ACTA N.º 16-2019
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del siete de febrero de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron y Luis Diego Brenes Villalobos.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Ana Marcela Barrantes Gutiérrez de la Oficina Regional de Alajuela. De la señora Kattya Marcela Varela Gómez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0252-2019 del 6 de febrero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio ORAL-0111-2019, suscrito por la Sra. Elieth Arias Rodríguez, Jefa a.i. de la Oficina Regional de Alajuela, en el cual hacen referencia a la nota suscrita por la señora Ana Marcela Barrantes Gutiérrez, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por 15 días contados a partir del próximo 1 de marzo, dados los motivos que se sirve exponer.
La señora Barrantes Gutiérrez labora para la institución desde el 1° de agosto de 2008, tiene nombramiento en propiedad como Asistente Administrativo 2 en la Oficina Regional de Alajuela, durante su trayectoria laboral ha disfrutado de varias licencias como la que ahora pretende, una por un mes en enero de 2013, otra por dos meses en setiembre y octubre de ese mismo año, otra por un mes en enero de 2015, otra por un mes en agosto de 2016 y otra en julio de 2017 por espacio de un mes.
De acuerdo con lo anterior y salvo superior criterio, se estima que la solicitud es viable y bien se puede autorizar con fundamento en lo que al efecto dispone el artículo 33-c-1 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse hasta por “Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” La funcionaria a la fecha de inicio del permiso sin goce de salario tiene 7.5 días de vacaciones proporcionales, por lo que deberá disfrutarlas a partir del mediodía del 19 de febrero del año en curso.".
Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Yoryina Andrea Coto Rivel de la Sección de Solicitudes Cedulares. De la señora Kattya Marcela Varela Gómez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0243-2019 del 6 de febrero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida en este despacho hoy, que suscribe la funcionaria Yoryina Andrea Coto Rivel, con la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por un lapso de seis meses, a partir del 16 de marzo, dados los motivos que se sirve exponer.
La funcionaria Coto Rivel labora para este organismo electoral desde el 17 de enero de 2011 y ocupa un puesto en propiedad de la clase Asistente Administrativo 1 en la Sección de Análisis, ascendida interinamente en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Solicitudes Cedulares. Durante su trayectoria laboral no ha disfrutado de licencias como la que ahora aspira. Según lo indicado en el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, inciso C, punto 1, el cual dicta: “Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministerio o máximo jerarca de la Institución.”, se estima conveniente, salvo superior criterio, que esta gestión se puede aprobar por seis meses fundamentado en los alcances que dicta el artículo antes mencionado.
De no haber objeciones por parte del Tribunal y conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, la colaboradora deberá previamente disfrutar de las vacaciones ordinarias y proporcionales a que tiene derecho que corresponden a 21 días, de los cuales 18 corresponden al periodo 2018-2019 y 3 del periodo 2019-2020, las que deberá ser solicitadas a partir del 14 de febrero de 2019, por lo que la licencia bien puede ser efectiva a partir del 16 de marzo al 15 de setiembre de 2019.
Finalmente puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno de la jefatura inmediata en ese momento Licda. Cindy Vega Figueroa, Jefa a. i. de la Sección de Solicitudes Cedulares y del Lic. Oscar Fernando Mena Carvajal, Oficial Mayor Electoral.".
Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Encargos de funciones de las jefaturas de la Contraloría Electoral y de la Oficina de Comunicación Organizacional. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0229-2019 del 4 de febrero de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación de los encargos de funciones que se detallan a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituto |
Fecha |
Tipo |
Contraloría Electoral |
Javier Ignacio Vega Garrido |
Melissa Bagnarello Chaves |
Del 14 al 18 febrero de 2019. |
Encargo de funciones |
Oficina de Comunicación Organizacional |
Ana María Jiménez Rodríguez |
Ivonne Chaves Cascante |
Del 14 al 18 de febrero de 2019 |
Encargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Recargo de funciones de la jefatura del Departamento de Recursos Humanos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0273-2019 del 7 de febrero de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del recargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituta |
Período |
Tipo |
Departamento de Recursos Humanos |
Jocelyn Brown Pérez |
Kattya Varela Gómez |
Del 12 al 25 de febrero de 2019 |
Recargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el recargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Solicitud de permiso para afiliados para asistir a la Asamblea Extraordinaria del Sindicato de Empleados del TSE. Del señor Jeffrey Salazar Montero, Secretario General Adjunto del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones (SETSE), se conoce oficio n.° SETSE-012-2019 del 4 de febrero de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Este grupo sindical se permite comunicar que el próximo 12 de febrero estará celebrando una Asamblea Extraordinaria, en el Auditorio Insitutcional [sic], a las 16:00 hrs [sic]. Para ello, solicitamos respetuosamente interpongan sus buenos oficios con el fin de valorar la posibilidad de extender el debido permiso a nuestros afiliados y afiliadas destacados en las oficinas regionales, de tal forma que aquellos interesados puedan trasladarse oportunamente para participar en la referida Asamblea.
Asimismo, en el caso de las personas colaboradoras de la sede central de estos Organismos Electorales, se estima oportuno que esa Magistratura pudiese autorizar que ese día (12 de febrero) puedan dejar sus puestos de trabajo 15 minutos antes de la finalización de la jornada ordinaria (3:45 p.m.), todo ello en el entendido de que en su ausencia no habría de afectarse el servicio brindado por la institución ni que, por ello, puedan obviar su respectiva marca de salida (en hora posterior a las 4:00 p.m.), en aquellos casos en que aplique.".
Se dispone: Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Comunicación de la Presidencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de México. Del señor Alberto Guevara Castro, Director General de Relaciones Institucionales Internacionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos, se conoce memorial del 30 de enero de 201, recibido –vía correo electrónico– el 4 de febrero de 2019 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Por este medio, hago de su conocimiento que el 23 de enero de 2019, las y los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) eligieron por unanimidad de votos al Magistrado Felipe Fuentes Barrera, como Presidente de este órgano jurisdiccional.
El Pleno de este Tribunal Constitucional refrenda su compromiso de consolidar la confianza ciudadana en la justicia electoral, como uno de los pilares fundamentales del Estado de Derecho en México.
Asimismo, las Magistradas y los Magistrados que conforman esta institución reiteran su entera disposición para contribuir y participar en una agenda común internacional en la materia, que haga valer los valores democráticos de nuestras naciones y el respeto a los derechos humanos reconocidos en nuestra Constitución Política y en los instrumentos internacionales.".
Se dispone: Agradecer al estimable señor Guevara Castro la comunicación que cursa y desear al señor Magistrado Presidente Felipe Alfredo Fuentes Barrera éxito en sus delicadas funciones. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Resolución de la Sala Constitucional que declara sin lugar amparo contra el TSE. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación relativa a la resolución de las nueve horas y veinte minutos del primero de febrero de 2019, recibida en la Secretaría General de este Tribunal el 5 de febrero de 2019, mediante la cual declara sin lugar recurso de amparo tramitado bajo expediente n.° 18-020231-0007-CO interpuesto contra el Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Tomar nota. Hágase del conocimiento de la Dirección General del Registro Civil y del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Luis Diego Brenes Villalobos |