ACTA N.º 53-2015
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintitrés de junio de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron y Marisol Castro Dobles.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Nombramiento en propiedad en la Dirección Ejecutiva. Del señor Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1027-2015 del 17 de junio de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Dado que existe al efecto un registro de elegibles, con fundamento en lo dispuesto en nuestra ley de salarios y su reglamento y lo expuesto en los oficios que se dirán, los cuales prohíjo, me permito someter a su consideración la siguiente terna, de la cual propongo nombrar en propiedad a quien figura como único integrante:
Terna 1.- Brosed Lizano Luis Felipe |
|
Puesto en el que se propone nombrar |
361347, Profesional Ejecutivo 1 – clase Profesional Ejecutor 3 – en la Dirección Ejecutiva |
Fecha de rige propuesta |
01/08/2015 |
Oficio del Departamento de Recursos Humanos |
RH-1816-2015 del 15/06/2015 |
Oficio de la jefatura |
DE–1453–2015 del 11/06/2015 |
Quedo atento a lo que a bien estime disponer el Tribunal.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre los plazos para la resolución de las solicitudes de reasignación o reclasificación de puestos en el Departamento de Recursos Humanos. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1518-2015 del 18 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo ordenado por el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión ordinaria n.° 49-2015 del 9 de los corrientes, oficio n.° STSE-952-2015, en el sentido de que esta Dirección informe con respecto al cumplimiento del acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 061-2011, me permito informar al respecto.
Como resultado de un estudio administrativo efectuado por esta Dirección para la transformación de un puesto en el Departamento de Recursos Humanos, cuyo informe fue hecho del conocimiento de ese Tribunal en oficio DE-3236-2015 [sic] del 24 de noviembre de 2014, quedó evidenciado que históricamente la capacidad de resolución de estudios de puestos es menor que la cantidad de gestiones que se presentan ante ese departamento.
…el acúmulo de gestiones de reclasificación de puestos pendientes a la fecha es de 154 casos y el promedio histórico de estudios resueltos de 2.18 por mes, el cual ha bajado durante el período los 10 primeros meses del año en curso a 1.7.
…como también se acotó en el aparte 1, durante lo que va del año en curso, se han recibido 37 solicitudes que promedian cada mes 3.7 gestiones, cifra que comparada con la cantidad que se resuelve, evidentemente plantea un importante desbalance que vislumbra que la problemática lejos de mejorar podría agudizarse más. Cabe destacar que aunque se esperaría un repunte en la cantidad de casos tramitados debido a la incorporación de la nueva funcionaria este año, aún sería insuficiente para absorber los casos que ingresan y mucho menos disminuir el acumulado.
Asimismo, en ese mismo informe, se expuso el impacto de lo acordado por el Superior en Sesión Ordinaria número 13-2014 celebrada el 29 de enero de ese mismo año y comunicado en oficio STSE-0297-2014, respecto a la recomendación de la Auditoría Interna en cuanto a contar con un informe técnico emitido por el personal especializado del Departamento de Recursos Humanos en los casos con motivo de la realización de estudios e investigaciones administrativas para el mejoramiento y modernización de la estructura institucional:
…Tal disposición, ha implicado que el Departamento de Recursos Humanos se le haya comisionado una labor más para lo cual requiere del concurso de las personas del Área de Gestión de Salarios que se dedican al estudio de puestos. Según la información proporcionada por ese departamento, desde que está en vigencia esa disposición, a la fecha se han emitido 11 criterios técnicos, la mayoría en el presente año.
La elaboración de esos criterios técnicos se ha tenido que combinar con los estudios de puestos. Su resolución demora hasta varios meses, y a su vez retrasan también los estudios de reclasificación de puestos, lo que probablemente, como se indicó anteriormente, ha incidido en la disminución del promedio en este año de esos estudios.
También se abordó en ese informe, precisamente el tema sobre lo que versa lo instruido por ese Tribunal en esta ocasión, sobre el cumplimiento del acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 061-2011:
Existe una disposición del Superior, adoptada en Sesión Ordinaria número 60-2009, celebrada el 23 de junio de 2009, en el sentido de que el Departamento de Recursos Humanos deberá resolver las solicitudes de reasignación o reclasificación de puestos en el plazo improrrogable de tres meses, contados a partir del día de la presentación de la respectiva solicitud, a lo cual, dadas las cargas de trabajo de ese Departamento, se abrió la posibilidad de solicitar una única prórroga, según se dispuso en Sesión Ordinaria número 61-2011, celebrada el 28 de junio de 2011.
Sin embargo, en el escrito que presentó el señor Carías Mora ante este despacho que originó este estudio, hace saber de la imposibilidad material de poder cumplir con dicha instrucción en razón de que los plazos fijados por el Tribunal son “insuficientes y totalmente alejados de la realidad”. Postura que se entiende, por la relación entre la cantidad de gestiones que se presentan, el nivel de dificultad y laboriosidad y cantidad de personas funcionarias asignadas a esa labor.
….deviene entendible y ajustado a la realidad que acontece con el proceso de análisis de puestos. Sin embargo, no deja de preocupar a esta dirección el incumplimiento de lo dispuesto por el Superior, directriz motivada en beneficio de las personas funcionarias, respecto a su derecho de que se les resuelva sus gestiones en un tiempo razonable.
Más adelante, en el referido informe, se explicó sobre la complejidad de los estudios de puestos y sobre el criterio de la Auditoría Interna en el sentido de que esos estudios se apegan a la normativa interna.
Si bien la problemática existente evidentemente se origina en ese Departamento por elementos endógenos, se estima que se ha potenciado por prácticas de algunas jefaturas al alentar y propiciar la presentación de gestiones que carecen de sustento, como las que, a modo de ejemplo, se hizo ver a ese Tribunal en el informe remitido en noviembre pasado:
se ha evidenciado, según lo señala el señor Carías Mora, en sus palabras, lo siguiente: “después de haberse concretado una reasignación, la jefatura le cambia nuevamente las tareas al funcionario propiciando con ello dos situaciones: por un lado que esta persona al asumir tareas diferentes presente una nueva solicitud de reasignación de su puesto y, por otro, que al encargarse otro colaborador de las tareas que aquél dejó de realizar, solicitará la reasignación de su plaza argumentando exactamente los mismos motivos que justificaron la primera variación del puesto.”
De hecho, como parte de otro estudio realizado por esta Dirección Ejecutiva se pudo determinar que en el período 2009-2014, el 46% de las gestiones de estudios de puestos ante el referido Departamento fueron denegadas, lo cual si bien no es posible en este momento determinar una correlación de las citadas prácticas con el alto porcentaje de casos denegados, sí se evidencia en que casi la mitad de los estudios de puestos no se logra demostrar que proceden cambios sustanciales en las labores de las personas que los gestionan.
Sirva todo lo antes expuesto como preámbulo para informar a ese Tribunal, que esta Dirección ha sido consciente, incluso desde antes de la emisión de ese informe, sobre la problemática institucional que implica los tiempos que demora la resolución de las reasignaciones y reclasificaciones por parte del Departamento de Recursos Humanos, pero también sobre las acciones que se han tomado y las que se tienen proyectadas en procura de llegar a alcanzar los plazos dispuestos por ese Tribunal.
1. Esta Dirección asignó una plaza de servicios especiales de la clase Profesional Ejecutor 3 a partir de enero de 2014, para reforzar el Área de Gestión de Empleo.
2. Producto del estudio administrativo realizado en noviembre de 2014, se reclasificó un puesto también en la clase Profesional Ejecutor 3 y para reforzar esa misma área.
3. Se planteó ante ese Tribunal – lo cual fue acogido en sesión ordinaria n.° 36-2015, celebrada el 28 de abril de 2015- la siguiente recomendación:
“12.1- Que a diciembre de 2015, el Departamento de Recursos Humanos con la colaboración de la Unidad de Estadística de la Dirección Ejecutiva elabore un registro histórico de las solicitudes de reclasificación de puestos para el período 2009-2014, sobre tal registro la Unidad de Estadística estimará el tiempo promedio en días hábiles para la atención de las solicitudes de reclasificación o reasignación de puestos, esto con el fin de que sea utilizado como insumo para la línea de apoyo del PEI 2014-2018 LA 1.1 denominada “Optimizar la gestión y estructura del Departamento de Recursos Humanos”, así como para la línea estratégica LE 3.1 “Revisar e implementar procesos para optimizar la gestión institucional”. El Departamento de Recursos Humanos mantendrá actualizado dicho registro a efectos de que pueda ser consultado en análisis posteriores”.
Medida encaminada, en primera instancia, a contar con una herramienta de medición que coadyuve con el cumplimiento de la referida línea estratégica, dentro de lo que evidentemente se contempla el proceso de resolución de gestiones sobre estudio de puestos.
En cuanto a las dos primeras acciones, se ha estimado que ya han empezado a surtir efecto y a mostrar algunos avances, en razón de que el saldo de casos pendientes a noviembre de 2014 (154) se ha reducido a 71, según el dato solicitado por este despacho con corte al 12 de junio pasado.
En relación con las medidas vislumbradas por esta Dirección Ejecutiva, según lo que también se hizo ver a ese Tribunal, en el tan mencionado informe:
Como conclusión general y dados los aspectos apuntados en este apartado, se estima necesario la asignación de más personal al Área de Gestión de Salarios del referido departamento, para las actividades derivadas del sistema de análisis ocupacional, principalmente para los estudios de clasificación y valoración de puestos y las otras labores resultantes del sistema de análisis ocupacional, por lo que…
…. Sin embargo, aunque con esta medida, considerada paliativa por el significativo acúmulo de estudios pendientes de resolver, con la que se esperaría que en un tiempo razonable disminuyan los tiempos de atención, se ven necesarias además otras acciones administrativas para llevar a un escenario óptimo la cantidad de estudios pendientes y los tiempos de resolución de estos.
En resumen, esta Dirección es consciente de la imposibilidad del Departamento de Recursos Humanos de cumplir con los plazos dispuestos por ese Tribunal para la resolución de las solicitudes de reasignación o reclasificación de puestos, ante lo cual se han dispuesto medidas de mitigación que ya han surtido algún efecto positivo. Además, como se desprende de la anterior transcripción, se tienen proyectados análisis en procura de otras acciones administrativas en el antedicho Departamento así como profundizar en factores ajenos a su accionar derivados de prácticas de algunas dependencias que no solo agravan el problema sino que consumen recursos institucionales, que precisamente se requieren para resolver la situación.".
Se dispone: 1. Este Tribunal entiende que el plazo de tres meses –prorrogables por el mismo término y por una única vez– establecido en el acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 061–2011, celebrada por este Tribunal el 28 de junio de 2011, comunicado mediante oficio n.º STSE–1778–2011 de la misma fecha, es tiempo razonable para que el Departamento de Recursos Humanos estudie e informe a la Dirección Ejecutiva respecto de las solicitudes de reclasificación o reasignación de puestos que planteen los funcionarios de estos organismos electorales. 2.- Con el fin de atender el actual circulante pendiente de gestiones de esa naturaleza, los señores Carlos Murillo Montoya y Auxiliadora Protti Quesada, funcionarios de la Dirección Ejecutiva, rendirán informe a este Tribunal respecto de las medidas que estimen pertinentes para la atención prioritaria de dicho circulante, lo anterior en el plazo de un mes. 3.- Sin perjuicio de lo anterior, el Departamento de Recursos Humanos se abocará de inmediato a atender con la más alta diligencia las labores relativas a este particular. ACUERDO FIRME.
C) Encargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Ingeniería de Software. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1831-2015 del 17 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número ISTI-0067-2015 de ayer que suscribe el Lic. Juan Carlos Corrales Umaña, Jefe de la Sección de Ingeniería de Software, mediante el cual, en virtud de que disfrutará vacaciones por espacio de 7 días a partir del próximo 1° de julio, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen a la señora Pamela Garbanzo Valverde, quien se desempeña como Profesional en Gestión 2 en ese mismo despacho y ya en otras ocasiones ha asumido dicha responsabilidad.
Puede apreciarse que la gestión cuenta con la anuencia del Lic. Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
D) Sustitución del señor Magistrado suplente Ovelio Rodríguez Chaverri. El señor Magistrado Presidente Sobrado González informa verbalmente que por motivos de salud, el señor Magistrado suplente Rodríguez Chaverri se excusa de integrar este Tribunal del 9 al 19 de julio de 2015 para sustituir por vacaciones al señor Magistrado Esquivel Faerron.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
Se dispone: Acoger la excusa formulada. Previo sorteo de rigor (el n.º 269, que reemplaza al n.º 261), para sustituir al señor Magistrado Esquivel Faerron durante tales fechas, se designa al señor Magistrado suplente Juan Antonio Casafont Odor. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
E) Sustitución del señor Magistrado suplente Ovelio Rodríguez Chaverri. El señor Magistrado Presidente Sobrado González informa verbalmente que por motivos de salud, el señor Magistrado suplente Rodríguez Chaverri se excusa de integrar este Tribunal del 23 al 27 de julio de 2015 para sustituir por viaje oficial a la República del Paraguay a la señora Magistrada Zamora Chavarría.
Se dispone: Acoger la excusa formulada. Previo sorteo de rigor (el n.º 270, que reemplaza al n.º 268), para sustituir a la señora Magistrada Zamora Chavarría durante tales fechas, se designa al señor Magistrado suplente Juan Antonio Casafont Odor. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre la prórroga del Convenio Marco de Cooperación con FLACSO. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-313-2015 del 16 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo dispuesto por el Superior en el artículo sétimo de la sesión ordinaria número 49-2015 celebrada el 9 de junio en curso, comunicado por medio del oficio STSE-0959-2015 de esa misma fecha, en relación con la anuencia del señor representante de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (en adelante FLACSO), de prorrogar el Convenio Marco de Cooperación suscrito con el Tribunal, me permito señalar:
Mediante oficio SCR 036/15 del 29 de mayo pasado, el señor Jorge Alfaro Mora [sic], en su condición de Director de FLACSO, manifestó el interés de su representada de prorrogar la vigencia del Convenio Marco de Cooperación suscrito con el Tribunal suscrito con el Tribunal [sic] el 7 de diciembre de 2010, tomando en consideración las fructíferas relaciones entre las partes en la ejecución del convenio y la necesidad de darle continuidad a las acciones emprendidas por un nuevo período.
En punto a su vigencia, según lo establecido en su cláusula octava del citado convenio, este “[…] tendrá una duración de cinco años, a partir de su firma y aprobación, y podrá ser renovado por dos períodos iguales. Para tal efecto, cualquiera de las partes deberá iniciar las gestiones de prórroga, por escrito, al menos seis meses antes de la finalización de la vigencia del convenio”.
A la luz de lo establecido en la cláusula parcialmente transcrita, el plazo de vigencia pactado vence el próximo 7 de diciembre, de ahí que, a efecto de que opere la primera de las eventuales prórrogas, cualquiera de las partes debía iniciar “por escrito” las gestiones para ello con un mínimo de seis meses de antelación a la fecha de finalización, es decir, antes del 7 de junio del año en curso.
Al advertir que el señor representante de FLACSO, mediante escrito presentado el 2 de junio pasado, manifestó su deseo de prorrogar el señalado convenio con anterioridad a la fecha establecida para ello, constando además el criterio favorable del señor Director del Instituto de Formación y Cooperación en Democracia (IFED), expresado en memorando IFED-058-2015 del 27 de abril de 2015, la prórroga del convenio resulta procedente, por lo que sugerimos al Superior su aprobación en los términos pactados, siendo innecesaria la suscripción de un addendum o documento adicional que así lo disponga.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge y, en consecuencia, aprobar la prórroga del Convenio Marco de Cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Hágase del conocimiento del señor Jorge Mora Alfaro, Director de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), en atención a su oficio n.° SCR 036/15. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre donación de mobiliario a la Escuela Enrique Pinto de San Rafael de Alajuela. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1532-2015 del 18 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Dirección recibió nota de fecha 25 de noviembre del año 2014, suscrita por la señora Odilie Vargas Navarro, Presidenta de la Junta de Educación de la Escuela Enrique Pinto F., de San Rafael de Alajuela, en la que solicitó que se valorará la posibilidad de donación de equipo y mobiliario de oficina, lo cual de acuerdo al Reglamento de Administración de Bienes Muebles del Tribunal Supremo de Elecciones, específicamente lo que establece el inciso c) artículo 35 de éste, se ha considerado que es viable.
Una vez analizada la documentación que fuera aportada por la citada escuela, se determina que esta es una institución donataria, según como lo establece el artículo 34 del citado Reglamento. Es por tanto, que ante oficio remitido por la Proveeduría Institucional del 15 de los corrientes (PROV-0713-2015) solicitando la baja de una serie de mobiliario, esta dirección procedió mediante oficio DE-1505-2015; de ahí que, se recomienda la donación de lo siguiente:
Descripción Activo
Escritorio Secretarial |
600396 |
Biblioteca de Madera |
600622 |
Silla de Espera de Metal |
600782 |
Silla de Espera de Metal |
600788 |
Silla de Espera de Metal |
601040 |
Silla de Espera de Metal |
601041 |
Archivador de 02 Gavetas |
603099 |
Máquina de Escribir Olympia |
603855 |
Mesa corriente |
604745 |
Biblioteca Mediana de Madera |
605357 |
Silla Tipo Cajero |
605646 |
Silla Secretarial de Metal |
606994 |
Archivador de 04 Gavetas |
608032 |
Archivador de 04 Gavetas |
609198 |
Escritorio Secretarial |
609383 |
Mesa de equipos de cómputo |
609397 |
Pizarra Acrílica con Caballete |
610008 |
Silla Secretarial Plástica |
613784 |
Locker de 01 compuerta |
613787 |
Escritorio Secretarial |
614985 |
Silla Secretarial |
617837 |
Silla Secretarial Plástica |
617843 |
Silla Secretarial Plástica |
618191 |
Sillón Ejecutivo |
620503 |
Silla Secretarial Plástica |
621275 |
Silla Secretarial Plástica |
621301 |
Silla Secretarial Plástica |
621420 |
Silla Secretarial Plástica |
621426 |
Silla Secretarial Plástica |
621434 |
Escritorio Secretarial |
621779 |
Escritorio Secretarial |
621791 |
Silla Secretarial Plástica |
622403 |
Butaca de 04 asientos |
622669 |
Butaca de 04 asientos |
622677 |
Butaca de 04 asientos |
622689 |
Butaca de 04 asientos |
622690 |
Butaca de 04 asientos |
622705 |
Butaca de 04 asientos |
622706 |
Butaca de 04 asientos |
622710 |
Butaca de 04 asientos |
622715 |
Butaca de 04 asientos |
622724 |
Butaca de 04 asientos |
622727 |
Butaca de 04 asientos |
622728 |
Butaca de 04 asientos |
622729 |
Silla Secretarial Plástica |
625216 |
Butaca de 04 asientos |
626005 |
Sillón Ejecutivo |
626086 |
Silla Secretarial |
626444 |
Silla Secretarial Plástica |
642026 |
Silla Secretarial Plástica |
642055 |
Silla Secretarial Plástica |
642415 |
Silla Secretarial Plástica |
642889 |
Silla Secretarial Plástica |
642912 |
Silla Secretarial Plástica |
642967 |
Silla Secretarial Plástica |
643083 |
Silla Secretarial Plástica |
643108 |
Silla Secretarial Plástica |
643131 |
Silla Secretarial Plástica |
643142 |
De ahí que, con fundamento en lo expuesto, se remite al Superior para lo que estime pertinente, tal como lo indica el inciso d) del artículo 35 del citado reglamento.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, en el entendido según el cual, se trata de bienes que se encuentran en desuso o en mal estado. Continúese con el trámite de rigor correspondiente. ACUERDO FIRME.
C) Informe de donación de mobiliario al Centro Cristiano Canaán. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1533-2015 del 18 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Dirección recibió nota de fecha 25 de marzo del año 2015, suscrita por el señor Carlos Córdoba Alpizar, Presidente del Centro Cristiano Canaán, en la que solicitó que se valorará la posibilidad de donación de equipo y mobiliario de oficina, lo cual de acuerdo al Reglamento de Administración de Bienes Muebles del Tribunal Supremo de Elecciones, específicamente lo que establece el inciso c) artículo 35 de éste, se ha considerado que es viable.
Una vez analizada la documentación que fuera aportada por el citado centro, se determina que esta es una institución donataria, según como lo establece el artículo 34 del citado Reglamento. Es por tanto, que ante oficio remitido por la Proveeduría Institucional el 15 de los corrientes (PROV-0713-2015) solicitando la baja de una serie de mobiliario, esta dirección procedió mediante oficio DE-1505-2015; de ahí que, se recomienda la donación de lo siguiente:
Descripción Activo
Archivador de Metal |
600349 |
Archivador de Metal |
600351 |
Escritorio |
600405 |
Mesa Maquina escribir |
600510 |
Archivador de Metal |
600586 |
Archivador de Metal |
600610 |
Mesa CPU |
600677 |
Mesa Maquina escribir |
600683 |
Archivador de Metal |
600822 |
Archivador de Metal |
601170 |
Archivador de Metal |
601171 |
Archivador de Metal |
601180 |
Archivador Portátil |
601274 |
Escritorio |
601805 |
Escritorio |
602079 |
Escritorio |
602091 |
Escritorio |
602152 |
Biblioteca |
602389 |
Escritorio |
602416 |
Mesa Maquina escribir |
602698 |
Archivador de Metal |
603074 |
Escritorio |
603116 |
Escritorio |
603634 |
Archivador de Metal |
603842 |
Archivador de Metal |
604070 |
Archivador de Metal |
604124 |
Archivador de Metal |
604126 |
Archivador de Metal |
604127 |
Archivador de Metal |
604128 |
Archivador de Metal |
604130 |
Archivador de Metal |
604131 |
Archivador de Metal |
604132 |
Archivador de Metal |
604151 |
Archivador de Metal |
604152 |
Escritorio |
604531 |
Archivador de Metal |
604618 |
Escritorio |
604654 |
Archivador de Metal |
604819 |
Escritorio |
604821 |
Archivador de Metal |
604977 |
Archivador de Metal |
604978 |
Escritorio |
605121 |
Mesa Maquina escribir |
605125 |
Escritorio |
605170 |
Mesa Maquina escribir |
605222 |
Archivador de Metal |
605443 |
Mesa Maquina escribir |
605635 |
Archivador de Metal |
605793 |
Archivador de Metal |
605881 |
Archivador de Metal |
606194 |
Archivador de Metal |
606305 |
Archivador de Metal |
606308 |
Archivador de Metal |
606311 |
Archivador de Metal |
606313 |
Archivador de Metal |
606641 |
Archivador de Metal |
606823 |
Archivador de Metal |
606833 |
Escritorio |
606982 |
Escritorio |
606983 |
Archivador de Metal |
607491 |
Archivador de Metal |
608022 |
Archivador de Metal |
608034 |
Archivador de Metal |
608037 |
Archivador de Metal |
608068 |
Archivador de Metal |
608081 |
Escritorio |
608139 |
Escritorio |
608142 |
Escritorio |
608149 |
Mesa CPU |
608156 |
Escritorio |
608158 |
Mesa Maquina escribir |
608229 |
Escritorio |
608795 |
Escritorio |
608849 |
Escritorio |
608853 |
Escritorio |
609061 |
Escritorio |
609063 |
Escritorio |
609069 |
Escritorio |
609090 |
Escritorio |
609096 |
Archivador de Metal |
609177 |
Archivador de Metal |
609183 |
Archivador de Metal |
609188 |
Archivador de Metal |
609194 |
Archivador de Metal |
609205 |
Escritorio |
609372 |
Escritorio |
609374 |
Escritorio |
609385 |
Archivador de Metal |
609928 |
Archivador de Metal |
609931 |
Escritorio |
610259 |
Escritorio |
610263 |
Escritorio |
610272 |
Escritorio |
610273 |
Escritorio |
610290 |
Armario Metálico |
610532 |
Escritorio |
611213 |
Escritorio |
611216 |
Escritorio |
611218 |
Escritorio |
611219 |
Escritorio |
611225 |
Archivador de Metal |
611279 |
Archivador de Metal |
611288 |
Escritorio |
611292 |
Escritorio |
611306 |
Escritorio |
611311 |
Mesa CPU |
611519 |
Mesa CPU |
611539 |
Escritorio |
611550 |
Archivador de Metal |
611986 |
Escritorio |
612506 |
Escritorio |
612776 |
Mesa CPU |
612778 |
Mesa CPU |
612782 |
Archivador de Metal |
613177 |
Archivador de Metal |
613178 |
Mesa CPU |
613524 |
Archivador de Metal |
613973 |
Mesa CPU |
614524 |
Escritorio |
614972 |
Escritorio |
614983 |
Archivador de Metal |
616266 |
Archivador de Metal |
617696 |
Archivador de Metal |
617906 |
Archivador de Metal |
618763 |
Archivador de Metal |
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Archivador de Metal |
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Escritorio |
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Escritorio |
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Escritorio |
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Escritorio |
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Escritorio |
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Escritorio |
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Archivador de Metal |
625335 |
Archivador de Metal |
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Mesa CPU |
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Escritorio |
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Archivador de Metal |
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Archivador de Metal |
643507 |
Archivador de Metal |
643577 |
De ahí que, con fundamento en lo expuesto, se remite al Superior para lo que estime pertinente, tal como lo indica el inciso d) del artículo 35 del citado reglamento.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, en el entendido según el cual, se trata de bienes que se encuentran en desuso o en mal estado. Continúese con el trámite de rigor correspondiente. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Consulta legislativa del proyecto de Ley Marco de Contribución Especial de los Regímenes de Pensiones, expediente 19.254. De la señora Noemy Gutiérrez Medina, funcionaria de la Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa, se conoce memorial del 18 de junio de 2015, recibido –vía correo electrónico– el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios en Sesión Nº 11 del 16 de junio en curso, aprobó moción para que se consulte el criterio de esa Institución sobre el Proyecto “LEY MARCO DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE LOS REGÍMENES DE PENSIONES. EXPEDIENTE Nº 19254.” Publicado en la Gaceta Nº 190 del 3 de octubre de 2014. (Se anexa Texto de Proyecto)
De conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, solicito responder esta consulta dentro de los ocho días hábiles posteriores a su recibo.
(…).".
Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 26 de junio de 2015– pase a los señores Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 25 de junio de 2015. Tomen nota los referidos funcionarios y la Secretaría General de este Tribunal que el plazo para responder la consulta planteada vence el 30 de junio de 2015. ACUERDO FIRME.
B) Coadyuvancia en acción de inconstitucionalidad. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se conoce cédula de notificación relativa a la resolución de las trece horas y cuarenta y ocho minutos del diecisiete de junio del dos mil quince, recibida –vía fax– en la Secretaría General de este Tribunal el 19 de junio de 2015, dictada dentro del expediente judicial n.° 15-005481-0007-CO, que es acción de inconstitucionalidad de Haydee María Hernández Pérez, según la cual se resolvió tener por coadyuvante activa a la señora Alejandra Mora Mora, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres.
Se dispone: Tomar nota. Remítase copia a la Unidad de Letrados. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Marisol Castro Dobles |