ACTA N.º 76-2015
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del ocho de setiembre de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Juan Antonio Casafont Odor y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2016.
A) Observaciones de la Defensa Pública respecto del voto de la población privada de libertad. Del señor Alejandro Rojas Aguilar, Subjefe de la Defensa Pública del Poder Judicial, se conoce oficio n.° JEF-1196-2015 del 2 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual enumera una serie de observaciones en relación con el voto de los privados de libertad y solicita llevar a cabo las coordinaciones y gestiones necesarias para que esa población pueda ejercer efectivamente su derecho al voto en las próximas elecciones municipales de febrero de 2016.
Se dispone: Agradecer al señor Rojas Aguilar la cordial comunicación que cursa. Para su atención, pase a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Traslado definitivo de plaza y funcionario a la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, se conoce en consulta resolución n.º DGRA-0173-2015 de las nueve horas del tres de setiembre de dos mil quince, mediante la cual resuelve trasladar en propiedad al servidor Jerry Arroyo Quirós, puesto n.° 45669, Asistente Funcional 2 a la Sección de Actos Jurídicos, a partir del 16 de setiembre de 2015.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
B) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas oficinas. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2550-2015 del 3 de setiembre de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones las prórrogas de los nombramientos interinos que vencen el próximo 15 y 30 de setiembre, así como las respectivas cadenas también de nombramientos interinos que se generan como producto de los primeros, todo de acuerdo con el detalle que se muestra en el cuadro anexo al presente oficio. Las personas que se incluyen laboran actualmente en los puestos indicados.
NOMBRE DEL SERVIDOR |
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
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Departamento de Contaduría |
93958, Profesional Ejecutor 3 |
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Sección de Padrón Electoral |
45773, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Archivo |
55712, Técnico Funcional 1 |
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Sección de Archivo |
101873, Asistente Administrativo 1 |
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Departamento de Financiamiento de P.P. |
361387, Técnico Funcional 2 |
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Contraloría Electoral |
357824, Asistente Funcional 2 |
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Contraloría Electoral |
86903, Asistente Funcional 2 |
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Contraloría Electoral |
45458, Asistente Funcional 1 |
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Contraloría Electoral |
353689, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Análisis |
45805, Técnico Funcional 2 |
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Sección de Cédulas |
45795, Asistente Funcional 1 |
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Sección de Cédulas |
353731, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Inscripciones |
45753, Asistente Administrativo 2 |
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Archivo del Tribunal |
45946, Asistente Administrativo 2 |
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Sección de Servicios Generales |
98016, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Actos Jurídicos |
72879, Asistente Administrativo 1 |
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Departamento de Registro de Partidos Políticos |
353705, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Cédulas |
45815, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Solicitudes Cedulares |
45714, Asistente Administrativo 1 |
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Instituto de Formación y Estudios en Democracia |
357815, Profesional Ejecutor 3 |
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Sección de Cédulas |
45717, Asistente Administrativo 2 |
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Departamento de Programas Electorales |
353419, Profesional Ejecutor 3 |
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Coordinación de Servicios Regionales |
45943, Asistente Funcional 2 |
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Instituto de Formación y Estudios en Democracia |
76482, Ejecutivo Electoral 1 |
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Secretaría General del Tribunal |
97483, Profesional en Gestión 2 |
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Sección de Cédulas |
45793, Técnico Funcional 1 |
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Sección de Cédulas |
357812, Asistente Funcional 2 |
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Sección de Cédulas |
72875, Asistente Funcional 1 |
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Inspección Electoral |
45743, Profesional Funcional 2 |
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Inspección Electoral |
86298, Profesional Ejecutor 3 |
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Dirección Ejecutiva |
353428, Asistente Funcional 1 |
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Inspección Electoral |
45701, Profesional Ejecutor 3 |
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Inspección Electoral |
86299, Asistente Funcional 3 |
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Oficina de Proyectos Tecnológicos |
76370, Asistente Funcional 3 |
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Secretaría General del Tribunal |
45427, Asistente Funcional 2 |
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Oficina Regional de Golfito |
46104, Profesional Ejecutor 1 |
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Oficina Regional de Golfito |
46105, Asistente Administrativo 2 |
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Inspección Electoral |
93956, Profesional Funcional 2 |
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Inspección Electoral |
104976, Profesional Ejecutor 3 |
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Departamento de Programas Electorales |
353545, Técnico Funcional 2 |
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Departamento Civil |
