ACTA N.º 28-2015
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del veintiséis de marzo de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría –quien preside–, Fernando del Castillo Riggioni y Zetty María Bou Valverde.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTA ANTERIOR.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Informe de la gestión de solicitudes cedulares aprobadas en febrero de 2015. Del señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-0587-2015 del 20 de marzo de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 23 de marzo de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Le remito, a la cuenta de correo electrónico recepciontse@tse.go.cr archivo que contiene el resumen del Padrón Nacional Electoral; con totales por distritos, cantones, provincias y el general de toda la República por sexo, resultado de la gestión de solicitudes cedulares aprobadas en febrero de 2015.
Asimismo, detallo a continuación algunos aspectos importantes que describen el comportamiento numérico del Padrón Nacional Electoral, según la procedencia de las inclusiones y exclusiones que se ejecutan.
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL |
|
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL ENERO 2015 |
3.143.725 |
Más |
|
Inclusión de primera vez |
5.760 |
Inclusión reincorpora electores con cédula anterior caduca |
4.173 |
Otras inclusiones (incorporación de naturalizados, etc.) |
372 |
Menos |
|
Exclusión de electores por defunción |
1.428 |
Exclusión de electores por caducidad de inscripción |
1.560 |
Otras exclusiones |
21 |
ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS |
3.132.545 |
ELECTORES EN EL EXTRANJERO |
18.476 |
TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL FEBRERO 2015 |
3.151.021 |
Variación neta respecto al periodo anterior. |
7.296". |
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe referente a la consulta del señor Luis Humberto Calderón sobre el Fondo de Socorro Mutuo. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-174-2015 del 24 de marzo de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según lo ordenado en el acuerdo adoptado en el artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 23-2015, celebrada el 10 de marzo de 2015– rinde informe relativo a consulta planteada por el señor Luis Humberto Calderón Pacheco en relación con el Fondo de Socorro Mutuo, y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye:
"III. Conclusión.
Con base en lo dispuesto por la Sala Constitucional en casos similares -cuya jurisprudencia resulta vinculante erga omnes- y lo dispuesto en los numerales 5 y 6 de la Ley n°. 4805 del Fondo de Socorro Mutuo del Tribunal, este departamento concluye que resulta obligatorio, para todo empleado institucional que por sus servicios reciba el salario de ley, pertenecer al Fondo de Socorro Mutuo por su sola condición de funcionario remunerado. De esta manera se da respuesta a los puntos 1 y 3 de la consulta formulada por el funcionario Calderón Pacheco, referente el primero a que se aclare la situación jurídica de él como empleado del Tribunal y si existe obligación de pertenecer al referido Fondo, así como, el punto tres, respecto del fundamento jurídico que sustenta la obligatoriedad de pertenecer a dicho Fondo.
En cuanto al segundo punto de la consulta del señor Calderón, en el que solicita se le de la posibilidad de no estar afiliado al Fondo, y que sobre esta situación se diera parte a todos los funcionarios institucionales, consideramos que no corresponde realizar tal comunicación, dado que la adscripción al Fondo resulta obligatoria, según se dijo.
En todo caso, si el Superior considera necesario consultar al respecto a la Procuraduría General de la República, el presente informe podría servir de criterio jurídico, el cual, en ese caso, debería adjuntarse con ocasión de la consulta.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. En virtud de la razones expuestas por el Departamento Legal, se omite la consulta ante la Procuraduría General de la República. Hágase del conocimiento del señor Luis Humberto Calderón Pacheco, en atención a su memorial del 4 de marzo de 2015. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación para formar parte de la Misión Técnica de UNIORE para presenciar proceso de elección en la República del Ecuador. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.° IFED-218-2014 [sic] del 23 de marzo de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tengan disponer la señora y señores Magistrados, me permito adjuntar copia del No. CNE-pre-2015-0120-Of [sic] suscrito por el Dr. Juan Pablo Pozo Bahamonde, Presidente del Consejo Nacional Electoral de la República de Ecuador [sic], por medio de la cual se me invita a participar como miembro de la Misión Técnica de UNIORE para presenciar la elección de 7 consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social pertenecientes al quinto poder del Estado Ecuatoriano.
Salvo superior criterio, atendiendo a la tradicional disposición del TSE para brindar cooperación horizontal a otros organismos electorales, y habida cuenta que el apoyo requerido no nos implicaría ninguna erogación, someto a consideración del Tribunal la posibilidad de autorizar al suscrito para trasladarme a Quito los días del 21 al 24 de abril del año en curso. En tal caso, ruego que durante esos días se encarguen mis funciones en el señor Secretario General del IFED.".
Se dispone: Autorizar la participación del señor Picado León en el referido evento y aprobar el encargo de sus funciones en el señor Rodrigo Abdel Brenes Prendas, Secretario General del IFED, conforme se solicita.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Hugo Picado León |
Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia |
República del Ecuador |
Del 21 al 24 de abril de 2015 |
Misión técnica de UNIORE para la elección de 7 consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. |
Ninguno. |
Ninguno. |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Ascenso en propiedad de la funcionaria Karla Duarte Azofeifa en la Dirección General del Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, en su condición de Directora General del Registro Civil, se conoce en consulta la resolución n.° DGRA-0050-2015 de las diez horas del veintiséis de marzo de dos mil quince, recibida el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual se resuelve ascender en propiedad –a partir del 1.° de abril de 2015– a la señora Karla Duarte Azofeifa, Profesional Asistente 1 en la Dirección General del Registro Civil, al cargo de Profesional Asistente 2 en esa misma unidad administrativa, plaza n.° 101882.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Eugenia María Zamora Chavarría |
|
Fernando del Castillo Riggioni |
Zetty María Bou Valverde |