ACTA N.º 49-2015

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del nueve de junio de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2016.

A) Corrección al Cronograma Electoral para las Elecciones Municipales 2016. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-311-2015 del 3 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión ordinaria n.º 126-2014 de 02 de diciembre de 2014 el Tribunal Supremo aprobó el cronograma electoral de las Elecciones Municipales del 2016 remitido por esta Dirección, en el cual se incluyó la restricción establecida en el artículo 142 del Código Electoral que prohíbe al Poder Ejecutivo, la administración descentralizada, empresas del Estado, las alcaldías y los concejos municipales difundir información publicitaria, plazo que se estableció para su cumplimiento el 8 de octubre del año en curso. No obstante, el Área de Prensa de la Secretaría de este Tribunal advirtió a esta Dirección, que en resolución 5027-E8-2010 del 26 de julio del año 2010, el TSE había interpretado que la veda publicitaria contemplada en ese artículo únicamente aplicaba en el caso de las Elecciones Nacionales, no así las Municipales.

En virtud de lo anterior, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento del Superior, a los efectos de que se apruebe la eliminación de este término del Cronograma Electoral de las Elecciones Municipales del 2016, para lo cual adjunto se remite el cronograma modificado para su publicación en nuestra página web. Asimismo, se considera recomendable que se elabore un comunicado de prensa en el que se aclare este aspecto, para informar a quienes han impreso o consultado el cronograma desde nuestra página.  Cabe destacar que esta Dirección le solicitó al Departamento de Programas Electorales, que en el caso de los cronogramas que ya se han impreso a la fecha, se incluya una fe de erratas haciendo la observación correspondiente.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Proceda en consecuencia el administrador del sitio Web y el área de Relaciones Públicas. Hágase del conocimiento de las Direcciones institucionales, de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes y de los gobiernos municipales. Comuníquese, mediante circular, a los partidos políticos. ACUERDO FIRME.

B) Informe relativo a plan piloto de votación electrónica para las Elecciones Municipales de 2016. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-300-2015 del 3 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a la implementación de un plan piloto de votación electrónica con carácter vinculante para las Elección Municipales de 2016 y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomienda:

"1. Que se revoque el acuerdo de la sesión ordinaria n.° 19-2015 celebrada el pasado 24 de febrero de 2015, en lo atinente a la aprobación del plan piloto de votación electrónica de carácter vinculante para las Elecciones Municipales del año 2016.

2. Que en su lugar se delegue en las Direcciones de Estrategia Tecnológica y Registro Electoral la responsabilidad de presentar, a la mayor brevedad posible, un informe detallado respecto a los objetivos institucionales en materia de votación electrónica, grado de prioridad que se recomienda asignar al proyecto y eventuales actividades de implementación a corto, mediano y largo plazo, entre las que deberá establecerse la actualización del estudio de factibilidad financiera del proyecto. Dicho informe además deberá contemplar lo relativo a la utilización de software libre, así como del hardware recomendado, que involucrará definiciones, características, ventajas y desventajas, así como análisis de riesgo.

3. Como parte del proceso de retroalimentación sobre el avance de este proyecto se considera necesario mantener en funcionamiento el Comité Técnico de Voto Electrónico, en el cual participan funcionarios de ambas Direcciones.

Respetuosamente le solicito que eleve el presente informe y sus recomendaciones a conocimiento del Tribunal.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, con la observación según la cual el informe propuesto en el punto 2 deberá rendirse, a más tardar, durante el primer semestre de 2016. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de colaboración en el préstamo de vehículos y choferes para las elecciones. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-317-2015 del 3 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Al igual que para los pasados comicios nacionales y como parte de la planificación de la logística electoral de cara a las Elecciones Municipales del año 2016, el Departamento de Programas Electorales inició las gestiones para contratar el arrendamiento de los vehículos requeridos por los programas electorales para la ejecución de sus labores. 

En virtud de lo anterior, el pasado mes de enero del año en curso, el Departamento de Proveeduría promovió el proceso de licitación 2014LN-000003-85002 “Alquiler de vehículos para programas electorales”, por un monto total de ¢279.466.000, en el cual se contemplaron un total de 32 líneas, de donde 4 fueron desestimadas por la Administración y las líneas 14 y 25 se declararon infructuosas por inopia de ofertas.

