ACTA N.º 37-2017
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintisiete de abril de dos mil diecisiete, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty María Bou Valverde y Luis Diego Brenes Villalobos.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Sustitución de la señora Magistrada Vicepresidenta Eugenia María Zamora Chavarría. El señor Magistrado Presidente Sobrado González informa verbalmente que, por motivos de salud, el señor Magistrado Fernando del Castillo Riggioni se excusa de integrar este Tribunal los días 27 y 28 de abril de 2017, en sustitución de la señora Magistrada Vicepresidenta Eugenia María Zamora Chavarría.
Se dispone: Acoger la excusa formulada. Para sustituir a la señora Magistrada Zamora Chavarría, durante esos días, se extiende la designación de la señora Magistrada suplente Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, acordada en los artículos único de la sesión extraordinaria n.° 35-2017 del 24 de abril del 2017 y segundo de la sesión ordinaria n.º 36-2017, celebrada el 25 de abril de 2017. ACUERDO FIRME.
Se incorpora al salón de sesiones la señora Magistrada Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.
B) Consulta de ascenso en propiedad en la Sección de Inscripciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0289-2017 del 24 de abril de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior y para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-1286-2017 del 21 de abril del año en curso, suscrito por la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la funcionaria Betzi Melissa Díaz Bermúdez, Profesional Asistente 1, a la plaza de Profesional Ejecutor 3, que se encuentra vacante en la Sección de Inscripciones.
La servidora Díaz Bermúdez, fue recomendada por la señora Carolina Phillips Guardado, Jefa a. i. de la Sección de Inscripciones, mediante oficio INS-324-2017 SUSTITUIR del 18 de abril de 2017, quien en lo que interesa manifestó que: "La persona funcionaria que se propone cumple a cabalidad los requisitos exigidos por la normativa interna, además (sic) contar con experiencia en los trámites que se realizan en la Sección, en el tiempo que la (sic) laboró en la Unidad de Recepción de Documentos, asimismo del compromiso en la Institución, su espíritu de cooperación y sus deseos de superación tanto personal como profesionalmente."
Conforme a la recomendación de éste último, la cual el suscrito avala en todos sus extremos y cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en la Sesión Ordinaria No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del nombramiento en propiedad que se propone.
La servidora Díaz Bermúdez, sería ascendida en propiedad al cargo de Profesional Ejecutor 3 en la Sección de Inscripciones, puesto número 45548, a partir del próximo 1° de mayo del 2017.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Consulta de nombramiento en propiedad en la Sección de Archivo del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0294-2017 del 24 de abril de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Visto el oficio RH-1291-2016 de fecha 21 de abril del año en curso, suscrito por la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, en el que propone una nómina de candidatos elegibles para proceder a nombrar en propiedad, en la plaza de Trabajador/a Misceláneo/a 1 que se encuentra vacante en la Sección del Archivo del Registro Civil, el suscrito avala la recomendación que sugiere el señor Carlos Luis Brenes Molina, por lo que someto a consideración del Superior la terna siguiente:
PUESTO 45582 |
|
1. |
Guillermo Corrales López |
2. |
Jorge Chacón Calderón |
3. |
Ingrid Chaves Porras |
La persona que ocupa el primer lugar en la terna, ha sido recomendada por escrito por el señor Carlos Luis Brenes Molina, Secretario General del Registro Civil, mediante oficio ARC-077-2017 de fecha 5 de abril del año en curso, quien en lo que interesa manifestó que: “… el Sr. Corrales López labora en la Secretaría General del TSE ocupando una plaza de Conserje Electoral, en el cual ha demostrado un buen desempeño y gran responsabilidad en sus labores; por lo que considero que es la persona idónea para desarrollar las tareas del puesto en mención”.
Quien resulte seleccionado(a) podrá ubicarse en propiedad como Trabajador/a Misceláneo/a 1 en la Sección de Archivo del Registro Civil, a partir del próximo 1° de mayo del año en curso. Devengará un salario base de ¢399.600.oo por mes y anualidades a razón de ¢8.374.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Encargos de funciones de las jefaturas de la Sección de Infraestructura y de la Oficina de Seguridad Integral. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0685-2017 del 26 de abril de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas Jefaturas y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación de los encargos de funciones que se detallan a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituto |
Período |
Tipo |
Sección de Infraestructura |
Mario Pereira Granados |
Luis Andrés Camacho Montero |
Del 2 al 5 de mayo de 2017 -4 días- |
Encargo de funciones |
Oficina de Seguridad Integral |
Richard Poveda Solórzano |
Vinicio Mora Mora |
Del 3 al 22 de mayo de 2017 -14 días- |
Encargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
E) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-0029-2017 del 26 de abril de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 06-2017 celebrada el pasado 24 de abril, la Comisión de Dedicación Exclusiva conoció las solicitudes que presentaron cinco personas funcionarias quienes laboran para la institución a efectos de ser incorporados al Régimen de Dedicación Exclusiva. Ellas estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.
En cuanto a dichas solicitudes, las cuales corresponden a quienes se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de personal que se encuentra nombrado en puestos para los cuales se requieren los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que ambas poseen en diferentes disciplinas.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los trámites que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.
NOMBRE Y CARGO |
SOLICITA |
COMPLEMENTO |
Shirley Rojas Hidalgo - Profesional Asistente 2 - |
Incorporación |
20% |
Jennifer María Chinchilla Meza - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
Paola Barroeta González - Profesional Asistente 1 - |
Reincorporación |
20% |
Andrea Fauaz Hirsch -Ejecutivo Funcional 3- |
Incorporación |
65% |
Ana Mercedes Sáenz Zúñiga - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de los funcionarios y del Director Ejecutivo.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
F) Nombramientos interinos en distintas oficinas del TSE. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1443-2017 del 26 de abril de 2017, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que han presentado ante este despacho varias jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los siguientes nombramientos interinos:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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349935, Auxiliar Operativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a una plaza de servicios especiales. |
Eva Lilliana Cubero Marín, 2-MAY al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata no labora actualmente para la institución pero sí lo ha hecho anteriormente en puestos de la misma categoría. Pertenece al registro de elegibles para este tipo de puestos. |
|
357836, Profesional Asistente 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Marizabel Rodríguez Benavides, 1°-MAY al 31-AGO de 2017 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto idéntico en el Departamento Civil. |
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45608, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Mitzie Calvo Mora, 1°-MAY al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese la propietaria o su anterior ocupante, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 2 en la Dirección General del Registro Civil por lo que existe una clase de por medio para llegar a Asistente Funcional 2. |
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76477, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior. |
Xinia Salas Artavia, 1°-MAY al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Actos Jurídicos. |
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45934, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Néstor Morales Rodríguez, 2-MAY de 2017 y por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario, lo que ocurra primero. El candidato no labora para la institución pero sí cumple con los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos. La Oficina Regional de Cartago actualmente no cuenta con registro de elegibles para este tipo de puestos. |
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72874, Asistente Administrativo 2
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Plaza de cargos fijos vacante. |
Jorge Peñaranda Muñoz, 1°-MAY de 2017 y por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario, lo que ocurra primero. El candidato labora en puesto de Asistente Administrativo 1 en ese mismo departamento. El concurso interno para este puesto se encuentra en trámite según calendarización aprobada por el CDIR. |
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370754, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su anterior ocupante. |
Nathalie Jiménez González, 1°-MAY al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese la titular interina del puesto a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento pero con un nombramiento que vence precisamente el 30 de abril. |
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45482, Técnico Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la licencia sin goce de salario otorgada a su propietario. |
José Mesén Morales, 1°-MAY al -30-SET de 2017 o hasta que regrese la persona propietaria del puesto a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto idéntico en la Sección de Ingeniería y Arquitectura. |
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353628, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales temporalmente vacante en virtud de la incapacidad de su titular interino. |
Carolina Zamora Villalobos, 2 al 19-MAY de 2017 o hasta que regrese el titular interino del puesto a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente en puesto similares. Pertenece al Registro Temporal de Oficinistas. |
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368596, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Dannie Bolton Patterson, 1°-MAY al 31-DIC de 2017. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en el Departamento Electoral, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
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368663, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Ada Xinia Bonilla Castillo, 1°-MAY al 31-DIC de 2017. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Inscripciones, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
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368684, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Osvaldo Campos Hidalgo, 1°-MAY al 31-DIC de 2017. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 2 en la Oficina Regional de Quepos, por lo que existen 4 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
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368686, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Rodrigo Eduardo Jiménez Ortega, 1°-MAY al 31-DIC de 2017. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en el Departamento Civil, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2. |
14.- Departamento Electoral |
45733, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Rigoberto Portuguez Ramírez, 1°-MAY al 31-DIC de 2017 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto idéntico en la Sección de Inscripciones. |
Todos los candidatos que se proponen han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos internos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, tales movimientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 36 del reglamento antes citado, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. En cuanto a los nombramientos en plazas de servicios especiales, así como en las que temporalmente quedan vacantes como producto de las mismas, se sugiere que se efectúen por el plazo de la vigencia presupuestaria que cada una de ellas tiene. Puede apreciarse que las diferentes solicitudes cuentan con el visto bueno de la respectiva Dirección General.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
G) Encargo de funciones del señor Contralor Electoral. Del señor Nicolás Prado Hidalgo, Secretario General a. i. de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-0688-2017 del 27 de abril de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por la respectiva Jefatura y previo análisis de los requisitos y condiciones, me permito proponer la aprobación del encargo de funciones que se detalla a continuación:
Unidad Administrativa |
Titular |
Sustituto |
Período |
Tipo |
Contraloría Electoral |
Lic. Javier Vega Garrido |
Verónica Quesada Portuguez |
Del 28 de abril al 5 de mayo de 2017 -5 días- |
Encargo de funciones |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.
A) Reforma al Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-0186-2017 del 20 de abril de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual remite el proyecto de reforma parcial al Reglamento sobre Financiamiento de Partidos Políticos, así como al Cuadro y Manual de Cuentas que lo complementan.
Se dispone: Aprobar la propuesta de reforma planteada. En consecuencia, promúlguese el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:
"N.º XXX-2017
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso i) del Código Electoral;
Decreta la siguiente:
REFORMA DEL REGLAMENTO SOBRE EL FINANCIAMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y DEL CUADRO Y MANUAL DE CUENTAS QUE LO COMPLEMENTAN
ARTÍCULO 1.- Refórmanse el inciso 1 del artículo 50 y el artículo 52 del Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, decreto n.° 17-2009, acuerdo tomado en sesión ordinaria n.° 105-2009 del 15 de octubre de 2009, publicado en La Gaceta n.° 210 del 29 de octubre de 2009, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 50.- Justificantes y sus requisitos
Para efectos de este Reglamento, se entenderá como justificante todo documento proporcionado por los distintos proveedores de bienes o servicios. Por regla general, todo gasto reembolsable a través del financiamiento del Estado, deberá ser respaldado mediante justificantes, los cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser documento original.”
“Artículo 52.- Contratos
Para efectos de la comprobación de sus gastos, los partidos políticos deberán –independientemente de su cuantía- formalizar por escrito los contratos para la adquisición de bienes o servicios en los siguientes supuestos:
1. Contratos por servicios profesionales.
2. Contratos de arrendamiento de bienes inmuebles y de arrendamiento con opción de compra.
3. Contratos de arrendamiento de vehículos, exceptuando los que se alquilen solo para el día de las elecciones, en cuyo caso bastará presentar justificante en los términos del artículo 50 y el respectivo medio de pago.
4. Contratos de tercerización para la prestación de servicios de divulgación, censo, empadronamiento, investigación, estudios de opinión, capacitación y cualquier otro servicio contratable bajo esta modalidad.
A cada liquidación se le deberán adjuntar los contratos originales e informes cuando así se requiera, o sus copias debidamente certificadas, que se relacionen con los gastos liquidados por la agrupación política en el período correspondiente. Si el documento de formalización fue entregado en una liquidación anterior, bastará con efectuar la respectiva referencia.
Los contratos se presentarán ordenados alfabéticamente de acuerdo con el apellido o razón social en el caso de las personas jurídicas, del proveedor del bien o servicio.
En supuestos diferentes de los enumerados en el párrafo primero, la formalización contractual será facultativa para el partido político.”.
ARTÍCULO 2.- Adiciónese un artículo 58 bis al referido Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 58 bis.- Contratos de tercerización para la prestación de servicios de divulgación, censo, empadronamiento, investigación, estudios de opinión, capacitación y cualquier otro servicio contratable bajo esta modalidad.
Además de su ejecución a través de empleados fijos, el partido político tiene la posibilidad de contratar a terceras personas (físicas o jurídicas) para que presten los servicios de divulgación, censo, empadronamiento, investigación, estudios de opinión, capacitación y cualquier otro servicio contratable bajo esta modalidad.
En estos casos, además del contrato escrito, deberán presentarse al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos junto con el resto de la documentación de la liquidación de gastos respectiva, sea trimestral o de campaña (nacional o municipal), todos aquellos justificantes extendidos por el contratista, en los términos descritos en el numeral 50 del presente reglamento y un informe de labores original o su copia debidamente certificada, en el cual se acredite la ejecución de los servicios prestados.
Si el contratista requiere subcontratar bienes o servicios para cumplir con los objetivos pactados, deberá adjuntar al referido informe de labores todos aquellos justificantes extendidos por los respectivos subproveedores, así como una copia de los medios de pago utilizados para cancelar estos bienes o servicios.”.
ARTÍCULO 3.- Refórmanse las cuentas 8 y 9 del cuadro de cuentas incluido en el Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, para que se lean de la siguiente manera:
“8) PRODUCTOS E INGRESOS:
80 Ingresos
80-01 Ingresos por colocación de bonos
80-02 Ingresos por colocación de certificados
80-03 Ingresos por financiamiento adelantado
80-04 Ingresos por financiamiento estatal
81 Productos Financieros:
81-01 Intereses percibidos
82 Otros ingresos:
82-01 Rifas autorizadas
82-02 Otras actividades de recaudación lícitas
82-03 Cuotas de afiliación o membresías
9) GASTOS:
90 Gastos de Organización, Operacional, Técnico, Funcional Administrativo, de Dirección y Censo
90-0100 Sueldo Personal
90-0200 Seguro Social
90-0300 Banco Popular
90-0400 Fondo de Capitalización Laboral
90-0500 Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias
90-0600 Decimotercero mes
90-0700 Servicios Especiales
90-0800 Extremos Laborales
90-0900 Horas Extra
90-1000 Seguros
90-1100 Viáticos
90-1200 Transportes
90-1300 Papelería y Útiles de Oficina
90-1400 Honorarios Profesionales
90-1500 Especies Fiscales y Derechos Legales
90-1600 Luz, Teléfono y Agua
90-1700 Gastos Representación
90-1800 Comunicaciones
90-1900 Suscripciones
90-2000 Publicaciones y Avisos
90-2100 Descuentos sobre Certificados
90-2200 Comisiones Pagadas
90-2300 Intereses Pagados
90-2400 Mantenimiento y Reparación Equipo
90-2500 Arrendamientos
90-2600 Combustibles y Lubricantes
90-2800 Depreciación Activos
90-2900 Enseres de Aseo e Higiene
90-3000 Instalación Clubes
90-3200 Material Fotográfico
90-3300 Integración y funcionamiento de comités, asambleas, convenciones y plazas públicas
90-3400 Suministros para Equipo de cómputo
90-3500 Signos Externos
90-3600 Divulgación
90-3700 Actividades para el Fortalecimiento de la Estructura Interna
91 Gastos de Propaganda:
91-0100 Periódicos
91-0101 Servicios artísticos para la elaboración de anuncios
91-0200 Radio
91-0201 Servicios de grabación para la difusión por radio
91-0300 Televisión
91-0301 Servicios de audio y vídeo para cortos de televisión
91-0400 Cine
91-0500 Folletos
91-0600 Volantes
91-0700 Uso de altoparlantes
91-0800 Vallas
91-0900 Internet (redes sociales, portales interactivos, entre otros)
91-1000 diseños páginas web y portales interactivos.
92 Gastos de Capacitación
92-0100 Curso de formación
92-0101 Seminarios y talleres
92-0202 Becas”.
ARTÍCULO 4.- Refórmanse las cuentas 8 y 9 del Manual de Cuentas incluido en el Reglamento sobre el Financiamiento de los Partidos Políticos, para que se lean de la siguiente manera:
“8. PRODUCTOS E INGRESOS
80. INGRESOS
80-01 Ingresos por colocación de bonos.
Esta cuenta se acredita por el monto de los ingresos percibidos por la venta de bonos emitidos por los partidos políticos.
80-02 Ingresos por colocación de certificados.
Esta cuenta se acredita por el monto de los ingresos percibidos por la venta de bonos emitidos por los partidos políticos.
80-03 Ingresos por financiamiento anticipado
Esta cuenta se acredita por el monto de los ingresos por concepto de financiamiento anticipado.
80-04 Ingresos por financiamiento estatal
Esta cuenta se acredita por el monto de los ingresos por concepto de financiamiento estatal.
81. PRODUCTOS FINANCIEROS:
81-01 Intereses percibidos
Esta cuenta se acredita con el monto de los intereses percibidos por las inversiones y demás operaciones financieras que efectúe el partido.
82. OTROS INGRESOS:
82-03 Cuotas de afiliación o membresías
Esta cuenta se acredita con el monto total de las cuotas de afiliación o membresía que los partidos políticos imponen legítimamente a sus militantes o correligionarios y que conlleva el cobro de una suma dineraria (previamente definida) como requisito para el ingreso a la agrupación política, la adquisición del estatus de miembro, la postulación de candidaturas a puestos internos en la estructura partidaria o de elección popular, entre otros.”
“9. GASTOS
90. GASTOS DE ORGANIZACIÓN, OPERACIONAL, TÉCNICO, FUNCIONAL, ADMINISTRATIVO, DE DIRECCIÓN Y CENSO:
90-0100 Sueldos de Personal
Se carga con el monto de los salarios de empleados fijos que trabajen en organización política, capacitación, divulgación, censo, empadronamiento, investigación, estudios de opinión, propaganda, producción y distribución de signos externos, dirección, trabajo operativo, técnico, funcional y administrativo del partido político. Aún en el caso de poco personal, es indispensable que se elabore una planilla debidamente autorizada y con base en ella se contabiliza el gasto.
Se exceptúan aquellos casos en el que partido político opte por suscribir un contrato con el fin de tercerizar los servicios de: divulgación, censo, empadronamiento, investigación y estudios de opinión, capacitación y cualquier otro servicio contratable bajo esta modalidad.
90-0200 Seguro Social
Se carga con las cuotas patronales con el fin de cubrir a los trabajadores en los regímenes de enfermedad, maternidad, vejez y muerte y seguro familiar de la Caja Costarricense de Seguro Social.
90-0300 Banco Obrero
Se carga con la cuota patronal.
90-0400 Fondo de Capitalización Laboral
Se carga con la cuota patronal.
90-0500 Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias
Se carga con la cuota patronal.
90-0600 Decimotercero mes
Se carga con el monto correspondiente al sueldo adicional del mes de diciembre.
90-0700 Servicios Especiales
Se carga con las sumas para retribuir los servicios que no sean de índole profesional ni técnico, que prestan aquellas personas que no aparecen en planillas de sueldos fijos, por estar contratadas para trabajos especiales o temporales, cuyo plazo sea menor a un año.
90-0800 Extremos Laborales
Se carga con las sumas por concepto de preaviso, cesantía, vacaciones y proporción del decimotercero mes, a empleados despedidos del partido político y que gocen del derecho a estos beneficios.
90-0900 Horas Extra
Se carga con el monto que corresponde al tiempo trabajado por empleados del partido político, después de la jornada ordinaria de trabajo.
90-1000 Seguros
Se carga con las primas de seguros, sean por incendio, riesgos profesionales o equipo de transporte. Los vehículos asegurados deben ser propiedad del partido político.
90-1100 Viáticos
Se carga con gastos de alimentación y hospedaje, en que incurran los funcionarios y representantes del partido político, cuando tienen que ausentarse del lugar de su trabajo en cumplimiento de funciones propias de su cargo.
90-1200 Transportes
Se carga con el costo de los servicios de transporte de personas o cosas, no efectuadas por el partido político con sus propios medios; tales como pasajes, fletes, excesos de equipaje, etc.
90-1300 Papelería y Útiles de Oficina
A esta cuenta se carga el costo de los implementos necesarios para el funcionamiento normal de las oficinas, como papelería en general, lápices, bolígrafos, engrapadoras, etc.
90-1400 Honorarios Profesionales
Se carga con el monto que profesionales y técnicos cobran al partido, por servicios prestados.
90-1500 Especies Fiscales y Derechos Legales
Cargo por concepto de timbres, papel sellado, derechos de registro, etc.
90-1600 Luz, Teléfono y Agua
Se carga con los gastos incurridos en instalación y servicio de teléfonos, consumo de energía eléctrica y agua.
90-1700 Gastos de Representación
Se carga con los gastos por compromisos que contraen exclusivamente los miembros del Comité Ejecutivo Nacional o Provincial del partido político, según se trate, en los que se incurre con el propósito de brindar atención oficial a instituciones o personas ajenas al partido.
90-1800 Comunicaciones
Registra el pago por servicios de correo, fax e internet.
90-1900 Suscripciones
Cargo por el gasto ocasionado por suscripción en periódicos, revistas, etc., de interés general para el partido.
90-2000 Publicaciones y Avisos
Incluye aquellos gastos ocasionados por publicaciones en periódicos, revistas, radio, televisión y que corresponden a actividades permanentes del partido político. No debe confundirse con propaganda.
90-2100 Descuento sobre Bonos
Se carga con el gasto financiero en que incurre el partido político, debido a la diferencia entre el valor nominal del bono y el precio por el cual éste fue vendido.
90-2200 Comisiones Pagadas
Se carga con los gastos por comisiones ocasionados en servicios bancarios y comerciales.
90-2300 Intereses Pagados
Se carga esta cuenta con el monto de los intereses pagados.
90-2400 Mantenimiento y Reparación Equipo
Se carga con los gastos necesarios para mantener en buenas condiciones de servicio los activos pertenecientes al partido político. También, en caso de alquiler de vehículos, se reconocerán los gastos mínimos para su buen funcionamiento, como el lavado y reparación de llantas, previa demostración de esos alquileres. Todos estos gastos no deben significar aumento al valor de los bienes.
90-2500 Arrendamientos
Se carga con la retribución por el uso de bienes muebles o inmuebles y equipos que no pertenecen al partido político.
90-2600 Combustibles y Lubricantes
Se carga con el gasto por materiales y sustancias usadas para la lubricación y combustión de vehículos, tales como gasolina, aceites, diesel, lubricantes, etc.
90-2800 Depreciaciones Activos
Esta cuenta se carga con el gasto por depreciación de los bienes no fungibles propiedad del partido político, y de acuerdo con los porcentajes establecidos por la Dirección General de Tributación. Se acreditan las cuentas de Depreciación Acumulada.
90-2900 Enseres de Aseo e Higiene
Se carga esta cuenta con los útiles y materiales de limpieza, tales como escobas, plumeros, cepillos, papel higiénico, jabón, etc.
90-3000 Instalación de Clubes
Se carga esta cuenta con los gastos por acondicionamiento y arreglos menores a los locales alquilados por el partido, donde se ubican los respectivos clubes.
90-3200 Material Fotográfico
Se carga con aquellos gastos referentes a material y revelado e impresión fotográfica; rollos de películas, papel, flash, baterías, líquidos especiales y revelado.
90-3300 Integración y funcionamiento de comités, asambleas, convenciones y plazas públicas
Se carga con aquellos gastos que sean indispensables para la integración y funcionamiento de comités, asambleas, convenciones, desfiles y plazas públicas efectuadas por la dirigencia del partido.
90-3400 Suministros para Equipo de Cómputo
Se carga con el costo de los suministros y materiales (discos compactos, dispositivos de almacenamiento externo, tinta o toner para impresora, papel para impresoras y otros) que adquiere el partido para el funcionamiento del equipo de cómputo que utilice en sus actividades político electorales.
90-3500 Signos Externos
Comprende todo gasto destinado a la elaboración o adquisición de distintivos u otro tipo de artículos, cuyo diseño o características visuales son afines al partido político, tales como calcomanías, camisetas, gorras y banderas, entre otros.
90-3600 Divulgación
Comprende todo gasto destinado a sufragar actividades por medio de las cuales los partidos políticos divulgan su ideología, propuestas, participación democrática, cultura política, procesos internos de participación y acontecer nacional. Incluye los gastos que se generen en diseñar, producir y difundir todo tipo de material que sirva como herramienta de comunicación. No debe confundirse con propaganda política.
90-3700 Actividades para el Fortalecimiento de la Estructura Interna
Comprende todos aquellos gastos del partido necesarios para la realización de actividades connaturales a su propia existencia, tales como: aniversarios, congresos ideológicos, entre otros; en las que se fomente la participación de militantes y simpatizantes con el fin de fortalecer su estructura interna, salvo que, de alguna forma, la actividad sea contraria al ordenamiento legal.
91. GASTOS DE PROPAGANDA:
Se carga con el monto de los gastos que efectúan los partidos políticos para explicar su programa e impugnar el de sus contrarios, para hacer planteamientos de carácter ideológico, para informar sobre actividades políticas electorales y para examinar la conducta de los candidatos, que se proponen a través de la prensa escrita, la radio, el cine, televisión e internet; además los servicios artísticos para la elaboración de los anuncios, por servicios de grabación para la difusión por radio, servicio de audio y vídeo para cortos de televisión, páginas web y portales interactivos. También la preparación de folletos, volantes, vallas y el uso de altoparlantes en reuniones, manifestaciones y desfiles debidamente autorizados, que se refieran a los conceptos aquí mencionados.
92. GASTOS DE CAPACITACIÓN:
Se carga con el monto de los gastos que se relacionan con la promoción de cursos, seminarios, encuentros académicos, programas de becas, etc., diferenciándose de aquellos que se refieren a las actividades específicas de formación o preparación de fiscales y miembros de juntas electorales durante el proceso electoral, que corresponden a gastos de organización.”.
ARTÍCULO 5.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Solicitud de colaboración en materia de fiscalización y control de financiamiento de las organizaciones políticas. Del señor Jorge Mario Valenzuela Díaz, Presidente del Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala, se conoce oficio n.° PRES-047-04-2017 del 7 de abril de 2017, recibido –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal el 25 de abril de 2017, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tal y como hemos compartido en otras ocasiones, a partir del 2016 nuestro marco legal electoral sufrió una serie de reformas que representan un desafío pero a la vez una oportunidad para fortalecer las capacidades y el papel que desempeña el Tribunal Supremo Electoral de Guatemala, específicamente, en la fiscalización y control del financiamiento de las organizaciones políticas. Así, una de las tareas inmediatas es la integración de la Unidad Especializada para el Control y Fiscalización de las Finanzas de los Partidos Políticos, la identificación de perfiles de sus integrantes y la definición de protocolos y manuales de trabajo.
En este sentido, el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica y en particular el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, se ha convertido para nosotros en un referente de buenas prácticas en esta materia. Por ello, respetuosamente enviamos esta nota para solicitar asistencia técnica en el marco de la cooperación horizontal establecida en el Protocolo de Tikal.
En concreto, solicitamos la anuencia del Honorable Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, para que el Señor Ronald Chacón Badilla, Director del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, pueda realizar una combinación entre visita(s) y contactos a distancia de cooperación técnica horizontal al Tribunal Supremo Electoral de Guatemala, con el objeto de brindar asesoría en el diseño institucional, organizacional y de gestión de la Unidad Especializada de Control y Fiscalización de las Finanzas de los Partidos Políticos recientemente creada. Asimismo, si en el desarrollo de la asesoría, se identifica la necesidad específica de contar con el apoyo de otro miembro del Departamento a cargo del señor Chacón, también éste funcionario pueda hacer la visita de asesoría a nuestro país. Estas visitas de asesoría del señor Chacón Badilla se desarrollarían en el marco de un cronograma de trabajo que sería elaborado posteriormente a la primera visita, mismo que sería compartido con ustedes para su respectiva aprobación.
En el desarrollo de este proceso, contamos con el apoyo técnico de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) y de la Fundación Konrad Adenauer, quien se hará cargo además de los gastos correspondientes a los boletos aéreos, hospedaje y alimentación del señor Chacón Badilla y del funcionario/s del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos que visiten Guatemala en el marco de esta cooperación.
