ACTA N.º 97-2014
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del dos de setiembre de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
A) Se leyeron y aprobaron las actas de las sesiones ordinaria y extraordinaria inmediatas anteriores.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Nombramiento interino por sustitución en el Departamento de Proveeduría. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-2519-2014 del 26 de agosto de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número PROV-911-2014 del pasado 19 de agosto que suscribe el Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor institucional, mediante el cual informa que la señora Andrea Quesada Masís, quien se desempeña en un puesto de Profesional Asistente en Proveeduría en el departamento a su cargo, se acogió desde el pasado 18 de agosto a la licencia por maternidad que otorga la Caja Costarricense de Seguro Social, situación que la alejará de su puesto por espacio de cuatro meses.
Como producto de lo anterior, el Lic. Herrera Herrera solicita que durante esa ausencia temporal de la señora Quesada Masís se nombre en su lugar al servidor Minor Hernández Portuguez, quien labora en propiedad para la institución en un puesto de Supervisor de Unidad (Técnico Funcional 1) en la Sección de Archivo del Registro Civil. Para justificar tal petición, expone en su oficio lo siguiente: “ La petición para que sea nombrado el señor Hernández Portuguez se basa no sólo en la disponibilidad manifiesta del compañero para asumir el puesto interinamente por el plazo temporal, sino que además cumple con el requisito académico, y aunque no cuente con la experiencia específica del puesto, bien puede solicitarse la dispensa del Tribunal en este sentido, considerando que el funcionario cuenta con 16 años de trabajar para la institución y se ha desempeñado en numerosos puestos con alto grado de responsabilidad, como la requerida para el que ahora se promueve.”
El Área de Gestión de Empleo de este despacho revisó la solicitud del señor Proveedor y logró determinar dos situaciones que, en principio, harían improcedente el nombramiento pretendido, según se detallan a continuación:
2.- En el año 2011 se llevó a cabo un concurso interno con el propósito de nombrar en propiedad en dos puestos de Profesional Asistente en Proveeduría. Como producto de ello resultaron designados los señores Farid Ovares Soto y Diego Vega Alvarado, pero también se generó un registro de elegibles para ese mismo puesto, el cual quedó integrado con cinco personas que a través del citado concurso demostraron su idoneidad para el desempeño del cargo. De acuerdo con el artículo 29 de nuestro reglamento a la Ley de Salarios, dicho registro de elegibles tiene una vigencia de cuatro años, por lo que caducará hasta diciembre de 2015.
Según lo expuesto en las dos consideraciones anteriores, tenemos por un lado que el funcionario que se propone para el nombramiento interino no cumple la totalidad de los requisitos que demanda el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para el cargo que interesa y, por otro, que existe actualmente un registro vigente con candidatos elegibles para ese cargo.
Si bien tales situaciones se hicieron de conocimiento del Lic. Herrera Herrera, en su oficio señala que se podría actuar en la misma forma en que el Tribunal lo hizo recientemente para atender un caso similar en el Instituto de Formación y Estudios en Democracia, por lo que en la solicitud expone lo que seguidamente se transcribe: “Finalmente y aunque esta gestión cuenta con el visto bueno del Director Ejecutivo, no está de más invocar el acuerdo tomado por el Tribunal en la sesión ordinaria n° 62-2014, celebrada el 5 de junio del año en curso, oficio STSE-1139-2014 de igual fecha, quien interpretó – para un caso homólogo – que no era necesario recurrir a candidatos del registro de elegibles, por cuanto el nombramiento interino lo es para sustituir temporalmente a un funcionario en propiedad, por cualquier causa de suspensión del servicio por este último. ”
El artículo 25 del reglamento a nuestra Ley de Salarios establece que “Cuando no haya candidatos elegibles y sea necesario realizar un concurso para llenar plazas vacantes, se podrán hacer nombramientos interinos - previa presentación de la solicitud de personal correspondiente - durante el tiempo que se requiera para integrar la nómina de elegibles y proceder al nombramiento definitivo. La persona que se nombre interinamente deberá reunir los requisitos exigidos por el Manual Descriptivo de Puestos, salvo en aquellos casos excepcionales debidamente valorados en que el Tribunal podrá dispensar el cumplimiento de tales requisitos.” (El subrayado no pertenece al original). Sin embargo, según ya se indicó, actualmente sí existen candidatos elegibles para el puesto que interesa, por lo que tal artículo no resultaría de aplicación en el caso que ahora nos ocupa.
