ACTA N.º 57-2015

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del siete de julio de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Luz Retana Chinchilla.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2016.

A) Aplicación del artículo 304 del Código Electoral para el arrendamiento de vehículos. Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-410-2015 del 3 de julio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como bien se informó al Tribunal Supremo de Elecciones en oficio DGRE-317-2015 del pasado 3 de junio, esta Dirección estaba valorando la solicitud planteada por el Departamento de Programas Electorales de aplicar la exención al proceso de contratación administrativa dispuesta en el artículo 304 del Código Electoral, a los efectos de contratar en forma directa a los posibles oferentes del servicio de arrendamiento de vehículos, por las siguientes razones:

En total la administración electoral requiere 93 vehículos para atender las necesidades de los programas de asesores electorales (75 vehículos) y transmisión de datos (18 vehículos) durante los meses de enero y febrero del año 2015.  En virtud de lo anterior, el Departamento de Programas Electorales en el mes de mayo anterior, procedió a efectuar una nueva consulta de mercado entre las empresas que participaron en la licitación pública (es decir, Renta de Automóviles El Indio S.A., Ancar S.A., Las Cuatro Vías y Alquiler de Carro Tico S.A.), con el propósito de valorar cuáles de ellas tendrían interés en presentar sus ofertas, así como determinar la cantidad de vehículos disponibles en el período requerido por este organismo electoral, así como los costos aproximados del alquiler de los vehículos.  Únicamente se recibieron ofertas de las empresas Las Cuatro Vías S.A. y Alquiler de Carro Tico S.A., sin embargo ninguna de estas empresas contaba con la totalidad de vehículos requeridos para atender las necesidades de los programas electorales supra indicados. 

Razón por la cual esta Dirección sugirió que entre las características de los vehículos no se limitara a que estos fueran vehículos Todo Terreno 4X4, a los efectos de determinar la disponibilidad general de vehículos por parte de las empresas.  Así las cosas, a finales del mes de mayo el citado departamento volvió a efectuar una nueva consulta entre los posibles proveedores, incluyendo a quienes en la primera consulta no remitieron ofertas.

No obstante una vez efectuada esta última consulta, las empresas dedicadas al alquiler de vehículos y que mostraron interés en ofrecer este bien, indicaron que únicamente tienen capacidad para aportar un total de 43 automotores, razón por la cual como medida complementaria y para reducir el riesgo, esta Dirección mediante oficio DGRE-317-2015, le solicitó al TSE que gestionara ante el Ministerio de la Presidencia la solicitud formal para que esa instancia girara una directriz a las instituciones y organizaciones del sector público para que colaborasen con este organismo electoral para el préstamo de cincuenta vehículos, con sus respectivos choferes.

Mediante oficio DPE-241-2015 (Sustituir) de fecha 2 de julio del presente año, el Departamento de Programa Electorales remitió el indicado estudio, el cual se llevó a cabo en el período comprendido entre el 21 de mayo y el 2 de junio de 2015.  Ante la consulta planteada, únicamente las siguientes empresas mostraron interés en ofertar vehículos, de acuerdo con las condiciones dispuestas por la organización electoral:

El monto de la contratación de un total de 43 vehículos ascendería aproximadamente a ¢89.471.760,00, siendo que se cuenta con la previsión presupuestaria incorporada en el Anteproyecto de Presupuesto para el ejercicio económico de 2016.

Cabe destacar que en caso de iniciar un nuevo proceso de contratación administrativa para contar con los restantes vehículos de alquiler, tomando en consideración la cuantía del mismo, se estaría frente a un proceso de licitación abreviada, procedimiento que de acuerdo a los plazos legales establecidos en la Ley Contratación Administrativa y su Reglamento podría resultar adjudicado hacia la tercera semana de octubre, sin embargo debe tomarse en cuenta que a esa fecha no existe certeza de que los posibles oferentes tengan disponibilidad de vehículos, en virtud de que los meses de enero y febrero en ese sector son considerados como temporada alta. 

