ACTA Nº 82-2011

Sesión ordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las nueve horas del primero de setiembre de dos mil once, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

ARTÍCULO PRIMERO. APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.
Se leyó y aprobó el acta de la sesión ordinaria inmediata anterior.
ARTÍCULO SEGUNDO. ASUNTOS DE ADMINISTRACION DE PERSONAL.
A) Estudio administrativo formulado en la Sección de Actos Jurídicos. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2041-2011 del 22 de agosto de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 25 de agosto de 2011, mediante el cual informa sobre el estudio administrativo realizado en la Sección de Actos Jurídicos, a solicitud del señor Carlos Luis Brenes Molina, jefe de dicha sección, y con fundamento en una serie de consideraciones, literalmente recomienda:
"De conformidad con lo expuesto, se recomienda reasignar el puesto N. 45601 de Coordinador de Apoyo a Asistente Funcional, con un rige a partir del primero de enero del 2012, a lo que se le daría contenido presupuestario con cargo al disponible de la coletilla 180 de la subpartida 00101 “Sueldos para cargos fijos” del subprograma 850-01, para lo cual habría que proceder a dictar la resolución respectiva.".
Se dispone: Aprobar conforme se recomienda. ACUERDO FIRME.
B) Recargo de funciones del Administrador del Almacén de Proveeduría. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1801-2011 del 26 de agosto del 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 29 de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para los efectos pertinentes, me permito elevar a consideración del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número PROV-0802-2011 que suscribe el Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor de la institución, mediante el cual solicita, en virtud de que el funcionario William Montero Mayorga disfrutará vacaciones por espacio de 21 días a partir del próximo 2 de setiembre, que las funciones que le corresponden a este último como Administrador del Almacén de Proveeduría se le recarguen durante ese lapso al señor Oscar Ulate Arley, quien se desempeña interinamente como Coordinador de Apoyo en esa misma unidad.
Para atender tal gestión resultaría necesario aplicar la excepción que contempla el artículo 40 del Reglamento a nuestra Ley de Salarios, pues si bien el candidato que se recomienda posee experiencia en las tareas a realizar, no cumple con el requisito académico que exige el Manual Descriptivo de Puestos para la citada plaza. El Lic. Herrera Herrera solicita que se valore esta situación como un caso de excepción muy calificado, tal y como ya se hizo en años anteriores (ver sesiones 41-2009 del 28 de abril de 2009 y 056-2010 del 29 de junio de 2010, oficios STSE-1336-2009 y STSE-1735-2010).
Puede apreciarse que la solicitud del señor Proveedor cuenta con el aval presupuestario de la Dirección Ejecutiva y del Departamento de Contaduría.”.
Se dispone: Por excepción, se aprueba el recargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
C) Trámites del Régimen de Carrera Profesional. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CP-259-2011 del 26 de agosto de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 29 de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"De conformidad con lo que establece el artículo 28 del Reglamento para el Régimen de Carrera Profesional de este organismo electoral, me permito adjuntar copia del acta de la sesión número 05-2011 de esta Comisión, con la finalidad de que el Tribunal Supremo de Elecciones se sirva resolver lo que estime pertinente. Para esos efectos, se acompañan los expedientes de los funcionarios involucrados según el siguiente detalle:
EXPEDIENTE  NOMBRE DEL FUNCIONARIO        SOLICITA
    80               Carlos Fabián Jiménez Murillo           Ajuste
    87               Javier Matamoros Guevara               Ajuste
    102             María Olga Torres Ortiz                     Ajuste
    193             Mario Gudiño Umaña                         Ajuste
    207             María Elena Jiménez Saldaña            Ajuste
    212             Juan Vicente García Matamoros        Ajuste
    237             Wagner Granados Chaves                Ajuste
    325             Lucrecia Mora Marín                          Ajuste
    336             Anayansie Herrera Araya                  Ajuste
    365             Marcela Chinchilla Campos               Ajuste
    376             Karina Calvo Soto                             Incorporación
    377             Marilyn Bravo Cordero                       Incorporación
    378             Armando Machado Aguilar                 Incorporación
    379             Jorge Bolaños Villalobos         Incorporación".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
D) Trámites del Régimen de Dedicación Exclusiva. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° CDE-087-2011 del 26 de agosto de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 29 de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"En sesión número 06-2011 celebrada el pasado 17 de agosto, esta Comisión conoció las solicitudes que presentaron varios funcionarios de la institución para ser incorporados o excluidos del Régimen de Dedicación Exclusiva. Uno de ellos estima cumplir con los requisitos y reunir las condiciones establecidas para lo que solicita, siendo que con tal propósito aporta los documentos necesarios a fin de demostrarlo.
Realizados los estudios que corresponden, considera esta Comisión que en efecto la solicitud de incorporación del señor Luis Andrés Camacho Montero es procedente, pues fue ascendido interinamente a un cargo de nivel profesional para lo cual se requiere el grado académico de licenciatura, condición que él posee en Ingeniería Informática. Por otro lado, una funcionaria solicita la exclusión del régimen con el propósito de que se le reconozca el 25% por especialidad en computación y los otros dos casos corresponden a funcionarios a quienes lo procedente es aplicar un porcentaje del 65% por concepto de Prohibición.
De acuerdo con lo anterior y con fundamento en el artículo sexto del Reglamento para el Régimen de Dedicación Exclusiva, se eleva a conocimiento del Superior el expediente del señor Camacho Montero y se recomienda aprobar en virtud de las razones indicadas anteriormente.