45569, Asistente Funcional 2 |
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Sección de Servicios Generales |
45577, Profesional Asistente 1 |
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Sección de Solicitudes Cedulares |
45772, Asistente Administrativo 1 |
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Departamento de Programas Electorales |
353746, Profesional Ejecutor 3 |
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Dirección Ejecutiva |
361430, Profesional Asistente 1 |
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Sección de Servicios Generales |
90233, Asistente Funcional 3 |
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Sección de Servicios Generales |
45450, Asistente Administrativo 2 |
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Sección de Servicios Generales |
25375, Auxiliar Operativo 1 |
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Oficina de Proyectos Tecnológicos |
357818, Profesional Asistente 1 |
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Oficina Regional de Heredia |
90227, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina Regional de San Ramón |
45645, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina Regional de Atenas |
86327, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina Regional de Cartago |
45934, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina Regional de Siquirres |
76582, Asistente Administrativo 2 |
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Sección de Inscripciones |
349945, Asistente Administrativo 1 |
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Sección de Padrón Electoral |
45732, Asistente Administrativo 1 |
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Oficina de Seguridad Integral |
90239, Auxiliar Operativo 2 |
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Departamento de Programas Electorales |
353458, Técnico Funcional 2 |
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Departamento de Financiamiento de P. P. |
361383, Técnico Funcional 2 |
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Sección de Servicios Generales |
86311, Asistente Administrativo 1 |
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Oficina Regional de Coto Brus |
104988, Asistente Funcional 2 |
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Oficina Regional de Coto Brus |
47872, Asistente Administrativo 2 |
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Oficina de Seguridad Integral |
45884, Asistente Administrativo 2 |
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Sección de Servicios Generales |
56357, Asistente Funcional 2 |
Se requiere prorrogar el nombramiento interino de los funcionarios anotados en el cuadro que antecede en las líneas de la 1 a la 18 a partir 16 de setiembre y los indicados en las líneas de la 19 a la 60 a partir del 1° de octubre, todas por un lapso de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla (según sea el caso), lo que ocurra primero. En el caso de los colaboradores anotados en las líneas 61, 62, 63 y 64 del cuadro se solicita que su prórroga sea desde el 16 de setiembre o 1° de octubre (según corresponda) y hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla.".
Se dispone: Prorrogar los nombramientos interinos conforme se propone, todos por un plazo de 6 meses prorrogables o hasta que se concrete el trámite respectivo para designar al nuevo propietario o bien que regrese el titular de la plaza a ocuparla -según sea el caso- lo que ocurra primero, con la observación según la cual, eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. Lo anterior, con excepción de los casos de las líneas 61 y 62, sobre los cuales se conocerá en otro acuerdo de esta misma sesión. ACUERDO FIRME.
C) Nombramientos interinos en distintas oficinas. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Subjefa del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2581-2015 del 7 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que han remitido diferentes jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los nombramientos interinos que seguidamente se detallan:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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45608, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Edwin Gutiérrez Solano, 16-SET al 3-NOV de 2015 o hasta que regrese la titular del puesto a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 2 por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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45632, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del movimiento anterior. |
Melissa Rodríguez Granados, 16-SET al 3-NOV de 2015 o hasta que regrese el titular del puesto a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma sección. |
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45600, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Esther Ofelia Murillo Zamora, 16-SET al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 1 en la Sección de Archivo. |
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45563, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Jorge Prendas Ramírez, 16-SET al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Secretaría General del Registro Civil, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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45643, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Lilliana Saborío Blanco, 16-SET al 31-OCT de 2015 o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata propuesta no labora actualmente para la institución pero sí forma parte del Registro de Elegibles actualmente vigente para este tipo de puestos. |
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76403, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Susana Garita Ramos, 16-SET al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 1 en ese mismo departamento, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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101886, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Ángel Avendaño Hernández, 16-SET al 31-DIC de 2015. El candidato que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí forma parte del Registro Temporal de Elegibles. |
Los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, los nombramientos que se proponen en el cuadro se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro.
Puede apreciarse que las presentes solicitudes de nuevos nombramientos interinos cuentan con el visto bueno de la Dirección General respectiva.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Solicitud para dejar sin efecto nombramientos interinos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2572-2015 del 4 de setiembre de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión 71-2015 celebrada el pasado 20 de agosto y comunicado mediante oficio STSE-1522-2015 de igual fecha, se aprobó –entre otros y con rige a partir del 1° de setiembre en curso– el nombramiento interino de la señora Yesenia Hidalgo Figueroa en una plaza de Asistente Administrativo 1 (oficinista 1) del Departamento de Programas Electorales. Sin embargo, a la fecha de este oficio la señora Hidalgo Figueroa no se ha presentado a laborar ni se ha comunicado con este departamento para dar justificación de sus ausencias, lo que implícitamente hace suponer una no aceptación del nombramiento.
Por otra parte, en sesión 72-2015 del 25 de agosto, oficio número STSE-1544-2015, se aprobó también con rige a partir del 1° de setiembre los nombramientos interinos de la señora Karla Alvarado Prado y del señor Gerardo Fernández Fernández, ambos en plazas de Auxiliar Operativo 2 (oficial de seguridad y vigilancia) asignadas presupuestariamente al Departamento de Programas Electorales.
Si bien estos dos últimos candidatos inicialmente manifestaron interés y disponibilidad para las plazas, cuando se les llamó para informarles que el Tribunal había ratificado sus nombramientos y que les correspondía ingresar el martes pasado, los dos indicaron que no iban a aceptar la designación. La señora Alvarado Prado manifestó mediante correo electrónico del 31 de agosto que por motivos personales y atención a un proyecto de bien social en el que colabora actualmente, no puede aceptar el referido nombramiento. Ver copia adjunta de dicho correo. En cuanto al señor Fernández Fernández, vía telefónica expresó ese mismo día que no podía aceptar el nombramiento ya que en el lugar donde ahora labora no le autorizaron el permiso sin goce de salario que solicitó a fin de trabajar con el Tribunal.
De acuerdo con lo expuesto en los párrafos que anteceden, se solicita dejar sin efecto los nombramientos interinos dispuestos en sesiones 71-2015 y 72-2015 para las tres personas antes citadas.".
Se dispone: Dejar sin efecto los referidos nombramientos conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
E) Solicitud de prórroga de licencia sin goce de salario de la señora Verónica Sánchez Miranda. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2573-2015 del 4 de setiembre de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota que ha presentado ante este despacho la señora Verónica Sánchez Miranda, titular de un cargo de Asistente 2 de Oficina Regional en la sede de Coto Brus, mediante la cual solicita prórroga de la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y que concluye el 10 de setiembre en curso.
En sesión 23-2015 del pasado 10 de marzo, oficio número STSE-0403-2015 de igual fecha, el Tribunal le autorizó a la citada colaboradora una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses con el propósito de que pudiera optar por un nombramiento interino en una plaza de docente en el Ministerio de Educación Pública (MEP). Si bien con la solicitud inicial indicó que su nombramiento en el MEP era del 5 de marzo al 9 de diciembre de 2015, en ese momento no aportó ningún documento oficial de ese ministerio que así lo confirmara, salvo una propuesta de tal designación que aún no había sido ratificada, razón por la cual se optó por concederle la licencia por un lapso de seis meses que podría luego solicitar que se prorrogara una vez que presentara el citado documento. Así las cosas, ahora con su nueva solicitud aporta copia de la acción de personal que le otorgó el MEP, en la cual se puede verificar que efectivamente su nombramiento interino abarca las fechas indicadas. Siendo de esa forma, pretende que la licencia se le extienda hasta el 18 de diciembre de este año, lapso que cubriría su nombramiento en el MEP hasta el 9 de diciembre y además 9 días adicionales que, según indica, requiere para realizar trámites de naturaleza personal aquí en San José (debe recordarse que ella es residente de la zona de Coto Brus).
En caso de aprobarse tal gestión, el suscrito se sirve solicitar que se extiendan por igual plazo los nombramientos interinos de los señores Edwin Arturo Zúñiga Álvarez y Daniel Villalobos Zúñiga en las plazas de Asistente 2 y Asistente 1 de Oficina Regional que en ese orden ocupan actualmente en la sede de Coto Brus, pues forman parte de la cadena de movimientos que se generó como producto de la licencia sin goce de salario de la señora Sánchez Miranda. Según puede apreciarse, la gestión que esta última colaboradora presenta cuenta con la anuencia de su jefatura inmediata y de la Dirección General del Registro Civil.".
Se dispone: Prorrogar la licencia sin goce de salario hasta el 9 de diciembre de 2015 y prorrogar los referidos nombramientos interinos por el plazo de seis meses o hasta que regresen sus titulares a ocupar las respectivas plazas, con la observación según la cual, eventuales nuevas prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
F) Nombramiento interino en la Sección de Servicios Generales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2584-2015 del 7 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio SG-578-2015 del pasado 26 de agosto que suscribe el Lic. Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, mediante el cual solicita que en la plaza número 45948 de la clase Auxiliar Operativo 2 que temporalmente se encuentra vacante en esa sección, se nombre en forma interina a la señora Karolina Jiménez Abarca, quien no labora para la institución pero sí cumple los requisitos que ese cargo demanda según lo que dispone el Manual Descriptivo de Clases de Puestos.
Tal plaza corresponde a un conductor/a 1 y en ella está nombrado en propiedad el señor Oldemar Fallas Astúa, quien recientemente fue ascendido de forma interina a un puesto de conductor 2 al servicio de uno de los señores magistrados. De acuerdo con el citado manual de puestos, el cargo vacante tiene los siguientes requisitos: bachillerato en Educación Media (estudios secundarios), seis meses de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto y licencia tipo B-1 para conducir vehículo con un año de experiencia en su conducción.
Para acceder a este nombramiento sería necesario aplicar el artículo 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, el cual contempla la posibilidad de nombrar funcionarios interinos cuando no exista un registro de elegibles para la plaza que interesa. Para el caso que ahora nos ocupa sí se cuenta con un registro de elegibles, pero ninguno de sus integrantes mostró interés en un nombramiento de carácter interino. Siendo de esa forma, el Área de Gestión de Empleo de este despacho procedió a realizar en julio pasado una consulta entre el personal institucional con el propósito de determinar otros potenciales candidatos, cuyo resultado permitió determinar que solamente una de las tres personas que se anotaron satisface los requisitos establecidos. Son dos plazas las que hay que ocupar, por lo que esa persona que sí cumple será entonces nombrada en una de ellas y aún restaría otra plaza para la cual no existen candidatos a lo interno de la institución. Según se ha indicado en diferentes oportunidades, tratándose de personas que no laboran para la institución ese artículo debe ser de aplicación en casos excepcionales calificados, como cuando se requiere por ejemplo a funcionarios especializados o con experiencia en determinadas áreas que no se consiguen dentro de este organismo electoral, tal y como ha sucedido con varios puestos que han sido ocupados por colaboradores provenientes de otras entidades en virtud de la amplia experiencia que poseen en campos que son de interés institucional. En el caso que ahora se atiende, no se trata de una plaza de nivel profesional ni de un estrato técnico o calificado, pero por las razones indicadas líneas atrás se hace necesario proponer a un candidato externo.
Para justificar su petición, el Lic. Fitoria Mora manifiesta en su oficio que “La señora Jiménez Abarca cumple con los requisitos que el puesto demanda, así como experiencia en labores relacionadas con la naturaleza del mismo. No omito manifestar que la citada señora tiene la disponibilidad e interés para laborar en esta Sección. Asimismo, se han recibido buenas recomendaciones de su forma de trabajar.”
Corresponde entonces al Tribunal valorar la presente gestión a efecto de determinar su procedencia y la eventual aplicación del citado artículo.
En caso de que el superior apruebe la solicitud que ha formulado el jefe de la Sección de Servicios Generales, la cual cuenta con la anuencia de Dirección Ejecutiva, la candidata Jiménez Abarca se nombraría interinamente en la plaza 45948 como conductora 1 a partir del próximo 16 de setiembre, lo que se haría por un plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios o hasta que el titular de la plaza regrese a ocuparla, lo que ocurra primero. Tendrá asignado un salario base de ¢405.000,oo por mes, anualidades a razón de ¢8.482,oo cada una y un complemento del 10% por su responsabilidad en el ejercicio de la función electoral.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
G) Nombramiento interino en la Sección de Servicios Generales. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2582-2015 del 7 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio SG-577-2015 del pasado 26 de agosto que suscribe el Lic. Gustavo Fitoria Mora, Jefe de la Sección de Servicios Generales, mediante el cual solicita que en la plaza número 45949 de Asistente en Mantenimiento 1, la cual se encuentra temporalmente vacante en esa sección, se nombre interinamente al señor Javier Herrera Porras, quien no labora para la institución pero sí cumple los requisitos que el Manual Descriptivo de Clases de Puestos exige para ese cargo.
Dicha plaza se ubica en la clase Asistente Administrativo 2 y en ella está nombrado en propiedad el señor Douglas López Fallas, quien en la actualidad se encuentra con ascenso interino en un cargo de la clase Asistente Funcional 3 en esa misma unidad administrativa. Ese cargo de Asistente en Mantenimiento 1 tiene especialidad en mecánica automotriz y de acuerdo con el citado manual de puestos para ocuparlo se requiere ser bachiller en Educación Media (estudios secundarios) y contar como mínimo con un año de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto.
Para acceder a este nombramiento sería necesario aplicar el artículo 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, el cual contempla la posibilidad de nombrar funcionarios interinos cuando no exista un registro de elegibles para la plaza que interesa, como sucede justamente con la que ahora nos ocupa. Además de esa situación, tenemos que para este caso en particular el Área de Gestión de Empleo de este despacho realizó una consulta en junio pasado al personal de la institución para determinar potenciales candidatos, pero el resultado fue negativo pues ninguna de las dos personas que mostraron interés y se anotaron para tales efectos satisfacen los requisitos establecidos. Según se ha indicado en otras oportunidades, tratándose de personas que no laboran para la institución ese artículo 25 debe ser de aplicación en casos excepcionales calificados, como cuando se requiere por ejemplo a funcionarios especializados o con experiencia en determinadas áreas que no se consiguen dentro de este organismo electoral, tal y como ha sucedido con varios puestos que han sido ocupados por colaboradores provenientes de otras entidades o en virtud de la amplia experiencia que poseen en campos que son de interés institucional. En el caso que ahora tramitamos se trata, según se indicó anteriormente, de la necesidad de contar con una persona que tenga formación y experiencia en el campo de la mecánica automotriz.
Para justificar su petición, el Lic. Fitoria Mora manifiesta en su oficio que “El señor Herrera Porras cumple con los requisitos que el puesto demanda, así como experiencia en labores relacionadas con la naturaleza del mismo. No omito manifestar que el citado señor tiene la disponibilidad e interés para laborar en esta Sección. Asimismo, he recibido buenas recomendaciones de su forma de trabajar.”
Corresponde entonces al Tribunal valorar la presente gestión a efecto de determinar la eventual aplicación del citado artículo.
En caso de que se apruebe la solicitud formulada por la jefatura de la Sección de Servicios Generales, la cual cuenta con la anuencia de la Dirección Ejecutiva, el candidato propuesto sería nombrado interinamente en la plaza 45949 de Asistente Administrativo 2, como Asistente en Mantenimiento 1, a partir del próximo 16 de setiembre y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. De acuerdo con el índice salarial vigente para el primer semestre de este año, tendría asignado un salario base de ¢424.100,oo por mes, anualidades a razón de ¢8.864,oo cada una y un complemento del 10% por su responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
H) Nombramiento interino en la Sección de Ingeniería y Arquitectura. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2583-2015 del 7 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número IA-044-2015 del pasado 25 de agosto que suscribe el Ing. Tito José Alvarado Contreras, Jefe a.i. de la Sección de Ingeniería y Arquitectura, mediante el cual solicita que en la plaza número 370839 de la clase Técnico Funcional 1, adscrita a esa unidad administrativa, se nombre en forma interina al señor Jhonny Mora Suárez, quien no labora para la institución pero sí cumple los requisitos que ese cargo demanda según lo que dispone el Manual Descriptivo de Clases de Puestos.
Tal plaza es de servicios especiales, corresponde a un cargo de Técnico/a en Construcción y de acuerdo con el citado manual de puestos para ocuparlo el requisito académico es de bachillerato en Educación Media (estudios secundarios) y graduado de un colegio técnico profesional o del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) como técnico, técnico especializado o trabajador calificado, con una duración mínima de 500 horas efectivas, cuyo total puede estar conformado por uno o más cursos en alguna de las áreas de ebanistería, carpintería, pintura o albañilería. En lo que concierne a experiencia, se solicitan al menos dos años en la ejecución de labores relacionadas con el puesto.
Para acceder a este nombramiento sería necesario aplicar el artículo 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, el cual contempla la posibilidad de nombrar funcionarios interinos cuando no exista un registro de elegibles para la plaza que interesa, como sucede precisamente con la que ahora nos ocupa. Si bien dos funcionarios de la institución han acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos para el cargo, ambos ya están nombrados en forma interina en plazas idénticas de cargos fijos, para las cuales incluso se tramitará a partir de esta fecha el respectivo concurso interno con el propósito de ocuparlas en propiedad. Según se ha indicado en otras oportunidades, tratándose de personas que no laboran para la institución ese artículo debe ser de aplicación en casos excepcionales calificados, como cuando se requiere por ejemplo a funcionarios especializados o con experiencia en determinadas áreas que no se consiguen dentro de este organismo electoral, tal y como ha sucedido con varios puestos que han sido ocupados por colaboradores provenientes de otras entidades en virtud de la amplia experiencia que poseen en campos que son de interés institucional.
Para justificar su petición, el Ing. Alvarado Contreras manifiesta en su oficio que “ Se solicita proceder con el nombramiento en virtud de que el señor Mora Suárez, por su especialidad, podrá colaborar en funciones como confección de muebles, remodelación de oficinas, trabajos de carpintería, fontanería, albañilería, pintura, hojalatería, instalación de ventanearía (sic) y mobiliario, así mismo podrá aportar su conocimiento y experiencia en acabados finos en tipos de lacas especiales como poliuretano. / No omito indicar que el señor Mora Suárez posee conocimientos en construcción de paredes livianas en gypsum y fibrolit, lo cual lo hace el candidato adecuado para ocupar el puesto en mención y cuenta con disposición inmediata.”
Corresponde entonces al Tribunal valorar la presente gestión a efecto de determinar su procedencia y la eventual aplicación del citado artículo.
En caso de que el superior apruebe la solicitud de la jefatura de Ingeniería y Arquitectura, el candidato Mora Suárez podrá ser nombrado interinamente en el puesto 370839 como Técnico en Construcción, lo que sería efectivo a partir del próximo 16 de setiembre y hasta el 31 de diciembre del presente año, lapso que corresponde al contenido presupuestario que aún le resta a esa plaza. De acuerdo con el índice salarial actualmente vigente, tendría asignado un salario base de ¢534.700,oo por mes, anualidades a razón de ¢11.076,oo cada una y un complemento del 10% por su responsabilidad en el ejercicio de la función electoral.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
I) Prórroga de suspensión de funcionario. De los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil y Ronny Jiménez Padilla, Jefe del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-449-2015 del 7 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según lo ordenado en el acuerdo del artículo segundo de la sesión ordinaria n.º 75–2015, celebrada el 3 de setiembre de 2015– rinden informe relativo a la ampliación de medidas cautelares impuestas a un funcionario de estos organismos electorales.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En tal virtud, se tiene por prorrogada la suspensión sin goce de salario que interesa por el plazo dispuesto por la respectiva autoridad jurisdiccional y en consecuencia, la continuidad de los nombramientos interinos que de tal situación se derivan, por el plazo de seis meses prorrogables o hasta que el titular regrese a ocupar su cargo, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. Hágase del conocimiento del funcionario en cuestión. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe final del "Plan de Mejora Regulatoria 2015". Del señor Max Solórzano Alvarado, Oficial de Simplificación de Trámites y Mejora Regulatoria, se conoce oficio n.° PMR-008-2015 del 31 de agosto de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Superior, el suscrito se permite adjuntar el informe final del Plan de Mejora Regulatoria 2015.
Como es de conocimiento del Superior, dicho plan fue implementado en el proceso de naturalización, específicamente al establecerse una etapa de admisibilidad en la recepción de los trámites de primera vez, con el fin de mejorar el tiempo de análisis y notificación de la etapa de prevención por falta de requisitos —cuando aplicaba— y por ende en el tiempo de resolución final de los trámites.
Del análisis efectuado en los dos meses de ejecución del mismo (Junio y Julio 2015), los resultados a nivel general han sido satisfactorios, en punto a haber generado una mayor agilidad en el proceso de verificación de la presentación de requisitos, así como evitar el ingreso de expedientes incompletos dentro del proceso.
Se considera necesario realizar algunos ajustes al procedimiento interno de la Sección de Opciones y Naturalizaciones en punto al manejo de los expedientes incompletos, así como de mejoras funcionales del sistema, de lo cual se plantean las recomendaciones pertinentes en el aparte final del informe.
Conforme con lo anterior se tendría por finalizado el Plan de Mejora Regulatoria Institucional 2015.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual pasará al Departamento Civil, a fin de que valore los ajustes sugeridos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Informe relativo a inconformidad planteada por la UNEC. Del señor Ronny Jiménez Padilla, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-443-2015 del 31 de agosto de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según lo ordenado en el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.° 66-2015, celebrada el 6 de agosto de 2015– rinde informe relativo a la inconformidad expuesta por la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), en relación con ciertas actuaciones llevadas a cabo por la Inspección Electoral.
Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento de los estimables representantes sindicales, así como de la señora Inspectora Electoral, quien deberá tomar nota de las precisiones que hace el informe, de cara a su relacionamiento futuro con la entidad sindical. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación para integrar la Misión de Observación a las Elecciones de Autoridades Locales en Colombia. De los señores Emiliano Rivera Bravo, Presidente del Consejo Nacional Electoral y Carlos Ariel Sánchez Torres, Registrador Nacional del Estado Civil de la República de Colombia, se conoce memorial del 31 de agosto de 2015, recibido –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En nombre de la Organización Electoral de Colombia, conformada por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil, nos complace extenderle la invitación para que dos (2) Delegados del Organismo Electoral que usted preside, participen en calidad de Observadores Internacionales en los comicios electorales “Elecciones de Autoridades Locales 2015” que se desarrollarán en nuestro país el próximo 25 de octubre.
Así las cosas le informamos que los gastos correspondientes a transporte aéreo internacional, hospedaje, alimentación y transporte interno de los delegados designados serán cubiertos por la Organización Electoral de Colombia, con el apoyo logístico del Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL). El arribo de las delegaciones a nuestro país se contempla para el día jueves 22 de octubre y el retorno a sus respectivos destinos, el día lunes 26 de octubre del presente año.
Agradecemos su pronta respuesta indicándonos los nombres de los representantes que integrarán la delegación de su Organismo Electoral, para poder iniciar oportunamente los trámites de compra y envío de boletos aéreos y demás aspectos logísticos.
Las confirmaciones deberán comunicarse a la señora Sofía Vincenzi (…).".
Se dispone: Agradecer a los señores Rivera Bravo y Sánchez Torres la cordial invitación que cursan y designar para atenderla a los señores Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal y Ana Hazel Villar Barrientos, Asesora Emérita de estos organismos electorales. Para sustituir al primero durante su ausencia se designa al señor Iván Mora Barahona.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Erick Guzmán Vargas |
Secretario General del TSE |
República de Colombia |
Del 21 al 27 de octubre de 2015. |
Misión de observación de las Elecciones de Autoridades Locales 2015. |
Ninguno. |
Ninguno. |
Ana Hazel Villar Barrientos |
Asesora Emérita del TSE |
Ídem. |
Ídem. |
Ídem. |
Ídem. |
Ídem. |
ACUERDO FIRME.
B) Invitación para el VI Foro de la Democracia Latinoamericana. Del señor Manuel Carrillo Poblano, Coordinador de Asuntos Internacionales del Instituto Nacional Electoral de los Estados Unidos Mexicanos, se conoce oficio n.° INE/CAI/461/2015 del 2 de setiembre de 2015, recibido –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de setiembre de 2015, mediante el cual cursa cordial invitación para participar en el VI Foro de la Democracia Latinoamericana, a realizarse del 21 al 23 de octubre próximo en dicha nación.
Se dispone: Agradecer al señor Carrillo Poblano la cordial invitación que cursa, la cual lamentablemente se declina, dado que este Tribunal y sus funcionarios se encuentran abocados a la organización de las elecciones municipales que se celebrarán en febrero próximo. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Comunicación de la señora Carmen Quesada Santamaria declarándose Diputada independiente. De la señora Carmen Quesada Santamaría, Diputada a la Asamblea Legislativa, se conoce memorial del 2 de setiembre de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, hace del conocimiento de este Tribunal su decisión de declararse Diputada independiente.
Se dispone: Tomar nota, como lo hará la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.
B) Consulta legislativa del texto sustitutivo del proyecto de "Ley contra el acoso yo violencia política hacia las mujeres", expediente n.° 18.719. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área de la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CM-060-2015 del 3 de setiembre de 2015, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente Especial de la Mujer, en su sesión ordinaria N.° 13 celebrada el día miércoles 2 de setiembre, aprobó una moción que dispuso consultar su criterio sobre el texto sustitutivo del proyecto de ley: “LEY CONTRA EL ACOSO Y/O VIOLENCIA POLÍTICA HACIAS LAS MUJERES”, Expediente N° 18.719, que me permito adjuntar.
Se le agradecerá evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, según el cual: “Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto”. (…)".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 11 de setiembre de 2015– pase a los señores Juan Luis Rivera Sánchez y Andrei Cambronero Torres, Letrados de este Tribunal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 10 de setiembre de 2015. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 16 de setiembre de 2015. ACUERDO FIRME.
C) Conferencia Regional Población y Desarrollo. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2425-2015 del 3 de setiembre de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de setiembre de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Dirección Ejecutiva ha recibido solicitud de asistencia técnica de la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Planificación Nacional MIDEPLAN y del Fondo de Población de Naciones Unidas UNFPA (Oficio ACI-340-2015). En concreto, se solicita la participación de la funcionaria Ana Lorena Flores Salazar, Encargada de la Unidad de Género, en la Segunda Reunión de la Conferencia Regional de Población y Desarrollo, que se realizará del 6 al 9 de octubre de 2015, en Ciudad México, México, en calidad de asesora técnica en la Delegación del Gobierno de Costa Rica. Cabe indicar que la actividad es organizada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL y el Gobierno de México.
La solicitud se fundamenta en dos principales razones. En primer lugar, se señala que la funcionaria Flores Salazar ha participado en todo el proceso de reuniones previas y, en especial, en el Grupo Ad Hoc, que confeccionó Guía Operacional para la implementación y el seguimiento del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo, que se someterá a la consideración de los países en la citada reunión. En este sentido, se detalla su participación en la Primera Conferencia Regional de Población y Desarrollo (Montevideo, Uruguay, agosto 2013); Primera Reunión de la Mesa Directiva de Población y Desarrollo y del Grupo Ad Hoc Guía Operacional (Santiago de Chile, noviembre 2014); Segunda Reunión Grupo Ad Hoc Guía Operacional (México D.F, marzo 2015); Segunda Reunión de la Mesa Directiva de Población y Desarrollo (Santiago de Chile, junio 2015). En segundo lugar, se justifica en función de la experiencia y el conocimiento especializado de la funcionaria Flores Salazar en la materia.
De igual manera, se indica que el Consenso de Montevideo y su Guía Operacional, marco central de referencia de la citada reunión, contienen un Capítulo de “Igualdad”, que comprende medidas estratégicas sobre participación política de las mujeres.
No omito manifestar que, todos los gastos de viaje, incluyendo viáticos, hospedaje, alimentación y boletos de avión, son cubiertos por el Ministerio de Planificación MIDEPLAN y el Fondo de Población de Naciones unidas UNFPA, según se indica en Oficio ACI-340-2015 y en posterior comunicación electrónica aclaratoria del particular (1 setiembre, Adriana Sequeira, ACI-MIDEPLAN).
En razón de lo anterior, solicito se someta el asunto a la consideración del Tribunal, a fin de brindar adecuada respuesta.".
Se dispone: Autorizar la participación de la señora Ana Lorena Flores Salazar, Encargada de la Unidad de Género de la Dirección Ejecutiva en la referida actividad.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Ana Lorena Flores Salazar |
Encargada de la Unidad de Género de la Dirección Ejecutiva |
Estados Unidos Mexicanos |
Del 5 al 10 de octubre de 2015. |
Segunda Reunión de la Conferencia Regional de Población y Desarrollo. |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Juan Antonio Casafont Odor |
Luz de los Ángeles Retana Chinchilla |