A pesar de lo anterior, a solicitud del señor Proveedor y con vista en el acuerdo adoptado en la referida sesión 62-2014 del pasado 5 de junio, remito el presente caso a consideración del Tribunal, de manera que se valore la solicitud y se determine la procedencia o no de lo pretendido. En caso afirmativo, el nombramiento regiría a partir del próximo 1° de setiembre y durante la incapacidad de la titular del cargo.".
Se dispone: Con fundamento en lo dispuesto por este Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 62-2014, celebrada el 5 de junio de 2014, en el cual resolvió un caso análogo al que ahora se conoce, nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Trámites de la Comisión de Carrera Profesional. De la señora Jocelyn Brown Pérez, Jefa a. i. del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º CCP-214-2014 del 29 de agosto de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 1.° de setiembre de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito adjuntar copia del acta de la sesión número 03-2014 celebrada por esta Comisión el pasado 14 de julio, con la finalidad de que el Superior se sirva resolver lo que estime pertinente. Para esos efectos, se acompañan los expedientes de los funcionarios involucrados según el siguiente detalle:
Acta 03-2014 |
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EXPEDIENTE |
NOMBRE DEL FUNCIONARIO |
SOLICITA |
72 |
Orlando Solano Marín |
Ajuste |
132 |
Ana Rosa Ulate Badilla |
Ajuste |
148 |
Eladio Ramírez Campos |
Ajuste |
149 |
Astrid Valverde Bermúdez |
Ajuste |
177 |
José Andrés Blanco Chaves |
Ajuste |
178 |
Tommy Aguilar Peralta |
Ajuste |
193 |
Mario Gudiño Umaña |
Ajuste |
235 |
Alex González González |
Ajuste |
241 |
Yamileth Torres Abarca |
Ajuste |
285 |
Rudy Gerardo Tenorio Araya |
Ajuste |
288 |
Kattia Fonseca Arias |
Ajuste |
297 |
Gabriela Villalobos Retana |
Ajuste |
298 |
Dessireé González Zamora |
Ajuste |
300 |
Farid Ovares Soto |
Ajuste |
316 |
Milena Gómez Oviedo |
Ajuste |
324 |
Rosa María Calvo Jara |
Ajuste |
326 |
Jonathan Pérez Richmond |
Ajuste |
336 |
Anayensie Herrera Araya |
Ajuste |
355 |
Juan Carlos Montenegro Adams |
Ajuste |
390 |
José Adrián Sánchez León |
Ajuste |
414 |
Grettel Lizano Araya |
Ajuste |
421 |
José Pablo Cedeño Vargas |
Ajuste |
439 |
Lucrecia Hoffmann Brenes |
Ajuste |
451 |
Yenory San Almanza |
Ajuste |
457 |
María Luisa Meza Acuña |
Ajuste.". |
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
C) Prórrogas de nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-2563-2014 del 1.° de setiembre de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones autorizar las prórrogas de los nombramientos interinos que se detallan en el siguiente cuadro, todos los cuales se encuentran próximos a vencer:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (a) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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45929, Profesional en Gestión 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Alcides Chavarría Vargas, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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46156, Profesional en Gestión 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Carmen Nuria Campos Jara, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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46151, Profesional en Gestión 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Silvia Elena Zamora Corrales, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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46152, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Alexandra Mejía Rodríguez, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45794, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Hazzel García Porras, 1°-SET al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45665, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Luis Alonso Álvarez Alfaro, 1°-SET al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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353678, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Lilieth Paniagua Gamboa, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45639, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Yoryina Andrea Coto Rivel, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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76510, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Johnny Alvarado Lobo, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45570, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Marta Eugenia Salas Quesada, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45540, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Luis Diego Vargas Arrieta, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45420, Ejecutivo Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Iván Gerardo Mora Barahona, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45671, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Laura Lobo Regidor, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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353745, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Elsa Paola Alvarado Quesada, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45772, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Federico Andrés Ramírez Calderón, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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361403, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Karla Eugenia Jiménez Mora, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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101910, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Marcos Vinicio Guido Rojas, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45889, Asistente Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Gastón Andrés Quirós Ramírez, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45721, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Heiner Alexander Paniagua Pérez, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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361339, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Erick Miguel Martínez Murillo, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45637, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Ronald Fabián Barrantes Villalobos, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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357823, Profesional Asistente 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
José Pablo Leandro Arrieta, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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353687, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Pablo Andrés Brenes Calderón, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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97464, Profesional Asistente 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Yennory San Almanza, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45751, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Rafael Ángel Castillo Medina, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45945, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Jorge David Padilla Quirós, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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93958, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Norman Luis Rodríguez Gamboa, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45773, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Kimberlyn Suarez Moreira, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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353508, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Silvia Núñez Moya, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45848, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Jorge Arturo Rodríguez Acuña, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45587, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Lucrecia María Hoffmann Brenes, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45805, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Edita María Muñiz Ramírez, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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55712, Técnico Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Floria Marlene Calvo Soto, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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101873, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Wendy Geovanna Bonilla Díaz, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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45753, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jorge Andrés González González, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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361351, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Francisco Javier Arguedas Arguedas, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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353731, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Marvin Quenny Aguilar Solano, 16-SET al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. |
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353711, Técnico Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Marco Froilan Fonseca Matamoros, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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45946, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jackeline Mendez Vargas, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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98016, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Katherine Rebeca Boulak Vargas, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
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72879, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Mariela Román Calderón, 16-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. |
Todas las personas citadas en el cuadro anterior laboran actualmente en esos puestos y oficinas y lo que se requiere es prorrogar sus nombramientos por un nuevo período, movimiento que se haría con fundamento en el artículo 9 del reglamento a nuestra Ley de Salarios.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. Tome nota el Departamento de Recursos Humanos sobre la necesidad de tramitar gestiones como la que aquí se conoce con la antelación debida. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Respuesta a "Informe de Control Interno N.° ICI-09-2014 relativo al estudio de auditoría de los procesos de fiscalización del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos de la Dirección General del Registro Electoral [sic] (parcial)". De los señores Héctor Fernández Masís y Carlos Murillo Montoya, Directores General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Ejecutivo a. i., se conoce oficio n.º DGRE-714-2014 del 25 de agosto de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según lo ordenado en el artículo octavo de la sesión ordinaria n.° 87-2014, celebrada el 7 de agosto de 2014– se refieren al "Informe de Control Interno N.° ICI-09-2014 relativo al estudio de auditoría de los procesos de fiscalización del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos de la Dirección General del Registro Electoral [sic] (parcial)".
Se dispone: Acoger las recomendaciones planteadas por la Auditoría Interna en el referido Informe de Control Interno, así como el cronograma de implementación que se somete a conocimiento de este Tribunal. La Dirección Ejecutiva dará puntual seguimiento a lo aquí dispuesto. ACUERDO FIRME.
B) Informe estudio especial de auditoría n.° IES-03-2014, relativo al Proyecto de Modernización del Sistema de Información Registral Civil. Del señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor Interno a. i., se conoce oficio n.º AI-185-2014 del 27 de agosto de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, al cual adjunta "Informe estudio especial de auditoría, No. IES-03-2014, relativo al Proyecto de Modernización del Sistema de Información Registral Civil".
Se dispone: Instruir a las Direcciones Ejecutiva y General de Estrategia Tecnológica sobre el debido acatamiento de las siguientes directrices:
Para el desarrollo de futuros proyectos tecnológicos, es preciso que se giren las instrucciones pertinentes con el propósito de que durante la fase de elaboración de las especificaciones técnicas se documenten adecuadamente y se establezcan los controles necesarios a efectos de que los carteles y sus respectivas especificaciones contengan todos los elementos de acuerdo con la normativa técnica y las sanas prácticas, entre otros aspectos, con el propósito de satisfacer las necesidades institucionales, así como que se cuente con la evidencia y los respectivos controles que justifiquen tales necesidades, de tal manera que se minimicen los riesgos que eventualmente podrían generar perjuicios económicos al Tribunal.
Ejecutar las acciones correspondientes con el propósito de que a futuro, en la planificación de los posibles entregables de los proyectos aprobados, se consideren no solamente aspectos presupuestarios sino también operativos y técnicos, de acuerdo con la normativa correspondiente, de modo que se aprovechen eficientemente los bienes adquiridos, a fin de satisfacer adecuadamente el objeto contractual y maximizar su vida útil y su garantía.
