ACTA N.º 5-2013
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del diez de enero de dos mil trece, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, Max Alberto Esquivel Faerron y Ovelio Rodríguez Chaverri.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de estudio relativo al artículo 27 de la Ley Orgánica del TSE y Registro Civil. De los señores Richard Hernández Ruiz y Marianela Quirós Arias, funcionarios de estos organismos electorales, se conoce memorial del 7 de enero de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual, con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente solicitan:
"…se analice nuestro caso el cual no es único en esta institución y se considere modificar la interpretación que se ha venido dando al artículo 27 de la Ley Orgánica del TSE y Registro Civil, en el sentido de que se aplique tal y como lo menciona la propia Sala Constitucional; es decir, de modo preventivo en el momento en que ingresen los servidores a la institución y no en los casos de parentesco sobreviniente como el nuestro.".
Se dispone: Para su estudio e informe conjunto, pase a los Departamentos Legal y de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
B) Trámites de la Comisión de Dedicación Exclusiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-009-2013 del 9 de enero de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 01-2012 celebrada el pasado 7 de enero, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron varios funcionarios de la institución para ser incorporados al Régimen de Dedicación Exclusiva o bien para que se ajuste el beneficio que por ese concepto perciben. Ellos estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.
Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que en efecto las solicitudes de incorporación de los funcionarios Grettel Lizano Araya, Adriana Mena Aguilar y Diego Vega Alvarado y de ajuste de los señores Jeffrey Solano Gómez, Elsa Paola Alvarado Quesada, y Laura González Acuña, son procedentes pues se trata de colaboradores que han sido nombrados en puestos para los cuales se requieren los grados académicos de bachillerato o licenciatura, condición que todos poseen en diferentes disciplinas.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Superior los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.
EXPEDIENTE |
NOMBRE Y CARGO |
SOLICITA |
COMPLEMENTO |
265 |
Elsa Paola Alvarado Quesada - Profesional Ejecutor 3 - |
Ajuste |
65% |
301 |
Laura González Acuña - Profesional Ejecutor 3 - |
Ajuste |
65% |
312 |
Jeffrey Solano Gómez - Profesional Ejecutor 3 - |
Ajuste |
65% |
315 |
Grettel Lizano Araya - Profesional Asistente 1 - |
Reincorporación |
20% |
343 |
Adriana Mena Aguilar - Profesional en Gestión 3 - |
Incorporación |
65% |
344 |
Diego Alonso Vega Alvarado - Profesional Asistente 2 - |
Incorporación |
20% |
De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada persona solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, en los casos de incorporación dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de cada funcionario y del Director Ejecutivo. Se adjunta copia del acta de la sesión 01-2013.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
C) Prórrogas y nuevos nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0065-2013 del 9 de enero de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito someter a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones las prórrogas de nombramientos interinos que se encuentran próximos a vencer, así como los oficios remitidos a este despacho por varias jefaturas de la institución mediante los cuales solicitan que se nombren funcionarios interinos para ocupar plazas de servicios especiales que fueron incluidas en el presupuesto de este año y otras que por diferentes motivos se encuentran temporalmente vacantes. El detalle es el siguiente:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
PRÓRROGAS DE NOMBRAMIENTOS |
|||
|
55699, Profesional Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Juan Carlos Corrales Umaña, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
de Servicios |
366526, Profesional en Gestión 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jonnatan González León, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
|
76364, Profesional Ejecutor 3 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Farid Ovares Soto, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45446, Profesional Asistente 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Andrea Quesada Masís, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietario a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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56359, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Andrew Villalta Gómez, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su propietaria a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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353434, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Helen Victoria Ruiz Moya, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. La candidata labora interina en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
|
353421, Profesional Asistente 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Jorge Enrique Murillo Vega, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45652, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Karen Yolanda Villagra Gómez, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. La candidata labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
|
45862, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Kenneth Martínez Bonilla, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. El candidato labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
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45897, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Mónica Lorena Mora Meneses, 16-ENE de 2013 y por el plazo de 6 meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. La candidata labora interinamente en este mismo puesto y lo que se solicita es prorrogar su nombramiento por un nuevo período. |
NUEVOS NOMBRAMIENTOS |
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45572, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un puesto de mayor nivel. |
José Esteban González Sequeira, 16-ENE al 3-ABR de 2013 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato que se propone ocupa en propiedad un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma sección. |
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104986, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un puesto de mayor nivel. |
Guiselle Garnier Fuentes, 16-ENE al 30-JUN de 2013 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. La candidata que se propone ocupa en propiedad un puesto de Asistente Administrativo 2 en la Oficina Regional de Liberia, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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45733, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria a un puesto de mayor nivel. |
Roger Ulate Monge, 16-ENE al 19-MAR de 2013 o hasta que regrese la titular de la plaza a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí cumple los requisitos para ello y forma parte del registro permanente de elegibles para este tipo de puestos. |
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368530, Asistente Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Ingrid Ramírez Quesada, 1°-FEB al 31-DIC de 2013. La candidata que se propone ocupa en propiedad un puesto de Auxiliar Operativo 2 en la Sección de Servicios Generales, por lo que existen tres clases de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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368730, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Yeraldyn Mora Espinoza, 16-ENE al 31-DIC de 2013. La candidata que se propone ocupa en propiedad un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Opciones y Naturalizaciones. |
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368545, Profesional Asistente 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Sonny Rojas Aguilar, 16-ENE al 31-DIC de 2013. El candidato que se propone ocupa en propiedad un puesto de Asistente Funcional 2 en este mismo despacho, por lo que existen cuatro clases de por medio para llegar al Profesional Asistente 2. |
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368524, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Arnoldo Zúñiga Solano, 16-ENE al 31-DIC de 2013. El candidato que se propone ocupa en propiedad un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, por lo que existen dos clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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368729, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Marva Elma Wright Ureña, 16-ENE al 31-DIC de 2013. La candidata que se propone no labora actualmente para la institución, pero sí lo hizo anteriormente en puestos de similar categoría y además forma parte del registro temporal de elegibles para este tipo de puestos. |
Los candidatos que se proponen para nuevos nombramientos forman parte de los registros de elegibles para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican, siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
Si el Superior no tiene objeciones, las nuevas designaciones se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 34 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro.
Puede apreciarse que las solicitudes de nuevos nombramientos cuentan, cuando así corresponde, con el visto bueno de los respectivos superiores jerárquicos.".
Se dispone: Aprobar los nombramientos conforme se propone, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
D) Encargo de funciones de las jefaturas de la Sección de Padrón Electoral y Seguridad Integral. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0061-2013 del 8 de enero de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos consiguientes, me permito elevar a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones los oficios PE-0011-2013 y SI-003-2013 mediante los cuales se solicitan encargos de funciones de dos jefaturas de la institución, con ocasión de las vacaciones que disfrutarán próximamente de acuerdo con el siguiente detalle:
NOMBRE DELJEFE Y OFICINA |
PERIODO |
SOLICITUD DE |
SUSTITUTO |
Carlos Arguedas Rojas, Sección de Padrón Electoral |
14 de enero al 1° de febrero de 2013 (15 días) |
ENCARGO |
Jesús Barboza Retana, Jefe, Sección de Solicitudes Cedulares |
Richard Poveda Solorzano, Seguridad Integral |
21 al 28 de enero al medio día (5,5 días ) |
ENCARGO |
Erick Guzmán Vargas, Secretario General a. i. del Tribunal |
Según puede apreciarse, la gestión de encargo en la Sección de Padrón Electoral cuenta con la anuencia de la Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil.".
Se dispone: Aprobar los encargos conforme se propone. ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Rodríguez Chaverri.
E) Sustitución del señor Magistrado Esquivel Faerron durante Misión de Observación en la República del Ecuador. Se dispone: Previo sorteo de rigor, para sustituir al señor Magistrado Esquivel Faerron durante su ausencia en virtud de su participación en la Misión de Observación de las “Elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, así como los miembros de la Asamblea Nacional y del Parlamento Andino”, a realizarse en la República del Ecuador, se designa al señor Magistrado Rodríguez Chaverri. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Rodríguez Chaverri.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Informe sobre la advertencia de Auditoría Interna relativa al "Sistema Gerencial de Costeo de Proyectos y Actividades Sustantivas del TSE". Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-0060-2013 del 8 de enero de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual rinde informe sobre la advertencia relativa al Sistema Gerencial de Costeo de Proyectos y Actividades Sustantivas del TSE, y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"Así las cosas, concluye esta Dirección:
a) El SGCPAS, per se, constituye la propuesta institucional del Sistema Gerencial de Costeo de Proyectos y Actividades Sustantivas del Tribunal.
b)El SGCPAS, [sic] se encuentra en operación aunque con muy limitada capacidad, dado que solo se cuenta con un funcionario y en una fase primaria.
c) Son de recibo los señalamientos de la Auditoria [sic] Interna referidos a que es necesario contar con mayores elementos de información para consolidar un sistema de costeo integral, que hace falta definir más elementos de costeo, así como usuarios del sistema, sus roles y perfiles.
d) Con el tema de los costos de los procesos electorales y consultivos, se estima necesario definir una estrategia conjunta entre esta Dirección y la DGREYFPP [sic], con el fin de articular acciones que procuren mancomunar esfuerzos tendientes [sic] a la definición de los elementos y centros de costos y los demás aspectos atinentes al costeo de los antedichos procesos.
e) Es de esperar en el corto plazo se requiera la participación de la Dirección General de Estrategia Tecnológica, especialmente a través de la Sección de Ingeniería de Software con el fin de atender algunas de las recomendaciones de la Auditoría Interna y como consecuencia de la evolución del SGCPAS al irse intensificando su operación, por lo que dicha Dirección deberá tomar las previsiones pertinentes.
Consecuentemente, esta Dirección se permite sugerir al Superior, que en atención a la advertencia de la Auditoria [sic] Interna respecto a la situación del Sistema Gerencial de Costeo de Proyectos y Actividades Sustantivas del Tribunal, se disponga lo siguiente:
1. Que la Dirección Ejecutiva revise la estructuración del SGCPAS con el fin de incorporar las observaciones de la Auditoría Interna orientadas a concretar una estructura definitiva como la base de operación del sistema, que contemple todos los elementos de información para que en un plazo razonable se consolide el sistema, establecer los perfiles y los roles de los usuarios y determinar el recurso humano necesario para lograr la consolidación del SGCPAS.
2. Con base en la revisión detallada en el punto anterior, que en el plazo de veinte días hábiles la Dirección Ejecutiva cuente con un plan de redimensionamiento del SGCPAS que establezca un plan de acción y una estrategia que procure intensificar la operación con miras a la consolidación de dicho sistema, para lo cual debe tomar en cuenta la observaciones de la Auditoria [sic] Interna en cuanto a capacitación.
3. Que la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos brinde la colaboración y las facilidades para se incluya en el plan de acción y la estrategia apuntadas [sic] en el punto anterior, las acciones que de manera conjunta se llevarán a cabo para incorporar como centros de costos los procesos electorales y consultivos.
4. Que se instruya a la Dirección General de Estrategia Tecnológica para que tome las previsiones pertinentes, con el fin de que por medio de las dependencias adscritas a esa Dirección se brinde el soporte técnico necesario para la implementación de cambios en el sistema, su mantenimiento y la administración de los perfiles de los usuarios, de modo que faciliten proceso de consolidación del SGCPAS.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Hágase del conocimiento de la Auditoría Interna, en atención a la advertencia planteada mediante oficio n.º AI-213-2012 del 21 de diciembre de 2012. Tomen nota para lo de sus respectivos cargos las Direcciones General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, de Estrategia Tecnológica y la propia Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación a actividad "Justicia Electoral y Sociedad", en Ecuador. Del señor Luis Diego Brenes Villalobos, Asesor de la Gestión Político- Institucional, se conoce oficio n.° AGPI-001-2013 del 8 de enero de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante la presente traslado al Tribunal invitación que recibiese vía correo electrónico para participar en la actividad denominada “Justicia Electoral y Sociedad” a celebrarse en la ciudad de Quito, Ecuador, del 31 de enero al 2 de febrero del [sic] 2013.
Dicha actividad se incluye dentro del marco del proyecto “Fortalecimiento del Manejo Electoral” que IIDH/CAPEL realiza con el Tribunal Contencioso Electoral de Ecuador y en el cual este Tribunal ha colaborado bajo la figura de asistencia técnica y a modo de misión de cooperación horizontal.
Según lo indica la invitación adjunta, suscrita por la señora Marcela Bueno, Coordinadora Local del IIDH/CAPEL en Quito, dirección de contacto: […], IIDH/CAPEL cubrirá en su totalidad los gastos referentes a traslado, hospedaje y alimentación del viaje.".
Se dispone: Dentro del marco de cooperación horizontal entre organismos electorales, autorizar la participación del señor Brenes Villalobos en la referida actividad. De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Luis Diego Brenes Villalobos |
Asesor de la Gestión Político- Institucional |
República del Ecuador |
Del 31 de enero al 2 de febrero de 2013 |
Participación en actividad denominada “Justicia Electoral y Sociedad”. |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
B) Invitación a participar en la Misión de Observación Electoral para las Elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, miembros de la Asamblea Nacional y del Parlamento Andino, en la República del Ecuador. Del señor Roberto Rosario Márquez, Presidente de la Junta Central Electoral de la República Dominicana, se conoce memorial del 8 de enero de 2013, recibido el día siguiente -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal, dirigido al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En nombre de la Presidencia Pro-Tempore de UNIORE, tenemos a bien dirigirnos a ustedes, en ocasión de hacer de su conocimiento que atendiendo una solicitud que nos hiciera el Consejo Nacional Electoral de la República de Ecuador, con el objetivo de que conformemos una Misión de Observación Electoral integrada por los representantes de los órganos electorales miembros de UNIORE, para las Elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, así como los miembros de la Asamblea Nacional y del Parlamento Andino, comicios que están previstos para el día 17 de febrero del año en curso.
En este sentido, queremos extenderle una invitación para que usted más otra persona participen en la Misión de Observación de UNIORE en representación de su organismo electoral. La Misión estará en Ecuador desde el 11 hasta el 18 de febrero, y los gastos de transporte aéreo, hospedaje, alimentación y transporte local, serán cubiertos por el Consejo Nacional Electoral…".
Del señor Domingo Paredes Castillo, Presidente del Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador, se conocen conjuntamente dos circulares n.° 0005-PRS-CNE-2013 sin fecha, recibidas -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal el 9 de enero de 2013, dirigidas a los señores Magistrados Esquivel Faerron y Zetty María Bou Valverde, mediante las cuales literalmente manifiesta:
"Luego de extenderle un cordial y atento saludo, pongo a su conocimiento que el Consejo Nacional Electoral del Ecuador, en cumplimiento del mandato constitucional y de sus atribuciones legales, se encuentra organizando el proceso electoral, donde se elegirá al Presidente de la República, a los miembros de la Asamblea Nacional y del Parlamento Andino, en comicios generales, previstos para el próximo 17 de febrero de 2013.
Por este motivo, a fin de garantizar el ejercicio del derecho de la ciudadanía ecuatoriana a ejercer acciones de veeduría y, por otra parte, con el objeto de mantener y promover la diversificación de los actores internacionales que acompañarán este procesos, que permita un ejercicio objetivo e imparcial de compresión y evaluación de todas las fases del proceso en procura del perfeccionamiento del sistema electoral, la Función Electoral, a la que actualmente represento, apreciará en alto grado su cooperación, a fin de contar con su participación en el Programa de Observación Electoral previsto para el desarrollo de los mencionados comicios.
En ese sentido, me es grato extenderle una cordial invitación para contar con su distinguida presencia en el Ecuador durante el programa de observación que va del 11 al 18 de febrero de 2013, a fin de colaborar con el Consejo Nacional Electoral del Ecuador en este ejercicio cívico de transparencia electoral.
El Consejo Nacional Electoral del Ecuador correrá con los gastos de traslado al país, alojamiento, alimentación y transporte interno durante el desarrollo del Programa. Los participantes serán responsables de cubrir sus gastos personales adicionales…".
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer y aceptar la cordial invitación cursada por el señor Presidente del Consejo Nacional Electoral ecuatoriano, al que se le comunicará que los magistrados Esquivel y Bou participarán, en representación del Tribunal Supremo de Elecciones, como observadores de los citados comicios. 3.- Agradecer también la gentil invitación que formula el estimable presidente de la UNIORE, a quien se le informará que para atenderla se designa al Lic. Esteban Durán Hernández del Departamento de Programas Electorales, quien completará la delegación costarricense. 4.- De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Max Esquivel Faerron |
Magistrado Propietario |
República del Ecuador |
11 al 18 de febrero de 2013 |
Misión de Observación de las “Elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República, así como los miembros de la Asamblea Nacional y del Parlamento Andino” |
Ninguno |
Ninguno |
Zetty María Bou Valverde |
Magistrada |
Ídem |
Ídem |
Ídem |
Ídem |
Ídem |
Esteban Durán Hernández |
Profesional en Administración Electoral 2 del Departamento de Programas Electorales |
Ídem |
Ídem |
Ídem |
Ídem |
Ídem |
ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION ELECTORAL.
A) Modificaciones y actualizaciones de la División Territorial Electoral. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-001-2013 del 2 de enero de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual remite propuesta de modificación parcial de la División Territorial Electoral y recomienda la promulgación del respectivo decreto a fin de que se efectúen las actualizaciones de los sistemas SINCE y SERCISI y se generen los traslados de domicilio que corresponda.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se recomienda. Tomen nota para lo de sus respectivos cargos la Contraloría Electoral, el Departamento Electoral, la Sección de Padrón Electoral, el Departamento de Programas Electorales y las Direcciones Generales de Estrategia Tecnológica y de los Registros Civil y Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos.
Promúlguese el decreto que interesa, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:
"N.º __-2012
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
De conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 12 inciso k) y 143 del Código Electoral,
DECRETA
Artículo 1.- Publíquense las modificaciones y actualizaciones de la División Territorial Electoral en los siguientes términos:
1 SAN JOSE
07 CANTON MORA
Mapa
I DISTRITO COLON
069 Ka 001 COLON*D/. POBLADOS: CALLE TABLERA, CUESTA ACHIOTAL*, FINCA PAMPA Y CIELO, FINQUITAS, LLANO LEON, LLANO LIMON, MICHOACAN, ROSALIA, SAN VICENTE, URB. CORAZON DE JESUS, URB. SAN CRISTOBAL.
069 Nc 016 TICUFRES*. POBLADO: QUEBRADA HONDA.
060 Jx 017 RODEO*. POBLADOS: FINCA LOS MICOS, RESID. LA CABRIOLA, UNIVERSIDAD DE LA PAZ.
069 Ib 018 BRASIL*. POBLADOS: ALHAMBRA, CALLE BRASIL, CALLE CASCANTE, CALLE GUADAMUZ, CALLE GUILLEN, CARRERAS, COLONIA EL PRADO, COLONIA SAN LUIS DEL RIO, HACIENDA LOS MADEROS, NUEVO BRASIL,
RESID. NOVARA, SANTISIMA TRINIDAD (PARTE OESTE), VALLE DE MORA, VILLA DE BRASIL, VILLAS DE PAQUITA.
(*) No incluye todavía los poblados Verbena (Parte Sur), Distrito Administrativo Canalete, y Banegas del Distrito Administrativo Bahía Drake.
069 Lb 019 SAN BOSCO*. POBLADO: PIÑAL.
069 Ld 020 SAN RAFAEL (CEDRAL)*. POBLADO: LOS RODRIGUEZ.
Nota: El electoral Jaris (1-07-I-002) se elimina del administrativo Colón (1-07-I) y se reubica al administrativo Jaris (1-07-VI-002).
VI DISTRITO JARIS
060 Ow 002 JARIS*/. POBLADO: CALLE LA PALMA, CALLE LOS ALPIZAR, CALLE LOS TRAPICHES, PITO.
Nota: El electoral Jaris (1-07-I-002) se elimina del administrativo Colón (1-07-I) y se reubica al administrativo Jaris (1-07-VI-002). Los poblados Calle La Palma, Calle Los Alpízar y Calle Los Trapiches se incluyen oficialmente en la División Territorial Electoral.
2 ALAJUELA
04 CANTON SAN MATEO
Mapa
III DISTRITO JESUS MARIA
050 Fp 008 JESUS MARIA*/. POBLADOS: CALLE LA QUINTA, FINCA MADERAL, GARABITO.
Nota: El electoral Labrador (2-04-III-009) se elimina del administrativo Jesús María (2-04-III) y se reubica al administrativo Labrador (2-04-IV-009).
IV DISTRITO LABRADOR
050 Gñ 009 LABRADOR*. POBLADOS: ALTAMIRA, ORICUAJO, POZA REDONDA, QUEBRADA GRANDE, QUINTAS LAS MARIPOSAS.
Nota: El electoral Labrador (2-04-III-009) se elimina del administrativo Jesús María (2-04-III) y se reubica al administrativo Labrador (2-04-IV-009). El poblado Quintas Las Mariposas se incluye oficialmente en la División Territorial Electoral.
13 CANTON UPALA
Mapa
I DISTRITO UPALA
025 My 001 UPALA*RD/. POBLADOS: BARRIO GUACIMO, BARRIO VENECIA, CARMEN NORTE*, EL FOSFORO*, FINCA PALMERA*, FINCA SANTA FE, HACIENDA LOS ANGELES*, INGENIEROS*, JACAMO, SAN FERNANDO*, SANTA CECILIA (PARTE NORTE)*, URB. COCOLILAS, URB. DON CHU, URB. DOÑA GABRIELA, URB. LAS PALMAS, URB. REAL UPALA, VERBENA*.
Nota: El poblado Rosario* se elimina del electoral Upala (2-13-I-001) y se reubica al electoral Canalete (2-13-VIII-004). Al poblado Santa Cecilia se le modifica su denominación al ser parte y parte, Santa Cecilia (Parte Norte)* se elimina del electoral Las Brisas (Miramar) (2-13-VIII-024) y se reubica al electoral Upala (2-13-I-001).
035 Td 003 COLONIA PUNTARENAS*. POBLADOS: ASENTAMIENTO EL RECREO*, ASENTAMIENTO LOS JAZMINES*, SAN MARTIN, URB. LOS TIJOS*, URB. MIRAVALLES*.
036 Gh 017 SAN LUIS*.
036 Eb 025 SANTA ROSA (CHIMURRIA ARRIBA)*. POBLADO: LA CORTEZA.
025 Mq 029 MORENO CAÑAS*. POBLADO: FINCA CHEMIS.
025 Ry 031 LLANO AZUL*. POBLADO: PROGRESO (PARTE OESTE).
Nota: El poblado Cuatro Cruces se elimina del electoral Llano Azul (2-13-I-031) y se reubica al electoral Canalete (2-13-VIII-004). Al poblado Progreso se le modifica su denominación al ser parte y parte, Progreso (Parte Oeste) se elimina del electoral Canalete (2-13-VIII-004) y se reubica al electoral Llano Azul (2-13-I-031).
Nota: El electoral Canalete (2-13-I-004) se elimina del administrativo Upala (2-13-I) y se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-004). El electoral Pata de Gallo (Parte Norte) (2-13-I-015) se elimina del administrativo Upala (2-13-I), se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-015). El electoral Miramar (2-013-I-024) se elimina del administrativo Upala (2-13-I), se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-024). El electoral Las Armenias (2-13-I-035) se elimina del administrativo Upala (2-13-I) y se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-035).
VIII DISTRITO CANALETE
025 Sv 004 CANALETE*. POBLADOS: BARRIO LA UNION, BUENAVISTA*, CUATRO CRUCES, FINCA VOLCAN, HIGUERON (PARTE NORTE), PROGRESO (PARTE OESTE)*, ROSARIO*.
Nota: El electoral Canalete (2-13-I-004) se elimina del administrativo Upala (2-13-I) y se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-004). El poblado Rosario* se elimina del electoral Upala (2-13-I-001) y se reubica al electoral Canalete (2-13-VIII-004). El poblado Cuatro Cruces se elimina del electoral Llano Azul (2-13-I-031) y se reubica al electoral Canalete (2-13-VIII-004). Al poblado Progreso se le modifica su denominación al ser parte y parte, Progreso (Parte Oeste) se elimina del electoral Canalete (2-13-VIII-004) y se reubica al electoral Llano Azul (2-13-I-031).
026 Ep 015 PATA DE GALLO O SAN CRISTOBAL (PARTE NORTE)*. POBLADO: FINCA SAN MIGUEL.
Nota: El electoral Pata de Gallo (Parte Norte) (2-13-I-015) se elimina del administrativo Upala (2-13-I), se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-015) y se modifica su denominación a Pata de Gallo o San Cristóbal (Parte Norte).
025 Os 024 LAS BRISAS (MIRAMAR)*. POBLADOS: LAS MILPAS*, SANTA CECILIA (PARTE SUR).
Nota: El electoral Miramar (2-013-I-024) se elimina del administrativo Upala (2-13-I), se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-024) y se modifica su denominación a Las Brisas (Miramar)*. Al poblado Santa Cecilia se le modifica su denominación al ser parte y parte, Santa Cecilia (Parte Norte)* se elimina del electoral Las Brisas (Miramar)* (2-13-VIII-024) y se reubica al electoral Upala (2-13-I-001).
026 Cn 035 LAS ARMENIAS*. POBLADO: GUACALITO*.
Nota: El electoral Las Armenias (2-13-I-035) se elimina del administrativo Upala (2-13-I) y se reubica al administrativo Canalete (2-13-VIII-035).
6 PUNTARENAS
05 CANTON OSA
Mapa
III DISTRITO SIERPE
108 Qc 003 SIERPE*/. POBLADOS: AJUNTADERAS*, BARCO, CAMIBAR, CANTARRANA, CIUD. MARTINEZ, ESTERO CABALLO, FINCA CACAO, FINCA FIGUEROA, FINCA GALLEGA, JULIA, LA HACIENDA (BOCA CHOCUACO), LA OLLA, MONTERREY, PAVON, PLAYA GUARUMAL, PUEBLO NUEVO, SANTA INES, TAGUAL, TROCHA, VALLE BONITO, VARILLOS.
109 Jm 012 MOGOS*. POBLADOS: BAHIA GUABOS, BAJOS MATIAS, PARGOS, PLAYA BEJUCO, PLAYA ISLOTES, PLAYITAS, PORVENIR, TABOGA.
096 Gv 017 SABALO*. POBLADOS: BOSQUE, FINCA CEDRAL, FINCA FLORIDA, ISLA VIOLIN, PAILON, PUERTO ESCONDIDO DE VIOLIN.
Nota: El poblado Guerra se elimina del electoral Sábalo (6-05-III-017) y se reubica al electoral Drake (6-05-VI-016).
096 Pz 022 RINCON DEL GOLFO*. POBLADOS: AGUA BUENA (EL CAMPO)*, ALTO SAN JUAN, BAHIA CHAL*, BANEGAS, BANEGUITAS, CHARCOS, EUCALIPTO, FINCA BAJO GRANDE, PLAYA GARROBO, PLAYA ISIDORA, PLAYA PALMA, PUNTA GARROBO.
Nota: El poblado Almirante se elimina de la División Territorial Electoral.
096 Iz 023 CHOCUACO ARRIBA*. POBLADOS: CHIQUEROS, SAN JUAN*.
096 Dz 028 MIRAMAR*. POBLADO: POTRERO*.
108 Po 030 JALACA (PARTE SUR)*.
108 Sq 036 FINCA GUANACASTE (PARTE OESTE)*.
Nota: El electoral Drake (6-05-III-016) se elimina del administrativo Sierpe (6-05-III) y se reubica al administrativo Bahía Drake (6-05-VI-016). El electoral Riyito de Sierpe (6-05-III-027) se elimina del Administrativo Sierpe (6-05-III) y se reubica al administrativo Bahía Drake (6-05-VI-027). El electoral Rancho Quemado o Delicias (6-05-III-033) se elimina del Administrativo Sierpe (6-05-III) y se reubica al administrativo Bahía Drake (6-05-VI-033).
VI DISTRITO BAHIA DRAKE
096 Nk 016 DRAKE*/. POBLADOS: AGUJITAS*, BOCA GANADO, BUENA VISTA, CALETAS, EL PROGRESO, GUERRA*, ISLA DEL CAÑO, LLORONA, LOS ANGELES*, PIEDRA EL ARCO, PLAYA COLORADA, QUEBRADA GANADO, SAN PEDRILLO.
Nota: El electoral Drake (6-05-III-016) se elimina del administrativo Sierpe (6-05-III) y se reubica al administrativo Bahía Drake (6-05-VI-016). El poblado Guerra se elimina del electoral Sábalo (6-05-III-017) y se reubica al electoral Drake (6-05-VI-016). El poblado Planes se elimina del electoral Drake (6-05-VI-016) y se crea como electoral con la denominación de Los Planes (6-05-VI-038). El poblado Campanario o Playa San Josecito se elimina del electoral Drake (6-05-VI-016), se reubica al electoral Los Planes (6-05-VI-038) y se le modifica la denominación a San Josecito (Rincón). El poblado Curime se elimina del electoral Drake (6-05-VI-016). Los poblados Boca Ganado, Caletas y El Progreso se incluyen oficialmente en la División Territorial Electoral.
110 Da 027 RIYITO DE SIERPE*. POBLADOS: ALTO LAGUNA*/, FINCA QUEBRADA SUCIA.
Nota: El electoral Riyito de Sierpe (6-05-III-027) se elimina del Administrativo Sierpe (6-05-III) y se reubica al administrativo Bahía Drake (6-05-VI-027).
096 Pr 033 RANCHO QUEMADO O DELICIAS*. POBLADO: CHIQUERON.
Nota: El electoral Rancho Quemado o Delicias (6-05-III-033) se elimina del Administrativo Sierpe (6-05-III) y se reubica al administrativo Bahía Drake (6-05-VI-033).
096 Sh 038 LOS PLANES *. POBLADO: SAN JOSECITO (RINCON)*
Nota: El poblado Planes se elimina del electoral Drake (6-05-VI-016), se crea como electoral con la denominación de Los Planes (6-05-VI-038). El poblado Campanario o Playa San Josecito se elimina del electoral Drake (6-05-VI-016), se reubica al electoral Los Planes (6-05-VI-038) y se le modifica la denominación a San Josecito (Rincón).
7 CANTON GOLFITO
Mapa
I DISTRITO GOLFITO
121 Di 001 GOLFITO*RD/. POBLADOS: ALAMEDAS, ATROCHO (PLAYA AZUL), BELLAVISTA*, BOLSA, DISCO, HUACAS, IMAS (SAN ANDRES), KILOMETRO 3 (INVU)*, KILOMETRO 5, LAGUNA, LAS GRADAS, LAS TORRES, PARROQUIAL, PUEBLO CIVIL*, RANCHO RELAMPAGO, RIO BONITO (NUEVA ZELANDA)*, SAN FRANCISCO, SAN MARTIN.
121 Mp 007 FLORIDA (AGUADA)*. POBLADOS: BAJO DE RIO COTO, ESPERANZA NORTE*, NAZARETH*, PUERTO ESCONDIDO DE FLORIDA.
121 Iq 011 LA MONA*. POBLADOS: BAJO CHONTALES, BARRIO BUENOS AIRES, BARRIO EL PROGRESO, BARRIO LOS ALMENDROS, CIUD. MADRIGAL, COSTA PURRUJA, KILOMETRO 9, LAS TECAS, PURRUJA*, URB. DANIEL HERRERA, URB. TUCKER.
121 Iu 019 KILOMETRO 16*. POBLADOS: COLONIA IDA, FINCA RANCHO BLANCO, FINCA TORO AMARILLO, LAGUNA MACHACA, LAS MARCAS (KM 15), PASO HIGUERON, TRENZAS*, UNION DE COTO (JUNTAS KM 18), VILLA NUEVA*.
121 Eh 028 CACAO*. POBLADOS: ASENTAMIENTO LA LECHERIA, BAJO CAÑA BLANCA, BAJO MANSITO (PLAYA GALLARDO), BAJO SUCIO, BOCA ESQUINAS (RIYITO), DOS RIOS, PLAYA ANIMAS*, PLAYA CATIVO, PLAYA NICUESA, PUNTA ESPERANZA, PUNTARENITAS, SAN JOSECITO DE GALLARDO.
121 Bg 029 RESIDENCIAL UREÑA*. POBLADOS: INVU LA ROTONDA, LLANO BONITO D, OASIS DE ESPERANZA, SAN JUAN.
121 Fs 032 KILOMETRO 20*. POBLADOS: AGROINDUSTRIAL*, FINCA SAN MARTIN, KILOMETRO 24*, RESID. JORGE BRENES DURAN.
121 Dn 037 H. A. GOLFITO.
Nota: El distrito electoral creado es H.A. Golfito (6-07-I-037).
III DISTRITO GUAYCARA
120 Mj 005 VILLA BRICEÑO*. POBLADOS: ACAPULCO, BOLSA, EL ALTO (VINCENZI), GAMBA*, KILOMETRO 33*, LA JULIETA (KILOMETRO 35)*, RIO BONITO.
120 Rt 010 RIO CLARO*/. POBLADOS: BAMBEL 1*, BAMBEL 2 Y 3*,BAMBEL 4, BARRIO SANTIAGO*, CHIQUEROS, FINCA RIO CLARO, GORRION, LA ESPERANZA (IDA)*, LA GLORIA, LA GUARIA, LOS ANGELES*, URB. GUAYCARA, URB. GUAYMI, URB. SILVERIO.
Nota: El poblado Finca 54 se elimina del electoral Rio Claro (6-07-III-010) y se crea como Distrito Electoral (6-07-III-036). Los poblados Finca 55, Finca 56, Finca 57, Finca 58, Finca 59, Finca 62-63 se eliminan del electoral Rio Claro (6-07-III-010) y se reubican al electoral Finca 54 (6-07-III-036).
120 Mu 015 LLANO BONITO*. POBLADO: LINDA VISTA*.
120 Mñ 016 UNION DE COTO NORTE*. POBLADO: BUENA VISTA.
120 Ik 017 VALLE DE LOS CEDROS O SAN MIGUEL*. POBLADO: BAJO CEDROS.
120 Qz 023 CARACOL NORTE (PARTE)*. POBLADOS: LAS NUBES (PARTE OESTE)*, SANTIAGO DE CARACOL (PARTE OESTE)*, TIGRA*.
120 Rñ 026 VIQUILLAS*. POBLADOS: KILOMETRO 30, KILOMETRO 31, VILLA FOSTER (KILOMETRO 29)*.
120 Os 031 LA LUCHA*. POBLADOS: LAGARTO, SAN FRANCISCO*.
120 Qt 035 SAN RAMON*. POBLADOS: LAS DELICIAS*, LAS VEGAS*, PARCELAS IDA, URB. EL ESFUERZO.
121 Dn 036 FINCA 54*. POBLADOS: COTO 63, PUEBLO TRISTE, FINCA 55, FINCA COOPERATIVA, FINCA 56, FINCA 57, FINCA 58, FINCA 59.
Nota: El poblado Finca 54 se elimina del electoral Rio Claro (6-07-III-010) y se crea como Distrito Electoral (6-07-III-036). Los poblados Finca 55, Finca 56, Finca 57, Finca 58, Finca 59, Finca 62-63 se eliminan del electoral Rio Claro (6-07-III-010) y se reubican al electoral Finca 54 (6-07-III-036). Al poblado Finca 62-63 se le modifica su denominación por Finca Cooperativa. Los poblados Coto 63 y Pueblo Triste se incluyen oficialmente a la División Territorial Electoral.
10 CANTON CORREDORES
Mapa
I DISTRITO CORREDOR
132 Cg 001 NEILY*RD/. POBLADOS: BARRIO CARTONERA, BARRIO EL CARMEN*, BARRIO EMPLEADOS MUNICIPALES, BARRIO ESTADIO, BARRIO LAS PISCINAS, BARRIO EL PROGRESO BARRIO REDONDEL, BARRIO SALAS VINDAS (CANTU), BOSQUE, CAÑO SECO, CAPRI, CIUD. GONZALEZ*, CIUD. LA COLINA, CIUD. 22 DE OCTUBRE*, INVU, LA ESPERANZA, LA FUENTE*, SAN JUAN, SAN RAFAEL*, UNION DE NEILY.
131 Ph 002 CAMPO DOS Y MEDIO*. POBLADOS: CAMPO DOS, CUESTA DE CAL, FLORIDA.
131 Rl 003 BAJO LOS INDIOS*. POBLADO: GUAYABI*.
132 Hh 004 COTO CUARENTA Y DOS*. POBLADOS: ARGENTINA, BETEL, COTO CUARENTA Y TRES, FINCA 45*, SAN JOSECITO, TROPEZON.
132 Hd 005 COTO CUARENTA Y SIETE*/. POBLADOS: CAÑADA, CASTAÑOS*, CENTRAL CAMPESINA (FINCA 20)*, COTO CUARENTA Y OCHO, COTO CUARENTA Y SEIS, ESTRELLA DEL SUR*, FINCA EL CLAVO, FINCA 44*, FINCA 49*, FINCA 50*, FINCA 51*, FINCA 52*, FINCA 53, PANGAS*, SANTA RITA.
132 Gn 006 ABROJO NORTE (VEGAS DE ABROJO NORTE)*. POBLADO: ALTO ABROJO (CACORAGUA)*, MIRAMAR*.
Nota: Se le modifica la denominación al distrito electoral Vegas de Abrojo Este* por Abrojo Norte (Vegas de Abrojo Norte)*. El poblado Cacoragua* se elimina del electoral Abrojo-Montezuma (6-10-I-027) y se reubica al electoral Abrojo Norte (Vegas de Abrojo Norte) (6-10-I-006), y se le modifica su denominación a Alto Abrojo (Cacoragua)*.
121 Ry 007 CAMPIÑA*. POBLADOS: EL BARRIDO, PUEBLO NUEVO DE COTO*/.
131 Pn 015 LOS PLANES*. POBLADOS: ALTO LIMONCITO, VILLA ROMA.
132 Fj 016 CARMEN*. POBLADOS: ABROJO OESTE, COLORADITO NORTE, FINCA MIRLAS, SAN ANTONIO/, SANTA MARTA (PARTE OESTE).
132 Be 022 RIO BONITO DE NEILY*. POBLADOS: AGUILARES, CARACOL SUR.
132 De 024 FORTUNA*.
132 Bn 027ABROJO-MONTEZUMA*/. POBLADOS: BAJO LIMONCITO (FRONTERA)*, MONTEZUMA O BELLAVISTA.
Nota: El poblado Cacoragua* se elimina del electoral Abrojo-Montezuma (6-10-I-027) y se reubica al electoral Abrojo Norte (Vegas de Abrojo Norte) (6-10-I-006, y se le modifica su denominación a Alto Abrojo (Cacoragua)*.
132 Cc 029 RIO NUEVO*. POBLADOS: CARACOL NORTE (PARTE SUR), CEIBO, LAS NUBES (PARTE ESTE), SANTIAGO DE CARACOL (PARTE ESTE), URB. PALMA REAL.
132 Bc 030 H. A. NEILY.
IV DISTRITO LAUREL
133 Gk 009 LAUREL*/. POBLADOS: FINCA BAMBITO*, FINCA CAIMITO*, FINCA CAUCHO*, FINCA COROTU, FINCA JOBO, FINCA MANGO*, FINCA PERAL, JOBO CIVIL*, PUERTO GONZALEZ VIQUEZ/.
133 Hb 017 BELLA LUZ*. POBLADOS: COYOCHE*, INCENDIO*, MONTEVERDE*, SANTA LUCIA*.
133 De 018 COLONIA LIBERTAD (KILOMETRO 31)*. POBLADOS: CANGREJO VERDE*, COOPEVAQUITA (KILOMETRO 29)*, KILOMETRO 27*.
Nota: Al distrito electoral Coopevaquita (Kilometro 29)* se le reubica la cabecera a Colonia Libertad (Kilometro 31)*.
132 Rd 019 LA NUBIA (KILOMETRO 25)*. POBLADOS: BIJAGUAL, CARIARI*, KILOMETRO 22.
133 Kd 020 CARACOL DE LA VACA*. POBLADO: PUEBLO DE DIOS*.
133 Ah 021 VEREH*. POBLADOS: CUATRO BOCAS*, FINCA CACAO, FINCA CORTES, FINCA GUACIMO, SAN JUAN DE CUATRO BOCAS.
122 Ow 026 VEGAS DEL RIO LA VACA (NIBIRIBOTDA)*. POBLADOS: CORARI (QUEBRADA TIGRE), LAS LATAS, LOS PLANCITOS (SITIO LOS PLANES)*, SANTA ROSA, UMAANI (ALTO VAQUITA).
133 Hf 028 NARANJO*. POBLADOS: FINCA CENIZO*, FINCA ROBLE*, FINCA ROBLITO, FINCA TAMARINDO*, ZARAGOZA.
7 LIMON
02 CANTON POCOCI
Mapa
I DISTRITO GUAPILES
076 Nv 001 GUAPILES*RD/. POBLADOS: BARRIO LOS ANGELES*, BARRIO SANTA CECILIA, CACIQUE, CALLE VARGAS, CAMINO AL CIELO, COOPEVIGUA (1-2-3)*, FLORESTA, LA ESMERALDA, NUMANCIA (PARTE OESTE), PALMA DORADA, RESID. LLAMAS DEL BOSQUE, RESID. ZURQUI, SAN FRANCISCO*, SAN MIGUEL, SANTA LUCIA*, SINAI, TROCHA, URB. EL ROBLE, URB. TORO AMARILLO.
Nota: Los poblados Prado (Parte Sur) y Urb. Asemeba se eliminan del electoral Guápiles (7-02-I-001) y se reubican al electoral Cascadas (7-02-VII-050).
076 Nn 017 FLORES (UNION)*. POBLADOS: ASTURIAS (PARTE OESTE), CORINTO, FINCA SAN MIGUEL, FINCA ZORRO CRUEL, LAS MINAS.
076 Nw 019 DIAMANTES*. POBLADOS: EMILIA*, FINCA DIAMANTES, LOS PINARES, MADRIGAL, NUMANCIA (PARTE ESTE)*, SANTA CLARA.
076 Oo 029 LA MARINA*. POBLADOS: ASTURIAS (PARTE ESTE), FINCA LA CHAQUETA, LA PATRICIA (JADE), LAS BRISAS (RIO BLANCO SUR)*, PORVENIR (RIO BLANCO NORTE), RANCHO REDONDO, RIO BLANCO (CAMPBELL).
077 At 030 BELLA VISTA*. POBLADO: LEONA.
076 Nv 037 H. A. GUAPILES.
076 Nt 038 TORO AMARILLO*. POBLADOS: BRISAS*, CALLE TRACTOR, GARABITO, PALMERA, URB. LOS BOVINOS.
Nota: El electoral San Rafael (7-02-I-016) se elimina del administrativo Guápiles (7-02-I) y se reubica al administrativo La Colonia (7-02-VII-016).
III DISTRITO RITA
086 Fe 004 LAS PALMITAS*. POBLADOS: ASENTAMIENTO CAMURO*, ASENTAMIENTO PARAISO*, CANTA GALLO*, SAN ISIDRO*, TRIANGULO*.
076 Gv 010 RITA*/. POBLADOS: BARRIO GUAJIRA, CALLE DEL GOBIERNO, CAYUGA, FINCA JORDAN, FINCA NUMANCIA, PELIGRO, PUEBLO NUEVO*, URB. LA HILDA, URB. NIDO 1 Y 2.
075 Lx 013 SAN PEDRO*. POBLADOS: CHIRVALO, CIUD. SAN JOSE*, CRUCE DE JARDIN*, ROTULO*, SAN PETER*.
076 Cy 014 LAS MERCEDES (NAJERA)*. POBLADOS: FINCA BANANO ORO, FINCA SAN CARLOS, LOS PINOS*, PRODUCTORA TROPICAL.
075 Lq 018 TICABAN*/. POBLADOS: COLOMBO, EL INDIO, FINCA 1, FINCA 2*, FINCA 3, LA SUERTE*.
076 Dt 022 LA TERESA*. POBLADOS: BALASTRE*, FINCA LA NEGRA, FINCA SAN RAFAEL*, FINCA SONIA, FINCA TIERRAS DE RIO FRIO, TARIRE*.
Nota: El poblado San Bosco se elimina del electoral La Teresa (7-02-III-022), se reubica al administrativo La Colonia (7-02-VII) y se crea como Distrito Electoral (7-02-VII-051). El poblado Brisas (La Platanera) se elimina del electoral La Teresa (7-02-III-022), se reubica al electoral San Bosco (7-02-VII-051) y se le modifica su denominación a Brisas del Toro Amarillo.
075 Hw 023 PRIMAVERA*. POBLADOS: CARMEN*, COCOTALES*, SAN CARLOS*, TAPEZCO*, TOURNON*.
075 Qt 028 SANTA ROSA*. POBLADOS: CARTAGENA*, SANTA ELENA, SIRENA.
075 Rq 031 PATIO SAN CRISTOBAL*. POBLADOS: I GRIEGA, LA TE.
085 Rg 032 CEDRAL*. POBLADOS: EL SOTA*, LAS COLINAS*, MONTELIMAR, PENITENCIA.
075 Lñ 033 SECTOR 8 (SAN GERARDO)*. POBLADOS: SECTOR LA LINEA (IZTARU)*, SECTOR 9 (IDA)*.
086 Gc 036 CARLOTA*. POBLADOS: FINCA PROMESA, HAMBURGO (IDA).
075 Br 044 SAN FRANCISCO DE CAÑO SECO*. POBLADOS: BARBADOS*, LA FORTUNA*, LA PAJARERA.
075 Gs 048 PORVENIR*. POBLADOS: ASENTAMIENTO EL ZOTA 1 Y 2, ASENTAMIENTO LAS LOMAS.
VII DISTRITO LA COLONIA
076 Kt 016 SAN RAFAEL*/. POBLADOS: BARRIO LOS SAUCES*, BARRIO SAN JUAN, JESUS, LAURELES, LINDA VISTA, LOS LAGOS, SANTA ELENA, RESID. MONTELIMAR, URB. EL JADE, URB. LA COLONIA, VALLE DEL SOL.
Nota: El electoral San Rafael (7-02-I-016) se elimina del administrativo Guápiles (7-02-I) y se reubica al administrativo La Colonia (7-02-VII-016). El poblado Cascadas se elimina del electoral San Rafael (7-02-VII-016) y se crea como Distrito Electoral (7-02-VII-050). Los poblados Barrio San Juan, Santa Elena, Resid. Montelimar y Valle del Sol se incluyen oficialmente en la División Territorial Electoral.
076 Kv 050 CASCADAS*. POBLADOS: PRADO (PARTE SUR), URB. ASEMEBA.
Nota: El poblado Cascadas se elimina del electoral San Rafael (7-02-VII-016) y se crea como Distrito Electoral (7-02-VII-050). Los poblados Prado (Parte Sur) y Urb. Asemeba se eliminan del electoral Guápiles (7-02-I-001) y se reubican al electoral Cascadas (7-02-VII-050).
076 Nv 051 SAN BOSCO*. POBLADOS: BARRIO LA ESPERANZA, BRISAS DEL TORO AMARILLO*, LOSILLA.
Nota: El poblado San Bosco se elimina del electoral La Teresa (7-02-III-022), se reubica al administrativo La Colonia (7-02-VII) y se crea como Distrito Electoral (7-02-VII-051). El poblado Brisas (La Platanera) se elimina del electoral La Teresa (7-02-III-022), se reubica al electoral San Bosco (7-02-VII-051) y se le modifica su denominación a Brisas del Toro Amarillo. Los poblados Barrio La Esperanza y Losilla se incluyen oficialmente en la División Territorial Electoral.
Artículo 2.- Rige a partir de su publicación." ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2014.
A) Recordatorio de fechas relevantes del cronograma electoral para las elecciones presidenciales y legislativas de 2014. Se dispone: Hágase del conocimiento de los Poderes de la República, de la Contraloría General de la República, de la Procuraduría General de la República, de la Defensoría de los Habitantes, de los partidos políticos, de la Direcciones institucionales y de la Asesoría de la Gestión Político-Institucional -a esta última para el respectivo comunicado de prensa y para su difusión en redes sociales- el siguiente recordatorio de las fechas más relevantes para el mes siguiente, según el cronograma de las elecciones presidenciales y legislativas 2014 aprobado por este Tribunal:
"FEBRERO 2013
DÍA 1
Último día para la presentación de solicitudes de inscripción de partidos políticos ante el Registro Electoral (artículo 60 del Código Electoral).
Último día para que los Vicepresidentes de la República, Ministros, Magistrados propietarios de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados propietarios y suplentes del Tribunal Supremo de Elecciones, quien ocupe la Dirección General del Registro Civil, los directores o gerentes de las instituciones autónomas y el Contralor y Subcontralor Generales de la República, que quieran postularse para el ejercicio del cargo de Presidente o Vicepresidente de la República para el período 2014-2018, renuncien a sus cargos (artículo 132 de la Constitución Política).
Último día para que los costarricenses por naturalización obtengan la carta que los acredite como tales, a efecto de que puedan ejercer su derecho al sufragio en las elecciones nacionales (artículo 94 de la Constitución Política y 144 del Código Electoral).
DÍA 2
A partir de este día se integrarán a la conformación ordinaria del Tribunal Supremo de Elecciones, dos Magistrados suplentes que fungirán como propietarios hasta seis meses después de celebrarse las elecciones (artículos 100 de la Constitución Política, 13 del Código Electoral y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil).
DÍA 4
Último día para que el Poder Ejecutivo publique la División Territorial Administrativa (artículos 143 del Código Electoral y 2 de la Ley No. 6068 del 20 de julio de 1977).
Último día para que el Tribunal Supremo de Elecciones fije el monto de la contribución que el Estado deberá reconocer a los partidos políticos, tomando como base de cálculo el producto interno bruto a precios de mercado, según certificación emitida por el Banco Central de Costa Rica (artículos 96 de la Constitución Política y 90 del Código Electoral).". ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS DE COMISIONES INSTITUCIONALES.
A) Política Institucional en materia de Discapacidad y Persona Adulta Mayor. Del señor José Gilberto Alvarado Villalobos, Director Ejecutivo a. i., se conoce oficio n.° DE-3484-2012 del 18 de diciembre de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio n.° CA-025-2012 del 14 de noviembre del año en curso, el cual se adjunta, el señor Óscar Fernando Mena Carvajal, Coordinador de la Comisión de Accesibilidad Institucional, remite tal y como lo dispuso el Tribunal Supremo de Elecciones en sesión ordinaria n.° 082-2012 del 25 de setiembre del presente año, oficio n.° STSE-3391-2012, el documento de referencia, con las modificaciones aplicadas según las observaciones que se le hicieron ver por parte de esta dirección y el Departamento Legal en oficio n.° DL-370-2012.
Cabe señalar, que una vez valorado y confrontado el segundo documento con respecto a lo sugerido, la Comisión de Accesibilidad Institucional acogió y aplicó las observaciones que se habían expuesto. Es por tanto, que con el proyecto que se presenta, se tiene un documento “política” depurado, preciso, entendible y de fácil aplicación a nivel institucional, pues establece una serie de parámetros para la toma de decisiones y de evaluación, aunado a lineamientos generales que vienen a fortalecer el comportamiento y la cultura organizacional.
No obstante, de la revisión del texto, esta Dirección estima que ha de señalarse algunos detalles con respecto a la redacción, como los siguientes:
Objetivos Específicos. Sería importante cambiar la palabra políticas que aparecen [sic] tanto en el a) y b) y sustituirla, ya sea por planes o programas. Lo anterior, en virtud de que no se justifica implantar o definir políticas si lo que se está emitiendo es una política general.
Alcance. Se cita de igual manera la palabra política, por lo que bien puede utilizarse alguna de las palabras antes mencionadas.
Con respecto a los lineamientos que se han definido, es procedente que se realicen algunos cambios, tal y como se sugiere:
Lineamiento n.° 2. En el inciso b) debe leerse Área de Capacitación del departamento de Recursos Humanos y no Oficina de Capacitación. En el inciso e) lo correcto es Oficina de Arquitectura y Departamento de Recursos Humanos y no departamentos. En el inciso f) sería oportuno que se lea “Fomentar la responsabilidad social de este Tribunal como institución pública” y no como empresa, y que debe coordinarse con el Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos y no con la Oficina de Capacitación.
Lineamiento n.° 3. En el inciso d) eliminar la palabra “El” y en el inciso e) incluir otros actores como lo son presidentes de las Juntas de Educación de los Centros Educativos y el Encargado de Equiparación de Condicionamiento para el Ejercicio del Voto.
Por consiguiente, para lo que ha [sic] bien tenga [sic] los señores Magistrados y Señora Magistrada, se remite el proyecto de Política Institucional en materia de Discapacidad y Persona Adulta Mayor.".
Se dispone: Aprobar la Política Institucional en materia de discapacidad y atención a personas adultas Mayores, de conformidad con el siguiente texto:
"POLÍTICA INSTITUCIONAL EN MATERIA DE DISCAPACIDAD Y PERSONA ADULTA MAYOR
1. INTRODUCCIÓN
El presente documento define la política institucional en materia de discapacidad y atención a personas adultas mayores; establece directrices y lineamientos tendente a la adecuación de los servicios institucionales de forma que todo ciudadano encuentre en el Tribunal Supremo de Elecciones un entorno, bienes, servicios e instalaciones de atención al público y las correspondiente al ejercicio del sufragio accesibles para su uso.
1.1 JUSTIFICACIÓN
Cumplir con la normativa vigente en materia de discapacidad y referente a las personas adultas mayores con la finalidad de proteger y promover los derechos humanos y políticos con los que cuentan los ciudadanos, promoviendo el efectivo acceso a los diferentes servicios civiles y electorales que brinda la institución, así como el pleno ejercicio del derecho al sufragio.
1.2 OBJETIVOS
1.2.1 Objetivo general
Establecer acciones que permitan garantizar la accesibilidad de los servicios institucionales a toda la población, emitiendo lineamientos que implementen la igualdad y equiparación de oportunidades en materia de discapacidad y atención a personas adultas mayores.
1.2.2 Objetivos específicos
a) Implantar programas tendentes a la adecuación de los servicios institucionales, de forma que todo ciudadano encuentre en el Tribunal Supremo de Elecciones un entorno, bienes, servicios e instalaciones accesibles para su uso.
b) Definir planes que permitan garantizar acceso al trabajo y empleo a los grupos de atención especial como los encontrados en materia de discapacidad y personas adultas mayores, con respeto a sus derechos humanos.
1.3 ALCANCES
Definir los programas a seguir por los funcionarios y funcionarias de la sede central y de las sedes regionales que conforman el Tribunal Supremo de Elecciones, para que se garantice la accesibilidad universal a los servicios institucionales, de manera que la ciudadanía pueda ejercer sus Derechos Humanos y constitucionales adecuadamente.
2. POLÍTICAS
2.1 Eje Institucionalidad Democrática
Lineamiento N° 1: "Vigilancia y control"
El Tribunal Supremo de Elecciones, a través de la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad, requerirá de las dependencias responsables de la ejecución de estas políticas, como mecanismo permanente de vigilancia y control, un informe semestral de labores denominado "Vigilancia y Control de la Política Institucional en Materia de Discapacidad y Personas Adultas Mayores", el cual debe indicar:
a) Período de Ejecución (fechas de inicio y conclusión).
b) Criterios que generaron la acción (necesidad por satisfacer, problema por resolver, objetivo u objetivos por lograr).
c) Explicación de la forma en que llevó a cabo la actividad.
d) Resultados que se obtuvo.
Lo anterior será informado a la Dirección Ejecutiva con copia a la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad con la finalidad de implementar reglamentaciones, planes, programas, proyectos y actividades adecuadas al servicio de personas con discapacidad y personas adultas mayores.
Lineamiento N° 2: "Estrategia de gestión de la equiparación e igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y personas adultas mayores."
La estrategia de equiparación e igualdad de oportunidades como vehículo para el desarrollo humano de las personas con discapacidad y adultas mayores es el proceso continuo dirigido a:
a) Garantizar, brindando servicios accesibles, la igualdad y equidad de oportunidades para los usuarios y usuarias, así como para funcionarios y funcionarias del Tribunal Supremo de Elecciones con discapacidad o consideradas como personas adultas mayores brindando servicios accesibles.
b) Sensibilizar, al menos una vez al año, a las jefaturas sobre temas y valores dirigidos a la no discriminación tanto al funcionariado como a los usuarios y usuarias con discapacidad o personas adultas mayores; mediante capacitaciones, talleres o actividades que se considere oportunas y que estarán a cargo del Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos en conjunto con la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad.
c) Elaborar un plan en conjunto con la Oficina de Comunicación para dar a conocer mínimo cada seis meses la información necesaria y relevante en el tema de equiparación de oportunidades, brindando sensibilización en materia de discapacidad y personas adultas mayores.
d) Garantizar por medio de la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad la coordinación con las diferentes dependencias para que se genere acciones tendentes a ofrecer un entorno accesible en las instalaciones del Tribunal Supremo de Elecciones a la población con discapacidad y personas adultas mayores.
e) Recomendar soluciones por parte del criterio técnico de la Oficina de Arquitectura y el Departamento de Recursos Humanos, orientados al crecimiento de la población del Tribunal Supremo de Elecciones, en el que se visualice la accesibilidad para la población con discapacidad y personas adultas mayores, dándolas a conocer a la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad por medio de reuniones o documentos.
f) Fomentar la responsabilidad social de este Tribunal, como institución, por medio de publicaciones a cargo de la Oficina de Comunicación en conjunto con el Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos relativas a la accesibilidad que brinda a las personas funcionarias y usuarias con discapacidad y adultas mayores.
g) Propiciar el uso de nuevas tecnologías que brindan servicios de apoyo a las personas con discapacidad y adultas mayores, por medio de recomendaciones remitidas por la Comisión a la Dirección General de Estrategias Tecnológicas.
Lineamiento N° 3: "Acceso a la participación política y pública"
El Tribunal Supremo de Elecciones, a través del Departamento de Programas Electorales, garantizará:
a) Que los procedimientos y materiales electorales sean adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar por todos los electores, de manera que se garantice la accesibilidad a los grupos de atención especial.
b) La protección del derecho de las personas con discapacidad y adultas mayores a emitir su voto en secreto tanto en procesos electivos como consultivos.
c) La libre expresión de la voluntad como electoras de las personas con discapacidad y adultas mayores, al permitir ejercer el voto de forma pública o semipública.
d) Incluir dentro de los materiales electorales los dispositivos que permitan crear un entorno accesible para las personas con discapacidad y adultas mayores, las cuales se denominaran "Materiales de apoyo".
e) Establecer contactos con personeros del Ministerio de Educación Pública, presidentes de las Juntas de Educación de los Centros Educativos y el Encargado de Equiparación de Condicionamiento para el Ejercicio del Voto, por medio del Departamento de Programas Electorales, para recomendar acciones dentro de los distintos centros educativos, que garanticen su accesibilidad a todas las personas con discapacidad y adultas mayores, con el objetivo de brindar centros de votación accesibles.
Lineamiento N° 4: "Acceso al espacio físico"
El Tribunal Supremo de Elecciones a través de las instancias involucradas en la ejecución de estas políticas, establecerá mediante un diagnóstico reflejado en el Plan Operativo Anual de cada una de ellas, las prioridades en el tema de accesibilidad al espacio físico y los recursos financieros que se debe presupuestar para proveer condiciones de acceso a sus instalaciones tanto a los funcionarios y funcionarias como a los usuarios y usuarias con discapacidad, y a las personas adultas mayores, conforme a las especificaciones técnicas reglamentarias de los organismos públicos y privados encargados de la materia y que incluye construcciones nuevas, ampliaciones, remodelaciones de edificios; servicios sanitarios, aceras, rampas, señalizaciones visuales, auditivas y táctiles; estacionamientos, ascensores, entre otros. Asimismo, las nuevas construcciones deberán planificarse tomando en cuenta las necesidades de acceso de la población con discapacidad y adulta mayor, según la normativa vigente.
Lineamiento N° 5: "Acceso a estacionamientos"
El Tribunal Supremo de Elecciones a través de la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad y la Unidad de Seguridad Integral garantizarán a su personal y usuarios un 5% del total de los espacios del estacionamiento, expresamente a vehículos conducidos por personas con discapacidad o a quien las transporte. No podrán reservarse en ningún caso menos de dos espacios. Así mismo recomendarán las reformas necesarias al "Reglamento para el uso de las áreas de estacionamiento del Tribunal Supremo de Elecciones" para el cumplimiento de la ley nº 7600 y su reglamento.
Lineamiento N° 6: "Acceso a la seguridad"
El Tribunal Supremo de Elecciones, a través de la Unidad de Seguridad Integral, garantizará la seguridad dentro de las instalaciones centrales y sedes regionales, para las personas en condición de discapacidad y adultas mayores.
Lineamiento N° 7: "Acceso a la información y comunicación"
El Tribunal Supremo de Elecciones, a través de la oficina de Comunicación, brindará información veraz, comprensible y accesible de los servicios que ofrece, con formatos adecuados para las personas con discapacidad y adultas mayores, por medio de panfletos, cuñas, afiches y medios electrónicos.
Lineamiento N° 8: "Acceso a la capacitación y asesoría"
El Tribunal Supremo de Elecciones, a través de la Comisión Institucional en Materia de Discapacidad y el Departamento de Recursos Humanos, ofrecerá mediante programación previa, la divulgación de los programas correspondientes a las actividades orientadas sobre discapacidad y sobre las personas adultas mayores mediante, inducción, capacitación y charlas orientadas a educación, sensibilización e información. En dicha programación se detallará la cantidad de charlas, fechas de realización, tipo de capacitación y población beneficiaria. De igual forma asesorará sobre los servicios brindados por la Institución a todas las personas con discapacidad y adultas mayores que así lo requieran.
Lineamiento N° 9: "Planificación anual y medidas presupuestarias"
El Tribunal Supremo de Elecciones, por medio de la Dirección Ejecutiva, incluirá y gestionará en la elaboración de su presupuesto anual, el contenido presupuestario requerido para cumplir con la ejecución de acciones y proyectos formulados en el Plan Operativo Anual de sus dependencias, de conformidad con los requisitos de la normativa nacional vigente debidamente justificado, en protección de los derechos de las personas con discapacidad y adultas mayores, con el fin de identificar y analizar estrategias que faciliten la creación de oportunidades para esta población.
Lineamiento N° 10: "Inversión"
El Tribunal Supremo de Elecciones, conforme lo permite la Ley, incluirá en sus programas de inversión y proyectos los fondos pertinentes que garanticen la accesibilidad a los grupos de atención especial, entre los cuales se encuentran las personas con discapacidad y adulta mayor, cuyo financiamiento requiera recursos extraordinarios no contemplados en sus presupuestos regulares o de funcionamiento por medio del respectivo Plan Operativo Anual.
Lineamiento N° 11: "Rendición de cuentas"
En razón del lineamiento anterior, las dependencias responsables de la implementación de las acciones y actividades vinculadas en materia de discapacidad y personas adultas mayores, rendirán ante la Dirección Ejecutiva y la Comisión en Materia de Discapacidad del Tribunal Supremo de Elecciones los informes requeridos en su oportunidad, tal como se estableció en el apartado de "Vigilancia y Control".
Lineamiento N° 12: "Actualización de condiciones"
El Tribunal Supremo de Elecciones, a través de la Comisión en Materia de Discapacidad, el Departamento Legal y todas sus dependencias, revisará y actualizará sus disposiciones reglamentarias y de funcionamiento, los manuales y protocolos al menos una vez al año, con el objetivo de garantizar que no contengan medidas discriminatorias y así asegurar el acceso a los programas y servicios de la Institución a las personas con discapacidad y adultas mayores. Toda nueva reglamentación se ajustará a la normativa vigente en esta materia.
Lineamiento N° 13: "Fiscalización"
La Comisión Institucional en Materia de Discapacidad del Tribunal Supremo de Elecciones ejercerá la fiscalización según su campo de competencia con la finalidad de brindar, a solicitud del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, informes para evidenciar el trabajo de este Tribunal en vías de ofrecer las oportunidades y condiciones necesarias para el cumplimiento de todos los derechos y deberes de las personas con discapacidad y adultas mayores.
Lineamiento N° 14: "Supervisión, evaluación y Contraloría de Servicios"
El Tribunal Supremo de Elecciones ofrecerá a su personal, usuarios y usuarias con discapacidad y personas adultas mayores mecanismos de control, supervisión y evaluación de los servicios que brinda, con el fin de garantizar oportunidades equiparables de acceso al desarrollo sin perjuicio de las instancias establecidas en el sistema jurídico estatal. Dicho mecanismo podrá ser ejecutado en la Contraloría de Servicios o el Departamento de Programas Electorales, según corresponda.
Lineamiento N° 15 "Debido proceso"
El Tribunal Supremo de Elecciones garantizará en todo procedimiento el respeto al debido proceso administrativo, el cual consiste en el conjunto de etapas formales secuenciadas e imprescindibles realizadas dentro un procedimiento, por los sujetos procesales, cumpliendo los requisitos y garantías constitucionales y especiales consagrados a favor de las personas con discapacidad y adultas mayores con el objetivo de que los derechos subjetivos de la parte denunciada, acusada, imputada, procesada y eventualmente sentenciada, no corran el riesgo de ser desconocidos; y con el de obtener de los órganos judiciales un proceso justo, pronto y transparente.
Eje Trabajo y Empleo
Lineamiento N° 16: "Acceso al trabajo"
El Tribunal Supremo de Elecciones a través del Departamento de Recursos Humanos garantizará el derecho al empleo cumpliendo la Ley N° 8862 y su reglamento.".
Adicionalmente, se dispone renombrar la actual "Comisión de Accesibilidad Institucional" como "Comisión Institucional en Materia de Discapacidad". ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Max Alberto Esquivel Faerron |
Ovelio Rodríguez Chaverri |