ACTA N.º 91-2016
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas con quince minutos del veintinueve de setiembre de dos mil dieciséis, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Nombramientos interinos en distintas oficinas del TSE. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2556-2016 del 23 de setiembre de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 26 de setiembre de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que han presentado ante este despacho varias jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los siguientes nombramientos interinos:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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368769, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Alexandra Azofeifa Chaves, 1° al 15-OCT de 2016. La candidata labora actualmente en un puesto idéntico en ese mismo departamento. |
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45794, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Andrea Rojas Ureña, 16-OCT de 2016 al 31-ENE de 2017 o hasta que regrese la titular del puesto a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en un puesto idéntico en la Sección de Padrón Electoral con un nombramiento que vence el próximo 15 de octubre. |
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45623, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedará temporalmente vacante en virtud de la licencia sin goce de salario que disfrutará la titular del puesto. |
Mitzi Mariela Calvo Mora, 16-OCT de 2016 al 15-ABR de 2017 o hasta que regrese la titular del puesto a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en un puesto de idéntica categoría en esa misma sección. |
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368594, Profesional Asistente 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Grettel Monge Quesada, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. La candidata labora actualmente en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Servicios Generales, por lo que existen tres clases de por medio para llegar a la de Profesional Asistente 1. |
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361379, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Ana Lilliam Montero Bermúdez, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. La candidata labora actualmente en un puesto idéntico en ese mismo departamento. |
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370764, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de servicios especiales. |
Reinaldo González Zúñiga, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. El candidato labora actualmente en un puesto de la clase Profesional en Gestión 2 en ese mismo departamento, pero con un nombramiento que vence justamente el próximo 30 de setiembre. |
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368748, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Paola Bolaños Rubí, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. La candidata labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento, pero con nombramiento que vence el próximo 30 de setiembre. |
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368746, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Pablo Brenes Calderón, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. El candidato labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento, pero con nombramiento que vence el próximo 30 de setiembre. |
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368695, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Iván Argeñal Angulo, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. El candidato labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento, pero con nombramiento que vence el próximo 30 de setiembre. |
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368694, Técnico Funcional 2 |
Plaza de servicios especiales. |
Jorge Sandí Venegas, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. El candidato labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento, pero con nombramiento que vence el próximo 30 de setiembre. |
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47844, Técnico Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Arturo Leal Montenegro, 1°-OCT al 31-DIC de 2016 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en un puesto idéntico en esa misma sección, pero con nombramiento que vence el próximo 30 de setiembre. |
Los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, tales movimientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 34 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. Puede apreciarse que las diferentes solicitudes cuentan con el visto bueno de la respectiva Dirección General.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Audiencia a la UNEC en relación a la creación de áreas en el Departamento de Recursos Humanos. De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Arlene Castro Jiménez, Secretaria General y Secretaria de Actas, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce el oficio n.° UNEC-45-2016 del 27 de setiembre de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con la audiencia conferida por la Magistratura en la Sesión Ordinaria N° 84-2016, comunicado mediante oficio STSE-1684-2016 del 08 de setiembre del 2016 y recibido en esta Organización el 09 de setiembre del 2016, les comunicamos que de acuerdo al análisis correspondiente realizado por esta Junta Directiva, no existe objeción alguna en cuanto a la propuesta presentada por la Dirección Ejecutiva con relación a la creación de las Áreas propuestas por el Departamento de Recursos Humanos.".
Se dispone: Tener por atendida la audiencia concedida a la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC). Aprobar las recomendaciones del estudio para organizar las Áreas de Gestión de Salarios y Análisis Ocupacional del Departamento de Recursos Humanos, de conformidad con lo indicado en los oficios n.° DE-2189-2016 y DE-2283-2016 de la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario del señor Gerald Murillo Fernández. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2575-2016 (SUSTITUIR) del 27 de setiembre de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión 23-2016 celebrada el 8 de marzo de 2016, oficio número STSE-0556-2015 de igual fecha, le autorizó al señor Gerald Murillo Fernández, quien ocupa en propiedad un cargo de la clase Asistente Administrativo 2 en el Departamento Electoral, el disfrute de una licencia sin goce de salario por los seis meses comprendidos entre el 1° de abril y el 30 de setiembre de 2016. Tal permiso lo requirió el empleado para atender asuntos de índole personal.
Para lo que a bien tenga disponer el superior, remito a consideración la nota que dicho colaborador presentó ante este despacho el pasado 23 de setiembre, con la cual solicita –en virtud de los motivos que se sirve exponer– que se le prorrogue por otros seis meses esa licencia sin goce de salario que está próxima a vencer, gestión que, según puede apreciarse, cuenta con la anuencia de los señores Oscar Fernando Mena Carvajal y Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor del Departamento Electoral y Director General del Registro Civil respectivamente.