Con el fin de garantizar razonablemente la ejecución de los proyectos tecnológicos desarrollados por la Dirección General de Estrategia Tecnológica, es necesario que a futuro, cuando así corresponda, los análisis de riesgos de los estudios previos consideren los esquemas de licenciamiento, la posible división de los productos requeridos mediante diferentes ítems, así como su posible adjudicación a empresas o consorcios diferentes, además de otros riesgos que eventualmente podrían generar atrasos en la ejecución de tales proyectos y, como consecuencia de ello, ocasionar costos adicionales en detrimento de los intereses institucionales.
Establecer los controles necesarios a efectos de que, cuando así resulte aplicable, los estudios previos en materia de proyectos tecnológicos contemplen el dimensionamiento real de las necesidades institucionales, los diferentes escenarios y alternativas de desarrollo de las soluciones. Además, es preciso que tales estudios sean elaborados en forma anticipada a la definición de las especificaciones correspondientes, de forma que los carteles y especificaciones contemplen las necesidades institucionales y se consideren las alternativas que brindan mayores beneficios al Tribunal, tanto desde el punto de vista técnico como desde el operativo y el económico, entre otros.
Por último, las referidas Direcciones remitirán a la Auditoría Interna en el plazo de un mes, un cronograma para la implementación de las referidas disposiciones, con indicación de las fechas, actividades y responsables de su ejecución.
La Dirección Ejecutiva dará puntual seguimiento a lo aquí dispuesto y de presentarse alguna situación que contravenga las presentes directrices, alertará a quien tenga potestad de decisión para corregir el inconveniente que pueda presentarse. ACUERDO FIRME.
C) Excusa para la aprobación de contrato. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a. i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DL-342-2014 del 28 de agosto de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Administración oportunamente gestionó ante la Contraloría General de la República (CGR), la autorización para contratar en forma directa con el consorcio Morpho-Iafis, la ampliación de la capacidad de almacenamiento del módulo de búsqueda y concordancia del Sistema Integrado de Cédulas de Identidad (SICI).
El ente contralor, mediante oficio n.° 02095 (DCA-0510) del 26 de febrero de 2014, autorizó el negocio en cuestión condicionado a trece aspectos que la Administración debe cumplir. El sexto de ellos literalmente indica: “6. Deberá suscribirse el contrato con el referido consorcio el cual deberá contar con la aprobación interna según lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública”.
En virtud de la referida autorización, surgió la Contratación Directa n.° 2014CD-000107-85002, cuyo acto de adjudicación fue dictado por el Consejo de Directores en el inciso A) de su sesión ordinaria n.° 5-2014 del 20 junio pasado; acto en el que participé, pues en esa fecha ocupaba el cargo de Director General a.i. del Registro Civil.
Actualmente esta contratación se encuentra en la etapa de formalización y prácticamente lista para que las partes firmen el documento clausulado. Dicha etapa está a cargo de este departamento y su mayor parte se tramitó cuando el suscrito aún ocupaba el citado cargo directivo.
Como bien conoce el Superior, en esta institución el acto administrativo de aprobación interna de contratos –que constituye el requisito indispensable para su eficacia jurídica– está a cargo de la jefatura de este departamento.
El referido artículo 17 del Reglamento de refrendos, entre otros aspectos, literalmente establece:
“La aprobación interna estará a cargo de la unidad de asesoría jurídica institucional o aquella otra con especialidad jurídica designada por el jerarca, que en ningún caso podrá ser la Auditoría Interna. Cuando la aprobación interna esté a cargo de la asesoría jurídica institucional, esa unidad no tendrá impedimento alguno para brindar asesoría durante las etapas del procedimiento de contratación previas al trámite de aprobación aquí referido, ya que por el contrario esa asesoría es fundamental para asegurar la calidad jurídica de los procesos de adquisición de bienes y servicios. Sí debe procurarse, en la medida en que se cuente con los recursos necesarios, que el funcionario que participa en las actividades de asesoría jurídica relativas a un procedimiento de contratación concreto, no sea el mismo que tenga a cargo el análisis de legalidad tendiente [sic] a otorgar la aprobación interna” (la cursiva y el subrayado no son del original). Si bien se puede aseverar que el acto de adjudicación no es uno de asesoría en ninguna etapa previa al refrendo o aprobación interna, en criterio del suscrito el espíritu de la norma transcrita es evitar cualquier injerencia en el análisis de legalidad que implica dicha aprobación, por parte de un funcionario que de alguna forma haya vertido criterio en el proceso tendiente [sic] a la selección del contratista; lo cual resulta evidente en el caso de los miembros del Consejo de Directores cuando participan en el acto de adjudicación.
Aunado a lo anterior, en aras del respeto y fortalecimiento de los principios de transparencia, eficiencia, probidad y buena fe contractual –entre otros que inspiran la contratación administrativa– además de razones de control interno, en mi condición de Jefe del Departamento Legal, respetuosamente me excuso para otorgar la aprobación interna al contrato de interés.
En virtud de lo expuesto, se recomienda que el Tribunal nombre un Jefe ad-hoc del Departamento Legal exclusivamente para que realice el análisis de legalidad que implica la aprobación interna que nos ocupa; estudio que se entenderá efectuado con el hecho que ese funcionario firme el contrato otorgando la aprobación respectiva.".
Se dispone: Acoger la excusa planteada y para el conocimiento del referido particular designar al señor Vinicio Mora Mora como Jefe ad hoc del Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
D) Informe sobre donación de mobiliario a la Fundación Ministerio Fuerzas Especiales. Del señor Carlos Murillo Montoya, Director Ejecutivo a. i., se conoce oficio n.º DE-2135-2014 del 27 de agosto de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Dirección recibió nota de fecha 24 de setiembre del año pasado, firmada por el señor Mario Quintero Vargas, Presidente de la Fundación Ministerio Fuerzas Especiales, en la que solicitó la donación de bienes muebles, ante esa petitoria y en acatamiento al Reglamento de Administración de Bienes Muebles del Tribunal Supremo de Elecciones, específicamente lo que establece el inciso d) artículo 35 de este; la Dirección Ejecutiva le solicitó a la Proveeduría Institucional información de los bienes susceptibles para tal efecto, siendo que mediante correo electrónico de fecha 21 de agosto del presente año, el cual se adjunta, remitido por el señor Gonzalo Moreno Cruz, colaborador de esa unidad administrativa, se indica que hay 113 activos ya desplaqueados y dispuestos para ser donados, inicia la lista con el activo 612781 y finaliza con el 643097, que comprende sillas ergonómicas, escritorios tipo secretaria, mesas de metal y mesas para máquinas de escribir, entre otros.
Consecuentemente, una vez analizada la documentación aportada por la Fundación Ministerio Fuerzas Especiales, se demuestra que esta es una institución donataria, según como lo establece el artículo 34 del citado Reglamento. Es por tanto, que se recomienda donar sustentado en la información que remitió la Proveeduría, los 113 activos. De ahí que, con fundamento en lo expuesto, se remite al Superior para lo que estime pertinente, tal como lo dice el inciso d) del artículo 35 del Reglamento ya citado.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, en el entendido según el cual se trata de bienes que se encuentran en desuso o en mal estado. Continúese con el trámite de rigor correspondiente. ACUERDO FIRME.
E) Informe relativo a la advertencia de la Auditoría Interna en relación con el estado de conservación, preservación y resguardo de documentación custodiada en la Unidad de Artesanía. Del señor Carlos Murillo Montoya, Director Ejecutivo a. i., se conoce oficio n.º DE-2143-2014 del 29 de agosto de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual –según lo ordenado en el acuerdo del artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 94-2014, celebrada el 26 de agosto de 2014– rinde informe relativo a la advertencia planteada por el señor Juan Vicente García Matamoros, Auditor Interno a. i. en relación con el estado de conservación, preservación y resguardo de documentación custodiada en la Unidad de Artesanía.
Se dispone: Tener por rendido el informe, cuyas recomendaciones se acogen. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna, en atención a la advertencia planteada mediante oficio n.º AI–184–2014. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CONSEJO DE DIRECTORES.
A) Acta n.° 18-2014 del Consejo de Directores. Del señor Carlos Murillo Montoya, Coordinador a. i. del Consejo de Directores del TSE, se conoce oficio n.º CDIR-068-2014 del 26 de agosto de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, al cual adjunta acta n.° 18-2014 de la sesión extraordinaria celebrada por dicho consejo en la misma fecha, relativa a la atención de una gestión planteada por la empresa CR Soluciones GLN S. A.
Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación a participar en el V Foro de la Democracia Latinoamericana. Del señor Manuel Carrillo Poblano, Coordinador de Asuntos Internacionales del Instituto Nacional Electoral de los Estados Unidos Mexicanos, se conoce oficio n.º CAI/274/2014 del 28 de agosto de 2014, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Me dirijo respetuosamente a usted para hacer de su conocimiento que en el marco de las actividades internacionales que realiza el Instituto Nacional Electoral (INE) de México, en colaboración con la Organización de los Estados Americanos (OEA), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), El Colegio de México, el Fondo de Cultura Económica e IDEA Internacional, estamos organizando el V Foro de la Democracia Latinoamericana, a realizarse del 8 al 10 de octubre próximo, en las instalaciones de El Colegio de México en esta ciudad.
Por quinto año consecutivo, ofrecemos este espacio plural para el análisis y la reflexión de la comunidad política, social y académica de la región, con el propósito de discutir algunos temas de la democracia electoral en América Latina.
Para este año, el título del Foro de la Democracia Latinoamericana será “Economía, ciudadanía y política, ¿cuáles con los nuevos horizontes de la democracia?”. Los ejes analíticos versarán sobre las transformaciones éticas, culturales y sociológicas, para lo cual se ha convocado a panelistas de diversos países, incluyendo ex presidentes, políticos, funcionarios públicos, académicos y representantes de medios de comunicación.
Por considerar que el desarrollo de los trabajos de este evento pudiera ser de su interés, a nombre del Consejero Presidente del INE, Dr. Lorenzo Córdova Vianello, y en representación de las instituciones organizadoras, por este conducto me permito extender a usted una respetuosa invitación para que nos acompañe en los trabajos del V Foro de la Democracia Latinoamericana.
(…) Cabe hacer mención que los trabajos de este Foro cuentan con un cupo definido, por lo que estaremos recibiendo confirmaciones hasta el 29 de septiembre, o antes si el aforo se ocupa completamente.
Deseo informar a usted que para esta ocasión, y por cuestiones presupuestales, cada asistente será responsable de cubrir los gastos que generen su viaje y estadía en la ciudad de México.".
Se dispone: Agradecer al señor Carrillo Poblano la cordial invitación que cursa, la cual lamentablemente se declina por razones presupuestarias. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Informe país ante la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. De la señora Alejandra Mora Mora, Ministra de la Condición de la Mujer, se conoce oficio n.º MCM-174-2014 del 4 de agosto de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 27 de agosto de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Como es de su conocimiento, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer – CEDAW es el instrumento jurídico internacional que más abriga la defensa y protección de los Derechos Humanos de las Mujeres, en nuestro país y compromete a los Estados Parte a adoptar medidas adecuadas en el ámbito jurídico, social, económico y cultural para garantizar el pleno desarrollo, reconocimiento y efectivo cumplimiento de esos derechos. Es un orgullo que el Estado Costarricense haya ratificado la Convención mediante Ley No. 6968 desde el 2 de octubre de 1984. Sin duda alguna, esto nos compromete año con año para cumplir con esta Carta Magna de los Derechos Humanos de las Mujeres, como se le ha llegado a denominar a esta Convención.
Estamos direccionando parte de nuestros esfuerzos a la preparación del Informe País ante la CEDAW que, de acuerdo a la [sic] calendarización emitida por las Naciones Unidas, debe ser enviado a los mecanismos de derechos humanos el 01 de julio del [sic] 2015.
Por lo anterior, les solicito hacer llegar a este Despacho la información relacionada con el quehacer de su institución en el marco de esta convención, para lo cual le remito las matrices correspondientes.
No omito manifestarle que esta información debe ser remitida a más tardar el 30 de septiembre de 2014.
Además de enviar el original a este Despacho, les solicito enviar una copia digital (…)".
Se dispone: Para su atención, pase a las funcionarias Ileana Aguilar Olivares y Sary Montero Cabezas. ACUERDO FIRME.
B) Resoluciones que emiten órdenes a funcionarios de elección popular. Del Tribunal Ambiental Administrativo, se conocen copias de las resoluciones n.° 522-14-TAA de las catorce horas con seis minutos del nueve de julio de dos mil catorce, n.º 529–14–TAA de las catorce horas con cuatro minutos del diez de julio de dos mil catorce y n.° 659-14-TAA de las catorce horas con cuarenta y nueve minutos del once de agosto de dos mil catorce, recibidas en la Secretaría General de este Tribunal los días 12, 20 y 27 de agosto de 2014, respectivamente, según las cuales se emiten órdenes a funcionarios de elección popular.
Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |