ACTA N.º 31-2014


Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del once de marzo de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Fernando del Castillo Riggioni y Juan Antonio Casafont Odor.


ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.

A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.

ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2014.

A) Plan de implementación del segundo simulacro de voto electrónico. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-253-2014 del 5 de marzo de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El pasado 17 de febrero se celebró una reunión en el departamento de Programas Electorales, en donde participaron funcionarios de dicho departamento, esta Dirección y la Dirección de Estrategias Tecnológicas [sic], donde se analizaron los resultados del simulacro de voto electrónico y estudio de tiempos realizados.

Producto de lo anterior, el señor Eric Schmidt Fonseca presentó ante este despacho el pasado 24 de febrero, mediante oficio DPE-102-2014 de fecha 21 de febrero del presente, el “Plan de implementación para el segundo Simulacro de Voto Electrónico”, esta Dirección previo análisis y valoración del citado planteamiento comparte el criterio del señor Schmidt, en donde de aprobarse dicho plan esta Dirección realizará las siguientes acciones:

1. Informar al Cuerpo Nacional de Delegados para que el día de las elecciones los delegados que se destaquen en esos centros de votación brinden la información requerida por los ciudadanos.

2. Solicitar a la Oficina de Prensa que un comunicado [sic] donde informe la ejecución y características de dicha prueba considerando a los medios de prensa, ciudadanos, partidos políticos, observadores nacionales e internacionales y demás agentes electorales que se consideren necesarios, recalcando que los resultados del simulacro no serán vinculantes.

3. Que el Programa de Guías Electorales destaque un equipo de trabajo que se encargue de difundir la información, ubicar al ciudadano y solicitarles la anuencia de participar en el simulacro.

4. Que el Programa de Transporte Electoral coordine el transporte de ida y regreso de los funcionarios y equipos.

5. Que el Programa de Asesores Electorales coordine con los encargados de centro de votación para que se puedan realizar las inspecciones previas al centro de votación, así como cualquier colaboración adicional que se requiera.

6. Que el programa de 800 Elector gestione lo pertinente para poder atender cualquier eventual denuncia que se presente ante este programa.

7. Que el Programa de Seguridad Electoral disponga de colaboradores de la Fuerza Pública para custodiar los equipos.

8. Que el Programa de Publicidad realice las gestiones pertinentes para que se divulgue la información pertinente sobre la realización del simulacro.

9. Que el Departamento de Programas Electorales a través de los funcionarios designados en cada centro se aseguren [sic] que del día de las elecciones los electores ya hayan sufragado en sus respectivas juntas receptoras de votos antes de votar en las urnas electrónicas con el fin de evitar confusión en el electorado.

10. Se asignará al Ingeniero Luis Felipe Brosed Lizano para que coordine lo necesario en relación a [sic] la medición de tiempos para el análisis de resultados posteriores.

Ruego elevar la anterior recomendación a conocimiento y aprobación de las señoras y señores Magistrados.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.

B) Petición al Ministerio de Educación Pública para no impartir lecciones el lunes posterior a las elecciones. De los señores Héctor Fernández Masís y Eric Schmidt Fonseca, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Jefe del Departamento de Programas Electorales, respectivamente, se conoce oficio n.° DPE-148-2014 (SUSTITUIR) del 7 de marzo de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Debido a la realización de la segunda vuelta electoral el domingo 6 de abril de 2014, muchos de los centros educativos habrán sido utilizados como locales de votación, razón por la cual será necesario contar con tiempo para su reacomodo y preparación para recibir nuevamente al estudiantado que continuará con el curso lectivo.

Por lo anterior, respetuosamente solicitamos elevar a conocimiento del Superior la presente solicitud a efectos de enviar la petición al jerarca del Ministerio de Educación Pública, para que se disponga no impartir lecciones el día 7 de abril a fin de realizar el acondicionamiento pertinente en los diferentes centros de votación.".

Se dispone: Aprobar conforme solicita y autorizar a la Presidencia de este Tribunal para suscribir el respectivo oficio. ACUERDO FIRME.

C) Solicitudes del Partido Acción Ciudadana para la segunda votación de las elecciones presidenciales. De la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, Secretaria General del partido Acción Ciudadana (PAC), se conoce oficio n.° PAC-CE-084-2014 del 6 de marzo de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, en el cual, dada la decisión anunciada la semana pasada por el candidato del partido Liberación Nacional y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente solicita:

"Solicitamos:

  1. Autorizar al Partido Acción Ciudadana para que acredite más fiscales generales que le permitan fortalecer y ampliar la cobertura de fiscalización de sufragio.
  2. Autorizar el proceso de juramentación de miembros de mesa acreditados.
  3. Reestructurar Juntas Electorales para que puedan contar con representación de los partidos contendientes en el proceso de votación.
  4. Garantizar el desempeño eficiente y neutral de los auxiliares electorales y sustituir aquellos que hayan desatendido o incumplido sus funciones el pasado 2 de febrero.
  5. Que el Tribunal Supremo de Elecciones haga un llamado explícito al voto y contra el abstencionismo, en el tanto se mantiene inmutable el hecho de que hay dos partidos y dos candidatos en la disputa electoral.
  6. Que el Tribunal Supremo de Elecciones haga un llamado a todas las personas acreditadas como miembros de mesa o fiscales para que se presenten a los centros de votación el próximo 6 de abril.".

Asimismo, de la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, Secretaria General del PAC, se conoce conjuntamente memorial del 10 de marzo de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con profunda preocupación hemos conocido las noticias que hoy circulan sobre aparente filtración de papeletas para la segunda ronda de la elección de la Presidencia de la República, a efectuarse el próximo 6 de abril.

A las ya condiciones excepcionales que se han suscitado con la renuncia del contendiente del PLN a desarrollar trabajo proselitista y a las dudas y desinformación que ello ha originado en el electorado, ahora se suma esta otra noticia. Todo ello contribuye a generar una atmósfera de incertidumbre sobre un proceso que tanto el TSE como el Partido Acción Ciudadana aspiramos a que sea transparente, como condición de un mandato claro e incuestionable del Soberano.

Ante la gravedad de la situación que se informa, le solicito la información veraz sobre el asunto, así como las medidas que asumirá el TSE para atender esta situación tan grave y que de ser cierta deja vulnerable el sistema de sufragio.".

Se dispone: Corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones, por mandato constitucional, organizar, dirigir y vigilar los actos relativos al sufragio. Es, por tanto, responsabilidad suya asegurar la recta y nítida expresión de la voluntad popular, en el marco de comicios periódicos, libres y justos.  La decisión de uno de los candidatos que intervienen en la segunda vuelta presidencial de retirarse de la campaña, aunque sin renunciar a su candidatura por encontrarse ello prohibido constitucionalmente, crea una situación inédita que obliga al Tribunal a tomar algunas providencias que le garanticen el control y un adecuado desenlace de esta etapa final del proceso electoral. Ante unas votaciones en que los hechos le han restado competitividad política y que pueden comprometer la capacidad operativa natural de las juntas receptoras de votos, resulta necesario crear oportunidades reforzadas de fiscalización partidaria y adoptar medidas especiales de resguardo del material electoral; lo anterior, en protección del ejercicio efectivo y libérrimo del derecho al sufragio, cuyo resguardo constituye la esencia de  la función del Tribunal Supremo de Elecciones.

Las tres primeras peticiones que se formulan, en el primero de los escritos del PAC, son asuntos que están siendo conocidos dentro del expediente n.° 102-DC-2014. La primera de ellas, sin embargo, considerando la conveniencia de su más célere atención, se contesta de seguido: se autoriza a los partidos concernidos en las votaciones del 6 de abril para que, si lo tienen a bien, acrediten nuevos fiscales generales, para lo cual deberán sujetarse a las condiciones fijadas en el Reglamento para la fiscalización de los procesos electivos o consultivos, pero pudiendo hacerlo dentro del plazo extraordinario que, a la mayor brevedad, determinará la Dirección General del Registro Electoral. Dentro del mismo plazo podrán designar fiscales ante el TSE, en los términos del artículo 212 del Código Electoral.

Sobre las demás solicitudes, del primer y segundo escrito, corresponde informarle a la señora presidenta del PAC lo siguiente:

a)  Sobre los auxiliares electorales: Estos asistirán a una nueva actividad de capacitación, con el propósito de optimizar su desempeño en la cita electoral que se avecina; actividad que se aprovechará también para insistir sobre el deber legal que pesa sobre ellos de comportarse con absoluta neutralidad en el cumplimiento de sus delicadas responsabilidades. Asimismo, el Registro Electoral está, en este momento, evaluando el desenvolvimiento de esos auxiliares y, oportunamente, procederá a sustituir a quienes hayan cometido errores significativos durante la pasada jornada comicial.

b)  Sobre la política comunicacional: Durante las siguientes semanas, el Tribunal mantendrá sin menoscabo alguno su campaña de motivación para el ejercicio del voto, aprovechando en toda su extensión la media hora de la que disfruta gratuitamente en radio y televisión, así como sus demás recursos comunicacionales. En el contexto de esa campaña, se está preparando un nuevo producto para incorporar el mensaje dirigido a todos los miembros de las juntas receptoras de votos (JRV), independientemente de la agrupación política que los haya postulado, sobre el inexcusable deber que tienen de cumplir sus funciones de cara a la segunda vuelta electoral.

c) En relación con la publicación de Diario Extra: 1- Tras una revisión exhaustiva del material electoral, podemos afirmar que no se ha extraviado una sola de las 6.515 tulas. 2- Revisado el talón de la JRV n.° 4.716 (a la que, según dicha publicación, pertenecerían las papeletas en poder del periódico), podemos confirmar que en este no falta ni una sola papeleta. 3- El Tribunal ha activado los protocolos de Seguridad Electoral para atender lo denunciado de acuerdo con su naturaleza, que es la de delincuencia electoral, lo que involucra la necesaria coordinación con las autoridades del Organismo de Investigación Judicial y del Ministerio Público. 4- Para mayor tranquilidad de la ciudadanía y ante la eventualidad de que se hayan falsificado o sustraído papeletas electorales, el Tribunal ha ordenado que se le incorpore a las papeletas que se utilizarán el próximo 6 de abril un distintivo de seguridad adicional. 5- Además, como medida añadida de seguridad en la cadena de custodia electoral, se dispone que las papeletas, junto al resto del material electoral y luego de la sesión de apertura de paquetes, sean entregadas a los auxiliares electorales del Tribunal y no a los presidentes de las JRV (propuestos por los partidos políticos); corresponderá a esos auxiliares resguardar ese material hasta el día de los comicios.

Sin demérito de la gravedad del asunto, que está siendo atendido diligentemente por este Tribunal, es importante que las autoridades del PAC y los costarricenses en general tengan claro que lo ocurrido no pone en riesgo, en modo alguno, la transparencia del proceso electoral ni la pureza del sufragio, toda vez que existen una serie de controles (p.ej. verificación de que la cantidad exacta de papeletas se corresponda con la de electores por JRV, exigencia de que los votos cuenten con las firmas de los miembros de mesa al dorso antes de depositarlos en las urnas y revisión de estos mismos aspectos durante el conteo y el escrutinio definitivo) que tornan imposible la vulneración de la voluntad popular, cuyo respeto este Tribunal garantiza.

Hágase del conocimiento del Director General del Registro Electoral y del Asesor Político del Tribunal Supremo de Elecciones.  Notifíquese a la gestionante y comuníquese a los partidos políticos en general. ACUERDO FIRME.

D) Participación de funcionarios representantes del TSE en el extranjero. De los señores Héctor Fernández Masís y Eric Schmidt Fonseca, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y Jefe del Departamento de Programas Electorales, respectivamente, se conoce oficio n.° DPE-0151-2014 del 7 de marzo de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:

"Como es de su conocimiento en acuerdo STSE-0358-2014 del día 13 de febrero el Superior aprobó la designación de los funcionarios que fungirán como delegados del TSE a propósito de la segunda vuelta a llevar a cabo el 6 de abril.

Sin embargo, posterior a ese acuerdo, haciendo los cálculos respectivos de viáticos, y a raíz del elevado costo del dólar de los últimos días, prevemos un incrementado considerablemente en este rubro, adicional al aumento que esto mismo impactaría en el caso de la compra de tiquetes. De esta manera el resultado se vería reflejado en más de 20 millones de colones adicionales a lo gastado para atender la elección de febrero.

Ante ello, procedimos a analizar aquellos casos en los que se podría prescindir de la colaboración de los compañeros, tomando en cuenta la capacidad de los funcionarios consulares de atender la elección, la poca cantidad de electores inscritos todos son consulados con menos de 100 electores- y la participación que se tuvo en primera ronda. Siendo así, se propone dejar sin efecto la designación hecha por el TSE en los consulados de Viena (Austria), Bruselas (Bélgica), La Paz (Bolivia), Brasilia (Brasil), Quito (Ecuador) y Montevideo (Uruguay).".

Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.

A) Autorización para socios de la Asociación Solidarista del TSE que laboran en regionales del TSE asistan a asamblea general. Del señor Marcos Zúñiga Alvarado, Presidente de la Asociación Solidarista de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° ASOTSE #003-2014 del 5 de marzo de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"(…)

Este próximo 14 de Marzo del [sic] 2014 se celebrará la Asamblea General Ordinaria, iniciado [sic] con la primera convocatoria a las 4:00 p.m. y en segunda convocatoria a las 5:00 p.m. en el Hotel Wyndham (Ramada Plaza Herradura).

Este día se dará a conocer los informes de Presidencia, Tesorería y Fiscalía de nuestra Organización, así como la aprobación de excedentes anuales, cerrando con una actividad social.

Solicitamos su colaboración para que autoricen la salida anticipada al horario establecido para que un representante de cada una de las regionales fuera del Gran Área Metropolitana pueda asistir a dicho evento con goce de salario.

Actualmente contamos con socios activos en el 90% de las Regionales más lejanas, razón por la cual para nosotros es muy importante su asistencia.".

Se dispone: Aprobar conforme se solicita, entendiendo que la licencia con goce de salario por todo el día lo es para los funcionarios de sedes regionales muy distantes y que requieren de considerable tiempo para su traslado a la sede del evento. Las jefaturas de las Oficinas Regionales deberán adoptar las disposiciones necesarias para no afectar la normal prestación del servicio al público. ACUERDO FIRME.

B) Autorización para miembros de la Junta Directiva de la Asociación Solidarista del TSE que atenderán asamblea general. De la señora Jeimy González Ardón, Administradora de la Asociación Solidarista de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones, se conoce oficio n.° ASOTSE #004-2014 del 5 de marzo de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El próximo viernes 14 de Marzo del [sic] 2014 se realizará la Asamblea General Ordinaria en el Hotel Wyndham (Ramada Plaza Herradura), la cual está organizada por la Junta Directiva y Administración de ASOTSE.

Por tanto solicito su autorización para que los miembros de la Junta Directiva de ASOTSE y el Tribunal Electoral, ese día puedan retirarse de la Institución a las 2:00 p.m., esto con la finalidad de que con anticipadamente se realicen pruebas de sonido para la presentación de los informes y demás detalles de la Asamblea.

Los miembros de la Junta Directiva son los siguientes:

Presidente:                Marcos Zúñiga Alvarado, Área de Transportes

Vicepresidente:        Henry Montero Zumbado, Dirección Ejecutiva.

Secretario:                Sonny Rojas Aguilar, Recursos Humanos.

Tesorero:                Nestor [sic] Cordero López, D.G.E.T.

Vocal I:                        Evelyn Ortiz Carvajal, Contraloría de Servicios.

Vocal II:                Jorge Sanabria Miranda, Secretaría TSE.

Vocal III:                Roberth Lopez Cerbellón, Recursos Humanos.

Fiscal I:                        Paola Barroeta González, Voto en el Extranjero.

Fiscal II:                Roger Obando Chaves, Actos Jurídicos.

Los miembros del Tribunal Electoral son los siguientes:

Sra. Beatriz Morales Mora, IFED.

Lic. Luis Sáenz Venegas, Dirección Ejecutiva.

Lic. Wilson Espinoza Coronado, Programas Electorales.".

Se dispone: Autorizar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.

A) Convenio de cooperación interinstitucional con el TSE de Panamá y la Registraduría Nacional del Estado Civil de la República de Colombia. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora y Ronny Jiménez Padilla, Director General a. i. del Registro Civil y Jefe a. i. del Departamento Legal, respectivamente, se conoce oficio n.° DL-093-2014 del 5 de marzo de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual según lo dispuesto en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.º 1-2014 celebrada el 7 de enero de 2014 rinden informe relativo al convenio interadministrativo de cooperación interinstitucional entre este Tribunal, el Tribunal Electoral de la República de Panamá y la Registraduría Nacional del Estado Civil de la República de Colombia y, con fundamento en una serie de consideración, literalmente concluyen y recomiendan:

"Conclusiones y recomendaciones:

Con base en lo expuesto, al constatar que su objeto no excede ni conlleva el ejercicio de actividades ajenas a las competencias que en materia de registro de hechos vitales y de identificación de las personas realiza el Tribunal Supremo de Elecciones por medio del Registro Civil, o genere, por sí mismo, compromiso económico alguno para el Tribunal, se estima procedente la firma del convenio consultados [sic] en los términos propuestos.

No obstante lo anterior, a manera de recomendaciones sugerimos lo siguiente:

       Proponer que se incluya en su texto, la posibilidad de establecer la oportunidad de que, a partir de la identificación de temas puntuales o áreas de interés común de las partes, se puedan concretar cartas de entendimiento y facilitar la cooperación mutua entre los entes en las nuevas áreas o campos de acción identificados.

       Realizar la designación de los funcionarios que fungirán como representantes del Tribunal e integrarán la denominada Comisión Coordinadora del convenio [sic]

No está de más indicar que, en caso de que se resuelva aprobar la suscripción del convenio con las sugerencias apuntadas, el Departamento Legal como es lo usual- se encargará de realizar todas las gestiones tendientes [sic] a su formalización en los términos señalados.".

Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. El propio Director General a. i. del Registro Civil se encargará de verificar la anuencia de la contraparte en punto a la cláusula adicional que se sugiere. Designar como representantes de este Tribunal ante la Comisión Coordinadora de dicho convenio a los señores Rodolfo Villalobos Orozco y Patricia Chacón Jiménez. Proceda con lo de su cargo el Departamento Legal. ACUERDO FIRME.

B) Agradecimiento de la señora María Eugenia Villagrán de León al finalizar su periodo como Magistrada Presidenta del TSE de Guatemala. De la señora María Eugenia Villagrán de León, Magistrada Presidenta del Tribunal Supremo Electoral de la República de Guatemala, se conoce memorial del mes de marzo de 2014, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de marzo de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Le saludo deseándole los mejores parabienes, permitiéndome remitir esta misiva, para felicitar al Tribunal Supremo de Elecciones por el éxito alcanzado en la organización del recién evento electoral, augurándole que la Segunda Contienda Electoral sea de total éxito.

Así mismo ofrecerle el más sincero agradecimiento por haberme acompañado tan de cerca y de manera efectiva, en el desempeño de mis funciones como Presidenta del Tribunal Supremo Electoral.

Fueron seis años intensos, desafiantes, a veces difíciles, pero llenos también de logros, de avances y por sobre todo, colmados de momentos donde la calidad humana y profesional de nuestro personal y de personalidades como la suya, me hizo siempre sentir orgullosa de ser la persona responsable de llevar a buen término, las responsabilidades de nuestra Institución.

Al asumir el cargo, mi visión del trabajo era clara y definida, se tenían que realizar acciones acordes con la actual complejidad electoral, utilizando para ello los mecanismos tecnológicos precisos, trabajar por consolidar eficazmente las capacidades estratégicas que la modernización de este alto organismo demandaba, celebrando un Protocolo de Tikal y un proceso electoral transparente y objetivo; creando entre otros, el Instituto Electoral y haciendo planteamientos de reformas electorales que tanta falta hace a nuestro sistema político.

El tiempo y la historia evaluarán el desempeño, pero afortunadamente la administración que presidí en el Tribunal Supremo Electoral, me ofreció la sabiduría de reconocer que su amistad, solidaridad y apoyo, hizo una gran diferencia.

Hoy, al transferir la Magistratura, le expreso mi emocionada satisfacción por la labor realizada y mi profundo agradecimiento por coadyuvar a mis esfuerzos en la búsqueda por superar los retos democráticos que se presentaron.

Estoy y estaré siempre comprometida con el servicio a mi patria, en tal forma entregué lo mejor de mí y de mis conocimientos en el tiempo que me tocó servirla.

Como siempre, seguiré estando a las órdenes de amigos y colegas como usted, que me brindaron el privilegio de su confianza.".

Se dispone: Agradecerle a la señora Magistrada Presidenta Villagrán de León la remisión de esta comunicación y desearle el mayor de los éxitos en sus proyectos profesionales y personales. ACUERDO FIRME.

ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.

A) Informe de Evaluación Anual de la Gestión Presupuestaria del Ejercicio Económico 2013. Del señor Fabián David Quirós Álvarez, Subdirector General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda, se conoce oficio n.° DGPN-SD-0086-2014 del 3 de marzo de 2014, recibido vía correo electrónico en la Secretaría General de este Tribunal el 6 de marzo de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Me permito adjuntar el informe de evaluación anual de la Gestión Presupuestaria del Ejercicio Económico 2013, que esta Dirección General elaboró con fundamento en los artículos 32, 55 y 56 de la Ley No. 8131 de 18 de setiembre de 2001, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (LAFRPP), 73 y siguientes de su Reglamento; de acuerdo con la autoevaluación remitida por su representada.

Asimismo, el informe se ha enviado mediante correo electrónico a las unidades institucionales de Recursos Financieros y de Planificación y se encuentra disponible en la siguiente dirección:

http://www.hacienda.go.cr/contenido/12767-informe-anual-de-evalacion-2013

Por último, me permito indicarle que dicho informe contiene recomendaciones que deberán ser consideradas por su representada.".

Se dispone: Agradecer al señor Quirós Álvarez la información que hace del conocimiento de este Tribunal. Para lo de su cargo, pase a la Dirección Ejecutiva y a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. ACUERDO FIRME.

B) Encuentro de información para el Costarricense organizado por CANARA. Del señor Mauricio Giutta Hernández, Director Ejecutivo de la Cámara Nacional de Radio de Costa Rica, se conoce memorial del 5 de marzo de 2014, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Nos permitimos adjuntarle copia de las cartas enviadas a los candidatos a la Presidencia señores Johnny Araya, Partido Liberación Nacional, Luis Guillermo Solís, Partido Acción Ciudadana invitándolos al Encuentro de Información para el Costarricense que está organizando esta Cámara para el próximo 31 de marzo.

Asimismo, le adjuntamos el procedimiento y los temas para este Encuentro.

Cualquier consulta o comentario, no dude en contactarnos cuando así lo juzgue conveniente.".

Se dispone: Agradecer a la referida Cámara el envío de la indicada información. Este Tribunal entiende que, en virtud de los recientes acontecimientos políticos, la actividad que interesa ha debido cancelarse. Póngase en conocimiento del Instituto de Formación y Estudios en Democracia. ACUERDO FIRME.

C) Informe de fiscalización de cumplimiento de la Ley del Sistema Nacional de Archivos. De la señora Virginia Chacón Arias, Directora General del Archivo Nacional, se conoce oficio n.° DG-878-2013 del 20 de diciembre de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de marzo de 2014, mediante el cual remite formulario para la rendición de informe relativo al acatamiento de normas archivísticas fundamentales de carácter obligatorio y recomendaciones vertidas en el Informe de Asesoría n.° 04-2008.

Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, el cual deberá rendirse en el plazo de diez días hábiles, pase a la Dirección Ejecutiva y al Archivo Central. ACUERDO FIRME.

D) Consulta legislativa de la Ley Reforma al artículo 52 inciso ñ), o), p) [sic] y artículo 96 de la Ley N° 8765, Código Electoral, para una efectiva incorporación de la perspectiva de género en los partidos políticos, expediente n.° 19.010. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área del Departamento de Comisiones de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° CPII-046 del 6 de marzo de 2014, recibido vía correo electrónico el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Con instrucciones de la Presidenta de la Comisión Permanente Especial de la Mujer, Diputada Pilar Porras Zúñiga, me permito consultar el criterio de esta institución, sobre el texto del proyecto de Ley Expediente N.° 19.010, “Reforma al artículo 52 inciso ñ), o), p) [sic] y artículo 96 de la Ley N° 8765, Código Electoral, para una efectiva incorporación de la perspectiva de género en los partidos políticos”, el cual le remito de forma adjunta a este correo.

La señora Diputada Porras Zúñiga igualmente ha solicitado que se le envíen las mociones que estaría presentando la próxima sesión de la Comisión, a celebrarse el próximo martes 11 del mes en curso, las cuales proponen cambiar el texto original de dicho proyecto. Sobre las mismas [sic] le solicita respetuosamente su valoración y criterio.

(…)".

Se dispone: Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta el cual habrá de rendirse a más tardar el 13 de marzo de 2014 pase a los señores Juan Luis Rivera Sánchez y Andrei Cambronero Torres, letrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.

E) Consulta del señor Diputado Luis Fernando Mendoza Jiménez. Del señor Luis Fernando Mendoza Jiménez, Presidente de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.° Presid.-A.L.-056-14 del 4 de marzo de 2014, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 7 de marzo de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"El Diputado Fabio Rojas Molina en su intervención del Plenario Legislativo del jueves 27 de febrero de 2014, pidió a esta Presidencia consultar al Tribunal Supremo de Elecciones respecto a la legalidad o no, de colocar una bandera con los colores propios de una agrupación política en el pasillo de la Asamblea Legislativa, específicamente, en el pasillo, frente a la Jefatura de Fracción del Partido Acción Ciudadana.

En virtud de lo anterior, me permito consultarle lo siguiente:

1)        Es legal o no que un partido político coloque en las áreas comunes de este Parlamento (pasillos, corredores, jardines) banderas con los colores de agrupaciones políticas.

2)        Indicarnos las normas que amparan la legalidad o no de dichos actos.

Para tal efecto adjunto copia certificada del Acta N.° 132, páginas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 41, 42 y 79 del Plenario Legislativo donde constan las manifestaciones del Diputado Molina Rojas y dos imágenes impresas.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Proceda la Secretaría General de este Tribunal a remitir al estimable señor Presidente Mendoza Jiménez copia de la resolución de este Tribunal n.º 157E82014 de las doce horas con veinte minutos del dieciséis de enero de dos mil catorce, en la cual se trató el tema de la colocación de signos externos partidarios en edificios públicos de naturaleza similar. Sin perjuicio de lo anterior, se hace ver que la tramitación jurisdiccional de gestiones tendientes a hacer valer las prohibiciones establecidas en el numeral 136 del Código Electoral, supone la presentación de denuncia y cumplirse las demás formalidades establecidas en el referido Código. ACUERDO FIRME.

A las doce horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Fernando del Castillo Riggioni





Juan Antonio Casafont Odor