ACTA N.º 67-2017
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del ocho de agosto de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Consulta de ascenso en propiedad de la funcionaria Lorena Trejos Alvarez en el Departamento Civil. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-172-2017 de las once horas del primero de agosto de dos mil diecisiete, recibida el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual resuelve ascender en propiedad –a partir del 16 de agosto de 2017– a la funcionaria Lorena Trejos Álvarez, al puesto número 45764, Oficinista 2, de la clase Asistente Administrativo 2, en el Departamento Civil.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
B) Propuesta de ascenso en propiedad de la funcionaria Cindy Gabriela Cordero Granados en la Sección de Cédulas. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0649-2017 del 1.° de agosto de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirá, me permito proponer el siguiente ascenso en propiedad en la Sección de Inscripciones [sic]:
Funcionaria |
Cindy Gabriela Cordero Granados |
Puesto en el que se propone nombrar |
45793, Supervisor/a de Unidad, Técnico Funcional 1 |
Clases entre la actual y la propuesta |
2 |
Fecha de rige propuesta |
16 de agosto de 2017 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-2491-2017 del 31 de julio de 2017. |
Oficio de la jefatura inmediata |
CED-318-2017 del 24 de julio de 2017. |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario de la funcionaria Alejandra Sobrado Barquero. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2500-2017 del 31 de julio de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 1.° de agosto de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida en este Departamento el pasado 28 de julio, suscrita por la Licenciada Alejandra Sobrado Barquero, funcionaria destacada en la Auditoria Interna, mediante la cual solicita que se le conceda, una prórroga sin goce salarial de la licencia que actualmente disfruta y que vence el próximo 31 de agosto, a efectos de que se le extienda, por un plazo de doce meses, en virtud de que se encuentra laborando actualmente con un nombramiento en propiedad como Auditora Interna en la Defensoría de los Habitantes.
Efectivamente en sesión ordinaria 14-2017, artículo tercero celebrada el 9 de febrero de 2017, comunicado mediante oficio STSE-0266-2017 de igual fecha, el Tribunal le concedió a la funcionaria una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses contados a partir del 1° de marzo de 2017, con base en el artículo 33-c-5 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse por “Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge de un funcionario nombrado en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios nombrados en otros cargos públicos. El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original.” Siendo así, salvo superior criterio, bien se puede aprobar la ampliación pretendida por la funcionaria durante el periodo comprendido entre el 1° de setiembre de 2017 y hasta el 31 de agosto de 2018.
De acogerse la petición de la funcionaria Sobrado Barquero se solicita que por el mismo plazo se extiendan también los nombramientos interinos de la servidora Nidia Aguilar Acuña en el puesto de Profesional Funcional 1 y del señor Ronny Salas Sánchez en la plaza de Profesional Ejecutor 3, en virtud de que son esas personas las que han venido ocupando esos cargos durante la ausencia de la servidora.
Finalmente puede apreciarse que la gestión cuenta el visto bueno del Lic. Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno.".
Se dispone: Aprobar las prórrogas de la licencia sin goce de salario, así como de los nombramientos interinos referidos, conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Solicitud de corrección en el número de puesto ocupado por la funcionaria Karen Monge Olivares. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2222-2017 del 4 de agosto de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de agosto de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con los oficios n° RH-1890-2017 del 5 de junio de 2017 y el n° DE-1615-2017 de igual fecha referidos, el primero a solicitud de traslado de la funcionaria Karen Monge Olivares, destacada en propiedad en la Sección de Servicios Generales, para ubicarla temporalmente por un período de seis meses en el Órgano Técnico de Gestión de Calidad ante gestión de esta Dirección en oficio n° DE-1581-2017 del 31 de mayo de 2017 y el segundo sobre, la propuesta de traslado de ese órgano a la Secretaría General del Tribunal Supremo de Elecciones producto del nombramiento del señor Erick Guzmán Vargas como coordinador del Consejo de Directores, al respecto, resulta necesario aclarar que por un error material en ambos oficios se consignó el número de puesto n° 370758, siendo que el número correcto de la plaza en propiedad de Profesional Asistente 1, que ocupa actualmente la funcionaria Monge Olivares, es el n° 97528.
Sobre el particular, en oficios STSE-0936-2017 del 6 de junio de 2017 y STSE-0942-2017 del 7 de junio de 2017 se comunicó, la aprobación tanto del traslado temporal del puesto que nos ocupa como el traslado del Órgano Técnico de Gestión de Calidad a la Secretaria General del TSE, por lo que actualmente la señora Monge Olivares se ubica físicamente en el OTGC, no obstante, se hace necesario corregir el número de plaza 97528.".
Se dispone: Tener por corregido el referido número de plaza. ACUERDO FIRME.
E) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-0095-2017 del 7 de agosto de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 12-2017 celebrada el pasado tres de agosto, la Comisión de Dedicación Exclusiva conoció las solicitudes que presentaron tres personas funcionarias quienes laboran para la institución a efectos de que se ajuste el beneficio que por ese concepto perciben. Ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.
En cuanto a dichas solicitudes, las cuales corresponden a quienes se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de personas que se encuentran nombradas en puestos para los cuales se requieren los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los trámites que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.
NOMBRE Y CARGO |
SOLICITA |
COMPLEMENTO |
María Eugenia Calderón Calderón - Profesional en Gestión 3 - |
Ajuste |
65% |
Jorge Eduardo Mora Flores - Profesional Ejecutor 2 - |
Ajuste |
65% |
María Isabel Núñez Gutiérrez - Profesional Ejecutor 3 - |
Ajuste |
65% |
De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, en los casos de incorporación dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de la persona funcionaria y del Director Ejecutivo.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
F) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2534-2017 del 7 de agosto de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que tenga a bien disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que ha presentado ante este despacho varias jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los siguientes nombramientos interinos:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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45692, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante. |
Mariela Román Calderón, 16-AGO al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese el titular del puesto a ocuparlo, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto idéntico en la Sección de Actos Jurídicos. |
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370887, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Ivannia Sánchez Solano, 16-AGO al 31-DIC de 2017. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Archivo, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
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368524, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Ada Xinia Bonilla Castillo, 16-AGO al 31-DIC de 2017. La candidata labora en un puesto de la misma clase en ese mismo departamento. |
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370753, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Emanuel Arias Brenes, 16-AGO al 31-DIC de 2017. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en esa misma dirección, por lo que existen dos clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
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368537, Asistente Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Manuel Emilio Rivera Rámirez, 16-AGO al 31-DIC de 2017. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma dirección, por lo que existen dos clases de por medio para llegar a Asistente Funcional 2. |
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366532, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Carlos Fernando Chinchilla Hidalgo, 16-AGO al 31-DIC de 2017. El candidato labora en un puesto de Auxiliar Operativo 1 en esa misma dirección, por lo que existe una clase de por medio para llegar a Asistente Administrativo 1. |
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97863, Asistente Funcional 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Magaly Picado Rosales, 16-AGO al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese su anterior ocupante, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma dirección, por lo que existe una clase de por medio para llegar a Asistente Funcional 1. |
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371986, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Dilan Solano Leiva, 16-AGO al 31-DIC de 2017. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma dirección, por lo que existen cinco clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
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45714, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la licencia sin goce de salario otorgada a su propietario. |
Gregory Madriz Madrigal, 16-AGO de 2017 al 31-ENE de 2018 o hasta que regrese su propietario, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto idéntico en la Sección de Archivo. |
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370669, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Jeffry Adolfo Ramírez Rojas, 16-AGO al 31-DIC de 2017. El candidato que se propone no labora para la institución pero sí cumple con los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos. La oficina Regional de Atenas no cuenta con Registro de Elegibles para este tipo de puestos. |
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90234, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la incapacidad por maternidad de su titular interina. |
Ana Yancy Calderón Anchía, A partir del día siguiente del acuerdo que así lo disponga hasta el 29-NOV de 2017. La candidata labora en un puesto idéntico en la Oficina Regional de Alajuela. Pertenece al Registro Permanente de Oficinistas 1. |
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370766, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Glenda Artavia González, 16-AGO al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese su titular interino, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en ese mismo departamento, por lo que existen dos clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
Todos los candidatos que se proponen han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos internos.
Para el nombramiento propuesto en la línea número 3 del presente cuadro es importante aclarar que la candidata cumple con el requisito académico que requiere el puesto de Técnico Funcional 2 - Asistente Electoral -, no obstante no alcanza los 3 años de experiencia en labores relacionadas con el puesto, puesto que sólo acredita 2 años y 4 meses de experiencia, por esta razón el Lic. Eric Schmidt Fonseca, Jefe del Departamento de Programas Electorales, solicita que dicho nombramiento se haga por excepción bajo el amparo del artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios.
Si el Tribunal no tiene objeciones, tales movimientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 36 del reglamento antes citado, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. Para el nombramiento propuesto en la línea número 11, se solicita que dicho movimiento se haga con base en lo estipulado en el artículo 36-bis del Reglamento a la Ley de Salarios. Puede apreciarse que las diferentes solicitudes cuentan con el visto bueno de la respectiva Dirección.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, incluso para el caso en el que se solicita hacerlo por excepción, considerando que se trata de una plaza de Asesor Electoral, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
G) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2536-2017 del 7 de agosto de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones las prórrogas de los nombramientos interinos que vencen el próximo 15 y 31 de agosto, así como las respectivas cadenas también de nombramientos interinos que se generan como producto de los primeros, todo de acuerdo con el detalle que se muestra en el siguiente cuadro:
NOMBRE DEL SERVIDOR |
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
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Sección de Inscripciones |
45583, Ejecutivo Funcional 2 |
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Sección de Inscripciones |
93972, Profesional Ejecutor 3 |
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Sección de Inscripciones |
93973, Asistente Funcional 2 |
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Sección de Inscripciones |
97556, Asistente Administrativo 1 |
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Coordinación de Servicios Regionales |
45938, Profesional en Gestión 2 |
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Oficina Regional de Cartago |
46112, Profesional en Gestión 1 |
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Oficina Regional de Tarrazú |
54401, Profesional Ejecutor 1 |
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Oficina Regional de Tarrazú |
47860, Asistente Administrativo 2 |
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Departamento de Recursos Humanos |
55702, Profesional en Gestión 1 |
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Dirección General del Registro Electoral y FPP |
353437, Profesional Ejecutor 3 |
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Sección de Archivo |
361340, Técnico Funcional 1 |
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Oficina Regional de Heredia |
45651, Asistente Administrativo 2 |
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Departamento Civil |
45671, Asistente Administrativo 1 |
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Departamento de Programas Electorales |
353745, Profesional Ejecutor 3 |
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Sección de Servicios Generales |
357836, Profesional Asistente 1 |
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Oficina Regional de Her, 01-Septiembreedia [sic] |
46156, Profesional en Gestión 1 |
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Coordinacion de Servicios Regionales |
349937, Asistente Administrativo 1 |
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Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos |
361409, Profesional en Gestión 2 |
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Departamento de Programas Electorales |
357823, Profesional Asistente 2 |
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Sección de Opciones y Naturalizaciones |
45642, Asistente Funcional 2 |
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Oficina Regional de Sarapiquí |
361339, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina Regional de Alajuela |
46139, Asistente Administrativo 2 |
|
Oficina Regional de Cartago |
46113, Asistente Administrativo 2 |
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Dirección General del Registro Electoral y FPP |
361363, Profesional Ejecutor 3 |
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Oficina Regional de Heredia |
353696, Asistente Administrativo 1 |
Todas las personas que se incluyen en el anterior cuadro laboran actualmente en los puestos que se indican y lo que se requiere es prorrogar sus nombramientos interinos por un nuevo lapso. En el caso de quienes se anotan en las líneas 1 a 12 sería a partir del 16 de agosto y para quienes se incluyen en las líneas 13 a 25 a partir del 1° de setiembre, siendo en todos los casos por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero.".
Se dispone: Prorrogar conforme se solicita, con la observación según la cual eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
H) Vacaciones de la señora Magistrada Vicepresidenta Eugenia María Zamora Chavarría. La señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría solicita verbalmente se le conceda el disfrute de vacaciones durante los días 11 y 14 de agosto de 2017.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Respuesta a informe de seguimiento de la Auditoría Interna relativo al sistema de radiofrecuencia utilizado en los procesos electorales de 2014. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de los Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-395-2017 del 3 de agosto de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención al oficio STSE-1191-2017, con fecha 11 de julio del año en curso, recibido en esta Dirección al día siguiente, mediante el cual se remitió el Informe de Seguimiento de la Auditoría Interno n.° SRICI-05-2017 relativo al seguimiento de las recomendaciones contenidas en Informe de Control Interno N.° ICI-001-2015 y advertencia N.° AD-005-2014 (oficio n.° AI-080-2014), relativa al sistema de radiofrecuencia utilizado en los procesos electorales de 2014, me permito referirme en torno a las recomendaciones efectuadas por la Auditoría Interna.
En relación con la recomendación 4.1.1., esta Dirección comparte el criterio de la Auditoría Interna, motivo por el cual la encargada del Programa de Escrutinio tomará las acciones pertinentes para corregir la situación evidenciada por la Auditoría Interna; no obstante, cabe destacar que como parte de la documentación del citado programa electoral, se cuenta con la instrucción de trabajo “IT03-PES-P009 Recibir fiscales, personal y observadores al salón de Escrutinio”, en la cual se establece el procedimiento a seguir para proceder con la verificación de las acreditaciones de los fiscales de escrutinio, la cual se deberá verificar contra la presentación de la cédula de identidad por parte del fiscal acreditado. Es por lo anterior que parte de las tareas que se incluyen en el cronograma de actividades para el informe se enfocan en la capacitación y divulgación, por escrito, de dicho instructivo. Por otra parte, el programa le solicitará a la Dirección General de Estrategia Tecnológica que proceda a analizar la viabilidad de la integración del Sistema de Fiscales con el Sistema de control de ingresos a través del RFID, con el propósito de que haya mayor control del ingreso de fiscales previamente acreditados.
Aunado a lo anterior, es importante indicar que, mediante la modificación recién realizada al Reglamento pala [sic] la Fiscalización de los Procesos Electivos y Consultivos, aprobado mediante el decreto n.° 9-2017 del TSE, se varió la redacción del artículo 22, estableciéndose lo siguiente: “Una vez aprobada la solicitud correspondiente, el Programa de Escrutinio emitirá y entregará los carnés a las personas acreditadas para que puedan ingresar al salón de escrutinio, previa revisión de la respectiva acreditación” (el resaltado no corresponde al original).
Finalmente, en relación con la recomendación 4.1.2, esta Dirección comparte el criterio de la Auditoría Interna, motivo por el cual, a partir de este proceso electoral que se avecina, el Departamento de Programas Electorales procederá a asignar un único súper usuario del sistema y este a su vez procederá a asignar los roles y responsabilidades de los programas que utilizan el sistema, a saber: Empaque de Material Electoral, Recepción de Material Electoral y Escrutinio.
En virtud de lo expuesto al presente oficio se adjunta el cronograma de implementación de las acciones indicadas, según lo solicitado.".
Se dispone: Tener por rendido el informe y aprobar las recomendaciones planteadas por la Auditoría Interna, de conformidad con el cronograma de cumplimiento propuesto por el señor Fernández Masís. ACUERDO FIRME.
B) Informe de control interno n.° ICI-04-2017, relativo a la evaluación del ambiente ético institucional (factores informales) y al seguimiento de recomendaciones del informe ICI-05-2014. Del señor Óscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-173-2017 del 4 de agosto de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los fines pertinentes, me permito remitirles el documento denominado: “Informe de control interno N.° ICI-04-2017, relativo a la evaluación del Ambiente Ético Institucional (factores informales) y al seguimiento de recomendaciones de Informe ICI-05-2014”.
Con el propósito de observar debidamente lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley General de Control Interno, No. 8292, respecto del plazo en el cual deben ser analizados los informes de auditoría que se remiten al Jerarca, respetuosamente se les solicita disponer las acciones pertinentes, en el curso de los treinta días hábiles siguientes a su recibo.".
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva y a la Comisión de Ética y Valores. ACUERDO FIRME.
C) Devolución de recursos al Ministerio de Hacienda. De los señores José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, y Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DE-2241-2017 del 7 de agosto de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Como es de conocimiento de ese Tribunal, anualmente se incluye una previsión presupuestaria en el plan de gastos institucional con el fin de contar con los recursos para atender la posible realización de algún referéndum, según el artículo 31 de la Ley de Regulación del Referéndum.
Por su parte, en razón de la restricción temporal estipulada en el artículo 2 de dicha normativa, en este momento la probabilidad de que se lleve a cabo una consulta ciudadana por ese instrumento jurídico es inexistente.
En consecuencia, los suscritos estimamos conveniente y oportuno recomendarle al Superior, devolver al Ministerio de Hacienda la suma de ₡2.618.180.344,00 que constituye la totalidad de los fondos que se tienen para afrontar en este año un eventual referéndum, según se detalla en el siguiente cuadro, con el fin contribuir con ese Ministerio en sus esfuerzos por contener el gasto público.
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SUBPROGRAMA 850-02 ORGANIZACIÓN DE ELECCIONES |
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Subpartida |
Detalle |
MONTO |
00103 |
Servicios especiales |
₡548.611.600,00 |
00201 |
Tiempo extraordinario |
¢205.000.000,00 |
00301 |
Retribución por años servidos |
₡44.088.000,00 |
00302 |
Restricción al ejercicio liberal de la profesión |
₡944.000,00 |
00303 |
Decimotercer mes |
₡71.426.000,00 |
00399 |
Otros incentivos salariales |
₡58.811.000,00 |
00401 |
Contribución patronal al seguro de salud de la C.C.S.S. |
₡79.315.000,00 |
00405 |
Contribución patronal al Banco Popular y Desarrollo Comunal |
₡4.288.000,00 |
00501 |
Contribución patronal al seguro de pensiones de la C.C.S.S. |
¢43.559.000,00 |
00502 |
Aporte patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias |
₡12.862.000,00 |
00503 |
Aporte patronal al Fondo de Capitalización Laboral |
₡25.724.000,00 |
60103 |
Transferencias corrientes a instituciones descentralizadas |
¢7.117.000,00 |
90202 |
Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria |
¢1.516.434.744,00 |
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TOTAL SUBPROGRAMA 850-02 |
₡2.618.180.344,00 |
TOTAL TÍTULO 401 |
₡2.618.180.344,00 |
Finalmente, es necesario informar que existe una diferencia de ¢ 37.763.256,00 entre la suma que se propone devolver al Ministerio de Hacienda y el monto que se incluyó en el presupuesto de 2017 para la atención de un eventual referendo, dado que la citada suma se utilizó para transferirla a la subpartida 60404 “Transferencias corrientes a otras Entidades Privadas sin fines de lucro” y de esta manera cubrir un faltante para el pago de la Contribución del Estado a los Partidos Políticos, según se detalló en la propuesta de modificación presupuestaria que se presentó al Consejo de Directores en oficio DE-1518-2017, la cual fue aprobada por ese Consejo en la sesión ordinaria n.° 24-2017, celebrada el 23 de mayo pasado, posteriormente por el Superior en sesión ordinaria n.° 58-2017 celebrada el 6 de julio del año en curso. Esta fue presentada al Ministerio de Hacienda en oficio STSE-0861-2017. Cabe indicar, que la referida transferencia se concretó en el I° Presupuesto Extraordinario de la República para 2017, Ley 9461, publicado en el Alcance de la Gaceta 137 del 19 de julio de 2017.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se propone, reafirmando el compromiso de estos organismos electorales de sumarse a los esfuerzos para administrar de forma austera los recursos asignados, con miras al saneamiento de las finanzas públicas. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.
A) Propuesta de nombramiento de nuevos miembros del Cuerpo Nacional de Delegados. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-393-2017 del 3 de agosto de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual plantea recomendación respecto del nombramiento de nuevos miembros del Cuerpo Nacional de Delegados.
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Informe sobre gestión de pago en sentencia judicial. De los señores Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal y Carlos Umaña Morales, Contador Institucional, se conoce oficio n.° DL-331-2017 del 1.° de agosto de 2017, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 3 de agosto de 2017, mediante el cual se refieren a gestión de pago de sentencia judicial.
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas conclusiones y recomendaciones se acogen. Proceda la Contaduría a realizar el pago respectivo a la brevedad posible en la cuenta indicada. Comuníquese el presente acuerdo a la respectiva Abogada de la Procuraduría General de la República e informe la Contaduría a ésta una vez realizado el pago, así como a la demandante. En tanto podría estarse ante el supuesto previsto en el numeral 203 de la Ley General de la Administración Pública, que establece la posibilidad de que la Administración recobre plenariamente lo pagado por ella a efecto de reparar los daños causados a un tercero por dolo o culpa grave de uno de sus servidores, con el fin de establecer la eventual responsabilidad disciplinaria y civil de algún funcionario de estos organismos electorales en los hechos que dan base a la condenatoria, pase a la Inspección Electoral para que proceda con el inicio de la investigación administrativa preliminar de mérito. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS DE 2018.
A) Recordatorio sobre la prohibición de realizar eventos o concentraciones masivas ni, en general, actividades que impliquen gran movilización de personas o que interrumpan el libre tránsito en toda la red vial nacional. Se dispone: Recordar a los Ministerios de la Presidencia, Cultura y Juventud, Deporte y Salud, a las municipalidades, a las federaciones deportivas del país, al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación y al Comité Olímpico Nacional lo dispuesto por este Tribunal en el acuerdo adoptado en el artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 5-2017, celebrada el 17 de enero de 2017 en el cual, en lo que interesa, se señaló lo siguiente:
…es oportuno apuntar que, efectivamente, desde procesos electorales anteriores el Tribunal Supremo de Elecciones ha dispuesto que no se celebren, durante la jornada comicial ni el día anterior, eventos o concentraciones masivas ni, en general, actividades que impliquen gran movilización de personas o que interrumpan el libre tránsito en toda la red vial nacional, incluyendo partidos de fútbol. Esa disposición ha estado motivada, como bien lo señalan los señores Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y el Jefe a. i. del Departamento de Programas Electorales, en la necesidad de evitar cualquier riesgo para la seguridad y el orden público, ya que la Fuerza Pública ha de estar concentrada en la actividad electoral y, aunado a ello, los partidos políticos y la organización electoral requieren una completa movilidad en todo el país para el traslado de votantes y agentes electorales y del material electoral. Al acordarlo, el Tribunal se ha fundamentado en la competencia que le es propia y exclusiva de organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio, debiendo adoptar las medidas pertinentes para que las elecciones se realicen en condiciones de garantías y libertad irrestrictas. Por lo expuesto y en lo que concierne a las elecciones generales de febrero de 2018, se dispone cuanto sigue: a) Recordar a las instancias culturales y deportivas enlistadas que no se deben programar actividades de la naturaleza indicada para los días 3 y 4 de febrero de 2018, como tampoco para los días 31 de marzo y 1.° de abril siguientes, ante la eventualidad de una segunda vuelta electoral. b) Se instruye a las autoridades del Ministerio de Salud y a los demás órganos administrativos competentes para que no emitan autorización alguna en contravención con lo así dispuesto. c) Se insta al señor Ministro de Salud y a las distintas municipalidades del país a velar por el adecuado cumplimiento de estas disposiciones. d) La Secretaría General de este Tribunal comunicará lo pertinente y las instancias institucionales de comunicación divulgarán este acuerdo. (el destacado es suplido) (…) ACUERDO FIRME.
A las quince horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Zetty María Bou Valverde |
Luis Diego Brenes Villalobos |