ACTA N.º 95-2019


Sesión solemne celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y diez minutos del dos de octubre de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos, acompañados en la mesa principal por el señor Presidente de la República, Carlos Andrés Alvarado Quesada, y el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz Castro, y en presencia de altos personeros del Gobierno de la República, del Cuerpo Diplomático acreditado en el país, de representantes de los partidos políticos inscritos y demás público invitado.


ARTÍCULO PRIMERO.- El señor Magistrado Presidente Sobrado González procede a abrir la sesión solemne de Convocatoria a Elecciones Municipales 2020.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, procede a dar lectura al Decreto n.° 19-2019, que literalmente dice:

"N.° 19-2019        

EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES,

De conformidad con lo establecido en los artículos 9, 99, 102 inciso 1), 169, 171, 172 de la Constitución Política; 52 inciso k), 147, 148, 150, 151, 166, 201, 202, 203, 204 y 205 del Código Electoral; 12, 14, 21, 54 y 55 del Código Municipal; y 6 y 7 de la Ley General de Concejos Municipales de Distrito,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se convoca a los ciudadanos inscritos como electores en el Departamento Electoral del Registro Civil para que, ejerciendo el derecho fundamental al sufragio en votación DIRECTA y SECRETA, concurran a las respectivas juntas receptoras de votos el día domingo dos de febrero de dos mil veinte, a fin de que procedan a elegir alcaldes, vicealcaldes primeros y segundos, regidores propietarios y suplentes, síndicos propietarios y suplentes, miembros propietarios y suplentes de los concejos de distrito, miembros propietarios y suplentes de los concejos municipales de distrito en los lugares que corresponda, así como a sus intendentes y viceintendentes, para el período constitucional y legal comprendido entre el primero de mayo de dos mil veinte y el treinta de abril de dos mil veinticuatro. Las elecciones se efectuarán en todo el territorio nacional, desde las seis hasta las dieciocho horas de ese día, ininterrumpidamente, según lo establece el artículo 166 del Código Electoral.

ARTÍCULO SEGUNDO.- De conformidad con lo que establece el artículo 14 del Código Municipal, para cada una de las ochenta y dos municipalidades del país se elegirán un alcalde, un vicealcalde primero y un vicealcalde segundo.

ARTÍCULO TERCERO.- En observancia de los artículos 171 de la Constitución Política y 21 del Código Municipal, de acuerdo con la proyección de población por cantones elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, comunicada a este Tribunal mediante oficio n.° INEC-GE-136-2019 del siete de marzo de dos mil diecinueve, y según lo que dispusiera este Tribunal en su decreto n.° 07-2019 del veintiuno de marzo de dos mil diecinueve, publicado en La Gaceta n.° 63 del veintinueve de marzo de dos mil diecinueve, se elegirán regidores propietarios en cada cantón e igual número de suplentes de conformidad con el siguiente detalle:

CANTIDAD DE REGIDORES A ELEGIR POR CANTÓN

PROVINCIA DE SAN JOSÉ

CANTÓN

CANTIDAD

San José

11 (once)

Escazú

7 (siete)

Desamparados

11 (once)

Puriscal

5 (cinco)

Tarrazú

5 (cinco)

Aserrí

7 (siete)

Mora

5 (cinco)

Goicoechea

9 (nueve)

Santa Ana

7 (siete)

Alajuelita

7 (siete)

Vázquez de Coronado

7 (siete)

Acosta

5 (cinco)

Tibás

7 (siete)

Moravia

7 (siete)

Montes de Oca

7 (siete)

Turrubares

5 (cinco)

Dota

5 (cinco)

Curridabat

7 (siete)

Pérez Zeledón

9 (nueve)

León Cortés

5 (cinco)

PROVINCIA DE ALAJUELA

Alajuela

11 (once)

San Ramón

7 (siete)

Grecia

7 (siete)

San Mateo

5 (cinco)

Atenas

5 (cinco)

Naranjo

5 (cinco)

Palmares

5 (cinco)

Poás

5 (cinco)

Orotina

5 (cinco)

San Carlos

9 (nueve)

Zarcero

5 (cinco)

Sarchí

5 (cinco)

Upala

7 (siete)

Los Chiles

5 (cinco)

Guatuso

5 (cinco)

Río Cuarto

5 (cinco)

PROVINCIA DE CARTAGO

Cartago

9 (nueve)

Paraíso

7 (siete)

La Unión

9 (nueve)

Jiménez

5 (cinco)

