ACTA N.º 40-2015
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del doce de mayo de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE LOS SEÑORES MAGISTRADOS.
A) Informe de participación en la Misión de Observadores Internacionales en las elecciones en República de El Salvador. De los señores Juan Antonio Casafont Odor y Fernando del Castillo Riggioni, Magistrados suplentes de este Tribunal, se conoce memorial del 7 de mayo de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinden informe relativo a su participación en la misión de Observadores Internacionales en las “Elecciones de diputados y diputadas al Parlamento Centroamericano, a la Asamblea Legislativa y de miembros y miembras a los Concejos Municipales”, celebrado en los meses de febrero y marzo pasados en la República de El Salvador.
Se dispone: Tener por rendido el informe. Proceda la Secretaría General a cursar los agradecimientos que se sugieren. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-074-2015 del 7 de mayo de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 07-2015 celebrada el pasado 5 de mayo, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron tres funcionarios de la institución para ser incorporados al Régimen de Dedicación Exclusiva. Ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.
En cuanto a dichas solicitudes, las cuales corresponden a los funcionarios que se indican en el cuadro que se muestra más adelante, luego de los estudios pertinentes considera esta comisión que en efecto son procedentes, pues se trata de colaboradores que han sido nombrados interinamente en puestos para los cuales se requieren los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Tribunal los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.
EXPEDIENTE |
NOMBRE Y CARGO |
SOLICITA |
COMPLEMENTO |
416 |
Milena Gómez Oviedo - Profesional Ejecutor 3 - |
Incorporación |
65% |
417 |
Rigoberto Arias Fajardo - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
418 |
Carolina Cedeño Valverde - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de cada funcionario y del Director Ejecutivo.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
B) Prórrogas y nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1446-2015 del 11 de mayo de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones varias prórrogas de nombramientos interinos que se encuentran próximos a vencer, así como los oficios remitidos a este despacho por diferentes jefaturas de la institución mediante los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos para ocupar plazas de servicios especiales que fueron incluidas en el presupuesto de este año y otras que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes. El detalle es el siguiente:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (a) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
PRÓRROGAS DE NOMBRAMIENTOS |
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76584, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Karla Fernández Murillo, 16-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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349931, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Lucía López Chichilla, 16-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45422, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Mariela Valverde Solano, 16-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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361388, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Wilfredo Molina Solís, 16-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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357810, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del nombramiento interino de su propietario en otro puesto. |
María Pía Castro Aguilar, 16-MAY al 31-AGO de 2015 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
NUEVOS NOMBRAMIENTOS |
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368565, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Emmanuel Arias Brenes, 18-MAY al 31-DIC de 2015. El candidato que se propone no ha laborado para la institución, pero sí cumple con los requisitos establecidos para el puesto. |
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353656, Conserje Electoral |
Plaza de Servicios Especiales temporalmente vacante en virtud de la incapacidad por maternidad de la titular del cargo. |
Freddy Rodríguez Rojas, 18-MAY de 2015 y por todo el plazo que se prolongue la incapacidad por maternidad de la titular del cargo. El candidato que se propone no ha laborado para la institución, pero sí cumple con los requisitos establecidos para el puesto. |
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353692, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Shirley Rojas Hidalgo, 16-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata propuesta labora actualmente en un puesto idéntico en el Departamento de Proveeduría con un nombramiento próximo a vencer. |
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370915, Técnico Funcional 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Ana Mercedes Sáenz Zúñiga, 16-MAY al 31-DIC de 2015. La candidata que se propone labora en propiedad en un puesto de Asistente Funcional 3 en el Departamento Legal. |
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86306, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos que quedaría vacante en virtud el movimiento anterior. |
Ana Yancy Vásquez Villalobos, 16-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Análisis. |
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368695, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Marcia Vargas Altamirano, 16-MAY al 15-SET de 2015. La candidata propuesta labora para la institución en un puesto de Asistente Administrativo 2 en la Oficina de Seguridad Integral, por lo que existen 4 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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361350, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Daniel Quirós Oviedo, 18-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente en puestos de similar categoría. |
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45857, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Roger Fuentes Arce, 16-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente para la institución en un puesto de Asistente Administrativo 2 en esa misma sección, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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45864, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos que quedaría vacante en virtud el movimiento anterior. |
Marcela Carmona Loría, 16-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente para la institución en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma sección. |
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45723, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos que quedaría vacante en virtud el movimiento anterior. |
Pamela Murillo Chaves, 18-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente en puestos de similar categoría. |
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353704, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Lincy Acuña Arce, 16-MAY al 31-DIC de 2015. La candidata propuesta labora actualmente en un puesto idéntico en la Sección de Solicitudes Cedulares, pero con un nombramiento próximo a vencer. |
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46171, Profesional Ejecutor 1 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Jorge Varela Rojas, 16-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora actualmente en un puesto de Profesional Asistente 1 en la Dirección General del Registro Electoral, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Profesional Ejecutor 1. |
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47860, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Natalia Cascante Rojas, 18-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese su titular a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata no labora actualmente para la institución, pero sí cumple con los requisitos establecidos para el puesto. |
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45631, Técnico Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Dunia Oviedo Prendas, 16-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 2 en esa misma sección, por lo que existen 3 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 1. |
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45596, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos vacante. |
Andrea Duarte Galarza, 16-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma sección. |
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101877, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos que quedaría vacante en virtud el movimiento anterior. |
Laura Chacón Aguilar, 18-MAY de 2015 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente en puestos de similar categoría. |
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45762, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Víctor Julio Rivera Pérez, 16-MAY al 31-DIC de 2015 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato propuesto labora actualmente en un puesto idéntico en la Sección de Solicitudes Cedulares con un nombramiento próximo a vencer. |
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361371, Conserje Electoral |
Plaza de Servicios Especiales. |
Patricia Chavarría Jiménez, 18-MAY al 31-DIC de 2015. La candidata que se propone no ha laborado para la institución, pero sí cumple con los requisitos establecidos para el puesto. |
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370860, Profesional Asistente 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Mario Andrés Rodríguez Araya, 16-MAY al 31-DIC de 2015. El candidato que se propone labora en un puesto de Técnico Funcional 2 en ese mismo departamento en un puesto de Técnico Funcional 2. |
Los candidatos que se proponen para nuevos nombramientos forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, estos nuevos nombramientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. En cuanto a los nombramientos en plazas de Servicios Especiales, así como en las que temporalmente quedan vacantes como producto de las mismas, se sugiere que se efectúen por el plazo de la vigencia presupuestaria que cada una de ellas tiene.
Puede apreciarse que las presentes solicitudes de nuevos nombramientos interinos cuentan con el visto bueno de la respectiva Dirección General.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Vacaciones de la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría. La señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría solicita verbalmente se le conceda el disfrute de vacaciones el día 18 de mayo de 2015.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
D) Modificación de fechas de viaje. Se dispone: Dado que, según el itinerario del viaje que la señora Magistrada Zetty María Bou Valverde realizará para participar en la VII Conferencia Iberoamericana sobre Justicia Electoral, se requiere variar la fecha de partida establecida en el acuerdo del artículo quinto de la sesión ordinaria n.º 027–2015, celebrada el 24 de marzo de 2015, por lo que se modifica el detalle de dicho viaje para que se lea de la siguiente manera:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Zetty María Bou Valverde |
Magistrada del TSE |
República del Perú |
Del 27 de junio al 5 de julio de 2015. |
VII Conferencia Iberoamericana sobre Justicia Electoral |
Ninguno |
Tiquete aéreo, necesario para atender la actividad. |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Propuesta para modificar el artículo 10, inciso a) del Reglamento de Administración de Bienes del TSE. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1091-2015 del 4 de mayo de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 6 de mayo de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria n.° 68-2014 del 19 de junio de 2014 comunicada en oficio STSE-1199-2014 de misma fecha, el Superior dispuso acoger las recomendaciones de la Auditoría Interna contenidas en el informe ICI-04-2014 denominado “Informe relativo a los procedimientos y controles aplicados al inventario de bienes informáticos (hardware y software), propiedad del Tribunal” así como el cronograma de implementación propuesto.
Sobre el particular, a esta dirección le corresponde dar cumplimiento a la recomendación 4.4, que textualmente indica:
4.4 Revisar la periodicidad con que se realiza la toma física del mobiliario y equipo, en orden de que ésta sea más oportuna, para lo que se requerirá la modificación del artículo 10, inciso a) del Reglamento de Administración de Bienes del TSE. (El subrayado no es del original).
Como parte de las acciones establecidas por esta dirección para atender lo anteriormente citado, dada la correspondencia que guarda esa recomendación con la gestión ordinaria del Departamento de Proveeduría, específicamente en lo tocante al procedimiento del inventario institucional, mediante oficio DE-1765-2014, este despacho instruyó a ese departamento y al Área Ejecutiva de esta dependencia para que, según sus competencias, presentaran un informe conjunto con el análisis administrativo y plan de trabajo para procurar el cumplimiento de lo señalado por esa Auditoría, respecto a lo que señala el artículo 10, inciso a) del Reglamento de Administración de Bienes del TSE que indica:
Artículo 10.- Registro y control de bienes muebles. La Proveeduría del Tribunal es la unidad administrativa encargada de registrar, asignar y fiscalizar los bienes muebles que administra cada unidad administrativa. Para ello tendrá a cargo la identificación, localización, registro y movimiento de los bienes muebles propiedad del Tribunal, y fomentará su utilización racional. Para el logro de estos objetivos, la Proveeduría deberá:
a) Llevar un inventario general para el cumplimiento de sus funciones, orientado a la actualización y control de los bienes muebles del Tribunal, con el fin de verificar su existencia y condición así como la confiabilidad y exactitud de los registros de control, para lo cual realizará un inventario general el año siguiente al de la celebración de las elecciones Presidenciales, sin perjuicio de la realización de inventarios selectivos y parciales.
Al respecto, en oficio PROV-0135-2015, suscrito por los señores Ronny Jiménez Padilla, en su momento Proveedor a.i. y Oswaldo Muñoz Pinkay, Ejecutivo Supervisor del Área Ejecutiva, informan que producto del análisis efectuado a la referida recomendación emitida por el ente de control interno, se determinó que con el fin de lograr un mayor control de los activos institucionales, resultaría viable y conveniente modificar la periodicidad con que se efectúa el inventario general. Actualmente la toma física del mobiliario y equipo del TSE se efectúa al año siguiente de celebradas las elecciones presidenciales (cada 4 años).
En tal sentido, dada la dinámica de los procesos electorales, los que a partir de 2014 se llevarán a cabo cada 2 años, se hace necesario, según desprende del análisis realizado y de lo apuntado por la Auditoría Interna, variar la periodicidad establecida en ese artículo, de tal manera que los inventarios generales se realicen cada 2 años, al año siguiente de las elecciones presidenciales y de los comicios municipales.
Por lo anteriormente expuesto, a efecto de que el inventario se efectúe con la regularidad de cada 2 años se somete a consideración del Superior la modificación del inciso a) del referido artículo 10, con la siguiente redacción:
a) Llevar un inventario general bianual [sic] para el cumplimiento de sus funciones, orientado a la actualización y control de los bienes muebles del Tribunal, con el fin de verificar su existencia y condición así como la confiabilidad y exactitud de los registros de control, para lo cual realizará un inventario general el año siguiente al de la celebración de las elecciones Presidenciales y de las Municipales, sin perjuicio de la realización de inventarios selectivos y parciales.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna. Promúlguese el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:
"N° XXX-2015
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 99 y 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 inciso ñ) del Código Electoral.
Decreta la siguiente:
REFORMA AL ARTÍCULO 10 INCISO a) DEL REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES MUEBLES DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
ARTÍCULO 1.- Refórmase el inciso a) del artículo 10 del "Reglamento de Administración de Bienes Muebles del Tribunal Supremo de Elecciones", decreto n.º 16-2009 del 13 de octubre de 2009, publicado en La Gaceta n.º 208 del 27 de octubre de 2009 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
"Artículo 10.- Registro y control de bienes muebles. La Proveeduría del Tribunal es la unidad administrativa encargada de registrar, asignar y fiscalizar los bienes muebles que administra cada unidad administrativa. Para ello tendrá a cargo la identificación, localización, registro y movimiento de los bienes muebles propiedad del Tribunal, y fomentará su utilización racional. Para el logro de estos objetivos, la Proveeduría deberá:
a) Llevar un inventario general bienal para el cumplimiento de sus funciones, orientado a la actualización y control de los bienes muebles del Tribunal, con el fin de verificar su existencia y condición así como la confiabilidad y exactitud de los registros de control, para lo cual realizará un inventario general el año siguiente al de la celebración de las elecciones Presidenciales y de las Municipales, sin perjuicio de la realización de inventarios selectivos y parciales. (…)".
ARTÍCULO 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Informe del Manual Descriptivo de Puestos institucional. De las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano y Ana Damaris Coto Barrantes, Secretaria General y Secretaria General Adjunta, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-16-2015 del 7 de mayo de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En relación con el oficio STSE-678-2015 del 28 de abril de 2015, ésta Organización indica:
1. Se reitera lo señalado mediante oficio UNEC-34-2014 del 16 de julio de 2014, consideramos que el tiempo brindado a esta Organización es sumamente reducido en comparación con otras dependencias a las que igualmente se les solicita externar criterio respecto a determinado asunto.
2. El criterio se solicita cuando, [sic] el asunto que atañe se encuentra en su etapa final y aprobado en primera instancia.
3. En el oficio de cita se hace referencia a una serie de documentos de los cuales no se nos remiten copias, y que sirvieron de base a las otras oficinas involucradas, para que se aprobaran estos cambios, lo que imposibilita el análisis del documento y si bien es cierto podríamos solicitarlos a las respectivas oficinas, la burocracia administrativa no nos permite contar con este insumo en el momento oportuno.
4. Como hemos externado en otras ocasiones, consideramos que algunos puestos son modificados, reclasificados o asignados según el perfil de la persona, es decir, se ajusta a la medida de los atestados académicos del o los funcionarios y funcionarias que se encuentran en dichos puestos.
En razón de lo anterior, resulta imposible brindar un criterio objetivo y con los fundamentos adecuados que permitan ajustar el Manual Descriptivo de Puestos institucional a las exigencias de los puestos, por lo tanto esta Organización se reserva el derecho de emitir juicio cuando así lo considere oportuno.
Asimismo, solicitamos que en lo sucesivo, cuando se nos consulte algún tema o asunto específico, en el cual existan informes, oficios u otros documentos propios del tema a atenderse se nos adjunte al oficio que la Secretaría de ese Tribunal nos envíe sin que medie solicitud de nuestra parte de los mismos.".
Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce nuevamente oficio n.° DE-0971-2015 del 17 de abril de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 20 de abril de 2015, mediante el cual propone una serie de modificaciones al Manual Descriptivo de Puestos de estos organismos electorales.
Se dispone: Tener por contestada la audiencia otorgada a los estimables representantes sindicales y por aprobadas las modificaciones al referido manual, según los términos propuestos por el señor Rodríguez Siles. Tome nota la Secretaría General de este Tribunal de la solicitud expuesta por la UNEC en el último párrafo del oficio supra transcrito. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Resolución del Tribunal Ambiental Administrativo sobre situaciones acaecidas en el cantón de Puntarenas que involucran a la municipalidad de esa localidad. Del Tribunal Ambiental Administrativo, se conoce copia de la resolución n.° 492-15-TAA de las catorce horas con quince minutos del veinticuatro de abril de dos mil quince, recibida –vía fax– en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de mayo de 2015, en la cual se ordena a este Tribunal "de conformidad con el deber de velar por el cumplimiento de las labores de sus subalternos", girar instrucciones al Alcalde Municipal de Puntarenas.
Se dispone: Reiterar a los estimables miembros del Tribunal Ambiental Administrativo que este organismo electoral no ejerce potestad disciplinaria sobre los funcionarios municipales, aún los de elección popular, quedando reducido su accionar, en ese aspecto, a la cancelación de credenciales, según las causales establecidas por el ordenamiento jurídico.
En reiterada jurisprudencia se ha precisado que la competencia de esta Autoridad Electoral en materia municipal se encuentra acotada a los aspectos relacionados con la organización, dirección y vigilancia de los procesos electorales municipales, así como a la cancelación de credenciales de esos funcionarios de elección popular por las causales taxativamente previstas por la ley.
Esa competencia se desarrolla con base en las normas jurídicas que, directa o indirectamente, se relacionen con el proceso electoral, abarcando la constitución, organización, dirección y funcionamiento en general de los partidos políticos, la elección de sus candidatos y el reconocimiento efectivo de su investidura como representantes populares.
Por ello, este Tribunal –en tanto no es superior jerárquico de los gobiernos locales– está impedido de conocer o pronunciarse sobre aquellos procedimientos en los que la sanción por aplicar sea distinta a la ya referida cancelación o de girar órdenes a las autoridades locales en materias distintas a la electoral (ver, entre otras, resoluciones números 3509-M-2007, 3544-M-2008, 1083-M-2009, 1114-M-2009, 1422-E8-2014 y 1006-M-2015).
En virtud de lo anterior, la intervención que solicita el Tribunal Ambiental Administrativo mediante la resolución antes mencionada resulta improcedente y debe rechazarse, como en efecto se ordena, en tanto pretende que este Órgano Constitucional gire instrucciones al Alcalde Municipal de Puntarenas, lo cual rebasa las competencias constitucionales y legales conferidas a la Jurisdicción Electoral. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |