ACTA N.º 97-2018
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del nueve de octubre de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron y Juan Antonio Casafont Odor.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de prórroga para informar sobre la petición de aclaración respecto de los asesores electorales. Del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-571-2018 del 4 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención al oficio STSE-1827-2018 del 20 de setiembre de 2018, mediante el cual se comunica lo dispuesto por el Tribunal en sesión n°. [sic] 91-2018 de igual fecha, referente a la petición de aclaración sobre los Asesores Electorales respecto de lo acordado por el Tribunal en sesión n°. 82-2018 del 23 de agosto de 2018, dada la complejidad del asunto y las altas cargas de trabajo que está manejando esta dependencia en estos momentos, se solicita respetuosamente una prórroga por igual plazo, a fin de poder continuar con el análisis y rendir el informe en cuestión.".
Se dispone: Conceder la prórroga conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Sumaria de actualizaciones al Padrón Nacional Electoral de agosto 2018. Del señor Javier Ignacio Vega Garrido, Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-389-2018 del 3 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil, y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio del Oficio PE-360-2018, el señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe, de la Sección Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría los archivos que contienen el resumen de las actualizaciones de agosto de 2018, al Padrón Nacional Electoral, según el siguiente detalle:
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL |
|
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A JULIO 2018 |
3.356.565 |
TOTAL INCLUSIONES |
11.744 |
TOTAL EXCLUSIONES |
6.979 |
VARIACIÓN NETA |
4.765 |
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A AGOSTO 2018 |
3.361.330 |
ELECTORES EN EL EXTRANJERO |
35.436 |
TOTAL DE ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS |
3.325.894 |
Dichas cifras, en atención al desglose mensual de los movimientos que se detallan en el documento adjunto, se basan en los datos del SINCE, los generados por las Secciones Análisis y Control y Padrón Electoral, y las nóminas diarias enviadas por el Centro de Impresión.
Por su lado, esa información también fue cotejada con lo comunicado por el Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora–Director General a.i. del Registro Civil- al Tribunal en el anexo al Oficio DGRC-0939-2018, conocido en el Artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 91-2018, celebrada el 20 de setiembre de 2018, comunicado mediante el Oficio STSE-1830-2018; de ahí que la verificación de los movimientos reportados resultó satisfactoria.".
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Aclaración sobre cronograma para la atención de recomendación n.° 4.1 del informe n.º ICI-08-2018. Del señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.° AI-188-2018 del 2 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria n.º 92-2018, celebrada el 25 de setiembre de 2018, acuerdo comunicado con oficio n.° STSE-1858-2018 del 25 de septiembre de 2018, ese Órgano Colegiado conoció el oficio n.° DE-3079-2018 del 11 de setiembre del año en curso, mediante el cual el Lic. José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, rindió el informe sobre las recomendaciones formuladas por esta Auditoría Interna, en relación con el informe de control interno n.° ICI-08-2018, relativo a la Relación de Puestos de la Institución.
En ese sentido, este Despacho se permite presentar las siguientes aclaraciones respecto a la recomendación n.° 4.1, en cuanto al cronograma propuesto:
1) De acuerdo con el cronograma adjunto al citado oficio n.° DE-3079-2018, la Dirección Ejecutiva estableció cuatro actividades con el fin de poner en práctica dicha acción de mejora, sea: “4.1.1 Elaborar política institucional de reserva de plazas. 4.1.2 Dictar resolución administrativa de reserva de plazas. 4.1.3 Publicación de la resolución y un extracto de esta. 4.1.4 Comunicar resolución al Ministerio de Trabajo.”, no obstante, en el espacio correspondiente a la fecha para dar cumplimiento a cada una de esas acciones, se señala “La que defina el Superior”, mientras que como responsable se indica el “Jerarca”, razón por la cual se omite la fecha en que se pondrá en práctica la recomendación de repetida cita.
2) En relación con el acuerdo adoptado por el Tribunal, con motivo del conocimiento del informe rendido por la Dirección Ejecutiva con el mencionado oficio n.° DE-3078-2018, se dispuso: “Tener por rendido el informe. En consecuencia, se aprueban las recomendaciones planteadas por la Auditoría Interna en el referido informe, de conformidad con lo expuesto por la referida Dirección…”, de lo que se desprende que tampoco se realizó ningún encargo particular para el cumplimiento de la recomendación n.° 4.1, en atención a la propuesta formulada en el cronograma elaborado por dicha Dirección.
3) Si bien esta Unidad de Fiscalización entiende que el artículo n.° 6, titulado “Política institucional y Resolución del Jerarca” del Reglamento a la Ley de Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público, del cual surge la recomendación que nos ocupa, encarga al máximo jerarca de cada institución que efectúe una serie de acciones -como acertadamente las estableció la Administración en el mencionado cronograma-, a efectos de lograr un propósito particular, en la práctica, tales tareas por su especificidad y el trámite que conllevan, deben ser delegadas a la instancia o instancias que ese Tribunal estime pertinente. Dicha situación supone, además, que se requiere que se consigne la fecha o el plazo en que serán ejecutadas, con el fin de que se presente al Órgano Colegiado una propuesta para su aprobación.
De conformidad con lo expuesto y a efecto de coadyuvar en el mejor y oportuno cumplimiento de acción de mejora objeto de estudio, esta Auditoría Interna se permite recomendar respetuosamente se establezca la fecha de cumplimiento de cada una de las actividades señaladas en el cronograma para la recomendación n.° 4.1, así como indicar la instancia o instancias que se designarán como responsables de ejecutar cada una de las acciones establecidas.
Finalmente, en relación con lo que sobre el particular disponga ese Tribunal, se solicita informar a esta Unidad de Fiscalización lo pertinente.".
Se dispone: Para el cumplimiento de lo concerniente a la recomendación n.° 4.1, establecer como plazo máximo el primer semestre de 2019. La Dirección Ejecutiva y el Departamento Legal propondrán oportunamente a este Tribunal los insumos requeridos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Informe sobre modificaciones al Manual Descriptivo de Clases de Puestos. De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-60-2018 del 2 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"De acuerdo a la audiencia conferida por esa Magistratura, a ésta representación, según oficios STSE-1673-2018, del 30 de agosto del 2018 y STSE-1817-2018, del 18 de setiembre de 2018 y posterior a la revisión correspondiente, consideramos que debido a que en este momento se está realizando el Estudio Administrativo Integral de Mejoras en el Registro Civil “Profesionalización del Registro Civil”, y que el mismo podría incidir directamente en la descripción de este puesto en las diferentes dependencias administrativas de la Dirección General del Registro Civil, no sería oportuno ni conveniente que se hagan reformas al perfil en análisis, puesto que el informe en relación a esa Dirección podría encontrarse desactualizado y no se desprende de los documentos facilitados a esta Organización, la posición de ese Director al respecto.".
Se dispone: A los fines de mantener incólume el perfil en cuestión, en lo que respecta a la clase, incorpórense las modificaciones propuestas por la Dirección Ejecutiva a la descripción del puesto. ACUERDO FIRME.
B) Gestión del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Rui López González, Secretario General del Sindicato de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° SETSE-017-2018 del 4 de octubre de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal.
Se dispone: Para su estudio e informe, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del texto actualizado proyecto de Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas, expediente n.° 20.580. Del señor Edel Reales Noboa, Director a. i. del Departamento de Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-DSDI-OFI-0329-2018 del 5 de octubre de 2018, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones superiores y de conformidad con las disposiciones del artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, se consulta del texto actualizado del Expediente Legislativo N.º 20.580, LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS, el cual se adjunta con la presente comunicación.
De conformidad con el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, el plazo estipulado para referirse al proyecto es de ocho días hábiles contados a partir de la fecha de recibo del presente oficio; de no recibirse respuesta de la persona o ente consultado, se asumirá que no existe objeción por el asunto.".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 12 de octubre de 2018– pase a los señores Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 11 de octubre de 2018. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 18 de octubre de 2018. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
|
Max Alberto Esquivel Faerron |
Juan Antonio Casafont Odor |