ACTA N.º 106-2019
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del siete de noviembre de dos mil diecinueve, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud para dejar sin efecto nombramientos interinos. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2387-2019 del 5 de noviembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria n.° 104-2019 celebrada el 31 de octubre del año en curso y comunicado mediante oficio número STSE-2588-2019 de misma data, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó los nombramientos interinos de las siguientes personas candidatas Kattia Cristina Orozco González, Meilyn Andrea García Barquero, Melania de los Ángeles Gómez Valverde y Fabián José Fallas Zamora en plazas de Asistente Administrativo 1 de servicios especiales -SU- del Departamento de Programas Electorales. No obstante, mediante correos electrónicos recibidos – los cuales se adjuntan – las personas indican no poder aceptar el nombramiento propuesto para cada una de ellas.
En virtud de lo anterior, y si el Tribunal no tiene objeción, se solicita dejar sin efecto esos nombramientos interinos, aprobados en la citada sesión.".
Se dispone: Dejar sin efecto los nombramientos interinos indicados, conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Cese de nombramiento interino. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2388-2019 del 5 de noviembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria n.° 104-2019 celebrada el 31 de octubre del año en curso y comunicado mediante oficio número STSE-2588-2019 de misma data, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó el nombramiento interino de la señorita Marianela Ureña Castro. Unido a ellos en oficio RH-2376-2019 se solicitó la modificación de la fecha de ingreso para el día lunes 4 de noviembre, razón por la cual la citada funcionaria se presentó el día de ayer y asistió a la Inducción de Personal. No obstante, la señorita Ureña Castro envía correo electrónico el día de hoy indicando que “…por temas personales, lamentablemente no estaré disponible para responder a las labores con el TSE en lo que resta del año…”.
Al respecto cabe mencionar lo indicado en el artículo 31 del Código de Trabajo:
“- En los contratos a tiempo fijo y para obra determinada, cada una de las partes puede ponerles término, sin justa causa, antes del advenimiento del plazo o de la conclusión de la obra, pagando a la otra los daños y perjuicios concretos que demuestre, en relación con el tiempo de duración del contrato resuelto, con la importancia de la función desempeñada y con la dificultad que el trabajador tenga para procurarse cargo o empleo equivalente, o el patrono para encontrar sustituto, todo a juicio de los Tribunales de Trabajo.
Cuando el patrono ejercite la facultad aludida en el párrafo anterior, además deberá pagar al trabajador, en el mismo momento de dar por concluido el contrato, el importe correspondiente a un día de salario por cada siete días de trabajo continúo ejecutado o fracción de tiempo menor, si no se hubiera ajustado dicho término; pero en ningún caso esta suma podrá ser inferior a tres días de salario.
No obstante, si el contrato se ha estipulado por seis meses o más o la ejecución de la obra, por su naturaleza o importancia, deba durar este plazo u otro mayor, la referida indemnización adicional nunca podrá ser inferior a veintidós días de salario.”
Por lo anteriormente expuesto, la funcionaria en mención no alcanzó a cumplir el periodo de prueba mínimo, estipulado en el artículo 39 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones.
En virtud de lo anterior, y si el Tribunal no tiene objeción, se solicita el cese de funciones de la citada funcionaria a partir del día de hoy.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Cese de nombramiento interino. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2399-2019 del 6 de noviembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria n.° 104-2019 celebrada el 31 de octubre del año en curso y comunicado mediante oficio número STSE-2588-2019 de misma data, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó el nombramiento interino de la señorita Jessica Alejandra Bermúdez Zúñiga en una plaza de servicios especiales de Asistente Administrativo 1 S.U. No obstante, en nota recibida en nuestro despacho el pasado 5 de noviembre, la señorita Bermúdez Zúñiga indica lo siguiente: “…por temas personales, no podré completar el programa para el cual fui contratada…”; razón por la cual ha renunciado a su puesto desde el día de ayer.
Al respecto cabe mencionar lo indicado en el artículo 31 del Código de Trabajo:
“- En los contratos a tiempo fijo y para obra determinada, cada una de las partes puede ponerles término, sin justa causa, antes del advenimiento del plazo o de la conclusión de la obra, pagando a la otra los daños y perjuicios concretos que demuestre, en relación con el tiempo de duración del contrato resuelto, con la importancia de la función desempeñada y con la dificultad que el trabajador tenga para procurarse cargo o empleo equivalente, o el patrono para encontrar sustituto, todo a juicio de los Tribunales de Trabajo.
Cuando el patrono ejercite la facultad aludida en el párrafo anterior, además deberá pagar al trabajador, en el mismo momento de dar por concluido el contrato, el importe correspondiente a un día de salario por cada siete días de trabajo continúo ejecutado o fracción de tiempo menor, si no se hubiera ajustado dicho término; pero en ningún caso esta suma podrá ser inferior a tres días de salario.
No obstante, si el contrato se ha estipulado por seis meses o más o la ejecución de la obra, por su naturaleza o importancia, deba durar este plazo u otro mayor, la referida indemnización adicional nunca podrá ser inferior a veintidós días de salario.”
Por lo anteriormente expuesto, la funcionaria en mención no alcanzó a cumplir el periodo de prueba mínimo, estipulado en el artículo 39 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal Supremo de Elecciones.
En virtud de lo anterior, y si el Tribunal no tiene objeción, se solicita el cese de funciones de la citada funcionaria a partir del día de hoy.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
D) Propuesta de nombramiento en propiedad en el Departamento de Contaduría. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-2631-2019 del 6 de noviembre de 2019, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra la ley de salarios y su reglamento y, lo expuesto en los oficios que se dirán, me permito proponer el siguiente nombramiento en propiedad en el Departamento de Contaduría:
Funcionario |
Jefferson Vargas Salas |
Puesto al que se propone ascender |
45436 Profesional Funcional 1, Subcontador |
Clases entre la actual y la propuesta |
2 |
Fecha de rige propuesta |
16 de noviembre de 2019 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-2390-2019 del 5 de noviembre de 2019 |
Oficio de la jefatura inmediata |
CONT-578-2019 del 9 de agosto de 2019 |
Al respecto, el señor Vargas Salas fue informado de las condiciones salariales actuales a las que se sujeta dicho nombramiento, de conformidad con lo establecido en la ley n.° 9635 de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
E) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° STSE-2633-2019 del 6 de noviembre de 2019, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, nos permitimos proponer la aprobación de las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
NOMBRE DEL SERVIDOR |
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
|
Secretaría General del Tribunal |
45422, Profesional Asistente 1 |
|
Sección de Análisis |
45748, Asistente Administrativo 2 |
|
Departamento Legal |
86307, Profesional Funcional 1 |
|
Secretaría General del Tribunal |
101884, Profesional en Gestión 2 |
|
Secretaría General del Tribunal |
72873, Profesional Ejecutor 3 |
|
Departamento de Recursos Humanos |
361342, Profesional en Gestión 1 |
|
Departamento de Recursos Humanos |
45886, Profesional Ejecutor 3 |
|
Departamento de Recursos Humanos |
45525, Profesional Asistente 1 |
|
Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos |
361413, Técnico Funcional 2 |
|
Centro de Documentación |
45665, Técnico Funcional 1 |
|
Sección de Servicios Generales |
45485, Asistente Funcional 1 |
|
Dirección Ejecutiva |
353733, Técnico Funcional 1 |
|
Secretaría General del Tribunal |
86896, Asistente Funcional 3 |
|
Oficina Regional de Limón |
45877, Asistente Funcional 3 |
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Direccion General del Registro Civil |
101883, Asistente Funcional 2 |
|
Sección de Servicios Generales |
45495, Auxiliar Operativo 2 |
|
Departamento de Registro de Partidos Políticos |
45749, Profesional Asistente 1 |
|
Oficina Regional de Alajuela |
76398, Asistente Funcional 3 |
|
Oficina Regional de Alajuela |
76397, Asistente Funcional 3 |
|
Oficina Regional de Alajuela |
45634, Asistente Funcional 3 |
|
Secretaría General del Tribunal |
97503, Ejecutivo Funcional 1 |
|
Sección de Inscripciones |
45628, Asistente Funcional 3 |
|
Sección de Inscripciones |
45596, Asistente Administrativo 2 |
|
Oficina de Proyectos Tecnológicos |
97643, Profesional Asistente 1 |
|
Sección de Inscripciones |
45562, Asistente Funcional 3 |
|
Sección de Inscripciones |
45753, Asistente Administrativo 2 |
|
Sección de Inscripciones |
56358, Asistente Administrativo 1 |
|
Coordinación de Servicios Regionales |
45925, Asistente Funcional 2 |
|
Coordinación de Servicios Regionales |
45874, Asistente Administrativo 2 |
|
Direccion Ejecutiva |
101913, Profesional en Gestión 2 |
|
Dirección General del Registro Electoral |
368587, Profesional Asistente 1 |
|
Oficina de Proyectos Tecnológicos |
76478, Profesional Asistente 1 |
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Sección de Servicio al Cliente de TI |
76359, Técnico Funcional 1 |
|
Oficina Regional de Nicoya |
353431, Asistente Funcional 3 |
|
Sección de Inscripciones |
45636, Asistente Funcional 2 |
|
Direccion General del Registro Civil |
76477, Asistente Administrativo 2 |
|
Oficina Regional de Limón |
46093, Asistente Funcional 3 |
|
Direccion General del Registro Civil |
45528, Asistente Administrativo 2 |
|
Departamento de Proveeduría |
45451, Asistente Administrativo 2 |
|
Oficina Regional de Limón |
45616, Asistente Funcional 3 |
|
Oficina de Seguridad Integral |
45778, Auxiliar Operativo 2 |
|
Oficina Regional de Grecia |
45777, Asistente Funcional 3 |
16-NOV al 31-DIC de 2019 |
Sección de Solicitudes Cedulares |
45772, Asistente Administrativo 1 |
Del 1° al 31-DIC de 2019 |
Oficina Regional de Alajuela |
368582, Asistente Administrativo 1 |
Todas las personas que se incluyen en el anterior cuadro laboran actualmente en los puestos que se indican y lo que se requiere es prorrogar sus nombramientos interinos por un nuevo lapso, según lo indicado en el oficio RH-2397-2019 con motivo de la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
En el caso de quienes se anotan en las líneas 1 a 17 sería a partir del 16 de noviembre de 2019, para quienes se incluyen en las líneas 18 a 42 a partir del 1.° de diciembre de 2019, por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla –según sea el caso–, lo que ocurra primero.
Para el caso de las líneas 43 y 44 se solicita prorrogar su actual designación por el plazo que se indica para cada una de ellas.
Quedamos atentos a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
F) Directriz respecto de ascensos en propiedad para funcionarios electorales y civiles. Se dispone: Con el fin de fortalecer la carrera administrativa de los funcionarios de estos organismos electorales que ya cuentan con plaza en propiedad, en lo sucesivo se podrán disponer ascensos -también en propiedad- con hasta cinco clases de por medio entre la pretendida y la base en la que se encuentra el servidor, aún y cuando esta última la ocupe interinamente, siempre que la haya desempeñado al menos por cinco años. Tomen nota para lo de sus cargos la Secretaría General de este Tribunal, la Dirección General del Registro Civil y el Departamento de Recursos Humanos. Proceda el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas con la difusión interna del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Modificación extraordinaria al presupuesto institucional. Del señor Gerardo Felipe Abarca Guzmán, Coordinador a. i. del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-0430-2019 del 5 de noviembre de 2019, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual comunica el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 56-2019, celebrada ese mismo día por ese Consejo y relativo a modificación extraordinaria al presupuesto institucional, correspondiente al mes de noviembre, la cual se recomienda aprobar.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Atención de audiencia sobre cambios al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De los señores Claudio Cordero Aguilar e Ilenia Linoa Ortiz Ceciliano, Secretario General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-69-2019 del 5 de noviembre de 2019, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual atienden la audiencia conferida en el acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 101-2019, celebrada el 22 de octubre de 2019 por este Tribunal.
Se dispone: 1.- Tener por atendida la audiencia conferida por parte de la UNEC, no así por parte del SETSE. 2.- Respecto del punto 3, proceda la Dirección Ejecutiva a fusionar con el punto 19; en relación con el punto 8, mantener conforme lo planteó dicha Dirección; los puntos 24 y 26 serán unificados conforme propone la UNEC; en cuanto a características especiales, unificar primer y segundo párrafo según sugiere dicha organización; finalmente, respecto del requisito académico, también conforme proponen los estimables representantes sindicales, suprímase el énfasis en mercadeo. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla |