ACTA N.º 118-2019
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Luz de los Ángeles Retana Chinchilla y Luis Diego Brenes Villalobos.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Encargo de funciones del señor Oficial Mayor del Departamento Electoral. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1155-2019 del 12 de diciembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios, el Instructivo para el trámite de recargos de funciones y la circular número STSE-0030-2016 del 19 de julio del 2016, asimismo lo expuesto en los oficios que se dirá, respetuosamente someto a consideración de las señoras magistradas y señores magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, la solicitud de encargo de funciones que se detalla a continuación:
DEPARTAMENTO ELECTORAL |
|
Titular |
Oscar Fernando Mena Carvajal |
Encargar en |
Carlos Luis Brenes Molina |
Periodo |
16 días a partir del 16 de diciembre de 2019 y hasta el 9 de enero de 2020 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-2827-2019 del 11 de diciembre de 2019 |
Oficio de la jefatura |
DEL-1158-2019 del 6 de diciembre de 2019 |
Con base en lo anterior, esta Dirección avala la recomendación para que el señor Brenes Molina sustituya al señor Mena Carvajal en el lapso indicado, si a bien lo tiene el Superior.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones, a partir de la firmeza del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.
B) Encargos de funciones del señor Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2956-2019 del 12 de diciembre de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación de los encargos de funciones que se detallan a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituye |
Período |
Tipo |
Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos |
Ronald Chacón Badilla |
Guiselle Valverde Calderón |
Del 17 al 18 de diciembre de 2019 y Del 2 al 10 de enero de 2020 |
Encargos de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2969-2019 del 16 de diciembre de 2019, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de lo siguiente:
1.- De los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO Y PERIODO DEL NOMBRAMIENTO |
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377876, Técnico Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Yoselinne Patricia Rivera Sancho, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 17 de setiembre 2012, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en el Departamento de Programas Electorales (PAV), por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios, con respecto a la plaza 368733. |
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377880, Técnico Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Johanna Brenes Moreno, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 5 de enero de 2015, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en el Departamento de Programas Electorales (PEME), por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios, con respecto a la plaza 370912. |
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377875, Técnico Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Susan Fuentes Gutiérrez, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 17 de mayo de 2019, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1 -SU-, en el Departamento de Programas Electorales, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2 -SU-. |
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377964, Técnico Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Iván Argeñal Angulo, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. El candidato que se propone labora para la institución desde el 22 de julio de 2013, actualmente se encuentra nombrado interinamente en un puesto de la misma clase de servicios especiales, en el Departamento de Programas Electorales, por lo que se solicita un traslado. |
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377967, Técnico Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Maricela Campos Solano, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 16 de julio de 2019, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Profesional Asistente 1 -SU-, en el Departamento de Programas Electorales (PIC), por lo que se solicita un descenso, debido a que la plaza que ocupa actualmente tiene presupuesto asignado hasta el 31 de diciembre de 2019. |
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377949, Técnico Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
María del Sol Quesada Anchía, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 1° de julio de 2011, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Profesional Ejecutor 2 -SU-, en el Departamento de Programas Electorales (PIC), por lo que se solicita un descenso debido a que la plaza que ocupa actualmente tiene presupuesto asignado hasta el 31 de diciembre de 2019. |
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378064, Técnico Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Carolina Pereira Barrantes, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 1° de setiembre de 2014, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Profesional Ejecutor 3 -SU-, en el Departamento de Programas Electorales (PIC), por lo que se solicita un descenso, debido a que la plaza que ocupa actualmente tiene presupuesto asignado hasta el 31 de diciembre de 2019. |
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378087, Asistente Funcional 1 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Kattia Estrada González, 1°-ENE al 31-MAR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 21 de julio de 2017, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1, en el Departamento de Programas Electorales, por lo que existe 1 clase de por medio para llegar a Asistente Funcional 1 -SU-. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios, con respecto a la plaza 368746. |
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378101, Asistente Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Juan José Delgado Cubillo, 1°-ENE al 31-MAY de 2020. El candidato que se propone labora para la institución desde el 1° de setiembre de 2015, actualmente se encuentra nombrado interinamente en un puesto de la clase Asistente Administrativo 2, en el Departamento Civil, por lo que existe 1 clase de por medio para llegar a Asistente Funcional 2 -SU-, debido a que la plaza que ocupa actualmente tiene presupuesto asignado hasta el 31 de diciembre de 2019. |
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357819, Profesional Asistente 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Wendy Calderón Mora, 1°-ENE al 31-DIC de 2020 o hasta que regrese su propietaria, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora para la institución desde el 18 de junio de 2007, actualmente se encuentra nombrada interinamente en un puesto de la clase Profesional Asistente 1 -SU-, en el Departamento de Programas Electorales (PIC), por lo que solicita un traslado, debido a que la plaza que ocupa actualmente tiene presupuesto asignado hasta el 31 de diciembre de 2019. |
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378444, Asistente Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Laura Alejandra Brenes Ramírez, 1°-ENE al 30-ABR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 16 de mayo de 2016, en un puesto de la clase Auxiliar Operativo 2, en la Oficina de Seguridad Integral, por lo que existen 3 clases de por medio para llegar a Asistente Funcional 2 -SU-. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios, con respecto a la plaza 45574. |
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378445, Asistente Funcional 2 -SU- |
Plaza de servicios especiales. -Salario único-. |
Yenci Tatiana Gómez Villarreal, 1°-ENE al 30-ABR de 2020. La candidata que se propone labora para la institución desde el 1° de junio de 2015, en un puesto de la clase Asistente Funcional 1, en esa misma Secretaría, por lo que se encuentra en línea directa de ascenso. Este nombramiento se solicita con base en el artículo 36 bis del Reglamento a la Ley de Salarios, con respecto a la plaza 90234. |
2.- Del nombramiento interino cuya terna se propone, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas:
N° PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
377963 (Plaza de servicios especiales -Salario Único-) |
Filliph Aarón Ledezma Rodríguez |
Conserje Electoral -SU- |
Trabajador /a Operativo Electoral |
Departamento de Programas Electorales (PEME) |
Leonardo Daniel Campos Ruiz |
||||
Andrea Conejo Chavarría |
||||
Fecha de rige: del 2-ENE y hasta el 31-MAR de 2020. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna, en atención a la Ley número 8862 de Inclusión y Protección Laboral de las personas con Discapacidad. |
De aprobarse los nombramientos propuestos en las líneas 10 y 12 solicitamos además prorrogar a los candidatos que generan las cadenas de nombramientos y que actualmente se encuentran desempeñando los puestos número 45524, 101898, 371977, 72877, 370924 y 90234, respectivamente, correspondientes a los funcionarios: Jorge Steve Alvarado Villalobos, Katherine Marcela Barrientos Ramírez, Karen Melissa Arguedas Delgado, Fabiola Espinoza Prado, Katherine González González y Elsebeth Román Morales.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Nombrar conforme se propone en el punto 1, así como aprobar el nombramiento de quien figura en el primer lugar de la referida terna, conforme se sugiere en el punto 2, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Renuncia por pensión del señor Director Ejecutivo. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-3575-2019 del 16 de diciembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración oficio DE-3634-2019 de fecha 16 de diciembre de 2019, suscrito por el funcionario José Francisco Rodríguez Siles, quien desempeña el puesto de Director Ejecutivo, -clase Director General Electoral- destacado en la Dirección Ejecutiva, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el Régimen General de Pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).
Dicho funcionario labora para este organismo electoral desde el 1° de febrero de 1984 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de enero de 2020, motivado para ello en la resolución DNP-REA-894-2014 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las 10:00 horas del 23 de agosto de 2019.
Asimismo, solicita el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, así como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro y el pago de jornada extraordinaria si la hubiere.
Para el caso del citado funcionario, le corresponderá presentar ante este departamento, el informe final de gestión, por su condición de jefatura.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por presentada la renuncia del señor Rodríguez Siles, funcionario probo, esforzado y altruista, a quien se le agradecen los leales servicios prestados a estos organismos electorales por tantos años, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
E) Informe sobre solicitud de la UNEC respecto de plazas de servicios especiales. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-776-2019 del 16 de diciembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 116-2019, celebrada el 12 de diciembre de 2019, rinde informe relativo a la solicitud formulada por la UNEC respecto de la aplicación del numeral 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil a plazas de servicios especiales que pasen a cargos fijos y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"V. Conclusiones y recomendación.
1- En el Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal, las plazas de servicios especiales se encuentran excluidas del sistema de nombramiento ordinario, estableciéndose para ellas, un procedimiento especial de designación, de conformidad con los artículos 22 y 25.
2- Las plazas vacantes de cargos fijos tienen un procedimiento para ser llenadas, conforme al numeral 7 inciso a) y 22 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal.
3- La Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal y su reglamento, posibilitan la aplicación, en caso de ausencia de normas, de la normativa del Servicio Civil (art. 59).
4- Respecto al caso consultado, referente a un grupo de plazas de servicios especiales que se van a pasar al régimen ordinario de cargos fijos (en el entendido de que ello ocurrirá en varios períodos presupuestarios, según estudio realizado por la Dirección Ejecutiva, y aprobado por el Tribunal en sesión n.° 51-2019 del 21 de mayo de 2019), no existe en nuestra normativa interna disposición alguna que permita a los funcionarios que vienen ocupando esos puestos la posibilidad de adquirir la condición de servidor regular, previa constatación de su idoneidad.
5- Ante el vacío de norma interna frente a un cuadro fáctico como el que se presenta, corresponde al Tribunal disponer -dentro de sus potestades discrecionales-, la aplicación supletoria del procedimiento regulado en el numeral 11 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil, en el entendido de que este es de carácter excepcional, aplicable igualmente a situaciones excepcionales, por lo que no puede ser utilizado para evadir los procedimientos ordinarios de selección y reclutamiento de personal, ni mucho menos que sea de aplicación generalizada.
6- En caso de que el Tribunal disponga la aplicación del numeral 11 referido, este Departamento Legal recomienda que se observe a cabalidad y con rigurosidad el procedimiento establecido por la Dirección General del Servicio Civil (DGSC-CRH-GE.001-2015), a fin de comprobar fehacientemente el aspecto temporal ahí reglado y la idoneidad de los funcionarios (arts. 191 y 192 constitucionales).".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendación se acogen; en consecuencia, se aplicará supletoriamente el procedimiento establecido en el artículo 11 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil para efectuar nombramientos en propiedad en aquellas plazas de servicios especiales que pasen a cargos fijos para este año y los subsiguientes. Proceda el Departamento de Recursos Humanos, una vez comunicado el presente acuerdo, a consultar de manera inmediata a los funcionarios que puedan tener mejor derecho sobre estas plazas si tienen la intención de retornar a ellas, con el propósito de que les resulte aplicable lo dispuesto en el referido numeral. A su vez, estos contarán con un plazo de veinticuatro horas para manifestar su voluntad. De igual forma, el Departamento de Recursos Humanos, en conjunto con la Secretaría General de este Tribunal, la Dirección General del Registro Civil y el Departamento Legal, en el plazo de un mes, deberán proceder con la respectiva comprobación de idoneidad y verificación del cumplimiento de requisitos a que hace mención el Departamento Legal en su informe; posterior a lo cual, se procederá a remitir en definitiva las propuestas de nombramientos en propiedad a este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Informe Técnico del estudio administrativo integral de la Sección Coordinación de Servicios Regionales- Mejoras en el Registro Civil 2ª etapa. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-3621-2019 del 13 de diciembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo dispuesto por el Superior, en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 36-2015, celebrada el 28 de abril de 2015 y comunicado mediante oficio STSE-0684-2015 de misma fecha, remito Informe Técnico MRC-5(B) “Estudio administrativo integral de la Sección Coordinación de Servicios Regionales”.
Cabe mencionar que el documento adjunto, corresponde al segundo informe o entregable programado en el marco de la segunda etapa del estudio Mejoras en el Registro Civil, que igualmente abarcó a las 32 Oficinas Regionales, por lo que, con su aprobación se estaría concluyendo esa etapa.
7.1. La labor que lleva a cabo la Sección Coordinación de Servicios Regionales, es elemental para el cumplimiento de la misión institucional, en lo relativo a la prestación especializada de los servicios registrales y de identificación ciudadana. Asimismo, constituye un punto de apoyo medular para los procesos electorales y consultivos, ya sea a través de las tareas que ejecuta mediante servicios ambulantes de cedulación y a domicilio o bien, por intermedio de la gestión que llevan a cabo sus 32 oficinas regionales adscritas.
7.2. Su naturaleza es única en la Institución por tratarse de la dependencia a cargo de 32 unidades desconcentradas y cubrir poblaciones usuarias de comunidades indígenas, en condiciones de vulnerabilidad o de situaciones muy particulares, facilitando así a la población costarricense, su acceso a los servicios institucionales en todo el territorio nacional.
7.3. Se confirma la necesidad de definir una nueva estructura organizativa para la Sección Coordinación de Servicios Regionales, acompañada de un nuevo nivel jerárquico, dados los efectos del informe MRC- 5 (A) “Estudio Administrativo Integral de las 32 Oficinas Regionales – Mejoras en el Registro Civil 2da Etapa” y otros elementos de análisis administrativo, abordados en el presente informe.
7.4. Los ajustes ocupacionales aplicados a los puestos que conforman la dependencia, responden a su nueva estructura orgánica, así como a las exigencias y responsabilidades que demandan su puesta en operación.
7.5. Dada la relevancia de que la labor de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, se ejecute diligente e ininterrumpidamente y de que, los movimientos internos de personal se realicen conforme a la normativa que rige la materia de carrera administrativa y el régimen de méritos institucional, resulta necesario se consideren los puestos de Coordinador/a Supervisor/a y de los Encargados/as de las Áreas internas de trabajo, como susceptibles de recargo de funciones.
7.6. La población estudiada, señaló la existencia de factores físico ambientales que afectan negativamente su desempeño, siendo los más representativos, exposición al ruido, exposición al polvo y humedad.
7.7. Fue posible identificar aspectos de mejora o de posterior análisis, en cuanto a la administración del espacio físico disponible, así como en lo relativo a los procedimientos de trabajo y logística de labor entre Coordinación de Servicios Regionales y las 32 Oficinas Regionales.
Derivadas del estudio administrativo integral
8.1. Modificar el nivel jerárquico y nomenclatura de la Sección Coordinación de Servicios Regionales para que, a partir del 1 de enero del 2020, se denomine como Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, conservando su adscripción directa a la Dirección General del Registro Civil.
8.2. Aprobar el organigrama suplementario, funciones y organigrama de puestos del Departamento de Coordinación de Servicios Regionales, según se detalla en figuras 6 y 7, el título 5.5, así como en figura 9 del presente informe. Con lo que se estaría formalizando su estructura organizativa y ocupacional a partir del 1 de enero del 2020.
8.3. Reasignar, reclasificar o transformar según corresponda, a partir del 01 de enero del 2020, los puestos que lucen en la siguiente tabla. Lo anterior, con las excepciones que surjan de los siguientes dos puntos.
8.3.1. Deben observarse los alcances del dictamen emitido por Departamento Legal en oficio DL-070-2019 del 4 de febrero de 2019, aprobado por el Superior en sesión ordinaria n°23-2019 del 21 de febrero de 2019, según oficio STSE-0375-2019.
8.3.2. Igualmente, lo señalado por el Departamento de Recursos Humanos en criterio técnico rendido al efecto, según oficio RH-2170-2019 del 11 de octubre de 2019, en el que se identificaron situaciones que, para la fecha de su emisión, imposibilitan concretar la reclasificación o reasignación de los cargos 101880, 45915, 45910 y 45911, lo que deberá ser corroborado por dicho departamento de previo a la confección de la respectiva resolución.
N° |
N° Puesto |
Subprograma Condición Presupuestaria |
Clasificación actual (clase/ nombre del puesto) |
Clasificación recomendada (clase / nombre del puesto) |
1 |
45899 |
850-01/Cargos Fijos |
Profesional Funcional 2 Jefe /a Sección de Coordinación de Servicios Regionales. |
Ejecutivo Electoral 1 Jefe /a del Departamento de Coordinación de Servicios Regionales |
2 |
45938 |
850-01/Cargos Fijos |
Profesional en Gestión 2 Profesional en Servicios Regionales 2 |
Profesional Funcional 1 Coordinador/a Supervisor/a de Servicios Regionales |
3 |
45900 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Secretario/a 1 |
Asistente Funcional 3 Secretario/a 2 |
4 |
349937 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 1 Oficinista 1 |
Asistente Funcional 1 Asistente en Servicios Administrativos 1 |
5 |
101879 |
850-01/Cargos Fijos |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Administración 1 |
Profesional en Gestión 1 Encargado/a del Área de Coordinación y Seguimiento |
6 |
45874 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 2 Oficinista 2 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a en Gestión |
7 |
101880 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Asistente en Servicios Administrativos 2 |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a en Gestión |
8 |
45773 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 1 Oficinista 1 |
Asistente Administrativo 2 Oficinista 2 |
9 |
101909 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 1 Oficinista 1 |
Asistente Administrativo 2 Oficinista 2 |
10 |
45925 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedulador/a Ambulante |
Profesional en Gestión 1 Encargado/a del Área de Servicios |
11 |
45908 |
850-01/Cargos Fijos |
Técnico/a Funcional 1 Técnico/a Coordinador/a en Cedulación Ambulante |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a Coordinador/a de Servicios Regionales |
12 |
45915 |
850-01/Cargos Fijos |
Técnico/a Funcional 1 Técnico/a Coordinador/a en Cedulación Ambulante |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a Coordinador/a de Servicios Regionales |
13 |
45910 |
850-01/Cargos Fijos |
Técnico/a Funcional 1 Técnico/a Coordinador/a en Cedulación Ambulante |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a Coordinador/a de Servicios Regionales |
14 |
45911 |
850-01/Cargos Fijos |
Técnico/a Funcional 1 Técnico/a Coordinador/a en Cedulación Ambulante |
Técnico/a Funcional 2 Técnico/a Coordinador/a de Servicios Regionales |
15 |
46103 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
16 |
45906 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
17 |
45943 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
18 |
45933 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
19 |
45919 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
20 |
45926 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
21 |
45922 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
22 |
45932 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
23 |
45942 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
24 |
101881 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Asistente en Servicios Administrativos 2 |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
25 |
45945 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
26 |
45918 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
27 |
45937 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
28 |
45935 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Cedular/a Ambulante |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
29 |
93963 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 1 Notificador/a |
Asistente Funcional 3 Asistente en Servicios Ambulantes, de Noficación y a Domicilio |
30 |
97469 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 1 Oficinista 1 |
Asistente Funcional 1 Asistente en Servicios Administrativos 1 |
31 |
45732 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Administrativo 1 Oficinista 1 |
Asistente Funcional 1 Asistente en Servicios Administrativos 1 |
8.4. Actualizar la descripción o nomenclatura según proceda, de los siguientes puestos, acción que cuenta con el criterio técnico del Departamento de Recursos Humanos.
N° |
N° Puesto |
Subprograma Condición Presupuestaria |
Clasificación actual (clase/ nombre del puesto) |
Clasificación recomendada (clase / nombre del puesto) |
1 |
45649 |
850-01/Cargos Fijos |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Administración 1 |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Administración 1 |
2 |
349948 |
850-01/Servicios Especiales |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Administración1 |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Administración 1 |
3 |
45913 |
850-01/Cargos Fijos |
Técnico/a Funcional 1 Técnico/a Coordinador/a en Cedulación Ambulante |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Servicios Regionales |
4 |
45902 |
850-01/Cargos Fijos |
Asistente Funcional 2 Asistente en Servicios Administrativos 2 |
Profesional Asistente 1 Profesional Asistente en Servicios Regionales |
Nota |
El puesto 349948 corresponde a una plaza de Servicios Especiales, no obstante, según acuerdo del Superior en sesión n°51-2019, celebrada el 21 de mayo de 2019 y comunicada mediante oficio STSE-1024-2019 de igual fecha, se dispuso su traslado, a la modalidad de cargos fijos para el ejercicio presupuestario 2020. |
8.5. Una vez que se materialicen los ajustes ocupacionales aquí planteados para los cargos de Coordinador/a Supervisor/a de Servicios Regionales, Encargado/a del Área de Coordinación y Seguimiento y Encargado/a del Área de Servicios (45938,101879 y 45925), que se integren al grupo de cargos sujetos a recargos de funciones, para lo que se observarán las condiciones que establece el Instructivo para el Trámite de Recargo de Funciones.
8.6. Que la Sección de Ingeniería y Arquitectura incluya en su Plan Operativo Anual 2021, propuesta para mejorar la administración del espacio físico y mobiliario con el que dispone actualmente Coordinación de Servicios Regionales, para lo que deberá considerar las valoraciones y propuestas contenidas en título 6.2 presente informe.
8.7. Que la Dirección Ejecutiva programe estudio administrativo a realizarse en el año 2021, enfocado en el análisis de procedimientos de trabajo y mecanismos de coordinación entre el Departamento de Coordinación de Servicios Regionales y las 32 Oficinas Regionales, con el fin de optimizarlos y contribuir así, en la consolidación de las nuevas estructuras de esas dependencias.
8.8. Que el Departamento de Recursos Humanos y la Secretaría General del TSE preparen el proyecto de resolución sobre las reclasificaciones, reasignaciones o trasformaciones de los puestos consignados en recomendación 8.3 a partir del 01 de enero del 2020, y se remita a la Dirección General de Presupuesto Nacional para que se les brinde contenido económico con base en la coletilla presupuestaria 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” con cargo al subprograma presupuestario 850-01 “Tribunal Supremo de Elecciones”.
8.9. Que la Dirección Ejecutiva remita al Departamento de Coordinación de Servicios Regionales inventario de tareas de los puestos sobre los que se recomendaron ajustes ocupacionales, como referente para la asignación y supervisión de labores. Asimismo, al Departamento de Recursos Humanos para que, con plazo a marzo del 2020, proceda con la actualización de sus descripciones e integración al Manual Descriptivo de Clases de Puestos del TSE.
8.10. Que la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones, considere con especial atención los puestos aquí recomendados para reasignación, reclasificación o transformación; esto ante eventuales casos de estudios de puestos que se encuentren en la órbita del Superior pendientes de resolver. De igual forma, deberán tomar nota en lo que les corresponde, la Dirección Ejecutiva y el Departamento de Recursos Humanos.
Derivadas de la socialización de resultados
Como parte de metodología de trabajo en Mejoras en el Registro Civil (MRC), se procedió con la socialización de resultados del informe MRC-5 (B) “Estudio Administrativo Integral de la Sección Coordinación de Servicios Regionales”, en reunión efectuada el 12 de diciembre de 2019, en la sala de reuniones de la Dirección Ejecutiva, con representantes del Registro Civil, de la Unión Nacional de Empleados Civiles y Electorales (UNEC) y de la Dirección Ejecutiva.
Como parte de los temas abordados en dicha reunión, se tiene solicitud conjunta de los representantes de la UNEC y del Registro Civil, en torno a que se homologuen las clasificaciones y descripciones de los puestos 45773 y 101909 del Área de Coordinación y Seguimiento con los puestos 97469 y 45732 del Área de Servicios, de modo que puedan rotar, se maximicen recursos y se contribuya al control interno. Lo que se espera redunde en una clasificación mayor, si técnicamente procede.
Asimismo, que la Dirección Ejecutiva programara un análisis administrativo, con el objeto de dotar al Departamento de Coordinación de Servicios Regionales de un recurso profesional en Derecho, que apoye y asesore a la jefatura en materia legal, dada la inminente reforma del Código de Familia y sus efectos en el quehacer del Registro Civil en sede central y en oficinas regionales, cuyo principal cambio o efecto radica en que el Registro Civil deberá brindar el servicio de celebrar matrimonios. En consecuencia, se adicionan las siguientes recomendaciones.
8.11. Que la Dirección Ejecutiva a marzo del 2020, lleve a cabo el análisis correspondiente con el fin de homologar las clasificaciones y descripciones de los puestos 45773, 101909 del Área de Coordinación y Seguimiento con los puestos 97469 y 45732 del Área de Servicios, de modo que sea posible su rotación entre ambas Áreas del departamento.
8.12. Que la Dirección Ejecutiva programe un estudio a realizar en el transcurso del año 2020, con el fin de valorar la viabilidad de dotar de un recurso asistencial en materia legal al Departamento de Coordinación de Servicios Regionales dadas las eventuales implicaciones de la reforma al Código de Familia, para lo que la Dirección General del Registro Civil estaría dotando la respectiva plaza.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
B) Informe respecto de recomendación de la Defensoría de los Habitantes. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1160-2019 del 13 de diciembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para que sea de conocimiento del Superior, remito oficio n.° 15078-2019-DHR-[PE] del 4 de diciembre de 2019, emitido por la Defensoría de los Habitantes, en el cual resuelve recurso de reconsideración recomendando que proceda el Registro Civil a proponer al Superior una reforma al Reglamento relativo a los trámites, requisitos y criterios de resolución en materia de naturalizaciones, para que se incluya un artículo o regulación que contemple de forma expresa, el procedimiento a seguir en los casos en que para una persona extranjera resulte materialmente imposible, cumplir con la presentación de alguno de los documentos que requiera ser emitido por autoridades extranjeras en su país de origen o de última residencia habitual para su trámite de naturalización.
Al respecto y de acuerdo a conversaciones sostenidas con el señor German Rojas Flores y el señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, jefe de la Sección de Opciones y Naturalizaciones y Oficial Mayor Civil, respectivamente, esta Dirección no evidencia que se dé una imposibilidad material en cuanto a la presentación de los requisitos solicitados para obtener la nacionalidad costarricense e incluso, ha flexibilizado el procedimiento, otorgándole a aquellos solicitantes que así lo requieran, prórrogas extensas para la presentación de partidas o antecedentes policiales, no constituyéndose en una causa representativa de denegatoria de trámites de naturalización, la no presentación de éstos.
En criterio del suscrito, excepcionar la presentación de las partidas de nacimiento o antecedentes policiales para personas de países en que resulte materialmente imposible, requiere de reforma legal, no obstante, si el criterio de los señores y señoras Magistrados es que resulta procedente incluir un artículo en el Reglamento citado, de inmediato se procederá a confeccionar y elevar la respectiva propuesto de reforma.
Adjunto encontrará el oficio de cita, así como los antecedentes que conforman este expediente.
Quedo atento a lo que a bien tengan disponer.".
Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe de estudio especial. Del señor Franklin Mora González, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-388-2019 del 13 de diciembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual remite el informe de estudio especial n.° IES-04-2019.
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva y al Departamento Legal. Hasta tanto no se resuelva en definitiva sobre el particular, tomen nota la Secretaría General y el Archivo de este Tribunal del carácter confidencial del presente asunto. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2020.
A) Propuesta de agenda de actividades y rutas para misión de observación electoral Elecciones Municipales 2020. De las señoras Andrea Fauaz Hirsch, Jefa del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas e Ileana Aguilar Olivares, Secretaria Académica a. i. del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.° DCRP-209-2019 del 13 de diciembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Para valoración superior, me permito adjuntar propuesta de agenda de actividades y rutas de observación de la misión oficial de observación electoral elecciones municipales 2020.
Esta propuesta fue desarrollada de manera conjunta entre este Departamento y la señora Ileana Aguilar Olivares, Secretaria Académica a. í. del IFED, y fue compartida con los señores Andrea Tercero, representante de CAPEL y Dirk Stammes, como coordinador de los Delegados de Atención a Observadores Internacionales DAO. Entre otras actividades, contempla la acostumbrada audiencia que se solicita a la Presidencia de la República para recibir a la misión oficial de observación electoral e incorpora las sugerencias realizadas por las personas mencionadas.
Asimismo, indicar que se contemplan 5 rutas de observación las cuales se desarrollarían con vehículos oficiales dispuestos para el día de las elecciones por parte del Programa Electoral de Transportes y las restantes rutas quedarían como opción recomendada en el eventual caso de que los señores Delegados DAO deseen llevar en sus propios vehículos a algunos de los observadores de la misión oficial.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de “Ley General de Contratación Pública”, expediente número 21.546. De la señora Sonia Cruz Jaen, Directora del Departamento de Comisiones Legislativas de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CE-21546-077-2019 del 16 de diciembre de 2019, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucción de la Presidencia de la “COMISIÓN ESPECIAL ENCARGADA DE ANALIZAR, ESTUDIAR, PROPONER Y DICTAMINAR EL EXPEDIENTE N° 21.546 “LEY GENARAL [sic] DE CONTRATACIÓN PÚBLICA”, me permito comunicarle que en la sesión N°8 del 16 de diciembre del 2019 se aprobó una moción para consultar a la institución que usted representa, el texto sustitutivo del proyecto de ley: Expediente N° 21.546 “LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICAL”. [sic]
SE ADJUNTA EL TEXTO SUSTITUTIVO DEL PROYECTO N°21.546
Le ruego evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa. […]".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta -el cual habrá de rendirse a más tardar el 20 de diciembre de 2019- pase al señor Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 19 de diciembre de 2019. Tome nota el referido servidor y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 6 de enero de 2020. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla |
Luis Diego Brenes Villalobos |