ACTA N.º 81-2014
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinticuatro de julio de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron, Marisol Castro Dobles, Fernando del Castillo Riggioni y Zetty María Bou Valverde.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Nombramiento en propiedad en la Oficina Regional de Upala. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0718-2014 del 16 de julio de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"A través del oficio RH-2066-2014 del 14 de julio de este año, la señora Joselyn [sic] Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, sometió a consideración de esta Dirección General, una nómina de candidatos elegibles para el nombramiento en propiedad, para un puesto de Asistente 1 vacante en la Oficina Regional de Upala.
Con fundamento en lo dispuesto por el Reglamento a nuestra Ley de Salarios y las consideraciones expuestas por la señora Brown Pérez en el referido oficio RH-2066-2014 y las indicadas por la señora Diana Rodríguez Barrantes, Jefa a.i. de la Oficina Regional de Upala en el oficio ORUP-0450-2014 del 04 de julio de los corrientes, el suscrito avala en todos sus extremos la recomendación hecha por la señora Rodríguez Barrantes y en consecuencia se recomienda el nombramiento de la funcionaria que figura en el primer lugar de la nómina que se indica en este oficio:
PUESTO No. 47864
1.- Alfaro Cortes María Eugenia
2.- Benítez Aguilera Flor de María
3.- Cruz Solano Rafael Darío
La persona que ocupa el primer lugar en la terna, ha sido recomendada por la jefatura de la Oficina Regional de Upala, en el indicado oficio ORUP-0450-2014.
Quien resulte seleccionado podrá ubicarse en propiedad como Asistente 1 en la Oficina Regional de Upala a partir del próximo 16 de agosto. Devengará un salario base mensual de ¢403.400.oo y anualidades a razón de ¢8.450.oo cada una con un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
B) Nombramientos en propiedad en la Oficina Regional de Nicoya. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0719-2014 del 16 de julio de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"A través del oficio RH-2077-2014 del 16 de julio de este año, la señora Joselyn [sic] Brown Pérez, Jefa a.i. del Departamento de Recursos Humanos, sometió a consideración de esta Dirección General, dos nóminas de candidatos elegibles para el nombramiento en propiedad, para dos puestos de Asistente 1 vacante en la Oficina Regional de Nicoya.
Con fundamento en lo dispuesto por el Reglamento a nuestra Ley de Salarios y las consideraciones expuestas por la señora Brown Pérez en el referido oficio RH-2077-2014 y las indicadas por la señora Mayela Díaz Rodríguez, Jefa a.i. de la Oficina Regional de Nicoya en el oficio ORNI-0394-2014 del 04 de julio de los corrientes, [sic] el suscrito avala en todos sus extremos la recomendación hecha por la señora Díaz Rodríguez y en consecuencia se recomienda el nombramiento de los funcionarios que figuran en el primer lugar de la nómina que se indica en este oficio:
PUESTO No. 45638
1.- Castillo Chavarría Eric Alonso
2.- Vásquez Fernández Luis
3.- Baltodano Rodríguez Berny
PUESTO No. 47869
1.- Briceño Pérez Martha Iris
2.- Vásquez Fernández Luis
3.- Baltodano Rodríguez Berny
Las personas que ocupan el primer lugar en las ternas, han sido recomendadas por la jefatura de la Oficina Regional de Nicoya, en el citado oficio ORNI-0394-2014.
Quienes resulten seleccionados podrán ubicarse en propiedad como Asistente 1 en la Oficina Regional de Nicoya a partir del próximo 01 de setiembre. Devengarán un salario base mensual de ¢403.400.oo y anualidades a razón de ¢8.450.oo cada una con un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Prórrogas y nombramientos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2123-2014 del 21 de julio de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones una serie de prórrogas de nombramientos interinos que se encuentran próximos a vencer, así como los oficios remitidos a este despacho por varias jefaturas de la institución mediante los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos para ocupar plazas de servicios especiales que fueron incluidas en el presupuesto de este año y otras que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes. El detalle es el siguiente:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (a) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
PRÓRROGAS DE NOMBRAMIENTOS |
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353730, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Ronald Arias Segura, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45496, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Rony Geovanny Benavides Vargas, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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353472, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jairo Arturo Aguzzi Fallas, 1°-AGO al 30-SET de 2014 o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45774, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Juan Gabriel Vargas Mena, 1°-AGO al 30-SET de 2014 o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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54398, Profesional Ejecutor 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Diana Rodríguez Barrantes, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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104988, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Verónica Sánchez Miranda, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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47872, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Edwin Arturo Zúñiga Álvarez, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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353688, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Silvia María Montoya Zamora, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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46163, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Luis Antonio Lagos Rivas, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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86896, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Ileanna Vargas Arguijo, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45841, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante en virtud del ascenso interino de su propietario a un cargo de mayor nivel. |
Freddy Chaves Arguedas, 1°-AGO al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45672, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante en virtud del movimiento anterior. |
Adriana Arroyo Serrano, 1°-AGO al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
NUEVOS NOMBRAMIENTOS |
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368572, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Cristian Canales Bonilla, 4-AGO al 31-DIC de 2014. El candidato no labora actualmente para la institución, pero sí forma parte del registro de elegibles actualmente vigente para este tipo de puestos. |
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368726, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Azariel Suárez Fallas, 1°-AGO al 31-OCT de 2014. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en ese mismo departamento, pero con un nombramiento próximo a vencer. |
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368588, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Andrés Lamboglia Vargas, 1°-AGO al 31-OCT de 2014. El candidato labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento, pero con un nombramiento próximo a vencer. |
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353721, Profesional Asistente 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
María Alejandra Granados Alfaro, 1°-AGO al 31-DIC de 2014 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora en un puesto de Profesional Asistente 2 en ese mismo departamento con un nombramiento próximo a vencer. |
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370759, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Aura Ruiz Dinarte, 1°-AGO al 31-DIC de 2014. La candidata labora en propiedad para la institución en un puesto de Asistente Funcional 3 en la Auditoría Interna, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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370750, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
María Cristina Segura Quirós, 1°-AGO al 31-DIC de 2014. La candidata labora en un puesto idéntico en ese mismo departamento. |
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370754, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Helen Victoria Ruiz Moya, 1°-AGO al 31-DIC de 2014. La candidata labora en propiedad para la institución en un puesto de Asistente Funcional 2 en esa misma dirección general por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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47841, Auxiliar Operativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Deyler Bogantes González, 1°-AGO de 2014 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en un puesto de conserje electoral en el Departamento de Programas Electorales, pero con un nombramiento que vence el próximo 31 de julio. |
Los candidatos que se proponen para nuevos nombramientos forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, estos nuevos nombramientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 34 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro.
Puede apreciarse que las solicitudes de nuevos nombramientos cuentan, cuando así corresponde, con el visto bueno de los respectivos superiores jerárquicos.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Recargo de funciones del Contralor de Servicios. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2108-2014 del 17 de julio de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 21 de julio de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio CS-305-2014 del 14 de julio que suscribe el Lic. Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, mediante el cual, en virtud de que disfrutará 10 días de vacaciones a partir del próximo 30 de julio, solicita que durante ese lapso sus funciones se recarguen en el Lic. Farid Ovares Soto, quien ya en otras oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.".
Se dispone: Aprobar el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
E) Vacaciones del Oficial Mayor del Departamento Civil y recargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Inscripciones. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2119-2014 del 18 de julio de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 21 de julio de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número DC-1866-2014 recibido ayer en este despacho que suscribe el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, a través del cual solicita, en virtud de que disfrutará vacaciones por espacio de 10 días y medio a partir de las 12:00 horas del próximo 31 de julio, que durante su ausencia para atender las funciones que le corresponden se proceda de la siguiente forma:
a)- nombrar interinamente como Oficial Mayor del Departamento Civil al señor Luis Antonio Bolaños Bolaños, quien es titular del cargo de Jefe de la Sección de Inscripciones y en diversas oportunidades ha asumido esa misma responsabilidad.
b)- recargar las funciones de jefatura de la Sección de Inscripciones en el servidor Fernando Acuña Chaves, quien labora en esa unidad administrativa como Profesional en Inscripciones y ya en otra ocasión se desempeñó –con buen suceso según se indica– durante cuatro días en ese puesto por encargo de funciones.
Si bien aquí en oficinas centrales no se realizan sustituciones por vacaciones, salvo el conocido caso de los oficiales de seguridad, advierte el Lic. Fallas Vargas que en esta oportunidad resulta necesario por cuanto el Oficial Mayor del Departamento Civil y el Jefe de la Sección de Inscripciones deben firmar resoluciones conjuntamente, lo que hace imposible que ambos cargos sean desempeñados simultáneamente por una misma persona.
