 Aprobar el traslado definitivo de la plaza 97655, actualmente vacante, de la Sección del Archivo del Registro Civil a la Oficina Regional de Pococí, esto a partir del 16 de febrero del 2020.
4.3 Que la Dirección Ejecutiva tome nota para efectos de la actualización de la Relación de Puestos del TSE de cada ejercicio económico, según corresponda. Asimismo, la Dirección General del Registro Civil y el Departamento de Coordinación de Servicios Regionales en lo de su competencia.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Respuesta a solicitud de inclusión en estudio. De los señores Claudio Cordero Aguilar, Secretario General y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General Adjunta, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-03-2020 del 21 de enero de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refieren a la solicitud del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), para que se les incluya en los estudios de mejoras del Registro Civil y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluyen:
"En punto al tema, damos por cumplida la audiencia conferida, encomiando al Superior a velar porque se dé estricto cumplimiento a lo estipulado por la Organización Internacional de Trabajo y nuestro Código de Trabajo, en materia Sindical y en ese tanto, en lo que resta del proyecto impulsado por la UNEC “Mejoras en el Registro Civil”, se mantengan las condiciones actuales.".
Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Calendario mensual para el uso de licencia sindical para el mes de febrero. Del señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-014-2020 del 31 de enero de 2020, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en el acuerdo tomado por el Superior en sesión ordinaria N° 3-2019 del 8 de enero de 2019, referida al otorgamiento de una licencia sindical permanente los días miércoles de cada semana para dos miembros de la Junta Directiva de este Sindicato, me permito adjuntar la calendarización y el listado de los integrantes de este grupo sindical que tomarán la referida licencia durante el mes de febrero.
DIA |
NOMBRE |
OFICINA |
5 febrero |
Reinaldo González Zúñiga |
Financiamiento de Partidos Políticos |
Rui López González |
Financiamiento de Partidos Políticos |
|
12 febrero |
Reinaldo González Zúñiga |
Financiamiento de Partidos Políticos |
Rui López González |
Financiamiento de Partidos Políticos |
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19 febrero |
Reinaldo González Zúñiga |
Financiamiento de Partidos Políticos |
Rui López González |
Financiamiento de Partidos Políticos |
|
26 febrero |
Reinaldo González Zúñiga |
Financiamiento de Partidos Políticos |
Rui López González |
Financiamiento de Partidos Políticos |
Ruego informar lo pertinente a la respectiva jefatura.
No se omite indicar que este grupo sindical se encuentra en la mejor disposición de atender cualquier inquietud que se presente respecto de lo planteado en este oficio, en todo caso para lo que se estime pertinente, queda a su disposición el correo electrónico del sindicato: […]".
Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Tome nota el Departamento de Recursos Humanos, así como la jefatura inmediata de los funcionarios indicados. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud respecto de propuestas de nombramientos en propiedad. De las señoras Arlene Castro Jiménez e Ilenia Linoa Ortiz Ceciliano, Secretaria General Adjunta y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-005-2020 del 31 de enero de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación al acuerdo tomado en la sesión n° 118-2019, del 17 de diciembre de 2019, en el cual se dispone: “… De igual forma, el Departamento de Recursos Humanos, en conjunto con la Secretaría General de este Tribunal, la Dirección General del Registro Civil y el Departamento Legal, en el plazo de un mes, deberán proceder con la respectiva comprobación de idoneidad y verificación del cumplimiento de requisitos a que hace mención el Departamento Legal en su informe; posterior a lo cual, se procederá remitir en definitiva las propuestas de nombramientos a este Tribunal…” y habiéndose cumplido el plazo definido por esa Magistratura, siendo que la gestión que da origen al mismo, es una iniciativa formulada por la UNEC (oficio UNEC-78-2019 del 12/12/2019), solicitamos conocer, lo resuelto al respecto.".
Se dispone: En el improrrogable plazo de tres días hábiles, procedan a informar a este Tribunal lo correspondiente los señores Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal y Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Resolución que declara sin lugar recurso de amparo contra el Tribunal Supremo de Elecciones. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación relativa a la resolución n.° 2020001468 de las nueve horas y veinte minutos del veinticuatro de enero de dos mil veinte, recibida –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal el 30 de enero de 2020, mediante el cual declara sin lugar recurso de amparo planteado por el señor Carlos Eduardo Moraga Gatgens en contra de este Tribunal.
Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y de los Departamentos Legal y de Programas Electorales. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2020.
A) Conclusión de actividades del Programa Electoral Transmisión de Datos. De la señora Marianela Arguedas Hernández, Encargada del Programa Electoral Transmisión de Datos, se conoce oficio n.° PTD-028-2020 del 3 de febrero de 2020, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De acuerdo a lo usual posterior a cada proceso electoral o consultivo, el Programa Transmisión de Datos finalizó su jornada al ser el mediodía de 3 de febrero de 2020. Al momento de terminar su quehacer, se tenía un total de 12 (doce) cortes con los resultados provisionales para las elecciones de Alcaldías y Regidurías. Conviene señalar que el último corte; corresponde a las 12:00:17 del día en cita.
Asimismo, producto de la labor logística y técnica realizada se logró capturar un total de 5716 juntas para la elección de Alcaldías, número que representan un 99.32% del total de la JRV del país; de las cuales 5433 (94.40%) fueron procesadas, 283 (4.91%) quedaron en estado de revisión y 39 juntas (0.67%) en estado faltante. En el caso de la elección de Regidurías, se capturaron 5700 juntas lo que corresponde a un 99.04%; de las cuales 5361 (93.1%) fueron procesadas, 339 (5.89%) quedaron en estado de revisión y 55 (0.95%) faltantes.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tomar nota. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
|
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla |
Luis Diego Brenes Villalobos |