ACTA N.º 17-2015


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del diecinueve de febrero de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Ovelio Rodríguez Chaverri.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DE ACTA ANTERIOR.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Informe final de gestión de la señora Viviana Alfaro Vargas como Jefa a. i. de la Oficina de Proyectos Tecnológicos. De la señora Viviana Alfaro Vargas, funcionaria de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, se conoce oficio n.° PTE-022-2015 del 13 de febrero de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 16 de febrero de 2015, mediante el cual literalmente manifiesta:

"De conformidad con lo solicitado en oficio RH-023-2015 y en relación con la normativa vigente remito al Superior “Informe Final de Gestión” de la suscrita; en razón del cargo que desempeñe como Jefa a.i. de la Oficina de Proyectos Tecnológicos, desde del 06 de febrero de 2013 al 02 de febrero de 2015.".

Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna y publíquese en el sitio web institucional. ACUERDO FIRME.

B) Ascenso en propiedad de la funcionaria Ana Lilliam Montero Bermúdez en la Coordinación de Servicios Regionales. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0197-2015 del 16 de febrero de 2015, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior y para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-0482-2015 del 12 de febrero del año en curso, suscrito por la licenciada Jocelyn Brown Pérez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la funcionaria Ana Lilliam Montero Bermúdez, Asistente 1 de Oficina Regional a la plaza de Asistente Funcional 2 que se encuentra vacante en la Sección Coordinación de Servicios Regionales.

La servidora Montero Bermúdez, fue recomendada por el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales mediante oficio CSR-101-2015 del 04 de febrero del 2015, quien en lo que interesa manifestó que: “Actualmente la señora Montero Bermúdez ocupa un cargo de Asistente Administrativo 1 en esta Unidad Administrativa y laboró en la Oficina Regional de Buenos Aires desde el 1 (sic) de abril de 2010, por lo que cuenta con la experiencia y los conocimientos necesarios para desempeñar la labor. Asimismo, cumple con los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para la plaza que interesa y ha manifestado interés en ser nombrada y tiene disponibilidad inmediata...”.

Conforme a la recomendación de este último, la cual la suscrita avala en todos sus extremos y cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y lo dispuesto por el Tribunal Supremo de Elecciones en la Sesión Ordinaria No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del nombramiento en propiedad que se propone.

De contar con la anuencia del Tribunal, la servidora Montero Bermúdez, podría ser ascendida en propiedad al cargo de  Asistente Funcional 2 en la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, puesto número 45902, a partir del próximo 1°de marzo del año en curso.".

Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.

C) Encargo de funciones del señor Contador. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0531-2015 del 18 de febrero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio CONT-093-2015 recibido en este despacho ayer que suscribe el Lic. Carlos Umaña Morales, Contador, mediante el cual, en virtud de que disfrutará 5 días de vacaciones a partir del próximo 23 de febrero, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen al Lic. Minor Castillo Bolaños, quien ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.".

Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se propone. ACUERDO FIRME.

D) Solicitud de licencia sin goce de salario de la funcionaria Charlotte Jiménez Solano. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0534-2015 del 18 de febrero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida el pasado 16 de febrero que suscribe la funcionaria Charlotte Jiménez Solano, con la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario a partir del próximo 19 de febrero y hasta el 31 de febrero de 2018 (sic),  pues  según indica en su escrito  requiere de ese tiempo para atender un nombramiento como docente en el Ministerio de Educación Pública (MEP).

La señora Jiménez Solano labora para este organismo electoral desde el 5 de noviembre de 2003 y ocupa en propiedad un cargo de la clase Asistente Administrativo 1 en el Departamento de Registro de Partidos Políticos, aunque desde abril del año pasado se encuentra con ascenso interino en una plaza de la clase Asistente Funcional 2 en esa misma oficina.  Durante su trayectoria laboral registra una única licencia sin goce de salario, la cual se autorizó del 16 de febrero al 31 de mayo de 2008.  Para justificar su actual petición, adjunta un documento que se refiere, según manifiesta, al resultado de la consulta de nombramiento efectuada a la página web del MEP, en el cual se indica que su designación en dicha institución  es del 16 de febrero de 2015 al 31 de enero de 2018.

Según puede apreciarse, su solicitud cuenta con la anuencia de la jefatura inmediata y de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos.  Si bien la gestión es viable y podría aprobarse con fundamento en lo que dispone el artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, se sugiere aprobarla en principio por un período de seis meses, lapso que luego podrá ella solicitar que se prorrogue una vez que aporte documento oficial del Ministerio de Educación Pública que acredite su nombramiento como docente.

En lo que concierne a vacaciones, la funcionaria solamente tiene a su favor lo correspondiente de manera proporcional al período 2014-2015 que adquiere hasta el 16 de abril de este año.  Sin embargo, en virtud de que continuará laborando para la Administración Pública, bien podrá disfrutarlas durante su estadía en el MEP.".

Se dispone: Conceder la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

E) Solicitud de cambio de fecha de rige de nombramiento interino de la señora Hazel Marín Campos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0535-2015 del 18 de febrero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En sesión 15-2015 celebrada el pasado 12 de febrero, oficio número STSE-0256-2015 de igual fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó  entre otros y con rige a partir del 16 de febrero de este año el nombramiento interino de la señora Hazel Marín Campos en la plaza 370828 de servicios especiales, la cual corresponde a un cargo de la clase Profesional Ejecutor 3 de la Auditoría Interna.

No obstante, mediante oficio DFPP-088-2015 del 13 de febrero que se adjunta, el señor Ronald Chacón Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, solicita  con la anuencia del señor Auditor Interno que se modifique la fecha de rige de ese nombramiento, de manera que sea efectivo a partir del 1° de marzo en virtud de los motivos que se sirve exponer. Este despacho no encuentra objeciones para proceder en la forma pretendida, por lo que se somete a consideración del Tribunal.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

F) Traslado definitivo de plaza a la Secretaría General del TSE. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0537-2015 del 18 de febrero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número STSE-0282-2015 recibido hoy en este despacho que suscriben los señores Secretario General del Tribunal y Director General de Estrategia Tecnológica, mediante el cual solicitan el traslado en forma definitiva de la plaza número 45685 a la Secretaría General del Tribunal.

Dicha plaza es ocupada en propiedad por el señor Ricardo Chavarría Barquero y corresponde a un puesto de cargos fijos de la clase Ejecutivo Funcional 1. Inicialmente era de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, pero el año pasado el Tribunal dispuso trasladarla con su ocupante a la Dirección General de Estrategia Tecnológica donde actualmente permanece. Para justificar su petición, los solicitantes exponen en el oficio lo siguiente:  “La necesidad de esta Secretaría General de contar con recurso humano especializado y sobretodo (sic) con experiencia, motiva el traslado pretendido, ante lo cual hemos concluido que es conveniente, para mayor provecho institucional, que preste sus servicios en labores que así lo ameriten.” Según puede apreciarse en el mismo oficio, tal solicitud cuenta con la anuencia del señor Chavarría Barquero y del Lic. Francisco Rodríguez Siles en su condición de Director Ejecutivo.

En caso de aprobarse esta gestión, que podría hacerse con rige a partir del día siguiente a la firmeza del acuerdo del Tribunal que así lo disponga, deberá tomar nota la Dirección Ejecutiva a efecto de contemplar el cambio en la relación de puestos que se incluirá en el anteproyecto de presupuesto para el año 2016. Asimismo, será necesario que la Secretaría General del Tribunal complete el cuestionario para la definición de puestos correspondiente a ese nuevo cargo que tendrán dentro de su equipo de trabajo, de manera que se puedan practicar en el Manual Descriptivo de Clases de Puestos los ajustes que resulten pertinentes con ocasión de este traslado de plaza.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

G) Encargo de funciones del señor Secretario General del Registro Civil. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0208-2015 del 19 de febrero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En razón que el Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Secretario General del Registro Civil, estará ausente el día de hoy y mañana, por motivo de incapacidad; respetuosamente solicito, se encarguen las funciones de esa Secretaría  en el Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe de la Sección de Actos Jurídicos.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

Propuesta de reforma del artículo 32 del Reglamento relativo a los trámites, requisitos y criterios de resolución en materia de naturalizaciones. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0191-2015 del 28 de enero de 2015, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 13 de febrero de 2015, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, plantea propuesta de reforma al artículo 32 del "Reglamento relativo a los trámites, requisitos y criterios de resolución en materia de naturalizaciones".

Se dispone: Aclarar que el artículo 32 del referido reglamento dispone la necesaria corrección que la Sección de Actos Jurídicos ha de realizar en los asientos de matrimonio cuando de la información aportada en un trámite de naturalización se advierta la existencia de un error y no la adecuación del nombre legal del contrayente, en el asiento de su matrimonio, con base en la legislación costarricense, una vez otorgada la nacionalidad. Por lo anterior, no se estima necesaria la reforma planteada; no obstante, según lo expuesto por el señor Bolaños Bolaños, se le instruye para que en el plazo de dos meses remita a consideración de este Tribunal, en conjunto con la Dirección General de Estrategia Tecnológica, una propuesta para vincular asientos registrales. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.





Luis Antonio Sobrado González





Max Alberto Esquivel Faerron





Ovelio Rodríguez Chaverri