Según puede apreciarse, tal gestión cuenta con la anuencia de la Dirección General del Registro Civil y con el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría, por lo que, salvo superior criterio, bien podría procederse de esa manera.".
Del señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, se conoce conjuntamente oficio n.° DC-2004-2014 del 24 de julio de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, el cual cuenta con el visto bueno del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Por razones de trabajo le solicito se sirva coordinar lo pertinente para que, si a bien lo tiene el Superior, las vacaciones (10.5 días hábiles) solicitadas en oficio DC-1866-2014 del 14/07/2014 (adjunto copia) se trasladen para disfrutar a partir del 04/08/2014 y hasta el mediodía del 19/08/2014, inclusive, trasladando igualmente las fechas del nombramiento interino del Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños como Oficial Mayor Civil y el recargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Inscripciones para el Lic. Fernando Acuña Chávez, Profesional Ejecutor 3 destacado en la indicada Sección.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día el segundo de los oficios referidos. 2.- Aprobar conforme propone el señor Fallas Vargas. ACUERDO FIRME.
F) Nombramiento en propiedad en el Departamento de Comercialización de Servicios. Del señor Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce resolución de las trece horas y cincuenta y cinco minutos del veintiuno de julio de dos mil catorce, mediante la cual dispone ascender en propiedad –a partir del 1.° de agosto de 2014– al funcionario Jonathan González León, al puesto Profesional en Comercialización de Servicios, plaza n.° 366526.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
G) Nombramiento en propiedad en la Secretaría General del TSE. Del señor Erick Guzmán Vargas, Secretario General de este Tribunal, se conoce resolución de las catorce horas y cinco minutos del veintiuno de julio de dos mil catorce, mediante la cual dispone ascender en propiedad –a partir del 1.° de agosto de 2014– al funcionario Ronald Arias Segura, al puesto Asistente Administrativo 2, plaza n.° 353730.
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
H) Nombramientos en propiedad en el Departamento Civil. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director General a. i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-0737-2014 del 21 de julio de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"A través del oficio RH-2109-2014 del 18 de julio de este año, el señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, sometió a consideración de esta Dirección General, dos nóminas de candidatos elegibles para el nombramiento en propiedad, para dos puestos de Asistente 1 [sic] vacantes en el Departamento Civil.
Con fundamento en lo dispuesto por el Reglamento a nuestra Ley de Salarios y las consideraciones expuestas por el señor Carías Mora en el referido oficio RH-2109-2014 y las indicadas por el señor Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil en el oficio DC-1834-2014 del 10 de julio de los corrientes [sic], el suscrito avala en todos sus extremos la recomendación hecha por el señor Fallas Vargas y en consecuencia se recomienda el nombramiento de los funcionarios que figuran en el primer lugar de la nómina que se indica en este oficio:
PUESTO No. 45667
1.- Delgado Badilla Amalia
2.- González Solís Vanessa
3.- Flores Albertazzi Federico
PUESTO No. 353612
1.- Sánchez Garita Johanna
2.- Flores Albertazzi Federico
3.- Delgado Badilla Amalia
Las personas que ocupan el primer lugar en las ternas, han sido recomendadas por el Oficial Mayor del Departamento Civil, en el citado oficio DC-1834-2014.
Quienes resulten seleccionados podrán ubicarse en propiedad como Asistente 1 [sic] en el Departamento Civil a partir del próximo 01 de setiembre. Devengarán un salario base mensual de ¢393.900.oo y anualidades a razón de ¢8.260.oo cada una con un complemento del 10% como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral, todo de conformidad con el índice salarial vigente.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
I) Traslado definitivo de funcionarias de la Sección de Opciones y Naturalizaciones y la Secretaría General del TSE. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2133-2014 del 23 de julio de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número SGTSE-1353-2014 recibido ayer en este despacho que suscriben los señores Erick Guzmán Vargas y German Rojas Flores, Secretario General del Tribunal y Jefe a.i. de la Sección de Opciones Naturalizaciones respectivamente, a través del cual solicitan el traslado en forma definitiva de las plazas y funcionarias que a continuación se detallan:
NÚMERO DE PLAZA |
OCUPANTE |
CLASE Y PUESTO |
OFICINA ACTUAL |
OFICINA DESTINO |
97515 |
Lady Pérez Moreira |
Asistente Funcional 3, Secretaria 2 |
Secretaría General del Tribunal |
Sección de Opciones y Naturalizaciones |
357811 |
María Auxiliadora Calvo Serrano |
Asistente Administrativo 1, Oficinista 1 |
Sección de Opciones y Naturalizaciones |
Secretaría General del Tribunal |
Para justificar tal traslado de plazas, los solicitantes exponen en su oficio lo siguiente: “El traslado de las funcionarias, aun (sic) [sic] siendo de clases distintas, resulta oportuno por la experticia alcanzada por la señora Lady Pérez Moreira en la tramitación y calificación de expedientes puestos en conocimiento del tribunal [sic] Supremo de Elecciones, en la Unidad de Expedientes Civiles de la Secretaría General del TSE, relacionados directamente con la materia de naturalizaciones y se pretende materializarlo como una forma de apoyar la gestión de dicha Sección (sic) [sic], la cual cuenta con un gran circulante por resolver.”
En la actualidad la señora Pérez Moreira ocupa en propiedad en la Secretaría General del Tribunal la plaza número 97515 que, según se indicó en el cuadro anterior, corresponde a un puesto de Secretaria 2 ubicado en la clase Asistente Funcional 3. Al trasladarse a la Sección de Opciones y Naturalizaciones y siendo que esta unidad administrativa ya cuenta con una persona atendiendo las labores secretariales, es de suponer que asumirá funciones de una naturaleza radicalmente diferente, por lo que se hace necesario que tanto la funcionaria como la respectiva jefatura completen el cuestionario que utiliza este departamento para la definición de puestos, de manera que podamos determinar cuál debe ser, dentro de esa misma clase, el nombre correcto del puesto una vez que esté desempeñando las nuevas tareas.
Por su parte, la servidora Calvo Serrano está nombrada de forma interina en la plaza número 357811 de oficinista 1 en la Sección de Opciones y Naturalizaciones, concretamente en sustitución de la señora Yeraldyn Mora Espinoza quien es su titular y por ahora se encuentra con ascenso interino en un cargo de nivel profesional en la Oficina de Proyectos Tecnológicos. De acuerdo con lo anterior, en el momento en que esta última funcionaria deba regresar a ocupar su plaza en propiedad, ya no lo haría a la Sección de Opciones y Naturalizaciones sino a la Secretaría General del Tribunal.
Según puede apreciarse, el movimiento pretendido cuenta con la anuencia del Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora en su condición de Director General a.i. del Registro Civil, así como de las tres funcionarias involucradas.
En caso de aprobarse esta gestión, que podrá regir a partir del día siguiente a la firmeza del acuerdo del Tribunal que así lo disponga, deberá tomar nota la Dirección Ejecutiva a efecto de contemplar el cambio en la relación de puestos institucional.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
J) Modificaciones al Manual Descriptivo de Puestos. De los señores Francisco Rodríguez Siles y Ricardo Carías Mora, Director Ejecutivo y Jefe del Departamento de Recursos Humanos, respectivamente, se conocen nuevamente los oficios n.° RH-1776-2014 del 10 de junio de 2014, n.º DE-1589-2014 del 20 de junio de 2014, n.º DE-1659-2014 del 27 de junio de 2014 y n.º DE-1729-2014 del 3 de julio de 2014, recibidos por su orden, en la Secretaría General de este Tribunal, los días 11, 20 y 30 de junio de 2014 y 3 de julio de 2014, mediante los cuales proponen una serie de modificaciones al Manual Descriptivo de Puestos de estos organismos electorales.
Se dispone: Tener por aprobadas las modificaciones al referido manual, según los términos propuestos por los señores Carías Mora y Rodríguez Siles. ACUERDO FIRME.
K) Recurso de apelación de la funcionaria Adriana Espinoza Sibaja. De la señora Adriana Espinoza Sibaja, funcionaria de estos organismos electorales, se conoce memorial recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 21 de julio de 2014, mediante el cual plantea recurso de apelación contra lo resuelto por el Departamento de Recursos Humanos en el oficio n.º RH–2074–2014.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Por resultar de su competencia, pase el recurso planteado a la Dirección Ejecutiva, para su conocimiento y resolución. Tome nota el Departamento de Recursos Humanos. Hágase del conocimiento de la señora Espinoza Sibaja. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Designación de representante del TSE ante la Asociación Solidarista del Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Douglas Sandí Guillén, Representante de este Tribunal ante la Asociación Solidarista de Empleados del TSE (ASOTSE), se conoce memorial del 21 de julio de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio STSE-4170-2009 del 17 de diciembre de 2009, se comunicó acuerdo tomado por el Superior en Sesión Ordinaria N° 127-2009 de misma fecha, en la cual se me designó como representante del Tribunal Supremo de Elecciones ante la Junta Directiva de la Asociación Solidarista del Tribunal Supremo de Elecciones (ASOTSE).
Debido a que a partir de junio del corriente me integré como miembro de esa asociación, me veo imposibilitado para continuar fungiendo como representante del TSE ante esa Junta Directiva, razón que me obliga a declinar la designación arriba indicada.
Con la finalidad de sustituirme en tales funciones, sugiero al funcionario Carlos Enrique Chavarría Salas, Encargado del Área de Tesorería de esta Contaduría, persona que cuenta con la venia del señor Contador y nunca ha pertenecido a la ASOTSE.".
Se dispone: Agradecer al señor Sandí Guillén por la labor desplegada como representante de este Tribunal ante la ASOTSE y designar en su lugar al señor Carlos Enrique Chavarría Salas conforme se sugiere. Hágase del conocimiento de dicha Asociación. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.
A) Informe verbal de la Misión de Observación Electoral de la OEA para las elecciones presidenciales y legislativas 2014. De la señora Linyi Baidal, Directora General a. i. de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio n.° DGPE/669-2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de julio de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de saludarlo con el propósito de remitir el “Informe Verbal de la Misión de Observación Electoral para las Elecciones Generales de Presidente y Vicepresidente [sic] y Diputas [sic] a la Asamblea Legislativa en Costa Rica”, presentado el pasado 9 de julio ante el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Dicho informe fue remitido a la Misión Permanente de Costa Rica ante la OEA, mediante nota SG/SAP/DECO-719/14, del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría de Asuntos Políticos de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, con la solicitud expresa de remitir el informe a su persona.".
Se dispone: Agradecer a la señora Baidal la remisión de tan valioso informe, el cual pasará a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, para lo de su cargo. El presente informe, al igual que el remitido en su oportunidad por CAPEL, se colgarán en la página web institucional. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) III Plan de Acción de la Política Nacional para la Igualdad y Equidad de Género (PIEG). De la señora Alejandra Mora Mora, Ministra de la Condición de la Mujer, se conoce oficio n.° MCM-099-07-2014 del 14 de julio de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 21 de julio de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciba un cordial saludo de nuestra parte. Con agrado me permito informarle que, en este momento, nos encontramos impulsando el proceso de construcción del III Plan de Acción de la Política Nacional para la Igualdad y Equidad de Género (PIEG).
Como es de su conocimiento, la PIEG es una herramienta de política pública de carácter estatal, que abarca el periodo comprendido entre 2007-2017. Para operativizar [sic] la política la política se diseñan planes de acción, los cuales concretizan [sic] las aspiraciones propuestas en cada uno de sus seis objetivos. El primer Plan de acción 2008 – 2012 abarcó 85 acciones estratégicas y en 2011 se efectuó un balance de sus resultados. El segundo Plan de acción 2012-2014, con 72 acciones estratégicas, se encuentra en su último año de ejecución y ya se cuenta con un balance preliminar de sus acciones. El tercer plan de acción abarcará el periodo 2015-2018.
Para la construcción del tercer y último plan de acción de este periodo se ha elaborado una estrategia tendiente [sic] a incorporar los aportes de las diversas instituciones y organizaciones protagonistas, para lo cual esperamos contar con una participación activa de las instituciones relacionadas con los objetivos de la Política.
A partir de la experiencia de los planes anteriores, se ha considerado oportuno incorporar acciones que cuenten con un adecuado balance entre lo estratégico y lo viable en este tercer plan, de manera que se pueda garantizar al máximo posible su efectiva ejecución.
La estrategia metodológica que se propone contempla reuniones con la Comisión Técnica Interinstitucional, jornadas de trabajo con la participación de especialistas e instituciones involucradas, así como un proceso de negociaciones técnicas y políticas bilaterales para consensuar las acciones propuestas en el III Plan de Acción.
A continuación se detalla cronograma de trabajo propuesto en líneas generales.
Actividad |
Fecha |
Reuniones Comisión Técnica Interinstitucional |
18 junio-04 de julio |
Jornadas de trabajo con especialistas e instituciones |
22 julio-28 agosto |
Elaboración de la propuesta preliminar del III Plan de acción |
01-15 de setiembre |
Proceso de negociación política |
15-30 septiembre |
En este proceso es vital la representación institucional en la Comisión Interinstitucional de la PIEG, que ha estado en el caso de su institución, bajo la responsabilidad de las señoras Sary Montero e Ileana Montero, Unidad de Género, quienes han fungido como enlace. Dado lo anterior, se solicita corroborar dicha representación, o la que su persona considera pertinente para el presente período de gobierno.
A sabiendas de que el éxito de este proceso depende del involucramiento activo de todas las instituciones que hacen parte de la política, agradecemos de antemano el interés y disposición de su institución.".
Se dispone: Agradecer a la señora Ministra Mora Mora la información que hace del conocimiento de este Tribunal y corroborar que, al respecto, la representación de estos organismos electorales recae efectivamente en la señora Sary Montero Cabezas, Encargada de la Unidad de Género institucional. ACUERDO FIRME.
B) Informe sobre seguimiento a las elecciones nacionales por parte del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. Del señor Erick Hess Araya, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, se conoce oficio n.° SE-E-224-14 del 15 de julio de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 21 de julio de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciba un cordial saludo del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE), ente rector de discapacidad.
El CNREE y el Tribunal Supremo de Elecciones han trabajado de manera conjunta en diversas ocasiones para propiciar y asegurar la participación política de las personas con discapacidad, esto con mucha más atención durante los últimos procesos electorales.
Para las elecciones del [sic] 2014 nuestra institución buscó que las PcD tuvieran una participación activa, no solamente mediante el voto sino también informándose y teniendo espacios para el debate.
Además de esto el día de las elecciones en nuestras diferentes Rectorías tuvimos seguimiento del proceso para asegurar el respeto a los derechos humanos de todas las personas.
Con la idea de mantener una mejora continua hemos documentado ciertas situaciones que se presentaron tanto en la primera como en la segunda ronda del pasado proceso electoral, por esta razón le adjunto un informe que recopila elementos relevantes para las PcD y para nuestro sistema democrático como un todo.
El enfoque hacia un proceso electoral es integral, no solamente el día de las votaciones se potencia la participación de las PcD, por eso debemos asegurar el trabajo conjunto para que el acceso a la información, a los eventos de los partidos, a los centros de votación, a los espacios de debate y la cobertura de los medios a las elecciones, sea accesible para todo [sic] la sociedad.".
Se dispone: Agradecer al señor Hess Araya la remisión de sus valiosas observaciones, las cuales pasarán a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.
C) Consulta legislativa del proyecto de ley de Reformas de los artículos 49 y 51 de la Ley N.° 30, Código Civil y 104 de la Ley N.°5476, Código de Familia, Ley de Igualdad en la inscripción de los apellidos, expediente n.° 18.943. De la señora Nery Agüero Montero, Jefa de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.º CJ-56-2014 del 15 de julio de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos tiene para su estudio el proyecto: Expediente N.° 18.943 “Reformas de los artículos 49 y 51 de la Ley N.° 30, Código Civil y 104 de la Ley N.°5476, Código de Familia, Ley de Igualdad en la inscripción de los apellidos”, publicado en La Gaceta 98 del 23 de mayo del [sic] 2014. En sesión N.° 11 de esta fecha, se acordó, según moción aprobada, consultar el proyecto base a su representada. (…).".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone, en forma preceptiva, que tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral” la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Sin embargo, en los seis meses previos y cuatro posteriores a una elección popular, solo se podrán convertir en ley aquellos proyectos en los que este Tribunal estuviere de acuerdo.
Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente, se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia han sido confiada a este Colegiado, lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
Sobre el proyecto de ley objeto de consulta.
La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, somete a consulta de este Tribunal el proyecto legislativo tramitado en expediente número 18.943 “Reformas de los artículos 49 y 51 de la Ley N.° 30, Código Civil y 104 de la Ley N.°5476, Código de Familia, Ley de Igualdad en la inscripción de los apellidos”.
A partir de la lectura de la iniciativa legislativa consultada y de su exposición de motivos, se desprende que esta procura por medio de las reformas propuestas, igualdad en la asignación de los apellidos de los hijos, de manera que los padres de común acuerdo puedan elegir el orden de los apellidos al momento de inscribir su nacimiento o al inscribir los apellidos del adoptado, sea que figure en orden el primer apellido de la madre seguido del primer apellido del padre, o viceversa. De no haber acuerdo entre los padres, el proyecto propone que el orden de los apellidos los defina al azar el Registro Civil.
A juicio de este Tribunal los apellidos refieren a un tema de filiación de la persona y no son, por tanto, naturalmente disponibles a los progenitores, a diferencia de lo que ocurre con el nombre de pila, cuya escogencia sí forma parte de la discrecionalidad familiar o de la autonomía de la voluntad de los progenitores; de ahí que las reglas en cuanto a la asignación de los apellidos han de ser claras, conforme al orden social y al principio de seguridad registral.
No obstante, la decisión respecto a cuál deberá ser –desde la perspectiva normativa– el modelo o mecanismo por seguir en la determinación del orden de los apellidos de los progenitores, es un tema de discrecionalidad legislativa. Si bien en la actualidad la asignación del primer apellido viene dada por la línea paterna, nada obsta, y este Tribunal no se opone, para que se legisle para establecer que el primer apellido se determine por la vía materna, tal como opera actualmente en el modelo brasileño de filiación, por ejemplo, que dicho sea de paso es de mayor certeza.
Conclusión.
Por lo expuesto, el Tribunal Supremo de Elecciones es del criterio que la asignación de los apellidos debe obedecer a un orden social establecido y no a la autonomía de la voluntad de los progenitores, pues ello atenta contra el principio de seguridad registral, tal y como lo propone el proyecto de ley en consulta. ACUERDO FIRME.
D) Instrumentos para atender directriz presidencial sobre contención del gasto público. Del señor Helio Fallas, Ministro de Hacienda, se conoce oficio n.° DM-1215-2014 del 21 de julio de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 24 de julio de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El señor Presidente de la República, promulgó la Directriz N° 009–H, con la finalidad de que se tomen acciones que contribuyan a contener el gasto público; dicha directriz rige a partir del 17 de los corrientes, fecha en que fue publicada en el diario oficial, estableciendo requerimientos de información que permitirán la verificación de su cumplimiento.
En el artículo 14° se insta a los jerarcas de los Supremos Poderes, Legislativo (Asamblea Legislativa, Contraloría General de la República y Defensoría de los Habitantes) y Judicial, así como al Tribunal Supremo de Elecciones, dado que sus gastos son financiados a través del Presupuesto de la República, para que apliquen las medidas señaladas en la citada directriz.
En atención a lo anterior, se solicita que su representada se una al esfuerzo que realiza el Poder Ejecutivo, para lo cual el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Presupuesto Nacional, diseñó los instrumentos que permiten atender lo dispuesto en los artículos 2° y 8° de la referida directriz, que consisten en dos formularios que facilitan el envío de la información y se encuentran disponibles en la siguiente dirección electrónica:
http://www.hacienda.go.cr/contenido/12503-lineamientos-y-directrices
Adicionalmente, ante la insuficiencia de ingresos al erario público y para contribuir con la contención del gasto, se insta a su representada a sumarse al resto de entidades del Sector Público, en el esfuerzo de racionalizar los recursos públicos y minimizar los gastos operativos; en línea con lo anterior, se solicita de la manera más atenta su colaboración y aporte mediante una propuesta de ajuste al presupuesto de su institución, tomando en cuenta la disponibilidad de recursos y la ejecución presupuestaria del presente año en la partida de remuneraciones, así como en otros gastos que considere convenientes, lo anterior con el propósito de realizar una modificación del presupuesto nacional.
Ante la premura en llevar a término dichos ajustes, se solicita que la información requerida se remita a la Dirección de Presupuesto Nacional, a más tardar el próximo 30 de julio.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer al señor Ministro Fallas la información que hace del conocimiento de este Tribunal. Para su atención inmediata, pase a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Marisol Castro Dobles |
Fernando del Castillo Riggioni |
Zetty María Bou Valverde |