ACTA N.º 70-2019

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del treinta de julio de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud de licencia sin goce de salario para María Virginia Solís Rodríguez. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1507-2019 del 22 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho el 18 de julio de 2019, que suscribe la funcionaria María Virginia Solís Rodríguez, con la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por un lapso de seis meses, a partir del 1° de agosto, dados los motivos que se sirve exponer.

La funcionaria Solís Rodríguez labora para este organismo electoral desde el 17 de agosto de 2009 y ocupa un puesto en propiedad como Asistente Administrativo 2, de la clase Asistente 1 de Oficina Regional 1, destacada en la Oficina Regional de Heredia. Durante su trayectoria laboral no ha disfrutado de licencias como la que ahora aspira. 

Cabe mencionar que con base en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 63-2019, celebrada el 2 de julio de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones y comunicada mediante oficio STSE-1398-2019 de igual fecha, el superior aprobó el ascenso en propiedad de la señora Solís Rodríguez con fecha de rige a partir del 16 de julio de 2019, por lo que se evidencia que dicha funcionaria se encuentra iniciando su periodo de prueba en el nuevo puesto.

Ante este panorama, la señora Solís Rodríguez solicita, con todo respeto, que sean valoradas las siguientes propuestas trascritas de la nota original:

1.        Que la fecha de rige del presente nombramiento clase Asistente Administrativo 2, Asistente 1 de Oficina Regional, puesto que actualmente ostento desde el 16 de julio del presente año, sea efectivo a mi reintegro laboral en el TSE, una vez concluido el permiso de licencia anteriormente mencionada, esto con el fin de iniciar el periodo de prueba correspondiente, según se establece por reglamento.

2.        Una vez concluida la licencia solicitada se me permita continuar con el periodo de prueba que actualmente estoy realizando desde el 16 de julio de los corrientes y que a la fecha de ingreso al INFOCOOP habría cumplido dos semanas de este período.

Según lo indicado en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 5, el cual dicta: 5) Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos públicos. El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original.; la licencia pretendida podría concederse bajo el esquema usual tratándose de casos similares, sin embargo debe considerarse lo estipulado en el artículo 39 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones, el cual dicta “- De conformidad con lo que establece el inciso d) del artículo segundo de la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, los trabajadores que ingresen a prestar servicios en la institución deberán pasar un período de prueba no menor de tres meses en el desempeño del cargo. Dentro de ese lapso, cualquiera de las partes puede ponerle fin al contrato de trabajo, sin previo aviso y sin responsabilidad de ningún tipo. Igual período de prueba se aplicará para los casos de ascensos, permutas y traslados. El servidor que no cumpla satisfactoriamente durante el mencionado período regresará a su ocupación anterior.”

Es importante recalcar que la funcionaria pretende esta licencia para aceptar un nombramiento interino como Asistente Ejecutiva en el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo (INFOCOOP), según la documentación adjunta. Con respecto a las vacaciones que le corresponden, en la práctica institucional, los funcionarios que soliciten una licencia sin goce de salario, deberán agotar de previo el saldo total de vacaciones que le correspondieran, sin embargo, la funcionaria solicita que se le mantengan y/o trasladen al INFOCOOP.

Así las cosas, se eleva esta solicitud para que el Tribunal determine la viabilidad de que se le conceda a la señora Solís Rodríguez la licencia pretendida, para lo cual se sugiere, salvo superior criterio, que el Departamento Legal estudie la procedencia de la gestión, toda vez que la funcionaria se encuentra actualmente iniciando su periodo de prueba.

Finalmente puede apreciarse que la solicitud cuenta con el visto bueno de la jefatura inmediata, Ligia Gamboa Martínez, Jefa a. i. de la Oficina Regional de Heredia y de la Licda. Johanna Cortes Vega, Jefa a. i. de la Coordinación de Servicios Regionales, sin embargo, no cuenta con el aval del Director General del Registro Civil.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de veinticuatro horas, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Solicitud de suspensión de licencia sin goce de salario. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1528-2019 del 22 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho el día de hoy, suscrita por el señor Walter Calderón Vanegas, mediante la cual solicita incorporarse a estos organismos electorales y por ende suspender la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta, por los motivos que se sirve exponer.

Efectivamente, el permiso sin goce salarial fue aprobado por el superior en la sesión ordinaria n.º 34-2019, celebrada el 21 de marzo de 2019, comunicada mediante oficio STSE-0588-2019 de igual fecha y abarcaba el periodo comprendido entre el 16 de abril y el 16 de octubre de 2019.  

El Señor Calderón Vanegas labora para este organismo electoral desde el 16 de enero de 2004 con un nombramiento en propiedad de la clase Asistente Funcional 2 en el Departamento Civil y antes de la licencia sin goce de salario, ocupaba un ascenso interino de la clase Profesional Asistente 1 en la Oficina de Proyectos Tecnológicos. Dicho funcionario solicita -de ser posible- que su reincorporación sea efectiva a partir del 16 de agosto del presente año, precisamente al cargo que ocupaba previo al inicio del disfrute de la licencia que nos ocupa.

De acuerdo con la práctica institucional, los permisos sin goce de salario se conceden en el puesto del cual la persona funcionaria es propietaria. Es decir, se otorga para su disfrute en el puesto en propiedad. Así las cosas, se eleva esta solicitud para que el Tribunal determine la viabilidad de que el señor Calderón Vanegas, se reincorpore al puesto No. 76388 de la clase Profesional Asistente 1 que ocupaba interinamente en la Oficina de Proyectos Tecnológicos, para lo cual se sugiere, salvo superior criterio, que el Departamento Legal estudie la procedencia de la gestión. Cabe mencionar que actualmente esta plaza se encuentra vacante.

No omito manifestar que, esta solicitud guarda estrecha relación con lo indicado en la sesión ordinaria n.º 45-2019, celebrada el 30 de abril de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones y comunicada mediante oficio STSE-0879-2019, en el cual el Departamento Legal, en oficio DL-0218-2019 del 29 de abril de 2019, había presentado al Tribunal un informe, sobre el caso de una funcionaria que también pretendía suspender su licencia sin goce de salario y regresar al puesto interino que ocupaba antes de licencia, caso similar al que nos compete ahora.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de ampliación de licencia sin goce de salario. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1529-2019 del 22 de julio de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho el día de hoy, suscrita por el señor Diego González Fernández, mediante la cual solicita una ampliación a la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta, por los motivos que se sirve exponer.

Efectivamente, el permiso sin goce salarial fue aprobado por el superior en la sesión ordinaria n.º 89-2018, celebrada el 13 de setiembre de 2018, comunicada mediante oficio STSE-1781-2018 de igual fecha y abarcaba el periodo comprendido entre el 22 de diciembre de 2018 y el 31 de julio de 2019.

El Señor González Fernández labora para estos organismos electorales desde el 16 de febrero de 2017 en un puesto de Letrado perteneciente a la clase Ejecutivo Funcional 1. Ahora bien, según lo indica en su escrito, solicita se le amplíe ese permiso por motivo de estudio para finalizar el Trabajo de Fin de Máster y demás obligaciones derivadas del Máster Oficial en Derecho Constitucional del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales en Madrid, España. 

Al día de hoy, el funcionario de cita cumpliría en total un año y un mes con un permiso sin sueldo.

Este departamento considera que lo pretendido por el señor González Fernández es viable y bien se puede amparar en lo que al efecto dispone el artículo 33-c-2 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala, referente a las licencias sin goce de salario como la que ahora nos ocupa: “Dicho plazo podrá prorrogarse hasta por un año más, a juicio del Ministro o máximo jerarca de la institución, cuando se trate de la realización de estudios a nivel superior de postgrado, o bien estudios a nivel superior o técnico, previa demostración favorable del aprovechamiento y rendimiento académico del año anterior.”".

Se dispone: Conceder la prórroga de la licencia conforme se solicita, hasta el 29 de agosto de 2019. ACUERDO FIRME.

D) Nombramientos interinos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0712-2019 del 22 de julio de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito propone la aprobación de los nombramientos que se detallan a continuación:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y ODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Departamento Electoral

86323,

Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su propietaria.

Nancy Gabriela Solís Chanto,


1°- AGO al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Auxiliar Operativo 2, en la Dirección Ejecutiva, por lo que se encuentra en línea directa de ascenso para llegar a Asistente Administrativo 1, es menester indicar que, este Departamento ha realizado las consultas a los /as integrantes del Registro de Elegibles Permanente, no obstante, se encuentra agotado para nombramientos interinos. La candidata propuesta no forma parte del citado registro.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.

  1. Oficina Regional de Cartago

46113,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la licencia por maternidad de su anterior ocupante.

Diego Alonso Coto Solano,


1°-AGO al 2-OCT de 2019 o hasta que regrese de la incapacidad. El candidato que se propone, labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en la Dirección Ejecutiva, por lo que se encuentra en línea directa de ascenso, para llegar a Asistente Administrativo 2.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.

  1. Oficina Regional de Heredia

97474,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos vacante.

Jaqueline Vanessa Núñez Brenes,


1°-AGO y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario (a), lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la misma clase, en la Oficina Regional de Osa, por lo que se solicita es un traslado.


No se omite indicar que para este puesto se realizaron dos consultas de interés y disponibilidad a lo interno de la institución, una interina y otra en propiedad, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios /as  en propiedad interesados /as en ocupar el cargo de manera interina ni en propiedad.

  1. Sección de Solicitudes Cedulares

368576,

Técnico Funcional 2

Plaza de servicios especiales.

Ronald Céspedes Naranjo,


1°-AGO al 31-DIC de 2019. El candidato que se propone, labora en un puesto de la clase Asistente Funcional 2, en esa misma Sección, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2.

Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

E) Encargo de funciones del señor Oficial Mayor Electoral. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0715-2019 del 23 de julio de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, respetuosamente someto a consideración de la señora magistrada y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:

DEPARTAMENTO ELECTORAL

Titular

Oscar Fernando Mena Carvajal

Encargar en

Carlos Luis Brenes Molina

Periodo

Del 1° al 6 de agosto de 2019

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-1533-2019 del 23 de julio de 2019

Oficio de la jefatura

DEL-0735-2019 del 19 de julio de 2019

Con base en lo anterior, esta Dirección avala la recomendación para que el señor Mena Carvajal sea sustituido por el señor Brenes Molina en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

F) Prórroga de licencia sin goce de salario. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1541-2019 del 24 de julio de 2019, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 26 de julio de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida en este Departamento el 22 de julio de 2019, suscrita por el señor José Adrián Sánchez León, funcionario de la Sección de Solicitudes Cedulares, mediante la cual solicita que se le conceda una nueva prórroga de seis meses de la licencia sin goce de salario que disfruta, la cual está próxima a vencer, en virtud de que se encuentra laborando actualmente para la Municipalidad de Desamparados en un cargo profesional, como Ingeniero Industrial, en propiedad.

Efectivamente en sesión 8-2019 celebrada el 22 de enero de 2019, comunicado en oficio STSE-0138-2019 de igual fecha, el Tribunal le concedió al funcionario una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses contado a partir del 1° de febrero de 2019 y hasta el 31 de julio 2019, con base en el artículo 33-c-5 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse por “Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos públicos. El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original.” 

Siendo así, salvo superior criterio, bien se puede aprobar la ampliación pretendida por el citado funcionario durante el periodo comprendido entre el 1. ° de agosto de 2019 y el 1° de febrero de 2020. En ese sentido, es menester indicar que, se desprende de la acción de personal n.°0000017026, la cual se encuentra custodiada en este Departamento, que es propietario de un cargo en ese ente municipal.

Para el 31 de julio del presente año, el señor Sánchez León, sumaría en total dos años y medio, con el permiso sin goce de salario.

Finalmente puede apreciarse que la gestión cuenta con el aval de la jefatura Licda. Diana Rodríguez Barrantes, Jefa de la Sección de Solicitudes Cedulares y del Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil.".

Se dispone: Conceder la prórroga de la licencia conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

G) Regreso a puesto interino. De la señora Kattya Varela Gómez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1557-2019 del 26 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión ordinaria n.º 45-2019, celebrada el 30 de abril de 2019 y comunicado mediante oficio STSE-0866-2019 de igual fecha, el superior aprobó, entre otros movimientos, el nombramiento interino de la señora Kattia Estrada González en la plaza n°. 45849 de la clase Asistente Funcional 2, -puesto Secretaria 1- en la Sección de Solicitudes Cedulares. Este nombramiento se solicitó con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.

  Sin embargo, mediante nota recibida en este despacho el pasado 23 de julio de los corrientes, suscrita por la señora Estrada González, -por los motivos que se sirve exponer- solicita regresar a su plaza interina n°. 368746 perteneciente a la clase Asistente Administrativo 1, puesto Oficinista 1, destacada en el Departamento de Programas Electorales. 

Cabe indicar que, actualmente la plaza n°. 368746 se encuentra ocupada por el señor Jorge Alejandro Contreras Obando. Sin embargo, recientemente y mediante acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 69-2019, celebrada el 23 de julio de 2019 por el Tribunal Supremo de Elecciones, comunicado en oficio STSE-1606-2019 de igual fecha, el superior aprobó, entre otros movimientos, el nombramiento interino del Señor Jorge Alejandro Contreras Obando, en el puesto n°. 377878, Técnico Funcional 2 -SU-, destacado en el Departamento de Programas Electorales (PAE), a partir del 1° de agosto de los corrientes.

Por los movimientos anteriormente descritos, salvo superior criterio, este departamento considera viable el regreso de la señora Estrada González a su puesto interino, mismo que se recomienda pueda hacerse efectivo a partir del 1° de agosto de 2019.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

H) Reincorporación a labores en el Tribunal Supremo de Elecciones del señor Luis Diego Brenes Villalobos. Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Secretario Académico del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce memorial del 26 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con todo respeto, en virtud de la reciente designación como Magistrado propietario para el proceso municipal de 2020, me permito solicitarles que mi reincorporación a labores en el Tribunal Supremo de Elecciones sea efectiva a partir del 2 de agosto de 2019, con lo cual se modificaría lo dispuesto por su distinguida autoridad en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 63-2019, celebrada el 2 de julio de 2019.".

Se dispone: Autorizar el retorno del señor Brenes Villalobos a partir del 2 de agosto de 2019, así como mantener los nombramientos interinos vigentes que de tal situación se derivan, por el resto de los plazos semestrales que correspondan, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

I)  Encargo de funciones de la señora Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1631-2019 del 26 de julio de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:

Unidad Administrativa

Titular

Sustituto

Período

Tipo

Departamento de Registro de Partidos Políticos

Marta Castillo Víquez

Marcela Chinchilla Campos

Del 22 al 26 de agosto de 2019

Encargo de funciones


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

J) Nombramiento de choferes de los señores Magistrados Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos. Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Retana Chinchilla.

Referencia: Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1632-2019 del 26 de julio de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Según lo solicitado por los señores Magistrados Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos, me permito proponer al Tribunal Supremo de Elecciones que se nombre a los siguientes funcionarios en los puestos que se dirá, como choferes de los referidos Magistrados, respectivamente, a partir del 2 de agosto de 2019 y hasta el 2 de mayo de 2020.

Puesto n.º

Clase

Puesto

Nombre

Cédula

368530

Asistente Funcional 2

Conductor /a 2

Juan Carlos Páez Artavia

108750750

368531

Asistente Funcional 2

Conductor /a 2

Rony Benavides Vargas

401560786".

Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Retana Chinchilla.

K) Variación de escala salarial a puestos en Relación de Puestos 2019. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2073-2019 del 29 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En la formulación de la Relación de Puestos de 2019, se incluyó tres plazas en la modalidad de Servicios Especiales (modalidad Salario Único), en la clase n.° 1209 “Asistente Administrativo 1 SU”, adscritas al Departamento de Programas Electorales, para las cuales la Dirección General de Presupuesto Nacional les asignó los números de puestos 377986, 378062 y 378132, por 5 meses cada una, a nivel de Proyecto de Ley.

No obstante, dada la dinámica institucional, resulta necesario atender el acuerdo adoptado por el Superior en sesión ordinaria n.° 27-2019, del 26 de febrero de 2019, comunicado en oficio STSE-0416-2019, en el que conoció el Informe ejecutivo sobre las Elecciones Nacionales 2018, en el cual, para la atención de la recomendación n.° XI, que a la letra dice:

      XI. Que se eliminen los programas electorales de Prensa y Protocolo, a los efectos de que las actividades inherentes a éstos sean asumidas por el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, como parte de su giro ordinario. Asimismo, que se ordene a dicho Departamento valorar la viabilidad de recomendar, como parte de la campaña publicitaria relativa al proceso electoral que se incluyan aspectos relativos a las causales de nulidad del voto, nombramientos y funciones de agentes electorales, principalmente miembros de JRVs y fiscales, uso adecuado e importancia de la excepción del voto asistido, entre otros.

Dispuso lo siguiente:

Aprobar conforme se recomienda; se suprimen además los programas electorales de publicidad y de atención a observadores internacionales, cuyas actividades serán asumidas por dicho Departamento. La Secretaría General de este Tribunal, la Dirección Ejecutiva y la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos se abocarán a facilitar al indicado Departamento los recursos humanos y materiales para el adecuado cumplimiento de sus cometidos. (El resaltado no es del original).

  Sobre lo anterior, en razón de atender los requerimientos de recurso humano del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, en razón del análisis efectuado por esta Dirección, según se indicó en oficio DE-1306-2019, se ha determinado que resultaría conveniente readecuar las plazas 377986, 378132 y 378062 de la siguiente manera:

• Puestos n.° 377986 y n.° 378132 a la clase 15602 “Técnico Funcional 1 SU-”, nombre de puesto Técnico en Diseño Gráfico Electoral, las que se ubicarían en la Oficina de Comunicación Organizacional.

• Puesto n.° 378062 a la clase 11444 “Profesional Asistente 1 SU-”, nombre de puesto Profesional Asistente 1 Electoral, la que se ubicaría en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. 

Al respecto, según se nos ha informado por parte de Dirección General de Presupuesto Nacional, cualquier movimiento que se le haga a un puesto después de haber presentado el proyecto ante la Asamblea Legislativa, se puede modificar sin necesidad de moción con una resolución firmada por el máximo jerarca, de acuerdo a la norma 4 de la Ley de Presupuesto, la cual dice que: Se autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante resolución administrativa, autorizada por el máximo jerarca institucional del órgano del gobierno de la República que se trate y aprobada por el Ministerio de Hacienda, varíe los requerimientos humanos de cada título presupuestario contenido en la ley, con el fin de efectuar las modificaciones provenientes de las reasignaciones, reclasificaciones, asignaciones, revaloraciones parciales, variaciones en la matrícula de los centros educativos que atienden los diferentes ciclos y modalidades del sistema educativo, y los estudios integrales de puestos dictados por los órganos competentes, en el entendido de que estas no alterarán el total de los puestos consignados en cada programa presupuestario incluidos en esta ley de presupuesto. 

De acuerdo con lo anterior se solicita, si a bien lo tiene el Superior, emitir la resolución respectiva dirigida a la Dirección General de Presupuesto Nacional para que en la Relación de Puestos del Tribunal Supremo de Elecciones del año 2019, se modifiquen las plazas números 377986 y 378132 que actualmente mantienen la clase  n.° 1209 “Asistente Administrativo 1 SU”, escala salarial n.° 3771 como “Oficinista 1 Electoral”, para que sean transformadas a la clase n.° 15602, escala salarial n.° 5017 como “Técnico Funcional 1 -SU-”, y la n.° 378062 de la clase n.° 1209 “Asistente Administrativo 1 SU” a la clase n.° 11444, escala salarial n.° 6643 como “Profesional Asistente 1 SU-” siempre manteniendo la condición presupuestaria de Servicios Especiales (modalidad Salario Único) en el Nivel 2:91 (Unidad de Dirección y Administración Servicios Especiales), asimismo las plazas 377986 y 378132 deberán ubicarse en el Nivel 2:91:37 (Oficina de Comunicación Organizacional) y la plaza 378062 en el Nivel 2:91:35 (Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas), de manera que pueda regir a partir del 1 de agosto del año en curso.

Por último, cabe mencionar que la aplicación de estos cambios fue incluida directamente en la Relación de Puestos de 2020, toda vez que los puestos señalados figuran como parte de las plazas a las que se les ajustó la clase para el ejercicio presupuestario 2020, según lo que se comunicó al Consejo de Directores en oficio DE-1362-2019, lo que fue aprobado por el Superior en sesión ordinaria 52-2019 del 23 de mayo de 2019, comunicada en oficio STSE-797-2015 de misma fecha.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

L) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1637-2019 del 29 de julio de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos en oficio n.° RH-1563-2019 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de lo siguiente:

1.- De los nombramientos interinos que se detallan a continuación:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

1.- Departamento de Programas Electorales

368729,

Asistente Administrativo 1

Plaza de servicios especiales.

Laura Portuguez González,


1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019. La candidata que se propone no labora actualmente en la institución, no obstante, pertenece al Registro Temporal de Elegibles y por su nota es la siguiente en nombrar según la lista de candidatos /as disponibles que integran ese Registro.

2.- Departamento de Programas Electorales (Oficina Regional de Cartago)

377945,

Técnico Funcional 2 -SU-

Plaza de servicios especiales. -Salario único-.

Marcela Carmona Loria,


1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en la Sección de Inscripciones, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. Se tramita según lo acordado y comunicado mediante oficio CDIR-0263-2019.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.


3.- Departamento de Programas Electorales (Oficina Regional de Cartago)

377940,

Técnico Funcional 2 -SU-

Plaza de servicios especiales. -Salario único-.

Oscar Villalobos Chaves,


1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en la Sección de Cédulas, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. Se tramita según lo acordado y comunicado mediante oficio CDIR-0263-2019.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.


4.- Departamento de Programas Electorales (Sección de Opciones y Naturalizaciones)

378012,

Técnico Funcional 2 -SU-

Plaza de servicios especiales. -Salario único-.

Karla Villalobos Coto,


1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en la Sección de Opciones y Naturalizaciones, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. Se tramita según lo acordado y comunicado mediante oficio CDIR-0263-2019.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.

  1. Departamento de Programas Electorales (Departamento Civil)

377950,

Técnico Funcional 2 -SU-

Plaza de servicios especiales. -Salario único-.

Argerie Rodríguez Montero,


1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019.

La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en el Departamento Civil, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. Se tramita según lo acordado y comunicado mediante oficio CDIR-0263-2019.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios

  1. Contraloría Electoral

353684,

Asistente Funcional 3

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario.

Cindy Araya Pereira


1°-AGO al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietario, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Funcional 1 en esa misma dependencia, por lo que existe una clase de por medio para llegar a Asistente Funcional 3.


  1. Contraloría Electoral

45458,

Asistente Funcional 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior.

Gerardo Campos Carranza


1°-AGO al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 2 en esa misma dependencia, por lo que se encuentra en línea directa de ascenso.

  1. Contraloría Electoral

361432,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior.

Alejandra Fallas Morales


1°-AGO al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su propietario, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1 en esa misma dependencia, por lo que se encuentra en línea directa de ascenso.

  1. Departamento Legal

45424,

Profesional en Gestión 2

Plaza de cargos fijos vacante con proceso concursal pendiente de trámite.

Daniela Lara Matarrita


5-AGO y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Profesional Asistente  Electoral 1 -S.U.-, por lo que existen cinco clases de por medio para llegar a Profesional en Gestión 2.

  1. Departamento de Programas Electorales (Departamento de Recursos Humanos)

377936,

Técnico Funcional 2 -SU-

Plaza de servicios especiales. -Salario único-.


Andrés Angulo López,


1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019.

El candidato que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en el Departamento de Recursos Humanos, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. Se tramita según lo acordado y comunicado mediante oficio CDIR-0263-2019.


Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios.



2.- De los nombramientos interinos cuyas ternas se proponen, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas:

N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

368815

(Servicios Especiales)

Jeffrey Fallas Zamora

Conserje Electoral

Conserje

Departamento de Programas Electorales

Carlos José Aguilar Coto

Luis Diego Rodríguez Ruíz

Fecha de rige: del 1°-AGO al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su anterior ocupante, lo que ocurra primero. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.



N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

377961

(Servicios Especiales)

Graciela Rojas Fernández

Conserje Electoral -SU-

Trabajador Operativo Electoral

Departamento de Programas Electorales

Carlos Aguilar Coto

Henzo Medina Flores

Fecha de rige: del 1°-AGO al 31-DIC de 2019 o hasta que regrese su anterior ocupante, lo que ocurra primero. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

377918

(Servicios Especiales)

David Vega Marín

Técnico Funcional 2 -SU-

Técnico /a Electoral

Departamento de Programas Electorales (PAE)

Jairo Iván Brenes Brenes

Deyanira Chinchilla Valverde

Fecha de rige: del 1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó una consulta de interés y disponibilidad a lo interno de la institución, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios Especiales, -SU-.


N° PUESTO

NOMBRE

CLASE

PUESTO

DEPARTAMENTO /

OFICINA

378466

(Servicios Especiales      -Salario Único-)

Hazel Andrea Pérez Arce

Profesional Asistente 1   -SU-

Profesional Asistente en Derecho 1 Electoral

Departamento de Programas Electorales (PIC)

Luis Alberto Salazar Mata

Sabrina Herrera Navarro

Fecha de rige: del 1°-AGO y hasta el 31-DIC de 2019. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó un estudio de inopia a lo interno de la institución, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios /as interesados /as en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Procesos Electorales, Servicios Especiales, -SU-.


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

M) Nombramientos interinos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0724-2019 del 29 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de los nombramientos que se detallan a continuación:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y ODO DEL NOMBRAMIENTO

1.- Departamento Civil

45652,

Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante, en virtud del ascenso interino de su anterior ocupante.

Ingrid Patricia Chaves Porras,

1°- AGO al 15-OCT de 2019 o hasta que regrese su anterior ocupante o propietario, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en un puesto de la clase Auxiliar Operativo 1, en la Secretaría General del TSE, por lo que existe una clase de por medio para llegar a Asistente Administrativo 1, es menester indicar que, este Departamento ha realizado las consultas a los /as integrantes del Registro de Elegibles Permanente, no obstante, se encuentra agotado para nombramientos interinos. La candidata propuesta no forma parte del citado registro.

2.- Sección de Solicitudes Cedulares

45878,

Asistente Funcional 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario.

Alejandro Saborío Peña

1°-AGO al 31 -DIC de 2019 o hasta que regrese su propietario, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1 en la Sección de Inscripciones, por lo que existen dos clases de por medio para llegar a Asistente Funcional 2.


Quedo atento a lo que bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

N) Sustitución por vacaciones de la señora Magistrada suplente Luz de los Ángeles Retana Chinchilla. La señora Magistrada Retana Chinchilla manifiesta verbalmente que ante la designación en ella recaída por parte de la Corte Suprema de Justicia como integrante de este Tribunal para que atienda los próximos comicios municipales 2020 y en virtud de que desconocía en su momento sobre tal designación, solicita se le conceda el disfrute de vacaciones adelantadas del 6 al 13 de agosto de 2019 y del 20 al 27 de agosto de 2019 por asuntos personales.

Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Retana Chinchilla.

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirla, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado suplente Hugo Ernesto Picado León del 6 al 13 de agosto de 2019 y al señor Magistrado suplente Fernando del Castillo Riggioni del 20 al 27 de agosto de 2019. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Retana Chinchilla.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Propuesta de Comisión de Salud Ocupacional. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0267-2019 del 16 de julio de 2019, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 18 de julio de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 35-2019, celebrada el 16 de julio de 2019 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Director General a.i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Armenia Masis Soto, Directora General a.i. de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Luis Saenz Venegas Coordinador de la Comisión de Salud Ocupacional, se conoce correo electrónico del día 11 de julio del presente, mediante el cual literalmente manifiesta:

“En relación con el acuerdo adoptado por el CDIR en artículo segundo de la sesión ordinaria n°. 34-2019 (Oficio de cita) referente al nombramiento de los miembros de la Comisión de Salud Ocupacional, me permito hacer la siguiente observación:  En lo dispuesto por el honorable cuerpo colegiado, se designó como represente [sic] de los trabajadores a la señora Hellen Victoria Ruiz Moya en el complejo de las Bodegas Las Brisas; sin embargo, dicha funcionaria fue seleccionada por el Superior como representante del patrono en ese mismo lugar (Oficio STSE-1928-2018 del 4 de octubre de 2018), en virtud de lo anterior, considero conveniente nombrar a otra persona funcionaria como representante de los trabajadores, dado que la señora Ruiz Moya ya había sido nombrada como representante del patrono.”

Adicionalmente, el día 12 de julio del presente, envió correo electrónico, indicando literalmente lo siguiente:

“También es necesario retomar el acuerdo del superior comunicado en oficio STSE-0165-2019 del 24 de enero 2019, el Tribunal habían sustituido al señor Oscar Villalobos Chaves por Josué Rojas Rojas, por lo tanto, también será necesario nombrar otra persona en lugar del señor Rojas Rojas como representante de los trabajadores.”

Se dispone: 1.- Dejar sin efecto el nombramiento de la señora Hellen Victoria Ruiz Moya y del señor Josué Rojas Rojas. 2.- Nombrar en la Bodega de Las Brisas al señor Alejandro Granados Vargas y en el IFED al señor Marco Antonio Moraga Núñez. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Situación de puestos vacantes en el Departamento Civil. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-272-2019 del 23 de julio de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 36-2019, celebrada el 23 de julio de 2019 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio DGRC-0710-2019 del 22 de julio de 2019, recibido el 23 de julio del presente en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual comunica la situación de algunas plazas vacantes en el Departamento Civil, a efectos de que se tomen las medidas administrativas pertinentes.

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- El Departamento de Recursos Humanos deberá finalizar la actualización del Manual Descriptivo de Puestos respecto a los que se indican en el oficio DC-3486-2019, en el plazo improrrogable de 3 meses. 3.- Con base en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos, solicitar al TSE que autorice la posibilidad de realizar nombramientos interinos en las plazas indicadas, mientras se actualiza el Manual referido. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

C) Gestión relativa a la reclasificación del puesto n.° 86326 ubicado en Actos Jurídicos en el contexto del Estudio MRC-3. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-270-2019 del 23 de julio de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Se comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 36-2019, celebrada el 23 de julio de 2019 por el Consejo de Directores, integrado por los señores Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos quien preside; Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General del TSE; Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil; José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo; Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia y Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, que dice:

«Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio DE-1991-2019 del 17 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Coordinación de este Consejo, mediante el cual remite gestión relativa a la reclasificación del puesto n.°86326 ubicado en Actos Jurídicos en el contexto del Estudio MRC-3, el cual después de una serie de consideraciones literalmente concluye y recomienda:

7. Conclusiones de esta Dirección Ejecutiva

7.1.  El puesto n.° 86326, fue trasladado a Actos Jurídicos, con la finalidad de que las funciones asignadas, se articularan con su nueva estructura,  así las cosas, hechas las valoraciones pertinentes, se concluye que comprende tareas propias de lo que antes se denominaba “Digitador”, de la clase Asistente Funcional 2, no obstante esos puestos producto del estudio administrativo aprobado por el Superior (STSE-0328-2018) fueron reasignados Asistente en Servicios Regionales, de la clase Asistente Funcional 3, ubicados en la Unidad de Digitación y Control de Calidad, siendo necesario reasignarlo de manera tal que armonice con la nueva estructura y se mantenga en igualdad de condiciones con otros destacados en esa Unidad. 

7.2. Respecto a la clasificación, ya el Departamento de Recursos Humanos en oficio n.° RH-3677-2017 había emitido criterio técnico concluyendo viable su reclasificación de Asistente Funcional 2 a Asistente Funcional 3. Recientemente, a raíz de este análisis nuevamente confirma (RH-1382-2019), lo antes señalado, indicando que por las tareas endosadas al puesto es procedente su reclasificación, aunado a que su ocupante interina actual, así como el propietario del puesto, cumplen con el requisito.

8. Recomendaciones de esta Dirección Ejecutiva

8.-1 Reasignar el puesto n° 86326, nombre en trámite, de la clase Asistente Funcional 2, al puesto Asistente en Servicios Registrales Civiles, de la clase Asistente Funcional 3, lo que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos y a lo que se daría contenido presupuestario con cargo a la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos”, del subprograma 850-01 para lo cual la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones y el Departamento de Recursos Humanos deberán preparar el proyecto de redacción de la resolución respectiva, para que la remitan a la Dirección General de Presupuesto Nacional a efectos de que a esta modificación se le dé contenido económico, de manera que pueda regir a partir del 01 de agosto del 2019.

8.2.- Que el puesto se reubique en la Unidad de Digitación y Control de Calidad, toda vez que esa unidad es la que se encarga como bien lo indica su nombre de la captura y aplicación en el sistema informático de Actos Jurídicos de las modificaciones en los asientos registrales civiles, previo control de calidad.

8.3- Que la Dirección Ejecutiva tome nota para efectos de actualización de “Relación de Puestos del TSE”.

8.4 Que el Departamento de Recursos Humanos, en el plazo que establece el procedimiento respectivo, brinde el seguimiento ocupacional producto de dicha reclasificación.”

Se dispone: 1.- Se aprueba lo recomendado por el señor Director Ejecutivo. 2.- Elévese el informe a conocimiento del Superior con la recomendación de aprobar. ACUERDO FIRME.»".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.

A) Comunicación de renuncias y defunciones de personas integrantes del Cuerpo Nacional de Delegados. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-500-2019 del 24 de julio de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual informa de renuncias del Cuerpo Nacional de Delegados.

Se dispone: Tener por presentadas las referidas renuncias y tomar nota de las defunciones. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2020.

A) Aclaración sobre contratación de hospedaje y alimentación para Observadores Internacionales. Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-501-2019 del 23 de julio de 2019, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 26 de julio de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como es de su conocimiento este despacho por oficio n. DGRE-371-2019, remitió para conocimiento y aprobación del Superior, el análisis realizado en conjunto por el  Departamento de Programas Electorales y Comunicaciones y Relaciones Públicas relativo a la contratación del hospedaje, alimentación y otros actos protocolarios propios para la atención de la Misión Oficial de Observación Internacional de las elecciones de febrero de 2020; dicho estudio comprende un sondeo de mercado riguroso que permitió establecer, de acuerdo con las condiciones indispensables del servicio requerido y el interés propio de la Administración, la necesidad de amparar dicho proceso a la excepción legal contemplada en el artículo 304  del Código Electoral tramitándolo como una contratación directa.

Precisamente por las razones dadas en el precitado oficio el Superior aprobó la aplicación de la norma legal de excepción indicando en el artículo cuarto de la Sesión Ordinaria. °60-2019, del 20 de junio de 2019 y comunicado mediante oficio STSE-1294-2019 lo que sigue:

“Del señor Héctor Enrique Fernández Masis, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos se conoce oficio n. DGRE-371-2019 del 7 de junio de 2019, recibido en la Secretaria General de este Tribunal el 14 de junio de 2019, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones y de cara a las elecciones municipales de 2020,  recomiendan que la contratación de hospedaje, alimentación, tiquetes aéreos y atención de actividades protocolarias para la Misión Oficial de Observación Internacional, se realice bajo la figura de contratación directa concursada, al amparo de lo establecido en el artículo 304 del Código Electoral.(El subrayado no corresponde al original)

Se dispone: Con fundamento en las consideraciones expuestas por el señor Fernández Masís, autorizar la contratación referida al amparo de lo dispuesto en el artículo 304 del Código Electoral, sin emitir criterio respecto de los eventuales oferentes y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las instancias administrativas intervinientes en el proceso de contratación. Tome nota para lo de su cargo el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas. Acuerdo Firme

Importa advertir que el acuerdo antes transcrito consigna que este despacho recomendó la realización de una contratación directa concursada, no obstante en el oficio de referencia se hace expresa indicación a un procedimiento de contratación directa situación que ha provocado que la tramitación este suspendida en el tanto la proveeduría institucional considera improcedente tramitarla como se ha propuesto (directa) en el tanto el acuerdo del Superior dispone otra forma. Para una mayor claridad transcribo lo indicado por este despacho en el oficio de referencia: 

“En virtud de lo expuesto y con base en la facultad establecida por el artículo 304 del Código Electoral, esta Dirección con todo respeto recomienda que se autorice la contratación directa de los servicios de hospedaje, alimentación, tiquetes aéreos y atención de actividades protocolarias para la Misión Oficial de Observación Internacional de las Elecciones de febrero de 2020, por considerarse necesario para la organización de dicho proceso electoral. En caso de que el superior apruebe la recomendación indicada, esta Dirección promovería los trámites pertinentes para la adjudicar dicha contratación a la opción más favorable para la institución, con base en los estudios y análisis de las ofertas recibidas por los potenciales proveedores de dichos servicios. “El subrayado no es del original. (El subrayado y resaltado no es del original)

Como bien se puede apreciar del extracto anterior, la recomendación se establece en dos vías, la primera para que se autorice la contratación bajo el amparo de lo dispuesto en el artículo 304 del Código Electoral y la segunda para que, de ser aprobada la primera, la Dirección General del Registro Electoral pudiera indicar la opción más favorable para adjudicarle el servicio, tomando en cuenta los estudios y análisis de las ofertas recibidas, que para este caso según se indicó corresponde a partir de los criterios dados por el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, a una contratación directa.

Ahora bien, teniendo en cuenta el señalamiento hecho por la señora Lucrecia Mora Marín, Sub proveedora institucional, en punto a dimensionar el alcance de la autorización dada por el Superior respecto a la figura de contratación directa concursada, al amparo de lo establecido en el artículo 304 del Código Electoral y la incongruencia que ello involucra respecto de lo recomendado por esta dirección en el oficio n. DGRE-371-2019 que ha impedido continuar con el tramite contractual respetuosamente le solicito se sirva elevar a conocimiento de los señores y señoras magistrados el presente asunto a los efectos de si a bien lo tienen se aclare corrigiendo lo dispuesto en el acuerdo emitido en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.°60-2019, para que el mismo corresponda con lo recomendado por este despacho.".

Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO.  ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Invitación a la XIV Reunión Interamericana de Autoridades Electorales (RAE). De los señores Heriberto Araúz Sánchez, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de la República de Panamá y Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos, se conoce oficio n.° 230-MP-TE del 12 de julio de 2019, recibidovía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 19 de julio de 2019, mediante el cual cursan cordial invitación a participar  de la XIV Reunión Interamericana de Autoridades Electorales (RAE), del 12 al 15 de noviembre de 2019, en la Ciudad de Panamá, según detallan. Indican los señores Araúz Sánchez y De Icaza que los organizadores cubrirán los costos de hospedaje, así como el transporte y la alimentación para las actividades oficiales programadas, siendo que cada participante deberá cubrir el pasaje aéreo.

Se dispone: Agradecer la cordial invitación que cursa. Para atenderla se designa al señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Para sustituir a señor Fernández Masís durante su ausencia, se encargan sus funciones en el señor Gerardo Abarca Guzmán.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Héctor Fernández Masís

Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos

República de Panamá

12 al 15 de noviembre de 2019

XIV Reunión Interamericana de Autoridades Electorales (RAE)

Ninguno.


Tiquete aéreo, necesario para atender la actividad.

ACUERDO FIRME.

B) Invitación al Encuentro de Estudios Democráticos de Magistradas y Magistrados de la región Latinoamericana. Del señor Heriberto Arauz Sánchez, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de la República de Panamá, se conoce oficio n.° 521-MP-TE del 23 de julio de 2019, recibido en la Secretaría General vía correo electrónico- el 26 de julio de 2019 de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Tengo el agrado de dirigirme a usted, con el fin de informar que el Tribunal Electoral a través del Centro de Estudios Democráticos organiza para el 18, 19 y 20 de septiembre del 2019 el primer "Encuentro de Estudios Democráticos de Magistradas y Magistrados de la región Latinoamericana".

Este evento será organizado en conjunto con la Fundación Konrad Adenauer, IDEA Internacional y el PNUD Panamá, con el objetivo de abordar la importancia de la investigación académica como herramienta para la gobernanza electoral. A su vez, persigue lograr un acuerdo de los organismos electorales para avanzar en la construcción de una agenda de investigación regional, en diálogo con representaciones de Europa y África.

Por tal motivo, me complace extenderle cordial invitación, a efecto de contar con una delegación de su honorable Junta Electoral. En ese marco, nos honraría que la misma sea encabezada por usted. Además, la invitación se extiende a una persona que tenga la responsabilidad de dirigir el Instituto o Centro de Investigación de la institución. Lo anterior, con el objetivo de enriquecer intercambio de conocimiento entre los diferentes Organismos Electorales.

La Fundación Konrad Adenauer cubrirá los costos de vuelos, hospedaje y alimentación para dos personas, en las fechas antes mencionadas. (…).”.

Se dispone: Agradecer al señor Araúz Sánchez la cordial invitación que cursa. Para atenderla se designa a los señores Hugo Ernesto Picado León, Magistrado suplente de este Tribunal e Ileana Aguilar Olivares, Secretaria Académica a. i.  del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED); para sustituir al primero durante su ausencia como Director General del IFED, se designa al señor Rodrigo Abdel Brenes Prendas.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 2 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Hugo Ernesto Picado León

Magistrado suplente

República de Panamá

18 al 20 de setiembre de 2019

Primer “Encuentro de Estudios Democráticos de Magistradas y Magistrados de la región latinoamericana”

Ninguno

Ninguno

Ileana Aguilar Olivares

Secretaria Académica a. i. del IFED

Ídem

Ídem

Ídem

Ídem

Ídem


ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Cédula de notificación de resolución n.° 2019013349, expediente n.° 19-010750-0007-CO. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación relativa a la resolución n.° 2019013349 de las nueve horas y veinte minutos del diecinueve de julio de dos mil diecinueve, dictada dentro del expediente judicial n.° 19-010750-0007-CO, recibida -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de julio de 2019, mediante la cual resuelve con lugar, sin especial condenatoria en costas, daños y perjuicios, recurso de amparo interpuesto por el señor Pedro Miguel Muñoz Fonseca.

Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, del Departamento Legal y de la Unidad de Letrados. ACUERDO FIRME.

B) Consulta de proyecto de “Ley de Transparencia para la Ejecución de los Empréstitos Públicos” expediente n.° 21.220. De la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CJ 21220-0377-2019 del 23 de julio de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto: N.° 21.220: “LEY DE TRANSPARENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE LOS EMPRÉSTITOS PÚBLICOS”. De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se determinó consultar el texto base a su representada, publicado en el Alcance N° 139, en La Gaceta 116, del 21 de junio de 2019; el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: …”Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”... (…)”.

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 5 de agosto de 2019- pase a la Dirección Ejecutiva y al Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:00 horas del 1.° de agosto de 2019. Tomen nota los referidos despachos y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 6 de agosto de 2019. ACUERDO FIRME.

C) Consulta de proyecto de “Ley de Repositorio Único Nacional para Fortalecer las Capacidades de Rastreo e Identificación de Personas” expediente n.° 21.321. De la señora Daniella Agüero Bermúdez, Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-21321-CPSN-OFI-0101-2019 del 24 de julio de 2019, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto: N.° 21.321: “LEY DE REPOSITORIO ÚNICO NACIONAL PARA FORTALECER LAS CAPACIDADES DE RASTREO E IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS”. De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se determinó consultar el texto base a su representada, publicado en el Alcance N° 144, en La Gaceta 119, del 26 de junio de 2019; el cual se adjunta.

De conformidad con lo que establece el artículo 157 (consultas institucionales), del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que indica: …”Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta a que se refiere este artículo, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”... (…).

Se dispone: Agradecer a la señora Agüero Bermúdez la comunicación que cursa y hacer de su conocimiento, así como del de los estimables señores de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, que estos organismos electorales atendieron esa iniciativa legislativa en oficio n.° TSE-1566-2019 del 16 de julio de 2019. ACUERDO FIRME.

D) Remisión de oficio n.° DIGECA-255-2019. De las señoras Shirley Soto Montero y Magda Protti Ramírez, Directora de Gestión de Calidad Ambiental y Técnico del Departamento de Monitoreo y Control, respectivamente, del Ministerio de Ambiente y Energía, se conoce oficio n.° DIGECA-255-2019 del 19 de julio de 2019, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 26 de julio de 2019, mediante el cual se refiere a la visita a las instalaciones de la sede central y los Yoses de estos organismos electorales realizada el 8 de julio de 2019, a partir de lo cual enumera avances y sugerencias que tienen como propósito fortalecer y consolidar el proceso de incorporación de prácticas ambientales en la institución, así como la calificación obtenida en el semáforo de implementación de PGAI (Programas de Gestión Ambiental Institucional) a nivel institucional.

Se dispone: Agradecer a las estimables señoras Soto Montero y Protti Ramírez la atención dispensada a este Tribunal. Para su atención, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Luz de los Ángeles Retana Chinchilla