EXPEDIENTE

NOMBRE Y CARGO

SOLICITA

COMPLEMENTO

306

Luis Andrés Camacho Montero
- Profesional de Gestión -

Incorporación

65%

De confirmar el Tribunal Supremo de Elecciones lo resuelto por la Comisión, al funcionario se le otorgaría el porcentaje anotado en el cuadro anterior como incentivo o complemento salarial por concepto de Dedicación Exclusiva. Asimismo, de acuerdo con pronunciamiento vertido por el Departamento Legal, conocido por la comisión en el artículo primero de la sesión número 05-2011, dicho complemento regiría a partir de la suscripción del contrato correspondiente por parte del funcionario y del Director Ejecutivo. Se adjunta también copia del acta de dicha sesión.".
Se dispone: Aprobar. ACUERDO FIRME.
E) Nombramiento interino en la Inspección Electoral. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1810-2011 del 29 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Para lo que a bien tenga disponer el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número IE-683-2011 del pasado 25 de agosto que suscribe la Licda. Kathia Villalobos Molina, Inspectora Electoral a.i., mediante el cual solicita que en la plaza de Profesional de Gestión número 104976 que temporalmente se encuentra vacante en ese despacho, se nombre en forma interina a la señorita María José Zamora Ramírez, quien no labora para la institución pero sí cumple los requisitos que el cargo demanda y cuenta con interés y disponibilidad.
La plaza que se cita corresponde a un Asistente de la Inspección Electoral y tiene como titular al señor Randall Marín Badilla, quien en la actualidad se encuentra con ascenso interino en sustitución del señor Luis Fernando Alfaro Martínez, dado que este último fue nombrado como Letrado del Tribunal.
Para acceder al nombramiento de la señorita Zamora Ramírez sería necesario aplicar el artículo 25 del Reglamento a la Ley de Salarios, el cual contempla la posibilidad de nombrar funcionarios interinos cuando no exista un registro de elegibles para la plaza que interesa, como sucede justamente con la que ahora nos ocupa. No obstante, tratándose de personas que no laboran para la institución tal artículo debe ser de aplicación en casos excepcionales calificados, como cuando se requiere por ejemplo a funcionarios especializados o con experiencia en determinadas áreas que no se consiguen dentro de este organismo electoral, tal y como ha sucedido con varios puestos profesionales que han sido ocupados por colaboradores provenientes de otras entidades en virtud de la amplia experiencia profesional que poseen en campos que son de interés institucional. 
Si bien a la Licda. Villalobos Molina se le explicó lo anterior, ella estima que estamos ante una situación de tal naturaleza y por ello justifica su petición indicando, en relación con la candidata, que “… (sic) cuenta con los años de experiencia profesional que a efecto de nombramiento, exige el Manual de Puestos de esta institución, dado su desempeño como Asistente y como Abogada en diferentes instituciones, entre ellas, la Sala Constitucional, el Registro Nacional, la Procuraduría General de la República, Ministerio de Trabajo y Ministerio de Planificación; lugares en donde se ha desempeñado en diversas áreas del derecho (sic), entre estas derecho (sic) laboral, administrativo, constitucional, procesal, entre otras, y especialmente ha tenido experiencia en investigaciones y procedimientos administrativos lo que conlleva aparejada la resolución de recursos, incidencias, etc., propias del contradictorio y de la instrucción. / (sic) Por otra parte, la candidata propuesta tiene un importante manejo en la investigación jurisprudencial, dado el trabajo realizado en la Procuraduría General de la República dentro de SINALEVI; así como una sólida formación académica en tanto actualmente es egresada de la Maestría de Justicia Constitucional de la Universidad de Costa Rica y se encuentra realizando su tesis de grado a efecto de optar por ese título, a lo cual se abona la experiencia obtenida en la Sala Constitucional; por otra parte, posee formación técnica como Mediador, es técnico especialista en Contratación Administrativa y ha tenido preparación metodológica para la redacción de informes técnicos. / (sic) No omito indicar que la experiencia profesional de la Licda. Zamora Ramírez, se aviene tanto cuantitativa como cualitativamente, al perfil funcionarial que sustentó la reclasificación del puesto de Asistente de la Inspección de la categoría Asistente Funcional a Profesional de Gestión.”
En caso de que el Superior apruebe la solicitud de la señora Inspectora Electoral a.i., la señorita María José Zamora Ramírez podría ser nombrada a partir del próximo 16 de setiembre en el puesto número 104976 de Profesional de Gestión con un nombramiento que se mantendría vigente hasta que el titular de la plaza regrese a ocuparla o haya que nombrar en ella (sic) a un nuevo propietario. De acuerdo con el índice salarial para la segundo semestre de este año, tendría asignado un salario base de ¢635.300,oo por mes, anualidades a razón de  ¢13.088,oo  cada una y los complementos de 65 % por concepto de prohibición y de 18% por su responsabilidad en el ejercicio profesional de la función electoral.".
Se dispone: Atendiendo a la directriz contenida en el artículo segundo de la sesión 069-2011, al apreciarse en el presente caso que no existe inopia, proceda la señora Inspectora Electoral a.i. a proponer el nombramiento que interesa de entre funcionarios electorales que cumplan con los requisitos del cargo. ACUERDO FIRME.
F) Traslado de la plaza del señor Mario Umaña al Departamento de Coordinación de Programas Electorales. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2084-2011 del 24 de agosto de 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Producto de la reorganización que se hizo en la Contraloría Electoral, esta Dirección recomendó al Superior el traslado de las labores de estudio y captura de la información relacionada con el abstencionismo, al Departamento de Coordinación de Programas Electorales, propuesta que fue aprobada por el Tribunal en Sesión Ordinaria n.° 047-2011, celebrada el 20 de mayo del año en curso, artículo noveno.

Hasta hace poco tiempo, la Unidad de  Estadística de esta Dirección contó con la colaboración de dos funcionarias quienes se encargaron de capturar los datos de los abstencionistas del Referendo efectuado en el 2007, labor de similar naturaleza que la que se está ejecutando actualmente en el Departamento de Coordinación de Programas Electorales y que deberá ser continuada por esa Coordinación con el fin de concentrar esa tareas (sic) en una misma unidad y ser consecuentes con la recomendación brindada en su oportunidad. Sumado a lo anterior, se deben completar los datos del abstencionismo de otros procesos electorales. Además, es importante recordar que a partir del año 2014 se efectuarán elecciones cada dos años y eventualmente la ejecución de un referendo cada año. En

consecuencia, se infiere que dada a (sic) la importancia de contar con esa información para los estudiosos de (sic) tema y para los diversos actores de la sociedad costarricense, es necesario darle continuidad a esa labor y dotarla de un profesional en estadística que asesore y oriente la captura de esa información.
Por lo anterior, esta Dirección considera que es de mayor conveniencia institucional concentrar esas tareas en el precitado Departamento y recomienda al Superior que la totalidad de las tareas indicadas sean asumidas en forma exclusiva por el Departamento de Coordinación de Programas Electorales, para lo cual esta Dirección cedería un profesional en Estadística a efecto de que coordine el personal que hará el proceso de captura de los datos, gestione la solicitud de los padrones registro con fotografía ante la Contraloría Electoral y coordine el proceso y la generación de la base de datos de abstencionismo. Para tal efecto, se propone el traslado de la plaza de Profesional Coordinador (puesto n.° 96136) ocupada por el señor Mario Umaña Mora, al Departamento de Coordinación de Programas Electorales.
La base de datos que se genere, deberá entregarse oportunamente a la Unidad de Estadística de la Dirección Ejecutiva, pues es el principal insumo para elaborar la publicación electoral con información pormenorizada sobre la participación y el abstencionismo, detallando la distribución de la ciudadanía empadronada, los votos recibidos y los datos de quienes no ejercieron su derecho al sufragio.".
Se dispone: Aprobar según se recomienda, a partir de la firmeza del presente acuerdo. ACUERDO FIRME.
G) Encargo de funciones de la Jefatura de la Sección de Servicio al Cliente de Tecnologías de Información. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1823-2011 del 31 de agosto del 2011, recibido el día siguiente en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Para lo que a bien tenga resolver el Tribunal Supremo de Elecciones, remito a consideración el oficio número SCTI-355-2011 del pasado 26 de agosto suscrito por la Licda. Ana Yancy Gutiérrez Francis, Jefa de la Sección de Servicio al Cliente de Tecnologías de Información, mediante el cual solicita autorización para disfrutar 5 días de vacaciones a partir del próximo 5 de setiembre.
Asimismo, solicita en su nota la señora Gutierrez (sic) Francis que durante ese lapso sus funciones se encarguen en el señor José Francisco Jiménez Quirós, quien ostenta el grado de Licenciatura en Ingeniería Informática y se desempeña en un puesto de Profesional de Apoyo en esa Sección.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Autorizar el disfrute de vacaciones solicitado, así como aprobar el encargo de funciones propuesto. ACUERDO FIRME.
H) Ampliación del recargo de funciones en la Auditoría Interna. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1799-2011 del 26 de agosto del 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 31 de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Remito a conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones el oficio número AI-133-2011 de ayer que suscribe el Lic. Oscar Alberto León Alonso, Auditor Interno, a través del cual solicita que se le autorice el adelanto de un día más en sus vacaciones del mes entrante, de manera que disfrute 19 días y no 18 como estaba la solicitud originalmente. De ser así, su ausencia – y por ende el recargo de sus funciones en el señor Juan Vicente García Matamoros – será del lunes 5 al viernes 30 de setiembre, ambas fechas inclusive.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
I) Recargo de funciones de la Jefatura del Departamento de Recursos Humanos. Del señor Ricardo Carías Mora, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, se conoce oficio n.° RH-1824-2011 del 31 de agosto del 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
“Con el propósito de atender asuntos imprevistos de índole personal, he requerido autorización para disfrutar a título de vacaciones los días 1 y 2 de setiembre, motivo por el cual me permito solicitar al Tribunal Supremo de Elecciones que durante ese breve lapso mis funciones se encarguen en la Licda. Jocelyn Brown Pérez, quien ocupa el cargo de Subjefe de Recursos Humanos y es la persona que me sustituye.”.
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar el encargo de funciones conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO TERCERO. ASUNTOS DE COMISIONES Y COMITES INSTITUCIONALES.
A) Actas del Comité Director del Sitio Web. Del señor Erick Guzmán Vargas, Coordinador del Comité Director del sitio Web de estos organismos electorales, se conoce oficio n.° CSW-0002-2011 del 30 de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Según lo dispuesto por el Tribunal en el inciso c) del artículo sexto de la sesión ordinaria n.º 028-2009, celebrada el 17 de marzo de 2009, comunicado mediante circular n.º STSE-0015-2009 de la misma fecha, se remiten las actas n.º 01-2010, n.º 02-2010 y n.º 01-2011 de las respectivas reuniones ordinarias, realizadas por el Comité Director del sitio Web de estos organismos electorales.
Para que se haga del conocimiento del Tribunal, a continuación se transcribe el artículo sexto del acta n.º 01-2011 supra referida, correspondiente a la reunión ordinaria celebrada el 10 de junio de 2011:
"ARTÍCULO SEXTO. EVALUACIÓN DE SITIOS WEB DEL GOBIERNO Y MUNICIPALIDADES DE COSTA RICA, REALIZADA POR INCAE BUSINESS SCHOOL. Del señor Juan Rafael Salas Navarro, Prosecretario del TSE, se conoce oficio n.º STSE-1316-2011 del 17 de mayo de 2011, recibido por el señor Guzmán Vargas el día siguiente, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Esta Secretaría comunica el acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesión Ordinaria n.º 046-2011, celebrada el diecisiete de mayo del año en curso, integrado por el señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron, que dice:
“ARTÍCULO DÉCIMO.-
De la señora Alicia Avendaño Rivera, Directora de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, se conoce oficio n.º 069-370-2011 del 28 de abril de 2010 (sic), recibido en la Secretaría de este Tribunal el 05 de mayo de 2011, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Le remitimos para su consideración el CD con el documento” (sic)  Evaluación de Sitios Web del Gobierno y Municipalidades de Costa Rica 2010” que corresponde a la cuarta edición del “ranking” de calidad de prestación de servicios públicos por medios digitales. El informe incluye la evaluación de 114 instituciones del gobierno central, instituciones autónomas y gobiernos locales.
La medición es realizada en forma anual y se hace por medio de una metodología diseñada por el INCAE hace cuatro años, como un esfuerzo de investigación para medir el avance del gobierno digital en Iberoamérica dentro del marco de la Cátedra AG de Gobierno Digital, en que participó INCAE Business School.
En el informe se presenta la calificación obtenida por la institución que usted representa y se incluye una fecha que detalla todos los hallazgos y oportunidades de mejora puntuales que puede realizar su institución, y la información sobre qué instituciones lo están haciendo mejor para promover posibilidades de colaboración.
Creemos importante que conozca la calificación obtenida con el propósito de fomentar el proceso de mejora continua y con aumentar los servicios digitales que se brinda al ciudadano teniendo como fin último es  (sic) alcanzar un Estado más eficiente y transparente.
Quedamos a la disposición para cualquier información adicional la cual puede ser solicitada a los correos electrónicos alicia.avendano@gobierno-digital-go-cr o vanessa.leal@gobierno-digital.go.cr ".
Se dispone: Pase a estudio e informe del Comité Director del sitio Web institucional. ACUERDO FIRME.”.".
 Se acuerda: 1.- Oportunamente, integrantes de este Comité tomarán contacto con los evaluadores, a fin de conocer más a fondo los criterios empleados en este y posteriores estudios. 2.- Recomendar al Tribunal cursar agradecimiento a la señora Avendaño Rivera por la remisión de tan relevante información, la cual tomará en cuenta este Comité para lo de su cargo. ACUERDO FIRME.".".
Se dispone: Tomar nota del contenido de las actas que se conocen; continúese informando sobre el particular. En relación con el acuerdo sexto supra transcrito, aprobar conforme se recomienda; proceda en consecuencia el propio señor Guzmán Vargas. ACUERDO FIRME.
B) Nueva conformación de la Comisión para Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público. Del señor Carlos Umaña Morales, Contador, se conoce oficio n.° CONT-633-2011 del 22 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"El Tribunal Supremo de Elecciones  en sesión Nº 037-2009 del dieciséis de abril de 2009 dispuso crear la comisión encargada de elaborar el “Plan de Acción de Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) en el Tribunal Supremo de Elecciones”, esto de conformidad con la solicitud realizada por el entonces Contador señor Gilberto Gómez Guillén (oficio CONT-205-2009 de 02 de abril de 2009), siendo que ésta quedó integrada por “los señores Minor Castillo Bolaños, en representación del Área Contable, Gilberto Gómez Guillén, en representación del Área Financiera, Marta Castillo Víquez en representación del Departamento Legal, Jeferson (sic) Vargas Salas en representación de la Proveeduría y Carlos Umaña Mora (sic), en representación de la Dirección Ejecutiva”.
Adicionalmente se elaboró el Plan, el cual fue remitido a la Secretaría del Tribunal mediante el oficio Nº CONT-837-2009 de seis de octubre de 2009, conocido por las señoras y señores magistrados el día ocho de ese mes y con el cual se dio cumplimiento al Transitorio II del Decreto Ejecutivo 34918-H.
Debido a cambios de carácter organizacional se hace obligatoria la sustitución de algunos de los miembros, así como la incorporación de un representante de la nueva Dirección General de Estrategia Tecnológica, esto debido al impacto en tecnologías de información que dicho proceso conlleva, siendo que se solicitó a las dependencias afectas (sic) a los cambios ya señalados la  definición de los nuevos participantes.
Es así como la Comisión, que tendrá bajo su cargo la continuidad en el proceso de implementación de las NICSP quedaría conformada por los siguientes funcionarios y funcionarias:
•   Carlos Umaña Morales, Contador y Minor Castillo Bolaños, Subcontador, en representación de la Jefatura de la Contaduría. El señor Umaña Morales coordinará la Comisión.
•   Douglas Sandí Guillén, en representación del Área Contable de la Contaduría.
•   Lady Orozco Oses, en representación de la Dirección Ejecutiva.
•   Patricia Chacón Jiménez, como representante de la Dirección General de Estrategia Tecnológica.
•   Luis Guillermo Chinchilla Mora, en representación del Departamento Legal y Jefferson Vargas Salas en representación de la Proveeduría.
No omito manifestar que la designación de estas personas para representar las oficinas involucradas, fue hecha por cada una de sus jefaturas.
Con base en lo anterior le solicito se sirva hacer de conocimiento de la señora y señores magistrados la nueva conformación de la Comisión mencionada, a afecto de que se brinde, salvo superior criterio, su aprobación.".
Se dispone: Agréguese la presente gestión al estudio conjunto ordenado a los señores Director Ejecutivo y Contador, según acuerdo del artículo cuarto de la sesión ordinaria n.º 081-2011, celebrada por este Tribunal el 30 de agosto de 2011, comunicado mediante oficio n.º STSE-2464-2011 de la misma fecha. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO CUARTO. ASUNTOS DE ORGANISMOS ELECTORALES INTERNACIONALES.
A) Cancelación de la invitación formulada al señor Hugo Picado León para colaborar con el Tribunal Contencioso Electoral de Ecuador. Del señor Hugo Picado León, Director General del Instituto de Formación y Estudios en Democracia (IFED), se conoce oficio n.º IFED-311-2011 del 26 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:

"En relación con el oficio de la Secretaría del TSE No. 2377-2011, me permito hacer del conocimiento de la señora y señores Magistrados, que el viaje que realizaría el suscrito a Quito, Ecuador, del 29 de agosto al 02 de setiembre de 2011, para colaborar en el proceso de reformas al “Código de la Democracia”, fue cancelado de última hora pues, según se indica en el correo electrónico adjunto, el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral del Ecuador, no

lograron finalizar el documento de reforma que sería la base para la discusión.
Por tal razón, ruego a la señora y señores Magistrados dejar sin efecto lo indicado en el citado oficio.".
Se dispone: Disponer conforme se solicita. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS EXTERNOS.
A) Informe sobre solicitud de cooperación con el Ministerio de Hacienda. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo y de la señora Mary Anne Mannix Arnold, Jefa a.i. del Departamento Legal, se conoce oficio n.º DE-2102-2011 del 26 de agosto de 2011, recibido en la Secretaría de este Tribunal el 29 de agosto de 2011, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Atendemos lo dispuesto por el Superior en sesión n.° 090-2010 del 7 de octubre de 2010, comunicado con oficio STSE-3004-2010 de esa fecha, en que se solicita valorar, informar y atender conjuntamente la Dirección Ejecutiva y el Departamento Legal, la designación de personas de contacto para la coordinación de acciones respecto a la eventual firma de acuerdos interinstitucionales con el Ministerio de Hacienda para el intercambio de información, en el marco del trabajo que realiza el “Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, (sic) recomendamos que, si así lo tiene a bien el Superior y considerando el ámbito de competencia de la recién creada Dirección General de Estrategia Tecnológica, que las personas designadas sean la señora Patricia Chacón Jiménez, por parte de la mencionada Dirección, el señor Carlos Alberto Murillo Montoya, de parte de la Dirección Ejecutiva y quienes contarán con el acompañamiento de una persona profesional del Departamento Legal para el apoyo respectivo.".
Se dispone: Aprobar conforme se propone. Proceda la Secretaría de este Tribunal a hacer tales designaciones del conocimiento del señor Ministro de Hacienda. ACUERDO FIRME.
B) Acción de inconstitucionalidad para declarar inconstitucional el artículo 60 del Código Electoral. De la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, se conoce cédula de notificación relativa al voto integral n.º 2010-009340 de las catorce horas con treinta minutos del veintiséis de mayo de dos mil diez, dictado dentro del expediente judicial n.º 04-003249-0007-CO que es acción de inconstitucionalidad promovida por Rodolfo Saborío Valverde para que se anule el artículo 60 del Código Electoral derogado, ley n.º 1536, por estimarlo contrario a los principios constitucionales de igualdad, de la organización democrática y pluripartidista que deben tener los partidos políticos a tenor de lo establecido en el artículo 98 de la Constitución Política y los principios de razonabilidad y proporcionalidad. En dicha resolución, la referida autoridad jurisdiccional dispuso declarar con lugar la acción en cuanto al inciso a) del párrafo primero del artículo 60 del Código Electoral derogado, ley n.º 1536 y, por conexidad, anular el inciso a) del artículo 67 del Código Electoral vigente, ley n.º 8765.
Se dispone: Tomar nota. Remítase copia de la referida cédula de notificación a la Dirección General del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, al Área de Letrados y al Departamento Legal. ACUERDO FIRME.
B) Consulta del señor Diputado Rodolfo Sotomayor Aguilar. Del señor Rodolfo Sotomayor Aguilar, Diputado a la Asamblea Legislativa, se conoce oficio n.º RSA 345-08-2011 del 29 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual, de conformidad con el voto n.º 9340-10 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que declaró inconstitucional el inciso a) del artículo 67 del Código Electoral, reitera una serie de consultas, las cuales había planteado mediante oficio n.º RSA 245-02-2011 del 21 de febrero de 2011, conocido por este Tribunal en el acuerdo del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 021-2011, celebrada el 1º de marzo de 2011.
Se dispone: Dado que en esta misma sesión este órgano colegiado conoce el voto integral de la resolución n.º 9340-10, notificado ayer, 31 de agosto de 2011, en la Secretaría de este Tribunal, túrnese al Magistrado que corresponda la gestión del señor Diputado Sotomayor Aguilar. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO QUINTO. ASUNTOS DE ORGANIZACIONES GREMIALES DEL TRIBUNAL.
A) Denuncia por actuaciones de la Jefatura de la Oficina Regional de Pérez Zeledón. De la señora Ilenia Ortiz Ceciliano y del señor Carlos Murillo Alvarado, por su orden Secretaria General y Secretario General Adjunto de la Unión Nacional de Empleados Electorales y Civiles (UNEC), se conoce oficio n.º UNEC-83-2011 del 31 de agosto de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiestan:
"Conoce esta Organización denuncia interpuesta por algunos funcionarios de la Oficina Regional de Pérez Zeledón, y por las razones que exponen adjuntamos copia del documento suscrito.  Tenemos conocimiento de que se está realizando una investigación a través de la Inspección Electoral, en atención a nota suscrita por los mismos funcionarios de fecha 14 de marzo del 2011, no obstante dicha investigación se ha direccionado al acoso laboral indicado en la misma nota, dejando de lado los hechos irregulares que se mencionan, por lo que se suscribe ante ésta Organización la documentación mencionada.
Por lo anterior, y para lo que corresponda solicitamos se ordene el procedimiento administrativo respectivo, y de comprobarse los hechos se tomen las medidas que en Derecho corresponden y se tenga como parte a la UNEC.".
Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Proceda de inmediato la Inspección Electoral con la apertura -o bien, de corresponder, la ampliación- de una investigación administrativa preliminar, en relación con los hechos señalados en los documentos que aquí se conocen; los resultados de dicha investigación deberán ser rendidos en el plazo máximo de veinte días hábiles. Sin perjuicio de lo anterior, para su estudio e informe, remítase copia de los referidos documentos a la Dirección Ejecutiva. ACUERDO FIRME.
ARTÍCULO SEXTO. ASUNTOS INTERNOS DIVERSOS.
A) Actividades de celebración de la Semana del Empleado Electoral. Del señor Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo, se conoce oficio n.° DE-2166-2011 SUSTITUIR del 1º de setiembre de 2011, recibido el mismo día en la Secretaría de este Tribunal, mediante el cual literalmente manifiesta:
"Me permito hacer del estimable conocimiento del Superior las actividades correspondientes a la celebración del Día del personal Electoral (sic) y de la Semana Cultural, que en esta oportunidad se han programado de la siguiente forma:
Miércoles 7     9:00 a.m.     Santa Misa (Grupo Católico)
Miércoles 7     4:00 p.m.     Obra de Teatro (Grupo de Teatro Institucional)
Jueves  8        4:00 p.m.     Bingo (ASOTSE)
Viernes 9        4:00 p.m.     Concurso de Baile (ADPE)
Lunes 12         4:00 p.m.     Festival de la Canción (UNEC)
Martes 13        9:00 a.m.     Cimarrona, mascaradas y concurso de decoración de oficinas, con el tema “Turno de Pueblo” (ADPE)
Martes 13        2:00 p.m.     Acto cultural y entrega de reconocimientos al personal por años de servicios (ADPE)
Miércoles 14   8:00 a.m.     Día de Campo Centro Recreativo (ADPE)
Para efectos de concretar lo anterior, se realizó un estudio de mercado con el objeto de contar con opciones viables y económicas para la celebración del día de campo. Para ello, se requiere que el centro recreativo que se contrate cuente con zona de estacionamiento, zonas verdes, ranchos aptos para que las personas se ubiquen y organicen sus desayunos y almuerzos, piscina, cancha de fútbol, cancha de baloncesto, que en los alrededores se cuente con una carretera óptima para realizar la carrera de atletismo, que haya poca afluencia vehicular para que no se vean arriesgadas las vidas de las personas que participen y debe contar además con un salón adecuado para el baile y sus sillas y mesas.
Se contactaron 7 lugares que presentaron sus ofertas, siendo ASOGLORIA la más viable por contar con puntos estratégicos y todo lo necesario para realizar la actividad y el rubro que se cobra es el más económico del mercado presupuestado, la cual cobra un total de ¢600.000,00. Esta Dirección se encuentra realizando las gestiones pertinentes para el alquiler de este centro. 
Asimismo, se está gestionando la contratación de tres buses, por un monto de ¢210.000,00 (doscientos diez  mil colones) para trasladar al personal al sitio en que se celebrará la actividad del miércoles 14 de setiembre y la contratación del servicio de refrigerio por la suma de ¢110.000.00 (Ciento diez mil colones exactos) para las actividades programadas, además de  un monto de ¢80.000,00 (ochenta mil colones exactos) para cubrir el acto cultural del martes 13 de setiembre.
Entre las actividades programadas, aparte de las actividades mencionadas en párrafos anteriores, están: campeonato de fútbol masculino dedicado al Lic. Ronald Chacón Badilla, campeonato de fútbol 5 femenino dedicado a la Magistrada Eugenia Zamora Chavarría, campeonato de ping pong dedicado al Lic. Eric Schmidt Fonseca, campeonato de baloncesto dedicado al Lic. Carlos Alberto Umaña Morales, campeonato de bola negra masculino dedicado al Lic. Rodolfo Villalobos Orozco y el campeonato de bola negra femenino dedicado al Lic. Max Esquivel Faerron, torneo de póker dedicado al Lic. Eric Schmidt Fonseca, carrera de atletismo dedicada al señor Jorge Luis Fallas Zamora, rally, turno con decoración típica en las diferentes oficinas.
Para finiquitar algunos detalles relacionados con las actividades propiamente, con todo respecto solicitamos se autorice lo siguiente:

  1. Que con el fin de procurar una mayor participación de funcionarios y funcionarias, el Superior autorice trasladar para las 2 de la tarde el acto cultural y entrega de reconocimientos al personal por años de servicios y excelente asistencia.
  2. Para el acto cultural del  martes 13, se contrate al Trío Ruah Servicios Musicales,  para amenizar la entrega  de reconocimientos al personal por años de servicio y excelente asistencia.
  3. Que el personal que desee participar de la santa misa pueda asistir el día y a la hora indicada, sin que se perjudique la atención al público.
  4. Que el personal de la Institución pueda utilizar ropa típica el 13 de setiembre y las oficinas organicen desayunos o almuerzos típicos para convivio de los(as) colaboradores(as).
  5. Recorrido de la cimarrona por todos los pisos de la Institución, el día 13 de setiembre.
  6. Que el personal de las diferentes oficinas decore sus lugares de trabajo con motivos patrióticos, a fin de conmemorar las fiestas de la independencia junto con las de la Semana Cultural, con el debido cuido del edificio. A efectos de promover la unión del personal de cada oficina se ha programado un concurso de decoración de oficinas cuyo concepto del tema es “El Turno de Pueblo”.
  7. Que el miércoles 14 de setiembre se otorgue como día de vacaciones al personal de la Institución con las expectativas (sic) usuales.
  8. Que la Proveeduría haga las respectivas solicitudes de pedido, en virtud de los gastos anteriormente señalados.".

Se dispone: 1.- Incorporar al orden del día. 2.- Aprobar conforme se solicita, en el entendido que las jefaturas institucionales deberán ejecutar las medidas necesarias para asegurar la continuidad del servicio público, así como velar por el orden, la limpieza y el adecuado mantenimiento de las instalaciones de estos organismos electorales. ACUERDO FIRME.
A las doce horas terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron