ACTA N.º 13-2014


Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las diez horas del dos de febrero de dos mil catorce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González quien preside, Eugenia María Zamora Chavarría, Max Alberto Esquivel Faerron, Marisol Castro Dobles y Fernando del Castillo Riggioni.


ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2014.

A) Gestión relativa a firma en papeleta. Del señor Adrián Moreira Muñoz, se conoce memorial, recibido hoy en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Emití mi voto en la Junta 4585 Distrito: San Lorenzo Cantón: Flores Provincia: Heredia, alrededor de las 6:40 am.

Después de haber votado y una vez depositadas las papeletas en la urna, el miembro de mesa que me entregó las papeletas (quien no es el presidente) me informa que faltaba una firma en las papeletas; pero que aún así el voto era válido. Alrededor de una hora después regresé al centro educativo y el delegado del Tribunal (identificado con chaleco del TSE) me indicó que a falta de firma, el voto no es válido.

Cuando regresé a la mesa donde voté a consultar, los miembros de mesa me dijeron que la firma que tenían las papeletas que me entregaron era la del presidente; sin embargo, no hay prueba ni forma de comprobar que efectivamente fuera firmada por esa persona.

Ante la posibilidad que por error se viole mi derecho al sufragio, presento este recurso.".

Se dispone: Instruir al Programa Electoral de Escrutinio para que, al momento de escrutar la referida junta, se proceda a examinar el material electoral correspondiente a fin de verificar que no se hayan presentado anulaciones indebidas o arbitrarias, en orden a preservar el derecho al sufragio del gestionante. ACUERDO FIRME.

B) Gestión por comentarios expresados en perfil de Facebook. Del señor Guido Jiménez Víquez, se conoce memorial del 31 de enero de 2014, recibido vía fax en la Secretaría General de este Tribunal el 2 de febrero de 2014, mediante el cual literalmente manifiesta:

"Como ciudadano, presento este recurso de amparo electoral, para que se proceda según corresponde en derecho y tomar las medidas pertinentes para la eliminación de los comentarios expresados en el perfil de Facebook "Defiende tu Fe".

Esto por cuanto alegando razones religiosas, advierten: "todo aquel que vote por abortistas y cultura de la muerte tienen una sentencia automática, perdiendo su salvación, a esto se llama excomunión latae sententiae."

Presentan a los partidos Frente Amplio y PAC, para que los católicos no voten por ellos. […]".

Se dispone: Dado que la naturaleza de la gestión no corresponde a un recurso de amparo, sino a una denuncia, para su atención, pase a la Dirección General del Registro Electoral. ACUERDO FIRME.

Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

C) Gestión por actividad fuera de centro de votación. Del señor Bernal Rojas Campos y otros, se conoce memorial del 2 de febrero de 2014, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, solicitan se suspenda de forma inmediata la propaganda electoral que emana de una planta de sonido que se encuentra en las cercanías de la escuela Eulogia Ruíz en Grecia y que se prohíba al alcalde de la localidad acercarse a dicho centro con vehículos oficiales.

Se dispone: Dado que la naturaleza de la gestión no corresponde a un recurso de amparo, sino a una reclamación o queja, para su atención inmediata, pase a la Dirección General del Registro Electoral a fin de que atienda lo pertinente. ACUERDO FIRME.

Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.

A las dieciséis horas terminó la sesión.




Luis Antonio Sobrado González





Eugenia María Zamora Chavarría





Max Alberto Esquivel Faerron





Marisol Castro Dobles





Fernando del Castillo Riggioni