La adjudicación de las restantes 26 líneas por un monto de ¢105.514.916 de la contratación fueron sometidas a conocimiento y aprobadas por el Consejo de Directores en la reunión n.° 16-2015 del 20 de marzo del año en curso, de acuerdo con lo comunicado en oficio n.° CDIR-073-2015.  Sin embargo, cabe destacar que aún persiste la necesidad institucional de contar con los vehículos que se contemplaron en las líneas declaradas como infructuosas, toda vez que resultan indispensables para atender la gestión de los programas electorales de Asesores Electorales y Transmisión de Datos durante el mes de enero y el propio día de la elección del año 2016, cuyas funciones se fundamentan principalmente en las labores de campo.

Cabe destacar que al declararse infructuosos los ítems supra indicados y de promoverse una nueva licitación pública podría generarse un riesgo para la logística electoral, de no contar con los vehículos requeridos, por las siguientes razones:

Por lo anterior, esta Dirección está valorando la posibilidad de aplicar la exención al proceso de contratación administrativa dispuesta en el artículo 304 del Código Electoral, a los efectos de contratar en forma directa a los posibles oferentes del servicio de arrendamiento de vehículos.  En este sentido, se le solicitó al Departamento de Programas Electorales que procediera a efectuar nuevamente una consulta de mercado para ver cuáles empresas estarían interesadas en ofrecer el servicio, así como el costo de los vehículos y si tendrían disponibilidad tanto en cuanto a la cantidad de unidades a contratar como en los plazos en los que los requiere este Tribunal.

Sobre el particular, el departamento de cita nos informó que se le consultó nuevamente a todas las empresas que participaron en el proceso licitatorio y únicamente dos de ellas podrían ofrecer los vehículos en el período requerido, sin embargo del total de vehículos que se requieren, que ascienden a 93 vehículos 4X4, las empresas arrendadoras estarían en capacidad de brindar el servicio de solo 43 vehículos arrendados para el período comprendido entre los meses de enero y principios de febrero del año 2016.

Por lo anterior, tanto esta Dirección como el Departamento de Programas Electorales consideran necesario valorar la posibilidad de que a través de la suscripción de convenios interinstitucionales con otras instituciones del Estado, tal y como se llevó a cabo en procesos electorales anteriores, se puedan facilitar en calidad de préstamo un total de 50 vehículos para atender las necesidades vehiculares del programa electoral de Asesores Electorales.

Por lo expuesto, respetuosamente le solicito eleve lo anterior a conocimiento de la señora y señores Magistrados, a los efectos de que, salvo superior criterio, se gestione ante el Ministerio de la Presidencia de la República una solicitud formal, para que esa instancia gire una directriz a todas las instituciones y organizaciones del sector público a efectos de brindar su colaboración en el préstamo de vehículos y choferes a este organismo electoral,  para lo cual se adjunta un borrador de la propuesta del texto.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.

A) Informe de participación en el Taller El rol de los organismos electorales en la Educación del Votante: Experiencia internacional y el caso de Egipto. Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Secretario Académico del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-382-2015 del 2 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a su participación como expositor en el Taller El rol de los organismos electorales en la Educación del Votante: Experiencia Internacional y el caso de Egipto, llevado a cabo en la República Árabe de Egipto.

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

B) Informe de participación en el Encuentro Regional de Órganos Electorales de Costa Rica,  Guatemala, Panamá y Honduras. De los señores Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado de este Tribunal, Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, y Luis Diego Brenes Villalobos, Secretario Académico del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-381-2015 del 2 de junio de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de junio de 2015, mediante el cual rinden informe relativo a su participación en el Encuentro Regional de Órganos Electorales de Costa Rica, Guatemala, Panamá y Honduras, llevado a cabo en el mes de mayo pasado en la República de Honduras.

Se dispone: Tener por rendido el informe. Remítanse las publicaciones y documentos que se adjuntan al Centro de Documentación y al Archivo del TSE, según corresponda. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Solicitud en relación con gestión para la reclasificación de puesto. De la señora Milena Gómez Oviedo, funcionaria de la Sección de Ingeniería de Software, se conoce memorial del 3 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, interpone queja en relación con el tiempo que ha transcurrido desde el momento en el que solicitó un estudio de reasignación de puesto, sin que a la fecha se haya resuelto su gestión.

Se dispone: En el improrrogable plazo de tres días hábiles, procederá el señor Carías Mora a resolver la gestión que interesa a la señora Gómez Oviedo. En el mismo plazo, proceda el señor Francisco Rodríguez Siles como jefatura del señor Carías Mora a informar a este Tribunal respecto del cumplimiento del acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 0612011, celebrada por este Tribunal el 28 de junio de 2011, comunicado mediante oficio n.º STSE17782011 de la misma fecha, en el que se estableció que la rendición de informes relativos a solicitudes de reasignaciones o reclasificaciones de puestos debe realizarse en el plazo de tres meses a partir de la presentación de la respectiva gestión. ACUERDO FIRME.

B) Informe sobre el cumplimiento de planes anuales de vacaciones. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1705-2015 del 3 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión 2-2015 celebrada el pasado 8 de enero, oficio STSE-0011-2015 de la misma fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones conoció el informe rendido por la Dirección Ejecutiva y el Departamento Legal en relación con la advertencia formulada por la Auditoría Interna sobre funcionarios con más de dos períodos de vacaciones acumulados.  Entre las recomendaciones aprobadas se encuentra la 3.3. que literalmente dice lo siguiente: “Que el Departamento de Recursos Humanos cumpla con lo dispuesto por el Superior en su oportunidad, en cuanto a dar el debido seguimiento y velar por el cumplimiento de los planes anuales de vacaciones de las dependencias institucionales y detectar y comunicar posibles incumplimientos de los funcionarios que sobrepasen los límites establecidos en la normativa en materia de acumulación de vacaciones, para lo cual, rendirán ante el Superior un informe trimestral, de lo cual servirá de insumo el informe que le brinden las jefaturas institucionales al respecto”.

Como producto de lo anterior, remito a conocimiento del Tribunal el informe relacionado con los incumplimientos a los planes anuales de vacaciones en que incurrieron, durante el primer trimestre del año en curso, varios funcionarios de la institución que ya cuentan con más de dos períodos acumulados.  En el cuadro adjunto se indica el nombre de la persona, la oficina en que labora, la fecha en que adquiere derecho a vacaciones, el saldo de vacaciones por disfrutar durante el año, la cantidad de días y fechas en que disfrutaría vacaciones durante ese primer trimestre y la cantidad de días efectivamente disfrutados.  Es importante advertir que la cifra que se indica en la columna  “saldo por disfrutar”  incluye los días correspondientes al período 2014-2015 aunque aún no haya llegado la fecha en que el funcionario o la funcionaria adquieren derecho al mismo, pues al tratarse de un plan anual es necesario incluirlo.

Según podrá apreciarse, 35 personas no cumplieron con el plan de vacaciones de sus respectivas oficinas en los términos aprobados por Dirección Ejecutiva, circunstancia que podría propiciar que al finalizar el año aún conserven un exceso de vacaciones acumuladas.  Para evitar que se presente tal situación, este departamento les remitió a las respectivas jefaturas esa información para que procedieran con la mayor brevedad a comunicar las fechas en que serán reprogramados los días no disfrutados, de manera tal que se procure cumplir el plan de vacaciones al menos en lo que a cantidad de días por disfrutar se refiere.  Debe recordarse que la Dirección Ejecutiva aprobó los planes de vacaciones en el entendido de que al finalizar el mes de setiembre  fecha límite por ser año preelectoral   ninguna persona quedaría con más de dos períodos acumulados de vacaciones, pero es obvio que si tales planes no se cumplen no será posible lograr ese objetivo.  No omito agregar que ya estamos recibiendo las respuestas de esas jefaturas con las respectivas reprogramaciones.".

Se dispone: En el plazo de tres días hábiles, procedan las oficinas concernidas a remitir al Departamento de Recursos Humanos la reprogramación de los referidos planes de vacaciones, respecto de los cuales las jefaturas institucionales serán responsables en velar por su puntual cumplimiento. ACUERDO FIRME.

C) Solicitud de licencia con goce de salario del funcionario Francisco Javier Valverde Delgado. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1709-2015 del 3 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida en este despacho el pasado 27 de mayo que suscribe el señor Francisco Javier Valverde Delgado, funcionario interino del Departamento Civil, a través de la cual solicita  en virtud de los motivos que se sirve exponer   que se le otorgue una licencia con goce de salario del 6 al 10 de julio entrante, o en su defecto se le autorice por excepción el disfrute adelantado de cinco días de vacaciones.

El servidor Valverde Delgado labora para este organismo electoral desde el 2 de setiembre de 2013 y se desempeña interinamente en una plaza de oficinista en el citado departamento, con nombramiento hasta el 31 de diciembre de este año o hasta que la funcionaria titular de esa plaza regrese a ocuparla, lo que ocurra primero. La única calificación anual de servicios que consta en su prontuario corresponde a la del período 2013-2014, en la cual obtuvo un resultado de “muy bueno” según la valoración efectuada por su jefe inmediato.

El artículo 31 de nuestro Reglamento Autónomo de Servicios establece que todo permiso con goce de salario por más de un día solamente podrá ser concedido por el Tribunal Supremo de Elecciones. 

En lo que concierne a vacaciones, tenemos que adquiere derecho al período 2014-2015 que es de 15 días hábiles hasta el 17 de agosto de este año.  No obstante, de dicho período ya se le adelantaron 4,5 días con las vacaciones colectivas que autorizó el Tribunal para fin de año 2014 y Semana Santa 2015.  Al 1° de julio tendría derecho proporcionalmente a 13 días del citado período, por lo que si le restamos lo que ya ha sido adelantado podría aún disfrutar en esa condición hasta 8.5 días más, pero lo que requiere son 5 en caso de que no se le autorice la licencia pretendida.

Según puede apreciarse, su gestión cuenta con la anuencia de la jefatura inmediata, la Dirección General del Registro Civil y la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.".

Se dispone: En orden a que el interesado pueda ausentarse esos días, autorizar el referido disfrute adelantado de sus vacaciones. ACUERDO FIRME.

D) Nombramientos en propiedad en la Sección de Padrón Electoral. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0653-2015 del 4 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Visto el oficio RH-1707-2015 de fecha 03 de junio del año en curso, suscrito por el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, en el que propone una nómina de candidatos elegibles para proceder a nombrar en propiedad, en las plazas de Oficinistas 1 en la Sección de Padrón Electoral, que se encuentran vacantes en esa misma Unidad Administrativa en virtud de ascensos en propiedad  de sus anteriores ocupantes,  la suscrita avala las recomendaciones que sugiere la Jefatura de la Sección de Padrón Electoral, por lo que someto a consideración del Superior las ternas siguientes:

PUESTO No. 45875

1.- Sequeira Rojas María Fernanda

2.- Gonzalez Solís Vanessa

3.- Flores Albertazzi Federico

PUESTO No.45879

1.- Mora Meneses Mónica

2.- Flores Albertazzi Federico

3.- Sequeira Rojas María Fernanda

Las personas que ocupan el primer lugar en la terna, han sido recomendadas por escrito por el Lic. Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, mediante  oficio PE-1004-2015  de fecha 20 de mayo del año en curso.

Quienes resulten seleccionados(as) podrán ubicarse en propiedad como Oficinistas 1 en la Sección de Padrón Electoral, a partir del próximo 16 de julio. Devengará un salario base  de ¢414.200.oo por mes y anualidades a razón de ¢8.666.oo cada una y un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone y recomienda. ACUERDO FIRME.

E) Renuncia por pensión de la funcionaria Lilieth Paniagua Gamboa del IFED. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1711-2015 del 4 de junio de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida el 2 de junio en este despacho que suscribe la señora Lilieth Paniagua Gamboa, Profesional Ejecutor 3 en el Instituto de Formación y Estudios en Democracia, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).

La señora Paniagua Gamboa labora para este organismo electoral desde el 1° de julio de 1978 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1 de julio de 2015, motivado para ello en la resolución DNP-OA-1296-2014 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las catorce horas del 23 de julio de 2014.

Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de la jornada extraordinaria y las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.".

Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Paniagua Gamboa, a quien se agradece los servicios prestados a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.

F) Prórroga de licencia sin goce de salario de la señora Anayansie Herrera Araya. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1717-2015 del 5 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración las notas que ha presentado ante este despacho la señora Anayansie Herrera Araya, titular de un cargo de Auditora Asistente en la Auditoría Interna de este organismo electoral, mediante las cuales solicita que se le prorrogue hasta por seis meses más la licencia sin goce de salario que actualmente disfruta y que concluye el próximo 15 de junio.

En sesión 92-2014 del pasado 21 de agosto, oficio número STSE-1587-2014 de igual fecha, el Tribunal le autorizó a la citada colaboradora una licencia sin goce de salario por espacio de tres meses  los cuales iniciaron el 16 de setiembre  con el propósito de que pudiera optar por un nombramiento interino en la plaza de Auditora Interna en la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP), licencia que posteriormente fue prorrogada en dos oportunidades por plazos iguales de tres meses. Solicita ahora que se le extienda por el referido lapso de 6 meses adicionales, sin omitir la posibilidad de que pueda ser nuevamente ampliada o bien darse el caso de regresar antes de que concluya ese plazo.  De aprobarse lo pretendido, la funcionaria alcanzaría una ausencia de quince meses (un año y tres meses) al 15 de diciembre del presente año.

Según puede apreciarse, tal gestión cuenta con la anuencia del Lic. Óscar Alberto León Alonso en su condición de Auditor Interno y jefe inmediato.".

Se dispone: Conceder la licencia conforme solicita la señora Herrera Araya. ACUERDO FIRME.

G) Nombramientos interinos en distintas oficinas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1738-2015 del 8 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que han remitido diferentes jefaturas de la institución para solicitar los nombramientos interinos que seguidamente se detallan:

OFICINA / DEPARTAMENTO

NÚMERO Y CLASE

DEL PUESTO

CONDICIÓN DE LA PLAZA

CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO

  1. Sección de Inscripciones

45632,

Asistente Administrativo 2

Plaza de cargos fijos vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel.

Edwin Gutiérrez Solano,

16-JUN al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero.  El candidato labora actualmente en propiedad en un puesto de Asistente Administrativo 1 en ese mismo departamento.

  1. Sección de Inscripciones

349946,

Asistente Administrativo 1

Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior.

Magaly Picado Rosales,

16-JUN al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero.  La  candidata labora actualmente en un puesto de la misma categoría en la Sección de Archivo.

  1. Departamento de Programas Electorales

368801,

Conserje Electoral

Plaza de Servicios Especiales.

Pablo Humberto Benavides Agüero,

16-JUN al 15-NOV de 2015.  El candidato que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente y cumple con los requisitos establecidos para el puesto.

  1. Departamento de Programas Electorales

370924,

Asistente Funcional 1

Plaza de Servicios Especiales.


Rodrigo Artavia Granados

16-JUN al 31-DIC de 2015.  El candidato labora actualmente en un puesto de la clase Auxiliar Operativo 2 en la Sección de Servicios Generales, por lo que existen 3 clases de por medio para llegar a Asistente Funcional 1.

  1. Departamento de Registro de Partidos Políticos

370767,

Técnico Funcional 2

Plaza de Servicios Especiales.

Edwin Arce Ramírez,

16-JUN al 31-DIC de 2015.  El candidato labora actualmente en un puesto de la clase Asistente Funcional 2 en esa misma dependencia, por lo que existen 3 clases de por medio para llegar a Técnico Funcional 2.


Los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.

Si el Tribunal no tiene objeciones, los nombramientos que se proponen en el cuadro se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. En cuanto a los nombramientos en plazas de Servicios Especiales, así como en las que temporalmente quedan vacantes como producto de las mismas, se sugiere que se efectúen por el plazo de la vigencia presupuestaria que cada una de ellas tiene.

Puede apreciarse que las presentes solicitudes de nuevos nombramientos interinos cuentan con el visto bueno de la respectiva Dirección General.".

Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.

A) Acta n.° 28-2015 del Consejo de Directores. Aprobación del Plan Operativo Institucional 2015 reprogramado. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador del Consejo de Directores, se conoce oficio n.° CDIR-114-2015 del 29 de mayo de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 1.° de junio de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo dispuesto por el Superior en la Sesión ordinaria n.° 28-2009 celebrada el 17 de marzo de 2009 y comunicado mediante circular n.° STSE-0015-2009 de misma fecha, me permito adjuntar el acta de la reunión n.° 28-2015 ordinaria celebrada hoy por el Consejo de Directores.

Por su digno medio se hace de conocimiento del Superior lo dispuesto en los artículos segundo y cuarto, incisos A) y B), atinente a la justificación de ausencia de un miembro de este Órgano Colegiado, así como la solicitud y recomendación de aprobación del Plan Operativo Institucional 2015 (POI) reprogramado, respectivamente.".

Se dispone: Tomar nota de lo indicado en el artículo segundo, inciso A) y en relación con lo expuesto en el artículo cuarto, inciso B), aprobar conforme se propone. Proceda la Dirección Ejecutiva a remitir un ejemplar del referido Plan al Centro de Documentación del IFED, a comunicarlo a las jefaturas institucionales y a coordinar lo pertinente para su publicación en el sitio Web institucional. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Consultas de UNIORE sobre financiamiento, fortalecimiento de la estrategia de vinculación internacional y presencia y alcance de la observación electoral en los países integrantes. De la señora Mónica Barrantes Gamboa, funcionaria del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos IIDH/CAPEL, se conocen nuevamente correos electrónicos recibidos en la Secretaría General de este Tribunal el 27 y 29 de mayo y el 1.° de junio de 2015, mediante los cuales se refiere a los acuerdos adoptados en la XII Conferencia de UNIORE, relativos a los grupos de trabajo n.° 5, n.° 3 y n.° 1, que tratan, respectivamente, del financiamiento de UNIORE, del fortalecimiento de la estrategia de vinculación internacional y de la presencia y alcance de la observación electoral en los países integrantes de la UNIORE.

Se dispone: Se encarga al señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, la atención de la plantilla correspondiente a la propuesta de acción 1 elaborada por el Grupo de Trabajo n.° 1; al señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), la plantilla relativa a la propuesta de acción 2 planteada por ese Grupo de Trabajo y al señor Diego Brenes Villalobos, Secretario Académico del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), la plantilla preparada por el Grupo de Trabajo n.° 3, quienes deberán remitir el informe respectivo a la Secretaría General de este Tribunal antes del 15 de junio del presente año, a efecto de que esta última realice el envío oportuno de la información. Por otra parte, se deja patente que este órgano electoral comparte la propuesta planteada por el Tribunal Electoral de la República de Panamá, relativa al objetivo de UNIORE de ser "una entidad autosustentable a través de fuentes de financiamiento externas y consensuadas, y de contribuciones de sus miembros". Ahora bien, la propuesta menciona como antecedente la cuota anual que sufragan los miembros del Protocolo de Tikal, así como el acuerdo adoptado en la XII Conferencia celebrada en la República de Chile en 2014, referente al aporte voluntario adicional de $5000; respecto de lo cual, se sugiere valorar el establecimiento de una cuota única y uniforme para todos los organismos internacionales que integran UNIORE y los Protocolos regionales, con el propósito de no promover un tratamiento diferenciado para los entes electorales de Centroamérica y el Caribe, que en la actualidad se encuentran sometidos a una doble aportación. Comuníquese a CAPEL. Descárguese del registro de asuntos pasados a estudio individual de los señores Magistrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Prórroga del Convenio Marco de Cooperación con FLACSO. Del señor Jorge Alfaro Mora, Director de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), se conoce oficio n.° SCR 036/15 del 29 de mayo de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 2 de junio de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Un gran gusto de saludarlo y de establecer esta comunicación con usted, con el propósito de manifestarle el interés de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), Sede Académica de Costa Rica, de prorrogar la vigencia del Convenio Marco de Cooperación entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, firmado el 7 de diciembre de 2010. Esto según lo establecido en la Cláusula 8 de este convenio. Las fructíferas relaciones llevadas a cabo en el marco de este acuerdo entre nuestras instituciones, de indudable provecho para el país y para su sistema democrático, me llevan a efectuar esta solicitud de darle continuidad a la ejecución de las diversas acciones conjuntas por un nuevo periodo, tal y como se determina en el convenio.".

Se dispone: Para su estudio e informe, en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Aprobación de la carta de entendimiento n.° 2 con ACNUR. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-295-2015 del 3 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe relativo a la prórroga de la carta de entendimiento con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y con fundamento en una serie de consideraciones, sugiere la suscripción de una nueva carta de entendimiento con el referido organismo internacional, para lo cual adjunta el proyecto de Carta de Entendimiento n.° 2.

Se dispone: Aprobar conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.

C) Aprobación de la Carta de entendimiento n.° 2 con el SINART. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-384-2015 del 4 de junio de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con antecedente en el Convenio Marco de Cooperación del 4 de agosto de 2010, entre el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y el Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART), sometemos a consideración de la señora y señores magistrados la posibilidad de suscribir una Carta de Entendimiento N.° 2, con el propósito de desarrollar actividades del Proyecto “Votante informado” para las Elecciones Municipales de 2016.

Mediante esta Carta de Entendimiento N.°2 el TSE y el SINART realizarían la producción de 81 microprogramas televisivos. El SINART se compromete a gestionar la logística necesaria para el desarrollo de estos productos; por su parte, el TSE aportará quince millones de colones, en dos tractos de siete millones quinientos mil colones cada uno, para el financiamiento del diseño, producción y difusión de esos microprogramas, así como asesoría, supervisión y seguimiento por medio de los funcionarios del IFED. El SINART recibirá este aporte económico; lo administrará y deberá cumplir con los compromisos asumidos a entera satisfacción del TSE. Para tal efecto existe la provisión correspondiente en el presupuesto institucional del año en curso, el cual está visible en la subpartida 60103 del subprograma 85002, así como en el anteproyecto de presupuesto 2016, aspectos ambos consultados de previo al señor Carlos Murillo Montoya, Secretario General de la Dirección Ejecutiva.

Por consiguiente, someto a consideración de las señoras y los señores Magistrados la sugerencia de aprobar la suscripción de la Carta de Entendimiento N.° 2 al Convenio entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural, en cuyo caso correspondería asignar al Departamento Legal la redacción y formalización de la respectiva carta, para lo cual adjunto un documento base.".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

D) Informe semestral de avance de uso eficiente de la energía eléctrica. De la señora Irene Cañas Díaz, Viceministra de Energía, se conoce oficio n.° DVMGAE-225-2015 del 28 de mayo de 2015, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 4 de junio de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con el propósito de reiterar y continuar incentivando el tema de uso eficiente de la energía eléctrica en las instituciones del sector público, el MINAE les recuerda que el pasado 26 de agosto del 2014, se emitió la Directriz 011, publicada en la Gaceta No. 163. Dicha directriz, establece la prohibición de adquirir equipos, luminarias y artefactos de baja eficiencia que provoquen alto consumo de electricidad; la cual aplica a todas las nuevas compras institucionales, incluyendo mantenimiento o sustitución por deterioro de equipos dañados, remodelaciones, nuevas obras y programas de reemplazo masivo.

Cabe destacar que la Directriz 011, se encuentra bajo el marco de los Programas de Gestión Ambiental Institucional (PGAI), Decreto Ejecutivo No. 36499-S-MINAET, publicado en La Gaceta No. 88 del 09 [sic] de mayo del 2011. En el mismo se indica la obligación de los jerarcas del Sector Público de crear planes de gestión, que incorporen los componentes estratégicos de eficiencia energética, de manejo de residuos y de cambio climático, siendo las compras institucionales un componente transversal de los mismos, y que por ende, la directriz es enfática en la adquisición de equipos eficientes.

Según lo establece tanto la normativa de los PGAI como la de la Directriz 011, las instituciones deben presentar informes de avance semestrales utilizando los instrumentos y formatos disponibles en el sitio web http://www.digeca.go.cr/ambientalizacion/herramientasPGA.html. En el caso de la Directriz 011, se debe utilizar el formato del Reporte de Cumplimiento de la Directriz 011 disponible en el sitio web de DIGECA, el cual se debe adjuntar como anexo del informe del PGAI. Estos informes deben ser presentados durante las primeras 2 semanas de cada semestre, con el propósito de elaborar un informe unificado para ser presentado ante la Presidencia de la Republica y MIDEPLAN. Para el caso del I semestre del 2015, la presentación del informe de avance será el día 10 de julio.

Cualquier consulta, agradecemos se comunique a la Dirección Sectorial de Energía, con la Ing. Say Lheng Solera (…).".

Se dispone: Agradecer a la señora Viceministra Cañas Díaz la información que hace del conocimiento de este Tribunal. Para su atención, pase a la Comisión Institucional de Gestión Ambiental. ACUERDO FIRME.

E) Convocatoria del MINAE a reunión para el uso eficiente de la energía eléctrica. De la señora Irene Cañas Díaz, Viceministra de Energía, se conoce oficio n.° DVMGAE-229-2015 del 3 de junio de 2015, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como es de conocimiento público, la Administración Rivera Solís emitió el pasado 17 de noviembre del 2014, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) para el periodo 2015-2018, nombrado "Alberto Cañas Escalante". En el documento se describen las estrategias que marcan la trayectoria que debe seguir el país para promover el desarrollo en los diferentes sectores conformados para organizar a las instituciones públicas, siendo el “Sector Ambiente, Energía, Mares y Ordenamiento Territorial” de gran interés para el MINAE, pues se establecen objetivos sectoriales y programas o proyectos, que son responsabilidad de este Ministerio ejecutar y cumplir.

Por lo anterior, el propósito de este oficio es comunicarle que en el PND 2015-2018, se establece el “Programas de Fortalecimiento de los Planes de Gestión Ambiental Institucional (PGAI) en mejora de la eficiencia en el consumo de energía eléctrica en las instituciones de mayor consumo de electricidad del sector público”, cuyo marco normativo es el Decreto Ejecutivo no. 36499-S-MINAET, emitido en el año 2011 y que es de acatamiento obligatorio para todo el Sector Público. Este programa tiene como objetivo “Mejorar la eficiencia del uso de la energía en el sector público en el marco de los PGAI” y como resultado se espera lograr que las  20 instituciones públicas de mayor consumo de electricidad incorporen dentro de las medidas de los PGAI regulaciones de eficiencia energética para la comprar de equipos de consumo eléctrico, según lo indica la Directriz 011, emitida el año pasado.

Como resultado del análisis de los consumos de energía eléctrica del Sector Público, le informamos que se representada es una de estas 20 instituciones, a las cuales el MINAE deberá dar seguimiento en el cumplimiento de las disposiciones vigentes. A fin de coordinar este proceso y brindarle mayor información, se les convoca a reunión el próximo 16 de junio del presenta año, en la Sala de Sesiones de la Dirección Sectorial de Energía del quinto piso del MINAE, a las 8:30 a.m., para ellos es necesaria la asistencia del coordinador de la Comisión Institucional del PGAI y el encargado de Proveeduría de su institución.

Para confirmar la asistencia y solventar dudas, agradecemos se comunique a la Dirección Sectorial de Energía, con la Ing. Say-Lheng Solera Ching (….)".

Se dispone: Agradecer a la señora Viceministra Cañas Díaz la información que hace del conocimiento de este Tribunal. Para asistir a la referida reunión se designa a los señores Francisco Rodríguez Siles y Allan Herrera Herrera, Coordinador de la Comisión Institucional de Gestión Ambiental y Proveedor, respectivamente. ACUERDO FIRME.

F) Audiencia respecto del proyecto de ley "Adición del artículo 14 bis al Código Municipal, Ley n.° 7794", expediente n.° 19.297. De la señora Ericka Ugalde Camacho, Jefa de área de la Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y de Desarrollo Local Participativo de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CPEM-001-2015 del 4 de junio de 2015, recibido el mismo día vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"La Comisión Permanente Especial de Asuntos Municipales y de Desarrollo Local Participativo en la sesión N.º 3, aprobó la siguiente moción:

“Para que se llame en audiencia a los señores Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones y se refieran al Expediente 19297 “Adición del artículo 14 bis al Código Municipal, Ley N.° 7794”.

Por lo anterior, se les invita a la sesión del miércoles 17 de junio, a las diez horas (10:00 horas), la cual se llevará a cabo en la sala de sesiones de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, sita en el tercer piso del edificio central, para conocer su criterio sobre el proyecto en mención, el cual se adjunta.

(…)".

Se dispone: Confirmar a esa comisión legislativa la participación de esta Magistratura a la referida audiencia. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron