ACTA N.º 106-2013
Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del veinte de noviembre de dos mil trece, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, la señora Magistrada Marisol Castro Dobles, y el señor Magistrado Fernando del Castillo Riggioni.
ARTÍCULO ÚNICO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES Y LEGISLATIVAS 2014.
A) Financiamiento adelantado para las elecciones presidenciales y legislativas 2014. Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-577-2013 del 14 de noviembre de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Licda. Marta Castillo Víquez, Jefa del Departamento de Registro de Partidos Políticos informó al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, mediante memorando N°. DRPP-970-2013 de 23 de octubre de 2013, que un total de 14 partidos políticos inscritos a escala nacional y 7 a escala provincial “presentaron el formulario de inscripción de candidaturas para los puestos de presidente, vicepresidentes y diputaciones” para su respectiva participación en las elecciones que se realizarán en el mes de febrero de 2014.
El artículo 96 del Código Electoral vigente y el artículo 34 del Reglamento sobre Financiamiento de los Partidos Políticos, disponen que del monto total que se determine como contribución estatal, los partidos políticos podrán recibir, en forma anticipada, hasta un 15%. Ahora bien, el Tribunal Supremo de Elecciones mediante resolución N°. 4455-E10-2013 del 4 de octubre de 2013, fijó el monto de financiamiento anticipado correspondiente al proceso electoral presidencial del año 2014 en la suma de ₡2.722.150.500,00 (dos mil setecientos veintidós millones ciento cincuenta mil quinientos colones exactos). De igual manera, el citado artículo 96 en su inciso a) establece que a los partidos inscritos a escala nacional que hayan presentado candidatos para Presidente y Vicepresidentes de la República y diputados a la Asamblea Legislativa, se les distribuirá, en sumas iguales, previa rendición de las garantías líquidas suficientes, el ochenta por ciento (80%) del monto establecido y el 20% restante será distribuido, en sumas iguales, entre los partidos inscritos a escala provincial con candidaturas presentadas a diputados a la Asamblea Legislativa.
El 80% del monto total del financiamiento adelantado establecido por este Tribunal, corresponde a la suma de ₡2.177.720.400,00 (dos mil ciento setenta y siete millones setecientos veinte mil cuatrocientos colones exactos) y el 20% restante alcanza la suma de ₡544.430.100,00 (quinientos cuarenta y cuatro millones cuatrocientos treinta mil cien colones exactos); por consiguiente, en virtud de lo señalado anteriormente y tomando en consideración que fueron catorce los partidos políticos inscritos a escala nacional que presentaron candidaturas para presidente y vicepresidentes de la República y diputados a la Asamblea Legislativa, le corresponde a cada uno como monto máximo por concepto de financiamiento adelantado la suma de ₡155.551.457,142 (ciento cincuenta y cinco millones quinientos cincuenta y un mil cuatrocientos cincuenta y siete mil [sic] con ciento cuarenta y dos céntimos ), [sic] según el siguiente detalle:
Accesibilidad sin Exclusión |
₡155.551.457,142 |
Acción Ciudadana |
₡155.551.457,142 |
Alianza Patriótica |
₡155.551.457,142 |
Avance Nacional |
₡155.551.457,142 |
De los Trabajadores |
₡155.551.457,142 |
Frente Amplio |
₡155.551.457,142 |
Liberación Nacional |
₡155.551.457,142 |
Movimiento Libertario |
₡155.551.457,142 |
Nueva Generación |
₡155.551.457,142 |
Patria Nueva |
₡155.551.457,142 |
Renovación Costarricense |
₡155.551.457,142 |
Restauración Nacional |
₡155.551.457,142 |
Unidad Social Cristiana |
₡155.551.457,142 |
Integración Nacional |
₡155.551.457,142 |
Por su parte, en virtud de que siete partidos inscritos a escala provincial presentaron candidaturas para diputados a la Asamblea Legislativa, le correspondería a cada uno como monto máximo por concepto de financiamiento adelantado, la suma de ₡77.775.728,57 (setenta y siete millones setecientos setenta y cinco mil setecientos veintiocho millones con cincuenta y siete céntimos) de acuerdo al siguiente detalle:
Alianza Demócrata Cristiana |
Cartago |
₡77.775.728,571 |
De los Transportistas |
San José |
₡77.775.728,571 |
Nuevo Partido Socialista |
Heredia |
₡77.775.728,571 |
Patria Igualdad y Democracia |
Puntarenas |
₡77.775.728,571 |
Patria Igualdad y Democracia |
San José |
₡77.775.728,571 |
Viva Puntarenas |
Puntarenas |
₡77.775.728,571 |
Verde |
Cartago |
₡77.775.728,571 |
Cabe recordar que a los efectos de acceder al monto del financiamiento adelantado que cada uno de los partidos citados tendría derecho, aparte de la rendición previa de las garantías líquidas a que se refiere el citado artículo 96 del Código Electoral, también deberán los partidos haber publicado en un diario de circulación nacional, un estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus contribuyentes o donantes, con indicación expresa del nombre, número de cédula y el monto aportado por cada uno de ellos durante el período comprendido entre el 1° de julio de 2012 al 30 de junio de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 135 del Código Electoral y lo dispuesto por este Tribunal en el artículo cuarto de la Sesión Ordinaria n.° 86-2009 celebrada el veintisiete de agosto de 2009.
De la manera más respetuosa le solicito se sirva elevar a conocimiento y consideración de las señoras y señores Magistrados lo antes indicado.".
Se dispone: Tener por establecido que a cada partido le corresponderá, como monto máximo del financiamiento adelantado, las sumas que de seguido se detallan:
PARTIDOS POLÍTICOS INSCRITOS A ESCALA NACIONAL
Accesibilidad sin Exclusión |
₡155.551.457,14 |
Acción Ciudadana |
₡155.551.457,14 |
Alianza Patriótica |
₡155.551.457,14 |
Avance Nacional |
₡155.551.457,14 |
De los Trabajadores |
₡155.551.457,14 |
Frente Amplio |
₡155.551.457,14 |
Liberación Nacional |
₡155.551.457,14 |
Movimiento Libertario |
₡155.551.457,14 |
Nueva Generación |
₡155.551.457,14 |
Patria Nueva |
₡155.551.457,14 |
Renovación Costarricense |
₡155.551.457,14 |
Restauración Nacional |
₡155.551.457,14 |
Unidad Social Cristiana |
₡155.551.457,14 |
Integración Nacional |
₡155.551.457,14 |
PARTIDOS POLÍTICOS INSCRITOS A ESCALA PROVINCIAL
Alianza Demócrata Cristiana |
Cartago |
₡77.775.728,57 |
De los Transportistas |
San José |
₡77.775.728,57 |
Nuevo Partido Socialista |
Heredia |
₡77.775.728,57 |
Patria Igualdad y Democracia |
Puntarenas |
₡77.775.728,57 |
Patria Igualdad y Democracia |
San José |
₡77.775.728,57 |
Viva Puntarenas |
Puntarenas |
₡77.775.728,57 |
Verde |
Cartago |
₡77.775.728,57 |
Previo cumplimiento de las condiciones señaladas por el señor Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y a instancia de las agrupaciones políticas interesadas, este Tribunal autorizará, mediante resolución, el giro del anticipo correspondiente a cada partido político. Comuníquese a los referidos partidos políticos y al Ministerio de Hacienda. Colóquese lo resuelto en el sitio web institucional. ACUERDO FIRME.
A las diez horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Marisol Castro Dobles |
Fernando del Castillo Riggioni |