ACTA N.º 55-2018
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas y treinta minutos del veintinueve de mayo de dos mil dieciocho, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde, Luis Diego Brenes Villalobos y Fernando del Castillo Riggioni.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Nombramientos interinos y prórrogas en oficinas del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0570-2018 del 23 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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76398, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos fijos vacante que se encuentra en proceso de reasignación. |
Elieth Arias Rodríguez, 1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario. La candidata labora en un puesto de la clase Técnico Funcional 2 pero con un nombramiento que vence el próximo 31 de mayo. |
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76397, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante. |
Patricia Moya Patiño, 1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria. La candidata labora en un puesto de la clase Técnico Funcional 2 pero con un nombramiento que vence el próximo 31 de mayo. |
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45634, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante. |
Ana Yancy Calderón Anchía, 1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria. La candidata actualmente labora en ese mismo puesto y lo que solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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368582, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Carlos Alberto Lozano Alvarado, 1°-JUN y hasta que regrese su anterior ocupante, que en primera instancia sería el 31-DIC de 2018. El candidato actualmente labora en ese mismo puesto y lo que solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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76477, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. El concurso para estos puestos se encuentra dentro de la calendarización aprobada por el CDIR para el II cuatrimestres del 2018. |
Alfonso Castellón Soto, 1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario. El candidato actualmente labora en ese mismo puesto y lo que solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45552, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
Dahiana Solano Loría, 1°-JUN y hasta que regrese su propietario, que en primera instancia sería el 15-OCT de 2018. La candidata actualmente labora en ese mismo puesto y lo que solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45672, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior. |
Daniel Fernández Molina, 1°-JUN y hasta que regrese su propietaria, que en primera instancia sería el 15-OCT de 2018. El candidato actualmente labora en ese mismo puesto y lo que solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45702, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
Margaret Arias Alvarado, 1°-JUN y hasta que regrese su propietario, que en primera instancia sería el 31-OCT de 2018. La candidata actualmente labora en ese mismo puesto y lo que solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Margot Patricia Cordero Ugalde de la Oficina Regional de Pococí. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1399-2018 del 25 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración nota recibida hoy en este despacho suscrito [sic] por la funcionaria Margot Patricia Cordero Ugalde, con la cual solicita una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses contados a partir del próximo 1° [sic] de junio, dados los motivos que se sirve exponer.
La señora Cordero Ugalde labora para la institución desde el 1° [sic] de julio de 1996, tiene nombramiento en propiedad como Asistente Administrativo 2 en la Oficina Regional de Pococí, y durante su trayectoria laboral ha disfrutado de varias licencias como la que ahora pretende, dos para el año 2008, una para el 2009 y dos para el 2013 y la que actualmente disfruta próxima a vencer el 31 de mayo de 2018, acumulando un total de 3 años de forma interrumpida.
De acuerdo con lo anterior y salvo superior criterio, se estima que la solicitud es viable y bien se puede autorizar con fundamento en lo que al efecto dispone el artículo 33-c-1 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que, las licencias sin goce de salario podrán concederse hasta por “Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.” La funcionaria a la fecha de inicio del permiso sin goce de salario no tiene vacaciones ordinarias o proporcionales por disfrutar y, con relación al último permiso sin goce salarial que ha disfrutado, superó los seis meses de incorporación a sus labores en la citada sede regional pues precisamente lo que solicita es una prórroga de su actual permiso sin goce de salario. Por esta razón es inexistente impedimento alguno a fin de que se le otorgue la extensión de licencia que ahora nos ocupa.
Así mismo, de aprobarse la gestión de la señora Cordero Ugalde, se solicita la prórroga del nombramiento del funcionario Diego Armando Mora Rodríguez quien ha ocupado ese puesto en ausencia de su titular en esa Oficina Regional.
Puede apreciarse que la gestión cuenta con el visto bueno del licenciado Carlos Luis Brenes Molina, Secretario General de la Dirección del Registro Civil y el aval del Lic. Rainier Barrantes Ramírez, Jefe de la Oficina Regional de Pococí, en calidad de superior inmediato de la gestionante.".
Se dispone: Aprobar la prórroga de la licencia sin goce de salario conforme se solicita, así como del nombramiento interino del señor Mora Rodríguez. ACUERDO FIRME.
C) Propuesta de nombramiento en propiedad en el Departamento de Financiamiento de Partidos Politicos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1019-2018 del 23 de mayo de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Dado que existe al efecto un registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en oficio n.° RH-1323-2018 del Departamento de Recursos Humanos, el cual prohíjo, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad a quien figura en el primer lugar:
Terna 1.- Yesenia Fonseca Umaña 2.- Melissa Núñez Castillo 3.- Rodolfo Alvarado Cordero |
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Puesto en el que se propone nombrar |
361397, Técnico Funcional 2, Técnico en Gestión en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos |
Fecha de rige propuesta |
16 de junio de 2018. |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1323-2018 del 22 de mayo de 2018 |
Oficio de la jefatura |
DFPP-347-2018 del 15 de mayo de 2018 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-049-2018 del 28 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 11-2018 celebrada el día 24 de mayo del año en curso, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron tres personas funcionarias quienes laboran para la institución a efectos ser incorporadas al Régimen de Dedicación Exclusiva. Estas personas estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, y con el propósito de verificarlo se revisó el expediente personal de cada una de ellas.
En cuanto a estas solicitudes, las cuales corresponden a quienes se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta Comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de personal que se encuentra nombrado en puestos para los cuales se requiere el grado académico de bachillerato, condición que dichas personas poseen en diferentes disciplinas.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los trámites que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.
NOMBRE Y CARGO |
SOLICITA |
COMPLEMENTO |
Dahiana Salazar Delgado - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
Abelardo Camacho Calvo - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
Diana Jazmín Gómez Vargas - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de la persona funcionaria y del Director Ejecutivo.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
E) Consulta sobre la aplicación del art. 27 párrafo segundo del Código Electoral. Del señor Warner Montoya Sánchez, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-273-2018 del 25 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde el informe requerido en el artículo segundo de la sesión ordinaria n° 51-2018, celebrada el 17 de mayo del 2018, respecto a la solicitud de interpretación del artículo 27, párrafo segundo, del Código Electoral y, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"IV. Conclusiones.
Conforme a lo expuesto se concluye:
a) Por la naturaleza jurídica del TSE y las atribuciones que la CP y el resto del ordenamiento jurídico le otorgan, este tiene una doble investidura: la de máximo juez electoral, y la de jerarca administrativo de la institución.
b) En virtud de lo anterior, dependiendo de la naturaleza del asunto que se someta a resolución del Tribunal, este ejercerá ya sea su función jurisdiccional electoral, o bien su función administrativa como jerarca institucional.
c) Las interpretaciones que el TSE realiza en aplicación de los artículos 102 inciso 3) constitucional y 12 inciso c) del CE, versan exclusivamente sobre materia electoral, con las implicaciones formales y de fondo que ello implica, como lo son el dictado de una resolución jurisdiccional publicable en el periódico oficial La Gaceta, con efectos erga omnes, e irrecurrible, entre otros.
d) La exégesis que el Tribunal realiza sobre normativa y materia que no sea de naturaleza estrictamente electoral (entendida en este dictamen como materia ajena a la jurisdicción electoral), reviste el carácter de hermenéutica jurídica pura y simple y, por ende, revisable tanto en sede administrativa como jurisdiccional.
e) La interpretación que el señor Director del Registro Electoral solicita que el Tribunal realice versa sobre materia administrativa y de empleo público. Por tal razón, practicarla al amparo de los artículos 102 inciso 3) de la CP y 12 inciso c) del CE resulta jurídicamente improcedente. Así las cosas, la interpretación requerida debe ejecutarse en aplicación de las normas jurídicas del derecho administrativo y de empleo público, ya sean de rango constitucional, o de una jerarquía normativa inferior.
f) Lo peticionado por el Director del Registro Electoral tiene asidero jurídico en la interpretación e integración normativa que al amparo de los artículos 7 y 10 de la LGAP procede realizar, respecto de los artículos 3 y 14 de la LSRM, 7 de su reglamento, 45 del RAS y 27 párrafo segundo del CE. Lo anterior por resultar congruente con los principios de eficiencia, eficacia, una idónea distribución y utilización de los recursos públicos, así como con el principio de legalidad contenido en los numerales 11, tanto constitucional como de la LGAP, y la sana crítica racional que consagra el numeral 16 de la última normativa citada; principios todos ellos que promueven que la administración actúe apegada a derecho y en aras de una mejor satisfacción del interés público para el cual existe.
V. Recomendación.
En virtud de lo expuesto, se recomienda que el Tribunal acoja parcialmente la petición del señor Director del Registro Electoral. Lo anterior, en el sentido que si bien resulta procedente interpretar las normas por él solicitadas arribando a su misma conclusión, tal exégesis no debe hacerse en aplicación de los artículos 102 inciso 3) constitucional y 12 inciso c) del CE, que consagran la atribución del TSE para interpretar la materia electoral en forma exclusiva y obligatoria, con efectos erga omnes; sino que el ejercicio hermenéutico requerido, procede practicarlo en su condición de jerarca administrativo de esta institución, toda vez que tal interpretación versa sobre materia administrativa y de empleo público.".
Se dispone: De previo a resolver, retorne este particular al Departamento Legal, a fin de que en el plazo de diez días hábiles se estudie e informe respecto de la posibilidad de que este Tribunal discrecionalmente pueda extender el ejercicio de las facultades en examen no solo a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, sino además a las Direcciones Ejecutiva y Generales del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED) y de Estrategia Tecnológica. ACUERDO FIRME.
F) Encargo y recargo de funciones del señor Secretario General del TSE. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1051-2018 del 28 de mayo de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En virtud del disfrute de vacaciones que el suscrito tendrá del 31 de mayo al 6 de julio de 2018, ambos días inclusive, solicito respetuosamente el encargo de mis funciones por el jueves 31 de mayo de 2018 a la señora Adriana María Pacheco Madrigal, Prosecretaria General a. i. del TSE, y el recargo de funciones por el periodo restante al señor Nicolás Prado Hidalgo, Prosecretario General a. i. del TSE.".
Se dispone: Aprobar el encargo y recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
G) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1052-2018 del 28 de mayo de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, según lo planteado por el Departamento de Recursos Humanos y de conformidad con lo estipulado en el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del TSE, me permito proponer la aprobación de lo siguiente:
1.- De los nombramientos interinos que se detallan a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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371991, Profesional Asistente 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Jaqueline Oviedo Mora, 1.° de junio y hasta que regrese su anterior ocupante, que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018. La candidata labora en un puesto de la clase Técnico Funcional 2 en la Sección de Análisis. |
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45879, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
César Víquez Vargas, 1.° de junio y hasta que regrese su propietario, que en primera instancia sería el 31 de diciembre de 2018. El candidato labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 2 en la Sección de Cédulas, pero con un nombramiento que finaliza el 31 de mayo. Pertenece al Registro Permanente de Oficinistas 1. |
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370863, Profesional Asistente 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Yamileth Hidalgo Herrera, 1.° de junio al 31 de diciembre de 2018. La candidata labora en un puesto de la clase Técnico Funcional 2 en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. |
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353703, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Guisella Vanessa Chang Ugarte, 2 de julio y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario. La candidata no labora actualmente para la institución, pero forma parte del registro de elegibles actualmente vigente para ese tipo de puesto. |
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353417, Profesional Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la licencia sin goce de salario otorgada a la propietaria del puesto. |
Jennifer Gutiérrez Barboza, 29 de mayo de 2018 al 7 de mayo de 2022. La candidata labora en un puesto idéntico en el Instituto de Formación y Estudios en Democracia. |
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368588, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Luis Felipe Ramírez Vindas, 1.° de junio y hasta que regrese su anterior ocupante, que en primera instancia sería el 15 de agosto de 2018. El candidato labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento, pero con un nombramiento que vence el próximo 31 de mayo. |
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370864, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Marcos Vinicio Guido Rojas, 1.° de junio al 31 de octubre de 2018. El candidato labora en un puesto de idéntica clase en ese mismo departamento, pero con un nombramiento que vence el próximo 31 de mayo. |
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370831, Profesional Asistente 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Ileana Vargas Arguijo, 1.° de junio al 31 de diciembre de 2018. La candidata labora en un puesto de la clase Asistente Funcional 2 en esa misma secretaría, por lo que existen 3 clases de por medio para llegar a Profesional Asistente 1. |
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45427, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante mientras se concluye el concurso interno que se encuentra en proceso para este tipo de puestos. |
