ACTA N.º 100-2013
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del treinta y uno de octubre de dos mil trece, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González –quien preside–, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría, el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, la señora Magistrada Marisol Castro Dobles, y el señor Magistrado Fernando del Castillo Riggioni.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
A) Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Trámites de la Comisión de Carrera Profesional. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CCP-475-2013 del 28 de octubre de 2013, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito adjuntar copia del acta de la sesión número 12-2013 celebrada por esta Comisión el pasado 18 de octubre, con la finalidad de que el Superior se sirva resolver lo que estime pertinente. Para esos efectos, se acompañan los expedientes de los funcionarios involucrados según el siguiente detalle:
EXPEDIENTE |
NOMBRE DEL FUNCIONARIO |
SOLICITA |
72 |
Orlando Solano Marín |
Ajuste |
79 |
Laura Tellez Romero |
Ajuste |
89 |
Luis Alberto Sáenz Venegas |
Ajuste |
142 |
Luis Diego Brenes Villalobos |
Ajuste |
154 |
Alexis Alpízar Esquivel |
Ajuste |
156 |
Elizabeth Quirós Meza |
Ajuste |
177 |
José Andrés Blanco Chaves |
Ajuste |
187 |
Vinicio Mora Mora |
Ajuste |
218 |
María Alejandra Granados Alfaro |
Ajuste |
268 |
Marianela Arguedas Hernández |
Ajuste |
292 |
Elías Arroyo García |
Ajuste |
331 |
Nidia Aguilar Acuña |
Ajuste |
354 |
Paola Alvarado Quesada |
Ajuste |
355 |
Juan Carlos Montenegro Adams |
Ajuste |
390 |
José Adrián Sánchez León |
Ajuste |
414 |
Grettel Lizano Araya |
Ajuste |
433 |
Karen Bonilla Sánchez |
Incorporación |
440 |
Johanna Cortés Vega |
Ajuste |
453 |
Milagro Méndez Molina |
Incorporación.". |
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
B) Nombramientos interinos en distintas unidades administrativas. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2509-2013 del 30 de octubre de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios que suscriben diferentes jefaturas de la institución, a través de los cuales solicitan los nombramientos interinos que seguidamente se detallan:
OFICINA / DEPARTAMENTO |
NÚMERO Y CLASE DEL PUESTO |
CONDICIÓN DE LA PLAZA |
CANDIDATO (A) Y PERÍODO DEL NOMBRAMIENTO |
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45494, Auxiliar Operativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra vacante. |
Elizabeth Anchía Calderón, 1°-NOV de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del cargo, lo que ocurra primero. La candidata no ha laborado anteriormente para la institución, pero sí cumple con los requisitos establecidos para ocupar dicho puesto. |
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368688, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
William Murillo Ureña, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en ese mismo departamento, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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368684, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Francisco Mora Ruiz, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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368686, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Ericka Castillo Jiménez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Archivo, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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101760, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
David Fernández Méndez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato forma parte del Registro de Elegibles Temporal. |
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368687, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Dora Emilia Segura Ramírez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 3 en el Departamento Civil, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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45546, Asistente Funcional 3 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Yassirika Alemán Víquez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en ese mismo departamento. |
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45569, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Adriana Soto Segura, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 2 en ese mismo departamento, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 2 |
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45565, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Karen Méndez Domínguez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata forma parte del Registro de Elegibles Temporal. |
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368692, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Juan Gómez Pérez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 3 en el Departamento Electoral, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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368693, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Ana Catalina Fernández Ulate, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en el Departamento Civil, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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368694, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Carlos Santamaría Venegas, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Padrón Electoral, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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45865, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Susana Villalobos May, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 2 en esa misma sección, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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45864, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Maikol Fonseca Serrano, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Dirección General del Registro Civil. |
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368695, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Carlos Hernández Quirós, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en el Departamento Civil, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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368702, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Guido Torres Serrano, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Archivo, por lo que existen 5 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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90232, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Alejandra Quirós Rodríguez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata forma parte del Registro de Elegibles Temporal. |
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368703, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Mariano Hine Rodríguez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Padrón Electoral, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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45441, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Juan Ramón Arias Calderón, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 2 en esa misma sección, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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45699, Asistente Administrativo 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Cindy Chinchilla Vega, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Archivo. |
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97666, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Janny Ruiz Flores, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato forma parte del Registro de Elegibles Temporal. |
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368704, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Marcos Bogarín Quesada, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en la Sección de Cédulas, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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54396, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
Maikol Jiménez Arguedas, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en la Sección de Solicitudes Cedulares, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Asistente Funcional 2. |
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368705, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Ileana Méndez Araya, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 2 en el Departamento Civil, por lo que existen 2 clases de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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368710, Técnico Funcional 2 |
Plaza de Servicios Especiales. |
Cinthya Navarro Jiménez, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. La candidata labora en un puesto de Asistente Funcional 3 en la Oficina de Comunicación, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Técnico Funcional 2. |
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45455, Asistente Funcional 2 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietaria. |
Alexis Arias Sandí, 1°-NOV de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su titular a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto de Asistente Funcional 1 en esa misma dependencia. |
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45458, Asistente Funcional 1 |
Plaza de cargos fijos que quedaría vacante como producto del movimiento anterior. |
José María Cascante Zúñiga, 1°-NOV de 2013 y por el plazo de seis meses prorrogables según el artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que regrese su titular a ocuparla, lo que ocurra primero. El candidato labora en un puesto de Asistente Administrativo 1 en esa misma dependencia, por lo que existe una clase de por medio para llegar al Asistente Funcional 1. |
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76433, Asistente Administrativo 1 |
Plaza de cargos fijos que se encuentra temporalmente vacante en virtud del ascenso interino de su propietario. |
Jordan Arias Hidalgo, 1°-NOV al 31-DIC de 2013. El candidato no labora actualmente para la institución, pero sí lo ha hecho recientemente en puestos de similar categoría y forma parte del Registro de Elegibles Temporal. |
Los candidatos que se proponen forman parte de los registros de elegibles actualmente vigentes para ese tipo de puestos o bien han acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases de Puestos para las plazas que se indican –salvo los casos que se exponen en los siguientes dos párrafos– siendo que además cuentan con interés y disponibilidad para los eventuales nombramientos interinos.
El Lic. Eric Schmidt Fonseca, Jefe el Departamento de Programas Electorales, solicita en su oficio número DPE-372-2013 que los nombramientos indicados en las líneas 3, 4, 6, 11, 12, 15, 16, 18, 22 y 25 del cuadro anterior se realicen por inopia, pues se trata de colaboradores que han participado en anteriores procesos electorales en los programas de Distribución y Recolección de Material Electoral, Impresión de Papeletas y Empaque de Material Electoral y por ello poseen experiencia en los mismos, pero no cumplen con el requisito académico de segundo año universitario aprobado en diferentes carreras que se encuentra establecido para tal fin. El señor Schmidt Fonseca manifiesta en su oficio que “es necesario su nombramiento por inopia para que el programa [sic] en mención pueda funcionar con el recurso humano requerido y hacer frente a las disposiciones que la normativa electoral establece (…) Además, cuentan con amplia experiencia dentro de las labores propias de los programas electorales en los que se desean nombrar y tienen anuencia a participar.”
Por su parte, en lo que se refiere al nombramiento del señor William Murillo Ureña en una plaza de Asistente Electoral (Técnico Funcional 2) anotado en la línea 2 del cuadro, es importante indicar que este candidato no cumple con el requisito de experiencia exigible para ocupar dicha plaza, pues solamente tiene tres meses de laborar para la institución ya que su ingreso fue el pasado 1° de agosto, siendo que el Manual Descriptivo de Clases de Puestos exige para el citado cargo tres años de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto. Siendo así, el Jefe del Departamento de Programas Electorales solicita, a través del oficio DPE-363-2013 del 10 de octubre y con la anuencia de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, que se realice dicho nombramiento interino por inopia e indica lo siguiente: “Cabe señalar que el señor Murillo ha completado el proceso de capacitación del PAE y cumple con el requisito académico establecido para el puesto, además de laborar en este programa desde su ingreso a la institución.”
Si el Tribunal no tiene objeciones, los nombramientos que se proponen en el cuadro se podrían autorizar con fundamento en los artículos 9, 22, 25, 34 y 36 del reglamento a nuestra Ley de Salarios, lo que se haría en los puestos, oficinas y por los períodos que se citan en el cuadro.
Puede apreciarse que las solicitudes de nuevos nombramientos cuentan, cuando así corresponde, con el visto bueno de los respectivos superiores jerárquicos.".
Se dispone: Nombrar conforme se propone, incluyendo los casos en los que se solicita hacerlo por excepción, considerando las razones supra transcritas, así como el carácter crítico de tales puestos para la exitosa celebración de las elecciones presidenciales y legislativas 2014, lo anterior con fundamento en los artículos 22 y 25 del Reglamento a la Ley de Salarios y Régimen de Méritos de estos organismos electorales, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
C) Licencia del señor Magistrado Presidente Sobrado González. El señor Magistrado Presidente Sobrado González solicita verbalmente se le conceda el disfrute del beneficio establecido en el artículo 31 del Reglamento Autónomo de Servicios de estos organismos electorales para el día 4 de noviembre de 2013.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado suplente Juan Antonio Casafont Odor. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
D) Prórroga de ascensos interinos en el Departamento Civil y Oficina Regional de Grecia. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-2518-2013 del 31 de octubre de 2013, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión 99-2013 del pasado 29 de octubre el Tribunal Supremo de Elecciones autorizó el regreso del señor Adrián Alfaro Brenes a su plaza en propiedad número 46142 de Asistente Funcional 3 en la Oficina Regional de Grecia, con rige a partir del próximo 1° de noviembre. Según se indicó, tal movimiento propiciará simultáneamente que también los servidores Ana Laura Molina Sánchez y Francisco Rojas Sequeira retornen en esa misma fecha a sus plazas en propiedad en el Departamento Civil.
Para lo que a bien tenga disponer el Superior, remito a consideración el oficio número CSR-892-2013 de ayer que suscribe el Lic. Rodolfo Villalobos Orozco, Jefe de la Sección de Coordinación de Servicios Regionales, mediante el cual – en virtud de que el señor Alfaro Brenes se encuentra actualmente incapacitado hasta el 12 de noviembre y se presume que por su condición de salud tal impedimento laboral se le extenderá más allá de esa fecha (ya tiene casi tres meses de medio [sic] de estar incapacitado) – solicita que se prorrogue a partir del mes entrante el nombramiento de la señora Molina Sánchez en esa plaza 46142, siempre en sustitución del señor Adrián Alfaro pero esta vez por el plazo que este último permanezca incapacitado.
Tal gestión es perfectamente viable y, según puede apreciarse, cuenta con el visto bueno de la Dirección General del Registro Civil y con el aval presupuestario de parte de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.
En caso de aprobarse la citada prórroga del ascenso interino de la señora Molina Sánchez, el suscrito se sirve solicitar que por idéntico lapso de prorrogue también el nombramiento interino del señor Francisco Rojas Sequeira en el puesto número 76391 de la clase Asistente Funcional 2 en el Departamento Civil – en el cual sustituye justamente a la funcionaria antes citada – y que para reemplazar a éste [sic] en su cargo 45663 se nombre, atendiendo solicitud del señor Oficial Mayor del Departamento Civil formulada en oficio DC-2826-2013, a la señorita Ana María Mena Monge, quien forma parte del registro temporal de candidatos elegibles para puestos de oficinista.
De conformidad con lo que ha sido expuesto y salvo superior criterio, tanto las prórrogas como el nuevo nombramiento interino que se proponen regirían a partir del 1° de noviembre y se mantendrían vigentes por el mismo plazo que perdure la incapacidad del señor Alfaro Brenes.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar las prórrogas y el nuevo nombramiento propuestos a partir del 1.º de noviembre de 2013 y por el plazo máximo de seis meses, o hasta que el titular del puesto n.º 46142 regrese a ocuparlo, lo que ocurra primero, con la observación según la cual, eventuales prórrogas deben ser expresamente autorizadas por este Tribunal. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Criterio sobre graduación de policías. Del señor Eric Lacayo Rojas, Director de la Escuela Nacional de Policía del Ministerio de Seguridad Pública, se conoce oficio n.° D.1386-2013 ENP del 21 de octubre de 2013, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 25 de octubre de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Ministerio de Seguridad Pública ha planificado para el próximo 29 de noviembre un acto protocolario, para la graduación de un número importante de funcionarios policiales que han concluido a satisfacción los procesos de formación y de especialización en la Escuela Nacional de Policía.
En razón de los alcances de nuestra Constitución Política, la Fuerza Pública se encuentra a disposición del Tribunal Supremo de Elecciones, por lo que le informo sobre lo anterior a efecto de conocer si a criterio de este cuerpo colegiado podemos realizar esta graduación.
Esta actividad se llevará a cabo en la explanada de la Plaza de la Cultura.
Quedo a la espera de su atenta respuesta y aprovecho la oportunidad para reiterarle mis más altas muestras de consideración y estima.".
Se dispone: Hacer del conocimiento del señor Lacayo Rojas lo dispuesto por este Tribunal en la resolución n.º 2607–P–2007 de las catorce horas del veintiséis de setiembre de dos mil siete, en la que se hizo referencia al acuerdo de sesión extraordinaria n.° 86-2007 del 13 de setiembre de 2007, según el cual se contempló que el denominado traslado de la Fuerza Pública que opera durante de los procesos electorales no significa desconocer la autoridad del Ministerio de Seguridad Pública ni su responsabilidad genérica en pro del mantenimiento del orden público, aún en esa época, sino la constitución excepcional de un mando compartido sobre las autoridades de policía, de suerte tal que el Tribunal pueda ordenar directamente, sin necesidad que los jerarcas de ese Ministerio lo aprueben, las medidas necesarias para ejecutar sus decisiones en el marco de lo electoral y la buena conducción de las votaciones y sus etapas preliminares. En tal sentido, las actividades administrativas u otras similares que el referido Ministerio deba adoptar para cumplir con su fin público, no corresponden ser avaladas por este órgano colegiado en tanto no guarden relación con la materia electoral. No obstante lo anterior, se hace ver al señor Lacayo Rojas que en relación con dicha actividad, así como en la gestión desplegada por las instituciones del Poder Ejecutivo, deben observarse los parámetros establecidos en el artículo 142 del Código Electoral, que dispone la prohibición de pautar publicidad relativa a la obra pública realizada. ACUERDO FIRME.
B) Consulta legislativa del proyecto de ley de Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia, expediente n.° 18.805. Del señor Marco William Quesada Bermúdez, Director de la Secretaría del Directorio de la Asamblea Legislativa, se conoce nuevamente oficio n.° SD-33-13-14 del 21 de octubre de 2013, recibido –vía correo electrónico– en la Secretaría General de este Tribunal el 23 de octubre de 2013, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión ordinaria número 84 del 16 de octubre de 2013, la Asamblea Legislativa aprobó moción de orden para que el texto actualizado y publicado en el diario oficial la Gaceta sobre el expediente n° 18805 “APROBACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, [sic] sea consultado a varias instituciones, conforme el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.
Es importante mencionar que esta consulta se realiza nuevamente, por cuanto en el documento que se había enviado se omitieron dos capítulos que forman parte del texto original. Estos capítulos han sido incorporados para subsanar el error, el cual puede consultarse en el siguiente enlace:
Si transcurridos ocho días hábiles después de recibida la presente comunicación no se recibiere respuesta a la consulta, se tendrá por entendido que la entidad consultada no tiene objeción que hacer al proyecto. (…)".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Contestar la consulta formulada, en los siguientes términos:
Consideraciones preliminares.
El ordinal 97 de la Carta Fundamental dispone en forma preceptiva que, tratándose de la “discusión y aprobación de proyectos de ley relativos a la materia electoral”, la Asamblea Legislativa deberá consultar al Tribunal Supremo de Elecciones su criterio en torno a la iniciativa formulada y que, para apartarse de esa opinión, “se necesitará el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros”. Como parte del desarrollo normativo de la disposición constitucional de cita, el inciso n) del artículo 12 del Código Electoral establece, como función propia de este Organismo Electoral, evacuar las consultas que el órgano legislativo realice al amparo de esa norma de orden constitucional.
A partir de la integración del ordenamiento jurídico conforme al Derecho de la Constitución y, concretamente, en punto a la interpretación de lo que debe considerarse “materia electoral”, este Colegiado ha entendido que los “actos relativos al sufragio” no solo comprenden los propios de la emisión del voto, sino todos aquellos descritos en la propia Constitución o en las leyes electorales y que, directa o indirectamente se relacionen con los procesos electorales, electivos o consultivos, cuya organización, dirección y vigilancia ha sido confiada a este Organismo Electoral, lo anterior a partir de la armonización de los artículos 9, 99 y 102 de la Norma Suprema.
Sobre el proyecto de ley objeto de consulta.
La Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa, somete nuevamente en consulta de este Tribunal el texto del proyecto de ley “Aprobación del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Colombia”, tramitado en expediente legislativo número 18.805.
El texto del proyecto consultado en esta oportunidad, al igual que el anterior, tiene por objeto la aprobación del citado instrumento internacional y establecer un marco jurídico para –entre otras cosas– normar, ampliar y mejorar el comercio entre ambas naciones. En dicho texto, conforme lo indicado por el órgano legislativo, se incluyen dos capítulos que forman parte del original y que se omitieron en la consulta anterior, a saber el capítulo 2 referido a las reglas de trato nacional y de acceso de mercancías al mercado y el capítulo 8 que establece los institutos aplicables por las partes en materia de defensa comercial.
A partir de la lectura y análisis del texto sobre el cual ahora se consulta, este Tribunal reitera lo indicado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión extraordinaria número 74-2013 celebrada el 16 de agosto del año en curso, comunicado mediante oficio TSE-1852-2013 de esa misma fecha, a propósito de la consulta que sobre este proyecto realizó la Comisión de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa, en tanto al no advertir que el proyecto legislativo contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral o que haga referencia o pretenda regular en ningún modo actos relativos al sufragio, o bien disposiciones que directa o indirectamente se vinculen con el proceso electoral o incidan en las labores de Administración Electoral que ejerce este Tribunal, como encargado de organizar y arbitrar los procesos electorales, motivo por el cual, se omite emitir criterio alguno respecto a la iniciativa legislativa consultada.
Conclusión.
En virtud de que la propuesta legislativa resulta ajena al Derecho Electoral y al giro de estos organismos electorales, en tanto no incide ni modifica las competencias asignadas a estos organismos electorales, este Tribunal reitera lo indicado en el acuerdo adoptado en el artículo segundo de la sesión extraordinaria número 74-2013 celebrada el 16 de agosto del año en curso, comunicado mediante oficio TSE-1852-2013 de esa misma fecha, por lo que omite manifestar su criterio respecto a la iniciativa legislativa consultada. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Misión Electoral de UNIORE para las Elecciones Municipales de la República Bolivariana de Venezuela. De los señores Roberto Rosario Márquez y Mariano Rodríguez Rijo, Presidentes de la Junta Central Electoral y del Tribunal Superior Electoral de República Dominicana, respectivamente, se conoce memorial del 22 de octubre de 2013, recibido –vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal el 30 de octubre de 2013, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En nombre de la Presidencia Pro Tempore UNIORE nos dirigimos a usted en la ocasión de saludarle y hacer de su conocimiento que, el Consejo Nacional Electoral de la República Bolivariana de Venezuela aprobó solicitar una Misión Electoral de la UNIORE para presenciar las Elecciones Municipales del 08 de diciembre de 2013.
En ese sentido, se extiende una invitación para que usted o una persona que usted designe, conforme la Misión Electoral. El Programa se desarrollará desde el jueves 05 hasta el martes 10 de diciembre. El Consejo Nacional Electoral cubrirá los gastos de boletos aéreos, hospedaje, alimentación y traslados internos, así como el traslado a las regiones. Los participantes deberán cubrir sus gastos personales adicionales, así como los cambios a los boletos una vez que éstos [sic] hayan sido emitidos. Debido a la naturaleza de este proceso electoral, se tiene previsto el despliegue de los invitados a trece (13) regiones del país, las cuales serán oportunamente informadas.
Las actividades de acompañamiento internacional se rigen por el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, Título XIV, “De la Observación y del Acompañamiento Internacional Electoral”, el cual se anexa para su debida lectura.
Agradecemos confirme su aceptación a más tardar el día 28 de octubre de 2013. A fin de iniciar su registro, anexe la Ficha de Acreditación adjunta (con foto digital) debidamente llena (…)".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Agradecer a los señores Rosario Márquez y Rodríguez Rijo la cordial invitación que cursan. Para atenderla se designa a la funcionaria Ana Cristina Vinocour Vargas.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Ana Cristina Vinocour Vargas |
Profesional en Gestión 2 |
República Bolivariana de Venezuela |
4 al11 de diciembre de 2013 |
Misión Electoral de la UNIORE para presenciar las Elecciones Municipales |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
|
Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |
Marisol Castro Dobles |
Fernando del Castillo Riggioni |