ACTA N.º 1-2015


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del seis de enero de dos mil quince, con asistencia de los señores Magistrados Eugenia María Zamora Chavarría quien  preside, Max Alberto Esquivel Faerron y Juan Antonio Casafont Odor.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL.

A) Informe de asistencia a seminario sobre innovación y buenas prácticas en la gestión electoral. Del señor Esteban Durán Hernández, funcionario del Departamento de Programas Electorales, se conoce memorial del 22 de diciembre de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo dispuesto por el Superior en la Sesión Ordinaria n.º 110-2014, celebrada el 14 de octubre de 2014, y comunicado mediante oficio STSE-1922-2014, donde designó al suscrito a participar en el “Seminario sobre innovación y buenas prácticas en la gestión electoral”, el cual se desarrolló en la ciudad de Antigua, Guatemala, me permito adjuntar a este documento el informe de mi participación.

Además, deseo externar mi agradecimiento al Tribunal Supremo de Elecciones por esta valiosa experiencia.".

Se dispone: Tener por rendido el informe. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.

A) Autorización para firma de certificaciones del Registro Civil. Del señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1350-2014 del 18 de diciembre de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de diciembre de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Respetuosamente elevo a conocimiento del Tribunal, el oficio DC-5536-2014, del 18 de diciembre de 2014, mediante el cual solicito autorización para que el funcionario Luis Alfredo Chacón Ramírez de la Oficialía Mayor del Departamento Civil, sea autorizado por el Superior para firmar certificaciones.

Sobre el particular y con la finalidad de no desmejorar el servicio al público, el  suscrito muy respetuosamente solicita al Superior, se conceda la autorización requerida.".

Se dispone: De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 110 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se autoriza al referido funcionario, para que firme certificaciones y constancias del Departamento Civil, a partir de la respectiva publicación en el Diario Oficial. Para esos efectos regístrense la firma y el sello que utilizará. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.

A) Informe sobre la resolución de la Prodhad relativa a la inscripción de la base de datos del TSE. De los señores Ana Yanci Gutiérrez Francis y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Directora General a. i. de Estrategia Tecnológica y Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-590-2014 del 23 de diciembre de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En atención a lo dispuesto por el Superior en el artículo sétimo de la sesión ordinaria número 130-2014 celebrada el 16 de diciembre de 2014, comunicado en oficio STSE-2304-2014 de esa misma fecha, mediante el cual trasladó para su estudio e informe conjunto la resolución número 03 de las 8:45 horas del 8 de diciembre del año en curso, dictada por la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes en adelante Prodhab- en el trámite de inscripción de la base de datos de estos organismos, nos permitimos indicar:

       Sobre los aspectos señalados en la parte dispositiva de la citada resolución:

Mediante resolución número 03 de las 8:45 horas del 8 de diciembre del año en curso, dictada en el trámite del expediente 0029-10-2014-INS, la Prodhab dispuso la inscripción de la base de datos de estos organismos ante ese ente, teniéndose al suscrito en su entonces condición de Director General a.i. del Registro Civil, como responsable de dicha base ante la Agencia y ante terceros. Como contacto técnico ante la referida entidad, conforme lo indicado en su oportunidad en la solicitud de inscripción, ésta tiene por acreditado al señor Mario Pereira Granados, en su condición de Jefe de la Sección de Infraestructura Tecnológica.  Entre otras cosas, a partir de la información consignada en el formulario de inscripción, esa Agencia identifica y señala el instrumento por medio del cual se obtendrán los datos formularios-, recalcando la obligatoriedad de mantener actualizada la base que los contiene y el deber del responsable designado de comunicar a esa autoridad dentro del plazo fijado- cualquier cambio o modificación en la información de inscripción que afecte el contenido del registro realizado.

A partir de lo anterior, a excepción del primero de los aspectos mencionados, relativo al registro de la persona que se tiene como responsable de la base de datos ante la Prodhab, sobre los demás no existen observaciones o señalamiento alguno que realizar en tanto se desprende que constituyen un recordatorio de las obligaciones establecidas en la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de su Datos Personales y su Reglamento, relativas a la necesidad de mantener actualizada la base y los registros de la inscripción realizada, así como la designación del denominado contacto técnico, función que como se indicó en el respectivo formulario ejercerá el señor Jefe de la Sección de Infraestructura Tecnológica. 

En este sentido, como se hizo ver en su oportunidad, en virtud de la especial naturaleza de la base de datos inscrita, por razones de seguridad jurídica y registral, esta es objeto de actualizaciones constantes. Respecto a los eventuales cambios en los registros de inscripción, referidos a modificaciones en protocolos, instrumentos de recolección de datos, entre otros, corresponde al responsable de la base de datos comunicar de ello a la Prodhab, labor en la que contará con el auxilio y apoyo técnico de la Dirección General de Estrategia Tecnológica y del señor Jefe de la Sección de Infraestructura Tecnológica, cuya designación se ratifica.

       De la designación del responsable de la base de datos ante la Prodhab:

Sobre este aspecto, resulta evidente que durante el trámite de la solicitud de inscripción de la base de datos, acaeció el cambio de jerarca en la Dirección General del Registro Civil, cargo en el que según lo dispuesto por el Superior en el artículo tercero de la sesión ordinaria número 36-2012 celebrada el 26 de abril de 2012, recae la designación como responsable de las bases de datos civiles.

Al respecto, en el formulario de inscripción presentado en su oportunidad ante la Prodhab se indicó que el suscrito, quien como es conocido a lo interno, en aquel entonces ocupaba interinamente el cargo de Director General del Registro Civil, fungiría como responsable de la base de datos ante esa entidad, acompañándose a esa gestión una carta de aceptación de tal designación.

Ahora bien, siendo que actualmente la Dirección General del Registro Civil la ocupa la titular del cargo, señora Marisol Castro Dobles, en atención a la designación realizada por el Tribunal en el acuerdo antes mencionado, recomendamos comunicar de ello a la Prodhab, a efecto de que en adelante se le tenga como responsable a la persona que ostente el cargo de la Dirección General del Registro Civil. En razón de lo anterior, junto al citado comunicado, conforme lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, deberá adjuntarse una carta en la que él o la titular del cargo acepte tal designación y las responsabilidades inherentes a esta, texto que remite junto a este informe.

       Sobre la solicitud presentada por el señor Director General a.i. del Registro Civil.

Mediante oficio DGRC-1358-2014 del día de hoy, el señor Luis Antonio Bolaños Bolaños en su condición de Director General a.i. del Registro Civil, solicita a los suscritos “valorar la posibilidad de solicitar una prórroga al superior (sic) a efectos de que se estimen las observaciones que sobre el tema tenga la Licenciada Marisol Castro Dobles…”.  Menciona al efecto el oficio DGRC-1342-2014 del 17 de diciembre de 2014, en el que la señora Castro Dobles, en atención al acuerdo del Superior que genera este informe, solicita se le otorgue “un espacio de tiempo suficiente” para referirse e informar sobre los alcances a resolución dictada por la Prodhab.

Sobre el particular, tomando en cuenta que el plazo otorgado por el Tribunal acaece el día de hoy, sin que se conozcan las observaciones de la citada Dirección en punto al tema que interesa, en criterio de los suscritos el otorgamiento de la prórroga solicitada por el señor Bolaños Bolaños es un aspecto que escapa de nuestra competencia, de ahí que se procede a rendir el informe en los términos y dentro del plazo establecido por el Superior, sin perjuicio de que las observaciones que a bien tenga a realizar la señora Castro Dobles, puedan ser objeto de análisis con posterioridad.

       Recomendaciones:

Con base en lo expuesto nos permitimos realizar las siguientes recomendaciones:

a) En atención a lo dispuesto por el Superior en el artículo tercero de la sesión ordinaria número 36-2012 celebrada el 26 de abril de 2012, recomendamos comunicar a la Prodhab la designación de la señora Marisol Castro Dobles, en su condición de Directora General del Registro Civil, o a quien ejerza dicho cargo, a efecto de que en adelante se le tenga como responsable de la base de datos de estos organismos. 

b) A la luz de lo establecido en el artículo 44 inciso b) del Reglamento a la Ley de  Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, deberá adjuntarse una carta en la que quien ostente el cargo de la Dirección General del Registro Civil acepte tal designación y las responsabilidades enunciadas en dicho texto normativo.".

Se dispone: De previo a conocer el referido informe, se concede audiencia a la señora Directora General del Registro Civil para que, en el plazo de dos días hábiles, rinda criterio sobre el particular. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.

A) Encargo de funciones de la Oficial Mayor del Departamento Electoral. De la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0008-2015 del 6 de enero de 2015, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En relación al correo electrónico, emitido a este Despacho por la Licda. Betsy Melissa Díaz Bermúdez, mediante el cual comunica el fallecimiento de la suegra de la Licda. Ana Isabel Fernández Alvarado, Oficial Mayor del Departamento Electoral, en horas de la madrugada, respetuosamente solicito, se encarguen las funciones de ese Departamento en la Licda. Liseth Mora Soto, Jefa de Sección [sic] de Análisis.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Juan Antonio Casafont Odor