ACTA N.º 64-2013
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veintitrés de julio de dos mil trece, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, la señora Magistrada Marisol Castro Dobles, y el señor Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Encargo de funciones del Oficial Mayor del Departamento Civil. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1573-2013 del 17 de julio de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 19 de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio DC-1820-2013 del pasado 08 de julio que suscribe el Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor del Departamento Civil, mediante el cual, en virtud de que disfrutará 5 días de vacaciones a partir del próximo 5 de agosto, solicita que durante ese lapso sus funciones se encarguen al Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, quien se desempeña como Jefe de la Sección de Inscripciones.".
Se dispone: Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
B) Licencia sin goce de salario de la funcionaria Magaly Vargas Zúñiga. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1587-2013 del 17 de julio de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 19 de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida en este despacho el pasado 9 de julio que suscribe la señorita Magaly Vargas Zúñiga, quien se desempeña en propiedad en un cargo de oficinista 1 en la Sección de Archivo del Registro Civil, mediante la cual solicita que se le conceda una licencia sin goce de salario por seis meses contados a partir del próximo 29 de julio, dados los motivos que se sirve exponer.
La señora Vargas Zúñiga labora para la institución desde el 2 de octubre de 2006 y durante su trayectoria laboral no ha disfrutado de licencias como la que ahora pretende, la cual cuenta con la anuencia de la Licda. Laura Quesada Ramírez como jefa inmediata y del Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora como Director General a. i. del Registro Civil. Siendo así, estima el suscrito que esta gestión se puede fundamentar en los alcances del artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, por lo que, salvo superior criterio, bien puede ser autorizada.
De no haber objeciones de parte del Tribunal y conforme es usual tratándose de licencias sin goce de salario, la funcionaria disfrutará previamente las vacaciones ordinarias y proporcionales a que tiene derecho.".
Se dispone: Aprobar la licencia sin goce de salario conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Modificación de fecha de ingreso de funcionarios Erika Solís Acosta e Iván Francisco Argeñal Angulo. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1600-2013 del 19 de julio de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria 61-2013 celebrada el pasado 11 de julio, oficio número STSE-1595-2013 de igual fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó – entre otros y con rige a partir del 16 de julio – los nombramientos interinos de la señora Erika Solís Acosta en una plaza de la clase Profesional Ejecutor 3 y del señor Iván Francisco Argeñal Angulo en una de Asistente Administrativo 1. Ambas son de servicios especiales y, en ese orden, están asignadas a la Inspección Electoral y al Departamento de Programas Electorales.
No obstante, mediante nota presentada el 15 de julio, la señora Solís Acosta solicita la anuencia de este organismo electoral para que se le permita ingresar hasta el próximo 1° de agosto, de manera que pueda tramitar en su actual centro de trabajo, Ministerio de Hacienda, el respectivo permiso sin goce de salario. Tal gestión, según puede apreciarse, cuenta con la anuencia de la Licda. Mary Anne Mannix Arnold como Inspectora Electoral.
Por su parte, el señor Argeñal Angulo remitió nota por fax en la cual señala que, también por motivo de preaviso, estaría en capacidad de ingresar a laborar el próximo lunes 22 de julio, a pesar de que oportunamente había manifestado su disponibilidad para la fecha inicial. Esta gestión, según consta en memorando número DPE-119-2013 de ayer, cuenta con el consentimiento del Lic. Eric Schmidt Fonseca como Jefe del Departamento de Programas Electorales.
Así las cosas, se solicita al superior modificar en lo conducente el acuerdo adoptado en la sesión 61-2013, en el sentido de que la fecha de ingreso de la señorita Erika Acosta Solís es el 1° de agosto y la del señor Iván Francisco Argeñal Angulo el 22 de julio de 2013.".
Se dispone: Modificar las fechas de rige de los nombramientos interinos de los señores Solís Acosta y Argeñal Angulo, conforme se propone. ACUERDO FIRME.
D) Encargo de funciones de las jefaturas de Arquitectura y del Archivo del Registro Civil. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1601-2013 del 19 de julio de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, remito a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios ARQ-173-2013 y ARC-228-2013 Sustituir, mediante los cuales se solicitan encargos de funciones de dos jefaturas de la institución, con ocasión de las vacaciones que disfrutarán próximamente de acuerdo con el siguiente detalle:
NOMBRE DELJEFE Y OFICINA |
PERIODO |
SOLICITUD DE |
SUSTITUTO |
Percy Zamora Ulloa, Jefe, Arquitectura |
26 de julio al 09 de agosto (10 días) |
RECARGO |
Gerardo Chavarría Peña, Profesional Ejecutor 3 |
Laura Quesada Ramírez, Jefa, Sección Archivo del Registro Civil |
29 de julio al 09 de agosto (9 días) |
ENCARGO |
Katia Zamora Guzman, Jefa, Archivo Central |
Puede apreciarse que la gestión de recargo cuenta con la anuencia y el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría [sic] ".
Se dispone: Aprobar el recargo y el encargo de funciones referidos conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
E) Prórrogas y nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1606-2013 del 19 de julio de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones una serie de prórrogas de nombramientos interinos que se encuentran próximos a vencer, así como los oficios remitidos a este despacho por varias jefaturas de la institución mediante los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos para ocupar plazas de servicios especiales que fueron incluidas en el presupuesto de este año y otras que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes. El detalle es el siguiente:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
PRÓRROGAS DE NOMBRAMIENTOS |
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45448, Profesional Ejecutor 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Gonzalo Moreno Cruz, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45802, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Carolina Cedeño Valverde, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento interino por un nuevo período. |
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45695, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
María Daniela Cárdenas Abarca, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento interino por un nuevo período. |
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56357, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Joselin Calderón Ramírez, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento interino por un nuevo período. |
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45460, Ejecutivo Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Oswaldo Muñoz Pinkay, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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361408, Profesional en Gestión 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Verónica Portocarrero Porras, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese el titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento interino por un nuevo período. |
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90231, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Dagoberto Vargas Arguello, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45831, Técnico Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Adrián David Cascante Rojas, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45737, Auxiliar Operativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Virgilio Granados Solís, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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54395, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporal-mente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Mauricio Antonio Bonilla García, 16-AGO al 31-DIC de 2013 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento interino por un nuevo período. |
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55702, Profesional en Gestión 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Ileana Molina López, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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54391, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Marcela María Mora González, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45856, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jenniffer Vincenti Muñoz, 16-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en este puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
NUEVOS NOMBRAMIENTOS |
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368583, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Yesenia Salas Duarte, 1°-AGO al 31-DIC de 2013. La candidata que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente en puestos de similar categoría en esa misma sede regional. |
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46163, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante en virtud de la renuncia por pensión de su anterior ocupante. |
Luis Antonio Lagos Rivas, 1°-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. El candidato que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho anteriormente en puestos de similar categoría en esa misma sede regional. |
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104988, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporal-mente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Verónica Sánchez Miranda, 1°-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata que se propone labora en propiedad para la institución en un puesto de Asistente Administrativo 2 en esa misma sede regional. |
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47872, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Edwin Zúñiga Álvarez, 1°-AGO de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato que se propone labora interinamente para la institución en esa misma sede regional. |
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368526, Profesional Ejecutor 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Marylin Garro Calvo, 1°-AGO al 31-DIC de 2013. La candidata que se propone no ha laborado anteriormente para la institución, no obstante forma parte del registro de elegibles actualmente vigente para este tipo de puestos. |
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45722, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporal-mente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un cargo de mayor nivel. |
Keity Ruiz Vargas, 1°-AGO al 31-AGO de 2013 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora actualmente en un puesto idéntico en la Sección de Inscripciones. |
Los candidatos que se proponen para nuevos nombramientos forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Tribunal no tiene objeciones, estos nuevos nombramientos se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25, 34 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro. En cuanto a los nombramientos en plazas de Servicios Especiales, así como en las que temporalmente quedan vacantes como producto de las mismas, se sugiere que se efectúen por el plazo de la vigencia presupuestaria que cada una de ellas tiene.
Puede apreciarse que las solicitudes de nuevos nombramientos cuentan, cuando así corresponde, con el visto bueno de los respectivos superiores jerárquicos.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe de Auditoría sobre seguimiento de permisos para portación de armas a funcionarios de la Oficina de Seguridad Integral. De los señores Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, y Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral, se conoce oficio n.° DE-1542-2013 del 19 de julio de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En atención al acuerdo tomado por el Superior en oficio STSE-1633-2013 del 18 de julio del año en curso, y dentro del plazo establecido nos permitimos rendir informe sobre las advertencias expuestas por el señor Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno en oficio AI-156-2013 del 11 de julio de 2013.
Según sesión ordinaria nº 037-2012 del 3 de mayo de 2012 y comunicado en oficio STSE 1300-2012, solicitaron regularizar lo relativo a los permisos de portación de armas a la mayor brevedad posible, como parte de ese proceso de regularización, le indicamos que en el oficio SI-076-2012 del 17 de mayo de 2012, se creó un listado con nombres y fechas en las cuales se vencían los carnes, además de iniciar los trámites de recolección de requisitos 6 meses antes del vencimiento; efectivamente en aras de mejorar el sistema de control se hizo un listado y más aún se creó un archivo en el cual se escaneo [sic] el carnet de portación vigente y se muestra en él los datos que sirven de insumos para evitar estar al margen de la Ley.
Como manifiesta el señor Auditor se recibió el oficio RH-830-2013 con fecha 19 de abril de 2013, en donde el señor jefe de Recursos Humanos, determina que en el caso de algunos oficiales no se tiene por acreditado en su prontuario el carné de portación de armas y que se inicien las gestiones correspondientes con el fin de tramitar la renovación de los permisos en mención. Nuestra respuesta a tal oficio, fue enviar la información correcta, es decir, que del listado de 7 oficiales, que según el Departamento de Recursos Humanos, no tenían portación vigente, el listado se reduce a 5 ya que dos de esos oficiales lo habían renovado; asimismo, se le solicita al señor Ricardo Carias nos colabore para que se apliquen las pruebas de idoneidad psicológica que solicita el Reglamento a la Ley de Armas y Explosivos el cual reza:
Artículo 27. REQUISITO DE IDONEIDAD: Las personas físicas que soliciten la inscripción o deseen portar un arma de fuego permitida, deberán aportar al Departamento, un dictamen extendido por un sicólogo o siquiatra incorporado al Colegio Profesional respectivo, sobre la idoneidad mental del petente, el cual deberá indicar, con toda claridad la aptitud para el uso de armas de fuego permitidas.
Así las cosas, la Oficina de Seguridad Integral ha solicitado y en el debido tiempo a los oficiales que aporten otros requisitos como lo son: el Curso Teórico Práctico de Armas, la toma de huellas dactilares y las hojas de delincuencia. Para continuar con el trámite, es indispensable que el funcionario sea evaluado por un profesional en Psicología [sic], en el caso de Seguridad Integral por la señora Grettel Amador Rojas. Parte de esa evaluación de idoneidad psicológica implica que el profesional use un certificado que emite el Colegio de Psicólogos, el cual no estaba disponible en este momento en la institución, hecha la consulta a la señora Amador acerca de la compra de formularios la misma indicó que en proceso de compra, respuesta similar a la que da la Auditoria en un correo electrónico del 27 de junio de 2013.
“…las pruebas psicométricas están programadas para la próxima semana. No obstante no hay certificados de Idoneidad Mental, hay que comprarlos el (sic) el colegio de Psicólogos; éstos se pidieron en el POA de este año, he coordinado con Lucrecia de la Proveeduría quién está en espera de la orden que emite presupuesto de la Dirección Ejecutiva…”
Es importante aclarar que a pesar de los esfuerzos que ha realizado la Oficina de Seguridad Integral para gestionar el que todos los oficiales tengan sus permisos al día, los procesos administrativos de planificación y de contratación tienen etapas las cuales deben irse agotando hasta llegar a la compra del bien necesitado.
Entendemos perfectamente la situación que manifiesta el señor Auditor y estamos plenamente de acuerdo con sus advertencias y la responsabilidad que acarrea el que los oficiales tengan permisos de portación de armas vencidos, pero también indicar que si existen los controles para saber cuándo y a quien se le vence el permiso respectivo. Como refuerzo a lo ya planteado se han tomado las siguientes medidas:
• Encargar al señor Alexander Matarrita Saborío, para que dé seguimiento y rinda un informe mensual a los trámites de renovación de permisos de portación de Armas.
• Mantener actualizado el listado, con los nombres de los oficiales, fecha de emisión y de vencimiento de los carnés.
• Mantener el actual archivo PDF, con el carné de todos los oficiales, mismo que sirve para confrontar fechas de vencimiento.
• Solicitar al Área de Prevención y Salud Laboral con la debida antelación la realización de pruebas de idoneidad mental.
Con relación al punto 9.C del oficio AI-156-2013, en el cual el señor Auditor Interno indica que a su criterio “aunque los oficiales tuvieran carnés de otra institución vigente los mismos no son equivalentes o sustitutos del permiso de portación que nos ocupa”, coincidimos con la apreciación expuesta, por tal razón, la Oficina de Seguridad Integral envió al Departamento de Recursos Humanos el oficio SI-067 de fecha 24 de junio de 2013, incluido el formulario “Cuestionario para la definición de Puestos”, en el que se solicita cambiar el requisito actual de presentar el permiso de portación de armas de fuego y que en su lugar cuando una persona esté interesada en ingresar a laborar aporte la siguiente documentación:
• Certificación del Curso Teórico Practico [sic] emitido por el Dpto. de Control de Armas del Ministerio de Seguridad Pública.
• Toma de Huellas por Dpto. de Análisis y Tratamiento de Información del MSP.
• Prueba de idoneidad psicológica para portar armas de fuego.
• Hoja de delincuencia al día.
El cambio en los requisitos radica en que, la mera presentación de un carné de portación no nos indica que esa persona efectivamente está capacitada para usar un arma de fuego; además, una vez realizado el nombramiento sería más rápido el trámite para solicitar la portación ante la Dirección de Armas y Explosivos.
Con relación a la portación de armas, también es necesario aclarar que a diferencia de una licencia de conducir que cualquier persona puede gestionar con su propio vehículo o de un tercero, el permiso para portar armas solo se otorga si, se posee arma propia, segundo: que labore para una empresa de seguridad privada, tercero: que labore para una institución del estado. La experiencia en estos años nos ha permitido saber que no siempre una persona que aporte un permiso está debidamente capacitada y que hemos limitado la contratación de personal altamente calificado por el hecho de no presentar un carné de portación [sic]
Ante este panorama con todo respeto [sic] se tome en consideración esta propuesta la cual ayudaría a mejorar tanto el proceso de tramitación de los permisos y la profesionalización del personal que labora para la Institución.
En cuanto a la Dirección Ejecutiva, se procedió a generar la Solicitud de Compra para adquirir 60 Certificados Psicológicos de Idoneidad Mental para Portar Armas de Fuego para Laborar en Seguridad Privada y en Instituciones Públicas que distribuye el Colegio de Psicólogos de Costa Rica. Ya que las pruebas psicológicas fueron realizadas en días anteriores y únicamente queda pendiente la elaboración del certificado por parte de la Licda. Grettel Amador Rojas, Psicóloga Institucional, quien se reincorpora a laborar el próximo lunes después de sus vacaciones.
No obstante lo anterior, se recomienda instruir a la Secretaría General del Tribunal, como jefe superior inmediato de la Oficina de Seguridad Integral, para dar el seguimiento respectivo a los permisos de portación de armas para evitar situaciones futuras como las que señala la Auditoría Interna.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. En lo sucesivo, la propia Oficina de Seguridad Integral llevará un estricto control de los referidos permisos y gestionará oportunamente lo correspondiente, de forma tal que se mantenga en todo momento su vigencia, ante lo cual, las dependencias adscritas a la Dirección Ejecutiva tramitarán, también oportunamente, lo necesario, a fin de que, situaciones como la expuesta por el señor Auditor Interno no se vuelvan a presentar. Periódicamente, la jefatura de la Oficina de Seguridad Integral rendirá informe sobre la vigencia de tales permisos ante la Secretaría General de este Tribunal. Para los casos puntuales a los que se refiere el señor Auditor Interno, así como los que llegaren a presentarse por alguna situación excepcional, bajo ningún concepto la jefatura de la Oficina de Seguridad se servirá asignar armas de fuego sin que se cuente con el respectivo permiso. Respecto de la regularización de la situación actual, procedan a la brevedad posible con lo de sus cargos la Dirección Ejecutiva y la Oficina de Seguridad Integral, posterior a lo cual rendirán informe a la Secretaría General de este Tribunal; todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades que sean propias a cada uno de los despachos referidos. Respecto del cambio en el requisito aludido, en el plazo de cinco días hábiles rendirá informe el Departamento de Recursos Humanos. En tal virtud, se tiene por atendido lo expuesto por el señor Auditor Interno en su oficio n.º AI-156-2013. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.
A) Acta ordinaria de la Comisión de Presupuesto. Aumento salarial para el segundo semestre del 2013. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Coordinador de la Comisión de Presupuesto, se conoce oficio n.° CPRE-012-2013 del 19 de julio de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los fines consiguientes me permito adjuntar copia del acta de la reunión ordinaria n.° 6-2013, celebrada por la Comisión de Presupuesto el 18 de julio de 2013.
En relación con el artículo cuarto, se informa al Superior que, de conformidad con los datos emanados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la inflación acumulada en el primer semestre de 2013 fue de 3,24% y en vista de que la política de la Institución ha sido procurar resarcir de la mejor forma posible el deterioro del poder adquisitivo, se recomienda al Tribunal que el incremento por costo de vida a aplicar a partir del 1° de julio del presente año sea por tal porcentaje, conforme a las facultades constitucionales y legales de este organismo electoral y acorde con lo establecido por el Poder Ejecutivo recientemente. Para los efectos de lo propuesto se remite el índice respectivo, el cual deberá enviarse a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda para los efectos pertinentes.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. Proceda la propia Dirección Ejecutiva a remitir el índice salarial aprobado a la Dirección General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Listado de nuevos electores de junio 2013. Del señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-1475-2013 del 19 de julio de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Le remito un listado que contiene el CONTROL DE NUEVOS ELECTORES, con totales por provincia, partido especial y naturalizados, conforme al período que se detalla, resultado de la tramitación de gestiones cedulares aprobadas en el mes de junio de 2013.".
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.
A) Informe de diligencia planteada por funcionario respecto de la destrucción de boletas de gestiones de recursos humanos. De la señora Katia Zamora Guzmán, Presidenta de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, se conoce oficio n.° CSED-010-2013 del 18 de julio de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Por su digno medio procedo a hacer del conocimiento del Tribunal la diligencia que el señor Juan Diego Quirós Delgado, funcionario del Departamento de Servicios Generales, planteó a la suscrita en condición de Jefa del Archivo Central y Presidenta del Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, en adelante CSED, en relación con el destino de varias boletas de justificación de su asistencia al trabajo.
Para mayor claridad, se detallan los antecedentes de este asunto:
1. El citado señor, mediante oficio sin número del 7 de febrero de 2013, recibido en el Archivo Central, ese mismo día, informó que, mediante nota del 14 de enero y con el objeto de atender una audiencia ante la Inspección Electoral, en un procedimiento que se lleva en su contra, solicitó al Departamento de Recursos Humanos (RH) que le facilitara copia de las boletas de justificación de asistencia de varios días. El periodo referido indica que es “entre el 14 de julio y el 15 de febrero de 2012”, por lo que se interpreta que se refiere al lapso del 14 de julio de 2011 al 15 de febrero de 2012. Agrega que el citado departamento le comunicó sobre la imposibilidad de facilitarle los documentos requeridos, alegando que por razones de espacio físico sólo custodian las boletas de justificaciones y permisos de los últimos seis meses y, de tener espacio suficiente, durante un año.
2. El gestionante agrega que ante la situación descrita en el punto anterior, mediante oficio del 22 de enero de 2013, requirió a RH que le facilitara la documentación respectiva que ampararía la eventual destrucción de las boletas que le interesan (tabla de valoración de documentos aprobada por el CSED, así como la respectiva autorización de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos: CNSED), sin embargo no obtuvo respuesta alguna, por lo que procedió a solicitar ante el Archivo Central y el CSED, copias de los documentos de aprobación de la supuesta destrucción, o bien se le informara sobre el fundamento legal y procedimiento para la destrucción de documentos.
3. La suscrita, en la condición indicada, mediante oficio AC-012-2013, de 14 de febrero de 2013, atendió la solicitud del señor Quirós Delgado, informándole que ni en los registros del Archivo Central ni en los del CSED consta documentación que respalde la eventual destrucción de los documentos que le interesan, al tiempo que se le informó sobre la normativa y procedimiento que regulan la eliminación documental.
4. En virtud de lo expuesto en los puntos anteriores, y ante una eventual destrucción de documentos sin seguirse el procedimiento legalmente establecido, que podría implicar la aplicación de sanciones administrativas e incluso penales, el CSED, en sesión ordinaria No. 1-2013 de 20 de febrero de 2013, acordó consultar a la jefatura de RH sobre el plazo de conservación que ese departamento haya considerado para las boletas de justificación de tardías y permisos de los funcionarios. Asimismo requerirle que “de haberse eliminado este tipo de boletas, se sirva indicar el procedimiento seguido por ese departamento para ese fin”. Diligencia esta última que se tramitó mediante oficio CSED-003-2013 del 4 de abril de 2013, recibido por el citado departamento ese mismo día.
5. El CSED, debido a la ausencia de respuesta al requerimiento indicado en el punto anterior, en sesión ordinaria No. 3-2013, del 17 de abril de 2013, dispuso ampliar el plazo de espera para la respuesta en tres días hábiles, y que en caso de no recibirla, se dirigiría al Lic. Ricardo Carías Mora, jefe de RH, un atento recordatorio. Una vez transcurrido el citado plazo sin recibir respuesta, el CSED emitió el oficio CSED-008-2013 de 21 de mayo de 2013, recibido por RH ese mismo día, mediante el cual se realizó el citado recordatorio.
6. En la sesión ordinaria del CSED No. 6-2013 del 3 de junio de 2013 se retomó el asunto y, siendo que aún se echa de menos la referida respuesta, se discutió sobre la funciones del CSED legal y reglamentariamente establecidas. En dicho foro se determinó que ante casos como el que se informa, el CSED carece de la potestad investigadora para, aún otorgando un debido proceso, esclarecer los hechos y recomendar al jerarca la toma de acción alguna. Por tal razón, se consideró que eventualmente una investigación de esa naturaleza sería propia de un órgano administrativo como lo es la Inspección Electoral en esta institución.
Con base en los antecedentes expuestos y debido a que de conformidad con el artículo 36 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos, No. 7202 de 24 de octubre de 1990, la eventual destrucción de documentos sin seguirse el debido procedimiento, podría acarrear responsabilidades de carácter administrativo e inclusive penal, se acordó hacer del conocimiento del Tribunal esta situación, para lo que este a bien tenga disponer.".
Se dispone: Para su estudio e informe, el cual habrá de rendirse en el plazo de cinco días hábiles, pase al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN Y ESTUDIOS EN DEMOCRACIA.
A) Carta de entendimiento al Convenio con FLACSO. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia, se conoce oficio n.° IFED-721-2013 del 19 de julio de 2013, recibido ese mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El día siete de diciembre de 2010 el Tribunal Supremo de Elecciones y FLACSO Costa Rica firmaron un convenio a fin de desarrollar acciones conjuntas para la promoción de una ciudadanía activa y valores cívicos y democráticos así como la investigación y la capacitación electoral.
Producto de esa gestión y con base en una serie de conversaciones sostenidas entre ambas instituciones, surge la necesidad de suscribir una segunda Carta de Entendimiento N°2 [sic], para desarrollar el Proyecto Votante Informado, el cual tiene por objeto crear espacios informativos que permitan a la ciudadanía contar con insumos para el ejercicio racional del sufragio en las Elecciones Nacionales 2014.
Mediante esta Carta de Entendimiento el TSE y FLACSO Costa Rica se comprometerían a colaborar en la organización de las tres actividades del Proyecto Votante Informado por medio de reuniones permanentes de coordinación. FLACSO Costa Rica gestionaría la logística necesaria para el desarrollo de los debates televisivos y elaborar el contenido temático de las actividades de este proyecto. Por otra parte, en relación con el financiamiento, el TSE aportaría once millones de colones para el diseño de la propuesta temática y la gestión de la logística requerida para la realización de los objetivos de esta carta.
Por consiguiente, con el mayor respeto, someto a consideración de las señoras y señores Magistrados, la sugerencia de aprobar la celebración de una Carta de Entendimiento n°2 al Convenio Marco entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales - FLACSO Costa Rica, en cuyo caso correspondería asignar al Departamento Legal la gestión y redacción de la respectiva carta, para lo cual adjuntamos un documento base y los antecedentes financieros.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.
A) Renuncias de Delegados ad honorem del Cuerpo Nacional de Delegados. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-282-2013 del 19 de julio de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 22 de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En oficio CND-031-2013 de fecha 02 de julio de 2013 el señor Sergio Donato Calderon, Jefe del Cuerpo Nacional de Delegados, remite a esta instancia un listado de la señora y los señores Delegados Ad Honorem que han comunicado su deseo de no permanecer más en el Cuerpo Nacional de Delegados, por lo que han presentado su renuncia formal quienes son:
Nombre |
Cédula |
Región |
Araya Barboza Manuel Antonio |
103951417 |
Región 2, San José |
Arias Bonilla Carlos Francisco |
202440275 |
Grecia |
Castro Bolaños Delfín Gerardo |
203900537 |
|
Arias Céspedes Emanuel Francisco |
205530173 |
|
Alvarado Quesada Marcos Olman |
202590320 |
|
Ulate Alvarado Rosalina |
205950190 |
|
Ureña Chacón Nelly |
104380065 |
|
Cartín Barrios Eugenia María |
103660629 |
Región 3, San José |
Le ruego elevar lo anterior a conocimiento del Tribunal a los efectos para que se tome nota de las renuncias indicadas.".
Se dispone: Tener por presentadas las renuncias de los Delegados ad honorem indicados. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Mociones de la Junta Directiva de COOPETREC R. L. respecto de procedimientos administrativos. De los señores Luis Antonio Mora Vindas, Jaime Madriz Muñoz, Francisco Acosta Quesada, Alexander Tapia Ávila, Carlos Alfaro Araya, Wilmer Herrera Durán, Francisco José Monge Arroyo y Roberto Gómez Jaén, Presidente, Vicepresidente, Secretario, Vocal 1, Vocal 2, Suplente 1, Suplente 2 y Gerente, respectivamente, de la Cooperativa Recreativa de Empleados del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil R. L. (COOPETREC), se conoce oficio n.° CB-76-2013 del 17 de julio de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual dan a conocer las mociones acogidas en su Asamblea General Extraordinaria 1-2012, celebrada el 10 de noviembre de 2012. Asimismo solicitan proceder con lo que este Tribunal estime pertinente en cuanto a la tercera de estas mociones.
Se dispone: Para su atención, pase a la Dirección General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO DÉCIMO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Designación del señor José Thompson como Director Ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Del señor José Thompson, Director del Centro de Asesoría y Promoción Electoral, se conoce oficio n.° CA 054-2013 del 17 de julio de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Me complace informarle que las altas autoridades del Instituto Interamericano de Derechos Humanos me han designado Director Ejecutivo de esta Institución a partir de julio del presente año por un plazo de cuatro años. Esta instancia ha valorado mi trayectoria académica y profesional y mi ligamen con el IIDH por más de 28 años.
Para mí es de la mayor importancia compartir con usted y con el organismo electoral que usted preside, que temporalmente continuaré con mis funciones como Director de CAPEL, lo cual redundará en un apoyo más firme del IIDH y todas sus dependencias a la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE), a la Asociación de Organismos Electorales de Centroamérica y del Caribe (Protocolo de Tikal) y a la Asociación de Organismos Electorales de América del Sur (Protocolo de Quito).".
Se dispone: Agradecer al señor Thompson su cordial comunicación, expresar el beneplácito de este Tribunal por tan relevante designación y desearle el mayor de los éxitos en sus delicadas funciones. ACUERDO FIRME.
B) Proceso de nominación al Consejo de Asesores en 2013. Del señor Horacio del Valle Irarrázaval, Embajador de la República de Chile en el Reino de Suecia en nombre del Comité Directivo de IDEA Internacional, se conoce memorial del 10 de julio de 2013, recibido –vía correo electrónico–en la Secretaría General de este Tribunal el 12 de julio de 2013, mediante el cual informa sobre el proceso de nominación para ocupar las vacantes del Consejo de Asesores de IDEA Internacional.
Se dispone: Agradecer al señor Del Valle Irarrázaval su atenta comunicación. ACUERDO FIRME.
C) Comunicación sobre modificación de itinerario de la señora Magistrada suplente Luz Retana Chinchilla por su participación en seminario internacional. De la señora Ana María Cerón, Asistente de la Coordinadora local del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH/CAPEL) en la República del Ecuador, se conoce correo electrónico del 19 de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"(…) Como es de su conocimiento, la Dra. Retana es invitada a participar en el Seminario Internacional “Políticas y Planes de Justicia Electoral con perspectiva de Género” que se llevará a cabo en Quito los días 06 y 07 de agosto. Solicitamos de manera muy respetuosa nos colabore como panelista con el tema “Política de Igualdad de Género en la Justicia Electoral” el día martes 06 de agosto como se señala en la agenda tentativa de actividades que se adjunta en este correo.
Esto en relación al trabajo que se encuentra realizando actualmente el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) a través de su Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL) junto a los organismos electorales del Ecuador, dentro del marco del “Proyecto de Fortalecimiento del Régimen Electoral Ecuatoriano”.
Con su gentil apoyo, el viaje sería programado del 05 al 08 de agosto. Nos complace señalar que el IIDH/CAPEL se compromete a cubrir todo lo correspondiente a gastos de viaje incluido el boleto aéreo. El hotel en el que se hospedará es el HOTEL QUITO (estará cancelado previo al arribo de la Dra. Retana), aquí se entregará el dinero en efectivo correspondiente a sus viáticos destinados para su alimentación (…)".
Se dispone: Agradecer a la señora Cerón su atenta comunicación y acceder gustosamente a su solicitud. En tal virtud, se modifica el detalle del viaje de la señora Magistrada Retana Chinchilla para que se lea de la siguiente manera:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Luz de los Angeles Retana Chinchilla |
Magistrada suplente |
República del Ecuador |
5 al 8 de agosto de 2013 |
Participación en el Seminario Internacional "Políticas y Planes de Justicia Electoral con perspectiva de Género" |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Agradecimiento y establecimiento de cooperación y relación de trabajo con la Fundación Konrad Adenauer. Del señor Peter-Alberto Behrens, Director del Programa de Medios de Comunicación y Democracia en Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer, se conoce memorial del 17 del junio de 2013, recibido –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal el 1.° de julio de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación a nuestra última actividad conjunta realizada hace pocas semanas con el Sr. J.R. Vilar, quiero aprovechar la ocasión para agradecer a su honorable institución por la excelente cooperación y relación de trabajo mantenida en los últimos años. ¡Fue un placer trabajar con Uds.!
Para ello, es indispensable mencionar al Mag. Presidente, Dr. Luis Antonio Sobrado González, que en todo momento fue un decidido impulsor de fortalecer las capacidades institucionales de comunicación del Tribunal Supremo de Elecciones. De forma más específica, quisiéramos destacar a las siguientes personas sin las cuales, el trabajo en conjunto jamás hubieras sido tan exitoso:
Sr. Luis Diego Brenes Villalobos
Sr. Javier Matamoros Guevara
Sr. Cedric Solano Ibarra
Sra. Ana Laura Molina Sanchez [sic]
Sr. Minor Pizarro Pizarro
Sra. [sic] Yoany Delgado Hidalgo
Haciendo un balance de todas las actividades de asesoría de comunicación desempeñadas en la región en los últimos cinco años, el Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica se ha destacado considerablemente. En ninguno de los casos de las 15 instituciones con las que hemos trabajado en ese lapso de tiempo, se dio un desarrollo tan positivo y sustentable. Es por ello que el programa regional “Medios de Comunicación y Democracia en América Latina” ha decidido identificar el trabajo conjuntamente realizado como un ejemplo de buenas prácticas, que sirva de orientación a proyectos de asesoría a instituciones similares de otros países.".
Se dispone: El Tribunal agradece el acompañamiento que en asesoría en comunicación ha recibido por parte de la Fundación Konrad Adenauer y extiende este tanto a sus autoridades como al consultor José Rafael Vilar. Asimismo, conforme a lo discutido en reuniones con el propio Director del Programa de Medios, Sr. Peter-Alberto Behrens, el Tribunal celebra la posibilidad de continuar y reforzar el trabajo hasta ahora realizado, tanto con las capacitaciones puntuales al OPIC (Oficina Permanente de Información y Comunicación) y la simulación de situaciones de crisis para entrenamiento de los voceros, como respecto de la continuidad de la asesoría en lo que a organización de la comunicación institucional se refiere. Por las fechas del cronograma electoral, las capacitaciones podrán celebrarse una vez finalizado el proceso electoral 2014, sea a partir de marzo del 2014; no obstante, respecto de la asesoría técnica en comunicación, esta podrá iniciarse cuando la propia Fundación lo estime oportuno. ACUERDO FIRME.
B) Proceso de redacción de la Política Nacional Migratoria. Del señor Freddy Montero Mora, Viceministro de Gobernación y Policía, se conoce oficio n.° DVAG-0322-072-2013 del 12 de julio de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de dirigirme a usted, con el objeto de hacer de su conocimiento que el Gobierno de Costa Rica, por medio del Consejo Nacional de Migración, de conformidad con el artículo 11, inciso 1) establecido en la Ley General de Migración No. 8764, se encuentra redactando la Política Nacional Migratoria, para este objetivo sería importante contar con las observaciones del Tribunal Supremo de Elecciones, razón por la cual se adjunta la matriz de acciones de dicha política con el fin de que sea analizada por ustedes y se nos indique en qué puntos de dicha matriz consideran deseable incluir objetivos, metas o estrategias en las cuales el actor responsable sea el Tribunal Supremo de Elecciones.".
Se dispone: Agradecer al señor Montero Mora por la comunicación cursada. Para su atención, pase al Director General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Rodríguez Chaverri.
C) Resultados de auditoría de carácter especial sobre la implementación del modelo de arquitectura de información en el Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor José Luis Alvarado Vargas, Gerente de Área de Fiscalización de Servicios Públicos Generales de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la República, se conoce oficio n.° 7399 (DFOE-PG-230) del 19 de julio de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual remite el informe n.° DFOE-PG-IF-06-2013, referente a los resultados de la auditoría de carácter especial sobre la implementación del modelo de arquitectura de información en el Tribunal Supremo de Elecciones, según detalla.
Se dispone: Acoger en todos sus extremos el informe referido y comisionar a la Dirección Ejecutiva para que en el plazo máximo de un mes calendario presente a este Tribunal un plan de actividades orientado a consolidar el Modelo de Arquitectura de Información (MAI) con base en el análisis administrativo que al efecto llevará a cabo y tomando en consideración las disposiciones 4.3, 4.4 y 4.5 de dicho informe, para lo cual se podrá apoyar en las dependencias institucionales que requiera. Corresponderá al señor Director Ejecutivo velar por el cumplimiento eficaz y en tiempo de las disposiciones giradas por la Contraloría General de la República. Hágase del conocimiento del estimable señor Alvarado Vargas y de la Gerencia del Área de Seguimiento de Disposiciones de la Contraloría General de la República; fungirá como contacto oficial con esa Área, para brindar información al respecto, el señor Carlos Murillo Montoya, Secretario General de la Dirección Ejecutiva (teléfono: 2287-5413, correo electrónico: cmurillo@tse.go.cr). ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Rodríguez Chaverri.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Castro Dobles.
D) Remisión de sentencia en proceso civil. Del señor Mario Seing Jiménez se conoce memorial del 17 de julio de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual adjunta copia de la resolución n.º 00566-A-S1-2013 de las once horas veinte minutos del nueve de mayo de dos mil trece, emitida por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, en la cual se rechaza de plano el recurso de casación interpuesto por el señor Jorge Enrique Villaplana Ramírez y se confirma lo resuelto por el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Segunda, en sentencia n.º 264-2012-II de las ocho horas veinte minutos de diciembre de dos mil doce.
Se dispone: Tomar nota. Agradecer al señor Seing Jiménez por la información cursada. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones al señora Magistrada Castro Dobles.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.
E) Consulta legislativa del proyecto de Ley para prevenir y sancionar el Hostigamiento Laboral en las relaciones de Empleo Público y Privado. Expediente n.° 18136. De la señora Ana Julia Araya Alfaro, Jefa de Área del Departamento de Comisiones de la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º CPII-94 del 23 de julio de 2013, recibido el mismo día –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Con instrucciones de la Presidenta de la Comisión Permanente Especial de la Mujer, procedo a comunicarles que en la sesión N.º 04, celebrada este día, se dispuso consultar el criterio de este Tribunal, sobre el Texto Dictaminado del proyecto de Ley; Expediente N.º 18136, Ley para prevenir y sancionar el Hostigamiento Laboral en las relaciones de Empleo Público y Privado, el cual le remito de forma adjunta.
Se le agradecerá evacuar la anterior consulta en el plazo de ocho días hábiles, de acuerdo con lo que establece el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, según el cual: “Si transcurridos ocho días hábiles no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que el organismo consultado no tiene objeción que hacer al proyecto” (…)".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Para que se proponga el respectivo proyecto de respuesta –el cual habrá de rendirse a más tardar el 31 de julio de 2013– pase al Departamento Legal. Para su examen se fijan las 11:00 horas del 30 de julio de 2013. ACUERDO FIRME.
A las dieciséis horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Marisol Castro Dobles |
Ovelio Rodríguez Chaverri |