ACTA Nº 40-2012
Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del quince de mayo de dos mil doce, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.ARTÍCULO PRIMERO. APROBACIÓN DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior, excepto por la señora Magistrada Zamora Chavarría, quien no participó de dicha sesión.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL.
A) Redacción de cargos del Departamento de Comercialización de Servicios. Del señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica, se conoce oficio n.° DGET-0106-2012 del 07 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Tribunal Supremo de Elecciones, en Sesión Ordinaria Nº 34-2012, celebrada el veinticuatro de abril de este año, comunicado en oficio Nº STSE-1171-2012, al conocer el oficio Nº RH-780-2012 presentado por el señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, relacionado con el asunto de referencia, dispuso que sobre el particular el suscrito rindiera criterio. En ese sentido, a continuación me permito elevar a conocimiento del Superior lo solicitado en los siguientes términos:
Luego de analizar el informe emitido por el señor Carías Mora en su citado oficio, se ha logrado determinar que su planteamiento se basa en la dificultad de incorporar un perfil de puesto, con requerimientos diferentes a los establecidos en las clases anchas de la institución, lo cual resulta entendible, sin embargo, inapropiado, dada la necesidad de la Institución de adaptarse a los cambios que impone una sociedad moderna que exige servicios modernos, novedosos y eficientes; expectativa que difícilmente se podría cumplir, resistiéndonos a los cambios bajo el argumento de que lo que está hecho no se puede modificar.
En tal virtud, el caso del Departamento de Comercialización de Servicios es justamente un ejemplo del esfuerzo institucional por adaptarse a los cambios característicos del siglo XXI. En efecto, con la modificación del Código Electoral en 2009, al Tribunal Supremo de Elecciones se le presenta la oportunidad de brindar nuevos servicios que la sociedad costarricense demanda, incluso con sectores dispuestos a pagar por esos servicios, incursionando así en una dinámica totalmente novedosa para este Órgano Electoral, con retos y objetivos diferentes a los tradicionales y fue por esa razón que esta Dirección planteó un perfil de puesto diferente a los que actualmente existen en la institución; claro está, no porque los actuales estén diseñados erróneamente, sino sencillamente porque la actividad que se va desarrollar en comercialización es diferente e innovadora en el quehacer electoral. Así las cosas, por la coyuntura de lo establecido en el artículo 24 del Código Electoral y la creación de la DGET, el Superior acertadamente aprobó la instauración del Departamento de Comercialización de Servicios, cuya actividad primordial es la venta de servicios a partir del suministro electrónico de la información contenida en las bases de datos institucionales, lo cual implica que los conocimientos y la experticia para desenvolverse en el área de las Tecnologías de la Información, así como en técnicas de Mercadeo y Finanzas, son características altamente deseables en la jefatura de ese Departamento, ya sea este un profesional en Informática, o bien por algún otro profesional en el campo de la Administración de Negocios o la Ingeniería Industrial con las habilidades y destrezas requeridas por el puesto.
Por lo anterior, con el fin de no dilatar más la entrada en operación del Departamento de Comercialización de Servicios, a los efectos de cumplir con los planes propuestos, le recomiendo al Tribunal las siguientes acciones, que no implican una modificación de la clase ancha del manual de puestos:
1. En razón de que entre los requisitos para los puestos de la clase Ejecutivo Electoral 2, se establece que el requisito debe ser de licenciatura, pero no establece que deba ser de una especialidad en particular, se recomienda que el requisito para el cargo de Jefe del Departamento de Comercialización se establezca de manera tal que pueda tomarse en cuenta la experiencia de candidatos en el ámbito de venta de servicios, independientemente (sic) si su formación académica es en campos de la administración o la ingeniería, para lo cual recomiendo que en el requisito académico de dicho cargo se establezca: licenciatura en Administración de Negocios, licenciatura en ingeniería en informática o licenciatura en ingeniería industrial.
2. Que se reconozca que una Maestría universitaria acreditada por el CONESUP, constituye un grado superior al de Licenciatura, por lo que en los casos en que un candidato cuente con una Maestría en alguna de las áreas indicadas en el punto anterior, el requisito de la licenciatura se tendrá por cumplido, mientras que el requisito de incorporación al Colegio de Profesionales, se tendrá por cumplido si el candidato es miembro activo de alguno de los Colegios Profesionales que agremian a los profesionales en Administración, Informática o Ingeniería industrial.
3. Que se establezca un plazo máximo de un mes, para que el Departamento de Recursos Humanos, concrete los nombramientos, al menos de manera interina, de las plazas del Departamento de Comercialización de Servicios que se encuentran vacantes desde enero de 2012, en el entendido de que dentro de ese mismo plazo, deberá someter a aprobación del Tribunal los respectivos perfiles de puestos con el respectivo visto bueno de la Dirección General de Estrategia Tecnológica.".
Se dispone: Tener por rendido el informe y acoger las recomendaciones 1 y 2 supra transcritas, considerando que sobre el particular ya este Tribunal ha establecido un antecedente jurisprudencial administrativo (vid. resolución n.º 3270-P-2010 de las nueve horas del veintinueve de abril de dos mil diez). En consecuencia, en el improrrogable plazo de cinco días hábiles, como superior inmediato del Departamento de Recursos Humanos, proceda la Dirección Ejecutiva a someter a aprobación de este Tribunal la redacción final de los cargos de "Jefe del Departamento de Comercialización de Servicios" y de "Profesional en Comercialización de Servicios", conforme a la técnica aplicable, considerando lo aquí aprobado y la información ya suministrada por el señor Cascante Hernández. Una vez aprobadas las redacciones de los referidos cargos, el Departamento de Recursos Humanos y la Dirección General de Estrategia Tecnológica deberán tramitar lo que a sus cargos corresponda a fin de que en el improrrogable plazo de quince días hábiles se sometan a aprobación de este Tribunal los nombramientos, al menos interinos, que corresponda realizar en dichos cargos. De todo, la Dirección Ejecutiva dará puntual seguimiento. En el acuerdo que se hagan esos nombramientos, si fueran interinos, se ordenará concomitantemente la realización del correspondiente concurso. ACUERDO FIRME.
B) Cargo en la Auditoría Interna. Del señor Óscar León Alonso, Auditor Interno, se conoce oficio n.° AI-077-2012 del 07 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En virtud de la preocupación de esta Auditoría Interna surgida en razón de lo conversado de manera preliminar por el suscrito con el Lic. Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, sobre las directrices emitidas en materia de creación de plazas por el Ministerio de Hacienda, debido a la urgente necesidad que tenemos de la plaza incluida en nuestro Plan Operativo Anual para el 2013, y como complemento al justificante anotado en éste, seguidamente se detallan los principales antecedentes en relación con dicha plaza:
“…2. Aprobar el organigrama suplementario propuesto por la Auditoría pero con los siguientes cambios: las áreas Financiero-Contable y de Tecnologías de la Información, tendrían un encargado a nivel de Profesional Coordinador, categoría 9, y dos Auditores Asistentes como Profesional de Gestión, categoría 11. Las otras dos unidades -Auditoría Operativa de Gestión y la de Aseguramiento de la Calidad- funcionarían cada una con un responsable clasificado como Profesional Coordinador (categoría 9) y un asistente que sería Profesional de Gestión (categoría 11)./ 3. Incorporar cuatro nuevas plazas a nivel de Profesional de Gestión, dos en el 2009 y dos en el 2010 con el fin de consolidar la nueva estructura…” (El destacado no es del original).
Al respecto, el Tribunal dispuso: “Aprobar según lo recomendado por la Dirección Ejecutiva”.
“…los dos puestos…que se presupuestan vienen a completar su planilla según se definió en el estudio efectuado a la propuesta proveniente de esa dependencia, como requerimiento para cumplir con sus responsabilidades a la luz de la Ley de Control Interno y la normativa dictada por la Contraloría General de la República…No obstante, debido a la crisis fiscal por la que atraviesa el país, se considera importante mantener una y la otra posponerla para el 2011”. (El destacado es nuestro).
Quedando pendiente de llenar la plaza para el Área Financiero-Contable.
En virtud de lo expuesto y de la sentida necesidad que se tiene de la plaza en mención, esta Auditoría se permite realizar una respetuosa excitativa a ese estimable Tribunal, con el propósito de que se realicen las gestiones que estimen pertinentes, con el propósito de que la plaza que nos ocupa pueda ser incorporada al presupuesto institucional del 2013, la cual además, según lo indicado, vendría a completar la estructura aprobada por el Superior a esta Unidad de Control en julio de 2007. […]".
Se dispone: Toda vez que las directrices establecidas por el Ministerio de Hacienda vedan la incorporación de nuevas plazas de cargos fijos para el año 2013, no ha lugar lo solicitado por el señor León Alonso; no obstante, en función del aumento en el volumen de asuntos que deberá atender la Auditoría Interna durante el próximo año, considerando la celebración de elecciones generales en 2014, se instruye a la Dirección Ejecutiva y a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para que, dentro delas posibilidades, se refuerce el recurso humano de dicha Auditoría con plazas de servicios especiales. ACUERDO FIRME.
C) Solicitud de nombramiento en el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0948-2012 del 08 de mayo del 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración los oficios números DGRE-155-2012 del 30 de abril y DFPP-215-2012 del 25 de abril que suscriben en ese orden los señores Héctor Fernández Masís y Ronald Chacón Badilla, Director General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos respectivamente, mediante los cuales solicitan que en la plaza de Técnico Funcional 2, antes Analista de Operación, número 361396 que actualmente se encuentra vacante en ese departamento, se nombre en forma interina al Lic. Guillermo Flores Flores, quien no labora actualmente para la institución pero sí cumple los requisitos que el cargo demanda, siendo que incluso los supera pues ostenta una Licenciatura en Derecho y una Maestría en Legislación Ambiental.
La plaza que se cita es de las que el año pasado figuraban en el presupuesto como de servicios especiales pero que para este año pasaron a ser de cargos fijos. Su anterior ocupante fue el señor José Pablo Cedeño Vargas, quien la dejó vacante al ser ascendido interinamente a un cargo de Profesional Ejecutor 3 en la Inspección Electoral.
Para acceder a este nombramiento sería necesario aplicar el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios, el cual contempla la posibilidad de nombrar funcionarios interinos cuando no exista un registro de elegibles para la plaza que interesa, como sucede justamente con la que ahora nos ocupa. No obstante, según se ha indicado en otras oportunidades, tratándose de personas que no laboran para la institución tal artículo debe ser de aplicación en casos excepcionales calificados, como cuando se requiere por ejemplo a funcionarios especializados o con experiencia en determinadas áreas que no se consiguen dentro de este organismo electoral, tal y como ha sucedido con varios puestos profesionales que han sido ocupados por colaborados provenientes de otras entidades en virtud de la amplia experiencia profesional que poseen en campos que son de interés institucional. La plaza de Analista de Operación no es de carácter profesional, ya que el requisito académico para ocuparla es de dos años aprobados de educación superior en el área de especialidad del cargo.
Si bien el Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos es conocedor de tal situación, él considera que en este caso sí resulta conveniente aplicar tal artículo e indica en su oficio, para justificar su petición, lo siguiente:
“…Ahora bien, la creciente demanda de conocimientos que, desde la perspectiva jurídica, apoyen la fiscalización de las finanzas partidarias que desarrolla este Departamento y la ausencia de experiencia en esta materia en quienes conforman la lista de funcionarios de la institución que satisfacen el requisito de los 72 o más créditos universitarios aprobados, viene a representar una significativa y sensible limitante para efectos de la escogencia de personal idóneo que, en el contexto descrito, pueda ocuparla.
En este sentido, es necesario enfatizar en la importancia de fortalecer el citado equipo que atiende los asuntos jurídicos de nuestro Departamento, permitiéndole contar con un mayor nivel de experiencia en labores propias de las funciones encomendadas (vgr. atención de denuncias y estudios especiales, emisión de informes sobre responsabilidades –denuncias y/o relaciones de hechos-, criterios jurídicos y asesoría a la labor de auditoría y en el proceso de revisión de liquidaciones); experiencia que, una vez analizadas las opciones existentes y/o consultadas (sic) las algunas jefaturas, no es posible encontrar en la lista de funcionarios de la institución con estudios en Derecho.
Considérese además que el tiempo que se requeriría para capacitar a alguno de estos compañeros o compañeras en los procesos de fiscalización propios del Departamento, vendría en detrimento de la atención oportuna de investigaciones que se encuentran en trámite urgente. En este sentido, es notoria la necesidad de contar en la plaza vacante de cita con un(a) funcionario(a) que pueda atender a la mayor brevedad posible, casos complejos y sensibles para esta institución, lo cual requiere de una labor en la que la precisión, experiencia y conocimiento devienen medulares en la mitigación del riesgo en su respectiva atención.
En virtud de ello, en el marco del más absoluto respeto, me permito someter a su respetable valoración, considerar el currículum, el cual se adjunta, del Licenciado Guillermo Flores Flores, cédula de identidad número 2-0570-0991, quien es graduado de la UCR desde el 2007, y quien cuenta con experiencia en el Bufete Arias & Muñoz (2006-2010) como miembro del Departamento de Derecho Administrativo, para que sea nombrado en la plaza vacante (No. 361396) de Técnico Funcional 2 con que cuenta actualmente este Departamento y que urge ocupar.”
Por su parte, el Lic. Fernández Masís al otorgar el visto bueno a dicha gestión, manifestó en su oficio “respetuosamente le solicito girar las instrucciones correspondientes a efecto de nombrar de forma interina al señor Guillermo Flores Flores, portador de la cédula N°2-0570-991, en el puesto N°361396 de Técnico Funcional 2, en virtud de la recomendación y las razones manifestadas por el señor Chacón Badilla en el mencionado Oficio, las cuales este despacho considera de peso y justificantes de dicho movimiento, por cuanto la experiencia y perfil deseado se convierten en una limitante a lo interno de nuestra institución, según así lo considera la jefatura del Departamento de Financiamiento. ”
Corresponde entonces al Tribunal Supremo de Elecciones valorar la presente gestión y determinar su procedencia y la eventual aplicación del citado artículo.
En caso de que el Superior apruebe la solicitud de los señores Chacón Badilla y Fernández Masís, el candidato Guillermo Flores Flores podría ser nombrado en el puesto número 361396 de Técnico Funcional 2, a partir del próximo 16 de mayo y por el plazo de 6 meses prorrogables según artículo 9 del Reglamento a la Ley de Salarios o hasta que se concrete el trámite respectivo para nombrar al nuevo propietario del puesto, lo que ocurra primero. De acuerdo con el índice salarial actualmente vigente, tendría asignado un salario base de ¢ 475.000,oo por mes, anualidades a razón de ¢ 9.882,oo cada una y un complemento del 10% por su responsabilidad en el ejercicio de la función electoral.".
Se dispone: No ha lugar lo solicitado, toda vez que en la especie no se aprecia que exista inopia para llenar la plaza en cuestión; antes bien hay funcionarios en la institución que cumplen con los requisitos que el puesto demanda y con capacidad para desempeñarlo de modo eficiente. ACUERDO FIRME.
D) Informe relativo a la estructura del Departamento de Registro de Partidos Políticos. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1237-2012 del 10 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere a la solicitud planteada por la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos para que se varíen los perfiles de los puestos n.º 45470 y 98737 y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente concluye y recomienda:
"[…] VIII.- Conclusiones
1- Si bien el Departamento de Registro de Partidos Políticos ha dado un giro en la conformación de su estructura organizativa en el lapso de un año, ésta se entiende como parte del proceso de consolidación de esa unidad administrativa en razón de su incipiente conformación, pasando de una propuesta de contar con tres áreas operativas a dos -“Archivo y Fiscalización de Asambleas” y “Registro y Resolución de Actos Inscribibles”- con la más reciente proposición, resultado de ello ese Departamento contaría ahora con una estructura que se ajusta más al tamaño del Departamento y permite una mejor articulación y agrupación de las diferentes actividades, tareas y procesos que se ejecutan, además desde la perspectiva macro organizativa institucional, sería menos burocrática y hasta menos costosa presupuestariamente.
2- En cuanto a la plaza Profesional Ejecutor 2 que se incluirá en el presupuesto 2013, la que en su oportunidad se encargaría de una de las áreas indicadas en la anterior estructura del Departamento de Registro de Partidos Políticos, se recomienda que aunque ya no sería para liderar un área, más bien tiene que ser asignada al Área de Archivo y Fiscalización de Asambleas para que coadyuve con las tareas que correspondan a ésta, que como consecuencia de la nueva propuesta estructural, asume las funciones de la que hubiera sido un área separada.
3- Derivado de la conclusión anterior, se desprende la necesidad de que el Área de Archivo y Fiscalización de Asambleas tal y como se configura ahora, con mayores responsabilidades y funciones, aunado a que lo que ya realizaba relativo a la fiscalización de asambleas de partidos políticos, que es un insumo de vital importancia para las labores del Área de Registro y Resolución de Actos Inscribibles que de algún modo la hace comparable, se evidencia que se requiere de una persona funcionaria encargada con un mayor perfil el cual, por las razones antes expuestas debe estar equiparada con esta última área. Sobre el particular, dado el resultado del presente estudio, en cuanto a la determinación de la conformación del Área de Archivo y Fiscalización de Asambleas y con nuevas responsabilidades y funciones, se hace necesario la presentación de un nuevo “cuestionario para la definición de puestos” para la plaza número 98737, en razón de que el presentado en su oportunidad al Departamento de Recursos Humanos, no contempla estos nuevos aspectos.
4- La Unidad de Presupuesto y Costos de la Dirección de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, cumple con un rol administrativo que, básicamente, es encargarse de atender lo relacionado con los asuntos presupuestarios que maneja esa misma Dirección y que en ese mismo ámbito, son una parte del subprograma presupuestario 850-02, así como llevar el control y registro de los costos asociados a los procesos electorales. Está constituida por un grupo de nueve personas funcionarias divididas –con excepción de la encargada- en dos actividades, denominadas costeo y presupuesto.
5- Asimismo, en relación con la plaza número 98737 – a la que se pretende modificar el perfil y trasladarla al Departamento de Registro de Partidos Políticos, la cual está vacante, se determina que no se afectaría la estructura y funcionamiento de la Unidad de Presupuesto y Costos, si se reclasifica a una inferior o se intercambia con una de otra unidad administrativa.
6- En relación con lo pretendido de que la Unidad de Presupuesto y Costos cuente con un puesto de la clase Profesional Ejecutor 3, bajo el argumento de que en esa unidad se ejecutan dos actividades principales – costeo y presupuesto- y que se desea contar con un profesional de ese nivel dado el grado de dificultad de las labores, se determinó que es procedente que cuente con un puesto de ese nivel para las actividades descritas en la descripción de tareas indicadas en el cuestionario para la definición de puestos anexada al oficio DGRE-042-2012.
7- Como corolario de las anteriores conclusiones, se establece que es procedente efectuar los traslados de los puestos 45470 y 98737 entre el Departamento de Registro de Partidos Políticos y la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, específicamente para la Unidad de Presupuesto y Costos. Por ende, es necesario el cambio de perfiles solicitados.
IX – Recomendaciones
1- Aprobar la estructura del Departamento de Registro de Partidos Políticos de manera que cuente con dos áreas operativas: -“Archivo y Fiscalización de Asambleas” y “Registro y Resolución de Actos Inscribibles”, siendo que la primera asumirá las funciones que se pretendieron tuviera otra eventual área en una propuesta de estructura pasada.
2- Mantener la inclusión de plaza Profesional Ejecutor 2 para el Departamento de Registro de Partidos Políticos, que se incluirá en el presupuesto 2013, la cual debe asignarse al área de Archivo y Fiscalización de Asambleas.
3- Que el Departamento de Registro de Partidos Políticos remita a la mayor brevedad al Departamento de Recursos Humanos un nuevo “cuestionario para la definición de puestos” para que éste último pueda proceder con la modificación del perfil del puesto 98737.
4- Aprobar la estructura de la Unidad de Presupuesto y Costos según se detalla en la conclusión cuarta de este estudio.
Economía. En cuanto al segundo: Licenciatura en Derecho y dos años de experiencia en la ejecución de labores relacionadas con el puesto.
6- Trasladar, a partir de 1 de junio del año en curso, el puesto 45470, Profesional Ejecutor 3, a la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos.
7- Trasladar, a partir de 1 de junio del año en curso, el puesto 98737, Profesional en Gestión 2, al Departamento de Registro de Partidos Políticos.
8- Que las Jefaturas del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos y la del Departamento de Registro de Partidos Políticos procedan a gestionar los nombramientos que correspondan.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda, salvo el punto segundo. En su lugar y de ser indispensable, esas necesidades serán cubiertas con personal de servicios especiales. ACUERDO FIRME.
E) Nombramientos en propiedad en la Oficina de Seguridad Integral. Del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario General de este Tribunal, se conoce oficio n.° STSE-1370-2012 del 10 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con el oficio RH-0954-2012 de ayer que suscribe el Lic. Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, con el que propone ocho nóminas de candidatos elegibles para ocupar en propiedad igual cantidad de plazas de Oficial de Seguridad y Vigilancia en la Oficina de Seguridad Integral, respetuosamente someto a consideración del Superior las siguientes ternas:
Puesto número 353554:
1.- Castro Badilla William
2.- Rivel Quirós Geovanni
3.- Aguilar Ormasis Jorge Arturo
Puesto número 353556:
1.- Rivel Quirós Geovanni
2.- Aguilar Ormasis Jorge Arturo
3.- Estrada Sánchez Yamileidy
Puesto número 353558:
1.- Aguilar Ormasis Jorge Arturo
2.- Estrada Sánchez Yamileidy
3.- Madrigal Quirós Freddy
Puesto número 353559:
1.- Estrada Sánchez Yamileidy
2.- Madrigal Quirós Freddy
3.- Jara Solano Jorge Enrique
Puesto número 353560:
1.- Madrigal Quirós Freddy
2.- Jara Solano Jorge Enrique
3. Carvajal Delgado Rafael Ángel
Puesto número 353562:
1.- Jara Solano Jorge Enrique
2.- Carvajal Delgado Rafael Ángel
3.- Hernández Prado Vilma
Puesto número 45489:
1.- Carvajal Delgado Rafael Ángel
2.- Hernández Prado Vilma
3.- Monge Lemaitre Carlos
Puesto número 86906:
1.- Centeno Rangel Nereyda
2.- Hernández Prado Vilma
3.- Monge Lemaitre Carlos
Los funcionarios que ocupan las primeras posiciones en las ternas han sido recomendados por escrito por el señor Richard Poveda Solórzano, Jefe de la Oficina de Seguridad Integral, lo cual es avalado por el suscrito.
Las personas seleccionadas se ubicarán en propiedad a partir del próximo 1º de julio de 2012 en los puestos citados como Oficiales de Seguridad y Vigilancia en la Oficina de Seguridad Integral, donde tendrán asignado un salario base de ¢345.000,oo por mes, anualidades a razón de ¢7.282,oo cada una y dos complementos salariales del 10%, uno como incentivo por la responsabilidad en el ejercicio de la función electoral y otro por peligrosidad o riesgo a la integridad física en virtud de su exposición a factores exógenos en el desempeño del cargo, todo de conformidad con el índice salarial actualmente vigente.".
Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0992-2012 del 14 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Mediante oficio número RH-0954-2012 del pasado 9 de mayo se trasladó a conocimiento de su despacho el detalle de las ocho nóminas de candidatos elegibles para proceder a nombrar en propiedad igual cantidad de Oficiales de Seguridad y Vigilancia en la Oficina de Seguridad Integral, concretamente en los puestos números 353554, 353556, 353558, 353559, 353560, 353562, 45489 y 86906. Por razones del preaviso que debe otorgarse a varios de los funcionarios que actualmente y en forma interina ocupan algunas de esas plazas, se propuso como fecha de rige el próximo 1° de julio.
No obstante, siendo que en realidad no a todos hay que darles el preaviso y que dos de las plazas están actualmente vacantes, es viable modificar esa fecha de rige de manera que algunas de las personas que se van a nombrar en propiedad puedan ingresar antes. Siendo así y tomando en consideración la disponibilidad de los candidatos, así como el hecho de que varios de los oficiales que están interinos podrán ser trasladados a otras plazas, someto a su estimable consideración una nueva propuesta de fecha de rige para los nombramientos:
FECHA |
PLAZAS |
1° de junio |
353554, 353558, 353562, 86906 |
1° de julio |
353556, 353559, 353560, 45489". |
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día el segundo de los oficios que se conocen. 2.- Aprobar los nombramientos en propiedad conforme se propone, con rige a partir de las fechas indicadas por el señor Carías Mora. ACUERDO FIRME.
F) Informe sobre la distribución de puestos de Cargos Fijos y Servicios Especiales en la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-1245-2012 del 10 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo solicitado por el señor Héctor Fernández Masís, Director General de la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos, mediante oficio N. DGRE–161-2012; se remite a conocimiento del Superior copia de la distribución de puestos en cargos fijos y servicios especiales que actualmente conforman la Dirección a su cargo, de manera que, de aprobarse la propuesta, se practiquen los movimientos en el anteproyecto de presupuesto del Tribunal para el año 2013. La distribución incluye a la propia Dirección de Registro Electoral como a sus tres Departamentos.
Se adjunta propuesta donde se indica el código presupuestario de la dependencia, cantidad y números de puestos y clases de puestos.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
G) Renuncia del funcionario Geison Arce Méndez. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0983-2012 del 11 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 14 de mayo del 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número PROV-0403-2012 del pasado 7 de mayo que suscribe el Lic. Allan Antonio Herrera Herrera, Proveedor del Tribunal, con el cual adjunta nota que suscribe el señor Geison Arce Méndez, funcionario interino del Departamento de Proveeduría, quien comunica que por una situación impostergable no se presentará más a laborar después del 3 de mayo en curso, último día que laboró.
Dicho colaborador ingresó a este organismo electoral el 1° de julio de 2009 y su actual nombramiento se mantendría vigente hasta el momento en que se designara al nuevo propietario de la plaza de trabajador misceláneo 1 que estaba ocupando.
Según lo que señala el Código de Trabajo y de acuerdo con el tiempo laborado por el señor Arce Méndez en el Tribunal, al presentar su renuncia debía dar como mínimo un mes de preaviso, lo que no sucedió pues incluso presentó su nota el 7 de mayo, es decir, cuatro días después de su cese de funciones. Siendo así, para efectos de darle trámite a la presente gestión de renuncia y de conformidad con lo que dispuso el Superior en sesión 148-2006, oficio número 4653-TSE-2006 del 27 de julio de 2006, adjunto se incluye el oficio número PROV-0410-2012 que también suscribe el Lic. Herrera Herrera, a través del cual manifiesta que la renuncia interpuesta no generará inconvenientes, atrasos, daños o perjuicios en la oficina a su cargo, pues ya adoptaron las medidas necesarias para evitar tales situaciones.
De acuerdo con lo expuesto y salvo superior criterio, estima el suscrito que no sería necesario formular proceso alguno con el propósito de cobrar preaviso al señor Geison Arce Méndez por no haberlo otorgado de acuerdo con la legislación.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
H) Renuncia de la funcionaria Ana Yanixia González Alvarado. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.º RH-0984-2012 SUSTITUIR del 14 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración la nota del pasado 11 de mayo que suscribe la señora Ana Yanixia González Alvarado, funcionaria interina destacada en la Dirección Ejecutiva, a través de la cual presenta renuncia al cargo que ocupa en virtud de los motivos que se sirve exponer, lo que – según indica – sería con rige a partir de hoy. Siendo que justamente hoy se le depositó en su cuenta el pago de la primera quincena completa, deberá entonces el Departamento de Contaduría realizar las gestiones correspondientes para el reintegro de sumas giradas de más, pues se le cancelaron los días 14 y 15 de mayo que no los trabajará.
Dicha funcionaria labora para este organismo electoral desde el 1° de octubre de 2009 y su actual nombramiento se mantendría vigente hasta el momento en que el titular de la plaza en que ella se encuentra nombrada regrese a ocuparla o haya que designar en la misma a un nuevo propietario, lo que ocurriera primero.
Según lo que señala el Código de Trabajo y de acuerdo con el tiempo laborado por la señora González Alvarado en el Tribunal, al presentar su renuncia debía dar como mínimo un mes de preaviso, lo que no sucedió pues lo hizo con tan solo dos días de antelación. Siendo así, para efectos de darle trámite a la presente gestión de renuncia y de conformidad con lo que dispuso el Superior en sesión 148-2006, oficio número 4653-TSE-2006 del 27 de julio de 2006, adjunto se incluye el oficio número DE-1225-2012 que suscribe el Lic. Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, mediante el cual manifiesta que la renuncia interpuesta no afectará las labores ordinarias de la dependencia a su cargo.
De acuerdo con lo expuesto y salvo superior criterio, estima el suscrito que no sería necesario formular proceso alguno con el propósito de cobrar preaviso a la señora Ana Yanixia González por no haberlo otorgado de acuerdo con la legislación.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
I) Encargo de funciones del señor Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-0988-2012 del 14 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal ese mismo día, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el memorando número DGRE-098-2012 de hoy que suscribe el Lic. Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral, mediante el cual solicita autorización para disfrutar a título de vacaciones los días 17 y 18 de mayo. En virtud de lo anterior, solicita que durante ese breve lapso sus funciones se encarguen en el Lic. Gerardo Abarca Guzmán, quien se desempeña como Secretario General del Registro Electoral y en otras ocasiones ha asumido esa misma responsabilidad.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
J) Vacaciones del señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron. El señor Magistrado Esquivel Faerron solicita verbalmente se le otorgue el disfrute de vacaciones para los días del 12 al 20 de julio de 2012.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado Ovelio Rodríguez Chaverri. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Esquivel Faerron.
K) Permuta transitoria de puestos. Se dispone: Permutar transitoriamente los puestos n.º 72880 de Asistente Funcional 3 y n.º 101923 de Asistente Administrativo 1, a partir del 16 de mayo de 2012. ACUERDO FIRME.
L) Vacaciones de la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría. La señora Magistrada Zamora Chavarría solicita verbalmente se le otorgue el disfrute de vacaciones para los días del 02 al 11 de julio de 2012.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. Para sustituirla, previo sorteo de rigor, se designa al señor Magistrado Rodríguez Chaverri. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.
M) Puestos del Servicio de Información de Jurisprudencia y Normativa de la Secretaría General del TSE. Se dispone: Toda vez que las directrices establecidas por el Ministerio de Hacienda vedan la incorporación de nuevas plazas de cargos fijos para el año 2013, modifíquese el acuerdo adoptado por este Tribunal en el artículo segundo de la sesión ordinaria n.° 036-2012 celebrada el 26 de abril de 2012 (comunicado mediante oficio n.º STSE-1209-2012 de la misma fecha), en el sentido de suspender por el año 2013 el traslado a cargos fijos de las plazas n.º 357877 y n.º 353567. ACUERDO FIRME.
N) Encargo de funciones del Jefe del Departamento de Coordinación de Programas Electorales. Se dispone: En adición a lo dispuesto por este Tribunal en el acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 15-2012, celebrada el 14 de febrero de 2012, comunicado mediante oficio n.º STSE-0407-2012 de la misma fecha, durante los días 16 al 21 de mayo de 2012 se encargan las funciones de Coordinador de Programas Electorales al señor Esteban Durán Hernández. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE LAS ELECCIONES GENERALES 2014.
A) Aval al Convenio Marco de Cooperación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Del señor Enrique Castillo Barrantes, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se conoce oficio n.º DM-278-2012 del 08 de mayo de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de saludarlo en ocasión de referirme a su atenta comunicación No. STSE-1109-2012, con la que adjunta el borrador del Convenio Marco de Cooperación entre este Ministerio y el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante el cual se regulan las actividades que, dentro del marco de competencia de ambas entidades, se desarrollarán para promover y ejecutar el voto de los costarricenses residentes en el extranjero.
En virtud de que el borrador que nos ocupa ya cuenta con el aval de las dependencias correspondientes, tanto del Tribunal Supremo de Elecciones como del Ministerio de Relaciones Exteriores, procederé a girar instrucciones para que se coordine la suscripción de este convenio, el cual marcará un hito histórico en la vida institucional de nuestro país.".
Se dispone: Agradecer al señor Ministro Castillo Barrantes la atenta instancia y colaboración brindada. Para lo de sus respectivos cargos, tomen nota la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, el Departamento Legal y la Unidad de Prensa y Protocolo. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Modificación al Reglamento del Régimen de Disponibilidad en el Tribunal Supremo de Elecciones. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-1095-2012 del 26 de abril de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Dada la entrada en vigencia del nuevo Código Electoral en el año 2009 y la consecuente creación de la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, lo que a su vez hizo necesario la reestructuración de la Coordinación de Programas Electorales y la formación de más unidades administrativas, derivó que dicha Dirección sea ahora la instancia Superior de esa Coordinación.
Sobre el particular, se hace necesario modificar los artículos 4, 5, 11 y 12 del Reglamento del Régimen de Disponibilidad en el Tribunal Supremo de Elecciones, básicamente para sustituir “Coordinación de Programas Electorales” por Dirección General y de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos.
En consecuencia, se somete a consideración del Superior, propuesta para modificar todos los artículos en mención.
“Artículo 4.- De la compensación económica por horas extras laboradas durante la disponibilidad. A la persona funcionaria que se encuentre sometida al régimen de disponibilidad y sea requerida para presentarse a realizar alguna actuación propia de sus funciones, le será retribuido el tiempo de trabajo efectivo como horas extras, las cuales serán tramitadas ante la Dirección Ejecutiva o la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, según corresponda, y ejecutadas por los departamentos de Recursos Humanos y Contaduría, según el procedimiento establecido para la autorización y pago de tiempo extraordinario de trabajo. Las horas extras laboradas deberán justificarse con base en los mecanismos de control que se establezcan.
Artículo 5.-* De la determinación de las áreas institucionales y puestos sujetos al régimen de disponibilidad. Corresponde al Tribunal, previo estudio técnico y mediante acuerdo, autorizar las áreas institucionales, las condiciones y los puestos que estarán sujetos al régimen de disponibilidad. Para estos efectos, se constituye la Comisión de Disponibilidad, la cual estará conformada por las jefaturas de la Dirección Ejecutiva, quién presidirá esta comisión, del Departamento de Recursos Humanos y de la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos. Corresponderá a dicha comisión realizar el estudio técnico previo a la decisión del Tribunal, en el que valorarán cuáles áreas requieren personas funcionarias que laboren bajo el régimen de disponibilidad, y calificarán los eventos y situaciones de carácter urgente que merecen ser atendidos bajo el citado régimen. El estudio comprenderá la frecuencia con que ocurren los eventos y la atención brindada. Asimismo, se tomará en cuenta el criterio de la jefatura inmediata y de las personas funcionarias del área institucional que se esté valorando sujetar al régimen de disponibilidad. La Secretaría del Tribunal comunicará a las personas funcionarias el acuerdo mediante el cual se les sujeta a ese régimen y coordinará con el Departamento de Recursos Humanos lo relativo a la acción de personal en la que se materialice la sujeción al régimen de disponibilidad.
Artículo 11.- Facilidades para la prestación del servicio. El Tribunal se compromete a cancelar a la persona funcionaria los gastos de transporte público, incluyendo el servicio de taxi cuando el servicio de autobús no esté disponible o no resulte conveniente a los intereses de la institución, en que incurra la persona funcionaria para desplazarse del lugar donde se encuentre, dentro del perímetro de treinta kilómetros, hasta el lugar de trabajo habitual y viceversa; a fin de que atienda el servicio para el que se le requirió. En casos excepcionales, a criterio del Tribunal, podrá ser la Dirección Ejecutiva o la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, según corresponda, las que acuerden el otorgamiento de otras facilidades a la persona funcionaria sujeta al régimen de disponibilidad, tales como viáticos y similares. Las anteriores erogaciones se realizarán con fundamento en la normativa vigente en materia de viáticos y transporte para personas funcionarias públicas de la Contraloría General de la República.
Artículo 12.- Suspensión de las condiciones del régimen de disponibilidad y su pago. El Tribunal podrá suspender el régimen de disponibilidad y el pago de la compensación por disponibilidad en cualquier momento, de forma temporal, mientras subsista el motivo de suspensión, o de forma definitiva, en ambos casos, por razones de conveniencia institucional.
Para esos efectos, la Dirección Ejecutiva, el Departamento de Recursos Humanos y la Dirección General de Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos informarán al Tribunal sobre la conveniencia o no de mantener a la persona funcionaria dentro del régimen. Se suspenderá el régimen y el pago de la compensación para una persona funcionaria sujeta a dicho régimen, cuando le sea otorgada una licencia con o sin goce de salario, sea esta a tiempo completo o parcial; cuando la persona funcionaria esté recibiendo capacitación y la actividad resulte incompatible con las obligaciones del régimen de disponibilidad; cuando esté disfrutando de vacaciones; en caso de incapacidad por enfermedad o maternidad; cuando se le aplique una sanción disciplinaria de suspensión o ante cualquier otra situación que le impida desempeñarse en el puesto de acuerdo con las obligaciones del régimen de disponibilidad, a criterio del Tribunal. También será razón suficiente, para suspender el régimen de disponibilidad o para excluir a una persona funcionaria en tal condición, que se demuestre el incumplimiento de las obligaciones del régimen”.
Finalmente, cabe indicar que los textos propuestos cuentan con la revisión filológica de la señorita Johanna María Barrientos Fallas, funcionaria del IFED.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda; en consecuencia, promúlguese el siguiente decreto, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:
"N.º __-2012
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 incisos a) y ñ) del Código Electoral;
DECRETA
La siguiente
REFORMA A LOS ARTÍCULOS 4, 5, 11 Y 12 DEL REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE DISPONIBILIDAD EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Artículo 1.- Refórmanse los artículos 4, 5, 11 y 12 del "Reglamento del Régimen de Disponibilidad en el Tribunal Supremo de Elecciones", decreto n.º 06-2008 del 28 de octubre de 2008, publicado en La Gaceta n.º 220 del 13 de noviembre de 2008, para que en lugar de las frases "Coordinación de Programas" o "Coordinación de Programas Electorales" se lea "Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos".
Artículo 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.
B) Solicitud de modificación de fechas del viaje del señor Javier Matamoros Guevara y de la señora Giannina Aguilar Sandí a la República Popular de China. Del señor Javier Matamoros Guevara, Encargado de la Unidad de Prensa y Protocolo, se conoce oficio n.° PYP-034-2011(sic) del 11 de mayo del 2012, el cual cuenta con el visto bueno del señor Alejandro Bermúdez Mora, Secretario General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De la manera más respetuosa me permito solicitar la modificación del acuerdo tomado por el Tribunal en sesión ordinaria N°030-2012 del 10 de abril de 2012, Oficio STSE-0980 de ese mismo día, en el cual designa al suscrito y a la señora Giannina Aguilar Sandí, para atender la invitación cursada por la Embajada de la República Popular China en Costa Rica, respecto del Taller de Directores y Periodistas de la Prensa de Países de América Latina y El Caribe, en el sentido de que el período del viaje es del 14 de mayo al 06 de junio de 2012.
Lo anterior debido a la comunicación del itinerario de viaje recibido hoy por la mañana, en el cual se contempla un regreso al país para el mencionado día 06 de junio en horas de la noche.".
Se dispone: Modificar el acuerdo referido conforme se propone. ACUERDO FIRME.
C) Aprobación del Plan Operativo Institucional 2012. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-1239-2012 del 09 de mayo de 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 11 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Tribunal Supremo de Elecciones, en sesión ordinaria n.o 072-2011, celebrada el cuatro de agosto de ese mismo año, dispuso entre otras cosas, aprobar el Plan Operativo Institucional Preliminar 2012.
A partir de los montos que en definitiva aprobó la Asamblea Legislativa según Ley n.o 9019 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2012”, la reprogramación presupuestaria del año 2012, calendarizada por el Ministerio de Hacienda para el 04 de mayo de 2012, según circular de la Dirección General de Presupuesto Nacional n.o DGPN-212-2012, así como los decretos ejecutivos de traslados de partidas presupuestarias que se han gestionado hasta la fecha, esta Dirección Ejecutiva procedió con los ajustes pertinentes, al citado POI-2012 Preliminar, con el propósito de emitir su versión definitiva.
Consecuentemente, me permito acompañar el Plan Operativo Institucional 2012, en el que se contemplan entre otros aspectos, productos, objetivos, indicadores y metas que sustentan nuestra programación presupuestaria; así como aspectos asociados con las políticas que se promueven a nivel nacional en torno al tema de accesibilidad para la población con capacidades especiales, según lo establece la Ley n.o7600 “Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad”. De igual forma, lo relativo a la incorporación de la perspectiva de género en el quehacer organizacional.
Lo anterior, a efecto de que, si bien lo tiene el Superior, le brinde su aprobación, luego de lo cual, este despacho procedería a remitir un ejemplar al Centro de Documentación y comunicarlo a las diferentes Jefaturas de la Institución.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DEL REGISTRO CIVIL.
A) Solicitud de prórroga para revisión de Reglamento de Naturalizaciones. De los señores Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a.i. del Departamento Legal y Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.° DL-168-2012 del 11 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"En acuerdo tomado por el Superior y comunicado en oficio STSE 1178-2012-Sustituir, del 24 de abril del 2012, se dispuso que los suscritos revisemos el proyecto de Reglamento de Naturalizaciones.
En virtud de que la revisión implica establecer las relaciones de cada articulado (132 en total) con distinta normativa, principalmente con lo establecido en la Ley N° 8220 (Ley de protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos) y su Reglamento, respetuosamente informamos que la labor encomendada se encuentra bastante avanzada. Sin embargo, consideramos necesario se nos conceda un plazo adicional, de cinco días hábiles, para rendir el informe pertinente, toda vez que por los diversos asuntos que hemos tenido que atender en nuestros respectivos despachos, será difícil concluir la labor como quisiéramos, en el plazo originalmente otorgado.".
Se dispone: Prorrogar el plazo otorgado hasta el 16 de mayo de 2012. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS DEL PADRÓN NACIONAL ELECTORAL.
A) Listado de nuevos electores de abril del 2012. Del señor Carlos Arguedas Rojas, Jefe de la Sección de Padrón Electoral, se conoce oficio n.° PE-1108-2012 del 10 de mayo de 2012, recibido el día siguiente en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Le remito un listado que contiene el CONTROL DE NUEVOS ELECTORES, con totales por provincia, partido especial y naturalizados, conforme al período que se detalla, resultado de la tramitación de gestiones cedulares aprobadas en el mes de marzo de 2012.".
Se dispone: Tener por rendido el informe. Continúese informando sobre el particular. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SETIMO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITÉS INSTITUCIONALES.
A) Conformación del Comité Central de Emergencias del TSE. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.º DE-1211-2012 del 08 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual se refiere a la conformación del Comité Central de Emergencias de estos organismos electorales y con fundamento en una serie de consideraciones literalmente recomienda:
"Por lo expuesto con anterioridad, esta Dirección considera conveniente salvo Superior criterio, se reforme el Reglamento de Emergencias y Evacuación del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, decreto n.° 02-2005, del 2 de enero del 2005, en los siguientes términos y condiciones:
Artículo 4°.- “El Responsable Operativo al que se refiere el artículo anterior será nombrado por el Comité y deberá ocupar en el momento del nombramiento, un puesto profesional dentro de la institución en el campo de la Salud Ocupacional, de conformidad con lo que establece el Manual Descriptivo de Clases y Puestos del Tribunal Supremo de Elecciones”.
De aprobarse lo anterior se solicita a este estimable Tribunal se proceda a tramitar la reforma al Artículo 4° del Reglamento de Emergencias y Evacuación del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, decreto n.° 02-2005, del 2 de enero del 2005, con rige a partir de su publicación en el diario Oficial La Gaceta; cabe destacar que la propuesta de modificación del citado artículo, cuenta con la revisión filológica de la señorita Johanna Barrientos Fallas, funcionaria del IFED.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda; en consecuencia, promúlguese el siguiente decreto, cuya publicación se ordena, de conformidad con el siguiente texto:
"N.º __-2012
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Con fundamento en los artículos 102 inciso 10) de la Constitución Política y 12 incisos a) y ñ) del Código Electoral;
DECRETA
La siguiente
REFORMA AL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO DE EMERGENCIAS Y EVACUACIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Y DEL REGISTRO CIVIL
Artículo 1.- Refórmase el artículo 4 del "Reglamento de Emergencias y Evacuación del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil", decreto n.º 02-2005 del 02 de enero de 2005, publicado en La Gaceta n.º 29 del 10 de febrero de 2005, para que se lea de la siguiente manera:
"Artículo 4.- El Responsable Operativo al que se refiere el artículo anterior será nombrado por el Comité y deberá ocupar, en el momento del nombramiento, un puesto profesional dentro de la institución en el campo de la Salud Ocupacional, de conformidad con lo que establece el Manual Descriptivo de Clases y Puestos del Tribunal Supremo de Elecciones."
Artículo 2.- Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.". ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO OCTAVO. ASUNTOS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.
A) Sobre la publicación de "El Progreso de las mujeres en el mundo 2011-2012: En busca de la Justicia" del PNUD. De la señora Luiza Carvalho, Representante Residente PNUD, Coordinadora Residente del Sistema de las Naciones Unidas en Costa Rica, se conoce oficio n.° ORG/130/02: 093 sin fecha, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciba un cordial saludo. Me complace hacerle llegar cien ejemplares de la siguiente publicación: “El Progreso de las Mujeres en el Mundo 2011-2012: En busca de la Justicia”. Este documento, publicado por ONU Mujeres - que es la organización de las Naciones Unidas dedicada a promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres- presenta diez recomendaciones para que los sistemas de justicia respondan a las necesidades de las mujeres.
Debido a la relevancia de los contenidos de los contenidos (sic) de la misma, le remitimos estos ejemplares, para su información y distribución, tal y como usted lo considere pertinente.
Aprovecho la oportunidad para reiterarle las seguridades de mi mayor consideración y estima.".
Se dispone: Agradecer a la señora Carvalho la remisión de tan relevante publicación, la cual será remitida a la Unidad de Género, a la Comisión Especializada de Inclusión y Protección Laboral de las Personas con Discapacidad, al Programa Electoral Equiparación de las Condiciones para el Ejercicio del Sufragio y al Centro de Documentación del IFED para que éste lo remita a los socios de este organismo electoral, así como a sus homólogos de los protocolos de Tikal y UNIORE. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO NOVENO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Invitación para asistir a las elecciones presidenciales en México. De los señores Leonardo Valdés Zurita y José Alejandro Luna Ramos, por su orden, Consejero Presidente del Instituto Federal Electoral del Poder Judicial de la Federación de Estados Unidos Mexicanos y Presidente del Tribunal Electoral del referido Poder, se conoce memorial del 10 de abril de 2012, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal el 03 de mayo de 2012, dirigido al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiestan:
"El 1 de julio próximo, aproximadamente 78 millones de mexicanos seremos convocados a las urnas con la finalidad de elegir al Presidente de la República y a los 628 miembros del Congreso Federal: 128 Senadores y 500 Diputados.
Por lo anterior, las autoridades electorales federales de México nos permitimos invitar a usted para que participe en el Programa de acompañamiento para invitados institucionales que estamos preparando, en el marco de la jornada electoral referida, para lo cual estaríamos esperando el arribo de las delegaciones para el miércoles 27 de junio y la salida el lunes 2 de julio.
Hacemos de su conocimiento que existen lineamientos específicos en nuestro país para que cualquier ciudadano con nacionalidad diferente a la mexicana, pueda acreditarse bajo la figura de visitante extranjero, y presenciar el desarrollo de los comicios federales. Adjunto enviamos a usted la Convocatoria y el Formato de Acreditación correspondientes.
Con base en las disposiciones presupuestales, y tomando como criterio la reciprocidad, manifestamos que para esta ocasión estamos en condiciones de ofrecerle los traslados internos correspondientes al Programa de trabajo.".
El señor Magistrado Presidente Sobrado González manifiesta verbalmente que el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL) le ha comunicado que gentilmente se ocupará de sufragar los gastos de traslado aéreo y alojamiento para asistir a dicho programa de acompañamiento, razón por la cual, de aprobarse lo correspondiente, estos organismos electorales sólo se ocuparían de cubrir lo relativo a la respectiva alimentación.
Sale del salón de sesiones el señor Magistrado Sobrado González.
Se dispone: Agradecer a los señores Valdés Zurita y Luna Ramos la cordial invitación cursada. Se autoriza la participación del señor Magistrado Presidente Sobrado González en dicho programa de acompañamiento. Para sustituirlo, previo sorteo de rigor, se designa al Magistrado Juan Antonio Casafont Odor.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Luis Antonio Sobrado González |
Magistrado Presidente |
Estados Unidos Mexicanos |
27 de junio al 02 de julio de 2012 |
Participación en programa de acompañamiento del proceso electoral de Presidente de la República y miembros del Congreso Federal. |
Los requeridos para su participación en dicho programa según la normativa vigente. |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones el señor Magistrado Presidente Sobrado González.
B) Convocatoria a la Tercera Reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana. Del señor Santiago Hernán Corcuera, Presidente de la Cámara Nacional Electoral del Poder Judicial de la Nación República Argentina, se conoce memorial del 08 de mayo de 2012, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de mayo de 2012, dirigido al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi condición de presidente de la Cámara Nacional Electoral de la República de Argentina y del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana, en cumplimiento del acuerdo firmado en la ciudad de Washington D.C. el 13 de abril de 2010 en la Sede de la Organización de los Estados Americanos; a efectos de convocar a la Tercera Reunión del citado grupo, la que según lo resuelto en la segunda reunión, celebrada en la ciudad de México D.F. el 21 de junio de 2011-, tendrá lugar en la Ciudad de Buenos Aires el día 12 de junio de 2012.
En dicho encuentro se presentarán las publicaciones elaboradas en el período, se elegirá al próximo Presidente del Grupo y al compilador para las próximas publicaciones y se desarrollará un taller temático. Para su conocimiento, se adjunta el proyecto de temario y programa tentativo de la reunión.
Tribunal pone a su disposición a la Oficina de Comunicaciones y Organización, cuyo correo electrónico es cnelectotal.comunicaciones@pjn.gov.ar, para la cooperación y concreción de la logística y cuestiones operáticas de la reunión.
El Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos cubrirá los costos de los pasajes aéreos del participante del organismo a su cargo, para lo cual se ha designado al especialista Cristóbal Fernández, como enlace para acordar los asuntos pertinentes, […]".
Se dispone: Agradecer al señor Hernán Corcuera la remisión de dicha convocatoria. En virtud de compromisos adquiridos con anterioridad por el señor Magistrado Presidente Sobrado González, para atenderla se designa a la Magistrada Zetty María Bou Valverde.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Zetty María Bou Valverde |
Magistrada |
República Argentina |
11 al 13 de junio 2012 |
Participación en tercera reunión del Grupo de Trabajo de Jurisprudencia Electoral Americana |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.
C) Invitación del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica y República Dominicana. De la señora María Antonieta Botto, Presidente Pro Témpore del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica y República Dominicana, se conoce memorial del 08 de mayo de 2012, recibido -vía correo electrónico- en la Secretaría General de este Tribunal, el 11 de mayo de 2012, dirigido al señor Magistrado Presidente Sobrado González, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciba un cordial saludo de la Presidencia Pro Témpore del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica del Sistema de la Integración Centroamericana (COMMCA/SICA).
Por medio de la presente hacemos de su conocimiento que los días 29 y 30 de mayo del corriente año, realizaremos en la ciudad de Tegucigalpa, Honduras, una Reunión de Alto Nivel sobre “Agenda y Mecanismos Comunes Regionales de Acción para la Promoción de la Participación Política de las Mujeres”, con el apoyo de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo, y la Fundación Friedrich Ebert Stiftung.
El COMMCA, como órgano político del Sistema de la Integración Centroamericana, especializado en derechos humanos de las mujeres ha orientado sus acciones hacia la creación de condiciones favorables que permitan a las mujeres el goce y ejercicio pleno de sus derechos políticos y ciudadanos, así como alcanzar la paridad en el ejercicio del poder en la toma de decisiones en los distintos ámbitos de participación y representación social, política y económica. Estos son elementos que profundizan y consolidan las democracias de Centroamérica y República Dominicana, contribuyendo además a su desarrollo económico y social regional.
En ese marco y con el fin de concretar una ruta interinstitucional de trabajo que incida en la participación política de las mujeres en la región, y luego de realizarse una serie de acciones encaminadas al logro del objetivo antes descrito, se celebrará esta Reunión de Alto Nivel para la actualización del estado de situación en materia, así como la adopción de una agenda común y de los correspondientes mecanismos para la promoción de los derechos políticos de las mujeres en la región, en concordancia con el Plan Estratégico del COMMCA 2009-2013.
Se ha previsto la participación de altos funcionarios representantes de las instituciones electorales y órganos legislativos de los países de Centroamérica y República Dominicana, así como las Ministras del COMMCA y diputadas y diputados del Parlamento Centroamericana (PARLACEN).
Es importante indicar que esta Reunión se dividirá en dos partes: En la primera parte, especialistas presentarán el panorama actual para una participación igualitaria e inclusiva de las mujeres, considerando la diversidad intercultural como un eje transversal. La segunda parte se destinará a la discusión y aprobación del documento final de la agenda común y plan de acción e incidencia regional y los mecanismos (Comité de Coordinación y su Reglamento) para hacer operativo el eje de “Participación política de las mujeres” del Plan Estratégico del COMMCA 2009-2013. Para esto, se enviará en los próximos días una propuesta de documento, a la cual se solicita se envíen sus observaciones y comentarios a la Secretaría Técnica de la Mujer del COMMCA/SICA, antes de la Reunión.
Los gastos de participación en esta Reunión, consistentes en el boleto de viaje, movilización de terminal al hotel en Tegucigalpa y viceversa, alimentación y alojamiento, serán cubiertos por las instituciones organizadoras y las instituciones socias de la cooperación internacional anteriormente mencionadas, mas no así los gastos de transporte en su país de origen e impuestos terminales.
Para tales fines, le rogamos se nos notifique sobre su participación a más tardar el día viernes 18 de mayo de 2012, además de remitirnos su ficha de registro completa (documento adjunto) y copia de la página principal de su pasaporte, con el fin de realizar las gestiones oportunas para garantizar su participación. […]".
Se dispone: Agradecer a la señora Botto la invitación cursada. En virtud de compromisos adquiridos con anterioridad por el señor Magistrado Presidente Sobrado González, para atenderla se designa a la señora Eugenia María Zamora Chavarría. Para sustituirla durante su ausencia y previo sorteo de rigor, se llama al ejercicio de la Magistratura al Lic. Ovelio Rodríguez Chaverri.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Eugenia María Zamora Chavarría |
Magistrada Vicepresidenta |
República de Honduras |
28 al 31 de mayo de 2012 |
Paticipación en Reunión de Alto Nivel sobre “Agenda y Mecanismos Comunes Regionales de Acción para la Promoción de la Participación Política de las Mujeres” |
Ninguno |
Ninguno |
ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Zamora Chavarría.
D) Participación del señor Director General de Registro Electoral en el II Curso Internacional de Especialización para Autoridades de América Latina sobre Regulación de Campañas Electorales Del señor Héctor Fernández Masís, Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, se conoce oficio n.° DGRE-169-2012 del 14 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El pasado 24 de abril del año en curso, el Centro Internacional de Capacitación e Investigación (CICIE), a través de oficio n°CAI/229/2012, suscrito por el señor Manuel Carillo Poblano, Coordinador de Asuntos Internacionales del Instituto Federal Electoral de los Estados Unidos Mexicanos, informó a este Organismo Electoral de mi designación para representar al Tribunal Supremo de Elecciones en el II Curso Internacional de Especialización para Autoridades de América Latina sobre Regulación de Campañas Electorales, a celebrarse del 28 de mayo al 1 de junio de 2012 en la ciudad de México.
En virtud de lo anterior en sesión ordinaria n°036-2012 celebrada a las nueve horas del veintiséis de abril de dos mil doce, el Tribunal autoriza mi participación en la referida actividad.
Conscientes que el IFE se encuentra en los preparativos de la elección presidencial a celebrarse el próximo mes de julio, dentro de los cuales se incluye lo relativo al voto de los mexicanos residentes en el extranjero, le solicitamos al señor Manuel Carillo Poblano que nos ayudaran a indagar sobre la posibilidad de conocer con más detalle aspectos relativos a la logística electoral implementada en su país, aprovechando mi participación en la citada capacitación. En razón de lo anterior hemos coordinado con el señor Carlos Navarro Fierro, que durante mi visita podamos compartir temas atinentes a la logística del Voto en el Extranjero, como por ejemplo la habilitación en el Registro Federal de Electores, que valga decir según me informa está conformado por 60.000 personas, así como la entrega, despacho , (sic) recepción y custodia de toda la documentación electoral utilizada en el voto en el extranjero y aspectos logísticos propios del proceso electoral. En ese sentido, las autoridades del Instituto Federal Electoral han manifestado la total anuencia concederme un espacio en su agenda para tratar conmigo temas como los indicados, pero ello no es posible durante la semana del 28 de mayo al 1 de junio de 2012, proponiendo como fechas para las reuniones los días 4 y 5 de del mes de junio.
Considero muy provechosa mi participación en dichas reuniones, con el objetivo de conocer las fortalezas del sistema utilizado por el IFE en la implementación y logística del Voto en el Extranjero, razón por la cual respetuosamente solicito, si a bien lo tiene el Superior, se sirva autorizar que los boletos aéreos, que deben ser adquiridos por el Tribunal, se compren con la fecha de regreso el día 6 de junio y no el primero de mayo como inicialmente se tenía previsto, así como aprobar los gastos de viaje correspondientes del día 1 de junio al 6 de junio del 2012. En ese mismo orden de ideas, respetuosamente recomiendo que en mi ausencia se designe al Licenciado Gerardo Felipe Abarca Guzmán en el recargo de funciones.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita.
De conformidad con lo establecido por este Tribunal en el inciso h) del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 87-2008, celebrada el 02 de octubre de 2008, en relación con el viaje en cuestión se detalla lo siguiente:
Nombre completo del funcionario (a) |
Cargo que desempeña |
País (es) a visitar |
Período del viaje |
Objetivos del viaje |
Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación |
Gastos conexos y justificación |
Héctor Fernández Masís |
Director General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos |
Estados Unidos Mexicanos |
Del 28 de mayo al 06 de junio de 2012 |
Participación en el "II Curso Internacional de Especialización para Autoridades de América Latina sobre Regulación de Campañas Electorales" y visita técnica para conocer sobre la implementación de voto en el extranjero. |
Los requeridos para la visita técnica referida, del 1º al 06 de junio de 2012 según la normativa vigente. |
Los requeridos para la visita técnica referida, del 1º al 06 de junio de 2012 según la normativa vigente. |
ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO DECIMO. ASUNTOS EXTERNOS.
2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 09 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Con todo respeto, nos permitimos remitir adjunto nuestro informe de fin de gestión correspondiente al período 2005-2012, el cual en nuestra condición de Contralora General y Subcontralora General de la República y de conformidad con la normativa vigente hemos presentado ante la Asamblea Legislativa al cierre de nuestra gestión.
Reciba nuestro agradecimiento por el respeto y colaboración mostrada hacia esta institución y a sus jerarcas, que hoy día concluyen con el nombramiento que les permitió el honor y la gran responsabilidad de dirigir a este órgano de rango constitucional, auxiliar del Primer Poder de la República en la vigilancia de la Hacienda Pública.".
Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.
B) Propuesta de Cartas de Compromiso al Ciudadano. Del señor Max Solórzano Alvarado, Contralor de Servicios, se conoce oficio n.° CS-113-2012 del 04 de mayo del 2012, recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 07 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En relación con el acuerdo tomado por el Superior en sesión Nº. 005-2012, artículo cuarto, comunicado en oficio STSE-103-2012, relativo al proyecto de “Carta de Compromiso con el Ciudadano” impulsado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), la institución debe establecer los servicios sobre los cuales se implementarían las Cartas Compromiso con el Ciudadano. En este sentido y de acuerdo con las recomendaciones planteadas por el experto consultor en el proceso de capacitación que se ha recibido por parte del MIDEPLAN es necesario que la implementación de dichas cartas se realice en servicios que poseen una buena percepción de los usuarios, entre otros aspectos.
En la reunión que se sostuvo con la señora Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil y el señor Héctor Fernández Masis, Director General Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos el suscrito propuso como plan piloto implementar dicho proyecto en dos servicios:
1. Solicitudes de Cédula de Identidad.
2. Inscripción de un Partido Político.
Dicha propuesta fue avalada tanto por la señora Castro Dobles como por el señor Fernández Masís.".
Se dispone: Tomar nota. ACUERDO FIRME.
C) Invitación del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial. Del señor Erick Hess Araya, Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE), se conoce oficio n.° DE-E-190-12 del 10 de mayo del 2011 (sic), recibido en la Secretaría General de este Tribunal el 10 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Reciba saludos cordiales del Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial, ente rector en políticas públicas en discapacidad.
A partir de los procesos de asesorías ejecutados por el CNREE, desde la Gestión de Políticas Públicas, que se brinda a la Comisiones Institucionales en Materia de Discapacidad (CIMAD) en temas como: Accesibilidad universal, derechos humanos, normativa nacional e internacionales en discapacidad, entre otras; se ha programado la actividad denominada: "Accesibilidad al entorno Físico desde la perspectiva de la normativa en Discapacidad", bajo el marco jurídico de la Política Nacional en Discapacidad (PONADIS 2011-2021).
Es por lo anterior, que estamos otorgando 3 espacios para funcionarios y funcionarias de su institución con el fin de que asistan a dicha actividad. Los tres espacios otorgados deberán ser ocupados por:
o 1 representante de la CIMAD
o 1 representante del Depto. u oficina de obra civiles en las categorías de: ingeniería, arquitectura, construcción o mantenimiento
o 1 representante del departamento de presupuesto
La actividad se llevará a cabo el día 25 de mayo de las 8:00 a las 15:00 horas, en el Auditorio de la Escuela Nacional de Policía. Sita: San José, B° Córdoba, frente al Centro Comercial del Sur. […]".
Se dispone: Agradecer al señor Hess Araya por la invitación cursada. Para asistir a la actividad referida se designa a los señores Oscar Fernando Mena Carvajal, Percy Zamora Ulloa y Minor Castillo Bolaños. ACUERDO FIRME.
D) Informe sobre donación de un inmueble propiedad del TSE en Guatuso. Del señor Luis Guillermo Chinchilla Mora, Jefe a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.° DL-165-2012 del 10 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En atención a lo dispuesto por el Superior en la sesión ordinaria n.º 026-2012, artículo cuarto, celebrada el 20 de marzo del 2012 y comunicado a través del oficio STSE-0825-2012, me permito informar lo siguiente:
En dicha sesión se conoció el informe que este Departamento presentó a través del oficio DL-111-2012 del 14 de marzo de este año, el cual se relaciona con la solicitud interpuesta por el señor Gerardo Araya Saborío, Subjefe de la Delegación Policial de Guatuso para que se valorara la posibilidad de autorizar la construcción de una bodega y un comedor para el personal de esa Delegación, en el terreno que la Municipalidad de Guatuso donó al Tribunal y que está destinado a la construcción de la oficina regional del Tribunal en ese cantón.
En nuestro oficio también se indicó lo dispuesto por la Comisión de Construcciones en la reunión ordinaria número 682-11, celebrada el 10 de enero del 2011, que en lo que interesa señala:
“…referente a la donación del terreno en el cantón de Guatuso, hágase del conocimiento del Superior lo suscrito por la Oficina de Arquitectura en su oficio ARQ-017-2011, con la recomendación de que se proceda a gestionar su devolución o donación a otra entidad, toda vez que técnica y presupuestariamente no es viable para estos organismos electorales construir en ese lote (…). Se sugiere iniciar con los trámites pertinentes, a fin de explorar la posibilidad de que la Municipalidad de Guatuso pueda poner a disposición de estos organismos un área para la construcción de una sede regional en ese lugar…”
En virtud de lo anterior, el Tribunal dispuso, que de previo a resolver, este Departamento obtuviera el criterio del Ministro de Seguridad Pública y de la Municipalidad de Guatuso respecto del mecanismo de traspaso recomendado.
Posteriormente, el Arquitecto Institucional planteó ante la referida Comisión, la posibilidad de construir la sede regional con materiales prefabricados, y en este sentido la Comisión de Construcciones en la reunión ordinaria n.º 2-12 del 9 de abril de este año acordó acoger, la recomendación del señor Percy Zamora Ulloa, y en consecuencia solicitar a esta oficina, no continuar con las gestiones de traspaso de la propiedad (se adjunta copia ).
Para los efectos correspondientes, este Departamento informa que debido al interés actual, las gestiones encomendadas por el Superior en la sesiones 009-2011, oficio STSE 215-2011 y 026-2012, oficio 825-2012, se han suspendido.".
Se dispone: Tener por rendido el informe, el cual se acoge. Hágase del conocimiento del señor Araya Saborío. ACUERDO FIRME.
E) Convenio para integrar al TSE en el Sistema Tributario Municipal. De los señores Francisco Rodríguez Siles y Luis Guillermo Chinchilla Mora, Director Ejecutivo y Jefe a.i. del Departamento Legal, respectivamente, se conoce oficio n.° DL-160-2012 del 10 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"El Superior en sesión ordinaria 034-2012 del 24 de abril del 2012, comunicado a través del oficio STSE-1180-2012, dispuso que en el plazo de diez días hábiles rindieran informe conjunto el Departamento Legal y la Dirección Ejecutiva, respecto a la propuesta del señor Olmán Rojas Rojas, Coordinador General del Programa de Regularización de Catastro y Registro, para formalizar un convenio entre la Unidad Ejecutora del Programa de Regularización del Catastro y Registro-Ministerio de Hacienda, las Municipalidades y el Tribunal.
Sobre el particular, cabe señalar que con la finalidad de recabar información en punto a los alcances de dicho convenio y a efectos de reunirnos con el señor Rojas Rojas, le solicitamos, si así lo tiene a bien el Superior, ampliar el plazo de entrega del informe en diez días hábiles adicionales.
Por otra parte por tratarse de una propuesta de convenio que involucra aspectos relacionados con el acceso a la base de datos del Tribunal, solicitamos la participación en dicho informe del señor Dennis Cascante Hernández, Director General de Estrategia Tecnológica.".
Se dispone: Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
F) Solicitud de información sobre subpartida "Servicios de Gestión y apoyo del presupuesto institucional del 2012". Del señor José Luis Araya Alpízar, Viceministro de Egresos del Ministerio de Hacienda, se conoce oficio n.° DVME-027-2012 del 04 de mayo de 2012, recibido -vía fax- en la Secretaría de este Tribunal el 11 de mayo de 2012, mediante el cual literalmente manifiesta:
"La Asamblea Legislativa y la opinión pública han estado solicitando información sobre algunas partidas presupuestarias con la finalidad de dar mayor rendición de cuentas y transparencia al uso de estos recursos dentro de los presupuestos públicos.
En ese sentido, el Poder Ejecutivo requiere que su institución suministre información específica y detalla sobre la subpartida 1.04, Servicios de Gestión y Apoyo del presupuesto institucional del 2012. Se requiere el detalle sobre esta subpartida que incluya el nombre, justificación u objetivo, monto y reglón presupuestario de los contratos o servicios que abarquen el total del monto presupuestado, ya sea los contratos que están formalmente establecidos o que están por ser contratados.
Agradecemos hacer llegar el informe a más tardar el viernes 18 de mayo a este Despacho, de forma física y en un medio magnético.".
Se dispone: Atenderá el requerimiento del señor Araya Alpízar la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
G) Observaciones a la liquidación de gastos del Partido Unidad Social Cristiana. Del señor José Gerardo Pacheco Guerrero, quien manifiesta ser apoderado judicial del señor Randall Masís Jara dentro del proceso judicial seguido en el Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, expediente n.º 11-002634-1164-CJ-5, se conoce memorial del 14 de mayo de 2012, recibido el mismo día en la Secretaría General de este Tribunal, al cual adjunta copia de documentos relacionados con dicho expediente y manifiesta no tener duda de que este órgano electoral les dará el trámite correspondiente.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Hacer del conocimiento del señor Pacheco Guerrero y del Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago que este Tribunal, en la resolución número 2918-E10-2012 de las 13:40 horas del 17 de abril de 2012, al pronunciarse sobre la liquidación de gastos presentada por el partido Unidad Social Cristiana por su participación en las elecciones del 5 de diciembre de 2010, conoció la referida orden de embargo. Cabe indicar que dicha resolución fue notificada al Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago mediante cédula de notificación de las 11:30 horas del 4 de mayo de 2012 (folio 286 del expediente número 490-S-2011) y que, en todo caso, puede ser consultada por cualquier interesado en la página electrónica de este Tribunal (www.tse.go.cr). La resolución que interesa, entre otras cosas, ordenó al Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional depositar “… en la cuenta del Banco de Costa Rica, número 110026341164-5, perteneciente al Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, la suma de ¢347.769.062,41 (expediente judicial número 11-002634-1164-CJ) …”. Sobre el particular, en el noveno considerando de la resolución se apuntaba cuanto sigue:
“2.- Embargo ordenado por el Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago por la suma de ¢277.000.000,00 mas el 50% que determina la ley, que en este caso corresponde a la suma de ¢138.500.000,00, por lo que el total a embargar asciende a la suma de ¢415.500.000,00. Este embargo corresponde al expediente judicial número 11-002634-1164-CJ, en el que figura Randall Masis Jara como actor, y fue comunicado al Tribunal Supremo de Elecciones el 25 de mayo de 2011(ver folios 20 y 36 del expediente número 458-S-2011).
Respecto de esta orden de embargo este Tribunal no ha girado monto alguno; sin embargo, después de rebajar del total reconocido el monto embargado que se reseña en el punto 1 de este considerando, al PUSC le queda a su haber la suma de ¢347.769.062,41, monto que es inferior al que debe depositarse al Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago por la totalidad de lo embargado. Por tal motivo, lo procedente es ordenar la retención de esa suma y la diferencia resultante, que asciende a ¢67.730.937.59, deberá reservarse para ser conocida en posteriores liquidaciones.”. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.
Luis Antonio Sobrado González |
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Eugenia María Zamora Chavarría |
Max Alberto Esquivel Faerron |