En virtud de lo anteriormente expuesto esta Dirección recomienda con fundamento en el  artículo 304 del Código Electoral, que se autorice la contratación de mérito, para lo cual este despacho gestionará lo correspondiente ante las instancias encargadas del proceso de contratación administrativa para que, en apego a los principios de legalidad, se inicie la contratación que se sugiere, según la siguiente propuesta:

Oferentes

Tipo de vehículos

Cantidad de vehículos

Monto aprox. Arrendamiento

Cantidad de días

Período arrendamiento

Las Cuatro Vías S.A.

Sedán

10

18.000.000,00

36

5 ene - 9 feb 2016

Todo terreno

5

16.329.600,00

36

5 ene - 9 feb 2016

Alquiler de Carros Tico S.A.

Sedán

10

17.431.200,00

36

5 ene - 9 feb 2016

Todo terreno

14

33.743.360,00

32

11 ene - 11 feb 2016

Renta de Automóviles el Indio S.A.

Todo terreno

4

3.967.600,00

28

11 ene -8 feb 2016


TOTAL

43

89.471.760,00.".




Se dispone: Autorizar conforme se solicita. Lo anterior, sin que se emita juicio en relación con eventuales adjudicatarios y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las correspondientes instancias administrativas. ACUERDO FIRME.

B) Cronograma electoral para las elecciones municipales de 2016. Se dispone: Hágase del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, de los partidos políticos, de las Direcciones institucionales, de la Oficina de Comunicación y de la Unidad de Relaciones Públicas a estas últimas para su difusión el siguiente recordatorio de las fechas más relevantes para el mes de agosto, según el cronograma de las elecciones municipales aprobado por este Tribunal:

"AGOSTO 2015

DÍA 6

Último día para que se dicten resoluciones ordenando la inscripción de partidos políticos (artículo 60 del Código Electoral)

Último día para que los funcionarios públicos indicados en el párrafo segundo del artículo 146 del Código Electoral, que deseen aspirar a los cargos de alcalde, vicealcaldes, regidores, síndicos, concejales de distrito, intendente y viceintendente y concejales municipales de distrito, para el período 2016-2020, renuncien a sus cargos. En ningún caso las renuncias podrán regir con posterioridad a esa fecha (artículos 16, 23 y 58 del Código Municipal).

Fecha límite para emitir o modificar el Reglamento que establezca las formas y medios para emitir el voto (artículo 169 del Código Electoral).

Último día para que el Registro Civil prepare las listas provisionales de electores, las cuales deben exhibirse para consulta de los ciudadanos durante cuatro meses (artículo 152 del Código Electoral).

Último día para que los partidos políticos presenten los pactos de coalición para su inscripción por parte de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (artículo 4, inciso g) del Reglamento para la Inscripción de candidaturas y sorteo de la posición de los partidos políticos en las papeletas).

DÍA 7

A partir de este día se integrarán, a la conformación ordinaria del TSE, dos magistrados suplentes que fungirán como propietarios hasta tres meses después de celebrarse las elecciones (13 del Código Electoral).

A partir de esta fecha y hasta cuatro meses posteriores a la celebración de la elección, la Asamblea Legislativa no podrá convertir en leyes los proyectos sobre materia electoral respecto de los que el TSE se hubiese manifestado en desacuerdo (artículo 97 de la Constitución Política).". ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Propuesta de nombramiento en propiedad en la Contraloría Electoral. Del señor Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1127-2015 del 2 de julio de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Dado que existe al efecto un registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirán, los cuales prohíjo, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad, a quien figura en el  primer lugar:

Terna

1.- Muñoz Ramírez Heilyn

2.- Coto Barrantes Ana Damaris

3.- García Porras Hazel Eugenia

Puesto en el que se propone nombrar

86904, Secretaria 2

Fecha de rige propuesta

1º de agosto de 2015

Oficio del Departamento de Recursos Humanos

RH-2046-2015 del 1.º/07/2015

Oficio de la jefatura

CE-149-2015 del 24/06/2015


Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".

Se dispone: Nombrar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Prórroga de licencia sin goce de salario de la señora Nicole Andrea Marín Hernández. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2052-2015 del 2 de julio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota que ha presentado ante este despacho la señorita Nicole Andrea Marín Hernández, titular de un cargo de Asistente Funcional 3 en el Departamento de Programas Electorales, mediante la cual solicita que se le prorrogue la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y que concluye el próximo 31 de julio.

En sesión 108-2013 del 26 de noviembre de 2013, oficio número STSE-2606-2013 de igual fecha, el Tribunal le concedió a la funcionaria una licencia sin goce de salario por espacio de seis meses contados a partir del 1° de febrero del año pasado, en virtud de haber sido aceptada para ingresar en esa fecha al Programa de Posgrado en Psicología Clínica en el Hospital Nacional Psiquiátrico. Posteriormente, en sesiones 72-2014 del 3 de julio de 2014 y 4-2015 del 13 de enero de 2015, oficios números STSE-1268-2014 y STSE-0025-2015, se le autorizaron prórrogas de dicha licencia por plazos idénticos de seis meses, siendo que la última de ellas concluye a finales del mes en curso.  Como producto de lo anterior, presenta ahora una nueva solicitud para que se le extienda ese permiso sin goce de salario por otro semestre e indica en su escrito lo siguiente: “ … me permito respetuosamente solicitarle se prorrogue dicha licencia, esto por cuanto actualmente laboro como profesional en Psicología 2 en la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y paralelamente realizo el programa de especialidades médicas de la Universidad de Costa Rica, cursando actualmente el segundo año de Residencia en la especialidad de Psicología Clínica. / Para tal fin, adjunto certificación extendida por la oficina de Gestión de Recursos Humanos, la cual cita que el último nombramiento es hasta el 20-01-2016, ya que según me indicaron, el sistema solamente les permite emitir los nombramientos por 180 días.  Por tal razón, a finales de año realzarán (sic) el trámite por los días restantes para completar el período de los seis meses.  /  Así las cosas, en cuanto realicen dicha gestión le haría llegar el documento que respalde la totalidad del nombramiento.” Efectivamente para respaldar su petición, adjunta la certificación número ORH-00297-2015 emitida el 15 de junio de 2015 por la Licda. Mayela Abarca Castillo, Jefa a.i. de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos del Hospital Nacional Psiquiátrico, en la que se indica que la interesada labora interinamente en esa entidad en un cargo de Psicóloga 2 destacada en el Servicio de Psicología Clínica, con un último nombramiento tramitado hasta el próximo  20 de enero.

En caso de aprobarse tal gestión, el suscrito se sirve solicitar que se extienda por igual plazo el nombramiento interino de la señora Margot María Pérez Núñez en el Departamento de Programas Electorales, pues es la persona que ha venido sustituyendo a la titular de la plaza.".

Se dispone: Prorrogar la licencia sin goce de salario conforme se solicita, así como el nombramiento interino referido. ACUERDO FIRME.

C) Ascenso en propiedad del funcionario Brahyan Stevens Méndez Figueroa en la Sección de Cédulas. De los señores Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General del Registro Civil, y Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-0132-2015 de las diez horas del dos de julio de dos mil quince, recibida el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual resuelve ascender en propiedad, a partir del 16 de julio de dos mil quince, al señor Brahyan Stevens Méndez Figueroa, Asistente Administrativo 1 en la Sección de Cédulas, al cargo de Asistente Administrativo 2 en esa misma unidad administrativa, puesto n.° 45771.

Se dispone: Aprobar conforme se consulta. ACUERDO FIRME.

D) Encargo de la Jefatura de la Sección de Padrón Electoral y recargos de funciones del señor Secretario General del Registro Civil y del Contador. Del señor Jocelyn Brown Pérez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2074-2015 del 6 de julio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios PE-1338-2015, SGRC-1065-2015 y CONT-450-2015 recibidos en este despacho, que suscriben las jefaturas de la Sección de Padrón Electoral, Secretaría General del Registro Civil y el Departamento de Contaduría, mediante los cuales, en virtud de que se ausentarán de sus oficinas por espacio de varios días, solicitan el encargo y recargos de funciones que seguidamente se detallan: 

NOMBRE DEL

JEFE Y OFICINA

PERIODO

SOLICITUD DE

SUSTITUTO

Carlos Arguedas Rojas          Sección de Padrón Electoral

13 al 17 de julio

(5 días)

ENCARGO

Ricardo Mc Donald Umaña

Profesional en Gestión 3

Oscar Mena Carvajal Secretaría General del Registro Civil

22 de julio al

21 de agosto

(23 días)

RECARGO

Carlos Luis Brenes Molina

Ejecutivo Funcional 1

Carlos Umaña Morales Departamento de Contaduría

13 de julio al 3 de agosto

(16 días)

RECARGO

Minor Castillo Bolaños

Profesional Funcional 1


Puede apreciarse que las solicitudes de recargos cuentan con la anuencia de la Dirección General correspondiente y con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.".

Se dispone: Aprobar el encargo y los recargos de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

E) Nombramientos interinos en varias oficinas del TSE. Del señor Jocelyn Brown Pérez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2072-2015 del 6 de julio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que han remitido diferentes jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los nombramientos interinos que seguidamente se detallan:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Sección de Archivo

45810,

Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud de la incapacidad de la titular del cargo.

Javier Brenes Brenes,

16-JUL de 2015 y por el plazo que se prorrogue la incapacidad de la titular del puesto. El candidato labora actualmente en un puesto idéntico en esa misma sección.

  1. Sección de Infraestructura

357832,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel.

Junior Armando Barrantes Víquez,

16-JUL al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en el Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

  1. Dirección Ejecutiva

370686,

Asistente Administrativo 1

Plaza de Servicios

Especiales.

Joseph Morales Garita,

16-JUL al 31-DIC de 2015.  El candidato labora actualmente en un puesto idéntico en esa misma Dirección General.

  1. Oficina Regional de Liberia

47868,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel.

Gaudy Alvarado Zamora,

16-JUL al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero.  La candidata labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma sede regional.

  1. Oficina Regional de Liberia

368577,

Asistente Administrativo 1

Plaza de Servicios

Especiales.

Luisa Martínez Zapata,

16-JUL al 31-DIC de 2015.  La candidata no labora actualmente para la institución.

  1. Sección de Archivo

370927,

Técnico Funcional 1

Plaza de Servicios

Especiales.

Katherine Porras Arguedas,

16-JUL al 31-DIC de 2015.  La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma sección, por lo que existen 4 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 1.


Los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.

Si el Tribunal no tiene objeciones, los nombramientos que se proponen en el cuadro se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. En cuanto a los nombramientos en plazas de Servicios Especiales, así como en las que temporalmente quedan vacantes como producto de las mismas, se sugiere que se efectúen por el plazo de la vigencia presupuestaria que cada una de ellas tiene.

Puede apreciarse que las presentes solicitudes de nuevos nombramientos interinos cuentan con el visto bueno de la Dirección General respectiva.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe de autoevaluación de calidad de la Auditoría Interna 2014. Del señor Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-145-2015 del 30 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos pertinentes y con la aprobación del suscrito, me permito acompañar el Informe No. 001-3-PAC-01-2015, relativo a la autoevaluación de calidad de esta Auditoría Interna, correspondiente al período 2014.

Dicho informe se emite en cumplimiento del numeral 1.3 de las Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna, así como en lo dispuesto por las “Directrices para la Autoevaluación Anual y la Evaluación Externa de Calidad de las Auditorías Internas del Sector Público (D-2-2008-CO-DFOE)”, emitidas por la Contraloría General de la República mediante Resolución No. R-CO-33-2008 del 11 de julio de 2008.

No omito manifestar que conforme a lo requerido por las mencionadas directrices, el  informe que se acompaña fue puesto en conocimiento del personal de esta Auditoría Interna.".

Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. Hágase del conocimiento del Consejo de Directores. ACUERDO FIRME.

B) Prórroga para presentación de propuesta integral de reorganización del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1635-2015 del 2 de julio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Mediante oficio DE-606-2015 del 24 de febrero del año en curso, esta Dirección trasladó solicitud de prórroga de 90 días a partir del 27 de febrero de 2015 requerida por la Dirección de Registro Electoral y FPP para la presentación de la propuesta integral de reorganización del Departamento de Partidos Políticos [sic], correspondiente a la recomendación 4.1 incluida en el informe de Control Interno N.° ICI-09-2014 relativo al estudio de auditoría de los procesos de fiscalización del Departamento de Financiamiento de Financiamiento de Partidos Políticos de la Dirección General del Registro Electoral (parcial), la cual fue aprobada por el Superior en sesión ordinaria n.° 20-2015 del 26 de febrero de 2015, comunicada en oficio STSE-0337-2015 de misma fecha.

No obstante, esta Dirección recibió oficio DGRE-374-2015 SUSTITUIR del 29 de junio del año en curso, suscrito por el señor Héctor Fernández Masís, Director General de Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, gestionando una nueva prórroga, en el cual expone lo siguiente:  

Como es de su conocimiento, mediante oficio n. °DGRE-030-2015 SUSTITUIR este Despacho comunicó a su Dirección a cargo, la modificación del cronograma en relación a la presentación de la propuesta integral de reorganización del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos en adelante DFPP-  recomendación planteada por la Auditoría Interna en el informe de Control Interno N.°ICI-09-14.

En este contexto, esta Dirección solicitó mediante el citado oficio, una prórroga de 90 días para la presentación del estudio- una vez que se conozcan los resultados definitivos de las plazas en concurso-, mediante oficio n.° DE-0606-2015 del 24 de febrero de 2015 la Dirección Ejecutiva, a su respetable cargo, sometió a valoración del Tribunal los argumentos expuestos y el plazo descrito en el oficio DGRE-030-2015 SUSTITUIR, para lo cual , en la sesión ordinaria del 26 de febrero de 2015, recogida en el acta n.° 20-2015 en su artículo quinto, el Tribunal Supremo de Elecciones dispuso: “[…] Con fundamento en las razones expuestas, tener por modificado el referido cronograma conforme se propone. Hágase de conocimiento de la Auditoria Interna. […]”

En línea con lo expuesto, la prórroga para la entrega del citado estudio vence el próximo 13 de julio de 2015, sin embargo aún a la fecha se sigue sin conocer los resultados de los procesos concursales abiertos (números 11-2014-I y 13-2014-I) para los nombramientos en propiedad y, por lo tanto se mantiene invariables las condiciones descritas en el punto 1 mencionado anteriormente. En consecuencia, mediante oficio n.°DFPP-302-2015 del 17 de junio de 2015, el DFPP informó al suscrito las razones por las cuales se dificulta cumplir con lo indicado en la fecha recalendarizada, las cuales me permito exponer brevemente:

       No se cuenta con elemento de certeza para establecer la procedencia de solicitar posibles reclasificaciones de puestos.

       No se puede determinar una necesaria correlación entre capacidades y destrezas del personal y la eventual reclasificación a solicitar.

       No se puede verificar si los titulares de las plazas cumplen con los requisitos académicos y de experiencia que la reclasificación podría exigir.

En virtud de lo anterior, esta Dirección comparte las razones expuestas por el Lic. Chacón Badilla y salvo criterio en contrario, solicito se otorgue una nueva prórroga a ese departamento para presentar el estudio organizacional ordenado en el citado informe de Auditoría Interna, el cual deberá ser entregado 20 días hábiles después de haberse concretado la totalidad de los nombramientos en propiedad de los funcionarios que ocuparán los puestos de cargos fijos, según los procesos concursales abiertos supra citados. (El subrayado no es del original) [sic]

No obstante a lo anterior, se insta a DFPP seguir avanzando en el desarrollo de la gestión, para remitir con antelación al vencimiento de la nueva prórroga, el estudio finalizado, a los efectos que pueda a ser analizado y valorado por esta Dirección, previo a su remisión a la Dirección Ejecutiva.

Finalmente, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento y aprobación del TSE.

Al respecto, siendo que en sesión ordinaria n.° 97-2014 del 2 de setiembre de 2014, el Superior dispuso que “…La Dirección Ejecutiva dará puntual seguimiento a lo aquí dispuesto.”, se hace traslado de la nueva gestión del señor Fernández Masís, con el fin de que se valore lo requerido a efecto de que si a bien se tiene acoger lo propuesto, proceder con la modificación del cronograma respectivo, de manera que la nueva fecha de presentación del estudio, con base en lo que se desprende de dicha petición, sea 20 días hábiles después de haberse concretado la totalidad de los nombramientos en propiedad de los funcionarios que ocuparán los puestos de cargos fijos.".

Se dispone: Con fundamento en las razones expuestas, tener por modificado el referido cronograma conforme se propone. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

C) Prórroga para cumplir con recomendación 4.2 del informe ICI-012-2014 del Auditoría Interna. Del señor Gerardo Abarca Guzmán, Director General a. i. del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-403-2015 del 2 de julio de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 6 de julio de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Tribunal en sesión ordinaria n.° 132-2014 del 23 de diciembre de 2014, conoció el informe referente a las recomendaciones derivadas del “Informe de Control Interno N.° ICI-012-2014 relativo al estudio de auditoría sobre el proceso de fiscalización y control implementado por la DGRE y DPE, en los programas de Asesores Electorales, Emisión de Declaratorias de Elección, Emisión de Padrón Registro y Transportes para las Elecciones Presidenciales”, en esa ocasión el Superior dispuso, entre otras cosas, acoger la recomendación 4.2 relacionado a la necesidad de plantear en forma integral la estructura de un sistema de seguimiento y evaluación de los programas electorales, así como garantizar la correcta documentación de los procesos a los cuales la DGRE dará seguimiento.

Al respecto, según el cronograma para el cumplimiento de esta recomendación se estableció como plazo el primer semestre del año en curso, no obstante en virtud del incremento en las labores de trabajo del Área de Administración Electoral, respetuosamente solicito para que sea considerado por el Superior, una prórroga de dos meses a partir del plazo estipulado, de tal manera que si a bien se tiene acoger lo propuesto, proceder con el ajuste del cronograma respectivo.".

Se dispone: Con fundamento en las razones expuestas, tener por modificado el referido cronograma conforme se propone. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. ACUERDO FIRME.

D) Informe sobre la construcción de la sede regional en Guatuso. Del señor Tito José Alvarado Contreras, Jefe a. i. de la Oficina de Arquitectura, se conoce oficio n.° ARQ-280-2015 del 6 de julio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La ejecución del contrato 2013LA-000013-85001 “Construcción de la Sede Regional del TSE en Guatuso”, por parte de la empresa MYD Ingeniería y Mantenimiento S.A., se inició el 16 de setiembre de 2013 y debió finalizarse el 28 de marzo de 2014.

En oficio adjunto ARQ-190-2014, con fecha 5 de junio de 2014, el Arq. Percy Zamora Ulloa, órgano fiscalizador de la ejecución contractual, le comunicó al Ing. Gerald Méndez Camacho, representante legal de la empresa adjudicada, el acuerdo al que llegaron el 22 de mayo de 2014; el cual esencialmente era la fecha -30 de julio de 2014- en que el Ing. Méndez Camacho se comprometió a entregar finalizado el objeto contractual.

El Arq. Zamora Ulloa visitó la obra el 30 de julio de 2014 y procedió al levantamiento del “Acta de Recepción”, la cual es de carácter provisional y se adjunta.

Fundamentado en:

1.        Las obras pendientes indicadas en el “Acta de Recepción”.

2.        El abandono de los compromisos contractuales por parte del adjudicatario.

3.        La privación de una nueva edificación para la institución.

Concluyo que el objeto contractual no se pudo recibir y estamos ante la figura de un incumplimiento absoluto por parte de la empresa MYD Ingeniería y Mantenimiento S.A.

Por lo tanto, solicito someter a consideración del Superior, en caso de proceder, que instruya el inicio del procedimiento de resolución contractual.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Con fundamento en lo recomendado por el órgano fiscalizador, proceda de inmediato la Inspección Electoral con lo de su cargo. Hágase del conocimiento del Consejo de Directores, de la Proveeduría y la Contaduría. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Luz Retana Chinchilla