ACTA Nº 84-2012
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del dos de octubre de dos mil doce, con asistencia de los señores Magistrados Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.
ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. INFORMES DE FUNCIONARIOS DEL TRIBUNAL
Se dispone: Tomar nota. Póngase en conocimiento al Departamento de Recursos Humanos. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Solicitud de permiso para asistir a capacitación en el extranjero "Gestión de Servicios Públicos: satisfacción de las demandas ciudadanas". Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2442-2012 del 26 de setiembre de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Dirección ha recibido el oficio N. 3216-2012 del 21 de setiembre del año en curso, suscrito por la señora Kattya Varela Gómez, Encargada a.i. del Área de Capacitación del Departamento de Recursos Humanos, el cual se adjunta, donde informa de la petición que hace el señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, donde solicita que se realicen los trámites pertinentes para participar en el curso internacional “Gestión de Servicios Públicos: Satisfacción de las Demandas Ciudadanas”.
Por la razón que se expone en el oficio de cita, la actividad se estaría llevando a cabo en el exterior (Cartagena de Indias, Colombia) del 13 al 16 de noviembre del presente año. Dado que el curso es pertinente con las funciones que se realizan en esa Contraloría, está (sic) Dirección no encuentra inconveniente en que el señor Solórzano Alvarado lo reciba. No obstante, por ser un evento a realizarse fuera del territorio nacional, se remite a conocimiento de la señora Magistrada y señores Magistrados para lo que estimen pertinente.
Es importante, citar lo que se indica en el punto dos del oficio de referencia: “… Para ser considerado dentro las 20 becas (sic) que se otorgarán para esta capacitación, el interesado debe enviar formularios de postulación y solicitud de participación a más tardar el 04 de octubre, en los cuales debe indicar que la institución autoriza su participación en esta actividad e indicando la importancia que para la institución tiene la acción formativa. No obstante, el envío de los formularios no garantiza que se le otorgue una de las becas... ”. (El subrayado no es del original. (sic)
De igual manera en cuanto al costo, como se indica en el oficio de cita, en caso de ser avalada la petitoria, se requeriría:
“1. Autorizar el uso del pasaporte de servicio.
2. Considerando las horas del inicio y fin del curso, así como los horarios de los vuelos disponibles, que el viaje se autorice del 12 al 17 de noviembre, a fin de minimizar el costo económico institucional...
3. Cubrir el costo del tiquete se cotiza de $700,oo a $1.000,oo los días indicados.
4. Los gastos de viaje para los días de traslado y regreso -12 y 17 respectivamente- que serían de alrededor de $438, en caso de que la agencia no cubra los mismos”.
Sobre este punto, ha de indicarse que las Subpartidas 10504 “Viáticos en el exterior” y 10503 “Transporte en el exterior” tienen contenido económico para cubrir esa erogación.
Finalmente, es relevante hacer notar que de darse una aprobación por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, se estaría sujeto a que el señor Solórzano Alvarado - una vez que haya remitido los formularios - le sea otorgada la beca correspondiente.".
Se dispone: Aprobar conforme se sugiere. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de ascenso en propiedad de la funcionaria Yendri Patricia González Salazar, en la Sección de Análisis. Del señor Erick Guzmán Vargas, Director General a.i. del Registro Civil, se conoce oficio n.° DGRC-1049-2012 del 27 de setiembre de 2012, recibido al día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Respetuosamente elevo a conocimiento del Superior, para lo que tenga a bien disponer, el oficio RH-3234-2012 del 24 de setiembre de 20012, suscrito por la Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, referido al ascenso en propiedad de la señora Yendri Patricia González Salazar, Asistente Administrativo 2 en la Sección de Análisis, a la plaza de Técnico Funcional 2, que ha quedado vacante en esa misma Unidad Administrativa, dado el ascenso en propiedad de su anterior titular.
La servidora Yendri Patricia González Salazar, fue recomendada por escrito por la señora Liseth Mora Soto, Jefa a.i. de la Sección de Análisis, mediante oficio AN-1364-2012, quien en lo que interesa manifiesta: “(…) La señora González Salazar cumple con los requisitos que el puesto exige, sus calificaciones siempre han sido excelentes.”.
Cumpliendo con lo que establecen los artículos 34 y 36 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios y con lo acordado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión No.129-2002, artículo quinto, comunicado mediante Oficio No.4168-2002 del 26 de setiembre del 2002, solicito al Superior, si a bien lo tiene, la aprobación del nombramiento en propiedad que se propone.
De contar con la anuencia del Tribunal Supremo de Elecciones, la servidora Yendry Patricia González Salazar, podría ser ascendida en propiedad al cargo de Técnico Funcional 2 en la Sección de Análisis, puesto número 45801, a partir del próximo 1° de octubre del año en curso.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de vacaciones y recargo de funciones del Secretario General del TSE. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-3448-2012 del 28 de setiembre de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Previo un cordial saludo, respetuosamente solicito el disfrute de vacaciones a partir del 8 de octubre próximo y hasta el 9 de noviembre, inclusive. Asimismo, solicito que durante mi ausencia, mis funciones sean recargadas en el señor Erick Guzmán Vargas, Prosecretario General de estos organismos electorales.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
D) Informe relativo a la solicitud de exoneración de marca gestionada por el señor Álvaro Durán Rodríguez, funcionario de la Oficina de Servicios Generales. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a.i.del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-382-2012 del 26 de setiembre de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, al cual -según lo dispuesto por este órgano electoral en el artículo tercero de la sesión ordinaria n.° 121-2011, celebrada el 20 de diciembre de 2011- adjunta informe relativo a la solicitud de exoneración de marca de ingreso y salida del funcionario Álvaro Durán Rodríguez y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"[…] V.- Conclusiones.
a) El artículo 11 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal establece que para optar por el beneficio de la exención de la marca de asistencia, el funcionario debe laborar como mínimo 20 años en la Institución y contar con una excelente asistencia y puntualidad, indicando además que para efectos de cómputo del tiempo servido en el Tribunal, no se tomarán en cuenta los años laborados en otras instituciones.
b) La Administación (sic) con las facultades que le otorgan los artículos 15, 16 y 17 de la Ley de la Administración Pública, cuenta con la potestad discrecional de emitir actos administrativos que otorguen beneficios laborales a los funcionarios, a partir del cumplimiento de determinadas circunstancias.
c) La teoría del Estado como patróno (sic) único, parte de la unidad administrativa como tal, en la que sus dependencias y organismos aplican en general un conjunto de normas para su funcionamiento, reconociendo, como lo indica el ente procurador, a los trabajadores por igual un mínimo de beneficios que resultan genéricos para todas las instituciones.
d) La exención de la marca de asistencia de un funcionario, corresponde a un beneficio que el Jerarca reconoce a un trabajador por el tiempo que tiene éste de laborar con una determinada institución.
e) En el caso del señor Alvaro (sic) Durán Rodríguez, el Tribunal no cuenta con norma reglamentaria que le permita reconocer el tiempo laborado en otras instituciones para el otorgamiento del beneficio de exención de la marca de asistencia, por lo que de acuerdo con la normativa vigente, deberá ajustarse a los requisitos que demanda el ordinal 11 del Reglamento Autónomo de Servicios de este Tribunal.
f) Queda claro, que el Tribunal tiene la potestad discrecional de valorar la eliminación o modificación de los beneficios otorgados a sus funcionarios, como es el caso particular de la normativa que regula el beneficio de exoneración de marca de asistencia.
VI. Recomendación.
De lo expuesto y por resultar la exoneración de marca de asistencia un beneficio laboral que otorga el Tribunal en su condición de Jerarca y por no existir norma legal que permita el reconocimiento de los años laborados por un funcionario en otras instituciones del Estado, a efecto de cumplir con el requisito de antigüedad ordenado por el artículo 11 del Reglamento Autónomo de Servicios del Tribunal, considera este Despacho que la gestión interpuesta por el señor Alvaro (sic) Durán Rodríguez resulta improcedente.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Tomen nota la Dirección Ejecutiva y el Departamento de Recursos Humanos. Hágase del conocimiento del señor Durán Rodríguez. ACUERDO FIRME.
E) Nombramientos interinos del Director General del Registro Civil y del Jefe del Departamento Legal.Se dispone: En virtud de la designación dispuesta por la honorable Corte Suprema de Justicia para que la señora Marisol Castro Dobles integre este Tribunal del 2 de febrero de 2013 al 2 de agosto de 2014, con motivo de la celebración de las elecciones generales 2014, se nombra como Director General del Registro Civil al señor Luis Guillermo Chinchilla Mora y como Jefe del Departamento Legal al señor Ronny Alexander Jiménez Padilla, ambos de forma interina y por el plazo
supra indicado, concluido el cual, volverán a ocupar los cargos que al día de hoy ejercen. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Informe del caso Stellio Bertossi Sartori. Del señor Germán Rojas Flores, Jefe a.i.de la Sección de Opciones y Naturalizaciones, se conoce oficio n.° OYN-1335-2012 del 28 de setiembre de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual -según lo dispuesto por este órgano colegiado en el artículo quinto de la sesión ordinaria n.° 83-2012, celebrada el 27 de setiembre de 2012- rinde informe relativo al presunto extravío del expediente en que se tramita la naturalización del señor Stellio Bertossi Sartori, en el cual, literalmente manifiesta:
"Conforme lo solicitado en sesión ordinaria n° 083-2012 celebrada el veintisiete de setiembre de dos mil doce, procedo respetuosamente ante su autoridad a rendir el presente informe.
El día 24 de setiembre cuando inicie mis labores como jefe a.i., recibí un memorando CS-069-2012 de la Contraloría de Servicios mediante el cual manifestaba que en vista de que no se ha rendido el informe solicitado mediante Oficio CS-257-2012 de fecha 17 de setiembre, se otorgaba un día más para responder, dicho término vencía el 24 de setiembre. En virtud de lo anterior le solicité a la Supervisora Karen Bonilla un informe de la situación, la cual me indicó que el día 17 de setiembre de 2012 se apersonó el interesado con el abogado a fin de revisar el expediente al no encontrarse se procedió según indicación de la jefatura titular a buscarlo el propio día 17 y los días 18 y 20 de setiembre cuyos resultados fueron negativos.
Frente a la situación acaecida, procedí inmediatamente el 24 de setiembre a girar instrucciones a los funcionarios de revisar nuevamente en todos los escritorios, archiveros, gavetas, cajones de reciclaje, es decir, buscarlo en cualquier rincón de la Sección, asimismo, se procedió a verificar minuciosamente en todos los libros de control de envió (sic) y recepción de documentos provenientes de diferentes partes de la institución, por otra parte se realizó llamadas telefónicas a los diferentes departamentos internos y externos (Archivo -Complejo las Brisas-). Además, se designó varios funcionarios para que indagaran personalmente en cada uno de los departamentos internos en los cuales existiera una relación laboral directa e indirecta con el trámite normal de la oficina.
Es menester señalar, que se han realizado varias reuniones con el personal a fin de tomar medidas y reforzar en controles internos adecuados, uno de ellos es guardar en forma digital todas las declaraciones que ringa (sic)el gestionante para cualquier trámite.
Aunado a lo anterior, es rescatable destacar que la misma práctica se realizó el día 25 de setiembre, cuyos resultados fueron negativos. El día siguiente -26 de setiembre de 2012- procedí a solicitar mediante oficio a las diferentes instituciones del gobierno información concerniente al presente caso (Ministerio de Educación Pública, Dirección General de Migración y Extranjería, Procuraduría General de la República). Por otro lado, se ha recopilado alguna información digital que cuenta nuestro despacho a fin de subsanar y armar nuevamente el expediente. Cabe indicar que el día 27, 28 del presente mes y los siguientes días seguiremos activamente buscando el expediente y canalizando por todos los medios armar el expediente. Conforme a los hechos expuestos solicito las disculpas del caso al respetuoso Tribunal Colegiado y al señor Stellio Bertossi Sartori, asimismo, les estaré informando del avance del caso.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. Hágase del conocimiento del señor Bertossi Sartori, a quien se le transmiten las disculpas ofrecidas por el señor Rojas Flores. Se encarga a la señora Directora General del Registro Civil dar puntual seguimiento al presente asunto, a fin de resolver conforme a Derecho el trámite de naturalización del interesado a la brevedad posible. Con el fin de establecer la eventual responsabilidad de algún funcionario de estos organismos electorales en relación con los hechos referidos, pase a la Inspección Electoral para que proceda con el inicio de una investigación administrativa preliminar. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Sumaria del Padrón Nacional Electoral correspondiente a Agosto 2012. Del señor Javier Vega Garrido, Contralor Electoral, se conoce oficio n.° CE-240-2012 del 26 de setiembre de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los fines de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil, y para que se sirva elevarlo al Superior, me permito informar que por medio del Oficio PE-2286-2012, el Lic. Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección Padrón Electoral, remitió a esta Contraloría la sumaria del Padrón Nacional Electoral correspondiente a AGOSTO del 2012, cuyos resultados también conoció por su parte el Tribunal en el Artículo Cuarto de la Sesión Nº 082-2012, celebrada el 25 de los corrientes, y que se resumen seguidamente:
PADRÓN NACIONAL ELECTORAL |
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PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A JULIO DE 2012 |
2.972.525 |
MÁS TOTAL INCLUSIONES |
13.146 |
MENOS TOTAL EXCLUSIONES |
6.353 |
TOTAL VARIACIÓN NETA |
6.793 |
TOTAL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL A AGOSTO DE 2012 |
2.979.318 |
ELECTORES EN EL EXTRANJERO |
4.839 |
TOTAL ELECTORES INSCRITOS EN EL PAÍS |
2.974.479 |
Dichas cifras, con base en el desglose mensual de los movimientos que se consignan en el documento adjunto al presente, se basan en los datos generados por el sistema, las nóminas diarias enviadas por el Centro de Impresión, las de defunciones y otras exclusiones suministradas por la Sección de Análisis, así como las de los respectivos traslados electorales.
Corroborados los datos anteriores, finalmente concordaron con lo señalado por el señor Arguedas Rojas, de ahí que la verificación de los movimientos – reportados – en el citado Padrón resultó satisfactoria.
También, se adjunta el desglose de los movimientos del mes y los datos resultaron conformes.".
Se dispone: Tener por rendido el informe; continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Solicitud de permiso de la señora Ilenia Ortíz Ceciliano y el señor Juan Diego Quirós Delgado. De la señora Ilenia Ortíz Ceciliano y el señor Juan Diego Quirós Delgado, Secretaria General y Secretario de Conflictos, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-62-2012 del 27 de setiembre de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con el fin de participar en el Congreso Internacional del Derecho del Trabajo y Seguridad Social que se realizará los días 10 y 11 de octubre del 2012, en el Colegio de Abogados con un horario de 8:00 am a 5:00 pm, le solicitamos se conceda permiso a los suscritos con base al artículo 64 del Reglamento Autónomo de Servicios.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Tomen nota el Departamento de Recursos Humanos y las jefaturas respectivas. ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de permiso de la UNEC para participar en el Foro: “Perspectivas de la Juventud Sindical y Social en el Marco del Trabajo Decente.". De la señora Ilenia Ortíz Ceciliano y el señor Juan Diego Quirós Delgado, Secretaria General y Secretario de Conflictos, respectivamente, de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.° UNEC-63-2012 del 27 de setiembre de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con base al artículo 64 del Reglamento Autónomo de Servicios, les solicitamos se conceda permiso a la Srta. Ana Lucilla Quirós Matarrita y al Sr. Jeffrey Salazar Montero, el próximo 05 de octubre del 2012 de 8:00 am a 4:00 pm, con el fin de que participen en el Foro: Perspectivas de la Juventud Sindical y Social en el Marco del Trabajo Decente.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Tomen nota el Departamento de Recursos Humanos y las jefaturas respectivas. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |