ACTA N.º 38-2013
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del dieciocho de abril de dos mil trece, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, y Max Alberto Esquivel Faerron, la señora Magistrada Marisol Castro Dobles y los señores Magistrados Fernando del Castillo Riggioni y Ovelio Rodríguez Chaverri.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota recibida el 12 de abril en este despacho que suscribe la señora Nelly Paniagua Barrantes, funcionaria de la Oficina Regional de Nicoya, mediante la cual presenta la renuncia a su cargo para acogerse al beneficio de pensión por el régimen general de pensiones Ley Marco (Ley No. 7302 del 15 de julio de 1992).
La señora Paniagua Barrantes labora para este organismo electoral desde el 1 de julio de 1978 y desea que su cese de funciones sea efectivo a partir del 1° de junio de 2013, motivado [sic] para ello en la resolución DNP-OA-2907-2011 que emitió la Dirección Nacional de Pensiones a las catorce horas del 18 de octubre de 2011.
Solicita asimismo el pago tanto de las prestaciones legales que pudieran corresponderle de acuerdo con la legislación laboral vigente, como de las vacaciones que no haya disfrutado a la fecha de su retiro.".
Se dispone: Tener por presentada la renuncia de la señora Paniagua Barrantes, a quien se agradece los servicios prestados por tantos años a estos organismos electorales, deseándole el mayor de los éxitos en su nueva etapa de vida. Procedan oportunamente con lo de sus cargos la Contaduría, el Departamento Legal y el propio Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
"Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota del pasado 9 de abril que suscribe el señor Mario Andrés Matarrita Arroyo, quien se desempeña en el cargo de confianza denominado Profesional Asistente de la Presidencia del Tribunal, a través de la cual solicita que se le otorgue una licencia sin goce de salario en relación con dicha plaza, de manera que pueda ocupar interinamente en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos un puesto de servicios especiales clasificado como Profesional Ejecutor 2. Tal gestión, según puede apreciarse, cuenta con la anuencia del Dr. Luis Antonio Sobrado González, Magistrado Presidente y superior inmediato del funcionario.
Siendo que efectivamente hemos recibido una solicitud en ese sentido de parte del Lic. Ronald Chacón Badilla, jefe del citado departamento, y que la misma se tramitará con rige a partir del próximo 1° de mayo, se sugiere que la licencia pretendida por el señor Matarrita Arroyo se autorice a partir de esa misma fecha.".
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
Se dispone: Otorgar la licencia sin goce conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
"La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones establece literalmente en el primer párrafo de su artículo 27 que “No puede ser funcionario o empleado del Tribunal ni del Registro Civil quien sea cónyuge; ascendiente, descendiente, hermano, tío o sobrino, consanguíneo o afín, de un funcionario o empleado del Tribunal o del Registro”, mientras que el tercer párrafo de ese mismo artículo agrega que “La inobservancia de estas disposiciones motivará la revocatoria del respectivo nombramiento”.
En sesión 35-2013 celebrada el pasado 9 de abril y comunicado mediante oficio número STSE-0925-2013 de la misma fecha, el Tribunal Supremo de Elecciones aprobó – entre otros – el nombramiento interino del señor Rodrigo Gómez Azofeifa con rige a partir del 16 de abril en curso. Al ingresar en el Sistema de Recursos Humanos los datos de este nuevo funcionario, se determinó que es pariente por afinidad del señor Luis Carlos Alvarado López, quien labora en la Oficina Regional de San Ramón y está casado con la señora Jorlyne Gómez Azofeifa, lo que lo hace ser su cuñado. Así las cosas, tal nombramiento no resultaría viable de acuerdo con la normativa señalada en el párrafo que antecede. Al comentarle de esta situación al señor Gómez Azofeifa, solamente manifestó que no era de su conocimiento que su hermana estuviera casada con el funcionario Alvarado López. Como producto de lo anterior, no se presentó a laborar en esta fecha.
De acuerdo con lo expuesto, se solicita dejar sin efecto el nombramiento del señor Rodrigo Gómez Azofeifa aprobado en la citada sesión 35-2013.
Por otra parte, en ese mismo acuerdo se dispuso también el nombramiento interino de la señora Daniela Cárdenas Abarca y la señorita Joselin Calderón Ramírez en los puestos de secretaria del Departamento Electoral y de la Sección de Servicios Generales respectivamente, siendo que en ambos casos se indicó erróneamente que la fecha de rige era a partir del 1° de abril en curso, cuando lo correcto es 16 de abril pues evidentemente no podían hacerse tales designaciones con efecto retroactivo. Se solicita por consiguiente modificar en lo conducente el citado acuerdo, de manera que se entienda que los nombramientos de estas dos colaboradoras en esos puestos rigen a partir del 16 de abril.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
"En sesión número 05-2013 celebrada el pasado 15 de abril, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron dos funcionarias de la institución para ser incorporadas al Régimen de Dedicación Exclusiva. Ellas estiman cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicitan, siendo que con tal propósito aportan los documentos necesarios a fin de demostrarlo.
Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que en efecto las solicitudes de incorporación de la señoras Grettel Lizano Araya y Karen Bonilla Sánchez son procedentes pues se trata de colaboradoras que han sido nombradas interinamente en puestos para los cuales se requiere el grado académico de bachillerato, condición que ambas poseen en el campo de la Administración.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se elevan a conocimiento del Superior los expedientes que seguidamente se detallan y que se recomienda aprobar en virtud de las razones dadas.
EXPEDIENTE |
NOMBRE Y CARGO |
SOLICITA |
COMPLEMENTO |
315 |
Grettel Lizano Araya - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
330 |
Karen Bonilla Sánchez - Profesional Asistente 1 - |
Incorporación |
20% |
De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, a cada persona solicitante se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de dedicación exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte de cada funcionaria y del Director Ejecutivo. Se adjunta copia del acta de la sesión 05-2013.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
"III. Conclusión:
De lo anterior concluimos que, el Tribunal se encuentra autorizado por la normativa interna para nombrar a plazo fijo a los funcionarios de Servicios Especiales que disponga, sin acudir a un registro de elegibles, y en caso de que este existiera, bien puede hacerlo con base en él, pues la norma le otorga esa facultad.
Asimismo, en principio, toda persona que se nombre en la Institución deberá reunir los requisitos exigidos por el Manual Descriptivo de Puestos, lo que sin duda ocurre cuando esa persona forma parte de un registro de elegibles; sin embargo, en el caso de nombramientos en servicios especiales cabe la excepción de no sólo no pertenecer a dicho registro, sino que además el candidato no se adecue al perfil del puesto, teniendo el Tribunal la potestad de dispensar, siempre por la vía de la excepción, el cumplimiento de algún requisito, para lo cual debe analizar y valorar puntualmente el caso de que se trate, a fin de fundamentar y justificar la decisión de dispensa. En el caso concreto y para efectos de la decisión final, puede valorar las razones señaladas por el señor Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, en el oficio número AI-037-2013, a la hora de recomendar al funcionario Rony Roberto Salas Sánchez.".
Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce conjuntamente y de nueva cuenta el oficio n.º RH-0612-2013 del 11 de marzo de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual eleva a conocimiento de este Tribunal la solicitud de nombramiento de una plaza de servicios especiales de Auditor Asistente, clase Profesional Ejecutor 3, en la Auditoría Interna, planteada por el señor Óscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, quien recomienda al efecto al señor Rony Roberto Salas Sánchez, funcionario de esa oficina.”.
Se dispone: Este Tribunal respetuosamente discrepa del criterio legal expuesto y lamenta no poder acceder al nombramiento que interesa en los términos sugeridos por el señor Auditor Interno.
De acuerdo con el Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, los funcionarios de servicios especiales son aquellos designados por lapso determinado y para atender las necesidades emergentes de los procesos electorales. De acuerdo con su artículo 23, su nombramiento podrá hacerse con base en el Registro de Elegibles Temporal (que deberá conformar el Departamento de Recursos Humanos). Ciertamente se trata de una regla no preceptiva, según lo confirma el numeral 22 del mismo cuerpo reglamentario; empero, este Tribunal no considera que esa misma disposición autorice hacer designaciones de esta naturaleza excepcionando los requisitos correspondientes que establezca el Manual Descriptivo de Puestos. Esta posibilidad sólo está contemplada a propósito de los nombramientos interinos (art. 25) y de los encargos o recargos de puestos (art. 40) y, aún en estos casos, bajo el supuesto de que concurran situaciones "excepcionales" o "muy calificadas", lo que de toda suerte no se presenta respecto de la plaza que interesa de la Auditoría Interna.
Se deja constancia de que el Tribunal, de manera consistente y desde la promulgación del Reglamento indicado, solo ha dispensado el cumplimiento de requisitos tratándose de nombramientos interinos y de encargos o recargos, verificando en todos los casos que concurrieran las circunstancias calificadas que menciona tal normativa.
VOTO SALVADO DE LA SEÑORA MAGISTRADA CASTRO DOBLES
La Magistrada Castro Dobles, respetuosamente disiente del criterio de mayoría y emite su voto en los siguientes términos:
"Por las razones expuestas por el Departamento Legal en el informe que se conoce, nombrar al señor Rony Roberto Salas Sánchez en el referido cargo, conforme lo solicita el señor Auditor Interno." ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS PRESUPUESTARIOS.
"Después de saludarlo cordialmente, aprovecho la ocasión para referirme al proceso de asignación de recursos financieros para la formulación del presupuesto del año 2014.
El Poder Ejecutivo emitió mediante Decreto Ejecutivo No. 37595-H, publicado en Alcance Digital No. 54 a La Gaceta No. 57 de 21 de marzo de 2013, las “Directrices Generales de Política Presupuestaria para las Entidades Públicas, Ministerios y demás Órganos según corresponda, cubiertos por el Ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2014”, estableciendo en el segundo párrafo del artículo 2° que el gasto presupuestario para el caso de los Ministerios del Poder Ejecutivo, podrá incrementarse hasta un máximo de 4% con respecto a las sumas autorizadas en la Ley No. 9103, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del [sic] 2013, del cual se deducirían los gastos no recurrentes.
De lo anterior y con base en lo preceptuado también en el artículo 38 del Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y sus reformas1; me dirijo a usted muy respetuosamente para solicitarle se adhiera a las directrices de cita, tendientes [sic] a lograr una sana gestión de los recursos financieros del Estado, a través de la austeridad y la reducción del gasto público, especialmente en lo que se refiere al crecimiento del gasto presupuestario, que en lo que corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones comprende el presupuesto destinado a gasto electoral y el necesario para garantizar la operación ordinaria de la entidad. En atención a lo anterior, se solicita hacer los esfuerzos respectivos en la formulación de ambos presupuestos, considerando que el presupuesto para la operación ordinaria de 2014 no exceda la suma de ¢16.027,6 millones. En línea con lo anterior, se solicita desestimar la creación de plazas, por cuanto origina un gasto recurrente que por su dinámica tiene un crecimiento continuo que afecta en periodos subsiguientes la asignación y sana gestión de los recursos financieros del Estado.
El Anteproyecto de Presupuesto de su representada deberá ser remitido a este Despacho, a más tardar el 15 de junio del presente año, según lo establece el artículo 46 del Reglamento a la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y sus reformas.
___________________
1 Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta No. 74 de 18 de abril de 2006.".
Se dispone: Tomar nota. Para su debida atención, pase a la Comisión de Presupuesto. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL CUERPO NACIONAL DE DELEGADOS.
"En oficio CND-012-2013 de fecha 05 de abril de 2013 el señor Sergio Donato Calderon [sic], Jefe del Cuerpo Nacional de Delegados, remite a esta instancia un listado de las señoras y los señores Delegados Ad Honorem que han comunicado su deseo de no permanecer más al [sic] Cuerpo Nacional de Delegados quienes son:
Nombre |
Cédula |
Región |
|
1 |
Sojo Marín Cecilia Marcela |
109430872 |
Región 4, San José |
2 |
Matarrita Barrantes Josué |
701350336 |
Heredia |
3 |
Cortés Porras Cristian Andrei |
401770739 |
|
4 |
Badilla Vargas Gustavo Adolfo |
111030560 |
Cartago |
5 |
Méndez Pereira Vilma Victoria |
303210017 |
|
6 |
Masís Loría Esteban Enrique |
304240207 |
|
7 |
Meneses Gómez Olga Marta |
301881382 |
|
8 |
Brenes Ovares Julieta |
301960977 |
|
9 |
Víquez Valverde Bernardo Enrique |
105650118 |
Corredores |
10 |
Matamoros Prendas Arnoldo Johel |
602960293 |
Puntarenas |
11 |
Umaña Chavarría Manuel Antonio |
301680859 |
Turrialba |
12 |
Campos Soto Maybelle |
105000117 |
Región 2, San José |
13 |
Gutiérrez Jaen Flor de María |
501590401 |
|
14 |
Alvarado Córdoba Ma. Antonieta |
301760977 |
|
15 |
Cruz Oviedo Walter |
700521435 |
Pococí - Guácimo |
16 |
Mejías Soto Francisco |
400680715 |
|
17 |
Zúñiga Madrigal Fabiola |
108400831 |
Región 1, San José |
18 |
Solís Miranda José Manuel |
104640359 |
|
19 |
Torres Villegas Marietta |
104020969 |
|
20 |
Morelli Fallas Jessy |
103100169 |
|
21 |
Mena Tijerino Otto |
700440238 |
Limón |
22 |
Pérez Pérez Saúl Efraín |
700620052 |
|
23 |
Edwards Allen Lorenzo |
700790322 |
|
24 |
Evans Hart Carlos Alberto |
700440095 |
|
25 |
Gómez Araya Carlos Alberto |
900290936 |
|
26 |
Hernández Ramírez Yinneth |
700880696 |
|
27 |
Zamora Vallejos Adriana |
204870123 |
|
28 |
Rojas Rodríguez Jorge |
202860777 |
Grecia |
29 |
Morice Montiel Geovanni |
502040296 |
Liberia |
30 |
Zamora Zamora Yanina |
104990906 |
Sarapiquí |
31 |
Badilla Ureña Miguel |
106350944 |
Tarrazú, Zona los Santos |
32 |
Fallas Camacho Alejandro |
106330872 |
|
33 |
Ureña Retana Christian Alonso |
110040947 |
|
34 |
Mora Cortés Lidieth |
700830782 |
Aguirre |
35 |
Cortés Acosta Fernando |
501870786 |
San Ramón |
Asimismo, mediante el oficio CND-013-2013, el señor Donato Calderon [sic] remite a esta instancia el listado de personas que se detalla infra, y recomienda su incorporación al Cuerpo Nacional de Delegados, en virtud de lo cual propone su presentación para el próximo sábado 20 de abril, a partir de las 08:30 am, tal y como se detalle en el cuadro adjunto:
# |
Nombre |
Cédula |
# |
Nombre |
Cédula |
|
1 |
Sanz Arteaga Ana María |
800640316 |
15 |
Siles Vallejos Juan Eduardo |
107250276 |
|
2 |
Arguedas Castro Mario |
402250709 |
16 |
Villalobos Miranda Cynthia Lorena |
602170060 |
|
3 |
Valverde Porras Greedyn |
109720979 |
17 |
Brenes Maroto Juan Carlos |
107230345 |
|
4 |
Morales Reyes Erick Alberto |
105010469 |
18 |
Pollock Echeverría Guillaume |
110420034 |
|
5 |
Arburola Rizo Kevin Adrián |
115450394 |
19 |
Avila [sic] Vega Guillermo |
204160209 |
|
6 |
Valverde Ujueta Javier Enrique |
104280080 |
20 |
Rodríguez Rodríguez Nadia Vannesa |
110940597 |
|
7 |
Alfaro Segura Mariana |
111590405 |
21 |
Barquero Cantillano Johanny |
103770199 |
|
8 |
Alfaro Segura Krysia María |
107640248 |
22 |
Mora Mora Daniel |
304300894 |
|
9 |
Madrigal Morera Lorna María |
105010105 |
23 |
Alfaro Mora Yamileth |
104720236 |
|
10 |
Saborío Vargas María Rosa |
104200225 |
24 |
Cerdas Salas María de los Angeles [sic] |
301961439 |
|
11 |
González Alvarado Hellen Vanessa |
503740638 |
25 |
Brenes Sánchez Cristian |
303740753 |
|
12 |
Martínez Concepción Jeimy |
603210722 |
26 |
Calvo Calzada Silvia |
105440799 |
|
13 |
Quirós Acevedo Marco Antonio |
601350362 |
27 |
Delgado Castillo Jorge |
105820609 |
|
14 |
Alvarez Cordoba [sic]Yislania |
108120126 |
De igual manera informa del fallecimiento del señor Rojas Vargas Manuel, cédula 1-0432-0165, a quien ya estos organismos electorales expresaron los respectivos mensajes de condolencia a su familia [sic].
Le ruego elevar lo anterior a conocimiento del Tribunal a los efectos de que si lo tiene a bien apruebe la incorporación de las citadas personas al Cuerpo Nacional de Delegados así como también para que se tome nota de las renuncias indicadas.".
Se dispone: Tener por presentadas las citadas renuncias y aprobar las incorporaciones recomendadas. Tome nota para lo de su cargo la Unidad de Prensa y Protocolo de la Secretaría General de este Tribunal y el Administrador del sitio Web. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
"Conoció este sindicato nota suscrita por la señora Nancy Gutiérrez Rojas, funcionaria del Departamento Civil de estos Organismos, adjuntando 2 notas de fechas 18 de enero de 2013 y 26 de febrero de 2013, dirigidas al Lic. Ricardo Carias [sic] Mora, jefe del Departamento de Recursos Humanos, en las cuales expone la situación ocurrida con su Jefatura inmediata, no obstante, y debido a que a la fecha la citada funcionaria no ha recibido respuesta, tanto de la jefatura de Recursos Humanos como a algunas consultas a su jefatura, solicitamos a esa Magistratura:
1. Se de [sic] respuesta a las consultas planteadas por la señora Gutiérrez Rojas, en notas de cita. Esto en apego al derecho que le asiste de obtener respuesta a las consultas planteadas a la Administración.
2. Indicarnos, bajo que [sic] norma la jefatura del departamento Civil gira instrucciones a los subalternos, al encontrarse disfrutando de sus vacaciones, condición que suspende la relación laboral, por lo que dicha directriz no es de acatamiento.
3. Se aclare, la manifestación de “desacato a una orden superior”, externada por el Lic. Fallas Vargas hacía [sic] la señora Gutiérrez, ya que dicha manifestación es confusa, causándole malestar psicológico, repercutiendo en depresión en la citada funcionaria como lo indica en una de las notas de cita, además de que la misma puede interpretarse intimidante ante la condición de subordinación que existe entre la señora Gutiérrez Rojas y el Lic. Fallas Vargas.
4. Se aclare, igualmente lo objetado por el Lic. Fallas ante la consulta de la funcionaria por la situación que acaecía al expresar, “yo me puedo dar el lujo de hacer lo que me dé la gana”. Manifestación que tocas [sic] luces es contraria a las normativas que rigen a la Administración.
5. Se realice el estudio del puesto que indica la citada funcionaria, en razón de conocer si el recargo de funciones que pretende el Lic. Fallas sobrepasa la que ejecuta la señora Gutiérrez Rojas, esto por la dedicación y cuidado que se debe tener al atender asuntos judiciales, los cuales no pueden ser sujetos de dudas u errores por cuanto puede tenerse resultados que afecten a terceros y como consecuencia el cuestionamiento hacia la labor de la Institución.".
Se dispone: En el improrrogable plazo de cuarenta y ocho horas, procederá el señor Carías Mora a brindar respuesta a la referida gestión, la cual incluye lo expuesto en el punto 5 del oficio que se conoce. Respecto de los puntos 2 al 4, para su debida atención, pase a la Dirección General del Registro Civil. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.
Se dispone: Agradecer a IDEA Internacional la información suministrada de la cual se toma nota. Remítase copia del referido informe al Instituto de Formación y Estudios en Democracia. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SÉTIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
"(…) 1- Que se modifique el inciso ñ y o, del artículo 52 del Código Electoral que dirá, que diga [sic]:
ñ) Las normas sobre el respeto a la equidad por género (y étnico) tanto en la estructura partidaria como en papeletas de elección Popular.
o) Los mecanismos que aseguren los principios de igualdad, no discriminación y paridad (y equidad étnica) en la estructura partidaria, así como en la totalidad y en cada una de las nóminas de elección popular, y el mecanismo de alternancia de hombres y mujeres en las Nóminas de elección.
2-. Velar por que se cumpla el ejercicio del principio 8 del artículo 95 inciso 6) de nuestra Constitución, en cuanto dice: Garantías de representación para las minorías y la reforma al inciso 8) del mismo que dice “Garantías para la designación de autoridades y candidatos de los partidos políticos, según los principios democráticos y sin discriminación por género o étnico.
3-. Que el Tribunal Supremo de Elecciones tutele, promocione y fomente la participación de los grupos étnicos en los partidos políticos, para que se cumpla con la declaratoria de la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 64va Sesión aprobó declarar el año 2011 Año Internacional de los Afrodescendientes con el objeto de fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional en beneficio de los Afrodescendientes en relación con el goce pleno de sus derechos económicos, culturales, sociales, civiles, y políticos, su participación e inclusión en todas las esferas de la sociedad y la promoción de un mayor respeto y conocimiento de la diversidad, su herencia y su cultura.
4-. Solicitamos que se hagan todos los esfuerzos para que en las elecciones del año 2014 se respeten los derechos de las y los Afrodescendientes, y se garantice el goce pleno de nuestros derechos políticos en este país.
5-. Solicitamos una audiencia con el tribunal para conversar sobre nuestra solicitud, lo más pronto posible.
Para cualquier información nos puede llamar al 2798-11-59 o al 8911-08-03 y al fax 2798-59-53.".
Se dispone: Agradecer a los señores Norman Scott y Hall Moore por la propuesta planteada, la cual será remitida a la Oficina de Iniciativa Popular de la Asamblea Legislativa, dado que versa sobre reformas que competen al referido Poder de la República. En punto a la promoción de la participación de los grupos étnicos en los partidos políticos, pase al Instituto en Formación y Estudios en Democracia para su debida atención. Se designa al señor Hugo Picado León, Director del referido Instituto, para conferir la audiencia solicitada. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN ELECTORAL.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Conforme a las valoraciones expuestas por los señores Fernández Masís y Durán Hernández, aprobar la realización de la contratación para proveerse de los servicios referidos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 304 del Código Electoral, sin emitir juicio en relación con eventuales adjudicatarios y precisando que los procedimientos que en consecuencia se ejecuten, quedan bajo responsabilidad de las correspondientes instancias administrativas. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
"Como es de su conocimiento en los oficios STSE-0886-2013 y STSE-0887-2013, ambos del día 4 de abril del 2013, se me designa como representante de la institución en el Curso Especializado sobre Voto en el Extranjero para Autoridades Electorales de América Latina a realizar en México del 27 al 31 de mayo. Ante ello, en oficio CAI-181-2013 del señor Manuel Carrillo Poblano, Coordinador de Asuntos Internacionales del IFE, además de hacer oficial mi aceptación en el curso, me indica que la organización tiene un itinerario programado desde el domingo 26 de mayo hasta el sábado 1° de junio para que tome las precauciones del caso.
En ese sentido, le solicito respetuosamente interponer sus buenos oficios con el propósito de hacerlo de conocimiento del Superior con el objetivo, si así lo estiman pertinente, de modificar la fecha del viaje para salir del domingo 26 de mayo y regresar el sábado 1° de junio.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Modificar el detalle del viaje para que se lea así:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Paola Alvarado Quesada |
Encargada del Programa Voto en el Extranjero |
Estados Unidos Mexicanos |
26 de mayo al 1º de junio de 2013 |
Curso Especializado sobre Voto en el Extranjero para Autoridades Electorales de América Latina |
Ninguno |
Tiquete aéreo |
ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
|
Max Alberto Esquivel Faerron |
Marisol Castro Dobles |
Fernando del Castillo Riggioni |
Ovelio Rodríguez Chaverri |