Esther Ofelia Murillo Zamora, 1.° de junio y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario. La candidata labora en un puesto de la clase Técnico Funcional 2 en el Departamento de Programas Electorales, pero con un nombramiento que vence el próximo 31 de mayo. |
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370722, Técnico Funcional 1 |
Plaza de servicios especiales. |
María Pía Castro Aguilar, 1.° de junio al 31 de diciembre de 2018. La candidata labora en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1 en el Departamento de Programas Electorales, por lo que existen 4 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 1. |
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45451, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos vacante mientras se da inicio con el trámite concurso interno para ese tipo de puestos. |
Javier Sánchez Fonseca, 1.° de junio y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario. El candidato labora en un puesto de Auxiliar Operativo 2 |
2.- De los nombramientos interinos cuyas ternas se proponen, sugiriendo nombrar al primer lugar de cada una de ellas:
N° PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
104976 (Cargos fijos) |
Adriana María Alfaro Rojas |
Profesional Ejecutor 3 |
Profesional en Derecho 1 |
Inspección Electoral |
Valentina Obando Vives |
||||
Eduardo Vargas Mora |
||||
Rige a partir del 18 de junio y hasta que regrese su propietario, que en primera instancia sería el 30 de setiembre de 2018. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó un estudio de inopia a lo interno de la institución el pasado mes de marzo, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios interesados en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Puestos. |
N° PUESTO |
NOMBRE |
CLASE |
PUESTO |
DEPARTAMENTO / OFICINA |
368541 (Servicios Especiales) |
Valentina Obando Vives |
Profesional Ejecutor 3 |
Profesional en Derecho 1 |
Inspección Electoral |
Eduardo Vargas Mora |
||||
Laura Sequeira Cortés |
||||
Rige del 2 de julio al 31 de diciembre de 2018. La jefatura respectiva recomienda a quien ocupa el primer lugar de la terna. No se omite indicar que para este puesto se realizó un estudio de inopia a lo interno de la institución el pasado mes de marzo, dando como resultado que actualmente no hay funcionarios interesados en ocupar el cargo de manera interina, o bien no cumplen con la totalidad de los requisitos que exige el Manual Descriptivo de Clases de Puestos. |
3.- De la corrección del rige del nombramiento interino de la funcionaria Abigail Calderón Murillo en el Departamento de Programas Electorales –aprobado en el artículo tercero de la sesión ordinaria 53-2018– para que lo sea del 16 de junio al 15 de agosto de 2018 y no como se consignó.
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Nombrar conforme se propone en el punto 1, con excepción de los casos propuestos en las líneas 2 y 4; en el primer caso, en virtud de que se trata de una plaza de Oficinista 1 de cargos fijos temporalmente vacante, la cual, con arreglo a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento a la Ley de Salarios y lo dispuesto por este Tribunal en el acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 56-2017, debe llenarse -para ese tipo de puestos- siguiendo el estricto orden de puntuación obtenida por los oferentes en el respectivo registro de elegibles; en el segundo caso, dado que se trata de una plaza vacante de cargos fijos que corresponde ser llenada en propiedad, según lo dispone el artículo 25 del citado reglamento. 2.- Aprobar el nombramiento de quienes figuran en el primer lugar de las referidas ternas, conforme se sugiere en el punto 2, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. 2.- Aprobar conforme se solicita en el punto 3. ACUERDO FIRME.
H) Nombramiento en propiedad en el Departamento de Recursos Humanos. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1053-2018 del 28 de mayo de 2018, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra la ley de salarios y su reglamento y, lo expuesto en el oficio que se dirá, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en el Departamento de Recursos Humanos:
Funcionaria |
Annia Lorena Rodríguez Villegas |
Puesto al que se propone ascender |
54394, Profesional Ejecutor 3, Profesional en Recursos Humanos |
Clases entre la actual y la propuesta |
4 |
Fecha de rige propuesta |
1.° de junio de 2018 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1424-2018 del 28 de mayo de 2018 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
I) Nombramiento interino en la Sección de Inscripciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0578-2018 del 28 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 53-2018, celebrada el 24 de mayo de 2018, comunicado mediante oficio n.° STSE-1035-2018 de la misma fecha, por medio del cual se dispuso exceptuar el nombramiento del caso expuesto en la línea 2, indicando “en virtud de que se trata de un puesto vacante, el cual, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios deberá llenarse preceptivamente en propiedad”, me permito aclarar que dicho nombramiento se propuso de manera interina, según lo manifestado por la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, mediante oficio n.° RH-1312-2018, quien al respecto indicó que “es importante aclarar que el nombramiento propuesto en la línea 2, la verificación de requisitos se hizo con base en la clase ocupacional a la que pertenece el cargo, en virtud de que actualmente el perfil se encuentra en actualización y es por esta misma razón que se solicita el nombramiento en forma interina. Una vez aprobada la descripción definitiva del puesto, se tramitará el respectivo nombramiento en propiedad”. (el subrayado no es del original).
Por tal motivo, muy respetuosamente les solicito reconsiderar el citado acuerdo, en el sentido de que se apruebe el nombramiento que se propone a continuación:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
Sección de Inscripciones |
45562, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos con nombramiento en propiedad en trámite, llenada temporalmente hasta la actualización del perfil del puesto |
Edwin Gutiérrez Solano, 1°-JUN y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario. El candidato labora en un puesto idéntico en esa misma sección. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Realizada dicha aclaración, nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.
A) Propuesta para nombramientos en la Comisión de Ética y Valores del TSE. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1589-2018 del 24 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Debido al fallecimiento de nuestra compañera Yennory San Almanza, quien era miembro suplente de la Comisión de Ética y Valores de esta Institución; me permito proponer que se nombre en su lugar al señor Oscar Emmanuel Arias Brenes funcionario adscrito a esta dirección, a efecto de que retome las funciones que venía desempeñando la señora San Almanza, en la referida comisión.".
De la señora Ileanna Vargas Arguijo, Coordinadora de la Comisión de Ética y Valores, se conoce oficio n.° CEV-006-2018 del 25 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para conocimiento y aprobación de las Señoras Magistradas y de los Señores Magistrados se remite la solicitud del licenciado Héctor Fernández Masís Director General de Registro Electoral, remitida a la Comisión de Ética y Valores en oficio DGRE-620-2018 de fecha 10 de mayo de 2018, en el que textualmente indica:
“Como es de su conocimiento, la funcionaria Jeimy Alvarado se ha venido desempeñando como miembro suplente por parte de esta Dirección en la CE, sin embargo, la señora Alvarado Meza fue nombrada en el puesto de Profesional Asistente 1 en el Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, en la Sesión Ordinaria N°040-2018, celebrada el diez de abril del año en curso. Por lo anteriormente indicado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 7 del Reglamento de Funcionamiento de la CEV del TSE, es que solicito nombrar como miembro suplente representante de ésta Dirección al funcionario Esteban Salazar León”
Por tal razón se solicita autorizar la sustitución de la señora Jeimy Alvarado Meza por el señor Esteban Salazar León, como miembro suplente de la Dirección General de Registro Electoral en la Comisión de Ética y Valores.".
Se dispone: En ambos casos, sustituir conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS EN DEMOCRACIA.
A) Actividades alusivas a la celebración del día de la Democracia de 2018. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-127-2018 del 23 de marzo [sic] de 2018, recibido el 23 de mayo de 2018 en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Me permito informarle que para el año 2018, con motivo de la celebración del Día de la Democracia costarricense el próximo 7 de noviembre, el IFED está organizando las actividades alusivas a esta fecha, las cuales detallamos de seguido para la consideración y aprobación de los señores magistrados y señoras magistradas.
1. Acto conmemorativo en el anfiteatro del Tribunal
En este acto se invitarán niños y niñas de diferentes escuelas con las que el IFED ha tenido vínculo en temas de formación democrática, para que representantes de los Supremos Poderes les hablen sobre la importancia de esta celebración. Esta actividad estará programada en horas de la mañana (entre las 9 y las 10 horas, sujeto a definición).
2. Pasacalle
Se realizará un pasacalle con bandas y representaciones culturales de centros educativos, en conjunto con el Ministerio de Educación Pública. Este pasacalle subirá de La Plaza de la Cultura hacia el Parque Nacional.
3. Feria artesanal
Como en años anteriores, con al apoyo de la Municipalidad de San José, se realizará la Feria de Cultural [sic] en el Parque Nacional. En esta Feria se desarrollarán actividades culturales y venta de artesanías a lo largo del día.
4. Conferencia magistral y premio “Cátedra de la Democracia”
En relación con la conferencia magistral de la Cátedra de la Democracia, aspiramos que ésta sea impartida por un magistrado del Tribunal Electoral de Panamá, según ese órgano designe.
La conferencia se realizará a las 14:00 horas, y versará sobre el tema El aporte de los organismos electorales al fortalecimiento de la institucionalidad democrática. En ese mismo evento, se propone realizar un pequeño homenaje al Tribunal Electoral panameño, en reconocimiento a sus significativos aportes a la democracia electoral, otorgándole el premio “Cátedra de la Democracia”.
Es importante indicar que están previstos los fondos necesarios para atender este compromiso, los cuales están contenidos en la partida presupuestaria 10503 (transporte al exterior), en la cual hay 500 mil colones, y en la partida 10702 (hospedaje y alimentación), en la cual hay 315 mil colones.
Con base en lo expuesto en los puntos 1 al 4, respetuosamente solicitamos al Tribunal su anuencia para la realización de las actividades descritas y, particularmente:
1) que se apruebe la realización del acto conmemorativo, el pasacalle y la feria artesanal.
2) que se apruebe la entrega del premio “Cátedra de la Democracia” al Tribunal Electoral de Panamá, así como el pago del tiquete aéreo y hospedaje, por un día, para la persona que sea designada por ese organismo electoral para acudir a dictar la conferencia y a retirar el premio “Cátedra de la Democracia”.
3) que se autorice la entrega de una escultura del Epítome del Vuelo al Tribunal Electoral de Panamá, como reconocimiento a sus aportes a la democracia electoral, en el marco de la referida Conferencia.
4) que se autorice a las personas funcionarias para asistir el día 7 de noviembre a la Conferencia de la Cátedra de la Democracia, invitándose a dos personas por dependencia.
Asimismo, agradeceremos indicarnos si contaremos con la representación del Superior, tanto en el acto conmemorativo de la mañana, como en la Conferencia magistral de la Cátedra de la Democracia y acto de entrega del reconocimiento al Tribunal Electoral de Panamá.".
Se dispone: Autorizar conforme se propone. En representación de este Tribunal, acudirá el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron y el señor Magistrado Presidente Luis Antonio Sobrado González, respectivamente. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe de control interno n.° ICI-04-2018, relativo a los procesos operativos y de gestión de las Oficinas Regionales ubicadas en las cercanías de las zonas fronterizas. Del señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.° AI-115-2018 del 24 de mayo de 2018, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los fines pertinentes, me permito remitir a ese estimable Tribunal el documento: “Informe de control interno N.° ICI-04-2018, relativo a los procesos operativos y de gestión de las Oficinas Regionales ubicadas en las cercanías de las zonas fronterizas”.
Con el propósito de observar debidamente lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley General de Control Interno, N.° 8292, respecto del plazo en el cual deben ser analizados los informes de auditoría que se remiten al Jerarca, respetuosamente se les solicita disponer las acciones correspondientes, en el curso de los treinta días hábiles siguientes a su recibo.".
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a los señores Directores Ejecutivo y General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Informe sobre el nombramiento interino del Auditor Interno del TSE. De los señores José Luis Alvarado Vargas, Marjorie Gómez Chaves e Hilda Rojas Zamora, Gerente de Área, Asistente Técnico y Fiscalizadora, respectivamente, del Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República se conoce oficio n.° 7145 (DFOE-PG-0231) del 24 de mayo de 2018, recibido -vía correo electrónico- el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"La Contraloría General de la República recibió el oficio No. TSE-0877-2018, del 3 de mayo del 2018, suscrito por el Licenciado Luis Antonio Sobrado González, Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, mediante el cual solicitó aprobación del nombramiento interino del Auditor Interno, mientras se realiza el concurso externo para designar de manera definitiva al Auditor Interno de ese Tribunal.
Sobre el particular, la autorización solicitada se plantea con fundamento en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno (en adelante LGCI), cuya finalidad es asegurar la selección de los candidatos idóneos para ocupar los puestos de auditor y subauditor internos.
En ese sentido, los lineamientos que regulan el procedimiento para el nombramiento interino del Auditor Interno, son los "Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, las condiciones para las gestiones de nombramiento, suspensión y destitución de dichos cargos, y la aprobación del reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del Sector Público"1; en los cuales se encuentran detallados los requisitos que deben acompañar la solicitud de la Administración, así como el momento procesal en que se debe gestionar la autorización del Órgano Contralor, la cual debe ser anterior a la designación.
Para el presente caso, el Tribunal Supremo de Elecciones en la sesión ordinaria N. 0 472018, celebrada el 3 de mayo del 2018, autorizó presentar formal solicitud ante la Contraloría General, a efecto de nombrarse al señor Juan Vicente García Matamoros interinamente en el puesto de Auditor Interno por un plazo de seis meses, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha en que el Tribunal reciba el documento de autorización; funcionario quien venía desempeñándose en el cargo de Subauditor y con un recargo de funciones de Auditor Interno a partir del 1° de marzo del mismo año.
Ante el panorama descrito, para la atención de la solicitud de autorización presentada, resulta de interés en primer término traer a colación que en noviembre del 20062, la Contraloría General verificó el cumplimiento de los requisitos referentes a la idoneidad del señor García Matamoros para ejercer el cargo de Subauditor Interno; todo de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 31 LGCI, así como en las disposiciones contenidas en el punto 5.1 de los Lineamientos citados.
Por consiguiente, debe considerarse también que dichos Lineamientos en su norma 2.3, indican que los requisitos mínimos para desempeñar el cargo de Auditor Interno, son los mismos para ocupar los cargos de Subauditor Interno. En línea con lo anterior, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Tribunal Supremo de Elecciones (ROFAI), establece en su artículo 11 que el Subauditor Interno sustituirá al Auditor Interno en sus ausencias temporales.
Por todo lo anterior, es posible afirmar que existe una presunción respecto de la idoneidad del Subauditor para ejercer funciones como Auditor Interno temporalmente, como sería el caso del ejercicio interino del cargo mientras se realiza el concurso público para el nombramiento definitivo; por lo que al designarse al Subauditor como Auditor Interno de forma interina, y en razón de la naturaleza y temporalidad del interinazgo, no resulta necesario brindar la autorización respectiva en vista de que el fin de la norma, el cual es servir como punto de control (verificación de la idoneidad del sujeto que asumirá el cargo temporalmente), ya fue atendido al momento de la aprobación del proceso y de la terna del concurso en el que se realizó el nombramiento del señor García Matamoros en el cargo de Subauditor Interno, cuyos requisitos son coincidentes con los requeridos para asumir el cargo de Auditor Interno.
En concordancia con ello, priva el imperativo de interpretar la norma de conformidad con el interés público, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley General de Administración Pública, la cual indica expresamente que:
"1. La norma administrativa deberá ser interpretada en la forma que mejor garantice la realización del fin público a que se dirige, dentro del respeto debido a los derechos e intereses del particular.
2. Deberá interpretarse e integrarse tomando en cuenta las otras normas conexas y la naturaleza y valor de la conducta y hechos a que se refiere"
De manera que, como ha indicado el Órgano Contralor en el pasado3 y como se ha venido valorando de frente a los elementos analizados anteriormente así como coherencia del sistema por lo que en los casos en que la Administración decida que el nombramiento interino del Auditor Interno recaiga en el funcionario que ejerce el cargo de Subauditor Interno, éste no requerirá la autorización del Órgano Contralor. Sin embargo, la Administración deberá comunicar a la Contraloría General el nombramiento a más tardar el primer día hábil del inicio de funciones en el respectivo cargo, así como ser vigilante en el cumplimiento del plazo legal para realizar el nombramiento definitivo del Auditor Interno.
Finalmente, en cuanto al concurso que se está desarrollando en ese Tribunal para el nombramiento por tiempo indefinido del Auditor Interno, se recuerda que obtener la aprobación previa de la Contraloría General, de conformidad con el artículo 31 mencionado, es un requisito indispensable para realizar la designación definitiva. Siendo que la solicitud de aprobación del proceso de nombramiento definitivo y la nómina a presentar, deberán cumplir con los requisitos detallados en los lineamientos L-1-2006-CO-DAGJ ya mencionados.
1Resolución R-CO-91-2006, emitida por la Contralora General de la República, a las 9:00 horas de 16 de noviembre de 2006 y modificada mediante Resolución R-DC-119-2009 de 16 de diciembre de 2009, de la Contralora General de la República, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N. 0 28 de miércoles 10 de febrero de 2010.
2 Mediante el oficio DAGJ-1765-2006, del 17 de noviembre del 2006.
3 Oficio 17310 (DFOE-PG-0499) del 26 de noviembre de 2015.".
Se dispone: 1.- Agradecer a los estimables funcionarios del Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República la atención dispensada. 2.- Prorrogar el nombramiento interino del señor Juan Vicente García Matamoros como Auditor Interno del 1.° de junio al 30 de noviembre de 2018, o hasta que se nombre en propiedad en dicha plaza, lo que ocurra primero. Comuníquese a los referidos funcionarios contralores. ACUERDO FIRME.
A las once horas y cuarenta y cinco minutos terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Zetty María Bou Valverde |
Luis Diego Brenes Villalobos |
Fernando del Castillo Riggioni |