ACTA N.º 88-2017


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecinueve de octubre de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Informe sobre solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario del señor Gerald Murillo Fernández. Del señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-433-2017 del 13 de octubre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a la solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario del señor Gerald Murillo Fernández y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:

"Conclusión.

Del análisis realizado, este departamento considera que la petición presentada por el señor Gerald Murillo Fernández no resulta atendible a la luz de lo dispuesto en el artículo 33-c-1 del Reglamento del Estatuto del Servicio Civil en los términos propuestos por dicho servidor, ya que los permisos disfrutados hasta ahora le fueron concedidos al amparo de dicha norma sin que sean posibles nuevas concesiones. No obstante lo anterior, y previa acreditación de la documentación que acuerpe lo indicado con respecto al estado de salud que aqueja a la señora madre del servidor Murillo Fernández, el Tribunal podría valorar el concederle la solicitud de permiso con fundamento en lo dispuesto en el artículo 33-c-2i del citado Reglamento, referente a: “…asuntos graves de familia, tales como enfermedad, convalecencia, tratamiento médico cuando así lo requiera la salud del servidor”, considerando la regla general que para proceder a otorgar una licencia o permiso de estudios (según sea el caso) deberá verificarse para ello razones justificables, objetivas y de utilidad para la institución, así como que no se perjudique el servicio público, todo ello, dentro de sus potestades de decisión discrecionales.".

Se dispone: Tener por rendido el informe, cuya conclusión se acoge. Por el plazo de tres días hábiles, se concede audiencia al señor Murillo Fernández para que presente ante la Secretaría General de este Tribunal documentación que sustente su solicitud, en los términos expuestos por el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Presentación de tesis de doctorado en Derecho. Del señor Andrei Cambronero Torres, Letrado de este Tribunal, se conoce memorial del 17 de octubre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Previo, un cordial saludo. El 11 de octubre recién pasado defendí satisfactoriamente, ante el Tribunal Examinador del Sistema de Estudios de Postgrado (SEP) de la Universidad de Costa Rica (UCR), mi tesis doctoral denominada “La Justicia Penal Electoral en Costa Rica”. El anterior, era el último requisito para concluir mi etapa de formación.

En consecuencia, me complace informar al Pleno que se me ha otorgado -por la citada instancia académica- el grado de “Doctor Académico en Derecho”. Asimismo, al haber obtenido un promedio ponderado superior a 9 en las materias correspondientes al plan de estudios y al haberse concedida a mi trabajo final de graduación “mención honorífica” y “recomendación de publicación de la obra”, según las disposiciones de las “Normas sobre la graduación de honor para estudiantes del Sistema de Estudios de Posgrado de la Universidad de Costa Rica”, seré acreedor de la categoría “graduado de honor”.

Por ello, no tengo más que agradecerles por su siempre incondicional apoyo a todos mis proyectos profesionales y académicos; la motivación incondicional constante para que pongamos siempre el listón más alto es un acicate para este tipo de empresas. Con mi testimonio de gratitud, el cual se plasma en las páginas preliminares del ejemplar adjunto de mi tesis, va el compromiso de poner todo mi empreño y los conocimientos adquiridos al servicio de la Justicia Electoral y la institución como un todo. Innegablemente, ustedes han sido parte fundamental de todo mi proceso formativo universitario; sus enseñanzas y reflexiones enriquecieron esta etapa que culmina.".

Se dispone: Con profundo agrado por los extraordinarios logros alcanzados por el Dr. Cambronero Torres, que sin duda redundarán en beneficio de la institución, se toma nota de la referida comunicación. Póngase en conocimiento del Departamento de Recursos Humanos, como también del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, a fin de que pondere la posible publicación de este valioso aporte académico. ACUERDO FIRME.

C) Jornada extraordinaria de choferes de los señores Magistrados. Se dispone: En atención a lo estipulado en el artículo 6 de la Ley de Contingencia Fiscal, a partir de la firmeza de este acuerdo y hasta el 4 de agosto de 2017, autorizar a los choferes de los señores Magistrados de este Tribunal a devengar la eventual jornada extraordinaria que la atención del presente proceso electoral así demande. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firmar certificaciones del Registro Civil. Del señor Carlos Luis Brenes Molina, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0986-2017 del 17 de octubre de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del superior, los oficios que se dirá, mediante los cuales solicitan la autorización para firmar certificaciones, a los siguientes servidores de este órgano electoral:

OFICIO DE LA JEFATURA

FUNCIONARIO

CÉDULA

OFICINA

CSR-0756-2017 del 29 de setiembre de 2017

Steven Espinoza Calvo

2-0683-0143

Regional de Cañas

CSR-0766-2017 del 4 de octubre de 2017

Víctor Vega Álvarez

5-0381-0651

Regional de Nicoya


Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el suscrito muy respetuosamente solicita se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza a los referidos funcionarios para que firmen certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense las firmas y los sellos que utilizarán. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre ajustes al "Instructivo sobre uso de la tarjeta electrónica de compra de combustible". Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-3136-2017 del 10 de octubre de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como es de su conocimiento, esta Dirección concluyó exitosamente las coordinaciones relacionadas con el nuevo mecanismo para la compra de combustible para la flotilla vehicular de este Tribunal, orientado a acogerse al Convenio entre el Banco de Costa Rica y la Tesorería Nacional de la República de Costa Rica para el servicio denominado tarjeta de “Compras Institucionales de Combustibles”, lo que implicó la aplicación de distintos procedimientos y logística, en comparación con los que se empleaban con RECOPE a través de las tarjetas emitidas por el Banco Nacional. Posteriormente, a la luz de esas gestiones, se determinó la necesidad de efectuar una revisión y ajuste del “Instructivo sobre el uso de la tarjeta electrónica de compra de combustible”.

Sobre el particular, se instruyó, a la señora Dessireé González Zamora, Encargada de la Unidad de Transporte y a los señores Carlos Umaña Morales, Contador Institucional, Gustavo Fitoria Mora, Jefe Sección de Servicios Generales y Oswaldo Muñoz Pinkay, Encargado del Área Ejecutiva, con el propósito de que se llevara a cabo ese estudio para valorar las modificaciones que resulten pertinentes previo a hacerla de conocimiento del Superior.

Producto de lo anterior, este despacho recibió la nueva versión del borrador del instructivo, por lo que el suscrito dirigió oficio DE-2016-2017 al Departamento Legal el pasado 11 de julio con la intención de que ese despacho procediera también con el análisis correspondiente. Siendo que este concluye que la propuesta del citado instructivo se encuentra ajustada a derecho y resume que es conveniente su actualización. Asimismo, envía el documento final a través del oficio DL-415-2017, dado que se realizaron algunos ajustes de forma.

Dado lo expuesto, se presenta la propuesta proyecto de reforma al instructivo en mención para que por su intermedio se eleve a conocimiento de las señoras y señores Magistrados para lo que estimen resolver.".

Se dispone: Aprobar el referido instructivo conforme se propone, con excepción de su artículo 14, que se leerá de la siguiente forma:

“ARTÍCULO 14. Derogación del anterior Instructivo. El presente instructivo deroga el instructivo sobre el uso de la tarjeta electrónica de compra de combustible, aprobado en sesión n.° 117-2014 del 6 de noviembre de 2014, comunicado mediante oficio n.° STSE-2061-2014 de la misma fecha.”. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Misión Técnica de Avanzada en las Elecciones Generales en la República de Honduras. Del señor José Thompson J., Director Ejecutivo del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH/CAPEL), se conoce oficio n.° CA 240-17 del 17 de octubre de 2017, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como es de conocimiento, el próximo 26 de noviembre se van a realizar Elecciones Generales en Honduras. En el marco de este proceso electoral, el Tribunal Supremo Electoral ha solicitado a IIDH/CAPEL, en su condición de Secretaría Ejecutiva de la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) y de la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe (Protocolo de Tikal), conformar una Misión Técnica de Avanzada con el objetivo de conocer algunos aspectos del proceso electoral como son el padrón electoral, los avances en la organización electoral y la transmisión de resultados. Esta Misión deberá estar en Tegucigalpa del 29 de octubre y 02 de noviembre.

Por tal motivo, procedemos a convocar a cuatro expertos, especializados en los temas técnicos mencionados, que puedan participar en esta ocasión. Es así como nos permitimos consultarle si es posible que el señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, pueda integrar este grupo, ya que conocemos la experiencia, el compromiso del señor Cascante y estamos seguros que su participación enriquecerá el Informe Técnico de la Misión.

El TSE de Honduras cubrirá todos los gastos de los integrantes de este grupo (tiquete aéreo, hospedaje y alimentación).

Quedamos atentos a su pronta respuesta con el fin de proceder a hacer los respectivos trámites de envío de boleto aéreo.

Agradeciendo de antemano su colaboración.".

Se dispone: En el marco de la cooperación horizontal entre organismos electorales, acceder a la atenta solicitud planteada por el señor Thompson y autorizar la participación del señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica en dicha misión. Durante la ausencia del señor Cascante Hernández, se encargan sus funciones a la señora Armenia Masís Soto.

De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País (es) a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Dennis Cascante Hernández

Director General de Estrategia Tecnológica

República de Honduras

29 de octubre al 2 de noviembre de 2017

Misión Técnica de Avanzada de las Elecciones Generales

Ninguno.

Ninguno.

ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González




Eugenia María Zamora Chavarría




Max Alberto Esquivel Faerron




Zetty María Bou Valverde




Luis Diego Brenes Villalobos