Turrialba

7 (siete)

Alvarado

5 (cinco)

Oreamuno

5 (cinco)

El Guarco

5 (cinco)

PROVINCIA DE HEREDIA

Heredia

9 (nueve)

Barva

5 (cinco)

Santo Domingo

5 (cinco)

Santa Bárbara

5 (cinco)

San Rafael

7 (siete)

San Isidro

5 (cinco)

Belén

5 (cinco)

Flores

5 (cinco)

San Pablo

5 (cinco)

Sarapiquí

7 (siete)

PROVINCIA DE GUANACASTE

Liberia

7 (siete)

Nicoya

7 (siete)

Santa Cruz

7 (siete)

Bagaces

5 (cinco)

Carrillo

5 (cinco)

Cañas

5 (cinco)

Abangares

5 (cinco)

Tilarán

5 (cinco)

Nandayure

5 (cinco)

La Cruz

5 (cinco)

Hojancha

5 (cinco)

PROVINCIA DE PUNTARENAS

Puntarenas

9 (nueve)

Esparza

5 (cinco)

Buenos Aires

7 (siete)

Montes de Oro

5 (cinco)

Osa

5 (cinco)

Quepos

5 (cinco)

Golfito

5 (cinco)

Coto Brus

5 (cinco)

Parrita

5 (cinco)

Corredores

7 (siete)

Garabito

5 (cinco)

PROVINCIA DE LIMÓN

Limón

7 (siete)

Pococí

9 (nueve)

Siquirres

7 (siete)

Talamanca

5 (cinco)

Matina

5 (cinco)

Guácimo

7 (siete)


ARTÍCULO CUARTO.- Se elegirán, además, en cuatrocientos ochenta y siete distritos de la División Territorial Administrativa, un síndico propietario y un síndico suplente. Asimismo, para los distritos administrativos de Cervantes, Cóbano, Colorado, Lepanto, Monteverde, Paquera, Peñas Blancas y Tucurrique se elegirán, además, en cada uno de ellos, cuatro miembros propietarios y cuatro miembros suplentes de los respectivos concejos municipales de distrito, lo mismo que un intendente y un viceintendente. En los restantes cuatrocientos setenta y nueve distritos administrativos, se elegirán cuatro miembros propietarios y cuatro miembros suplentes de los concejos de distrito.

ARTÍCULO QUINTO.- El plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de candidaturas ante el Registro Electoral vence a las dieciséis horas del día viernes dieciocho de octubre de dos mil diecinueve, según lo establecido en el artículo 148 del Código Electoral.

ARTÍCULO SEXTO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 202 del Código Electoral, en caso de que se presente un empate en la elección de alcaldes, intendentes y síndicos, se tendrá por elegido al candidato de mayor edad y sus respectivos suplentes; de igual forma, en caso de empate en la elección de regidores, miembros de los concejos de distrito y de los concejos municipales de distrito, se aplicará análogamente la norma supra indicada, en orden a tener por electo al candidato de mayor edad de entre los que estuvieren disputando el escaño en situación de empate y a su respectivo suplente.

ARTÍCULO SÉTIMO.- Independientemente de la escala en la que estén inscritos los partidos políticos, las designaciones de los candidatos a los puestos a que se refiere el artículo primero del presente Decreto deberán recaer en ciudadanos que cumplan con los requisitos que establece el ordenamiento jurídico, en cada caso, y de conformidad con lo que prescriban sus propios estatutos sobre el particular, debiendo ser ratificadas por la asamblea superior de cada agrupación política, tal y como lo ordena el inciso k) del artículo 52 del Código Electoral.

ARTÍCULO OCTAVO.- Comuníquese a los Poderes de la República, a la Contraloría General de la República, a la Procuraduría General de la República, a la Defensoría de los Habitantes y a los partidos políticos inscritos. Publíquese en el Diario Oficial y en el sitio web de este Tribunal.".

Los señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones y el señor Secretario General proceden con la suscripción del referido decreto.

ARTÍCULO TERCERO.- Los señores Ministro de Seguridad Pública y de Gobernación y Policía, Michael Soto Rojas, y Director General de la Policía de Tránsito, Germán Marín Sandí, trasladan en forma simbólica el mando de la Fuerza Pública y de la Dirección General de Policía de Tránsito, respectivamente, al Tribunal Supremo de Elecciones, entregando al señor Magistrado Presidente Sobrado González el estandarte de ambos cuerpos policiales.

ARTÍCULO CUARTO.- El señor Magistrado Presidente Sobrado González, pronuncia el siguiente discurso:

"¡Buenos días! Sean todos bienvenidos a la casa de la democracia costarricense: al Tribunal Supremo de Elecciones. Hoy convocamos oficialmente a los costarricenses a las urnas para elegir, el próximo 2 de febrero, a nuestros gobiernos locales. Da así inicio, con esta sesión solemne, el proceso electoral municipal 2020.

Como en otras ocasiones lo hemos dicho, los comicios municipales representan un importante reto logístico para el Tribunal Supremo de Elecciones. Porque, en realidad, se trata de la celebración concurrente de 82 elecciones independientes, para la selección, no de 60 cargos públicos (como es el caso en las elecciones nacionales), sino de más de 6.000. No serán ya 8 tipos distintos de papeletas, sino por arriba de 500, en las que se estima figurarán más de 40.000 candidatos, postulados por una centena de partidos políticos. La buena noticia es que, a cargo de la organización de este proceso, está una institución con décadas de experiencia y amplio reconocimiento internacional, con un equipo humano de probada solvencia técnica y ética.

De modo que nosotros estamos listos. Nos ocuparemos, los próximos 4 meses, de preparar todo para que los costarricenses puedan renovar sus gobiernos municipales con la tranquilidad, confianza y facilidades propias de una democracia madura como la nuestra.

Democracia que tiene su expresión más próxima a la vida de los ciudadanos, precisamente, en las elecciones locales. Unas elecciones que nos recuerdan que el gobierno municipal no es una sucursal del gobierno nacional en el cantón donde uno vive, sino el grupo de personas escogidas por sus propios vecinos, para atender los asuntos de ese lugar en el que viven. Es el autogobierno de los pueblos y barrios, con lo que nosotros, como munícipes, tomamos las riendas de nuestro presente y forjamos el destino de nuestra comunidad. Y por eso son unas elecciones que se viven de cerca.

Ese será nuestro mensaje durante estos meses: estas elecciones se viven de cerca. Porque ese es también, casualmente, el principal reto que tenemos como sociedad: acercarnos. Tomar conciencia de lo lejos que estamos de aquello que tenemos más cerca. Recuperar nuestras comunidades del abandono en el que no pocas han caído. Dejar de engañarnos imaginando los problemas de nuestros cantones como algo lejano y entender que no son asunto de otros, sino nuestro. Cambiar el recelo, que nos ha distanciado unos de otros, por el interés mutuo. Reconstruir la confianza entre nosotros y pasar de la indiferencia, que nos lleva a querer aislarnos en nuestras vidas privadas, al compromiso con lo que es de todos. En suma: reencontrarnos. Reencontrarnos.

Costarricenses: “desencuentro” es, probablemente, la palabra que mejor define el momento actual en el que estamos convocando a estas elecciones. Un desencuentro que se manifiesta en el estado de nuestro debate público, no solo entre representantes políticos y sectoriales, sino, también, en general, entre los ciudadanos. Sobre todo en las redes sociales. Un desencuentro en el que sobresalen los gritos y los insultos, así como la escasa disposición a escuchar y conversar. Un deterioro del diálogo ciudadano, caldo de cultivo perfecto para la desinformación y las noticias falsas, que, a su vez, como una espiral de desintegración social, generan más hostilidad y polarización. Desencuentro.

El reto que el Tribunal Supremo de Elecciones lanza hoy a la sociedad costarricense es ir contracorriente. Estas elecciones se viven de cerca y son una invitación a acercarnos. A acercarnos a las realidades y desafíos de nuestros cantones, y a acercarnos, unos a otros, desde el respeto y la empatía. A hablarnos. A comunicarnos. A dialogar.

En aras de ese propósito, les informo que tuvimos la iniciativa de acercarnos a los responsables regionales de las empresas Facebook y Twitter. Les propusimos sumar esfuerzos con nosotros en defensa de la salud del diálogo entre los costarricenses, savia profunda de la salud de nuestra democracia. Diálogo que se da hoy, en buena medida, en esas plataformas digitales. Y la respuesta ha sido muy positiva.

El conjunto de la sociedad debe ser consciente de que preservar y mejorar la seguridad, la libertad y la prosperidad, como clima social, dependen de la vigencia del régimen democrático. Su defensa, entonces, no incumbe solo a las autoridades electorales, sino a todos. A las empresas privadas, sindicatos, medios de comunicación, academia, movimientos sociales, etc.  Y Facebook y Twitter son conscientes de ello.

Con Facebook lanzaremos una campaña de alfabetización digital. Talleres en todo el país que, esperamos, tengan un efecto viral de reproducción de conocimientos, destrezas y actitudes. Girarán en torno al concepto de “ciudadanía digital”, es decir, sobre cómo ejercer la dignidad de nuestra condición política de ciudadanos y munícipes, no súbditos ni masa, en las redes sociales. Con derechos y deberes. Con respeto y tolerancia. Con pensamiento crítico y herramientas prácticas para identificar noticias falsas y, así, no contribuir a su perniciosa diseminación. Será un plan piloto antes de las elecciones municipales, que luego someteremos a una rigurosa evaluación conjunta, entre el Tribunal Supremo de Elecciones y Facebook, apoyados para ello por el Estado de la Nación, el Laboratorio de Investigación e Innovación Tecnológica de la Universidad Estatal a Distancia y el Centro de Investigación en Comunicación de la Universidad de Costa Rica. La idea, claro, es mejorarlo y potenciarlo de cara a las elecciones nacionales de 2022.

Con Twitter, por lo pronto, además de algunas funcionalidades que nos facilitarán para comunicarnos como Tribunal, tenemos programados tres talleres. Uno para nuestro equipo de comunicación, otro para encargados de redes sociales de los partidos políticos y, un tercero, para periodistas. Están dirigidos a promover la más óptima y saludable utilización de las múltiples herramientas que dicha plataforma pone al servicio de sus usuarios.  Es decir, para un uso más eficaz de estas, pero, sobre todo, que proteja la libertad e integridad de la conversación.

De esta forma, como autoridad electoral, estamos optando por combatir la desinformación, no con medidas punitivas contra la libertad de expresión, sino con información y promoción del pensamiento crítico. Creemos que la democracia se fortalece, no cuando a los gobiernos se les dan nuevas formas de controlar el pensamiento de las personas y su difusión, sino cuando las capacidades del ciudadano se potencian con nuevos recursos para el ejercicio de su libertad. El valiosísimo esfuerzo que están realizando medios de prensa responsables para combatir las noticias falsas, con servicios de fact checking, debe complementarse con un trabajo más amplio de inmunización de la sociedad mediante la educación. Una labor que el Estado no puede, ni es conveniente, que acometa solo. Debe hacer alianzas con otros actores. Una labor de la que esto, que hoy anunciamos, es solo un aporte inicial.

Un aporte que no se reduce a estas colaboraciones con Facebook. Complementa nuestro programa Votante Informado, nutrido paquete de herramientas informativas sobre los cargos a elegir y su importancia en el gobierno local; sobre el proceso electoral mediante el que se elegirán; sobre la situación real, en múltiples dimensiones, de cada cantón; y sobre las opciones, tanto de candidatos como de propuestas de gestión, entre las que deberá decidir cada ciudadano el 2 de febrero próximo. Todo ofrecido en formatos de fácil acceso y difusión, digital y móvil.

Este Tribunal Supremo de Elecciones, que está cumpliendo 70 años de servir a los costarricenses, a principios del siglo XXI comprendió que no bastaba llevar un impecable registro civil de los ciudadanos y organizar procesos electorales confiables. Debía también desarrollar sus competencias de juez electoral en defensa de los derechos políticos fundamentales, la legalidad, la democracia interna de los partidos y la inclusión política. Luego, a finales de la primera década de este siglo, comenzó a ejercer un cuarto ámbito de acción, promoviendo valores cívicos y cultura democrática a través de su Instituto de Formación y Estudios en Democracia. Y ahora, al final de la segunda década del siglo XXI, toma conciencia (y actúa en consecuencia) de que también es en la esfera pública digital donde debe promover esos valores cívicos y cultura democrática.

Costarricenses, podemos hacerlo. Ya fuimos democracia durante la guerra fría. Fuimos democracia durante la guerra en Centroamérica. Y podemos ser democracia en medio de esta crisis global de posverdad y desinformación en Internet. Porque nadie más que nosotros decidirá lo que seremos. Porque somos un pueblo libre. Vamos a defender nuestra democracia. Vamos a hablar y a escucharnos. Vamos a votar. Vamos a vivir estas elecciones de cerca.

¡Muchas gracias!."

ARTÍCULO QUINTO.- El señor Magistrado Presidente Sobrado González levanta la sesión solemne.

A las once horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Luz de los Ángeles Retana Chinchilla




Luis Diego Brenes Villalobos