El señor Murillo Fernández labora para la institución desde el 3 de marzo de 2003 y la solicitud que formula podría autorizarse, salvo superior criterio, con fundamento en lo que al efecto dispone el artículo 33-c-1 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, el cual señala que las licencias sin goce de salario podrán concederse por “Seis meses para asuntos personales del servidor. Esta licencia podrá ser prorrogada hasta por seis meses más en casos muy especiales a juicio del Ministro o máximo jerarca de la Institución.”.".
Se dispone: Aprobar la prórroga de la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
D) Encargos de funciones de los señores Director Ejecutivo y Jefe de la Sección de Servicios Generales. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1789-2016 del 28 de setiembre de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por las respectivas jefaturas, y previo análisis de los respectivos requisitos y condiciones, me permito recomendar la aprobación de los encargos de funciones que se detallan a continuación:
Oficina |
Jefatura |
Sustituto |
Periodo |
Dirección Ejecutiva |
José Francisco Rodríguez Siles |
Carlos Alberto Murillo Montoya |
13 y 14 de octubre de 2016 |
Sección de Servicios Generales |
Gustavo Fitoria Mora |
Luis Alberto Sáenz Venegas |
3 al 7 de octubre de 2016 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Aprobar los encargos de funciones conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
E) Traslado de puesto vacante de la Sección de Análisis a la Oficialía Mayor Civil. De los señores Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-215-2016 de las diez horas del 20 de setiembre de 2016, mediante la cual resuelven trasladar –a partir del 1.° de octubre de 2016– el puesto vacante número 45766 de cargos fijos de la Sección de Análisis a la Oficialía Mayor Civil.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.
F) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2595-2016 del 29 de setiembre de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración una prórroga de nombramiento interino próximo a vencer y los oficios que han presentado ante este despacho varias jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los nombramientos interinos que se citan en el siguiente cuadro:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
PRÓRROGA DE NOMBRAMIENTO |
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97462, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Juan José Delgado Cubillo, 1°-OCT al 31-DIC de 2016. El candidato labora actualmente en ese mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su actual designación por un nuevo plazo. |
NUEVOS NOMBRAMIENTOS |
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45765, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Ana Elena Lizano Castro, 1°-OCT al 31-DIC de 2016 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 1 en el Departamento de Comunicación y Relaciones Públicas. |
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368532, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de servicios especiales. |
Adriana Jenkins Cruz, 3-OCT al 31-DIC de 2016 o hasta que regrese la titular interina de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero (artículo 36 bis del reglamento a la Ley de Salarios). La candidata no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho recientemente en puestos de similar categoría y forma parte del registro temporal de elegibles. |
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357810, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Ingrid Díaz Obando, 1°-OCT al 31-DIC de 2016 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en un puesto idéntico en el Departamento de Programas Electorales, pero con un nombramiento que vence el próximo 30 de setiembre. |
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45698, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la licencia sin goce de salario que disfruta su propietario. |
Maureen Rodríguez Reyes, 1°-OCT-2016 al 31-MAR-2017 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en un puesto de la clase Asistente Administrativo 1 en la Sección de Inscripciones, pero con un nombramiento que vence el próximo 30 de setiembre. |
Los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, tales movimientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 22, 34 y 36-bis del reglamento antes citado, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. Puede apreciarse que las diferentes solicitudes cuentan con el visto bueno de la respectiva Dirección General.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Prorrogar y nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Acta de la reunión n.° 64-2016 del Consejo de Directores. Informe sobre la propuesta de plan de mejora regulatoria y simplificación de trámites. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-300-2016 del 27 de setiembre de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo dispuesto por el Superior en la Sesión ordinaria n.° 28-2009 celebrada el 17 de marzo de 2009 y comunicado mediante circular n.° STSE-0015-2009 de misma fecha, me permito adjuntar el acta de la reunión extraordinaria n.° 63-2016 [sic], celebrada el diecinueve de setiembre del año en curso, por el Consejo de Directores.
Por su digno medio se hace del conocimiento del Superior, lo dispuesto en el artículo cuarto, inciso B), concerniente al informe sobre la propuesta de plan de mejora regulatoria y simplificación de trámites.".
Se dispone: En virtud de los motivos expuestos por el Departamento Legal, designar al señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, para que en adelante funja como Oficial de Simplificación de Trámites. Comuníquese al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC). ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Comunicación de finalización del seguimiento de disposiciones contenidas en los informes emitidos por la Contraloría General de la República. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0821-2016 del 23 de setiembre de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Muy respetuosamente, me permito remitir para su conocimiento y el de los señores Magistrados y la señora Magistrada, el oficio No. 12165 de fecha 19 de setiembre del año en curso, emitido por la Contraloría General de la República, mediante el cual se sirve comunicar la finalización del proceso de seguimiento de las disposiciones contenidas en el informe DFOE-PG-IF-16-2015 “Informe sobre la generación y recopilación de la información relacionada con las inscripciones de hechos vitales que realiza la Dirección General del Registro Civil.”".
Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce conjuntamente oficio n.° DC-3011-2016 del 26 de setiembre de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con el oficio STSE-1320-2015 del 28 de julio del 2015, correspondiente al Informe n.° DFOE-PG-IF-16-2015 de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, relativo a la auditoría de carácter especial sobre la generación y recopilación de la información relacionada con las inscripciones de hechos vitales que realiza la Dirección General del Registro Civil, respetuosamente hago de su conocimiento lo indicado por la Gerencia de Seguimiento de Disposiciones de la Contraloría General de la República, a través del oficio DFOE-SD-1589 del 19 de setiembre de este año, que en lo que interesa indica:
“…como resultado del análisis efectuado a la información remitida por ese Oficial Mayor, y conforme al alcance establecido en lo dispuesto por la Contraloría General, esta Área de Seguimiento de Disposiciones determinó que esa Dirección General cumplió razonablemente las disposiciones contenidas en el informe que se indica a continuación:
En razón de lo anterior, se dan por concluidos los procesos de seguimiento correspondientes a dichas disposiciones…”
Cabe señalar, que el suscrito velará porque se continúen cumpliendo las acciones ejecutadas y eventualmente, tomar las acciones adicionales que se requieran en un futuro para que no se repitan las situaciones que motivaron tales disposiciones.".
Se dispone: Tomar nota. La Dirección General del Registro Civil y el Departamento Civil darán fiel cumplimiento a lo establecido por el órgano contralor al respecto. ACUERDO FIRME.
B) Autorización para firma de certificaciones del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0819-2016 del 23 de setiembre de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 26 de setiembre de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con la finalidad de no desmejorar el servicio a las personas usuarias, el suscrito muy respetuosamente eleva a conocimiento del Superior, solicitud para conceder autorización para firmar certificaciones a Sergio Hernán Ledezma Viquez, titular de la cédula 4-0207-0275, quien se desempeña como funcionario en esta Dirección General.".
Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al referido funcionario para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre el proyecto de "Reglamento para el Uso de las Áreas de Estacionamiento". Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-433-2016 del 23 de setiembre de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 83-2016, celebrada por este Tribunal el 6 de setiembre de 2016– rinde informe relativo a la propuesta de Reglamento para el uso de las áreas de estacionamiento del Tribunal Supremo de Elecciones.
Se dispone: Pase a estudio individual de los Magistrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Acuerdo de Corte Plena para incorporar diferentes dependencias judiciales en convenio con el TSE. De la señora Silvia Navarro Romanini, Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, se conoce oficio n.° 9856-16 del 22 de setiembre de 2016, recibido –vía correo electrónico– el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual en lo conducente literalmente manifiesta:
"En razón de que revisados los archivos y registros que al efecto lleva esta Secretaría General, no se constata que se hubiese comunicado el acuerdo tomado por el Consejo Superior en la sesión Nº 43-16 celebrada el 3 de mayo de 2016, artículo CII, para los fines pertinentes le transcribo el acuerdo de referencia que literalmente dice:
(…)
Se acordó: Tener por rendido y acoger el informe de la Dirección Jurídica, en consecuencia: Mantener el interés de que las diferentes dependencias judiciales (Policías investigativas del Organismo de Investigación Judicial, Defensa Pública y Ministerio Público, así como los Inspectores y Oficiales de Investigación del Tribunal de la Inspección Judicial), sean incluidos en el Convenio de Cooperación a suscribir con el Tribunal Supremo de Elecciones; así como fue solicitado a ese Tribunal mediante oficio Nº 3807-14, según acuerdo del Consejo Superior, tomado en sesión Nº 28-14, celebrada el 27 de marzo de 2014, artículo LXIX.".
Se dispone: Para su atención, pase a la Dirección General de Estrategia Tecnológica y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Consulta legislativa del proyecto de "Reforma de los artículos 14 y 55 de la Ley n.° 7794, Código Municipal y sus reformas, y del artículo 150 de la Ley n.° 8765. Código Electoral y sus reformas", expediente n.° 19.991. De la señora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Asuntos Municipales de la Asamblea Legislativa, se conoce el oficio n.° CPEM-093-16 del 27 de setiembre de 2016, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones del Presidente de la Comisión Permanente de Asuntos Municipales, diputado William Alvarado Bogantes, se solicita el criterio de esa municipalidad en relación con el expediente 19.991 “REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 14 Y 55 DE LA LEY N.° 7794, CÓDIGO MUNICIPAL Y SUS REFORMAS, Y DEL ARTÍCULO 150 DE LA LEY N.° 8765, CÓDIGO ELECTORAL Y SUS REFORMAS”, el cual se anexa.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital (…).".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 5 de octubre de 2016– pase a los señores Juan Luis Rivera Sánchez y Andrei Cambronero Torres, Letrados de este Tribunal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 4 de octubre de 2016. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 7 de octubre de 2016. ACUERDO FIRME.
C) Consulta legislativa del proyecto de "Ley para eliminar la utilización de recursos municipales para fines electorales", expediente n.° 19.896. De la señora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de Área de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CPEM-084-16 del 27 de setiembre de 2016, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones del Presidente de la Comisión Permanente de Asuntos Municipales, diputado William Alvarado Bogantes, se solicita el criterio de esa institución en relación con el expediente 19.896 “LEY PARA ELIMINAR LA UTILIZACIÓN DE RECURSOS MUNICIPALES PARA FINES ELECTORALES”, el cual se anexa.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital.".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 5 de octubre de 2016– pase a los señores Juan Luis Rivera Sánchez y Andrei Cambronero Torres, Letrados de este Tribunal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 4 de octubre de 2016. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 7 de octubre de 2016. ACUERDO FIRME.
D) Consulta legislativa del proyecto de "Reformas para combatir el clientelismo y la impunidad en procesos electorales", expediente n.° 19.999. De la señora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de Área de la Asamblea Legislativa, se conoce el oficio n.° CG-122-2016 del 28 de setiembre de 2016, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones de la Presidenta de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, diputada Silvia Sánchez Venegas, se solicita el criterio de esa institución en relación con el expediente 19.999 “REFORMAS PARA COMBATIR EL CLIENTELISMO Y LA IMPUNIDAD EN PROCESOS ELECTORALES”, el cual se adjunta.
Se le agradece evacuar la consulta en el plazo de ocho días hábiles y, de ser posible, enviar también el criterio de forma digital. (…).".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 5 de octubre de 2016– pase a los señores Juan Luis Rivera Sánchez y Andrei Cambronero Torres, Letrados de este Tribunal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 4 de octubre de 2016. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 10 de octubre de 2016. ACUERDO FIRME.
E) Consulta legislativa del proyecto de ley de "Adición del artículo 5 bis a la Ley de la promoción de la igualdad social de la mujer, n° 7142 de 26 de marzo de 1990", expediente n.º 20.001. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CM-175-2016 del 21 de setiembre de 2016, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente Especial de la Mujer, en su sesión ordinaria N.º 7 celebrada el día de hoy, aprobó una moción que dispuso consultar su criterio sobre el proyecto de ley: “ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N° 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990”, Expediente Nº 20.001, que me permito adjuntar.
Se le agradecerá evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, según el cual: “Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
Sobre el proyecto de ley objeto de consulta.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no sólo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral; lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
La comisión legislativa consultante requiere el criterio de este Tribunal sobre el proyecto de ley tramitado en el expediente número 20.001 «ADICIÓN DEL ARTÍCULO 5 BIS A LA LEY DE LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD SOCIAL DE LA MUJER, N° 7142 DE 26 DE MARZO DE 1990». En esencia, dicha iniciativa pretende establecer la obligación de la persona que ejerza la Presidencia de la República, de designar un cincuenta por ciento de mujeres en los cargos de Ministra de gobierno, disposición que resultaría además extensiva al Consejo de Gobierno, órgano que deberá observar el principio de paridad en todos los nombramientos que corresponda hacer al Poder Ejecutivo y en la designación de las juntas directivas, presidencias y gerencias de las instituciones descentralizadas.
Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular en ningún modo actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral.
Conclusión.
Con base en lo expuesto, al estimar que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, omitimos manifestar criterio alguno en los términos de los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral. ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
F) Consulta legislativa del proyecto de "Ley contra el adultocentrismo político y la discriminación contra las personas jóvenes en las elecciones municipales", expediente n.° 19.710. De la señora Marlen Garita Romero, funcionaria de la Asamblea Legislativa, se conoce el oficio n.° DH-101-2016 del 29 de setiembre de 2016, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión N° 8, de la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos, del día 21 de setiembre de 2016, se aprobó una moción para consultar el texto actualizado del proyecto: EXPEDIENTE N.º 19.710. LEY CONTRA EL ADULTOCENTRISMO POLÍTICO Y LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS JÓVENES EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES”. [sic] La moción es la siguiente:
“Para que el texto sustitutivo aprobado del Expediente 19.710 sea consultado al Tribunal Supremo de Elecciones y al Registro Civil”.
SE ADJUNTA TEXTO ACTUALIZADO DEL EXPEDIENTE N° 19710
Favor evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (…).".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 5 de octubre de 2016– pase a los señores Juan Luis Rivera Sánchez y Andrei Cambronero Torres, Letrados de este Tribunal. Para su examen se fijan las 10:30 horas del 4 de octubre de 2016. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 11 de octubre de 2016. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
A las diecisiete horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |