ACTA N.º 6-2016
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las once horas del veintiuno de enero de dos mil dieciséis, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Juan Antonio Casafont Odor y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2016.
A) Autorización de traslado de centro de votación. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-051-2016 del 19 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio PAE-066-2016 de fecha 13 de enero de 2016, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección nota suscrita por el señor Randall Rojas Quesada, en su condición de presidente de la Junta Cantonal de San Carlos, mediante la que solicita el traslado de las juntas receptoras de votos del distrito electoral La Palmera, específicamente del centro educativo La Palmera a las aulas de catequesis de La Palmera, ya que la citada escuela se encuentra demolida por completo.
Por lo expuesto, los integrantes de la Junta Cantonal de San Carlos proponen el traslado de las Juntas Receptoras de Votos número N.° 2661 y N.° 2662 instaladas en el distrito electoral La Palmera, a las aulas de catequesis de La Palmera.
Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:
1.- De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que el centro educativo La Palmera y las aulas de catequesis de La Palmera se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.
2.- Que la distancia existente entre el centro educativo La Palmera y las aulas de catequesis de La Palmera, es de aproximadamente 100 metros.
Razones por las cuales es el criterio de esta Dirección, recomendar a que se autorice el traslado de las juntas receptoras de votos N.° 2661 y N.° 2662 del centro educativo La Palmera a las aulas de catequesis de la misma comunidad.
Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que este organismo electoral autorice lo siguiente:
1.- El traslado de las juntas receptoras de votos N.° 2661 y N.° 2662 del centro educativo La Palmera, ubicada en el distrito electoral La Palmera, a las aulas de catequesis que se encuentran en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de Alajuela.
2.- Que se establezca a las aulas de catequesis de La Palmera como el centro de votación asignado al distrito electoral La Palmera, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 21009014.
En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda a los programas electorales de Sistema de Información 1020 y Asesores Electorales, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los Partidos Políticos que participan en este proceso, asimismo solicítese actualizar la página web del Tribunal Supremo de Elecciones con la nueva información.".
Se dispone: Autorizar conforme se propone y recomienda. Proceda la propia Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos a cursar las comunicaciones correspondientes. ACUERDO FIRME.
B) Autorización de traslado de centro de votación. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-049-2016 del 19 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio PAE-065-2016 de fecha 13 de enero de 2016, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección nota suscrita por el señor Randall Rojas Quesada, en su condición de presidente de la Junta Cantonal de San Carlos, mediante la que solicita el traslado de las juntas receptoras de votos del distrito electoral Dulce Nombre, específicamente del centro educativo Dulce Nombre a las aulas de catequesis de Dulce Nombre, ya que la citada escuela se encontrará en remodelación el próximo 7 de febrero.
Por lo expuesto, los integrantes de la Junta Cantonal de San Carlos proponen el traslado de las Juntas Receptoras de Votos número N.° 2521 y N.° 2522 instaladas en el distrito electoral Dulce Nombre, a las aulas de catequesis de Dulce Nombre.
Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:
1.- De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que el centro educativo Dulce Nombre y las aulas de catequesis de Dulce Nombre se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.
2.- Que la distancia existente entre el centro educativo Dulce Nombre y las aulas de catequesis de Dulce Nombre, es de aproximadamente 50 metros.
Razones por las cuales es el criterio de esta Dirección, recomendar a que se autorice el traslado de las juntas receptoras de votos N.° 2521 y N.° 2522 del centro educativo Dulce Nombre a las aulas de catequesis de la misma comunidad.
Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que este organismo electoral autorice lo siguiente:
1.- El traslado de las juntas receptoras de votos N.° 2521 y N.° 2522 del centro educativo Dulce Nombre, ubicada en el distrito electoral Dulce Nombre, a las aulas de catequesis que se encuentran en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de Alajuela.
2.- Que se establezca a las aulas de catequesis de Dulce Nombre como el centro de votación asignado al distrito electoral Dulce Nombre, cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 21001002.
En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda a los programas electorales de Sistema de Información 1020 y Asesores Electorales, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los Partidos Políticos que participan en este proceso, asimismo solicítese actualizar la página web del Tribunal Supremo de Elecciones con la nueva información.".
Se dispone: Autorizar conforme se propone y recomienda. Proceda la propia Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos a cursar las comunicaciones correspondientes. ACUERDO FIRME.
C) Autorización de traslado de centro de votación. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-048-2016 del 19 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio PAE-064-2016 de fecha 13 de enero de 2016, el señor Jorge Enrique Monge Alvarado, Encargado del programa de Asesores Electorales, remitió a esta Dirección nota suscrita por el señor Randall Rojas Quesada, en su condición de presidente de la Junta Cantonal de San Carlos, mediante la que solicita el traslado de la junta receptora de votos del distrito electoral El Corte (Santa Rosa), específicamente de la Escuela Santa Rosa al aula de catequesis de la misma comunidad, ya que la citada escuela se encontrará en remodelación.
Por lo expuesto, los integrantes de la Junta Cantonal de San Carlos proponen el traslado de la Junta Receptora de Votos número N.° 2667 instaladas en el distrito electoral El Corte (Santa Rosa), al aula de catequesis de Santa Rosa de la Palmera, situada a 50 metros sur de la escuela en remodelación.
Aunado a lo anterior, esta Dirección debe señalar que, luego de realizado el estudio correspondiente en el Sistema de Información Geográfico Electoral (SIGE) se ha logrado determinar lo siguiente:
1.- De acuerdo con la delimitación geográfica, se observa que la Escuela Santa Rosa y el aula de catequesis se encuentran ubicadas en el mismo distrito administrativo.
2.- Que la distancia existente entre la Escuela Santa Rosa y el aula de catequesis, es de aproximadamente 50 metros.
Razones por las cuales es el criterio de esta Dirección, recomendar a que se autorice el traslado de la junta receptora de votos N.° 2667 de la Escuela Santa Rosa al aula de catequesis de la comunidad.
Por lo expuesto y en atención a lo establecido en el artículo 34 del Código Electoral, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior y, si a bien lo tiene, que este organismo electoral autorice lo siguiente:
1.- El traslado de la junta receptora de votos N.° 2667 de la Escuela Santa Rosa, ubicada en el distrito electoral El Corte (Santa Rosa), al aula de catequesis de Santa Rosa que se encuentra en el mismo distrito electoral, ambos de la provincia de Alajuela.
2.- Que se establezca a las aulas de catequesis de Santa Rosa como el centro de votación asignado al distrito electoral El Corte (Santa Rosa), cuya codificación en la División Territorial Electoral vigente es 21008099.
En virtud de lo expuesto y de aprobarse la solicitud de traslado del centro de votación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, comuníquese para lo que corresponda a los programas electorales de Sistema de Información 1020 y Asesores Electorales, al Cuerpo Nacional de Delegados, a todos los Partidos Políticos que participan en este proceso, asimismo solicítese actualizar la página web del Tribunal Supremo de Elecciones con la nueva información.".
Se dispone: Autorizar conforme se propone y recomienda. Proceda la propia Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos a cursar las comunicaciones correspondientes. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Ascenso en propiedad de la funcionaria Cindy Araya Pereira en la Contraloría Electoral. Del señor Erick Adrián Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce en consulta la resolución de las quince horas y treinta minutos del quince de enero de dos mil dieciséis, mediante la cual resuelve ascender en propiedad –a partir del 1.° de marzo de 2016– a la funcionaria Cindy Araya Pereira, al cargo de Asistente Administrativo 2, Oficinista 2 en la Contraloría Electoral, plaza n.° 361432.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
B) Encargo de funciones de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0108-2016 del 19 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con el propósito de poder atender asuntos familiares imprevistos, he requerido autorización para disfrutar tres días de vacaciones del 25 al 27 de enero en curso, motivo por el cual me permito solicitar que durante ese breve lapso se encarguen mis funciones a la señora Jocelyn Brown Pérez, quien desempeña el cargo de subjefatura en este departamento y, por ende, es la persona que me sustituye. Según puede apreciarse, la presente gestión cuenta con la anuencia de los señores Director Ejecutivo y Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Verónica Sánchez Miranda. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0139-2016 del 19 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota que ha presentado ante este despacho vía fax la señora Verónica Sánchez Miranda, titular de un cargo de Asistente 2 de Oficina Regional en la sede de Coto Brus, mediante la cual solicita una nueva licencia sin goce de salario por seis meses contados a partir del próximo 1° de febrero, con el propósito de atender un nombramiento interino en una plaza de docente en el Ministerio de Educación Pública (MEP).
En sesión 23-2015 celebrada el 10 de marzo de 2015, oficio número STSE-0403-2015 de igual fecha, el Tribunal le autorizó a la citada colaboradora una licencia sin goce de salario con idéntica finalidad del 11 de marzo al 10 de setiembre de ese año, la cual posteriormente fue prorrogada hasta el 9 de diciembre según acuerdo de la sesión 76-2015 comunicado mediante oficio número STSE-1651-2015 de fecha 8 de setiembre de 2015.
Lo anterior se menciona en virtud de que, de acuerdo con el Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, para que una persona funcionaria pueda obtener la venia a fin de disfrutar una nueva licencia, debe reincorporarse a su plaza en la institución y trabajar al menos seis meses entre licencia y licencia, salvo que el máximo jerarca en casos muy calificados así lo autorice. Literalmente el artículo 33-c-6 de ese reglamento indica que “No podrán concederse licencias continuas argumentando motivos iguales o diferentes, hasta después de haber transcurrido por lo menos seis meses del reintegro del servidor al trabajo, excepto casos muy calificados a juicio del Ministerio o máximo jerarca de la institución sin que se perjudiquen los fines de la administración.”
Así las cosas, se somete el caso a la valoración del Tribunal para que determine si se autoriza la nueva licencia a pesar de que la funcionaria Sánchez Miranda solamente tiene un mes y nueve días de haberse incorporado a su puesto de trabajo luego de la licencia sin goce de salario que disfrutó el año pasado [sic]
Según puede apreciarse, la solicitud de la colaboradora cuenta con la anuencia de su jefatura inmediata y de la Dirección General del Registro Civil.".
Se dispone: No ha lugar a lo solicitado, toda vez que no se cumple con los presupuestos de la normativa indicada. ACUERDO FIRME.
D) Encargo de funciones del señor Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Se dispone: En virtud de la ausencia del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, durante los días 18 a 22 de febrero de 2016, ambos días inclusive, como parte de la Misión de acompañamiento electoral para el Referendo Constitucional 2016, a celebrarse en el Estado Plurinacional de Bolivia, según lo acordado en el artículo sétimo de la sesión ordinaria n.° 3-2016 del 12 de enero de 2016 y comunicado mediante oficio STSE-0090-2016, encargar sus funciones en el señor Gerardo Abarca Guzmán, Secretario General de esa Dirección. ACUERDO FIRME.
E) Horario laboral para los días 6, 7 y 8 de febrero de 2016. Se dispone: Con ocasión de las tareas relativas a la atención de las elecciones municipales 2016, los días sábado 6 y domingo 7 de febrero de 2016 deberán presentarse a laborar únicamente los siguientes funcionarios:
- Los de la Secretaría General de este Tribunal necesarios para asistir la labor de este órgano colegiado, según lo establezca su Secretario General.
- Los que tengan tareas asignadas de los diversos programas electorales o que hayan sido asignados a centros de votación por parte del Registro Electoral, según lo establezca su Director.
- Los de la Oficina de Seguridad Integral necesarios para resguardar los bienes e instalaciones de estos organismos electorales, según lo establezca la jefatura de dicha Oficina.
- Los del Registro Civil que resulten necesarios para mantener durante las fechas indicadas la continuidad del servicio de solicitud y entrega de cédulas de identidad, según lo establezca su Director.
- Los de las Direcciones Ejecutiva y General de Estrategia Tecnológica necesarios para mantener activos los servicios referidos, así como los que sean necesarios para el adecuado mantenimiento de los equipos y sistemas institucionales, según lo establezcan, respectivamente, sus Directores.
- Los de las oficinas regionales, según lo establezcan los Directores Generales de los Registros Civil y Electoral.
- Los que a criterio de los Directores institucionales, por cualquier otra circunstancia, deban prestar sus servicios.
El día lunes 8 de febrero de 2016 no se brindará atención al público en oficinas centrales ni en oficinas regionales, en razón de la logística de acopio de material electoral, por lo que deberán presentarse a laborar únicamente los siguientes funcionarios:
- Los de la Secretaría General de este Tribunal necesarios para asistir la labor de este órgano colegiado, según lo establezca su Secretario General.
- Los que tengan tareas asignadas de los diversos programas electorales, según lo establezca el Director General del Registro Electoral.
- Los de la Oficina de Seguridad Integral necesarios para resguardar los bienes e instalaciones de estos organismos electorales, según lo establezca la jefatura de dicha Oficina.
- Los de las Direcciones Ejecutiva y General de Estrategia Tecnológica necesarios para mantener activos los servicios referidos, así como los que sean necesarios para el adecuado mantenimiento de los equipos y sistemas institucionales, según lo establezcan, respectivamente, sus Directores.
- Los de las oficinas regionales, según lo establezcan los Directores Generales de los Registros Civil y Electoral.
- Los del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, quienes tomarán las medidas necesarias para que ese lunes se brinde atención oportuna a los medios de comunicación que lo requieran. Proceda ese mismo Departamento con la difusión del presente acuerdo.
- Los que ejecutan sus labores en el edificio Thor y en las bodegas de Desamparados.
- Los que a criterio de los Directores institucionales, por cualquier otra circunstancia, deban prestar sus servicios. ACUERDO FIRME.
F) Recargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Inscripciones. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0147-2016 del 21 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número O-INS-071-2016 que suscribe la Licda. Carolina Phillips Guardado, Jefa a.í de Sección de Inscripciones, mediante el cual, en virtud de que disfrutará vacaciones por espacio de 12 días a partir del próximo 25 de enero, solicita que durante ese lapso sus funciones se recarguen en el Lic. Fernando Acuña Chaves, Profesional Ejecutor 3, quien ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.
Puede apreciarse que la solicitud cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil, el visto bueno de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Acta de la reunión ordinaria n.° 3-2016 del Consejo de Directores. Traslado de los puestos de información. Del señor José Francisco Rodriguez Siles, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-016-2016 del 18 enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo dispuesto por el Superior en la Sesión ordinaria n.° 28-2009 celebrada el 17 de marzo de 2009 y comunicado mediante circular n.° STSE-0015-2009 de misma fecha, me permito adjuntar el acta de la reunión ordinaria n.° 3-2016, celebrada el 15 de enero de los corrientes por el Consejo de Directores.
Por su digno medio se hace del conocimiento del Superior, lo dispuesto en el artículo quinto, inciso B), concerniente a solicitud de traslado de puestos de información.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.
A) Designación de personas acompañantes de los Delegados del TSE. Del señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-054-2016 del 19 de enero de 2016, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante el oficio N.° CND-021-2016 el señor Sergio Donato Calderón, Jefe del Cuerpo Nacional de Delegados, comunica una lista de treinta y un personas con la finalidad de incorporar a sus filas a título de acompañantes de Delegados. Se detalla la lista en el siguiente cuadro:
|
NOMBRE |
NÚMERO DE CÉDULA |
1 |
Aguilar Quirós Mario |
1-0563-0171 |
2 |
Alfaro Víquez Víctor Julio |
4-0133-0202 |
3 |
Alvarado Barquero Nelson Antonio |
4-0143-0556 |
4 |
Araya Arias Leónidas |
1-0401-1450 |
5 |
Arguedas Quirós Gloria |
3-0144-0395 |
6 |
Arrieta Baltodano Jorge |
5-0225-0023 |
7 |
Artavia Chinchilla Agustín Alberto |
1-0417-0950 |
8 |
Ceciliano Bermúdez Heidy María |
1-0380-0939 |
9 |
Cruz Santos Javier Eduardo |
2-0398-0739 |
10 |
Delgado Lobo Luis Alonso |
1-1005-0088 |
11 |
Fernández Carpio Luis Carlos |
1-1307-0723 |
12 |
Hernández Pérez Rigoberto |
3-0171-0263 |
13 |
Jones León Alfredo Gerardo |
1-0467-0055 |
14 |
Kriebel Coronado Anna |
1-0487-0094 |
15 |
Lazo Páez Andrés |
1-1119-0218 |
16 |
Loáiciga Corea Viviana |
5-0326-0821 |
17 |
Morales García Montserrat |
3-0504-0121 |
18 |
Navarro Mena María Andrea |
3-0486-0128 |
19 |
Porras Morales Kenneth Arturo |
5-0236-0194 |
20 |
Ramírez Ortiz María Gabriela |
1-0543-0947 |
21 |
Ramos Navarro Diana |
1-1205-0377 |
22 |
Rojas Ugalde Leslie Patricia |
1-0590-0256 |
23 |
Sanabria Vargas Grettel |
3-0246-0601 |
24 |
Serrano Masís Maritza |
3-0242-0833 |
25 |
Solano Alvarado Orlando |
1-0547-0058 |
26 |
Solano Villalobos Clarita María |
3-0274-0328 |
27 |
Tencio Monge Rubén Alejandro |
1-1581-0145 |
28 |
Vargas Quesada Joselyn Gabriela |
3-0502-0782 |
29 |
Vásquez Espinoza María Luisa |
8-0099-0645 |
30 |
Zamora Chavarría Rita |
2-0418-0997 |
31 |
Zúñiga Pana William |
1-0384-0351 |
Si el Tribunal tiene a bien aprobar la incorporación, estas personas se servirán acompañar a los Delegados debidamente investidos, de modo tal que se limitarán a presenciar el proceso, aprenderán acerca de las funciones propias de los Delegados, colaborarán en aquello que no suponga un compromiso funcional, y decidirán si finalmente luego dan el paso siguiente de solicitar la credencial formal de Delegados.
Cabe señalar que estas personas ya se han acercado a los respectivos grupos en los cuales servirán y se les dotará, al igual que en el proceso anterior, de una credencial que les identificará con la condición indicada, por lo que esta Dirección avala la solicitud del señor Donato Calderón.
Le ruego elevar lo anterior a conocimiento y aprobación del Tribunal.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Autorización para la realización de taller de la OEA en Costa Rica. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0129-2016 del 15 de enero de 2016, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 18 de enero de 2016, mediante el cual literalmente manifiesta:
"A efecto de que sea del conocimiento del Superior, me permito informar lo siguiente; el Tribunal Supremo de Elecciones está apoyando el ofrecimiento por parte de la OEA, a través de Órgano Internacional de Acreditación Internacional (IEAB por su siglas en inglés), para que se realice en Costa Rica el taller de la ISO/TS 17582, el cual estaría dirigido a algunos invitados de la OEA, así como específicamente a los funcionarios del TSE, dando la oportunidad de capacitar y autorizar como auditores líderes a más funcionarios de la Institución.
La OEA extenderá esta invitación a diferentes Organismos Electorales, estimando la participación de aproximadamente 25 personas,
La logística para llevar a cabo dicho taller se detalla a continuación:
1. Lugar: San José, Costa Rica, Tribunal Supremo de Elecciones, Salón Multiuso
2. Fechas del taller: 29, 30 y 31 de marzo de 2016
3. Fecha de llegada de los participantes internacionales a San José: 28 de marzo de 2016
4. Fecha de salida de los participantes internacionales: 01 de abril de 2016
5. Inauguración del taller: 29 de marzo de 2016, este acto es dirigido por un magistrado asignado y un representante de la OEA.
6. Clausura del taller: 31 de marzo de 2016, este acto es dirigido por un magistrado asignado y un representante de la OEA.
7. Costo del Taller: US$ 500 por persona
Los gastos que en los que debe de incurrir el TSE se detallan a continuación:
1. Transporte hotel-aeropuerto-hotel de los participantes internacionales
2. Transporte hotel-TSE participantes internacionales (x3días)
3. Salón académico (x3días)
4. Servicios de conferencia -proyectores, pizarras, micrófonos- (x3días)
5. Coffee break y almuerzo (x3días)
6. Costo del taller para los participantes del TSE.
7. Soporte por parte de la unidad de Protocolo, según se requiera.
Dado lo anteriormente descrito se solicita al Superior, autorizar lo siguiente:
1. Realización del evento propuesto y gastos que este demande.
2. Participación mínima de cuatro funcionarios del TSE, dos de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos políticos y dos del Órgano Técnico de Gestión de Calidad. Tomando en cuenta que estos funcionarios deben de cumplir con los requisitos establecidos por la OEA. Es importante mencionar que los participantes que asistirán a este taller, serían los únicos auditores y profesionales autorizados por el Órgano Electoral de Acreditación (IEAB) que podrán realizar auditorías en una eventual certificación bajo ISO/TS 17582:2014, por lo que resaltamos la importancia de aprovechar este taller en nuestra Institución para enviar la cantidad máxima posible de funcionarios.".
Se dispone: Autorizar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Informe sobre manifestación de la Junta Directiva de la Junta de Protección Social. Del señor José Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0139-2016 del 18 de enero de 2016, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria n.° 3-2016 celebrada el 12 de enero del año en curso, comunicada en oficio STSE-0092-2016 de misma fecha, el Superior dispuso que la Dirección Ejecutiva informe sobre las manifestaciones de la Junta Directiva de la Junta de Protección Social acordadas en sesión ordinaria No. 4369 del 13 de diciembre de 2015. Al respecto, dentro del plazo concedido, se remite el informe correspondiente.
A mediados de noviembre del año recién pasado, el colaborador de esta Dirección Ejecutiva que se ocupa de las actividades vinculadas con el préstamo del Auditorio Francisco Sáenz Meza, fue contactado telefónicamente por la señora Evelyn Blanco Montero, funcionaria de la Junta de Protección Social de San José (JPS), con el fin de que se le brindara información sobre los trámites necesarios y las características del citado inmueble, para que se facilitara a esa Junta con el fin de realizar el sorteo extraordinario de la Lotería Nacional No. 4369 del 13 de diciembre de 2015.
El funcionario institucional encargado de esa labor, le suministró la información requerida en ese momento y de inmediato se abrió un canal de comunicación permanente con dicha funcionaria y otras personas de esa prestigiosa institución, para atender todas sus consultas y proporcionarles más información, sobre todo después de que fueron recibidos para que conocieran al antedicho auditorio, así como parte de nuestras instalaciones en las que también se interesaron en utilizar durante el desarrollo del mencionado sorteo extraordinario. Cabe indicar, que toda esta cooperación se dio incluso sin que se hubiera presentado la solicitud formal de préstamo que establece el artículo 5° del Reglamento para el uso del Auditorio del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). De hecho, por esos días fue de conocimiento de esta Dirección que ya circulaba en los principales medios de comunicación del país, que la realización del sorteo se llevaría a cabo en el TSE.
Inmediatamente después de la visita de los personeros de la JPS, por medio de correo electrónico, se solicitó a este Despacho que los contactáramos con los funcionarios institucionales encargados de las telecomunicaciones con el propósito que se les proporcionaran las coordenadas existentes entre los edificios de la JPS y el TSE.
Por oficio PRES-846-2015, fechado 18 de noviembre de 2015, recibido el 20 noviembre de ese mismo mes y año, la señora Delia Villalobos Álvarez, Presidenta de la Junta Directiva de la JPS, presenta la solicitud de uso del predicho auditorio, de la que, en lo que interesa, se transcribe:
…me permito solicitarle muy respetuosamente analizar la posibilidad de prestarnos el auditorio Francisco Sáenz Meza, la Plaza de la Libertad Electoral, primer piso, el Salón Multiuso del cuarto piso y los parqueos, con el objetivo de realizar nuestro evento en las instalaciones del Tribunal Supremo de Elecciones.
Cabe señalar que la producción de este evento, conlleva mucha logística, la cual da inicio desde el sábado 12 de diciembre con la decoración del auditorio, para continuar el domingo 13 con el ingreso de nuestro personal a las 8 a.m.
Posteriormente, en oficio SA-S-226-2015 del 20 de noviembre de 2015, suscrito por la señora Andrea Chinchilla Jiménez y el señor Carlos Artavia Vega, Encargada de Seguridad y Jefe de Servicios Administrativos, respectivamente, de la JPS, dirigida al señor Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral del TSE, en el que, como parte del inicio de la logística, solicitaron que se les facilitaran los planos del Auditorio Francisco Sáenz Meza, el Salón Multiuso, la plaza de la Libertad Electoral, así como las salidas y entradas de emergencias. Además, consultaron respecto a los lugares por dónde se iba a autorizar el ingreso del público el día del evento, sobre el uso de los baños y los oficiales de seguridad que el TSE destacaría para cubrirlo.
El 27 de noviembre de 2015, en oficio DE-3335-2015, el suscrito comunicó a la señora Villalobos Álvarez, la decisión de concederle a la JPS lo solicitado, así como el recordatorio del compromiso, que de antemano se había acordado con el señor Claudio Madrigal Guzmán, Gerente de Comercialización, para que durante le realización del sorteo de lotería se transmitieran mensajes referentes a las Elecciones Municipales del 7 de Febrero de 2016, en los siguientes términos:
En atención al oficio PRES-846-2015 en el que solicita autorización para realizar en nuestras instalaciones el sorteo “El Gordo Navideño”, les comunico que autorizo el préstamo de las instalaciones solicitadas los días 12 y 13 de diciembre de las 8:00 a las 22:00 horas, para lo cual deberán cubrir el costo de la jornada extraordinaria de los funcionarios de nuestra institución que les colaborarán en el evento.
Todas las coordinaciones de logística se llevarán a cabo únicamente con la señora Evelyn Blanco Montero, como representante de su institución y como supervisor supervisor (SIC) institucional fungirá el señor Ricardo Cubero Mora, funcionario de esta Dirección, al cual puede contactar al teléfono 2287-5412 o al correo electrónico rcubero@tse.go.cr.
Le informo que podrá disponer el día 13 de diciembre de 15 espacios en el parqueo principal y 40 espacios en el parqueo alterno, si estos espacios serán utilizados por personas especificas (SIC) deberán de comunicarlo al señor Cubero Mora tres días antes del evento mediante correo electrónico. Además, deberá indicar si contarán con servicio de alimentación y brindar el nombre de la empresa y los funcionarios.
No omito manifestarle, que mediante conversación sostenida con el señor Claudio Madrigal, Gerente de Comercialización de su representada, la Junta de Protección Social se compromete a divulgar, durante la programación del sorteo navideño que inicia a las 19:00 horas del próximo 13 de diciembre, mensajes referentes a las Elecciones Municipales del 7 de Febrero [sic] del 2016 los cuales serán aportados por el señor Randall Cordero, Jefe del Departamento de Comunicación y Relaciones Públicas de este Tribunal.
Después de haber notificado a la JPS la aprobación para la utilización del auditorio y otros espacios institucionales, el señor Poveda Solórzano, en atención del oficio SA-S-226-2015, remite el 30 de noviembre de 2015 correo electrónico a la funcionaria de la JPS Andrea Chinchilla Jiménez, con la información requerida sobre los aspectos señalados en ese oficio y adicionalmente brinda algunas recomendaciones y orientaciones para la seguridad de la actividad.
Por oficio DE-3406-2015, del 1 de diciembre de 2015, se le indica a señora Villalobos Álvarez, la suma en colones que se debe depositar en la Contaduría Institucional para cubrir la jornada extraordinaria de las personas que iban atender la limpieza, de los oficiales de seguridad, de un supervisor y de dos miembros del Comité Central de Emergencias. Lo solicitado fue depositado en la Contaduría Institucional por el SINART el 9 de diciembre y devuelto, por los motivos que se expondrán más adelante, el 12 de ese mismo mes.
Casi dos semanas antes de la fecha prevista para la realización del Sorteo Extraordinario de la Lotería Nacional, se intensificaron las actividades de logística de la JPS en lo relativo al uso del Auditorio Francisco Sáenz Meza y los demás espacios institucionales que se había determinado prestarles, lo que a su vez implicó también un gran despliegue acciones por parte de personas funcionarias del TSE y uso de recursos, de las que se destacan las siguientes:
• El 4 de diciembre del mismo año, solicitan el medio para contactar al señor Randall Cordero Sandí, Jefe del Departamento de Comunicaciones y Relaciones Públicas, para coordinar lo atinente a los mensajes que se esperaba transmitir durante la transmisión del sorteo. De esta gestión sobrevino una reunión en la que participó el suscrito.
• A partir del 8 de diciembre de 2015, el Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART) inicia el contacto con los funcionarios electorales, para comenzar a coordinar las actividades, que como parte de la logística del evento de la JPS les correspondía, según acuerdos previos entre estas dos instituciones.
• El 9 de diciembre solicitan autorización para que se autorice a personal de REYCO y del SINART a realizar pruebas de telecomunicaciones. Asimismo, que se facilitara al personal de Canal 42 lo necesario para que pudieran subir su frecuencia al quinto piso del Edificio Electoral.
A mediados de la primera semana de diciembre de ese año durante una reunión en el TSE, el suscrito conversó con el señor Madrigal Guzmán, respecto a los alcances de la cooperación entre ambas instituciones para transmitir durante el citado sorteo de lotería los mensajes alusivos a la realización de las Elecciones Municipales, que desde antes de la aprobación del permiso se había convenido y que formalmente se comunicó desde finales de noviembre de 2015.
Posteriormente, en la siguiente semana, unos días antes de la celebración de sorteo, el mismo señor Madrigal me comunicó por teléfono, la postura de la señora Delia Villalobos Álvarez, en el sentido de que no estimaba conveniente la transmisión de los mensajes durante la realización del tan citado evento.
Luego de un lapso de análisis por parte del suscrito sobre esa posición y siendo que no se estimó como una situación comprometedora para ninguna de las instituciones, me comuniqué nuevamente con el señor Madrigal Guzmán para que me contactara con la señora Villalobos Álvarez, para externarle los argumentos por los cuales consideraba que dentro del ámbito de cooperación institucional, la trasmisión de los mensajes durante la realización del sorteo beneficiaría la labor de divulgación del proceso electoral que se avecina y para solicitarle que reconsiderara su posición, ante lo que el citado funcionario me indicó que le transmitiría mi mensaje. Unos minutos después, ese mismo funcionario me llamó para comunicarme la determinación de la JPS de que el sortero ya no se realizaría en el TSE. Nótese que la decisión fue de la JPS.
Según se desprende de la cronología de actividades y hechos en torno a la solicitud de uso del Auditorio Francisco Sáenz Meza y otros espacios institucionales por parte de la JPS, se concluye la diligencia y disposición del TSE en facilitar parte de sus instalaciones para la realización del sorteo extraordinario de la Lotería Nacional, incluso antes que se presentara la solicitud formal, se les brindó copiosa información, se concretaron reuniones y se les recibió para que observaran las áreas en las que tenían interés.
En cuanto a la solicitud que se le hizo a la JPS para que durante el evento se transmitieran mensajes sobre las Elecciones Municipales, se vislumbró como una oportunidad, básicamente para motivar la participación ciudadana en esos comicios. Se trataba de una coyuntura propicia, dada la amplia difusión de tan importante evento, para generar sinergia y aprovechar el uso de los recursos de ambas instituciones en aras de promover la participación cívica ciudadana como parte del fortalecimiento del sistema municipal de Costa Rica y de los esfuerzos que realiza el TSE para disminuir el abstencionismo electoral.
En conclusión, se lamenta la decisión de la JPS de última hora de rechazar la aprobación para que se realizara el sorteo en el TSE, no solo porque se incurrió en esfuerzos institucionales durante las actividades que conllevó la autorización de los espacios solicitados, sino porque se desaprovechó una gran oportunidad para que, como lo externó la Junta Directiva de la JPS en el memorial que remitió a ese Tribunal, prevaleciera el espíritu de colaboración entre instituciones públicas, y con ello potenciar el uso de fondos públicos para motivar a los costarricenses para el ejercicio del sufragio.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se hará del conocimiento de la señora Delia Villalobos Álvarez, Presidenta de la Junta Directiva de la Junta de Protección Social, en atención a su oficio n.° PRES-0006-2016 del 6 de enero de 2016. Adicionalmente, se notificará lo resuelto a cada uno de los miembros de la citada Junta, a fin de enterarlos también de las razones –imputables exclusivamente a esa entidad– por las cuales, lamentablemente, no pudieron contar con el auditorio institucional. ACUERDO FIRME.
A las trece horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Juan Antonio Casafont Odor |
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla |