ACTA Nº 78-2011

Sesión extraordinaria celebrada por el Tribunal Supremo de Elecciones a las quince horas del veintiuno de agosto de dos mil once, con asistencia del señor Magistrado Luis Antonio Sobrado González, quien preside, la señora Magistrada Eugenia María Zamora Chavarría y el señor Magistrado Max Alberto Esquivel Faerron.

ARTÍCULO PRIMERO. Informa la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría que según el itinerario del viaje que realizará esta semana a los Estados Unidos de América, en el marco de su participación en el “Taller de Validación de la Metodología para Incorporar la Perspectiva de Género en las Misiones de Observación Electoral (MOEs/OEA)”, según lo dispuesto en el acuerdo del artículo sétimo de la sesión ordinaria n.º 072-2011, celebrada el 04 de agosto de 2011, se ausentará del país para tal efecto y en definitiva del 23 al 26 de agosto de 2011, ambas fechas inclusive.
Sale del salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
Se dispone: Aprobar la variación referida. De conformidad con lo anterior, se corrige el detalle de dicho viaje para que se lea así:

 

Nombre completo del funcionario (a)

Cargo que desempeña

País a visitar

Período del viaje

Objetivos del viaje

Monto del adelanto de gastos de viaje y justificación

Gastos conexos y justificación

Eugenia María Zamora Chavarría

Magistrada Vicepresidenta

Estados Unidos de América

Del 23 al 26 de agosto de 2011

Participación en el “Taller de Validación de la Metodología para Incorporar la Perspectiva de Género en las Misiones de Observación Electoral (MOEs/OEA)

Ninguno

Ninguno

En tal virtud, se extiende la sustitución acordada para las fechas supra indicadas, recaída en el señor Magistrado Rodríguez Chaverri. ACUERDO FIRME.
Reingresa al salón de sesiones la señora Magistrada Vicepresidenta Zamora Chavarría.
ARTÍCULO SEGUNDO. Al conocer la propuesta planteada por varios funcionarios de la institución y la UNEC para que se eleve a doce años el tope para el cálculo del  auxilio de cesantía, este Tribunal considera que existen motivos suficientes para que sus integrantes se INHIBAN de conocer y resolver sobre el fondo de la cuestión planteada.  La razón legal del impedimento se fundamenta en el eventual interés directo que podrían tener sus integrantes en relación con la eventual decisión de ampliar a doce años el tope de la cesantía en el Tribunal Supremo de Elecciones, todo ello de conformidad con el artículo 16 del Código Electoral y los numerales 59 y 51 del Código Procesal Civil.
Si bien la Constitución Política señala en su artículo 100 que las remuneraciones de los magistrados del organismo electoral serán las mismas que se fijen para los de la Corte Suprema de Justicia, lo cierto es que, por su naturaleza jurídica, la cesantía tiene un carácter distinto al salarial.  Ello implica que, de conformidad con el principio de la aplicación de la norma más favorable que rige en materia laboral, el beneficio eventualmente acordado podría favorecer a los actuales magistrados propietarios del Tribunal.
Tal posibilidad se encuentra vedada por diversas normas y principios del ordenamiento, en cuenta de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito que hace responsable, en su artículo 48, al funcionario público “que sancione, promulgue, autorice, suscriba o participe con su voto favorable, en las leyes, decretos, acuerdos, actos y contratos administrativos que otorguen, en forma directa, beneficios para sí mismo”.
Se dispone: Previo sorteo de rigor, para que conozcan y resuelvan el particular, se designa a los Magistrados Del Castillo, Seing y Casafont. Descárguese del registro de asuntos pasados a estudio individual de los señores Magistrados de este Tribunal. ACUERDO FIRME.
A las dieciséis horas terminó la sesión.

 

 

Luis Antonio Sobrado González

 

 

Eugenia María Zamora Chavarría

 

 

Max Alberto Esquivel Faerron