La primera visita del señor Chacón Badilla se llevará a cabo del 15 al 19 de mayo del presente año y tendría como objetivo específico desarrollar una serie de reuniones de acercamiento y diagnóstico con Magistrados y otras autoridades del Tribunal Supremo Electoral para identificar los componentes del plan de trabajo para el diseño institucional, organizacional y de gestión de la Unidad Especializada para el Financiamiento de los Partidos Políticos.
Desde ya manifestamos nuestra más profunda admiración y agradecimiento al Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica por la anuencia a compartir con nosotros sus experiencias y buenas prácticas en la materia.".
Se dispone: Acceder a la solicitud planteada por el señor Valenzuela Díaz. En tal virtud, dentro del marco de cooperación horizontal entre organismos electorales, se autoriza la visita del señor Ronald Chacón Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, al Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala. Para sustituirlo durante su ausencia, se encargan sus funciones a la señora Guiselle Valverde Calderón.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Ronald Chacón Badilla |
Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos |
República de Guatemala |
14 al 20 de mayo de 2017 |
Reuniones de acercamiento y diagnóstico para identificar componentes del plan de trabajo para el diseño y gestión de la Unidad Especializada para el Financiamiento de los Partidos Políticos del Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Informe respecto del préstamo de vehículos al INEC. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1226-2017 del 24 de abril de 2017, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo ordenado por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión ordinaria n° 31-2017 del 04 de abril, oficio n° STSE-0588-2017, en el sentido de que esta Dirección estudie y formule la recomendación pertinente, respecto a la petición de la señora Floribel Méndez Fonseca, Gerente del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), solicitando se le facilite un vehículo institucional con chofer, el reconocimiento de sus viáticos entre otros para la atención de la Encuesta Nacional de Hogares, procede indicar lo siguiente:
La dinámica de la gestión administrativa y de servicio a la que en este momento se ve sometida la institución implica que sea necesario contar con toda la flota vehicular, con mucho [sic] más razón en el mes de julio que la Oficina de Coordinación de Servicios Regionales ya tiene programadas giras en diferentes partes del país como parte de la logística que se requiere en virtud de encontramos en año preelectoral.
Lo anteriormente expuesto, aunado a la restricción vehicular, la creciente demanda en las necesidades de transporte de las personas funcionarias institucionales como consecuencia de la dinámica de trabajo, así como del proceso electoral que se avecina, menoscaban la capacidad de respuesta de la Unidad de Transportes durante el mes que se requiere la colaboración y meses posteriores.
En consecuencia, esta Dirección considera, salvo Superior criterio, que lamentablemente en esta oportunidad no se considera oportuno atender la gestión de la señora Méndez Fonseca.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento de la señora Floribel Méndez Fonseca, a quien se le hace saber que -por las razones que refiere el señor Rodríguez Siles- lamentablemente no es posible para este Tribunal, en esta oportunidad, brindar la acostumbrada cooperación al Instituto Nacional de Estadística y Censos. ACUERDO FIRME.
B) Consulta legislativa del proyecto de ley de Creación del Distrito 9° del Cantón de Naranjo, Candelaria. Expediente n.° 20.211. De la señora Nery Agüero Montero, Jefa de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° AL-CPAJ-OFI-0578-2017 del 26 de abril de 2017, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto de ley, Expediente N.° 20.211, Creación del Distrito 9° del Cantón de Naranjo, Candelaria, Publicado [sic] en el Alcance N°69 a la Gaceta N°62 del 28 de marzo de 2017. En sesión N.° 31 del 18 de abril del año en curso se aprobó una moción para consultar el texto base, el cual se adjunta.
Apreciaré remitir, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la recepción de esta solicitud, la correspondiente opinión y hacerla llegar a la Secretaría de la Comisión, ubicada en el tercer piso del edificio central (Comisión de Jurídicos) (…).".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 3 de mayo de 2017– pase a los señores Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 2 de mayo de 2017. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 9 de mayo de 2017. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Zetty María Bou Valverde |
Luis Diego Brenes Villalobos |
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla |