ACTA N.º 89-2014
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del catorce de agosto de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Eugenia María Zamora Chavarría y Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Prórrogas y nombramientos en distintas oficinas del TSE. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-2257-2014 del 11 de agosto de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones una serie de prórrogas de nombramientos interinos que se encuentran próximos a vencer, así como los oficios remitidos a este despacho por varias jefaturas de la institución mediante los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos para ocupar plazas de servicios especiales que fueron incluidas en el presupuesto de este año y otras que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes. El detalle es el siguiente:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (a) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
PRÓRROGAS DE NOMBRAMIENTOS |
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45448, Profesional Ejecutor 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Gonzalo Moreno Cruz, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45802, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Carolina Cedeño Valverde, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45695, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
María Daniela Cárdenas Abarca, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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56357, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Joselin Calderón Ramírez, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45460, Ejecutivo Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Oswaldo Muñoz Pinkay, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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361408, Profesional en Gestión 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Reinaldo Alonso González Zúñiga, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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361378, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jason Francisco Picado Campos, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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55702, Profesional en Gestión 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Ileana Molina López, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45856, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jenniffer Vincenti Muñoz, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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90231, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Dagoberto Vargas Arguello, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45831, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Adrián David Cascante Rojas, 16-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
NUEVOS NOMBRAMIENTOS |
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361340, Técnico Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a otra de servicios especiales. |
Esteban Martínez Cerdas, 16-AGO al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora en propiedad para la institución en un puesto de Asistente Administrativo 2 en esa misma sección, por lo que existen 3 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 1. |
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86326, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a otra de servicios especiales. |
Susana Villalobos May, 16-AGO al 31-DIC de 2014. La candidata es propietaria de un puesto de Asistente Administrativo 2 en esa misma sección, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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45864, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Roger Fuentes Arce, 16-AGO al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora en propiedad para la institución en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma sección. |
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45723, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Marcela Carmona Loría, 18-AGO al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata que se propone no labora actualmente para la institución, no obstante si lo ha hecho recientemente en puestos de similar categoría. |
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45801, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
Alejandro Villegas Hernández, 16-AGO al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en un puesto de Asistente Administrativo 1 en el IFED, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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353567, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Cindy Chinchilla Vega, 16-AGO al 31-DIC de 2014. La candidata que se propone es propietaria de un cargo idéntico en la Sección de Archivo y actualmente se desempeña en la Sección de Padrón Electoral. |
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72872, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
José Guillermo Alfaro Guzmán, 1°-SET de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en un puesto idéntico con un nombramiento próximo a vencer. |
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370671, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Berny Zúñiga Escalante, 18-AGO al 31-DIC de 2014. El candidato que se propone forma parte del registro de elegibles para puestos de esta naturaleza en la sede de Jicaral. |
Los candidatos que se proponen para nuevos nombramientos forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, estos nuevos nombramientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. Puede apreciarse que las solicitudes de nuevos nombramientos cuentan, cuando así corresponde, con el visto bueno de la respectiva Dirección General.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
B) Recargo de funciones de los señores Director Ejecutivo y Oficial Mayor del Departamento Electoral. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-2249-2014 del 8 de agosto de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 12 de agosto de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios DE-1937-2014 y DEL-1979-2014 (SUSTITUIR) que suscriben las jefaturas de la Dirección Ejecutiva y del Departamento Electoral, mediante los cuales solicitan recargos de sus funciones en virtud de las vacaciones que disfrutarán próximamente de acuerdo con el siguiente detalle:
NOMBRE DELJEFE Y OFICINA |
PERIODO |
SOLICITUD DE |
SUSTITUTO |
Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo |
18 al 29 de agosto (10 días) |
RECARGO |
Carlos Alberto Murillo Montoya, Ejecutivo Electoral 1 |
Ana Isabel Fernández Alvarado, Departamento Electoral |
18 de agosto al 17 de setiembre (22 días ) |
RECARGO |
Lisseth [sic] Mora Soto , Profesional Funcional 2 |
Puede apreciarse que ambas solicitudes cuentan con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría, mientras que la del Departamento Electoral también lo hace con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil.".
Se dispone: Aprobar los recargos de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de ascenso en plaza en propiedad en la Dirección Ejecutiva. Del señor Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.º STSE-1536-2014 del 12 de agosto de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Someto a su aprobación el ascenso en propiedad del señor Oswaldo Muñoz Pinkay, en el puesto n.° 45460 de la clase Ejecutivo Funcional 1 en la Dirección Ejecutiva.
Con fundamento en lo dispuesto en el Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil y los argumentos expuestos en los oficios n.º RH-2139-2014, suscrito por el señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos y n.º DE-1733-2014, suscrito por el señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, conforme a la recomendación de este último, la cual como jefe administrativo de las oficinas de este Tribunal prohíjo en todos sus extremos, respetuosamente propongo al Tribunal aprobar el referido ascenso con rige a partir del 16 de agosto de 2014.".
Se dispone: Ascender conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Consulta sobre nombramientos interinos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-2311-2014 del 12 de agosto de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Departamento de Recursos Humanos ha estado recibiendo solicitudes de diferentes jefaturas para que en sus unidades administrativas se nombren, de manera interina, personas que laboraron durante el reciente proceso electoral pero que en la actualidad se encuentran fuera de la institución. El principal argumento que utilizan para realizar tal petición es que esas personas durante el breve lapso laborado adquirieron experiencia en las tareas a realizar.
Este despacho no encuentra problema alguno para tales efectos cuando se trata de puestos de oficinista 1 (clase Asistente Administrativo 1), siempre que los candidatos recomendados formen parte de los registros de elegibles que tenemos a disposición para dichos cargos. Sin embargo, en algunos casos las solicitudes son para nombrar en puestos de las clases inmediatamente superiores, como por ejemplo Asistente Administrativo 2 (oficinista 2), Asistentes Funcionales 1, 2 y 3 y/o Técnicos Funcionales 1 y 2, ninguno de los cuales es de naturaleza profesional, aunque los cargos de esta última clase exigen dos años aprobados de una carrera universitaria. Salvo casos muy particulares, para tales puestos no es usual que existan registros de elegibles, pues se parte de la premisa de que para nombrar en ellos – ya sea en propiedad o interinamente – se puede acudir al mecanismo del ascenso de otros servidores que tienen plaza en propiedad y cumplen los requisitos que demanda el Manual Descriptivo de Clases de Puestos. Si bien durante la reciente época electoral se dieron algunos nombramientos como los que se citan en el párrafo que antecede, es lo cierto que ello obedeció al hecho de que por la elevada cantidad de plazas de servicios especiales que incluía el presupuesto para reforzar a las oficinas y a los programas electorales, un amplio porcentaje de oficinistas 1 estaba con ascensos interinos o no era de su interés que se les tomara en cuenta para otras plazas, lo que obligó a recurrir a candidatos externos para ocupar algunas plazas de mayor nivel que la [sic] del oficinista 1, pero que en todo caso eran integrantes del registro temporal de elegibles. Sin embargo, siendo que la mayoría de esas plazas interinas llegaron hasta mayo de este año y que partir [sic] del mes de junio todas las personas regresaron a sus plazas titulares, ahora sí es factible encontrar personas interesadas –como lo estuvieron en aquel momento– en ser tomadas en cuenta para nuevos ascensos aunque sean de carácter interino.
El suscrito no cuestiona el que esos candidatos que se proponen y que ahora no laboran para la institución puedan venir a realizar una excelente labor en el desempeño del puesto. Sin embargo, es nuestro criterio que actuar de esa forma atenta contra algunos de los objetivos fundamentales del reglamento a nuestra Ley de Salarios, visibles en el artículo segundo, como son por ejemplo los siguientes: a)- estimular la carrera administrativa de los funcionarios de la institución, mediante la promoción de los candidatos idóneos para ocupar puestos vacantes; b)- motivar al personal mediante la posibilidad de ocupar cargos de mayor categoría, lo que a su vez permitirá mejorar el desempeño en las tareas del puesto que ocupa; y c)- aumentar el nivel de consistencia entre las promociones de los funcionarios y los puestos que ocuparán, de manera que exista un alto grado de compatibilidad entre las aptitudes, capacidades, e intereses de los primeros, con las responsabilidades, tareas y demás características de los segundos.
Sin duda es evidente que el nombrar en plazas por ejemplo de oficinista 2 a personas que laboraron en forma interina durante un lapso que no llegó a superar los nueve meses, puede causar desmotivación en otros servidores oficinistas 1 o similares que cuentan con una trayectoria de varios años en este organismo electoral y que incluso tienen plaza en propiedad.
Según lo que ha sido expuesto y con el propósito de determinar la forma en que debemos proceder en lo sucesivo para atender las solicitudes de esa naturaleza, me permito con todo respeto solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones pronunciarse sobre el particular.".
Se dispone: Llevando razón el señor Carías Mora, con fundamento en los argumentos expuestos se establece que, en lo sucesivo, para realizar un nombramiento interino en un puesto para el que no exista un registro de elegibles se deberá acudir, necesariamente, al recurso humano que ya se encuentra laborando en la institución, salvo inopia demostrada; lo anterior en consonancia con la política establecida por este Tribunal para el caso de las clases profesionales, en cuyo escenario también se privilegia el recurso humano interno. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe del diagnóstico de medios externos de comunicación del TSE. De la señorita María José Alvarado Aguilar, Asesora de la Gestión Política, se conoce oficio n.º AGPI-011-2014 del 11 de agosto de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Bajo los lineamientos que propone el Plan General de Comunicación 2014-2015, aprobado por el Superior en sesión n.° 4-2014, el Consejo Estratégico de Comunicación (CEC), con la colaboración ad honorem de la comunicadora Heidy Arce, elaboró un diagnóstico de los medios externos que permitiera vislumbrar posibles mejoras en la relación que el órgano electoral mantiene con sus públicos.
Tomando en cuenta lo anterior, y en calidad de Coordinadora del CEC, me permito someter a consideración de la señora y señores Magistrados las recomendaciones que este Consejo realiza a la luz del diagnóstico realizado por la señora Arce, para su aprobación.
I. Recomendaciones de mejora para programa radiofónico La Voz del Tribunal.
(1) Emisora y horario. Se sugiere un cambio en la emisora y el horario en que se transmite el programa radiofónico. Para ello, se propone atender el ofrecimiento del señor Alejandro Vargas Johansson, director de Radio Universidad de Costa Rica, de utilizar un espacio entre las 8:00 a.m. y las 9:00 a.m. en un día a convenir y de forma gratuita; aunque se advierte que el espacio estaría sujeto a tres meses de prueba.
De aprobarse este punto según se sugiere, la coordinación del CEC mantendría una reunión con el señor Vargas Johansson para evaluar la posibilidad de suscribir una Carta de Entendimiento que exima al TSE de los meses de prueba y asegure el espacio para producir el programa de radio.
(2) Formato y contenido. Se recomienda mantener el programa con duración de no más de 30 minutos en total, conducido por al menos dos locutores (hombre y mujer). De haber participación del IFED, se sugiere que lo sea dentro de esos 30 minutos de programa.
Además, el CEC estima oportuno producir nuevas cortinas de audio para el programa con una musicalización distinta, prescindiendo así del himno “El pueblo tiene una voz”.
Respecto de lo anterior, se acuerda que la Unidad de Relaciones Públicas realice una propuesta para el nuevo formato del programa y otra para la capacitación de voceros y locutores. Ambas propuestas serán presentadas ante la AGPI en 30 días naturales para, posteriormente, ser elevadas a los Magistrados para su aprobación.
(3) Nombre del programa. El CEC acuerda, al igual que el diagnóstico, que el remozamiento del programa también pasa por un cambio en el nombre. Para ello, y con el objetivo de involucrar a la familia electoral, se recomienda someterlo a un concurso interno en el que los funcionarios tengan la posibilidad de proponer distintas alternativas. Los nombres más gustados serán publicados en redes sociales con el fin de que los usuarios voten por el que se sientan más atraídos.
(4) Fecha de relanzamiento. Se recomienda que el programa inicie en enero de 2015 con el fin de que se puedan tomar las previsiones de la producción del nuevo programa con tiempo suficiente. La Oficina de Comunicación estaría encargada del diseño e implementación de una estrategia de difusión a nivel interno y externo para promover entre los funcionarios y la ciudadanía el programa radiofónico.
II. Recomendaciones de mejora para las redes sociales del TSE.
(1) Periodicidad de publicaciones. Se recomienda que se realice como mínimo una publicación diaria en los perfiles institucionales, lo cual deberá contemplarse dentro de la Agenda que realiza actualmente la encargada de las redes sociales.
(2) Contenido de las publicaciones. Se propone sumar a los contenidos informativos, contenidos de la labor diaria que se realiza en las diferentes unidades administrativas y sedes regionales. Para ello, se podrían utilizar fotografías y videos cortos informativos que resalten la labor de los funcionarios.
(3) Diálogo entre perfiles institucionales. Se recomienda mayor diálogo entre los perfiles institucionales del IFED y el TSE. Para ello, se propone que el perfil del IFED mantenga un trato más coloquial y relacionado con la ciudadanía joven y el perfil del TSE se dirija específicamente a la labor del órgano electoral –inclusive aquella que tiene que ver con el trabajo que realiza el IFED-.
III. Recomendaciones de mejora para el sitio web del TSE.
(1) Aplicación para dispositivos móviles. Por motivos presupuestarios, se sugiere considerar este cambio en el largo plazo.
(2) Equipo de trabajo. Se atiende la sugerencia de procurar una mejora en la usabilidad (facilidad en el uso y obtención de información) y la posibilidad de cambiar los colores del sitio web; para ello, se recomienda conformar un equipo de trabajo integrado por el Administrador del sitio web, el webmaster del TSE y el Área de diseño de la Oficina de Comunicación, con el fin de que se realice una propuesta de remozamiento de la página institucional que deberá ser presentada al CEC en el mes de octubre de 2014.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, con la observación según la cual el referido programa radiofónico tendrá una duración de una hora a partir de la convocatoria a elecciones y hasta la emisión de las declaratorias de resultados. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre aumento salarial para el segundo semestre del 2014. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-2012-2014 del 13 de agosto de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria n.° 85-2014, celebrada el 5 de agosto del año en curso, comunicado en oficio STSE-1477-2014, el Superior dispuso, en lo concerniente al aumento salarial del segundo semestre del [sic] 2014, que esta Dirección Ejecutiva dialogara con los representantes de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC) y escuchara su criterio antes de formular una propuesta al Tribunal.
I Audiencia a los representantes sindicales
Conforme lo dispuesto por ese Tribunal, quien suscribe, se reunió el pasado 8 de agosto, con las señoras Ilenia Ortiz Ceciliano, Secretaria General, Damaris Coto Barrantes, Secretaria General Adjunta, Alicia Marín Arroyo, Secretaria de Conflictos y los señores Gerardo Zamora Ramírez, Gerardo Orozco Herrera y William Villalobos Elizondo, en su orden, Secretario de Finanzas, Secretario de Salud Laboral y Fiscal de la UNEC. En términos generales, los aspectos expuestos por los estimables miembros de esa agrupación sindical versaron, en gran medida, sobre los argumentos esgrimidos en el oficio UNEC-33-2014: a) Que el incremento salarial para este semestre sea de un 6% a las bases de los y las trabajadoras; asimismo, que no se rebaje el 1% concedido por el Tribunal como adelanto en la estimación del incremento salarial para el primer semestre de este año. b) Que la brecha salarial entre el personal profesional y el operativo se hace cada vez mayor, siendo ejemplo de ello los últimos incrementos en los salarios de los letrados y los directores que implican beneficios a pocos trabajadores, situación que según esos representantes, genera disgusto y desmotivación en el personal. c) Nombramiento de personas de afuera de la institución en puestos profesionales y, d) Que se constituya un espacio de diálogo para tratar no solo temas salariales, como el de revisar las bases salariales más bajas y los componentes salariales; sino otros de diversa índole que son de gran interés para la fuerza laboral de este Tribunal.
II Aumento salarial definido para el segundo semestre del [sic] 2014 e índice General de Precios al Consumidor.
Según lo aprobado por la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público el pasado 31 de julio, información que circuló en varios medios de comunicación nacional y que aparece en el sitio Web del Ministerio de Trabajo, para el segundo semestre del año en curso, en lo que interesa, se estableció:
“UNO: Otorgar a partir del 01 de julio del [sic] 2014 un incremento general de salarios por concepto de costo de vida de un 4% a los servidores públicos.
DOS: Adicionalmente a dicho aumento general, otorgar un incremento salarial de un 1,14% al salario base del primer nivel salarial de la Escala de Sueldos de la Administración Pública, que corresponde a la clase de Misceláneo de Servicio Civil 1, de manera que el incremento salarial total a la base de esta clase de puesto sea de un 5,14%. Para los niveles salariales siguientes, se aplicará una disminución gradual de este porcentaje de incremento adicional (1,14%), hasta llegar al nivel inmediato anterior a la clase de puesto Profesional de Servicio Civil 1-A, misma a partir de la cual se mantiene únicamente el porcentaje de aumento general fijado (4%).
TRES: En cumplimiento del acuerdo del 9 de agosto de 2007 de esta Comisión, se otorga un aumento del 0,14% a los puestos profesionales, con rige a partir del 1 de enero de 2015. Este incremento no es retroactivo.”
La aplicación del citado aumento en la escala salarial de este Tribunal, si así lo dispusiera el Superior, implicaría que las 27 categorías salariales de las que se compone, se incrementarían en un 4% a partir del 1° de julio pasado, en razón de no exister [sic] salarios base en puestos operativos con los niveles detallados en el punto dos transcrito anteriormente, que ameriten aumentos graduales hasta el 5,14%, ni cargos profesionales con bases iguales o menores a la ahí indicada, sujetas al 0,14 % adicional a partir de enero para estos últimos puestos, sin carácter retroactivo.
En cuanto a la variación porcentual del Índice General de Precios al Consumidor que elabora el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, en certificación extendida a esta dirección, se indicó que la variación porcentual acumulada del 1º de enero al 30 de junio de 2014 (6 meses), fue del 4,14 %.
III Previsiones presupuestarias para los aumentos salariales de 2014
Al igual que se indicó en la propuesta de incremento salarial del primer semestre, según los lineamientos que para la formulación presupuestaria del presente año emitió el Ministerio de Hacienda, para el cálculo de la previsión para incrementos por costo de vida, se aplicó el factor 7,415% sobre los salarios base vigentes al momento de la preparación del presupuesto institucional, factor que consideró el aumento por costo de vida para el segundo semestre del [sic] 2013 – no definido cuando se elaboró el anteproyecto de presupuesto del 2014-, así como la previsión para los dos incrementos de este año.
Al respecto, el incremento salarial para el segundo semestre del [sic] 2013 fue de un 3.24% y para el primero del [sic] 2014 un 1,43%; asimismo, como también se explicó en esa ocasión, técnicamente no es posible determinar los porcentajes disponibles para este año simplemente restando esos porcentajes al factor 7,415, en razón de dos variables: la progresión de los salarios base sobre los que se calcula el incremento de cada período, y el impacto acumulativo por el número de meses que tiene el incremento de cada semestre, en este momento la previsión presupuestaria para el ajuste salarial de este semestre ronda el 5%.
IV Consideraciones generales
La política de la institución de los últimos años ha sido procurar resarcir de la mejor forma posible el deterioro del poder adquisitivo de los salarios de las personas funcionarias de este Tribunal, por ello los ajustes salariales aprobados se han ajustado en función de solventar la inflación acumulada del período, incluso en el semestre anterior se concedió un 1% demás [sic]– como adelanto al ajuste del período siguiente- en relación con la inflación acumulada a ese momento.
En lo atinente a los planteamientos de los representantes de la citada agrupación sindical; el primero, concerniente a que se apruebe un aumento salarial del 6% y que no se rebaje el 1% otorgado el semestre pasado como adelanto, es criterio de esta dirección, que presupuestariamente no sería dable el incremento solicitado, muy por encima de la inflación acumulada durante el período enero a julio 2014 que fue de un 4,14%. Respecto a no rebajar del porcentaje que se fije como aumento para el presente semestre el 1% adelantado en el anterior, se considera que podría atenderse tal petición, dado que presupuestariamente es viable y que podría incluso seguirse considerando con el mismo carácter de anticipo, para que ante una eventual circunstancia en que el presupuesto institucional sea insuficiente para reconocer el costo de vida en las fijaciones salariales, pueda compensarse de algún modo esa situación.
En cuanto a los otros temas expuestos por los representantes de la UNEC reseñados en el aparte I de este informe, que se pueden agrupar como señalamientos derivados de decisiones y acciones de orden administrativo que causan indisposición en un sector del personal, se estima que si a bien lo tiene el Superior, puede autorizar a esta Dirección Ejecutiva a establecer un espacio de diálogo permanente para que esa agrupación, como representante de las personas trabajadoras, pueda exponer con mayor amplitud esos cuestionamientos y hacer propuestas orientadas al mejoramiento de las condicionales laborales, en general, del personal de la institución y que por otro lado, este despacho pueda actuar en calidad de contraparte representativa del ámbito patronal, de modo que exponga los alcances y motivaciones de ese tipo de decisiones para que se dimensionen apropiadamente, evitando que se produzcan percepciones que desmotiven al personal, y que además pueda validar técnicamente las propuestas que surjan del referido espacio para ser expuestas al Superior para su valoración.
V Propuesta de incremento salarial
La inflación acumulada del primer semestre del año en curso fue de un 4,14%, una fijación del incremento salarial para las personas funcionarias del Tribunal en ese mismo porcentaje compensaría dicha inflación, además sería consecuente con la política de ese Tribunal de disponer esos ajustes en función del índice de inflación acumulado en el respectivo semestre, siempre y cuando exista el contenido presupuestario para ello. Por otra parte, subsiste un porcentaje del 1% que se concedió como adelanto el semestre pasado según lo acordado por ese Tribunal y que en tal sentido debería rebajarse; sin embargo, por los motivos esbozados en el aparte anterior, bien podría acogerse la pretensión sindical de no aplicar esa rebaja, pero manteniendo el carácter de anticipo para afrontar posteriormente incrementos en los que el presupuesto institucional disponible sea insuficiente.
En razón de lo expuesto, esta Dirección Ejecutiva se permite proponer al Superior una propuesta de incremento salarial presupuestariamente viable, que compensa la inflación acumulada del periodo, que además otorga un anticipo del 1% y que le permite sus facultades constitucionales, consistente en aumentar un 4,14% general a la base de todas las categorías presupuestarias, retroactivo al 1º de julio pasado. Con esta propuesta, además de lo señalado, no se distorsionaría el índice salarial al establecer incrementos diferenciados, para lo cual se adjunta el nuevo índice salarial.
Finalmente, que se autorice a la Dirección Ejecutiva a establecer un espacio de diálogo permanente para escuchar y valorar las inquietudes y propuestas de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles, principalmente orientadas al mejoramiento de las condiciones laborales de las personas trabajadoras de este Tribunal, con la intención de formular planteamientos viables.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Respecto del incremento salarial para el segundo semestre de este año, aprobar conforme se propone. Para la atención y valoración de inquietudes y propuestas de los estimables representantes sindicales se designa al Consejo de Directores, que constituirá el espacio permanente de diálogo que interesa a esa representación. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Representación ante la Comisión para el seguimiento e implementación de las obligaciones internacionales de Derechos Humanos. Del señor Manuel Antonio González Sanz, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio n.º DM-DGPE-407-2014 del 5 de agosto de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 11 de agosto de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de saludarlo muy atentamente, con el propósito de informarle que en relación con la Comisión Interinstitucional para el seguimiento e implementación de las obligaciones internacionales de Derechos Humanos (en adelante Comisión Interinstitucional), hemos designado a la señora Linyi Baidal Sequeira, Directora Alterna de Política Exterior como Presidenta y a la señora Carolina Molina Barrantes, Oficial del Área de Derechos Humanos y Seguridad Humana de la Dirección General de Política Exterior, como Secretaria Ejecutiva.
Como es de su estimable conocimiento, la Comisión Interinstitucional se ha creado como órgano asesor permanente del Poder Ejecutivo, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y está constituida por representantes de las distintas instituciones públicas, incluyendo Ministerios de la República y entes autónomos, relacionados con la aplicación de los Derechos Humanos, entre las que se encuentra la institución a su digno cargo.
De conformidad con el artículo 8, inciso (a) del Decreto Ejecutivo 36776-RE, las instituciones integrantes de la Comisión Interinstitucional deben designar un miembro titular y uno suplente con capacidad de decisión para su efectiva y activa participación en las reuniones de dicha Comisión.
Por lo anterior, mucho agradeceré nos informe el nombre, cargo y datos de contacto del miembro titular y del miembro suplente del Tribunal Supremo de Elecciones ante la Comisión Interinstitucional.
Una vez contemos con esta información, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interinstitucional se pondrá en contacto con ellos para convocarlos a una próxima reunión.".
Se dispone: Agradecer al señor Ministro González Sanz la comunicación que cursa y designar como miembros titular y suplente, respectivamente, de la referida comisión interinstitucional a Rodolfo Villalobos Orozco y Sary Montero Cabezas. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación al Panel Experiencias de Escrutinio, Transmisión y Divulgación de Resultados Apoyado en los Recursos Tecnológicos. De los señores Roberto Rosario Márquez, Presidente de la Junta Central Electoral de República Dominicana y Daniel Zovatto, Director para América Latina y el Caribe de IDEA Internacional, se conoce memorial del 24 de junio de 2014, recibido –vía correo electrónico–en la Secretaría General de este Tribunal el 13 de agosto de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Luego de saludarle en nombre de la Junta Central Electoral de República Dominicana y de IDEA Internacional tenemos el gusto de invitarle a participar en el Panel "Experiencias de Escrutinio, Transmisión y Divulgación de Resultados Apoyado en los Recursos Tecnológicos" dentro del Seminario Internacional "Elecciones y Tecnología", el cual se llevará a cabo en nuestro país durante los días 21 y 22 de agosto del presente año, organizado por nuestra institución conjuntamente con IDEA Internacional.
Este Seminario reviste gran importancia porque nos da la oportunidad de conocer distintas tecnologías aplicadas a los procesos electorales en cada una de sus fases y que han resultado buenas prácticas en diferentes naciones, evaluando los pro y contras de las mismas, retroalimentándonos de los elementos fundamentales que contribuyeron a su aceptación y éxito.
Las entidades organizadoras cubrirán los gastos de transporte aéreo internacional, hospedaje, alimentación y transporte local. Será un honor contar con su participación en esta actividad por lo que agradeceremos nos confirme a la brevedad posible su asistencia, para asegurar la oportuna reserva de sus boletos aéreos y coordinar las otras actividades logísticas.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a los señores Rosario Márquez y Zovatto la cordial invitación que cursan. Para atenderla se designa al señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Durante su ausencia se encargan sus funciones al señor Gerardo Abarca Guzmán.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Héctor Fernández Masís |
Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. |
República Dominicana |
20 a 23 de agosto de 2014 |
Participación en Panel "Experiencias de Escrutinio, Transmisión y Divulgación de Resultados Apoyado en los Recursos Tecnológicos" dentro del Seminario Internacional "Elecciones y Tecnología" |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |